de 1900
 
Sala Regional correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en Toluca, Estado de México

vs.

Sala Regional correspondiente a la Segunda Circunscripción Plurinominal, con sede en Monterrey, Nuevo León

Jurisprudencia 7/2019
BOLETAS ELECTORALES. CUANDO SE APRUEBA LA SUSTITUCIÓN DE CANDIDATURAS CON POSTERIORIDAD A SU IMPRESIÓN, NO ES PROCEDENTE REIMPRIMIRLAS.- De la interpretación sistemática de los artículos 241 y 267 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se advierte que la sustitución de candidaturas puede hacerse en dos supuestos: el primero, libremente dentro del plazo establecido para el propio registro; el segundo, una vez vencido ese plazo siempre que ésta se solicite por fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia. En este segundo supuesto, la sustitución en la boleta únicamente procede cuando no se haya ordenado su impresión, debiendo la autoridad actuar de manera diligente en relación a su aprobación o negativa, para proteger el derecho a ser votado en la vertiente de aparecer en la boleta electoral.


Sexta Época:


Contradicción de criterios. SUP-CDC-6/2018.—Entre los sustentados por las Salas Regionales correspondientes a la Quinta y Segunda Circunscripciones Plurinominales, con sedes en Toluca, Estado de México y Monterrey, Nuevo León, ambas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.—6 de marzo de 2019.—Unanimidad de votos, con el voto aclaratorio del Magistrado Felipe de la Mata Pizaña.—Ponente: Felipe Alfredo Fuentes Barrera.—Ausente: Reyes Rodríguez Mondragón.—Secretarios: José Francisco Castellanos Madrazo y Lucila Eugenia Domínguez Narváez.


La Sala Superior en sesión pública celebrada el seis de marzo de dos mil diecinueve, aprobó por unanimidad de votos, con el voto aclaratorio del Magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la jurisprudencia que antecede y la declaró formalmente obligatoria.


Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 12, Número 23, 2019, página 13.

Organo CEDH

 
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Criterios Orientadores

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