Atribuciones

Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

TITULO SEXTO
De la Comisión de Administración
Integración y Funcionamiento
CAPITULO I
Del Presidente y el Secretario
SECCION 3a.
De la Coordinación Técnica Administrativa
(D. O. F. 9/10/2009)

Artículo 51.- El Secretario de la Comisión de Administración contará para el desempeño de sus funciones, con el apoyo de una Coordinación Técnica Administrativa.

El titular de esta Coordinación será designado por el Presidente de la Comisión de Administración.

Artículo 52.- El Coordinador Técnico Administrativo tendrá las atribuciones siguientes:

I. Apoyar al Secretario de la Comisión de Administración en la elaboración de la convocatoria, el orden del día y la carpeta de información y documentación de los asuntos a tratar en las sesiones ordinarias y extraordinarias, en coordinación con las áreas del Tribunal Electoral;

II. Confirmar con las áreas responsables los asuntos y los términos de presentación de los acuerdos, así como la información y documentación requerida para su integración a la carpeta de la sesión correspondiente;

III. Coordinar el envío en tiempo y forma a los integrantes de la Comisión de Administración de la convocatoria de la sesión que corresponda, así como de la información relativa a los asuntos previstos en la misma;

IV. Elaborar la propuesta de calendario anual de sesiones ordinarias de la Comisión de Administración y presentarlo al Secretario de la misma, para su autorización y posterior puesta a consideración de este Organo;

V. Supervisar y verificar los servicios de apoyo logístico requeridos para las sesiones de la Comisión de Administración;

VI. Auxiliar al Secretario de la Comisión en la elaboración de las actas de las sesiones de la misma, sometiéndolas a la revisión y autorización correspondiente, así como a la firma de los participantes;

VII. Establecer un sistema de registro de los acuerdos tomados en las sesiones de la Comisión, que permita dar seguimiento a la ejecución de los mismos, así como el control de las reformas y adiciones que mediante estos se aprueben;

VIII. Mantener actualizada la información respecto de los acuerdos emitidos y su vigencia;

IX. Elaborar las constancias que los titulares de las áreas requieran en ejercicio de sus facultades, respecto de los acuerdos emitidos por la Comisión de Administración;

X. Rendir periódicamente informes al Presidente y Secretario de la Comisión, respecto al seguimiento del cumplimiento de los acuerdos emitidos;

XI. Elaborar la propuesta de informe anual de la Comisión que se integra al Informe de la Presidencia del Tribunal Electoral, para su autorización;

XII. Integrar los Comités y Comisiones que le instruya la Sala Superior y su Presidente, y

XIII. Las demás que expresamente le asigne el Presidente y el Secretario de la Comisión de Administración.