inciso e) de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, sólo es requisito de procedencia del medio de impugnación relativo, la expresión de agravios, lo cual, como se dijo, está satisfecho. Además, es jurídicamente inadmisible, para efectos de la procedencia, desestimar a ...
además, que se acredite de manera indubitable, que se da alguna de las causas que establece el propio precepto en comentario, o sea, que las condiciones del local no permitan asegurar la libertad o el secreto del voto o el fácil y libre acceso de los electores, o bien no garanticen la realización de las ...