los artículos 11, 12 y 145 fracción I del Código Electoral del Estado por parte de los Partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Verde Ecologista de México, en la fijación de su propaganda, por tanto es procedente imponerles una sanción consistente en multa en términos del artículo 342 ...
reconsideración que hizo valer ante el Tribunal Electoral del Estado de Tlaxcala, ni ante esta Sala Superior, sobre la sanción relativa a suprimir de su propaganda las alusiones al Partido Centro Democrático, que podría en todo caso, afectar el desarrollo del proceso electoral local.
En esta virtud, como las ...