JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

 

EXPEDIENTES: SDF-JDC-375/2016 Y ACUMULADOS

 

ACTORES: ROCÍO DE JESÚS PÉREZ MIRELES Y OTROS

 

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL[1]

 

MAGISTRADO PONENTE: ARMANDO I. MAITRET HERNÁNDEZ

 

SECRETARIA: FANNY ESCALONA PORCAYO

 

 

ACUERDO PLENARIO

 

Ciudad de México, a veintiséis de julio de dos mil dieciséis.

 

El Pleno de esta Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción con sede en esta ciudad, en sesión privada de esta fecha, acuerda radicar y acumular los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovidos en contra de la resolución TEDF-JLDC-927/2016 y acumulados, dictada por el Tribunal Electoral del Distrito Federal, cuyas claves de identificación, nombre de los promoventes y Magistrados Ponentes, se describen en el siguiente cuadro:

 

No.

Expediente

Parte actora

Ponente

1

SDF-JDC-375/2016

Rocío De Jesús Pérez Mireles

Armando I. Maitret Hernández

2

SDF-JDC-376/2016

Eduardo Vázquez García

Héctor Romero Bolaños

3

SDF-JDC-377/2016

Guadalupe Ivette López Arellano

María Guadalupe Silva Rojas

4

SDF-JDC-378/2016

Alicia Castillo Fuentes

Armando I. Maitret Hernández

5

SDF-JDC-379/2016

Leticia Lilia Águila Ramírez

Héctor Romero Bolaños

6

SDF-JDC-380/2016

Eduardo Castillo Sánchez

María Guadalupe Silva Rojas

7

SDF-JDC-381/2016

Blanca Esthela Pantaleón Pantaleón

Armando I. Maitret Hernández

8

SDF-JDC-382/2016

Elizabeth Palomino Chávez

Héctor Romero Bolaños

9

SDF-JDC-383/2016

Gonzalo Martin Padilla González

María Guadalupe Silva Rojas

10

SDF-JDC-384/2016

Maribel Linares Porras

Armando I. Maitret Hernández

11

SDF-JDC-385/2016

Isaac López Orozco

Héctor Romero Bolaños

12

SDF-JDC-386/2016

Filibertha Herrera González

María Guadalupe Silva Rojas

13

SDF-JDC-387/2016

Jacinto Solar Gutiérrez

Armando I. Maitret Hernández

14

SDF-JDC-388/2016

Norma Amira Rodríguez Correa

Héctor Romero Bolaños

15

SDF-JDC-389/2016

Dolores Rodríguez Coreño

María Guadalupe Silva Rojas

16

SDF-JDC-390/2016

María Guadalupe Rodríguez Gómez

Armando I. Maitret Hernández

17

SDF-JDC-391/2016

Irene Ayala Cruz

Héctor Romero Bolaños

18

SDF-JDC-392/2016

Karen Norma Zea Riva

María Guadalupe Silva Rojas

19

SDF-JDC-393/2016

Rocío Salas Castañeda

Armando I. Maitret Hernández

20

SDF-JDC-394/2016

Saúl Sánchez De Jesús

Héctor Romero Bolaños

21

SDF-JDC-395/2016

Andrea Vázquez Galicia

María Guadalupe Silva Rojas

22

SDF-JDC-396/2016

Graciela Hernández Santiago

Armando I. Maitret Hernández

23

SDF-JDC-397/2016

Paula Isela Vázquez Rodríguez

Héctor Romero Bolaños

24

SDF-JDC-398/2016

Miriam Baños Malanco

María Guadalupe Silva Rojas

25

SDF-JDC-399/2016

Antonia López Mora

Armando I. Maitret Hernández

26

SDF-JDC-400/2016

María Concepción Ramírez Enríquez

Héctor Romero Bolaños

27

SDF-JDC-401/2016

Maribel Ramírez Enríquez

María Guadalupe Silva Rojas

28

SDF-JDC-402/2016

Laura Ramírez Buendía 

Armando I. Maitret Hernández

29

SDF-JDC-403/2016

Graciela Ramírez García

Héctor Romero Bolaños

30

SDF-JDC-404/2016

Mauro Cruz Hinojosa Delgado

María Guadalupe Silva Rojas

31

SDF-JDC-405/2016

Mónica Elizabeth Herrera Zamora

Armando I. Maitret Hernández

32

SDF-JDC-406/2016

Guadalupe Ramírez Buendía

Héctor Romero Bolaños

33

SDF-JDC-407/2016

José Concepción Ramírez Martínez 

María Guadalupe Silva Rojas

34

SDF-JDC-408/2016

Juan Manuel Hernández Carrillo

Armando I. Maitret Hernández

35

SDF-JDC-409/2016

Javier Nieves Infante

Héctor Romero Bolaños

36

SDF-JDC-410/2016

Miguel Ángel Gómez Martínez

María Guadalupe Silva Rojas

37

SDF-JDC-411/2016

Ángela González Monroy

Armando I. Maitret Hernández

38

SDF-JDC-412/2016

Viridiana González Mercado

Héctor Romero Bolaños

39

SDF-JDC-413/2016

Claudia Rojas Díaz

María Guadalupe Silva Rojas

40

SDF-JDC-414/2016

Martha Romero Díaz

Armando I. Maitret Hernández

41

SDF-JDC-415/2016

Rosario Domínguez Trejo

Héctor Romero Bolaños

42

SDF-JDC-416/2016

María Candelaria García Casado

María Guadalupe Silva Rojas

43

SDF-JDC-417/2016

Guillermo Oribio Gallegos

Armando I. Maitret Hernández

44

SDF-JDC-418/2016

Patricia León Morales

Héctor Romero Bolaños

45

SDF-JDC-419/2016

María De Lourdes Ramírez Buendía

María Guadalupe Silva Rojas

46

SDF-JDC-420/2016

Joaquín Ramírez Almazán

Armando I. Maitret Hernández

47

SDF-JDC-421/2016

Beatriz Ramírez Aguilar

Héctor Romero Bolaños

48

SDF-JDC-422/2016

María De Los Ángeles Hernández Paniagua

María Guadalupe Silva Rojas

49

SDF-JDC-423/2016

Patricia Rosas Chávez

Armando I. Maitret Hernández

50

SDF-JDC-424/2016

Leticia Pineda Balcazar

Héctor Romero Bolaños

 

Lo anterior conforme a lo siguiente:

 

GLOSARIO

 

Actoras y Actores

Cuyos nombres han sido indicados en la tabla que antecede

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

 

Juicio ciudadano

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

 

Juicio Ciudadano local

Juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos en el Distrito Federal previsto en el artículo 95 de la Ley Procesal Electoral para el Distrito Federal

 

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

 

Partido o PAN

Partido Acción Nacional

 

Reglamento

Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

 

Resolución impugnada

Resolución dictada en el juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos en el Distrito Federal TEDF-JLDC-927/2016 y acumulados.

 

Sala Regional

Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal

 

Tribunal Electoral

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

 

Tribunal local o responsable

Tribunal Electoral del Distrito Federal

 

 

ANTECEDENTES

 

De los hechos narrados por las Actoras y Actores en sus escritos de demanda, así como de las constancias de los expedientes, se advierte lo siguiente:

 

I.                    Solicitudes de afiliación. Sin precisar fecha las Actoras y Actores presentaron ante el Registro Nacional de Militantes del Partido, sus respectivas solicitudes de afiliación como militantes del PAN.

 

II.                 Promoción de Juicio ciudadano local. Los días seis y veinte de abril de dos mil dieciséis, las Actoras y Actores promovieron demanda de Juicio ciudadano local.

 

III.                Sentencia impugnada. El treinta de junio de dos mil dieciséis, el Tribunal responsable dictó la Resolución impugnada, en la que determinó declarar infundados los agravios aducidos por las Actoras y Actores en los juicios promovidos por Rocío de Jesús Pérez Mireles y otros.

 

IV.              Notificación de la Resolución impugnada. El ocho de julio siguiente, el Tribunal responsable notificó a las Actoras y Actores la sentencia señalada en el punto anterior.

 

V.                Juicios ciudadanos.

 

1. Demandas. Inconformes con lo anterior, el doce de julio del año en curso, las Actoras y Actores presentaron escrito de demanda ante el Tribunal local, dirigido a esta Sala Regional.

 

2. Trámite. El diecinueve de julio del año en curso, mediante el oficio TEDF/SG/896/2016, el Secretario General del Tribunal local remitió las demandas y sus respectivos anexos.

 

3. Turno. En esa misma fecha, el Magistrado Presidente por Ministerio de Ley de este Órgano Jurisdiccional ordenó la integración de los expedientes SDF-JDC-375/2016 a SDF-JDC-424/2016, y turnarlos a los Magistrados que integran el Pleno de esta Sala Regional, para que en términos de lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Medios, los sustanciaran y, en su momento, sean resueltos.

 

RAZONES Y FUNDAMENTOS

 

PRIMERO. Actuación colegiada. La materia sobre la que versa este acuerdo corresponde al conocimiento de esta Sala Regional, mediante actuación colegiada, en términos de lo dispuesto en el artículo 46 fracción II del Reglamento, así como en la jurisprudencia 11/99[2] de la Sala Superior del Tribunal Electoral, bajo el rubro: MEDIOS DE IMPUGNACIÓN. LAS RESOLUCIONES O ACTUACIONES QUE IMPLIQUEN UNA MODIFICACIÓN EN LA SUSTANCIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, SON COMPETENCIA DE LA SALA SUPERIOR Y NO DEL MAGISTRADO INSTRUCTOR.

 

Lo anterior, porque la materia sobre la que versa el presente acuerdo consiste en determinar el trámite que deberá darse a los Juicios ciudadanos SDF-JDC-375/2016 a SDF-JDC-424/2016, así como la pertinencia de su acumulación, lo cual implica una decisión que no puede tomarse en un acuerdo de mero trámite, al constituir una determinación que modifica la sustanciación ordinaria del juicio; por tanto, la decisión que al efecto se tome, se aparta de las facultades de los magistrados ponentes para la instrucción habitual de los asuntos.

 

Por ello, el conocimiento de los presentes juicios corresponde a la Sala Regional, mediante actuación colegiada y plenaria, tal como lo ordena el Reglamento, así como el criterio contenido en la citada tesis de jurisprudencia.

 

SEGUNDO. Radicación. Previo al pronunciamiento respecto de la acumulación, resulta procedente atender lo relativo a la radicación de los expedientes. Así, en cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de turno dictado por el Magistrado Presidente por Ministerio de Ley el diecinueve de julio del año en curso, los medios de impugnación con los que se ha dado cuenta fueron remitidos por la Secretaria General de Acuerdos de esta Sala Regional a las respectivas ponencias, mediante los oficios TEPJF-SDF-SGA/502/16 a TEPJF-SDF-SGA/551/16, de conformidad con lo siguiente:

 

 

a)    Ponencia del Magistrado Armando I. Maitret Hernández:

 

Expediente

Parte actora

SDF-JDC-375/2016

Rocío De Jesús Pérez Mireles

SDF-JDC-378/2016

Alicia Castillo Fuentes

SDF-JDC-381/2016

Blanca Esthela Pantaleón Pantaleón

SDF-JDC-384/2016

Maribel Linares Porras

SDF-JDC-387/2016

Jacinto Solar Gutiérrez

SDF-JDC-390/2016

María Guadalupe Rodríguez Gómez

SDF-JDC-393/2016

Rocío Salas Castañeda

SDF-JDC-396/2016

Graciela Hernández Santiago

SDF-JDC-399/2016

Antonia López Mora

SDF-JDC-402/2016

Laura Ramírez Buendía 

SDF-JDC-405/2016

Mónica Elizabeth Herrera Zamora

SDF-JDC-408/2016

Juan Manuel Hernández Carrillo

SDF-JDC-411/2016

Ángela González Monroy

SDF-JDC-414/2016

Martha Romero Díaz

SDF-JDC-417/2016

Guillermo Oribio Gallegos

SDF-JDC-420/2016

Joaquín Ramírez Almazán

SDF-JDC-423/2016

Patricia Rosas Chávez

 

b)    Ponencia del Magistrado Héctor Romero Bolaños:

 

Expediente

Parte actora

SDF-JDC-376/2016

Eduardo Vázquez García

SDF-JDC-379/2016

Leticia Lilia Águila Ramírez

SDF-JDC-382/2016

Elizabeth Palomino Chávez

SDF-JDC-385/2016

Isaac López Orozco

SDF-JDC-388/2016

Norma Amira Rodríguez Correa

SDF-JDC-391/2016

Irene Ayala Cruz

SDF-JDC-394/2016

Saúl Sánchez De Jesús

SDF-JDC-397/2016

Paula Isela Vázquez Rodríguez

SDF-JDC-400/2016

María Concepción Ramírez Enríquez

SDF-JDC-403/2016

Graciela Ramírez García

SDF-JDC-406/2016

Guadalupe Ramírez Buendía

SDF-JDC-409/2016

Javier Nieves Infante

SDF-JDC-412/2016

Viridiana González Mercado

SDF-JDC-415/2016

Rosario Domínguez Trejo

SDF-JDC-418/2016

Patricia León Morales

SDF-JDC-421/2016

Beatriz Ramírez Aguilar

SDF-JDC-424/2016

Leticia Pineda Balcazar

 

c)    Ponencia de la Magistrada María Guadalupe Silva Rojas:

 

Expediente

Parte actora

SDF-JDC-377/2016

Guadalupe Ivette López Arellano

SDF-JDC-380/2016

Eduardo Castillo Sánchez

SDF-JDC-383/2016

Gonzalo Martin Padilla González

SDF-JDC-386/2016

Filibertha Herrera González

SDF-JDC-389/2016

Dolores Rodríguez Coreño

SDF-JDC-392/2016

Karen Norma Zea Riva

SDF-JDC-395/2016

Andrea Vázquez Galicia

SDF-JDC-398/2016

Miriam Baños Malanco

SDF-JDC-401/2016

Maribel Ramírez Enríquez

SDF-JDC-404/2016

Mauro Cruz Hinojosa Delgado

SDF-JDC-407/2016

José Concepción Ramírez Martínez 

SDF-JDC-410/2016

Miguel Ángel Gómez Martínez

SDF-JDC-413/2016

Claudia Rojas Díaz

SDF-JDC-416/2016

María Candelaria García Casado

SDF-JDC-419/2016

María De Lourdes Ramírez Buendía

SDF-JDC-422/2016

María De Los Ángeles Hernández Paniagua

 

 

Con base en lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 199 fracción XV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 6 numeral 1 y 19 numeral 1 inciso a) de la Ley de Medios; 52 fracción I y 53 fracciones I, XIII y XVIII del Reglamento, deberán tenerse por radicados los expedientes antes referidos en las ponencias de la Magistrada y los Magistrados que integran el Pleno de esta Sala Regional, conforme se ha referido en el presente apartado.

 

Asimismo, en los escritos de demanda se advierte que las Actoras y Actores señalan domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México y a las personas autorizadas.

 

TERCERO. Acumulación. Con fundamento en lo establecido en los artículos 31 de la Ley de Medios, así como 79, 80 y 81 del Reglamento, una vez turnados y radicados los expedientes en las respectivas Ponencias, en los términos antes precisados, los Magistrados advierten que las demandas origen de los presentes asuntos tienen identidad en la pretensión y en la autoridad señalada como responsable.

 

En efecto, las Actoras y Actores promueven los presentes medios de impugnación a fin de controvertir la sentencia del Tribunal local que determinó declarar infundados los agravios aducidos por las Actoras y Actores en  los juicios promovidos.

 

Por tanto, atendiendo al principio de economía procesal, así como evitar el dictado de sentencia contradictorias y tomando en consideración el sentido del presente acuerdo, a fin de acordar de manera conjunta, expedita y completa los medios de impugnación promovidos por las Actoras y Actores, de conformidad con lo previsto en los artículos 17 de la Constitución; 199, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 31 de la Ley de Medios; y 80 del Reglamento, lo procedente es acumular los Juicios ciudadanos SDF-JDC-376/2016 a SDF-JDC-424/2016, al diverso SDF-JDC-375/2016, por ser éste el más antiguo.

 

En consecuencia, a partir de este momento procesal, todas las actuaciones, así como la posterior resolución de los juicios de mérito, deberán seguirse en forma acumulada; por tanto, debe glosarse copia certificada de los puntos de acuerdo del presente, y las subsecuentes actuaciones, a los expedientes de los juicios acumulados.

 

Por lo expuesto y fundado, se

 

A C U E R D A

 

PRIMERO. Radíquense los expedientes de cuenta en las ponencias respectivas, en los términos que han quedado precisados, para los efectos conducentes.

 

SEGUNDO. Agréguese a los autos la documentación de cuenta para que obre como corresponda y surta sus efectos legales en cada uno de los expedientes.

 

TERCERO. Se tiene como domicilio para oír y recibir notificaciones de las Actoras y Actores, el señalado en sus respectivos escritos de demanda, así como por autorizadas a las personas que refieren, para los efectos que precisan.

 

CUARTO. Se acumulan los expedientes SDF-JDC-376/2016 al SDF-JDC-424/2016, al diverso expediente SDF-JDC-375/2016 en los términos expuestos en el presente Acuerdo de Sala. En consecuencia, se deberá glosar copia certificada de los puntos de acuerdo del presente proveído a los autos de los expedientes acumulados.

 

NOTIFÍQUESE por estrados a las partes y demás interesados.

 

Así lo acordaron por unanimidad de votos, la Magistrada y los Magistrados que integran la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la Cuarta Circunscripción Electoral Plurinominal, con sede en la Ciudad de México, ante la Secretaria General de Acuerdos, quien autoriza y da fe.

 

MAGISTRADO PRESIDENTE

 

 

 

ARMANDO I. MAITRET HERNÁNDEZ

 

 

MAGISTRADO

 

 

 

HÉCTOR ROMERO BOLAÑOS

 

 

MAGISTRADA

 

 

 

MARÍA GUADALUPE

SILVA ROJAS

 

 

SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS

 

 

 

CARLA RODRÍGUEZ PADRÓN

 

 


[1] En términos del artículo Décimo Cuarto TRANSITORIO del DECRETO por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016, toda referencia hecha en la presente sentencia al Distrito Federal, deberá entenderse a la Ciudad de México.

[2] Compilación 1997-2013. Jurisprudencia y tesis en materia electoral. TEPJF, Jurisprudencia, Volumen 1, páginas 447 a 449.