ACUERDO PLENARIO DE CUMPLIMIENTO JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SM-JDC-134/2018 ACTOR: ALBERTO ENCINIA MARÍN RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES A TRAVÉS DE LA 04 JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO: YAIRSINIO DAVID GARCÍA ORTIZ SECRETARIA: SARA JAEL SANDOVAL MORALES |
Monterrey, Nuevo León, a veintisiete de abril de dos mil dieciocho.
I. Sentencia definitiva. Mediante ejecutoria de seis de abril del año en curso, este órgano jurisdiccional revocó la resolución de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral a través de la 04 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Tamaulipas, y ordenó que en el plazo de veinte días naturales siguientes a la notificación determinara si el actor cumplía con los requisitos para ser reincorporado al padrón electoral, y de estimarlo procedente, expidiera y entregara a Alberto Encinia Marín, la credencial para votar solicitada, se le reincorporara al padrón electoral e incluyera en la lista nominal correspondiente a su domicilio.
Acontecido lo anterior, dentro de las veinticuatro horas siguientes debería informar a esta Sala Regional, el cumplimiento de lo ordenado y remitir la documentación que así lo acreditara.
II. Recepción de constancias. Mediante oficios INE/TAM/04JDC/1031/2018 y INE/TAM/04JDE/0879/2018,[1] signados por el Vocal Ejecutivo de la 04 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Tamaulipas, informó que resolvió sobre la procedencia de la solicitud de la credencial para votar solicitada por el Alberto Encinia Marín, le notifico la resolución y entregó la credencial para votar; para acreditar lo anterior adjuntó, copia de la constancia de entrega del referido documento.
Respecto a la inclusión del actor en la lista nominal de electores, la responsable omite enviar documento alguno para hacerlo constar; sin embargo, se invoca como un hecho notorio para este órgano jurisdiccional, en términos del artículo 15, párrafo 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que al ingresar a la página de internet del Instituto Nacional Electoral y realizar la consulta a la lista nominal, se advierte que el actor fue reincorporado en el padrón electoral y lista nominal de electores correspondiente a su domicilio, tal como le fue ordenado.[2]
III. Cumplimiento. Atento a la documentación presentada, se advierte que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, a través de la 04 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Tamaulipas, el pasado diez de abril determinó procedente la solicitud de expedición de credencial para votar del actor; el diecinueve siguiente le notifico la resolución, entregó la credencial para votar, reincorporó en el padrón electoral, incluyó en la lista nominal de electores correspondiente e informó a esta Sala Regional conforme le fue ordenado en los plazos señalados.[3]
En consecuencia, procede tener por cumplida la sentencia pronunciada en el presente juicio ciudadano.
Por lo anterior, con fundamento en los artículos 199, fracciones II y XV, y 204, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 49, 53, fracción I, y 92 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
ÚNICO. Se declara cumplida la sentencia dictada en el presente juicio ciudadano.
NOTIFÍQUESE.
Así lo acordaron por unanimidad de votos de la Magistrada y los Magistrados integrantes de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, ante la Secretaria General de Acuerdos, quien autoriza y da fe.
MAGISTRADA PRESIDENTA | |
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CLAUDIA VALLE AGUILASOCHO
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MAGISTRADO | MAGISTRADO |
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YAIRSINIO DAVID GARCÍA ORTIZ |
JORGE EMILIO SÁNCHEZ-CORDERO GROSSMANN |
SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS
CATALINA ORTEGA SÁNCHEZ | |
[1] Agregados a los autos del expediente en que se actúa mediante acuerdo del Magistrado Instructor de veintitrés de abril del presente año, recibidas en la cuenta de correo electrónico cumplimientos.salamonterrey@te.gob.mx el pasado diecinueve de abril y en original el veintiuno siguiente en la Oficialía de Partes de esta Sala Regional.
[2] Dicha consulta se realizó en la página https://listanominal.ine.mx/verifica_lista1.php
[3] La sentencia fue notificada a la responsable el seis de abril, según consta en la foja 042 del expediente, la resolución emitida por la autoridad responsable fue el diez de abril, entregó la credencial para votar el diecinueve siguiente e incluyó al actor en el listado nominal; realizó el trámite ordenado dentro de los veinte días otorgados en la sentencia del presente juicio, e informando de ello dentro de las veinticuatro horas siguientes vía correo electrónico, visible en foja 063 del expediente.