1. Precisiones sobre informes gubernamentales fuera de los periodos de campaña electoral
  2. Prohibición de fijar propaganda electoral en equipamiento urbano
  3. Es constitucional la posibilidad de que la autoridad administrativa electoral local organice y gestione debates públicos entre los militantes, dirigentes o candidatos de los distintos partidos políticos y coaliciones
  4. Es constitucional la implementación de un método estadístico aleatorio para el recuento de paquetes electorales en la elección de senadores
  5. Facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para requerir informes con el fin de detectar operaciones con recursos de procedencia ilícita, sin sujeción al Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
  6. La Comisión de Fiscalización del Consejo General del INE está facultada para actuar sin sujeción a lo que determine la Unidad Técnica de Fiscalización
  7. Plazos para la entrega de informes de ingresos y gastos de precampaña de los precandidatos y partidos
  8. Definición legal de los actos anticipados de precampaña y de campaña electorales
  9. Regulación extemporánea del voto de los mexicanos en el extranjero y de la omisión de hacerlo respecto de diputados locales e integrantes de los ayuntamientos
  10. Instituto Federal Electoral/Instituto Nacional Electoral es la única autoridad facultada para administrar los tiempos oficiales en radio y en televisión a que tendrán acceso los partidos políticos, incluso tratándose de elecciones estatales

  11. El Congreso de la Unión no puede, mediante una ley general, afectar la regulación de los sistemas electorales de las entidades federativas, estableciendo la asignación directa como la primera etapa de distribución de los escaños de RP

  12. La Sala Regional Especializada está facultada para ordenar reparar violaciones al procedimiento o pruebas para mejor proveer
  13. Es constitucional el establecimiento de categorías entre militantes y afiliados
  14. Inclusión de los gastos de “estructura partidista” y de “estructuras electorales” dentro del financiamiento destinado al sostenimiento de las actividades ordinarias de los partidos políticos
  15. Ineficacia del voto para los partidos coaligados cuando se cruce más de un emblema, por contar sólo para el candidato postulado, pero no para los partidos
  16. Bases generales de la representación proporcional a. Condicionamiento del registro de la lista de candidatos plurinominales a que el partido participe con candidatos a diputados por mayoría relativa en un número determinado de distritos uninominales. b. Establecimiento de un mínimo porcentaje de la votación estatal para la asignación de diputados. c. Asignación de diputados independiente y adicionalmente a las constancias de mayoría relativa. d. Precisión del orden de asignación de los candidatos que aparezcan en las listas. e. El tope máximo de diputados por ambos principios que puede alcanzar un partido debe ser igual al número de distritos electorales. f. Establecimiento de un límite a la sobrerrepresentación. g. Establecimiento de las reglas para la asignación de diputados conforme a los resultados de la votación.
  17. Regulación en materia de ofrecimiento y admisión de pruebas en el sistema de nulidades
  18. Creación e integración de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación