JUICIOS DE INCONFORMIDAD

 

EXPEDIENTES: SG-JIN-147/2024 Y ACUMULADO

 

PARTE ACTORA: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

 

AUTORIDAD RESPONSABLE: 01 CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN SONORA

 

PARTES TERCERAS INTERESADAS: MORENA Y UNA PERSONA

 

MAGISTRADO ELECTORAL: SERGIO ARTURO GUERRERO OLVERA[1]

 

Guadalajara, Jalisco, veinticinco de julio de dos mil veinticuatro.

 

1.        Sentencia que modifica los resultados consignados en las actas de cómputo distrital de la elección de diputaciones federales por el principio de mayoría y representación proporcional realizada por el 01 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral[2] en Sonora; lo anterior, al haberse actualizado la causal de nulidad por indebida integración en cuatro (4) casillas, correspondiente a: 634 Contigua 1, 635 Básica, 708 Contigua 1 y 1590 Contigua 2[3].

 

2.        Palabras Clave: cómputo distrital, diputaciones federales, mayoría relativa, nulidad de votación en casilla, recepción de la votación por personas u organismos distintos a los facultados, lista nominal en prisión preventiva.

 

I. ANTECEDENTES[4]

 

3.        Inicio del proceso electoral. El siete de septiembre de dos mil veintitrés, el Consejo General del INE declaró el inicio del Proceso Electoral Federal 2023-2024, entre otros, para la renovación de diputaciones por ambos principios.

 

4.        Coaliciones. Diversos partidos solicitaron al Consejo General del INE, la formación de coaliciones, con la finalidad de postular candidaturas a diputaciones federales por el principio de mayoría relativa en el actual proceso electoral. La resolución final de dichos convenios de coalición fue la siguiente:

 

     Fuerza y Corazón por México. Postula doscientas noventa y cuatro fórmulas de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa, presentado por los partidos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, aprobada por el Consejo General del INE en la resolución INE/CG165/2024, en sesión ordinaria celebrada el veintiuno de febrero y publicada en el Diario Oficial de la Federación el veinticinco de marzo[5].

 

     Juntos Hacemos Historia. Postula doscientas sesenta fórmulas de candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa, presentado por los partidos del Trabajo, Verde Ecologista de México y MORENA, aprobada por el Consejo General del INE en la resolución INE/CG164/2024, en sesión ordinaria celebrada el veintiuno de febrero y publicada en el DOF el veintidós de marzo[6].

 

5.        Jornada electoral. El dos de junio se llevó a cabo la jornada electoral del proceso electoral federal 2023-2024.

 

6.        Cómputo distrital[7]. El cinco de junio, el 01 Consejo Distrital del INE en Sonora inició la sesión de cómputo de la elección, entre otras, de diputaciones por mayoría relativa, misma que concluyó el siete siguiente, en dicha sesión se recontaron cuatrocientos treinta y nueve (439) paquetes para lo cual se levantó el acta correspondiente, posteriormente se realizó acta de cómputo, la cual contiene los siguientes datos:

 

TOTAL DE VOTOS EN EL DISTRITO
 

LOGOTIPO

PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATOS INDEPENDIENTES

VOTOS

LETRA

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

19,581

DIECINUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

14,815

CATORCE MIL OCHOCIENTOS QUINCE

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

1,670

MIL SEISCIENTOS SETENTA

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

7,452

SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS

PARTIDO DEL TRABAJO

7,163

SIETE MIL CIENTO SESENTA Y TRES

MOVIMIENTO CIUDADANO

21,704

VEINTIUN MIL SETECIENTOS CUATRO

MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL

58,484

CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO

PAN PRI PRD

1,991

MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UN

PAN PRI

708

SETECIENTOS OCHO

PAN PRD

60

SESENTA

PRI PRD

57

CINCUENTA Y SIETE

PVEM PT MORENA

2,511

DOS MIL QUINIENTOS ONCE

PVEM PT

502

QUINIENTOS DOS

PVEM MORENA

696

SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS

PT MORENA

754

SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO

log_votosnulos

CANDIDATO NO REGISTRADOS

140

CIENTO CUARENTA

log_votosvalidos

VOTOS NULOS

4,842

CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS

 

TOTAL

143,130

CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA

 

7.        Asignación de votos partidos coaligados. Una vez realizado el cómputo de la votación obtenida por cada partido político y coalición, el 01 Consejo Distrital del INE en Sonora, realizó la asignación de la votación de los partidos coaligados, para quedar de la siguiente forma:

 

DISTRIBUCIÓN FINAL DE VOTOS A PARTIDOS POLITÍCOS

 

LOGOTIPO

PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATOS INDEPENDIENTES

VOTOS

LETRA

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

20,629

VEINTE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

15,862

QUINCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

2,391

DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

8,888

OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO

PARTIDO DEL TRABAJO

8,628

OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO

MOVIMIENTO CIUDADANO

21,704

VEINTIUN MIL SETECIENTOS CUATRO

MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL

60,046

SESENTA MIL CUARENTA Y SEIS

log_noregistrados

CANDIDATAS/OS NO REGISTRADAS/OS

140

CIENTO CUARENTA

log_votosnulos

VOTOS NULOS

4,842

CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS

log_votosvalidos

TOTAL

143,130

CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA

 

8.        Votación final candidatos contendientes. Con base en lo anterior, se determinó que la votación final obtenida por los candidatos contendientes fue:

 

VOTACIÓN FINAL OBTENIDA POR LOS/AS CANDIDATOS/AS.
 

LOGOTIPO

PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATOS INDEPENDIENTES

VOTOS

LETRA

PAN PRI PRD

38,882

TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS

PVEM PT MORENA

77,562

SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS

MOVIMIENTO CIUDADANO

21,704

VEINTIUN MIL SETECIENTOS CUATRO

log_noregistrados

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

140

CIENTO CUARENTA

log_votosnulos

VOTOS NULOS

4,842

CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS

log_votosvalidos

TOTAL

143,130

CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA

 

9.        Constancia de mayoría y validez de diputaciones[8]. El siete de junio, al finalizar el cómputo distrital, el 01 Consejo Distrital del INE en Sonora declaró la validez de la elección de diputaciones federales por el principio de mayoría relativa, y entregó la constancia de mayoría a la fórmula integrada por entonces coalición Juntos Hacemos Historia, a cargo de los partidos del Trabajo, Verde Ecologista de México y MORENA, que postuló a Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo como propietario y Ernesto Roger Munro Jr. como suplente. 

 

10.     Diputaciones de representación proporcional. El siete de junio finalizó el cómputo distrital de la elección de diputaciones federales de representación proporcional haciendo saber que se recontaron seis casillas, en el cual se determinó que votación final obtenida por los institutos políticos fue[9]:

 

 

 

 

 

 

VOTACIÓN FINAL DIPUTACIONES DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL

PARTIDOS POLÍTICOS

VOTOS

LETRA

20,963

VEINTE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES

16,134

DIECISEÍS MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO

2,418

DOS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO

9,017

NUEVE MIL DIECISIETE

8,741

OCHO MIL SETECIENTOS CUARNETA Y UN

21,926

VEINTIUN MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS

61,187

SESENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE

log_noregistrados

141

CIENTO CUARENTA Y UN

log_votosnulos

4,904

CUATRO MIL NOVECIENTOS CUATRO

VOTACIÓN FINAL

145,431

CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CATROCIENTOS TREINTA Y UN

 

11.     Primera demanda. El diez de junio, la representante ante el 01 Consejo Distrital del PAN presentó escrito de demanda contra el cómputo, al considerar como único agravio que diversas casillas, se integraron por personas distintas a las facultades por la legislación electoral.

 

12.     Segunda demanda. El once de junio, la representante ante el 01 Consejo Distrital del PAN presentó otro escrito de demanda contra el cómputo anterior, al considerar como único agravio que diversas casillas, se integraron por personas distintas a las facultades por la legislación electoral.

 

13.     Parte tercera interesada. Posteriormente, MORENA por medio de su representante ante dicho Consejo Distrital y Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo por conducto de quien se ostenta como su representante, presentaron escritos solicitando se le reconociera como parte tercera interesada.

 

14.     Inconformidad y trámite. En su momento, el Magistrado Presidente de esta Sala Regional, ordenó registrar los medios de impugnación con las claves SG-JIN-147/2024 y SG-JIN-154/2024, y turnarlos su ponencia, posteriormente se sustanciaron.

 

II. COMPETENCIA

 

15.     Esta Sala Regional es competente por materia y territorio al tratarse de dos medios de impugnación presentado por el PAN contra actos correspondientes a la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa y representación proporcional, en el 01 Distrito Electoral Federal ubicado en Sonora, comprendido en el ámbito territorial de esta circunscripción[10].

 

III. ACUMULACIÓN

 

16.     Los juicios tienen conexidad en la causa, pues se trata de la misma autoridad responsable y en ambas demandas se impugnan actos relacionados con los resultados de la elección de diputaciones federales por el principio de mayoría relativa, en el 01 Distrito Electoral Federal en Sonora a cargo del mismo partido político.

 

17.     En ese sentido, por economía procesal y para evitar resoluciones contradictorias se acumula el juicio SG-JIN-154/2024 al SG-JIN-147/2024, por ser éste el que se recibió primero en la Oficialía de Partes de esta Sala Regional.

 

18.     Por tanto, se deberá glosar copia certificada de los puntos de acuerdo de la presente resolución, al expediente del juicio acumulado.

 

IV. CUESTIÓN PREVIA

 

19.     El PAN presentó dos escritos de demanda de juicio de inconformidad ante el 01 Consejo Distrital del INE en Sonora, el primero de ellos el diez de junio a las dieciocho horas con diez minutos y el segundo el once de junio a las diecisiete con diez minutos.

 

20.     En ambos escritos el partido pretende controvertir el cómputo distrital a la elección de diputación federal, en uno por mayoría relativa y en otro agrega que también por representación proporcional; por la misma causal de nulidad, prevista en el artículo 75, inciso E) de la Ley de Medios, relativa a la indebida integración de casilla.

 

21.     Por regla general, la presentación de una demanda por los sujetos legitimados cierra la posibilidad jurídica de interponer una diversa en contra de un mismo acto, y da lugar al desechamiento de las demandas promovidas posteriormente. Sin embargo, por excepción, resulta viable el estudio de los hechos y agravios vertidos en ellas, en caso de reunir el resto de los requisitos de procedencia, cuando los planteamientos sean sustancialmente diferentes en cuanto a su contenido y se presenten dentro del plazo legal previsto para ello. En el caso se advierte que:

 

        En el primer escrito de demanda el PAN impugnó la elección de diputaciones federales por mayoría relativa, además anexó una lista con sección, casillas, cargos, personas que consideró habían fungido indebidamente como personas funcionarias de casillas, por lo que corresponde a ciento once casillas.

 


 

CASILLA

1.        

34-C1

2.        

278-C1

3.        

295-B1

4.        

295-C1

5.        

295-C6

6.        

295-C7

7.        

296-C1

8.        

299-B1

9.        

304-B1

10.     

304-C2

11.     

316-C5

12.     

319-E1

13.     

320-B1

14.     

320-C1

15.     

320-E1C1

16.     

322-B1

17.     

323-E1

18.     

324-E1C1

19.     

326-B1

20.     

326-C1

21.     

327-C1

22.     

632-C4

23.     

633-B1

24.     

634-B1

25.     

634-C1

26.     

634-C2

27.     

634-C6

28.     

634-C7

29.     

634-C8

30.     

634-C3

31.     

635-C1

32.     

636-C2

33.     

640-B1

34.     

640-C1

35.     

641-C1

36.     

642-B1

37.     

642-C1

38.     

644-C1

39.     

645-C1

40.     

646-C1

41.     

646 C2

42.     

647-B1

43.     

648-B1

44.     

648-C2

45.     

648-C3

46.     

661-C4

47.     

661-C16

48.     

669-B1

49.     

669-C1

50.     

680-B1

51.     

680-C1

52.     

681-B1

53.     

681-C1

54.     

681-C2

55.     

683-C1

56.     

685-C1

57.     

686-B1

58.     

695-B1

59.     

695-C1

60.     

696-C1

61.     

696-C2

62.     

705-B1

63.     

706-C2

64.     

707-C1

65.     

708-B1

66.     

708-C1

67.     

710-C5

68.     

712-B1

69.     

712-C1

70.     

713-C2

71.     

714-C1

72.     

718-C1

73.     

719-C1

74.     

721-B1

75.     

721-C2

76.     

721-C3

77.     

722-C1

78.     

723-B1

79.     

726-B1

80.     

726-C1

81.     

728-C1

82.     

728-C2

83.     

729-C6

84.     

729-C7

85.     

729-C17

86.     

730-C9

87.     

730-C13

88.     

730-C16

89.     

737-B1

90.     

737-C2

91.     

737-C4

92.     

741-E1

93.     

742-C1

94.     

1323-B1

95.     

1323-C2

96.     

1324-B1

97.     

1324-C1

98.     

1325-B1

99.     

1325-C2

100.  

1329-B1

101.  

1329-C1

102.  

1330-B1

103.  

1362-E1

104.  

1366-C1

105.  

1582-B1

106.  

1582-C1

107.  

1583-C1

108.  

1583-C2

109.  

1584-C1

110.  

1585-C2

111.  

1588-B1

112.  

1590-C1


 

 

        En su segundo escrito de demanda el PAN impugnó la elección de diputaciones federales por mayoría relativa y por representación proporcional, por lo cual presentó una lista con sección, casillas, cargos, personas funcionarias designadas, así como personas que participaron en los cargos que no pertenecen a la sección electoral. Además, sobre una casilla refirió que solo funcionó con dos personas. Lo anterior relativo a las cuarenta (40) casillas, siguientes:

 


 

CASILLA

1.        

631-C2

2.        

631-C4

3.        

632-C2

4.        

632-C4

5.        

634-C1

6.        

634-C2

7.        

634-C3

8.        

635-B1

9.        

640-B1

10.     

641-B1

11.     

644-C1

12.     

645-C1

13.     

646-C1

14.     

647-B1

15.     

648-B1

16.     

648-C1

17.     

648-C2

18.     

648-C3

19.     

652-B1

20.     

652 Especial

21.     

661-C1

22.     

661-C13

23.     

661-C14

24.     

661-C15

25.     

661-C16

26.     

668-B1

27.     

668-C2

28.     

669-B1

29.     

670-B1

30.     

670-C1

31.     

670-C3

32.     

675-B1

33.     

679-B1

34.     

1585-C1

35.     

1586-B1

36.     

1586-C2

37.     

1587-B1

38.     

1588-C2

39.     

1590-B1

40.     

1590-C2


 

 


 

 

22.     Por lo tanto, si bien la pretensión del partido es la misma en ambos escritos, lo cierto es que impugna en su segundo escrito la elección de mayoría relativa y de representación proporcional; por lo tanto, el análisis de las casillas se deberá hacer de manera conjunta. Máxime que el partido repite trece (13) casillas, siguientes:

 


 

CASILLA

1.        

632-C4

2.        

634-C1

3.        

634-C2

4.        

640-B1

5.        

644-C1

6.        

645-C1

7.        

647-B1

8.        

648-B1

9.        

648-C2

10.     

648-C3

11.     

661-C16

12.     

669-B1

13.     

1586-B1


 

 


 

 

23.     Por lo cual impugna en total en ambos escritos ciento treinta y nueve casillas (139) casillas en este distrito electoral federal.

 

24.     En consecuencia, este órgano jurisdiccional estima que es posible considerar los planteamientos manifestados por el PAN en ambos escritos al presentarse ambos a tiempo, por lo que el segundo de ellos se considerará como un escrito de ampliación de demanda.

 

V. PARTES TERCERAS INTERESADAS

 

25.     Se reconoce el carácter de personas terceras interesada a MORENA y Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo porque presentaron sus escritos dentro del plazo de setenta y dos horas, conforme a lo siguiente:

 

Publicitación

Retiro

Presentación

18:40 horas del 10 de junio

18:40 horas del 13 de junio

MORENA a las 18:19 horas del 12 de junio

Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo a las 20:05 horas del 12 de junio

 

26.     El escrito cumple además con los requisitos formales[11] y la pretensión de las partes terceras interesada son contrarias al partido actor, pues pretenden que se confirme el acto impugnado. En cuanto a la personería ha lugar a reconocerla pues la autoridad responsable lo hace en su informe circunstanciado.

 

27.     MORENA acusa al PAN de rebeldía y solicita que se le declare perdido su derecho para recibirle y admitirle cualquier documento que no acompañó a su demanda, conforme a los artículos 288 y 324 del Código Federal de Procedimientos Civiles; sin embargo, es improcedente su solicitud, ya que dicha figura no puede aplicarse en el presente medio de impugnación debido a que la ley de medios prevé los supuestos para la presentación de cierto tipo de pruebas o en su caso la ampliación de demanda, por lo tanto dichos derechos procesales no pueden ser restringidos a solicitud del tercero interesado.

 

VI. ANÁLISIS DE LA PROCEDENCIA

 

28.     Requisito ordinarios y especiales de los medios de impugnación. Del mismo modo, se satisface la procedencia de los juicios[12]. Se cumplen requisitos formales. El medio se presentó oportunamente ya que del acta circunstanciada de la sesión de cómputo distrital controvertida se advierte que la misma concluyó el siete de junio[13], y las demandas se presentaron el diez y once siguiente respetivamente[14], según se aprecia de los respectivos sellos de recepción.

 

29.     La parte actora tiene legitimación al ser un partido nacional y quien suscribe la demanda cuenta con la personería suficiente al acreditarse como representante del PAN ante la autoridad responsable[15]. Además, se trata de un acto definitivo debido a que no hay medio impugnativo que agotar previamente, es decir, es procedente su análisis por parte de esta Sala Regional sin que al efecto se tenga que agotar una instancia previa, al así desprenderse de los artículos 49; 50, párrafo 1, incisos b y c); así como 53 de la Ley de Medios.

 

30.     También se satisfacen los requisitos especiales de procedencia, en virtud de que el PAN impugna los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de diputaciones federales por mayoría relativa, así como de representación proporcional, correspondiente al distrito electoral ya referido, así como la declaración de validez y el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez. También, precisa de manera individualizada las casillas cuya votación se solicita sea anulada por irregularidad, así como las razones por las cuales considera debe declararse su respectiva nulidad.

 

VII. ESTUDIO DE FONDO

 

31.     Método, agravio y análisis en conjunto. El PAN refiere como única causal de nulidad de casilla la relativa a recibir la votación personas y órganos distintos a los facultados[16] en ciento treinta y nueve (139) casillas; al respecto presentó dos listados personas que consideró integraron indebidamente la casilla (con número de sección, tipo de casilla, nombre y cargo).

 

32.     Cabe señalar que, una cantidad de nombres y apellidos se encuentran redactados de manera poco clara, con caracteres comprimidos, inconclusos, además de imprecisiones o en su caso resultan ininteligibles. No obstante, se realizará un análisis integral de la demanda y la documentación electoral para identificar a la persona cuya integración se impugna.

 

33.     Marco jurídico. Conforme a lo previsto en el artículo 75 párrafo 1 inciso e) de la Ley de Medios la votación recibida en una casilla será nula cuando se acredite que la votación se recibió por personas u órganos distintos a los facultados conforme a la normativa electoral vigente.

 

34.     Al respecto, el artículo 82.1 de la LEGIPE dispone que las mesas directivas de casillas se deben conformar por una persona presidenta, una secretaria, dos personas escrutadoras y tres personas suplentes generales. Para el caso que concurran dos procesos electorales, el mismo dispositivo prevé la adición de una persona secretaria y una escrutadora.

 

35.     Dicha ciudadanía es designada en la etapa preparatoria de la elección mediante el procedimiento dispuesto en el artículo 254 de la LEGIPE. Sin embargo, cuando alguna persona designada no acuda el día de la jornada electoral, la propia normativa prevé el procedimiento que debe seguirse para su sustitución a fin de que la casilla se instale, funcione y reciba el voto de las personas electoras.

 

36.     En efecto, el párrafo 3 del artículo 274 de la LEGIPE dispone que las sustituciones del funcionariado de casilla deben recaer en electores que se encuentren formados en la casilla para emitir su voto. En ningún caso podrán recaer los nombramientos en personas representantes de los partidos políticos o candidaturas independientes.

 

37.     De esta manera, si se demuestra que la mesa directiva de casilla se integró por personas que no fueron previamente designadas y además que no están incluidas en el listado nominal de la sección, o bien, son representantes de los partidos políticos, coaliciones o candidatos independientes, se tendrá por acreditada la causal de nulidad que se invoca.

 

38.     Es posible que no se tenga por actualizada la causal en estudio cuando, a pesar de la ausencia de alguno o algunos de las personas funcionarias de la mesa directiva de casilla, se acredite que las personas integrantes de la mesa directiva de casilla, que estuvieron presentes, realizaron las actividades del funcionariado faltante sin que ello mermara su desempeño. Por ejemplo, la mesa directiva de casilla puede verse disminuida en el número de personas y prescindir de las personas escrutadoras, pues al ser funcionariado auxiliar se pueden asumir entre las y los integrantes presentes.[17]

 

39.     Tampoco se actualizará necesariamente dicha causal, cuando las ausencias de las personas originalmente designadas se cubran sin seguir estrictamente el orden de prelación fijado en la ley, o cuando entre las y los funcionarios intercambien sus puestos. En ambos casos, siempre y cuando la votación habría sido recibida de igual forma, esto es, por personas debidamente insaculadas, capacitadas designadas por el consejo distrital respectivo o, en su caso, tomadas de entre el electorales de la sección electoral de que se trate, que estuviesen formados para ejercer su derecho de voto en esa casilla.[18]

 

40.     Decisión. Los agravios son infundados e inoperantes respecto a ciento treinta y cinco (135) porque se integraron adecuadamente; pero fundado sobre cuatro (4) casillas ya que se integraron con personas tomadas de la fila, pero que no pertenecían a la sección correspondiente a dicha casilla y por tanto se debe anular la votación; además que en una de esas casillas se integró únicamente con dos personas lo que afectó la recepción de la votación al tratarse de recepciones concurrentes.

 

41.     A fin de comprobar lo anterior se elaboró un cuadro comparativo y de análisis en el que se sintetiza la información que arrojan las consideraciones de la parte actora, así como las pruebas que ofreció la autoridad responsable respecto de la integración de las mesas directivas de las casillas impugnadas.

 

42.     Así, en la primera columna se indica el número consecutivo de las casillas impugnadas por la parte actora; en la segunda casilla se refiere su número y tipo; en la tercera se precisa el cargo o nombre de la persona que la parte actora afirma que recibió la votación el día de la jornada electoral sin estar facultada para ello conforme a la normativa aplicable. Con excepción de la casilla 635 básica la cual es impugnada porque se integró únicamente por dos personas. Los datos anteriores se obtuvieron del escrito de demanda y ampliación que dieron origen a los juicios que aquí nos ocupa.

 

43.     En la cuarta columna se determina el nombre de la persona cuestionada y se verifica si la persona cuestionada efectivamente se desempeñó como funcionario de la casilla impugnada. Este dato se obtiene de lo asentado en el acta de la jornada electoral o, a falta de ésta, del acta del escrutinio y cómputo, incluso de la Hoja de Incidentes, de la elección correspondiente o al tratar de una casilla única de otras elecciones como son presidencia y senadurías aportada por la autoridad responsable.

 

44.     Las pruebas documentales obran en ambos expedientes en los oficios en dispositivos electrónicos:

 

        Anexo del informe circunstanciado consistente en dispositivo USB a hoja 39 del expediente SG-JIN-147/2024, que contiene diversas carpetas identificadas como Actas de la Jornada Electoral, Actas de Escrutinio y Cómputo con el número de la sección y tipo de casilla correspondiente.

        Anexo del informe circunstanciado consistente en dispositivo USB a hoja 33 del expediente SG-JIN-154/2024, que contiene diversas carpetas identificadas como Actas de la Jornada Electoral, Actas de Escrutinio y Cómputo con el número de la sección y tipo de casilla correspondiente.

        Oficio INE/01JDE-SON/VE-01828/2024, suscrito por la autoridad responsable, derivado del requerimiento formulado por esta autoridad, consistente en tres apartados, cuyo dispositivo electrónico, contiene la documentación disponible. A hoja 138 del expediente SG-JIN-147/2024.

        Oficio INE/01JDE-SON/VE-01829/2024, a cargo de la autoridad responsable, derivado del requerimiento formulado por esta autoridad, en dispositivo electrónico, contiene la documentación requerida en las que se encuentran actas de la jornada, entre otras. A hoja 91 del expediente SG-JIN-154/2024.

        Oficio IEEyPC/PRESI-2532/2024, a cargo del Instituto Estatal Electoral de Sonora, derivada del requerimiento formulado por esta autoridad, que obra en copias certificadas, en el expediente SG-JIN-147/2024, hoja 186.

        Oficio IEEyPC/PRESI-2530/2024, a cargo del Instituto Estatal Electoral de Sonora, derivada del requerimiento formulado por esta autoridad, que obra de manera en copias certificadas, en el expediente SG-JIN-154/2024, a hoja 112.

 

45.     En la columna quinta y a partir de la información registrada en la lista de ubicación e integración de las mesas directivas de casilla —aprobada previamente por la autoridad administrativa electoral (encarte)— se constata si la persona funcionaria cuestionada fue previamente designada para integrar la mesa receptora de la votación el día de la jornada electoral pues, de ser así, será evidente lo infundado del agravio.

 

46.     Al respecto la autoridad responsable remitió el último encarte que reimprimió el primero de junio, que obra en dispositivo electrónico a hoja 39 del expediente SG-JIN-147/2024 identificado como: “lll.-ubicacionMesasDirectivas2 yCertificación_Prueba.-III”.

 

47.     En caso de que la persona funcionaria de casilla impugnada no aparezca enlistada en el encarte, en la columna sexta se verifica si ésta aparece en la lista nominal correspondiente a la sección electoral de que se trate pues, de ser así, cabe concluir que la misma fue tomada de la fila de electores el día de la jornada electoral para completar la integración de la mesa directiva de casilla frente a la ausencia de alguno o alguno de las personas designadas originalmente. Los listados nominales se encuentran en:

 

        Anexo del informe circunstanciado consistente en dispositivo USB a hoja 39 del expediente SG-JIN-147/2024.

        Anexo del informe circunstanciado consistente en dispositivo USB a hoja 33 del expediente SG-JIN-154/2024.

        Oficio INE/01JDE-SON/VE-01828/2024, suscrito por la autoridad responsable, derivado del requerimiento formulado por esta autoridad, consistente en tres apartados, cuyo dispositivo electrónico, contiene la documentación disponible. A hoja 138 del expediente SG-JIN-147/2024.

        Oficio INE/01JDE-SON/VE-01829/2024 derivado del requerimiento formulado por esta autoridad, que contiene en formato digital diversos listados nominales. A hoja 91 del expediente SG-JIN-154/2024.

        Oficio INE/01JDE-SON/VE-01868/2024, suscrito por la autoridad responsable, derivado del requerimiento formulado por esta autoridad, consistente en tres apartados, cuyo dispositivo electrónico, contiene la documentación disponible. A hoja 201 del expediente SG-JIN-147/2024.

        Oficio INE/01JDE-SON/VE-01869/2024, suscrito por la autoridad responsable, derivado del requerimiento formulado por esta autoridad, consistente en tres apartados, cuyo dispositivo electrónico, contiene la documentación disponible. A hoja 151 del expediente SG-JIN-154/2024.

 

48.     En este caso, de localizarse a la persona en la lista nominal se indicará la página y consecutivo que le corresponde conforme al listado nominal remitido en este caso en dispositivo electrónico que obra en el expediente.

 

49.     Finalmente, en la columna séptima a modo de conclusión de la información que resulta del análisis de la fila a examen, se precisa si el agravio, respecto de la casilla de que se trata, se determina fundado, infundado o inoperante.

 

50.     Cabe aclarar que, salvo excepción especifica, los datos necesarios para el análisis de la causal serán obtenidos de la documentación electoral, aprobada por el Consejo General del INE en ejercicio de sus funciones constitucionales, previstas en los artículos 41, bases V, apartado A, párrafos primero, segundo y tercero y apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 44, inciso ñ), de la LEGIPE.

 

51.     En términos de los artículos 14, numeral 1, inciso a), numeral 4, inciso a) y 16, numeral 2, de la ley de medios; la documentación electoral elaborada por las autoridades electorales en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales tiene valor probatorio pleno. Dicho en otras palabras, dicha documentación es una prueba preconstituida de los hechos que se hacen constar.

 

I

II

III

IV

V

VI

VII

Sección/

Casilla

Nombre y/o cargo de la persona impugnada

Acta de jornada electoral, o acta o documento diverso

¿Fue designado según encarte?

En su caso. ¿Aparece la lista nominal[19]?

Conclusión

1.         

34 C1

JESSICA ADELAIDA MARTINEZ ORTI (SIC)

2do. Secretaria

AEC DIPUTACIONES Jessica Adelaida Martínez Ortiz

NO

. Sección: 34 Casilla: C1 Pág. 2 Registro: 55

Infundado: Tomado de la fila en LN

2.         

278 C1

MANA DURAN RIOS (SIC)

1er. Secretario/a

AJE DIPUTACIONES  María Durán Ríos

Sí, 1er escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

GUADALUPE VICTORIA CORDOBA (SIC)

2do. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES

Guadalupe Victoria Cordova Mtaz

NO

. Sección: 278 Casilla: B1 Pág. 8 Registro: 236

 

Guadalupe Victoria Cordova Murrieta

Infundado: Tomado de la fila en LN en LN

LUIS FRANCISCO MURRIETA N

2do. Secretario/a

AJE DIPUTACIONES  Luis Francisco Murrieta Murrieta

Sí, 2do suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

MARLA TERESA GUERRERO RIVERA (SIC)

3er. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  María Teresa Guerrero Rivera

NO

Sí. Sección: 278. Casilla: B. Pág. 13  Registro: 396

Infundado: Tomado de la fila en LN

3.         

295 B1

JESUS MANUEL ROSO SALAS

3er. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES  Jesús Manuel Rojo Salas

NO

Sí Sección: 295 Casilla: C6 Pág. 10 Registro: 294

Infundado: Tomado de la fila en LN

4.         

295 C1

BRAULIO ERNESTO CLARK

3er. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Braulio Ernesto Clark Miranda 2do escrutador/a

Sí, 2do suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

5.         

295 C6

GLORIA HIDALGO MADRIC (SIC)

1er. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Gloria Hidalgo Madrid

Sí, S1, 1er suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

OSCAR ANDERES CAÑEZ

2do. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Oscar Landeros Cañez

NO

Sí. Sección: 295. Casilla contigua 3.  Pág. 13 Registro: 408

Infundado: Tomado de la fila en LN

6.         

295 C7

ARTURO BOSTILLOS REYNA (SIC)

2do. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Arturo Bustillos Reyna

NO

Sí. LN en Prisión Preventiva. Penitenciario 2602 CRS Caborca. P. 1. M. 1. T.2.

Infundado: Tomado de la fila en LN de Prisión Preventiva pero en la sección 295

7.         

296 C1

MARIA LUISA GONZALEZ B (SIC)

1er. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES  María Luisa González B.

  NO

. Sección: 296. Casilla C1 Pág. 19 Registro: 602

María Luisa González Barraza

Infundado: Tomado de la fila en LN

8.         

299 B1

FELIPE EDUARDO A CONSO (SIC)

1er. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Felipe Eduardo Alonso Barrón Presidente/a

Sí, Presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

9.         

304 B1

ANA LINETH JAYA SILVAS

1er. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES  Ana Lineth Joya Silvas

NO

Sí. Sección: 304 Casilla: C1 Pág. 19 Registro: 605

Infundado: Tomado de la fila en LN

10.      

304 C2

MIGUEL ANGEL DEL CID

1er. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES  Miguel Angel del Cid

NO

Sí, nombre completo: Miguel Ángel del Cid Silvas Sección: 304 Casilla: B1 Pág. 22 Registro: 676

Infundado: Tomado de la fila en LN

11.      

316 C5

ANA GLORIA GAUNA LORONA (SIC)

3er. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Ana Gloria Gauna Loroña

2do. Escrutador/a

Sí, 2do suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

12.      

319 E1

ELUA ROSA HDEZ MIC

2da. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES  Elva Rosa Hdez Mtz 1er escrutadora

Sí, nombre completo: Elva Rosa Hernández Martínez, 2do escrutador/a

N/A

Infundado: Coincidencia

ZAYDA LORENA INZUNZA VERDUZCO

2da. Secretario/a

AJE DIPUTACIONES  Zayda Lorena Inzunza Verduzco 1er secretario/a

  NO

. Sección: 319 Casilla: E1 Pág. 10 Registro: 306

Infundado: Tomado de la fila en LN

ADAN LUAN AGUILA

3er. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Adán Lujan Aguilar 2do escrutador

  NO

. Sección: 319 Casilla: E1 Pág. 11 Registro: 342

Infundado: Tomado de la fila en LN

13.      

320 B1

DOSE CRISPIN VERD (SIC)

1er. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  José Crispin Vera Cisneros 2do secretario/a

Sí, 2do secretario/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

14.      

320 C1

EFREN GECNANNI CIARA PIEDRA (SIC)

1er. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Efrén Geovanni Clara Piedra

2do secretario/a

Sí, 2do secretario/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

THALIA LEITH REVILLA FLORES (SIC)

2da. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Thalia Edith Revilla Flores 1er escrutador/a

  NO

Sí Sección: 320 Casilla: C1 Pág. 9 Registro: 263

Infundado: Tomado de la fila en LN

15.      

320 E1C1

JOANA LIZBETH ALVARADO NTZ

2da. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Joana Lizbeth Alvarado Martínez

2da. Escrutador/a

Sí, 3er escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

16.      

322 B1

FETIX GUARDADO PAOLA B

1er. Secretario/a

AJE DIPUTACIONES   Felix Guardado Paola Berenice

1er. Secretario/a

  NO

Sí Sección: 322 Casilla: B1 Pág. 5 Registro: 141

Infundado: Tomado de la fila en LN

17.      

323 E1

ALBERTO GUTIERREZ ROSAS 1er. Escrutador/a

AEC PRESIDENCIA  Alberto Gutierrez Rosas

1er. Escrutador/a

Sí, sección 323 E1, 3er escrutador/a

N/A

Infundado: corrimiento o sustitución

18.      

324 E1C1

PAMELA TERIQUENDY MELENDEZ SEPULVEDA

2da. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES Pamela Yeriquendy Melendez Sepulveda

1er secretario/a

  NO

Sí Sección: 324 Casilla: E1C1 Pág. 4 Registro: 104

Infundado: Tomado de la fila en LN

19.      

326 B1

HECTO TOVA MARROQUIN (SIC)

1er. Escrutador

AEC DIPUTACIONES  Héctor Tovar Marroquin

1er. Escrutador

  NO

. Sección: 326 Casilla: C1 Pág. 19 Registro: 604

Infundado: Tomado de la fila en LN

20.      

326 C1

AURELIO BERELLEZA SAVALA (SIC)

2do. Escrutador

AEC SENADURÍAS  Aurelio Berrelleza Zavala

2do. Escrutador

NO

. Sección: 326 Casilla: B1 Pág. 5 Registro: 160

Infundado: Tomado de la fila en LN

MANUEL E BRACAMONTE QUAD

3er. Escrutador

AEC SENADURÍAS  Manuel Edgardo Bracamontes Quijada

Sí, 1er suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

21.      

327 C1

SHERLYN MAID MALINE OWNE (SIC)

2da. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Sherlyn Mareli Molina Ozuna 1escrutadora

  NO

Sí. Sección: 327 Pág. 3 Registro: 65

 

Molina Ozuna Sherlyn Mareli

Infundado: Tomada de la fila en LN

22.      

631 C2[20]

BOLAÑOS CERVANTES LILIANA 

Presidenta

(Cargo erróneo)

AEC DIPUTACIONES

Liliana Bolaños Cervantes

1er Secretaria

Sí, 1er secretario/a

N/A

Infundado: Coincidencia

GUTIÉRREZ GARCÍA ZUGEY

1er. Secretaria

(Cargo erróneo)

AEC DIPUTACIONES

Zugey Lizbeth Gutierrez García

2da Secretaria

Sí, 2do escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

23.      

631 C4[21]

DÁVILA HERNÁNDEZ MONSERRATH  Presidente/a

AJE DIPUTACIONES   Monserrath Dávila Hernández

Sí, Presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

24.      

632 C2[22]

GONZÁLEZ MORALES EDGAR JAEL 

1er. Secretario

AJE DIPUTACIONES   Edgar Joel González Morales

1er. Secretario

Sí, C5, 3er escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

BATURINO MORALES YIRLA YANIXE  (SIC)

2do secretario/a

AJE DIPUTACIONES   Yirla Yanixce Baturoni Ramírez

2do secretario/a

Sí, 2do secretario/a

N/A

Infundado: Coincidencia

FIDEL PERFECTO RAMÍREZ 

1er escrutador/a

AJE DIPUTACIONES   Fidel Perfecto Ramírez

1er escrutador/a

Sí, 1er escrutador/a

N/A

Infundado: Coincidencia

25.      

632 C4

ANDREA RERENICE CALLEROS CARENGE (SIC)

1er. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Andrea Berenice Calleros Careaga 2do secretario/a

  NO

Sí. Sección: 632 B. Pág. 17  Registro: 514

Infundado: Tomada de la fila en LN

LA GUADALURE OF CLANDER (SIC)

1er. Secretaria

AJE DIPUTACIONES  Elisa Guadalupe Martínez Gandara

1er. Secretaria

Sí, 1er secretario/a

N/A

Infundado: Coincidencia

KIVENIA DUARTE GAIOLA (SIC)/ DUARTE GAXIOLA ITZAMAR (SIC)

2da. Escrutadora[23]

AJE DIPUTACIONES  kirenia Itzamara Duarte Gaxida 1er escrutador/a

  NO

. Sección: 632 Pág. 9 Registro: 288

Infundado: Tomado de la fila en LN

26.      

633 B1

SAIRA VALERIA MONREAL MARTIN

2da. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Saira Valeria Monreal Martínez

2do secretario/a

  NO

. Sección: 633 C1 Pág. 3 Registro: 93

Infundado: Tomado de la fila en LN

27.      

634 B1

ALCARAZ LARA LORENIA (SIC)

1er. Escrutadora

AEC PRESIDENCIA  Alcaraz Lara Lorena

1er. Escrutadora

  NO

. Sección: 634 B1 Pág.4  Registro: 107

Infundado: Tomado de la fila en LN

GARCIA OCHOA WAN EDGAR (SIC)

2do. Escrutador

AEC PRESIDENCIA  García Ochoa Iván Edgar

2do escrutador

  NO

. Sección: 634 C2 Pág. 19 Registro: 604

Infundado: Tomado de la fila en LN

28.      

634 C1[24]

CARDENAS

QUEVEDO LIKA AGLAHE (SIC)/Cárdenas Quevedo Lilia

1er. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Lilia Aglahe Cardenas Quevedo

1er. Escrutadora

NO

NO

Fundado: tomado de la fila en otra sección

29.      

634 C2

JULIETA AYILA JUZA CAMEA (SIC)

2da.

Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Julieta Ávila Juzacamea

1er escrutador/a

Sí, 2do escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

FRENGSER AVIER LOPES (SIC)

3er.

Escrutador

AJE DIPUTACIONES  Francisco Javier López Negrete 2do escrutador/a

NO

Sí. Sección: 634 C4 Pág.10  Registro: 307

Infundado: Tomado de la fila en LN

Martínez Paco[25] (SIC)

1er.

Secretario

AJE DIPUTACIONES   Francisco Antonio Paco Martínez

1er.

Secretario

Sí, 2do secretario/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

30.      

634 C3[26]

LERMA LÓPEZ FRANCISCA  Presidente/a

AJE DIPUTACIONES   Lerma López Francisca Isela

Presidente/a

Sí, Presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

ISELA KAREN MARLETH 

1er. Secretario/a

AJE DIPUTACIONES   Karen Marleth Trujillo Gutierrez

1er. Secretario/a

Sí, 1er secretario/a

N/A

Infundado: Coincidencia

REYNA PONCE DANIEL IVÁN

2do. Secretario/a

AEC DIPUTACIONES

Berduzco Soto María Esperanza

2do. Secretario/a

Sí; C3, 2do secretario/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

31.      

634 C6

ZDO MARIA JOSÉ EVANGELISTA (SIC)

1er. Escrutador/a (cargo erróneo)

AJE DIPUTACIONES  María José Evangelista García

2do secretario/a

Sí, 1er escrutador/a

N/A

Infundado: Coincidencia

32.      

634 C7

GARCIA GOMEZ JOUS GONZALO

1er. Escrutador

AJE DIPUTACIONES  García Gómez Jesús Gonzalo

1er. Escrutador

NO

Sección: 634 Pág.18  Registro: 557

Infundado: Tomado de la fila en LN

33.      

634 C8

SIXTO BORBOA JIMENEZ

3er. Escrutador

AEC DIPUTACIONES  Sixto Borboa Jímenez

3er. Escrutador

NO

Sí Sección: 634 C3g. 20.  Registro: 632

Infundado: Tomado de la fila en LN

34.      

635 B1[27]

Solo fungió la casilla con dos funcionarios presidente y secretario

AEYC DIPUTACIONES así como AEYC DIPUTACIONES LOCALES

Presidente

Agustín Medina Ramos

 

1er Secretario

Blanco Martinez

N/A

N/A

Fundado: se integró únicamente con dos personas

35.      

635 C1

MAULE DUARTE SQUIS (SIC)

1er. Escrutadora (cargo incorrecto)

AEYC DIPUTACIONES

 

2do secretario/a Inocente Duarte Sánchez

NO

SÍ. Sección: 635 B. Pág. 10 Registro: 290 

Infundado: Tomado de la fila en LN

36.      

636 C2

MARCO ANTONIO VELEZ (SIC)

1er. Escrutador

AJE DIPUTACIONES  Marco Antonio Velez Castro Presidente/a

Sí, Presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

37.      

640 B1

DARDA GABRIEL EST(SIC)

2do. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Grijalva Valdez Ruth

2do escrutador/a

  NO

Sección: 640 B Pág. 12 Registro: 381

Infundado: Tomado de la fila en LN

JENICK OCTAVIO MORENO PENE (SIC)

3er. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Erick Octavio Moreno Pérez 1er escrutador/a

NO

Sección: 640 C1 Pág. 4  Registro:107

Infundado: Tomado de la fila en LN

VÁZQUEZ DÍAZ JOSÉ ALBERTO

3er. Escrutador/a[28]

AJE PRESIDENCIA   Vázquez Díaz José Alberto

3er. Escrutador/a

NO

Sí Sección: 640 Casilla: C1 Pág. 15 Registro: 476

Infundado: Tomado de la fila en LN

38.      

640 C1

FRANCISCO JAVIER MARCIA

1er. Escrutador/a

AJE PRESIDENCIA  Francisco Javier Marcial

1er. Escrutador/a

  NO

Sí; nombre completo: Francisco Javier Marcial Velazco Sección: 640 Casilla: C1 Pág. 1 Registro: 9

Infundado: Tomado de la fila en LN

F MARISAL MAN (SIC)

2do. Escrutador/a

AJE PRESIDENCIA  Jesús Marisol Martín Caamal

2do. Escrutador/a

  NO

Sí Sección: 640 Casilla: C1 Pág. 1 Registro: 16

 

Martín Caamal Jesus Marisol

Infundado: Tomado de la fila en LN

39.      

641 B1[29]

GORTAREZ BELLOT JESÚS  (SIC)

1ra. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES LOCALES[30]

Jesus Gortarez Bellot

1er Escrutador

  NO

 Sí, nombre correcto: Bellot González Jesús  Sección: 641 Casilla: B1 Pág. 3 Registro: 96

Aparece como Jesús Bellot Gortarez

Infundado: Tomado de la fila en LN

40.      

641 C1

JOSE CRUZ ANGREZ CASTILLO (SIC)

3er. Escrutador

AJE DIPUTACIONES  José Cruz Álvarez Castillo

3er. Escrutador

  NO

Sección: 641 Pág. 1 Registro: 27

Infundado: Tomado de la fila en LN

41.      

642 B1

MARIZ LORENZ LEÓN

3er. Escrutador/a

AJE SENADURÍAS  María Lorena León

3er. Escrutador/a

  NO

Sí Sección: 642 Casilla: B1 Pág. 19 Registro: 578

Infundado: Tomado de la fila en LN

42.      

642 C1

MARTHA SILVIA NAVARRO VAZ (SIC)

2da. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Martha Silvia Navarro Vazquez

2da. Escrutador/a

  NO

Sí Sección: 642 Casilla: C1 Pág. 6 Registro: 181

 

Navarro Vasquez Martha Silvia

Infundado: Tomado de la fila en LN

43.      

644 C1[31]

VILLALOBOS J. SELENA VICTORIA (SIC)

2da. Secretario/a

AEYC DIPUTACIONES

Selenne Victoria Villalobos

2da Secretario/a

Sí, nombre completo: Villalobos Jimenez Selena Victoria, 2do secretario/a

N/A

Infundado: Coincidencia

FLORES SANDOVAL EDUARDO (SIC)

2do. Escrutador/a

AEYC DIPUTACIONES

Flores Sandoval Eduardo (SIC)

 

 

2do. Escrutador/a

Nombre correcto: Flores Sandoval Eusebio,

3er escrutador/a[32]

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

44.      

645 C1

GUILLERMOL BEL VEGA CASTILLO

1er. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES  Guillermo Ibel Castillo Vega

1er. Escrutador/a

NO

Sí Sección: 645 Casilla: B1 Pág. 7 Registro: 200

Infundado: Tomado de la fila en LN

45.      

646 C1[33]

IBARRA CASTILLO RAMÓN ISIDRO

2do. Secretario/a

AEC DIPUTACIONES 

Ibarra Castillo Ramón Isidro 2do. Secretario/a

C2, 1er suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

46.      

646 C2

JUAN JOSÉ DE LA (SIC)

1er. Escrutador

AEC DIPUTACIONES  Juan José de la Torre Pérez

1er. Escrutador

  NO

Sí Sección: 646 Casilla: B1 Pág. 12 Registro: 379

Infundado: Tomado de la fila en LN

47.      

647 B1[34]

GRACIDA VALDEPEÑA PATRICIA  (SIC)

2do. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES  Patricia Gracida ValdePeña

2do. Escrutador/a

Nombre correcto: Patricia Gracida Valdepeña, 2do escrutador/a

N/A

Infundado: Coincidencia

48.      

648 B1

OLIVIO CARDENAS HARTIN/ Martin Olivo Cardenas[35]

2do. Escrutador

AEC DIPUTACIONES  Olivo Cardenas Martín

2do. Escrutador

1er. Escrutador: KIMBERLY SABETAI BECERRA DELGADO

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

JOSE MOISES HERNANDEZ M 

1er secretario/a [36]

AEC DIPUTACIONES   José Moises Hernández

1er secretario/a

Sí, 1er secretario/a

N/A

Infundado: Coincidencia

RAFAEL PEÑUELAS MACHUCA 

3er. Escrutadora[37]

AEC DIPUTACIONES   Rafael Peñuelas Machuca

3er. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 648 Casilla: C2 Pág. 17 Registro: 528

Infundado: Tomado de la fila en LN

49.      

648 C1[38]

MARIA DE LA LUZ GARCIA KIM (SIC)

Escrutador 3

AEC DIPUTACIONES  

Maria de la luz Garcia King  Escrutador/a 3

NO

Sí, nombre completo: María de la Luz García King  Sección: 648 Registro: 196

Infundado: Tomado de la fila en LN

50.      

648 C2[39]

KIMBERLY SABETA BECAUSE (SIC)

2do. Escrutador/a / Escrutador 1

AEC DIPUTACIONES  

Kimberly Sabeta Becerra  Escrutador/a 1

NO

Sí, nombre completo: Kimberly Sabetai Becerra Delgado Sección: 648 Registro: 233

Infundado: Tomado de la fila en LN

ADRIAN GONZALEZ SAINZ (SIC)

Escrutador 2[40]

AEC DIPUTACIONES  

 

Bernardo González Sainz

2 escrutador/a

  NO

Sí; nombre completo: Adrián Bernardo González Sainz Sección: 648 Registro: 328

Infundado: Tomado de la fila en LN

51.      

648 C3[41]

NORMA LOURDES SALAZARTERAN/ Norma Lourdes Salazar 

1er. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Norma Lourdes Salazar Terán

1er. Escrutadora

NO

Sí. Sección: 648. P. 9 Registro: 261

Infundado: Tomado de la fila en LN

LINDA PATNAA KLARTINEZ SANDOVAL/ Linda Patricia Martinez Sandoval 

2da. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Linda Patricia Martínez Sandoval

2da. Escrutadora

  NO

Sí. Sección: 648 C2 Pág.5  Registro: 135

Infundado: Tomado de la fila en LN

52.      

652 B1[42]

Estanislao Sa Avila  Escrutador 2

 

(no coincide el nombre con el cargo)

AJE DIPUTACIONES  

(totalidad de la casilla)

Presidenta

Ariadna Gissa Rodríguez Alvarado

 

1er Secretario/a

Martha Cecila Flores Vargas

 

2do Secretario/a

María de Jesus Yescas Rojas

 

1er escrutador/a (en blanco)

 

2do escrutador/a (en blanco)

 

3er escrutador/a (en blanco)

NO PARTICIPÓ

NO PARTICIPÓ

Inoperante: parte de una premisa inexacta no hay nombre que coincida con “Estanislao Sa Avilao posición d 2do escrutador que se pueda analizar

53.      

652 S1[43]

Claudia Flores Flores  Secretario 2

AJE PRESIDENCIA   Claudia Flores Flores

2do Secretaria

NO

N/A

Infundado: se trata de una casilla especial

54.      

661 B1[44]

Celia Martinez Acuña

Presidente/a

AJE DIPUTACIONES 

Celia Martinez Acuña  Presidente/a

Sí, Presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

55.      

661 C1[45]

MARIA ISABEL AVILA (SIC)

Secretario 1

AJE DIPUTACIONES   Ma Isabel Ávila Verdín

Secretario 1

NO

Sí; nombre completo: María Isabel Avila Verdín Sección: 661 Casilla: C1 Pág. 6 Registro: 176

Infundado: Tomado de la fila en LN

MARIA GUADALUPE ORTEGA TAPIA  Secretario 2

AJE DIPUTACIONES   María Guadalupe Ortega Tapia

Secretario 2

NO

Sí Sección: 661 Casilla: C11 Pág. 6 Registro: 180

Infundado: Tomado de la fila en LN

56.      

661 C4

AMANDA GRIJALVA RODRIE (SIC)

Presidenta

AJE DIPUTACIONES  

Amanda Grijalva Rodríguez

Presidenta

NO

Sí Sección: 661. P. 11. Registro: 347

Infundado: Tomado de la fila en LN

57.      

661 C13[46]

Cynthia Lopez Gamiz

Presidente/a

AJE DIPUTACIONES

Cynthia Lopez Gamez

Presidente/a   

Sí, Nombre correcto: Cynthia López Gamez, presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

58.      

661 C14[47]

Alma Abich Romero Acedo 

2do Secretaria

AJE DIPUTACIONES

Alma Abich Romero Acedo

2da secretaria

  NO

Sí; nombre completo: Alma Abich Romero Acedo Sección: 661 C13. P. 14. Registro: 445

Infundado: Tomado de la fila en LN

59.      

661 C15[48]

Luis Alberto Terres Bolaño 

1er Secretario

AJE PRESIDENCIA   Luis Alberto Terres Bolaños

1er Secretario

  NO

Sí Sección: 661 Casilla: C15 Pág. 7 Registro: 195

Infundado: Tomado de la fila en LN

Alva Ximena Vergara Manzanarez

Secretaria 2

AJE PRESIDENCIA   Alva Ximena Vergara Bolaño

Secretaria 2

  NO

Sí Sección: 661 Casilla: C16 Pág. 11 Registro: 331

Infundado: Tomado de la fila en LN

Gustavo Ledezma González

Escrutadora 1

AJE PRESIDENCIA   Gustavo Ledezma González

Escrutadora 1

  NO

Sí Sección: 661 Casilla: C7 Pág. 20 Registro: 625

Infundado: Tomado de la fila en LN

60.      

661 C16

CONCEPCION PATICI REZA/ Concepción Parra Reza 

1er. Escrutadora[49]

AJE DIPUTACIONES  Concepción Parra Reza

1er. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 661 Casilla: C11 Pág. 15 Registro: 464

Infundado: Tomado de la fila en LN

MAYRA GUADALUPE VICYRA M/Mayra Guadalupe Vieyra M

(SIC)

2da. Secretaria[50]

AJE DIPUTACIONES  Mayra Guadalupe Vieyra Montenegro

2da. Secretaria

  NO

Sí Sección: 661 Casilla: C16 Pág. 12 Registro: 353

Infundado: Tomado de la fila en LN

RICARDA PAYAN VALENZUEK (SIC)/ Ricardo Payan Valenzuela 

3er. Escrutadora[51]

AJE DIPUTACIONES  Ricardo Payan Valenzuela

3er. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 661 Casilla: C11 Pág. 16 Registro: 493

Infundado: Tomado de la fila en LN

TERESA VIEYRA JUAREZ 

Presidente[52]

AJE DIPUTACIONES   Teresa Vieyra Suárez

Presidente

Sí, presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

MINERVA MONTENEGRO RANGEL (SIC)

Secretaria 1[53]

AJE DIPUTACIONES   Minerba Montenegro Rangel

Secretaria 1

Sí, C13, 1er suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

ANGELA VALENCIA FELIX 

Escrutador 2[54]

AJE DIPUTACIONES   Angela Valencia Felix

Escrutador 2

NO

Sí Sección: 661 Casilla: C15 Pág. 17 Registro: 543

Infundado: Tomado de la fila en LN

61.      

668 B1[55]

JUAN RICARDO ARAMBURO B (SIC) Secretario 1

AJE DIPUTACIONES   José Ricardo Francisco Barrios Medina

Secretario 1

Sí, 1er secretario/a

N/A

Infundado: Coincidencia

62.      

668 C2[56]

EVANGELINA RIVERA RIVERA 

Secretaria 2

AEYC

DIPUTACIONES

Evangelina Rivera Rivera  Secretaria

Sí, B1, 3er suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

GERTRUDIS VALLE DIAZ 

Escrutador 2

AEYC

DIPUTACIONES

Gertrudis Valle Diaz 

Escrutador 2

Sí, B1, 1er suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

MENDOZA GARCIA MARIA GUADALUPE (SIC)

Escrutador 3

AEYC

DIPUTACIONES

Mendoza Garcia Maria Guadalupe

Escrutador 3 

  NO

Sí; nombre completo: Marla Guadalupe Mendoza García Sección: 668 C1. P. 11. Registro: 347

Infundado: Tomado de la fila en LN

63.      

669 B1

ANGELA GABRIELA HARMANDEZ (sic)/ Angela Gabriela Hernandez Lara  TOW (sic)

1er. Secretaria[57]

AEYC DIPUTACIONES

Angela Gabriela Hernández Luna

1er secretaria

Sí, C2, 1er escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

ELIZABETH HERINDEZ RIVNG (SIC)

2da. Secretaria

AEYC

DIPUTACIONES

Elizabeth Hernández Rivera

2da. Secretaria

Sí, 2do escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

64.      

669 C1

JOSE FUAN LEON CUTIERREZ (SIC)

1er. Secretario

 AEYC

DIPUTACIONES

José León Gutierrez

1er. Secretario

  NO

Sección:  669 Pág. 6 Registro: 164

Es José Iván León Gutiérrez

Infundado: Tomado de la fila en LN

65.      

670 B1[58]

EDUARDO ALIRE VAZQUEZ 

Secretario 2

AEYC

DIPUTACIONES

Eduardo Alire Vazquez

Secretario 2

  NO

Sí Sección: 670 Casilla: B1 Pág. 5 Registro: 130

Infundado: Tomado de la fila en LN

JOEL VALDEZ DE LA CRUZ 

Escrutadora 3

AEYC

DIPUTACIONES

Joel Valdez de la Cruz

Escrutadora 3

  NO

Sí Sección: 670 Casilla: C5 Pág. 13 Registro: 391

Infundado: Tomado de la fila en LN

66.      

670 C1[59]

MICHELLE CORONADO BARÓN 

Secretario 2

AJE PRESIDENCIA   Michelle Coronado Barrón

Secretario 2

  NO

Sí Sección: 670 Casilla: C1 Pág. 6 Registro: 190

Infundado: Tomado de la fila en LN

FRANCISCO LÓPEZ LÓPEZ

Escrutador 2

AJE PRESIDENCIA   Francisco López López

Escrutador 2

  NO

Sí Sección: 670 Casilla: C3 Pág. 1 Registro: 1

Infundado: Tomado de la fila en LN

67.      

670 C3[60]

JOSE LORENZO MERAZ RODRÍGUEZ

Escrutadora 3

 

(Nombre bien hecho)

AJE DIPUTACIONES  

 

Presidente/a

Abraham Mitchel Cebreros Gonzalez

 

1er secretario/a

Antonio Avila Gonzalez

 

2do secretario/a

Alfonso Zavala Cendejas

 

1er escrutador/a

Jose Rafael Torres Cejudo

 

2do escrutador/a

María Elena Valenzuela López

 

3er escrutador/a

Karen Valdez De la Cruz

 

(No se localizó en la documentación)

 

NO PARTICIPÓ

NO PARTICIPÓ

Inoperante: parte de una premisa inexacta el nombre “JOSE LORENZO MERAZ RODRÍGUEZ

” no coincide, además el cargo estuvo en blanco.

 

68.      

675 B1[61]

ABELARDO VALLE CORTES 

Escrutador 2

AEYC

DIPUTACIONES

Abelardo Valle Cortes  Escrutador 2

  NO

Sí  Sección: 675 Casilla: B1 Pág. 17 Registro: 521

Infundado: Tomado de la fila en LN

69.      

679 B1[62]

MARIANA ROMERO RUIZ

Secretario 2

AEYC

DIPUTACIONES

Mariana Romero Ruiz

Secretario 2

  NO

Sí  Sección: 679 Casilla: C1 Pág. 12 Registro: 369

Infundado: Tomado de la fila en LN

70.      

680 B1

RUTH FUZABETH CASTILLO LOPEZ (SIC)

1er. Escrutadora

AEYC

DIPUTACIONES

Ruth Elizabeth Castillo Lopez

1er escrutador

  NO

Sí. Sección: 680 Pág.10  Registro: 300

Infundado: Tomado de la fila en LN

71.      

680 C1

JESUS BALTAZAR MARTINE (SIC)

3er. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES  Jesús Baltazar Martínez Contreras

3er. Escrutador/a

  NO

Sí Sección: 680 Casilla: C1 Pág. 13 Registro: 393

Infundado: Tomado de la fila en LN

72.      

681 B1

MAYRA ANDREA WARTE

1er. Secretaria

(cargo incorrecto)

AEC DIPUTACIONES  Mayra Andrea Duarte Rodríguez Presidente/a

Sí, presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

73.      

681 C1

AVON ISMAEL MORITAÑO NORTH

1er. Secretario/a

AJE PRESIDENCIA  Juan Ismael Montaño Martínez

1er. Secretario/a

Sí, 1er escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

JUAN VALADEZ MONTOYA (SIC)

Presidente/a

AJE PRESIDENCIA  Iván Valdéz Montoya

Presidente/a

Sí, nombre correcto: Iván Montoya Valdéz, presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

74.      

681 C2

THAMON YOUDALUPEL AGUIRRE VDI (SIC)

1er. Escrutador

AEC PRESIDENCIA

Ramón Guadalupe Aguirre Ruiz, 2do Secretario

Sí; Ramón Guadalupe Aguirre Ruiz, 1er escrutador

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

75.      

683 C1

JUAN MANUEL R 2do. Escrutador

AJE DIPUTACIONES  Juan Manuel Rodríguez Valenzuela Presidente/a

Sí, Presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

76.      

685 C1

CABELLO MONA JA 2do. Escrutador/a

AJE PRESIDENCIA  Cabello Mora Jorge Antonio 2do secretario/a

Sí, 1er escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

77.      

686 B1

GILBERTO JOST BAPEQUEZ JIMENEZ

1er. Secretario

AJE DIPUTACIONES  Gilberto José Bojorquez Jímenez

1er. Secretario

Sí, 1er secretario/a

N/A

Infundado: Coincidencia

78.      

695 B1

YUME ESMERALDA PIÑON GOM (sic)

1er. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Yume Esmeralda Piñón Gómez

1er. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 695 Casilla: C1 Pág. 9 Registro: 288

Infundado: Tomado de la fila en LN

CECILIO GONZALES HERNANDEZ

2do. Secretario

AJE DIPUTACIONES  Cecilio Gonzáles Hernández

2do. Secretario

  NO

Sí Sección: 695 Casilla: B1 Pág. 14 Registro: 435

Infundado: Tomado de la fila en LN

79.      

695 C1

LORENZO GARCIA SULGADO

1er. Secretario

AJE DIPUTACIONES  Lorenzo García Salgado

1er. Secretario

  NO

Sí Sección: 695 Casilla: B1 Pág. 13 Registro: 398

Infundado: Tomado de la fila en LN

80.      

696 C1

TAUDIA LISBETH VALENZUELA BARAYAS

2da. Secretaria

AJE DIPUTACIONES  Claudia Lizbeth Valenzuela Barajas

2da. Secretaria

  NO

Sí Sección: 696 Casilla: C3 Pág. 15 Registro: 454

Infundado: Tomado de la fila en LN

81.      

696 C2

ALDO ALBERTO FIGURA KAW (sic) 1er. Escrutador

AJE DIPUTACIONES  Aldo Alberto Higuera Reyes

1er. Escrutador

  NO

Sí. Sección: 696 C1 Pág. 13  Registro: 396

Infundado: Tomado de la fila en LN

82.      

705 B1

ERNESTO CUEN QUEVARA (sic)

1er. Secretario

AJE DIPUTACIONES 

Cuen Guevara Ernesto

1er. Secretario

  NO

Sí Sección: 705 Casilla: B1 Pág. 12 Registro: 378

Infundado: Tomado de la fila en LN

MARIA ANTONETE CAZARES

2da. Secretaria

AJE DIPUTACIONES  María Antonieta Cázares Valenzuela

2da. Secretaria

  NO

Sí Sección: 705 Casilla: B1 Pág. 10 Registro: 299

Infundado: Tomado de la fila en LN

ANGEL ANTONIO SALAZA CAZANT (sic)

Presidente/a

AJE DIPUTACIONES  Ángel Antonio Salazar Cázares

Presidente/a

Sí, presidente/a

N/A

Infundado: Coincidencia

83.      

706 C2

DELGADO MEDINA BILIA VERONICA

1er. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Delgado Medina Lilia Verónica 2do escrutador/a

  NO

Sí Sección: 706 Casilla: B1 Pág. 13 Registro: 393

Infundado: Tomado de la fila en LN

84.      

707 C1

GUADALUPE MEDINA LOPEZ 2da. Escrutadora

AJE PRESIDENCIA  Guadalupe Median López 3er escrutador/a

3er. Suplente: GUADALUPE CANDELARIA MEDINA LOPEZ

N/A

Infundado: Tomado de la fila en LN

85.      

708 B1

HURBAN LIZETH MARTINEZ GONZALEZ

1er. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Yorbani Lizeth Martínez González

2do secretario/a

Sí, 2do escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

86.      

708 C1

VIRGINIA ORSORICASITUA VIRGIN (SIC)

1er. Secretaria

AJE DIPUTACIONES  Virginia Ordórica Silva

1era secretaria

Sí, sección 712, B1, 3er suplente

N/A

Fundado: tomado de la fila en otra sección

ANGEL FIERES CIAVAL (SIC)

2do. Secretario

AJE DIPUTACIONES  

 

Presidente

José de Jesús Nuño Aguiluz

 

1er Secretario

Virgina Ordorica Silva

 

2do Secretario (en blanco)

 

1er, 2do y 3er Escrutador/a (en blanco)

NO PARTICIPÓ

NO PARTICIPÓ

Inoperante: parte de una premisa inexacta el nombre ANGEL FIERES CIAVA” no coincide; además que el cargo estuvo en blanco

87.      

710 C5

JOSE ABER BO FIGURICA (SIC)

2do. Escrutador

AJE PRESIDENCIA  José Alberto Figueroa Rentería

2do. Escrutador

NO

SÍ. Sección: 710 C1 Pág.19 Registro: 595

Infundado: Tomado de la fila en LN 

88.      

712 B1

JARIA DE JESUS ORDORICA (SIC)

1er.Secretaria

AJE DIPUTACIONES  María de Jesús Ordorica Silva 2do secretario/a

NO

Sí. Sección: 712 Pág. 5   Registro: 154

Infundado: Tomado de la fila en LN 

CORISELDA CUEVAS ORDORIS (SIC)

2da. Secretaria

AJE DIPUTACIONES  Griselda Cuevas Ordorica

1er secretario/a

Sí, C1, 2do escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

89.      

712 C1

PABLO AVTORO DE LA (SIC)

1er. Secretario

AJE DIPUTACIONES  Pablo Arturo De La Torre Guzmán

1er. Secretario

NO

Sí. Sección: 712 Pág. 7  Registro: 207

Infundado: Tomado de la fila en LN 

90.      

713 C2

LIA HARISA HERNANDEZ DAZ (SIC)

2da. Secretaria

AJE DIPUTACIONES  Gloría Marisa Hernández Díaz

2da. Secretaria

Sí, 1er secretario/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

91.      

714 C1

MAYRA PATRICIA CORDO

1er. Secretaria

AEC DIPUTACIONES  Mayra Patricia Cordova Gamez

1er. Secretaria

Sí, Presidente/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

92.      

718 C1

JOSE DE JESUS FERNANDER (SIC)

2do. Escrutador

AEC PRESIDENTE

PREP[63]

José de Jesus Hernández Arreola

1er escrutador

2do. Suplente: JOSE DE JESUS HERNANDEZ ARREOLA

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

93.      

719 C1

JOSE LUIS RODRIGUEZ HDZ

1er. Secretario

AEC DIPUTACIONES  José Luis Rodríguez Hernández

1er. Secretario

  NO

Sí Sección: 719 Casilla: C3 Pág. 19 Registro: 586

Rodríguez Hernández José Luis

Infundado: Tomado de la fila en LN

JUANE EVANGELISTA HDZ F (SIC)

2do. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES  Juana Evangelista Hernandez

2do. Escrutador/a

Sí, nombre completo: Juana Evangelista Hernández Fraijo, C4: 2do suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

MA ISABEL GALLO FAFOYA (SIC)

2da. Secretaria

AEC DIPUTACIONES  Ma. Isabel Gallo Tafoya

2da. Secretaria

  NO

Sí Sección: 719 Casilla: C1 Pág. 12 Registro: 360

Infundado: Tomado de la fila en LN

94.      

721 B1

ALONZO NOLAN TO SUMAYA (SIC)

1er. Escrutador

AJE PRESIDENCIA  Alonso Ronaldo Somaya Ojeda

1er. Escrutador

  NO

Sí. Sección: 721 C3 Pág. 15 Registro: 468

 

Alonso Ronaldo Sumaya Ojeda

Infundado: Tomado de la fila en LN

DANIOL DE JESUS VALENZUELA (SIC)

1er. Secretario

AJE PRESIDENCIA  Daniel de Jesús Valenzuela Cota

1er. Secretario

  NO

Sí Sección: 721 Casilla: C3 Pág. 18 Registro: 571

Infundado: Tomado de la fila en LN

ARNOLDO S ALANIZ

2do. Escrutador

AJE PRESIDENCIA  Arnoldo Sixto García Alanis

2do. Escrutador

Sí, C3, 2do suplente

ARNOLDO SIXTO GARCIA ALANIS

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

95.      

721 C2

LILIAN LIZBETH SAMANIEGO

3er. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Lilian Lizbeth Samaniego Cisneros

3er. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 721 Casilla: C3 Pág. 11 Registro: 334

Infundado: Tomado de la fila en LN

96.      

721 C3

CLAUDIA M PALOMARES GRO (SIC)

3er. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES 

CLAUDIA M PALOMARES GRO

1er. Escrutadora

  NO

Sí. Sección: 721 C2. Pág.  19 Registro: 579

 

Claudia Maribel Palomares Guerrero

Infundado: Tomado de la fila en LN

COBERTO RUMOS LAGER (SIC)

Presidente

 

AEC DIPUTACIONES 

ROBERTO RAMOS LOPEZ

Presidente

  NO

Sí. Sección: 721 C3 Pág. 2 Registro: 58

Infundado: Tomado de la fila en LN

97.      

722 C1

THA PATRICIA PERALTA AGUITAR (SIC)

3er. Escrutadora

AJE PRESIDENCIA  Martha Patricia Peralta Aguilar 1er escrutador/a

Sí, C2, 1er escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

98.      

723 B1

MANA DEVESUS CARRIGORA LOPEZ (SIC)

1er. Secretario/a

AEC DIPUTACIONES  María de Jesús Carrisoza López

1er. Secretario/a

  NO

Sí. Sección: 723 Pág. 23 Registro: 707

Infundado: Tomado de la fila en LN

ISAVI HIGUERA ASTORGA (SIC)

2da. Secretario/a

AEC DIPUTACIONES  Isaul Higuera Astorga

2da. Secretario/a

NO

Sí Sección: 723 Casilla: C2 Pág. 13 Registro: 397

Infundado: Tomado de la fila en LN

99.      

726 B1

ANASTACIO VALDES EAC (SIC)

2do. Escrutador

 AEC DIPUTACIONES  ANASTACIO VALDES EAC 2do. Escrutador

  NO

Sí. Sección: 726 C1 Pág. 18  Registro: 557

Valdez Leal Anastacio

Infundado: Tomado de la fila en LN

100.    

726 C1

AVIER GONZALEZ LOPEZ (SIC)

2do. Escrutador

AJE SENADURÍAS  Javier González López

2do. Escrutador

  NO

Sí Sección: 726 Casilla: B1 Pág. 15 Registro: 466

Infundado: Tomado de la fila en LN

101.    

728 C1

DANA YAQUELINE MOUNA AGUIRRE (SIC)

2da. Secretaria

AJE DIPUTACIONES  Dana Yaqueline Molina Aguirre

2da. Secretaria

  NO

Sí Sección: 728 Casilla: C2 Pág. 9 Registro: 279

Infundado: Tomado de la fila en LN

102.    

728 C2

JOSE DRAYAN GARTAN REYNA (SIC)

2do. Secretario

AJE DIPUTACIONES  José Brayan Gaytan Reyna

2do. Secretario

  NO

Sí Sección: 728 Casilla: C1 Pág. 9 Registro: 265

Infundado: Tomado de la fila en LN

103.    

729 C6

CARLOS ALBERTO BAEZA VAZAC (SIC)

2do. Secretario

AJE DIPUTACIONES  Carlos Alberto Baeza Vasquez

2do. Secretario

  NO

Sí. Sección: 729 C1 Pág. 14  Registro: 437

Baeza Vazquez Carlos Alberto

Infundado: Tomado de la fila en LN

104.    

729 C7

MARTINO GUADALUPE CARDENAS (SIC)

2do. Escrutador

(cargo incorrecto)

AJE PRESIDENCIA  Martina Guadalupe Castro Cárdenas

2do Secretario

Sí; nombre correcto: Martina Guadalupe Cárdenas Castro C10, 1er escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

ALMA DANADELI NIEBLAS MARRON

3ra Escrutadora

 

(Nombre bien hecho)

AJE

DIPUTACIONES  

 

Presidente/a

María Ignacia Mitchel Alvarado

 

1er Secretario/a

Selene Ortega Rodríguez

 

2do Secretario/a

Marina Guadalupe Castro  Cárdenas

 

1er, 2do, 3er escrutador/a en blanco

 

(No se localiza de la documentación)

NO PARTICIPÓ

NO PARTICIPÓ

Inoperante: No hay nombre que coincida con “ALMA DANADELI NIEBLAS MARRON”

105.    

729 C17

FUENDO BUTE SONTICGO (SIC) 1er. Secretario/a

AJE DIPUTACIONES Everardo Gutierrez Santiago

 

1er secretario

  NO

Sección: 729 C7 Pág. 22  Registro: 684

Infundado: Tomado de la fila en LN

ROBERTO MARINGUIN NAVAINE (SIC)

2do. Secretario

AJE DIPUTACIONES

Marroquín Navarro Roberto

 

2do secretario

  NO

Sección: 729 C10 Pág.22  Registro: 688

Infundado: Tomado de la fila en LN

106.    

730 C9

LOURDES ANDREA GUTIERREZ MIJAR (SIC)

1era. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Lourdes Andrea Gutierrez M.

2do secretario/a

Sí, nombre completo: Lourdes Andrea Gutierrez Minjarez, C3, 2do escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

107.    

730 C13

MARIA DE PESOS JACOBO ABITA (SIC)

2da. Secretaria

AJE DIPUTACIONES  María de Jesús Jacobo Abitia

1er. Secretaria

Sí, C11, 1er suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

108.    

730 C16

BEATZ ADNANA SETO JAIM (SIC)

1er. Secretario/a

AEC DIPUTACIONES 

BEATRIZ ADRIANA SOTO JAIME

1er. Secretario/a

NO

Sí. Sección: 730  C14 Pág. 22  Registro: 701

Infundado: Tomado de la fila en LN

109.    

737 B1

LINA DELFIDRA LÓPEZ VIDAL

1era. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Lina Delfidra López Vidal

1era. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 737 Casilla: C3 Pág. 11 Registro: 325

Infundado: Tomado de la fila en LN

110.    

737 C2

ELEDBETH ORTD G (SIC)

1era. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Elizabeth Orta G.

2do escrutador/a

  NO

Sí; Nombre completo: Amelia Elizabeth Orta García Sección: 737 Casilla: C4 Pág. 11 Registro: 345

Infundado: Tomado de la fila en LN

111.    

737 C4

CARMEN EDILIA BLANCO (SIC)

1era. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Carmen Edilia Blanco Portillo

1era. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 737 Casilla: B1 Pág. 15 Registro: 463

Infundado: Tomado de la fila en LN

112.    

741 E1

SAMANTHA BRILLIT QUIROZ TORES

1era. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Samantha Brillit Quiroz Torres

1era. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 741 Casilla: E1 Pág. 8 Registro: 241

Infundado: Tomado de la fila en LN

MAURICIO VALDEZ HERNANDEZ

2do. Escrutador

AEC DIPUTACIONES  Mauricio Valdéz Hernández

2do. Escrutador

  NO

Sí Sección: 741 Casilla: E1 Pág. 10 Registro: 311

Infundado: Tomado de la fila en LN

SILVIA HERNANDEZ CHAVEZ

3ra. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Silvia Hernández Chávez

3ra. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 741 Casilla: E1 Pág. 5 Registro: 144

Infundado: Tomado de la fila en LN

113.    

742 C1

ANDREA BERENICE ALVARADO  Presidenta

AJE SENADURÍAS  Andrea Berenice Alvarado B.

Presidenta

Sí, 1er escrutador/a

 

ANDREA BERENICE ALVARADO BOJORQUEZ

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

114.    

1323 B1

MARIA DE JESÚS HA ALL (SIC)

2da. Escrutadora

 AEC DIPUTACIONES 

MARIA DE JESÚS CHAPARRO P

1er. Escrutadora

  NO

Sí. Sección:  1323 B1 Pág. 12 Registro: 384

 

Chaparro Parra María de Jesús

Infundado: Tomado de la fila en LN

115.    

1323 C2

LOSE MARTIN ORTIZ ALMAZAN

2do. Escrutador

AEC DIPUTACIONES  José Martín Ortiz Almazan

2do. Escrutador

  NO

Sí Sección: 1323 B Casilla: C1 Pág. 22 Registro: 683

Infundado: Tomado de la fila en LN

FRANCISCA A ROSALES RAMIREZ

3ra. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Francisca A. Rosales Ramírez

3ra. Escrutadora

  NO

Sí; nombre completo: Francisca Asusena Rosales Ramírez Sección: 1323. C2 P11 Registro: 328

Infundado: Tomado de la fila en LN

116.    

1324 B1

GUADALUPE BURGA GARCIA 2da. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Guadalupe Burgos García 1er escrutador/a

Sí, 2do suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

117.    

1324 C1

RAMOR BONZALEZ HDY (SIC)

3er. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Ramón González Hernández

2do Escrutador

Sí, 3er suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

118.    

1325 B1

NOEMA RACIELO LOPEZ ALEGRIA (SIC)

2da. Escrutadora

AEYC DIPUTACIONES

NORMA GRACIELA LOPEZ

Sí, C1, Norma Graciela López Alegria, 2do suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

LOONS BCT GUADOLUDE MENTINGL (SIC)

3er. Escrutador/a

AEYC DIPUTACIONES

MARIA IRET GUADALUPE MARTINEZ HERNÁNDEZ

  NO

Sí. Sección: 1325 C1 Pág. 10 Registro: 292

 

MARIA IVET GUADALUPE MARTINEZ HERNÁNDEZ

Infundado: Tomado de la fila en LN

119.    

1325 C2

SHINE DEYANING SUAREZ (SIC)

1era. Escrutadora

AEYC DIPUTACIONES

 

SHINE DEYANIRA JUAREZ OLIVAS 1era. Escrutadora

. Shine Deyanira Juárez Olivas, 1er secretario/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

120.    

1329 B1

OPTICA SALAZAR MARISELA

1era. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Ortega Salazar Marisela

1era. Escrutadora

  NO

Sí. Sección: 1329 C1. Pág. 6  Registro: 178

Infundado: Tomado de la fila en LN

MORALES HERNANDER AMERICA

2da. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Morales Hernández América

2da. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 1329 Casilla: C1 Pág. 4 Registro: 116

Infundado: Tomado de la fila en LN

121.    

1329 C1

ZAMUDIO FEMANDEZ LEZLIE YAZONCIRE(SIC)

1ra. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Zamudio Fernández Lezlie Yazonara

  NO

Sí Sección: 1329 Casilla: C1 Pág. 19 Registro: 588

Infundado: Tomado de la fila en LN

CASTILLO ALVAREZ KARINA BEREN (SIC)

1er. Secretaria

AJE DIPUTACIONES  Castillo Álvarez Karina Berenice

1er. Secretaria

  NO

Sí Sección: 1329 Casilla: B1 Pág. 7 Registro: 201

Infundado: Tomado de la fila en LN

OCHOA CASTILLO AIDE

2da. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Ochoa Castillo Aide

2da. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 1329 Casilla: C1 Pág. 6 Registro: 161

Infundado: Tomado de la fila en LN

DIMENEZ BERMUDEZ FRANCISCA YESENIA (SIC)

2da. Secretaria

AJE DIPUTACIONES  Jímenez Bermudez

Francisca Yesenia

2da. Secretaria

Sí, 1er suplente

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

CRUZ ZAMUDIO VIANNY MOZALIT

3er. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES  Cruz Zamudio Vianny Mozalit

3er. Escrutador/a

  NO

Sí Sección: 1329 Casilla: B1 Pág. 9 Registro: 267

Infundado: Tomado de la fila en LN

122.    

1330 B1

MARTIN RUBEN MONTIYO VALENC (SIC)

1er. Secretario

AJE PRESIDENCIA  Martín Ruben Montijo Valencia

1er. Secretario

  NO

Sí Sección: 1330 Casilla: B1 P. 9 Registro: 366

Infundado: Tomado de la fila en LN

LETICIA ISABEL LEON SANDAR (SIC)

2da. Secretaria

AJE PRESIDENCIA  Leticia Isabel León Sandoval

2da. Secretaria

  NO

Sí Sección: 1330 Casilla: B1 Pág. 9 Registro: 272

Infundado: Tomado de la fila en LN

123.    

1362 E1

MARIN DH COIRMAN AA (SIC) 2do. Escrutador/

(cargo incorrecto)

AJE DIPUTACIONES  María del Carmen A. A.

1er escrutador/a

 

  NO

SÍ. Sección: 1362 E1. P.1. Registro: 6

 

Nombre completo María del Carmen Anaya Arriola

Infundado: Tomado de la fila en LN

RAMON MARRON MIRAS

3er. Escrutador

AJE DIPUTACIONES  Ramón Eduardo

3er escrutador

  NO

Sí. Sección: 1362 E1. P.5. Registro: 140

 

Nombre completo: Marrón Miranda Ramón Eduardo

Infundado: Tomado de la fila en LN

124.    

1366 C1

NANDA CHEBOLLA CANEZ (SIC)

3ra. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Chabolla Cañez Variela

3ra. Escrutadora

  NO

Sí. Sección: 1366 B  Pág. 6 Registro: 170

 

Chabolla Cañez Yariela

Infundado: Tomado de la fila en LN

125.    

1582 B1

MARIA ELENA GARCIA VELAIDI (SIC)

1ra. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  María Elena García Velarde 2do escrutador/a

  NO

Sí Sección: 1582 Casilla: B1 Pág. 14 Registro: 442

Infundado: Tomado de la fila en LN

126.    

1582 C1

DANIEL BERNAL BERMÚDEZ

2do. Escrutador

AEC DIPUTACIONES  Daniel Damián Bermúdez

2do. Escrutador

  NO

Sí Sección: 1582 Casilla: B1 Pág. 9 Registro: 271

 

Infundado: Tomado de la fila en LN

127.    

1583 C1

GARCIA GARCIA ANETH (SIC)

1er. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  García García Aneth Karolina

1er. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 1583 Casilla: B1 Pág. 18 Registro: 554

Infundado: Tomado de la fila en LN

VERONICA LECHUGA B (SIC)

2da. Escrutadora

AJE DIPUTACIONES  Sofía Verónica Lechuga Bedolla

2da. Escrutadora

Sí, 2do secretario/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

128.    

1583 C2

FRANCISCO CESAR EDUARDO COVARRUBIAS

2do. Escrutador

AEYC PRESIDENCIA PREP[64]

 

Francisco Cesar Eduardo Covarrubias

2do. Escrutador

  NO

Sí; nombre completo: Francisco César Eduardo Covarrubias Ramírez Sección: 1583 B. Pag. 11 Registro: 346

Covarrubias Ramirez  Francisco Cesar Eduardo

Infundado: Tomado de la fila en LN

VAXURI LUNDEY MERY VELAZQUEZ

3er. Escrutadora

AEYC PRESIDENCIA PREP[65]

 

Yaxuri Lindey Mery Valazquez P.

3er. Escrutador

  NO

Sí; nombre completo: Yaxuri Lindey Mery Velázquez Paredes Sección: 1583 C2 Pág. 16 Registro: 502

Infundado: Tomado de la fila en LN

129.    

1584 C1

DANIEL LOY A CAMPUZANO

1er. Escrutador

AEC DIPUTACIONES  Daniel Loya Campuzano

1er. Escrutador

  NO

Sí Sección: 1584 Casilla: C1 Pág. 9 Registro: 287

Infundado: Tomado de la fila en LN

130.    

1585 C1[66]

BUÑUELOS C. ESTEFANY PAOLA 

2da. Secretario/a

AJE DIPUTACIONES   Estefanny Paola Bañuelos Contreras

2da. Secretario/a

Sí, C2, 1er secretario/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

131.    

1585 C2

ROBERTO GUILLOT QUIROZ

2do. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES  Roberto Guillot Quiros

2do. Escrutador/a

  NO

Sí Sección: 1585 Casilla: C1 Pág. 5 Registro: 151

Infundado: Tomado de la fila en LN

NADIA CAMILA CARDONAS RÍOS

3ra. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Nadia Camila Cardenas Ríos

3ra. Escrutadora

  NO

Sí Sección: 1585 Casilla: B1 Pág. 10 Registro: 306

Infundado: Tomado de la fila en LN

132.    

1586 B1[67]

SÁNCHEZ DANNA YOCENLY 

2do. Secretario/a

AJE PRESIDENCIA   Dana Yocelin Jímenez Vargas

2do. Secretario/a

Sí, 1er escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

PINO LUCIANO GUADALUPE 

3er. Escrutador/a

AJE PRESIDENCIA   Luciano Guadalupe del Cid Pinto

3er. Escrutador/a

  NO

Sí Sección: 1586 Casilla: B1 Pág. 18 Registro: 546

Infundado: Tomado de la fila en LN

133.    

1586 C2[68]

CONTRERAS S. SARA IVENT  (SIC)

2da. Secretario/a

AJE DIPUTACIONES   Sara ivet C.S.

2da. Secretario/a

Sí; nombre completo: Sara Ivet Contreras Santoyo, 2do escrutador/a

N/A

Infundado: Corrimiento o sustitución

134.    

1587 B1[69]

CRUZ A. GARCÍA B. (SIC)

1era. Escrutador/a

AJE DIPUTACIONES   Cruz A. García B.

1era. Escrutador/a

  NO

Sí, nombre completo: Cruz Antonio García Basopoli Sección: 1587 Casilla: B1 Pág. 15 Registro: 459

Infundado: Tomado de la fila en LN

135.    

1588 B1

MARIA ELONA VEGA FIGUEROA

2da. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  María Elena Vega Figueroa 1er escrutador/a

2da. Escrutadora

NO

Sí Sección: 1588 Casilla: C2 Pág. 19 Registro: 587

Infundado: Tomado de la fila en LN

136.    

1588 C2[70]

FRANCO ISLAS JOSÉ JAVIER  (SIC)

2da. Secretario/a

AEC DIPUTACIONES 

 

Franco Islas José Javier.  2da. Secretario/a

NO

Sí; nombre completo: José Javier Franco Islas Sección: 1588 B1. Registro: 654

Infundado: Tomado de la fila en LN

137.    

1590 B1[71]

LEÓN HERNÁNDEZ FABIOLA

1er. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES 

León Hernández Fabiola

1er. Escrutador/a

NO

Sí Sección: 1590 Casilla: C1 Pág. 11 Registro: 349

Infundado: Tomado de la fila en LN

138.    

1590 C1

BELTRAN MORALES FIDELIA

1ra. Escrutadora

AEC DIPUTACIONES  Beltrán Morales Fidelia

1ra. Escrutadora

 

2do Escrutador

N/A

Infundado: Corrimiento y/o sustitución

139.    

1590 C2[72]

LÓPEZ MÁRQUEZ (SIC)

1ra. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES 

Esteban López Márquez

1ra. Escrutador/a

  NO

Sí; nombre completo: Esteban Márquez López Sección: 1590 C1 Registro: 493

Infundado: Tomado de la fila en LN

SÁNCHEZ GONZÁLEZ JESÚS ANDRÉS 

2da. Escrutador/a

AEC DIPUTACIONES 

Jesús Andrés Sánchez Glet 

2da. Escrutador/a

  NO

 NO

Fundado: tomado de la fila en otra sección

 

 

 

 

A) Inoperante por genérico y premisas erróneas

 

52.     Es inoperante el agravio sobre la indebida integración respecto de las casillas 670 C3, 652 B1, 708 C1[73] y 729 C7[74] es genérico por impreciso debido a que no coincide ni el nombre o el cargo con los nombres referidos en el acta de jornada electoral de las referidas casillas.

 

B) Coincidencia

 

53.     En segundo lugar, son infundados los motivos para anular las casillas 299 B1, 319 E[75], 631 C2[76], 631 C4, 632 C2[77], 632 C4[78], 634 C3, 634 C6, 636 C2, 644 C1[79], 647 B, 648 B[80], 661 B, 661 C13, 661 C16[81], 668 B, 681 B, 681 C1[82], 683 C1, 686 B y 705 B[83] porque los nombres de las personas funcionarias coinciden plenamente los nombres y los cargos de las personas que el día de la jornada electoral actuaron como funcionarias de la mesa directiva de casilla, con las personas que aparecen en la lista de integración de dichos órganos colegiados, que fueron designados y capacitados por la autoridad electoral administrativa para desempeñar las funciones respectivas, en los cargos referidos, atendiendo al último encarte que remitió la responsable.

 

 

 

C) Corrimiento y sustitución

 

54.     Respecto de las casillas 278 C1[84], 295 C1, 295 C6[85], 316 C5, 320 B1, 320 C1, 320 E1C1, 323 E1, 326 C1[86], 631 C2[87], 632 C2[88], 634 C2[89], 634 C3, 644 C1[90], 646 C1, 648 B1[91], 661 C16[92], 668 C2[93], 669 B1, 681 C1[94], 681 C2, 685 C1, 708 B1, 712 B1[95], 713 C2, 714 C1, 719 C1[96], 721 B1[97], 722 C1, 729 C7[98], 730 C9, 730 C13, 742 C1, 1324 B1, 1324 C1, 1325 B[99], 1325 C2, 1329 C1[100], 1583 C1[101], 1585 C1, 1586 B1[102], 1586 C2, 1590 C1, existió un corrimiento o sustitución de las personas que fungieron como parte de la directiva de casillas.

 

55.     Si bien la legislación prevé la forma en que deben de realizarse las sustituciones de los funcionarios ausentes o faltantes por parte de los que le siguen en orden descendente (corrimiento), también lo es que el no seguirlo, por sí solo, no causa una vulneración al principio de certeza que debe de regir en toda elección, toda vez que se encuentran capacitadas para el ejercicio del encargo originalmente designado o el correspondiente en caso del supuesto abordado, por lo que el no atender a un corrimiento consecutivo es insuficiente para determinar una violación en el desempeño de las funciones propias de la integración de la mesa receptora de la votación.

 

56.     Por otro lado, en cuanto a los suplentes que asumen la titularidad, está contenida en el artículo 82 y 247 de la LEGIPE tiene por objeto reemplazar a los titulares que por alguna causa no se presenten a cumplir con su obligación ciudadana de formar parte de las mesas directivas de casilla.

 

57.     La sustitución de funcionarios titulares por suplentes, o un indebido corrimiento de funciones, no configura la causal de nulidad de votación recibida en casilla, toda vez que fueron insacularon, capacitaron y designaron por su idoneidad para fungir como suplentes, apareciendo en el encarte relativo, con lo que se garantiza el debido desarrollo de la jornada electoral[103].

 

58.     Además, que en algunas casillas las personas funcionarias designadas son las mismas que fungieron como tales el día de la jornada electoral, independientemente de que se trate de suplentes de diversas casillas.

 

59.     En ese sentido, tal situación no se considera una irregularidad que amerite la nulidad de la votación recibida, habida cuenta que los ciudadanos descritos que actuaron como funcionarios el día de la jornada electoral, sí fueron previamente insaculados y capacitados para desempeñarse como tales, aunque en una casilla distinta, pero dentro de su sección.

 

D. Personas no designadas por el Consejo Distrital, pero en listado nominal

 

60.     En las mesas directivas de casilla 34 C1, 278 C1[104], 295 B1, 295 C6[105], 296 C1, 304 B1, 304 C2, 319 E1[106], 320 C1[107], 322 B1, 324 E1C1, 326 B1, 326 C1[108], 327 C1, 632 C4[109], 633 B1, 634 B1, 634 C1, 634 C2[110], 634 C7, 634 C8, 635 C1, 640 B1, 640 C1, 641 B1, 641 C1, 642 B1, 642 C1, 645 C1, 646 C2, 648 B1[111], 648 C1, 648 C2, 648 C3, 661 C1, 661 C4, 661 C14, 661 C15, 661 C16[112], 668 C2[113], 669 C1, 670 B1, 670 C1, 675 B1, 679 B1, 680 B1, 680 C1, 695 B1, 695 C1, 696 C1, 696 C2, 705 B1[114], 706 C2, 707 C1, 710 C5, 712 B1[115], 712 C1, 718 C1, 719 C1[116], 721 B1[117], 721 C2, 721 C3, 723 B1, 726 B1, 726 C1, 728 C1, 728 C2, 729 C6, 729 C17, 730 C16, 737 B1, 737 C2, 737 C4, 741 E1, 1323 B, 1323 C2, 1325 B1[118], 1329 B1, 1329 C1, 1330 B1, 1362 E1, 1366 C1, 1582 B, 1582 C1, 1583 C1[119], 1583 C2, 1584 C1, 1585 C2, 1586 B1[120], 1587 B1, 1588 B1, 1588 C2, 1590 B1 y 1590 C2[121] tuvieron al menos una sustitución, con personas tomadas de la fila, cuyos nombres sí aparecen en el listado nominal de la sección.

 

61.     De la comparación del cuadro esquemático, y las diversas constancias que obran en los expedientes, se deduce que algunas de las personas funcionarias de las mesas directivas que actuaron en los comicios, no fueron designados por el Consejo Distrital respectivo, al no aparecer en el encarte de la casilla ni de la sección.

 

62.     Pero, la sola circunstancia de que dichas personas no se designaron con antelación por el Consejo Distrital, no es motivo suficiente para acreditar que la votación se recibió por un órgano o personas distintas a las facultadas por la ley; en todo caso, la sustitución estuvo apegada a la normatividad vigente.

 

63.     En las casillas en estudio, las sustituciones de dichas personas se hicieron con ciudadanos de la sección correspondiente, cuyos nombres se encontraban incluidos en el listado de cada una de ellas (según se constata en el cuadro esquemático); por tanto, es evidente que, en la especie, no se afectó la certeza de la votación, en virtud de que el cambio de los funcionarios se hizo con apego a la ley.

 

E) Casilla especial 652

 

64.     En el caso, el PAN impugnó la casilla 652 S por lo que corresponde a la segunda secretaria Claudia Flores Flores, de la revisión del listado nominal de dicha sección no se localizó a la referida ciudadana.

 

65.     Sin embargo, el agravio es infundado porque conforme al artículo 258, párrafo 3, de la LEGIPE, las casillas especiales pueden conformarse con personas inscritas en secciones diferentes; lo anterior debido a que si su función es permitir sufragar a la ciudadanía que se encuentra en tránsito en el país y operan las mismas reglas de integración para los funcionarios de casilla, como lo es seleccionar voluntarios de la fila.

 

66.     Conforme a lo anterior, es razonable que puedan participar personas inscritas en secciones diversa, en similares términos se resolvió en el SUP-REC-893/2018.

 

67.     Máxime que derivado de los requerimientos formulados en la instrucción del asunto la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores informó que dicha ciudadana tiene su registro vigente en la base de datos del Padrón Electoral y en el Listado Nominal de Electores[122].

 

F) Persona tomada de la fila y en el listado nominal de electores con fotografía en prisión preventiva para la elección federal del 2 de junio

 

68.     En principio, derivado de la sentencia de este Tribunal Electoral SUP-JDC-352/2018 y su acumulado, el INE elaboró los Lineamientos y el Modelo de Operación Voto de la Personas en Prisión Preventiva[123] en donde implementó el procedimiento para la conformación de la Lista Nominal del Electorado en Prisión Preventiva para este proceso electoral.

 

69.     Dichos Lineamientos y el Modelo de Operación VPPP[124] contemplan el ejercicio del Voto de Personas en Prisión Preventiva de forma anticipada al interior de los Centros Penitenciarios. Así respecto a la integración de la Lista Nominal del Electorado en Prisión Preventiva se consideró que sería a solicitud expresa de las personas en prisión preventiva y su domicilio correspondería al de la prisión en el cual se encontrará.

 

70.     En el caso el ciudadano que integró la casilla 295 C7 como segundo escrutador, de acuerdo con lo informado por la autoridad responsable se encontró en la Lista Nominal del Electorado en Prisión Preventiva del distrito 01, correspondiente al centro penitenciario 2602 CRS Caborca[125].

 

71.     Sin embargo, el nueve de mayo, fecha en la cual se celebró el voto anticipado en prisión preventiva en dicho distrito, de acuerdo con el acta circunstanciada INE/OE/SON/JDE-01/004/2024 y sus anexos[126] no emitió su voto, ya que había quedado en libertad el veintidós de abril, por suspensión provisional.

 

72.     Del mismo modo, obra en el expediente el oficio número INE/01JDE-SON/VRFE/1891/2024, en el cual el vocal de registro federal de electores de dicho distrito informó que el referido ciudadano tenía vigente su registro en le listado nominal referenciado en la sección 295 urbana[127].

 

73.     De las anteriores probanzas que cuenta con pleno valor probatorio en término de los artículos 15 y 16 de la Ley de Medios, se concluye que el ciudadano que integró la casilla 295 C7, como segundo escrutador, si bien fue tomado de la fila y no estaba en los listados nominales ordinarios de dicha sección; también lo es que: i) se encontraba en el Listado Nominal de Electores con Fotografía en Prisión Preventiva para la elección Federal del 2 de junio de 2024; ii) tenía sus derechos político-electorales y credencial de elector vigente; iii) pertenece a la sección 295; y iv) el día de la jornada electoral se encontraba en libertad.

 

74.     Sin que pase inadvertido que el referido ciudadano solicitó votar de manera voluntaria en prisión preventiva; sin embargo, al momento de la votación anticipada ya se encontraba en libertad; pero dicho cambio de situación jurídica por el que se vio beneficiado no puede generarle un perjuicio en el ejercicio de sus derechos político-electorales ni afectar el principio de conservación de los actos válidamente celebrados, pues dicha situación no podría estimarse como un impedimento para integrar dicha casilla.

 

75.     Lo anterior es así ya que se debe potencializar el ejercicio de los derechos de personas en prisión preventiva, incluyendo a aquellas que, cumpliendo con los requisitos previstos, tengan un cambio de situación jurídica. De acuerdo con la sentencia SUP-REC-342/2023 de la cual se destaca que se debe privilegiar la interpretación progresiva a partir de la adaptación de las circunstancias que impone la realidad a los supuestos previstos al momento de establecer la norma.

 

76.     Por tanto, el agravio es infundado pues la casilla impugnada se integró con una persona perteneciente a dicha sección.

 

G) Persona no designadas por el Consejo Distrital y que no están en el listado nominal de la sección correspondiente

 

77.     En segundo lugar, resulta fundado el agravio del PAN, por lo que respecta a las casillas 634 C1, 708 C1 y 1590 C2 ya que se integraron en forma emergente pero dichas personas no figuran en el encarte, ni se encuentran inscritos en las listas nominales de electores correspondiente a las secciones de esas casillas[128].

 

78.     En ese sentido, de la revisión de los listados nominales que conforman las secciones correspondientes en el aludido Distrito Electoral de las que, tras una búsqueda minuciosa, no se encontró a las personas mencionadas, es decir, tanto del listado correspondiente a dichas secciones, no fue posible encontrar el nombre de las ciudadanas que se desempeñaron como segundas escrutadoras.

 

79.     En consecuencia, le asiste razón al partido político actor y se actualiza la causal contenida en el inciso e), del numeral 75, de la Ley de Medios, esto es, la indebida integración de una casilla por persona no facultada por la legislación electoral, por lo cual se declara la nulidad de la votación contenida en las casillas 634 C1, 708 C1 y 1590 C2 toda vez que se integró por primera escrutadora, primera secretaria y segundo escrutador, respectivamente, por personas que no pertenecía a la sección electoral correspondiente.

 

H) Casilla integrada por dos personas funcionarias

 

80.     El agravio relativo a que la casilla 635 B1 se integró solo por dos funcionarias es fundado. Si bien no hay número mínimo de integración de mesa directiva de casilla; también lo es que la LEGIPE en su artículo 82.2 refiere que en procesos concurrentes las mesas directivas de casilla se integran con: una presidencia, dos secretarias y tres personas escrutadoras, es decir con mayor número de personas para llevar a cabo las elecciones concurrentes.

 

81.     En el actual proceso electoral que se eligieron presidencia, senadurías, diputaciones locales y federales, así como gubernatura y presidencias municipales en Sonora, el desarrollo de la recepción del voto fue complejo.

 

82.     En el caso, del Acta de Escrutinio y Cómputo[129] tanto de diputaciones federales remitida por el INE, como de diputaciones locales a cargo del instituto local se constató que la casilla solo se integró por el presidente y primer secretario, es decir, hubo una ausencia de cuatro personas funcionarias de casillas.

 

83.     Por lo cual, el número de integrantes ausentes que correspondió a cuatro en la mesa directiva implicó multiplicar excesivamente las funciones del resto de los funcionarios, a tal grado ocasionó una merma en la eficiencia de su desempeño y de la vigilancia que corresponde a sus labores, por el solo hecho de integrarse con dos personas. De ahí lo fundado del agravio.

 

84.     Al respecto la jurisprudencia 44/2016, de rubro: MESA DIRECTIVA DE CASILLA. ES VÁLIDA SU INTEGRACIÓN SIN ESCRUTADORES, refiere que, si bien en diversas ocasiones la ciudadana designada como funcionarias de casilla opta por recibir la votación sin integrar la totalidad de la mesa, la integración sin escrutadores no afecta la validez de la votación.

 

85.     Sin embargo, en el caso la ausencia de una persona secretaria afecta las tareas de división, del trabajo, jerarquización, plena colaboración y conservación de los actos públicos válidamente celebrados al tratarse de una elección concurrente con complejas tareas a desarrollarse, debido a que mínimamente se tenía que integrar con la presidencia y las dos personas secretarias; por lo tanto, se afectó con dicha integración el principio de certeza.

 

86.     De ese modo, al resultar fundado el agravio en estudio, procede decretar la nulidad de la votación recibida en las casillas 634 C1, 635 B1, 708 C1[130]  y 1590 C2 al actualizarse la causal invocada.

 

 

 

 

VIII. RECOMPOSICIÓN

 

A. Cómputo distrital de mayoría relativa

 

87.     En virtud de que resultaron fundados los planteamientos del partido político actor, respecto de las casillas 634 C1, 635 B1, 708 C1[131] y 1590 C2 resulta procedente llevar a cabo la recomposición de los cómputos distritales de la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa efectuados por el Consejo responsable.

 

88.     En este apartado, se tomará en cuenta los resultados, siguientes:

 

        634 C1. Acta circunstanciada del recuento parcial de la elección de diputaciones en el distrito electoral 1 en el estado de Sonora, grupo de trabajo 03[132].

        635 B1. Acta circunstanciada del recuento parcial de la elección de diputaciones en el distrito electoral 1 en el estado de Sonora, grupo de trabajo 01[133].

        708 C1. Acta circunstanciada del recuento parcial de la elección de diputaciones en el distrito electoral 1 en el estado de Sonora, grupo de trabajo 02[134].

        1590 C2. Acta circunstanciada del recuento parcial de la elección de diputaciones en el distrito electoral 1 en el estado de Sonora, grupo de trabajo 03[135].

 

89.     Cuyos resultados son los siguientes:

 

VOTOS ANULADOS DE LAS CASILLA

A

B

C

D

E

F

G

PARTIDO, COALICIÓN O CANDIDATO/A

EMBLEMA

634 C1

635 B1

708 C1

1590 C2

SUMA

PAN

logo_pan

47

44

23

44

158

PRI

log_pri

21

20

15

18

74

PRD

log_prd

0

6

0

3

9

PVEM

logo-pvemL

13

11

9

14

47

PT

logo_pt

17

16

6

22

61

Movimiento Ciudadano

69

77

22

89

257

MORENA

http://www.ine.mx/archivos3/portal/historico/recursos/IFE-v2/DEPPP/DEPPP-Varios/directoriopp_DEPPP-img/2009/moren.png

124

112

88

131

455

PAN PRI PRD

logo_panlog_prilog_prd

6

4

5

3

18

PAN PRI

logo_panlog_pri

1

1

1

0

3

PAN PRD

Imagen no encontrada

0

1

0

0

1

PRI PRD

Imagen no encontrada

0

0

0

0

0

PVEM PT MORENA

Imagen no encontrada

8

1

5

5

19

PVEM PT

Imagen no encontrada

2

1

0

0

3

PVEM MORENA

Imagen no encontrada

1

2

3

3

9

PT MORENA

Imagen no encontrada

2

2

1

0

5

CANDIDATOS/AS NO REGISTRADOS/AS

log_noregistrados

1

0

0

0

1

VOTOS NULOS

log_votosnulos

18

20

8

12

58

VOTACIÓN FINAL

log_votosvalidos

330

318

186

344

1,178

 

90.     Así, determinada la votación que se debe anular, lo procedente es descontarla del cómputo distrital efectuado por la autoridad electoral administrativa.

 

VOTACIÓN TOTAL EN EL DISTRITO DE LA ELECCIÓN DE DIPUTACIONES DE MAYORÍA RELATIVA MODIFICADA POR NULIDAD DE CASILLA

A

B

C

D

E

PARTIDO, COALICIÓN O CANDIDATO/A

EMBLEMA

CÓMPUTO DISTRITAL[136]

VOTACIÓN ANULADA

CÓMPUTO DISTRITAL MODIFICADO

(C-D)

PAN

logo_pan

19,581

158

19,423

PRI

log_pri

14,815

74

14,741

PRD

log_prd

1,670

9

1,661

PVEM

logo-pvemL

7,452

47

7,405

PT

logo_pt

7,163

61

7,102

MC

21,704

257

21,447

MORENA

http://www.ine.mx/archivos3/portal/historico/recursos/IFE-v2/DEPPP/DEPPP-Varios/directoriopp_DEPPP-img/2009/moren.png

58,484

455

58,029

PAN PRI PRD

logo_panlog_prilog_prd

1,991

18

1,973

PAN PRI

logo_panlog_pri

708

3

705

PAN PRD

Imagen no encontrada

60

1

59

PRI PRD

Imagen no encontrada

57

0

57

MORENA PT PVEM

Imagen no encontrada

2,511

19

2,492

PVEM PT

Imagen no encontrada

502

3

499

PVEM MORENA

Imagen no encontrada

696

9

687

PT MORENA

Imagen no encontrada

754

5

749

CANDIDATOS/AS NO REGISTRADOS/AS

log_noregistrados

140

1

139

VOTOS NULOS

log_votosnulos

4,842

58

4,784

VOTACIÓN FINAL

log_votosvalidos

143,130

1,178

141,952

 

91.     Hecha la modificación del cómputo, procede asignar los votos por partido político, siguiendo las reglas establecidas en el artículo 311, párrafo 1, inciso c) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que, para el caso que nos ocupa, prevé las operaciones siguientes:

 

a)       Sumar los votos emitidos a favor de dos o más de los partidos coaligados, consignados en el acta de escrutinio y cómputo de casilla;

b)       Distribuirlos igualitariamente entre los partidos que integran la coalición; y,

c)        En el supuesto de existir fracción, otorgar el o los votos correspondientes al partido o partidos de más alta votación.

 

92.     Para el anterior fin, en el caso concreto se deberá dividir la votación obtenida de manera conjunta, en sus distintas combinaciones, por los partidos integrantes de las coaliciones contendientes, y distribuirlas en los términos apuntados.

 

93.     Así, en el caso de la coalición Fuerza y Corazón por México conformada por PAN, PRI y PRD la distribución de los votos por partido es la siguiente:

 

DISTRIBUCIÓN VOTOS COMUNES

VOTOS POR PARTIDO

COALICIÓN

EMBLEMA

VOTOS COMUNES

ASIGNACIÓN PROPORCIONAL

FRACCIÓN

logo_pan

1er Lugar

2do

Lugar

log_prd

3er Lugar

FUERZA Y CORAZÓN POR MÉXICO

1,973

657.66

2

658

658

657

logo_pan

705

352.5

1

353

352

 

logo_panlog_prd

59

29.5

1

30

 

29

57

28.5

1

 

29

28

TOTAL

 

2,794

 

 

1,041

1,039

714

 

94.     En cuanto a la coalición Sigamos Haciendo Historia conformada por MORENA, PVEM y PT la distribución de los votos por partido es la siguiente:

 

DISTRIBUCIÓN VOTOS COMUNES

VOTOS POR PARTIDO

COALICIÓN

EMBLEMA

VOTOS COMUNES

ASIGNACIÓN PROPORCIONAL

FRACCIÓN

1er Lugar

2do

Lugar

3er Lugar

SIGAMOS HACIENDO HISTORIA

2,492

830.6

2

831

831

830

499

249.5

1

 

250

249

687

343.5

1

344

343

 

 

749

374.5

1

375

 

374

TOTAL

 

4,427

 

 

1,550

1,424

1,453

 

95.     Hecho lo anterior, la distribución para cada partido político queda de la siguiente forma:

 

DISTRIBUCIÓN FINAL DE VOTOS A PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATOS/AS INDEPENDIENTES MODIFICADO

A

B

C

D

E

PARTIDO, O CANDIDATO/A

EMBLEMA

CÓMPUTO DISTRITAL MODIFICADO

VOTOS OBTENIDOS DE MANERA CONJUNTA

VOTOS

OBTENIDOS POR PARTIDO

(C+D)

PAN

logo_pan

19,423

1,041

20,464

PRI

log_pri

14,741

1,039

15,780

PRD

log_prd

1,661

714

2,375

PVEM

logo-pvemL

7,405

1,424

8,829

PT

logo_pt

7,102

1,453

8,555

MC

logo-mov-cdno

21,447

0

21,447

MORENA

http://www.ine.mx/archivos3/portal/historico/recursos/IFE-v2/DEPPP/DEPPP-Varios/directoriopp_DEPPP-img/2009/moren.png

58,029

1,550

59,579

CANDIDATOS/AS NO REGISTRADOS/AS

log_noregistrados

139

0

139

VOTOS NULOS

log_votosnulos

4,784

0

4,784

VOTACIÓN FINAL

log_votosvalidos

134,731

7,221

141,952

 

96.     Enseguida se detalla la distribución de votos conforme a las coaliciones que compitieron en el 08 distrito electoral en Sonora:

 

DISTRIBUCIÓN FINAL DE LA COALICIÓN FUERZA Y CORAZÓN POR MÉXICO

PARTIDO, O CANDIDATO/A

EMBLEMA

VOTOS

OBTENIDOS

PAN

logo_pan

20,464

PRI

log_pri

15,780

PRD

log_prd

2,375

TOTAL

38,619

 

DISTRIBUCIÓN FINAL DE LA COALICIÓN SIGAMOS HACIENDO HISTORIA

PARTIDO, O CANDIDATO/A

EMBLEMA

VOTOS

OBTENIDOS

PVEM

logo-pvemL

8,829

PT

logo_pt

8,555

MORENA

http://www.ine.mx/archivos3/portal/historico/recursos/IFE-v2/DEPPP/DEPPP-Varios/directoriopp_DEPPP-img/2009/moren.png

59,579

TOTAL

76,963

 

97.     Por último, la modificación del cómputo trae como consecuencia la siguiente asignación de votos a las candidaturas a diputaciones federales de mayoría relativa de los respectivos partidos políticos y coaliciones en los términos que a continuación se describen:

 

PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2023-2024

DIPUTACIONES FEDERALES DE MAYORÍA RELATIVA

VOTACIÓN FINAL OBTENIDA POR LAS CANDIDATURAS

PARTIDO POLÍTICO

VOTACIÓN

NÚMERO

LETRA

Partido Acción NacionalPartido Revolucionario InstitucionalPartido de la Revolución Democrática

38,619

TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE

logo Partido Verde Ecologista de Méxicologo Partido del Trabajologo Movimiento Regeneración Nacional MORENA

76,963

SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES

Logo Partido Político Movimiento Ciudadano

21,447

VEINTIUNO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE

log_noregistrados

Candidatos no registrados

139

CIENTO TREINTA Y NUEVE

log_votosnulos

Votos nulos

4,784

CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO

TOTAL

141,952

CIENTO CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS

 

98.     En consecuencia, se confirma la declaración de validez de la elección y la expedición de la constancia otorgada a favor de la entonces coalición Juntos Hacemos Historia, a cargo de los partidos del Trabajo, Verde Ecologista de México y MORENA, que postuló a Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo como propietario y Ernesto Roger Munro Jr. como suplente.

 

99.     Lo anterior, porque la modificación de los resultados consignados en el acta de cómputo distrital no conlleva un cambio en la fórmula de candidatos que resultó ganadora en la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa del 01 distrito federal electoral en Sonora.

 

100.   Tampoco se actualiza la nulidad de la elección prevista en el artículo 76 párrafo 1, inciso a), de la ley de medios, ya que es notorio que las cuatro casillas anuladas de forma alguna representan el veinte por ciento de las quinientos treinta y siete casillas instaladas en el distrito[137].

 

B. Recomposición del cómputo distrital de representación proporcional

 

101.   Para realizar la recomposición del cómputo de representación proporcional se tomará en cuenta las anteriores casillas 634 C1, 635 B1, 708 C1 y 1590 C2 al haber sido impugnadas por el mismo partido actor, cuya votación sumada es la antes referida.

 

VOTOS ANULADOS DE LAS CASILLA

A

B

C

D

E

F

G

PARTIDO, COALICIÓN O CANDIDATO/A

EMBLEMA

634 C1

635 B1

708 C1

1590 C2

SUMA

PAN

logo_pan

47

44

23

44

158

PRI

log_pri

21

20

15

18

74

PRD

log_prd

0

6

0

3

9

PVEM

logo-pvemL

13

11

9

14

47

PT

logo_pt

17

16

6

22

61

Movimiento Ciudadano

69

77

22

89

257

MORENA

http://www.ine.mx/archivos3/portal/historico/recursos/IFE-v2/DEPPP/DEPPP-Varios/directoriopp_DEPPP-img/2009/moren.png

124

112

88

131

455

PAN PRI PRD

logo_panlog_prilog_prd

6

4

5

3

18

PAN PRI

logo_panlog_pri

1

1

1

0

3

PAN PRD

Imagen no encontrada

0

1

0

0

1

PRI PRD

Imagen no encontrada

0

0

0

0

0

PVEM PT MORENA

Imagen no encontrada

8

1

5

5

19

PVEM PT

Imagen no encontrada

2

1

0

0

3

PVEM MORENA

Imagen no encontrada

1

2

3

3

9

PT MORENA

Imagen no encontrada

2

2

1

0

5

CANDIDATOS/AS NO REGISTRADOS/AS

log_noregistrados

1

0

0

0

1

VOTOS NULOS

log_votosnulos

18

20

8

12

58

VOTACIÓN FINAL

log_votosvalidos

330

318

186

344

1,178

 

102.   Luego, de la coalición Fuerza y Corazón por México conformada por PAN, PRI y PRD, la resta a la distribución de los votos por partido es la siguiente:

 

DISTRIBUCIÓN VOTOS COMUNES

VOTOS POR PARTIDO

COALICIÓN

EMBLEMA

VOTOS COMUNES

ASIGNACIÓN PROPORCIONAL

FRACCIÓN

logo_pan

1er Lugar

2do

Lugar

log_prd

3er Lugar

FUERZA Y CORAZÓN POR MÉXICO

18

6

0

6

6

6

logo_pan

3

1.5

1

2

1

 

logo_panlog_prd

1

0.5

1

1

 

0

0

0

0

 

0

0

TOTAL

 

22

 

 

9

7

6

 

103.   En cuanto a la coalición Sigamos Haciendo Historia conformada por MORENA, PVEM y PT, la resta a la distribución de los votos por partido es la siguiente:

 

DISTRIBUCIÓN VOTOS COMUNES

VOTOS POR PARTIDO

COALICIÓN

EMBLEMA

VOTOS COMUNES

ASIGNACIÓN PROPORCIONAL

FRACCIÓN

1er Lugar

2do

Lugar

3er Lugar

SIGAMOS HACIENDO HISTORIA

19

6.3

1

7

6

6

3

1.5

1

 

2

1

9

4.5

1

5

4

 

 

5

2.5

1

3

 

2

TOTAL

 

36

 

 

15

12

9

 

104.   A continuación, se describe la recomposición descontando de la votación obtenida en el cómputo distrital del principio de representación proporcional, la votación anulada por partido y coalición, dando el resultado siguiente:

 

VOTACIÓN TOTAL EN EL DISTRITO DE LA ELECCIÓN DE DIPTUACIONES DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL MODIFICADA POR NULIDAD DE CASILLA

A

B

C

D

E

F

LOGOTIPO

PARTIDOS POLÍTICOS Y CANDIDATURASINDEPENDIENTES

CÓMPUTO DISTRITAL DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL

VOTACIÓN ANULADA POR PARTIDO

VOTACIÓN ANULADA POR COALICIÓN

CÓMPUTO DISTRITAL DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL MODIFICADO

(C-D-E)

PAN

20,963

158

9

20,796

PRI

16,134

74

7

16,053

PRD

2,418

9

6

2,403

PVEM

9,017

47

12

8,958

PT

8,741

61

9

8,671

MC

21,926

257

0

21,669

MORENA

61,187

455

15

60,717

log_noregistrados

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

141

1

0

140

log_votosnulos

VOTOS NULOS

4,904

58

0

4,846

log_votosvalidos

TOTAL

145,431

1,120

58

144,253

 

105.   Dicho cómputo de Representación Proporcional sustituye para todos los efectos legales, el realizado originalmente por el consejo distrital responsable, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 párrafo 1 inciso c) de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

IX. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

 

106.   Toda vez que el caso está relacionado con los derechos de una persona que estuvo en prisión preventiva, a fin de proteger sus datos personales, se considera necesario suprimir en la versión pública de esta determinación la información relativa a únicamente a dicha persona.

 

107.   Para ello, se instruye a la Secretaría General de Acuerdos de esta Sala que proceda conforme a sus atribuciones para la elaboración de la versión pública provisional de esta determinación, mientras el Comité de Transparencia y Acceso a la Información de este Tribunal determina lo conducente. Esto, de conformidad con lo previsto en los artículos 6 y 16 de la Constitución; 68, fracción VI y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; los diversos 3, fracción IX, X, 31 y 32 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; en el artículo 5, del Reglamento Interior de este Tribunal.

 

Por lo expuesto y fundado se:

 

R E S U E L V E

 

PRIMERO. Se acumula el juicio de inconformidad SG-JIN-154/2024 al juicio de inconformidad SG-JIN-147/2024; en consecuencia, glósese copia certificada de los puntos resolutivos de este fallo, a los autos del juicio acumulado.

 

SEGUNDO. Se declara la nulidad de la votación recibida en las casillas identificadas en esta ejecutoria, por las razones precisadas en el apartado respectivo, correspondientes al 01 Distrito Electoral Federal del Estado de Sonora, para la elección de diputaciones federales por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.

 

TERCERO. Se modifican los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de diputaciones federales por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, del 01 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Sonora, para quedar en los términos precisados en el respectivo apartado de la presente sentencia.

 

CUARTO. Se confirma la declaración de validez de la elección de diputaciones federales por el principio de mayoría relativa y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez respectiva, realizada por el Consejo Distrital responsable, en lo que fue materia de controversia.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo resolvieron por unanimidad de votos, el Magistrado Presidente Sergio Arturo Guerrero Olvera, la Magistrada Gabriela del Valle Pérez y el Secretario de Estudio y Cuenta en Funciones de Magistrado Omar Delgado Chávez, todos integrantes de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante la Secretaria General de Acuerdos Teresa Mejía Contreras, quien certifica la votación obtenida, así como da fe que la presente resolución se firma de manera electrónica.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto, así como el transitorio segundo, del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral; y el artículo cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 2/2023, que regula las sesiones de las salas del tribunal y el uso de las herramientas digitales.

 


[1] Secretaria de Estudio y Cuenta: Irma Rosa Lara Hernández.

[2] En adelante INE.

[3] En lo subsecuente se usará para las casillas: B para básica, C para contigua, E para extraordinaria y S para especial.

[4] Todas las fechas a las que se hagan referencia salvo indicaciones en contrario corresponden al año dos mil veinticuatro.

[5] https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5721244&fecha=25/03/2024#gsc.tab=0.

[6] https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5721121&fecha=22/03/2024#gsc.tab=0

[7] Conforme al Acta de Cómputo Distrital de la Elección de Diputaciones Federales de Mayoría Relativa que obra a hojas 33 y 39 de los tomos principales de los presentes expediente, en formato digital, identificada como documento: “JE2024_26_01_DIPMR_46985”.

[8] Conforme al Acta de Cómputo Distrital de la Elección de Diputaciones Federales de Mayoría Relativa que obra a hojas 33 y 39 de los tomos principales de los presentes expediente, en formato digital, identificada como documento: “JE2024_26_01_DIP_DVE_46249”.

[9] Conforme al Acta de Cómputo Distrital de la Elección de Diputaciones Federales de Representación Proporcional que obra a hojas 33 y 39 de los tomos principales de los presentes expediente, en formato digital, identificada como documento: “JE2024_26_01_DIPRP_46987”.

 

[10] Conforme a lo dispuesto por los artículos 41, párrafo segundo, base VI, 52, 53, 60, 99, párrafo cuarto, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, fracción II, 164, 165, 166, fracción I, 173, párrafo primero y 176, párrafo primero, fracción II, y 180, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 3, párrafos 1 y 2, inciso b), 7, párrafo 1, 34, párrafo 2, inciso a), 49, 50, párrafo 1, inciso d), 52, 53, párrafo 1, inciso b), y 54 de la Ley  General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (Ley de Medios); así como en los artículos primero y segundo del Acuerdo INE/CG130/2023, emitido por el Consejo General del INE, por el que se aprueba el ámbito territorial de las cinco circunscripciones plurinominales electorales federales en que se divide el país y la capital de la entidad federativa que será cabecera de cada una de ellas, a propuesta de la Junta General Ejecutiva de dicho Instituto, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el veintinueve de marzo de dos mil veintitrés; el Acuerdo de la Sala Superior 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del poder judicial de la federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral; y del acuerdo 2/2023, que regula las sesiones de las salas del tribunal y el uso de herramientas digitales.

[11] En términos del artículo 4 y 17, numerales 1, inciso b) y 4 de la Ley de Medios.

[12] Previstos en los artículos 7, 8, 9, párrafo 1, 13, 49, 50, 51, 52, 54 y 55, de la Ley de Medios

[13] En medio electrónico a hoja 39 del expediente SG-JIN-147/2024, documento identificado como “JE2024_26_01_DIP_ASC_46226”.

[14] Resulta aplicable la Jurisprudencia 33/2009 emitida por la Sala Superior de este Tribunal, cuyo rubro dispone: CÓMPUTOS DISTRITALES. EL PLAZO PARA SU IMPUGNACIÓN INICIA A PARTIR DE QUE CONCLUYE EL CORRESPONDIENTE A LA ELECCIÓN CONTROVERTIDA (LEGISLACIÓN FEDERAL Y SIMILARES).

[15] El cual reconoce en su informe circunstanciado a hoja 19 y 15 de los expedientes SG-JIN-147/2024 y SG-JIN-154/2021 del expediente.

[16] Ley de Medios Artículo 75. 1. La votación recibida en una casilla será nula cuando se acredite cualesquiera de las siguientes causales: … e) Recibir la votación personas u órganos distintos a los facultados por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; …”. [Actualmente Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales].

[17] Véase Jurisprudencia 44/2016 de rubro: MESA DIRECTIVA DE CASILLA. ES VÁLIDA SU INTEGRACIÓN SIN ESCRUTADORES, publicada en Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, año 9, número 19, 2016, pp. 24 y 25.

[18] Véase, a manera de ejemplo, la sentencia dictada en el expediente SUP-JIN-181/2012. Asimismo, véase la Jurisprudencia 14/2002, de rubro: SUSTITUCIÓN DE FUNCIONARIOS PROPIETARIOS DE CASILLA POR LOS SUPLENTES GENERALES PREVIAMENTE DESIGNADOS POR LA COMISIÓN MUNICIPAL. CUANDO NO CONSTITUYE CAUSAL DE NULIDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE Y SIMILARES), publicada en Justicia Electoral. Revista del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, suplemento 6, año 2003, pp. 68 y 69.

[19] En adelante LN.

[20] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[21] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[22] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[23] En ambas demandas SG-JIN-147 y SG-JIN-154 se señala la misma casilla, el mismo nombre y el mismo cargo, por lo cual se estudiará solo una vez.

[24] En ambas demandas SG-JIN-147 y SG-JIN-154 se señala la misma casilla, el mismo nombre y el mismo cargo, por lo cual se estudiará solo una vez.

[25] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[26] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[27] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[28] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[29] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[30] https://prepsonora.org.mx/s3/sitio/actas/260641B010003.jpg

[31] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[32] Conforme lo refirió la autoridad responsable en su informe circunstanciado.

[33] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[34] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[35] En ambas demandas SG-JIN.147 y SG-JIN-154 se señala la misma casilla, el mismo nombre y el mismo cargo, por lo cual se estudiará solo una vez.

[36] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[37] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[38] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[39] En ambas demandas SG-JIN.147 y SG-JIN-154 se señala la misma casilla y el mismo nombre, por lo cual se estudiará solo una vez.

[40] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[41] En ambas demandas SG-JIN.147 y SG-JIN-154 se señala la misma casilla, el mismo nombre y el mismo cargo, por lo cual se estudiará solo una vez.

[42] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[43] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[44] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[45] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[46] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[47] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[48] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[49] En ambas demandas SG-JIN.147 y SG-JIN-154 se señala la misma casilla, el mismo nombre y el mismo cargo, por lo cual se estudiará solo una vez.

[50] En ambas demandas SG-JIN.147 y SG-JIN-154 se señala la misma casilla, el mismo nombre y el mismo cargo, por lo cual se estudiará solo una vez.

[51] En ambas demandas SG-JIN.147 y SG-JIN-154 se señala la misma casilla, el mismo nombre y el mismo cargo, por lo cual se estudiará solo una vez.

[52] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[53] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[54] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[55] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[56] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[57] En ambas demandas SG-JIN.147 y SG-JIN-154 se señala la misma casilla, el mismo nombre y el mismo cargo, por lo cual se estudiará solo una vez.

[58] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[59] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[60] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[61] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[62] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[63] A pesar de haberse requerido al 01 Consejo Distrital del INE en Sonora y al Instituto local no se remitió acta en la cual se advirtieran las personas que integraron dicha casilla por lo cual se acudió al Programa de Resultados Preliminares (PREP); la cual además fue presentada como prueba técnica por la autoridad responsable al rendir su informe circunstanciado que obra en electrónico a hoja 39 de juicio SG-JIN-147/2024.

[64] A pesar de haberse requerido al 01 Consejo Distrital del INE en Sonora y al Instituto local no se remitió acta en la cual se advirtieran las personas que integraron dicha casilla por lo cual se acudió al Programa de Resultados Preliminares (PREP); la cual además fue presentada como prueba técnica por la autoridad responsable al rendir su informe circunstanciado que obra en electrónico a hoja 39 de juicio SG-JIN-147/2024.

[65] A pesar de haberse requerido al 01 Consejo Distrital del INE en Sonora y al Instituto local no se remitió acta en la cual se advirtieran las personas que integraron dicha casilla por lo cual se acudió al Programa de Resultados Preliminares (PREP); la cual además fue presentada como prueba técnica por la autoridad responsable al rendir su informe circunstanciado que obra en electrónico a hoja 39 de juicio SG-JIN-147/2024.

[66] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[67] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[68] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[69] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[70] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[71] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[72] Impugnada en el SG-JIN-154/2024.

[73] Por lo que corresponde al segundo secretario “ANGEL FIERES CIAVAL (SIC)”.

[74] Por lo que corresponde a “ALMA DANADELI NIEBLAS MARRON” como 3ra Escrutadora.

[75] Una persona el segundo escrutador.

[76] Una persona, primer secretario/a.

[77] Dos personas, segundo secretario/a y primer escrutador/a.

[78] Una persona, primer secretario/a.

[79] Una persona, segundo secretario/a.

[80] Una persona, primer secretario.

[81] Una persona presidente/a.

[82] Una persona primer Secretario/a.

[83] Una persona presidente/a.

[84] Dos personas primer y segundo secretario/a.

[85] Una persona primer escrutador/a.

[86] Una persona, tercer escrutador/a.

[87] Una persona, segundo secretario/a.

[88] Una persona, primer secretario/a.

[89] Dos personas, segundo escrutador y primer secretario/a.

[90] Una persona segundo escrutador/a.

[91] Una persona segundo escrutador/a.

[92] Una persona primer secretario/a.

[93] Dos personas segunda secretaria y segundo escrutador.

[94] Una persona primer secretario/a.

[95] Una persona segundo secretario/a.

[96] Una persona segundo secretario/a.

[97] Una persona segundo escrutador/a.

[98] Una persona segundo escrutador/a.

[99] Una persona segundo escrutador.

[100] Una persona segundo secretario/a.

[101] Una persona segundo escrutador/a.

[102] Una persona segundo secretario/a.

[103] Véase la Jurisprudencia 13/2002, emitida por la Sala Superior de este órgano jurisdiccional, de rubro: “RECEPCIÓN DE LA VOTACIÓN POR PERSONAS U ORGANISMOS DISTINTOS A LOS LEGALMENTE FACULTADOS. LA INTEGRACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA DE CASILLA CON UNA PERSONA NO DESIGNADA NI PERTENECIENTE A LA SECCIÓN ELECTORAL, ACTUALIZA LA CAUSAL DE NULIDAD DE VOTACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR Y SIMILARES)”.

[104] Dos personas segundo y tercer escrutador/a.

[105] Una persona, segundo escrutador.

[106] Dos personas segunda secretaria y tercer escrutador.

[107] Una persona segundo escrutador/a.

[108] Una persona segundo escrutador/a.

[109] Dos personas segunda secretaria y primera escrutadora.

[110] Una persona segundo escrutador/a.

[111] Dos personas segundo y tercer escrutador/a.

[112] Cuatro personas primer, segundo y tercer escrutador/a, así como segunda secretaria.

[113] Una persona tercer escrutador/a.

[114] Dos personas primero y segundo secretario/a.

[115] Una persona primera secretario/a.

[116] Dos personas, primer y segundo secretario/a.

[117] Dos personas, primer escrutador/a y primer secretario/a

[118] Una persona tercer escrutador.

[119] Una persona primera escrutador/a.

[120] Una persona tercer escrutador/a.

[121] Una persona primer escrutador.

[122] Conforme al oficio INE/DERFE/STN/24151/2024 y su alcance, de catorce de julio, que obra en el expediente SG-JIN-154/2024, a hojas 162 y169.

[123] VPPP.

[124] Modelo de Operación para la Organización del Voto de las Personas en Prisión Preventiva en el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024.

[125] Inciso B) del anexo relativo al oficio INE/01JDE-SON/VE/01868/2024, a cargo de la responsable a hoja 201.

[126] Que obra como anexo del oficio INE/01JDE-SON/VE/01896/2024, a cargo del vocal secretario del 01 Consejo Distrital del INE en Sonora, a hoja 206 del expediente SG-JIN-147/2024.

[127] A hoja 206 del expediente SG-JIN-147/2024, remitida en el oficio INE/01JDE-SON/VE/01896/2024, a cargo del vocal secretario del 01 Consejo Distrital del INE en Sonora.

[128] Jurisprudencia 13/2002, de rubro: RECEPCIÓN DE LA VOTACIÓN POR PERSONAS U ORGANISMOS DISTINTOS A LOS LEGALMENTE FACULTADOS. LA INTEGRACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA DE CASILLA CON UNA PERSONA NO DESIGNADA NI PERTENECIENTE A LA SECCIÓN ELECTORAL, ACTUALIZA LA CAUSAL DE NULIDAD DE VOTACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR Y SIMILARES).

[129] Al certificarse la inexistencia del acta de la jornada electoral de dicha casilla.

[130] Por la persona que fungió como primera secretaria.

[131] Por la persona que fungió como primera secretaria.

[132] Documento anexo al informe circunstanciado en formato electrónico con nombre de archivo “JE2024_26_01_DIP”.

[133] Documento anexo al informe circunstanciado en formato electrónico con nombre de archivo “JE2024_26_01_DIP”.

[134] Documento anexo al informe circunstanciado en formato electrónico con nombre de archivo “JE2024_26_01_DIP”.

[135] Documento anexo al informe circunstanciado en formato electrónico con nombre de archivo “JE2024_26_01_DIP”.

[136] Tomado del acta de cómputo distrital que obra en formato digital en el expediente.

[137] De acuerdo con el Acta de Cómputo Distrital de la Elección de Diputaciones de Mayoría Relativa, en formato digital, a hoja 39 del expediente SG-JIN-147/2024.