Turno de Expedientes
Toluca de Lerdo, Estado de México, a siete de mayo de dos mil dieciocho.
El Secretario General de Acuerdos, Israel Herrera Severiano, da cuenta a la Magistrada Martha C. Martínez Guarneros, Presidenta de esta Sala Regional, con el oficio recibido vía correo electrónico en la oficialía de partes de esta Sala Regional, el tres de mayo de la presente anualidad, mediante el cual el secretario del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, da aviso de la presentación del medio de impugnación.
También se da cuenta con el oficio IEEM/SE/4266/2018 y anexos, recibidos en la oficialía de partes de esta Sala Regional, el día de la fecha, mediante el cual el secretario del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, remite, entre otros documentos, la demanda por la cual María Elena Maximiliano Rojas, por propio derecho, promueve, vía per saltum juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, a fin de impugnar el acuerdo IEEM/CG/108/2018, por el que en cumplimiento al punto cuarto del acuerdo IEEM/CG/105/2018, que resolvió respecto de las solicitudes de registro de diversas planillas de candidaturas a integrantes de ayuntamientos del Estado de México, presentadas por la coalición parcial denominada "JUNTOS HAREMOS HISTORIA" integrada por los partidos Morena, del Trabajo y Encuentro Social; específicamente, su registro en la planilla al ayuntamiento de Ozumba, Estado de México, como segunda regidora propietaria.
Al respecto, con fundamento en los artículos 197, fracción III y 204, fracciones I, IV y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; relacionados con los artículos 53, fracción I y 70, fracción II del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral, SE ACUERDA:
PRIMERO: Con los documentos de la cuenta, ingrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave ST-JDC-404/2018.
SEGUNDO: Para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el expediente de cuenta a la suscrita Magistrada Martha C. Martínez Guarneros, en virtud de que en el presente, la actora identifica como acto impugnado el precisado, y que a esa misma ponencia le fue turnado el expediente ST-JDC-398/2018, en el que se impugna la designación de un integrante del mismo ayuntamiento, por la misma coalición, lo que hace conveniente su estudio en dicha ponencia, por lo que de esta manera se advierte la posible conexidad en la causa prevista en la fracción II del artículo 70, del Reglamento Interno de este Tribunal.
Notifíquese por estrados a las partes, demás interesados y hágase del conocimiento público en la página que tiene este Órgano jurisdiccional en Internet.
Así lo acordó y firma la Magistrada Martha C. Mart
Toluca.. de Lerdo, Estado de México, a siete de mayo de dos mil dieciocho.
El Secretario General de Acuerdos, Israel Herrera Severiano, da cuenta a la Magistrada Martha C. Martínez Guarneros, Presidenta de esta Sala Regional, con el oficio recibido vía correo electrónico en la oficialía de partes de esta Sala Regional, el tres de mayo de la presente anualidad, mediante el cual el secretario del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, da aviso de la presentación del medio de impugnación.
También se da cuenta con el oficio IEEM/SE/4271/2018 y anexos, recibidos en la oficialía de partes de esta Sala Regional, el día de la fecha, mediante el cual el secretario del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, remite, entre otros documentos, la demanda por la cual Alma Alicia Nizizahua Morgan, por propio derecho, promueve, vía per saltum juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, a fin de impugnar el acuerdo IEEM/CG/108/2018, por el que en cumplimiento al punto cuarto del acuerdo IEEM/CG/105/2018, que resolvió respecto de las solicitudes de registro de diversas planillas de candidaturas a integrantes de ayuntamientos del Estado de México, presentadas por la coalición parcial denominada "JUNTOS HAREMOS HISTORIA" integrada por los partidos Morena, del Trabajo y Encuentro Social; específicamente, su registro en la planilla al ayuntamiento de Ozumba, Estado de México, como cuarta regidora propietaria.
Al respecto, con fundamento en los artículos 197, fracción III y 204, fracciones I, IV y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; relacionados con los artículos 53, fracción I y 70, fracción II del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral, SE ACUERDA:
PRIMERO: Con los documentos de la cuenta, intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave ST-JDC-409/2018.
SEGUNDO: Para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, túrnese el expediente de cuenta a la suscrita Magistrada Martha C. Martínez Guarneros, en virtud de que en el presente, la actora identifica como acto impugnado el precisado, y que a esa misma ponencia le fue turnado el expediente ST-JDC-398/2018, en el que se impugna la designación de un integrante del mismo ayuntamiento, por la misma coalición, lo que hace conveniente su estudio en dicha ponencia, por lo que de esta manera se advierte la posible conexidad en la causa prevista en la fracción II del artículo 70, del Reglamento Interno de este Tribunal.
Notifíquese por&