ACUERDO PLENARIO DE CUMPLIMIENTO
JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO
EXPEDIENTES: SM-JDC-441/2015 Y ACUMULADO SM-JDC-458/2015
ACTORES: MIGUEL ÁNGEL GARZA MOYA Y ANTONIO QUIROGA RODRÍGUEZ
RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, A TRAVÉS DE SU VOCALÍA EN LA 01 JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA EN NUEVO LEÓN
Magistrado Ponente: MARCO ANTONIO ZAVALA ARREDONDO
Secretario: MARIANO ALEJANDRO GONZÁLEZ PÉREZ |
Monterrey, Nuevo León, a tres de julio de dos mil quince.
I. Mediante sentencia de tres de junio de dos mil quince, esta sala regional ordenó al Vocal del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral de la 01 Junta Distrital Ejecutiva en Nuevo León notificara a los actores con copia simple de la citada ejecutoria, les entregara copia certificada de los puntos resolutivos de la misma; además, que en el plazo máximo de veinte días naturales, les expidiera y entregara la credencial para votar a Miguel Ángel Garza Moya y Antonio Quiroga Rodríguez.
Asimismo, se ordenó que dentro de las veinticuatro horas siguientes de su cumplimiento, informara a esta sala regional, enviando las constancias certificadas que lo acrediten.
II. Por oficios INE/VDRFE/JDE01/NL/210/15 y 211/20015,[1] el Vocal del Registro Federal de Electores de la 01 Junta Distrital Ejecutiva en Nuevo León, informó la entrega a los actores de los puntos resolutivos de la sentencia emitida el pasado tres de junio, y remitió constancias a fin de acreditar las actuaciones realizadas.
III. Mediante oficios identificados con las claves INE/VDRFE/JDE01/NL/274/15, 278/2015, y 280/2015, recibidos en Oficialía de Partes de esta sala regional el treinta de junio, uno y dos de julio, respectivamente el referido funcionario remitió en copia[2] la siguiente documentación: a) notificación realizada a Antonio Quiroga Rodríguez informándole que sus credencial para votar se encontraba a su disposición en el módulo de atención ciudadana correspondiente, b) constancia de entrega de credencial para votar, en la cual obra firma del referido ciudadano y credencial para votar por ambos lados, c) informe por el que expresa que se acudió a notificar a Miguel Ángel Garza Moya la disposición de su credencial en el módulo de atención ciudadana, y d) formatos de notificación de disponibilidad de credencial y las razones levantadas al efecto.[3]
En ese sentido, si la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, a través de la 01 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Nuevo León, notificó a los promoventes los puntos resolutivos de la ejecutoria dictada en el presente juicio, además, expidió y entregó la credencial para votar a Antonio Quiroga Rodriguez y, realizó los tres avisos exigidos por el artículo 136, párrafo 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para entregar la credencial para votar a Miguel Ángel Garza Moya, lo procedente es tener por cumplida la sentencia dictada en el presente juicio ciudadano.
En consecuencia, con fundamento en los artículos 199, fracciones II, X y XV, 204, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 35, párrafo segundo, 39, fracción I, y 100 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, SE ACUERDA:
PRIMERO. Ténganse por recibidos los oficios referidos en el punto III, así como la documentación anexada y agréguense a los autos del expediente principal para que obren como corresponda.
SEGUNDO. Se tiene por cumplida la sentencia dictada en el presente juicio, en virtud de que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral, a través de su vocalía en la 01 Junta Distrital Ejecutiva en Nuevo León notificó a los promoventes los puntos resolutivos de la ejecutoria dictada en el presente juicio, además, expidió y entregó la credencial para votar a Antonio Quiroga Rodriguez , y acreditó la realización de los avisos exigidos por el artículo 136, párrafo 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales a efecto de entregar la credencial para votar a Miguel Ángel Garza Moya; informando lo respectivo a esta sala regional como le fue ordenado.
TERCERO. Archívese el expediente como asunto concluido.
NOTIFÍQUESE.
Así lo acordaron por unanimidad los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Marco Antonio Zavala Arredondo, integrantes de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, e Irene Maldonado Cavazos Secretaria General de Acuerdos en funciones de magistrada, ante la Secretaria General de Acuerdos en funciones, quien autoriza y da fe.[4]
MAGISTRADO PRESIDENTE
MARCO ANTONIO ZAVALA ARREDONDO
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MAGISTRADO
YAIRSINIO DAVID GARCÍA ORTIZ | SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS EN FUNCIONES DE MAGISTRADA
IRENE MALDONADO CAVAZOS |
SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS EN FUNCIONES
AZALIA MA. TERESA LUJANO DÍAZ |
[1] Recibidos en Oficialía de Partes de este órgano jurisdiccional el cinco de junio del año en curso y agregados al expediente mediante proveído de ocho de junio siguiente.
[2] No obstante que se remitieron en copia simple, dada la buena fe que rige a las actuaciones de los órganos del Estado en los actos procesales y, en atención al principio de impartición de justicia pronta consagrado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estima oportuno para efectos del presente acuerdo plenario tener las constancias remitidas como si se tratara de sus originales.
[3] Fechas de las notificaciones: veintitrés y treinta de junio, y uno de julio del año en curso.
[4] Acuerdo de habilitación de la fecha en que se actúa.