Turno de Expediente
Turno de Expedientes
Monterrey, Nuevo León, a 29 de junio de 2024.
I. DOCUMENTACIÓN DE CUENTA:
La Secretaria General de Acuerdos da cuenta a la Magistrada Presidenta de este órgano jurisdiccional con el escrito de demanda presentado por Maximiliano Israel Robledo Suárez y Carlos Francisco Cantú Guerra, quienes comparecen en representación del Partido Acción Nacional, a fin de impugnar la determinación adoptada por la Magistratura Instructora del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León en el expediente JI-188/2024 y acumulados durante la audiencia para la calificación, admisión y recepción de pruebas y alegatos, de no reconocerle el carácter de parte actora en el juicio de inconformidad que promovió contra el cómputo municipal, la declaración de validez de la elección del Ayuntamiento Cadereyta Jiménez y la entrega de constancia de mayoría respectiva.
II. SE ACUERDA:
a. Integración de expediente. Intégrese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno con la clave indicada al rubro. Si posteriormente se reciben constancias de notificaciones practicadas en auxilio a las labores de esta Sala Regional, agréguense sin mayor trámite.
Fundamento jurídico: Artículos 51, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
b. Turno ordinario. Túrnense los autos a la Secretaria de Estudio y Cuenta en Funciones de Magistrada Elena Ponce Aguilar.
Fundamento jurídico: Artículos 178, fracción III; 185, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 70, fracción I, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
c. Requerimiento. Envíese a la autoridad responsable copia del escrito de demanda para que de manera inmediata: i. lo publicite y ii. remita las constancias respectivas. Lo anterior, sin perjuicio de que, transcurrido el plazo de publicitación, remita la razón de retiro respectiva y, en su caso, los escritos de tercerías que se presenten. Asimismo, se solicita atentamente que, en el escrito en el que se desahogue este requerimiento, se mencione la clave del presente expediente federal.
Fundamento jurídico: Artículos 17, párrafo 1, inciso b) y 18, párrafo 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
d. Invitación para señalar dirección de correo electrónico. Se hace del conocimiento de la ciudadanía y de los órganos de los partidos políticos que, si desean recibir por correo electrónico las notificaciones que provengan del expediente en el que son parte, pueden solicitarlo, precisando la cuenta correspondiente, de acuerdo con las opciones siguientes:
i. Preferentemente, deberán crear una cuenta de correo electrónico institucional, para lo cual basta seguir los pasos siguientes:
Ingresar a la página oficial de internet de este Tribunal https://notificaciones.tribunalelectoral.gob.mx/login/signUp, y capturar en el formulario los datos que ahí se solicitan: personales (nombre, apellidos, contraseña de la cuenta que se crea y fecha de nacimiento); de domicilio (calle, colonia y código postal); y de la cuenta (correo personal al que llegarán los avisos cuando reciba una notificación y tipo de solicitud —por propio derecho, como abogado postulante o como funcionario—).
El sistema generará la cuenta de correo electrónico de forma automática y les enviará un correo electrónico (a la dirección de correo particular que hubiesen proporcionado en el formulario) con los datos de acceso (el nombre de usuario o usuaria y la contraseña que hayan capturado).
ii. De manera excepcional, podrán señalar una cuenta de correo particular.
La solicitud puede estar contenida en el escrito de demanda o en cualquier otra promoción que se presente en original ante la Oficialía de Partes de esta Sala Regional, la cual deberá estar firmada de manera autógrafa por quien la suscriba, pudiéndose remitir mediante el uso del servicio de mensajería especializada. Si se designa más de una dirección de correo electrónico, se podrá tomar en consideración solamente una de ellas, privilegiando, de ser el caso, alguna cuenta institucional que se haya señalado.
Las y los justiciables que soliciten esta forma de notificación tienen la responsabilidad de revisar, en todo momento, sus correos.
Fundamento jurídico: Punto SEXTO del ACUERDO GENERAL 2/2023 DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN QUE REGULA LAS SESIONES DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL Y EL USO DE HERRAMIENTAS DIGITALES.
NOTIFÍQUESE. Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta de la Sala Regional de este Tribunal, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, ante la Secretaria General de Acuerdos, que autoriza y da fe.