PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

 

EXPEDIENTE: SRE-PSC-15/2020

 

DENUNCIANTE: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

 

DENUNCIADOS: ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR Y OTROS

 

MAGISTRADO PONENTE: RUBÉN JESÚS LARA PATRÓN

 

SECRETARIADO: JORGE OMAR LÓPEZ PENAGOS

 

COLABORÓ: JERALDYN GONSEN FLORES

 

Ciudad de México, a doce de noviembre de dos mil veinte.

 

SUMARIO DE LA DECISIÓN

 

SENTENCIA por la que se determina la inexistencia de las infracciones objeto del procedimiento especial sancionador consistentes en la vulneración de las normas que rigen la rendición del informe de labores, el supuesto uso indebido de recursos públicos, así como la presunta promoción personalizada, atribuidas a Andrés Manuel López Obrador[1], al Director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales del Gobierno de la República[2], al Director General de Planeación y Administración de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República y al titular de la oficina de la Secretaría Particular del Presidente de la República. Todo lo anterior, con motivo de la realización y difusión del evento denominado “2º año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”, el cual se llevó a cabo el pasado primero de julio de dos mil veinte[3] en las instalaciones de Palacio Nacional.

 

A N T E C E D E N T E S

 

I.            Contexto electoral

 

1.          Procesos electorales locales de Coahuila e Hidalgo. En la siguiente tabla se muestran las fechas correspondientes a las distintas etapas que se previeron para los procesos electorales que habrían de llevarse a cabo en los estados de Coahuila e Hidalgo:

 

 

Coahuila

(diputaciones)

Inicio del Proceso local

Precampaña

Intercampaña

Campaña

Día de la Elección

1 de enero de 2020

1 al 25 de marzo de 2020

26 de marzo al 24 de abril

25 de abril al 3 de junio de 2020

7 de junio de 2020

 

Hidalgo

(Ayuntamientos)

15 de diciembre de 2019

12 de febrero al 8 de marzo de 2020

9 de marzo al 24 de abril

25 de abril al 3 de junio de 2020

7 de junio de 2020

 

2.          Suspensión y reanudación de los procesos electorales locales de Coahuila e Hidalgo. El uno de abril, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral[4] acordó suspender temporalmente los anteriores procesos electorales con motivo de la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID 19)[5].

 

3.          Derivado de lo anterior, el treinta de julio, el Consejo General del INE acordó reanudar las actividades relacionadas con las etapas de los procesos electorales de Coahuila e Hidalgo que habían sido suspendidas; estableciendo que la jornada electoral en ambas entidades federativas se llevaría a cabo el pasado dieciocho de octubre[6].

 

 

4.          Próximos procesos electorales Federales y locales 2020-2021. El pasado siete de septiembre dio inicio el proceso electoral en donde se renovará la Cámara de Diputados y diversos cargos en los treinta y dos estados del país (diputaciones, ayuntamientos o alcaldías, gubernaturas, según corresponda), cabe mencionar que la jornada electoral se llevará a cabo el seis de junio de dos mil veintiuno[7].

 

II.            Sustanciación del Procedimiento Especial Sancionador

 

5.          Denuncia. El tres de julio Víctor Hugo Sondón Saavedra, en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional[8] ante el Consejo General del INE, denunció a Andrés Manuel López Obrador, por las siguientes infracciones:

 

        Vulneración a las normas que rigen la rendición de un informe de labores;

        Promoción personalizada;

        Uso indebido de recursos públicos;

        Difusión de propaganda relacionada con promocionales del evento denominado “2º Año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”; y

        Transgresión al principio de neutralidad.

 

6.          Lo anterior, con motivo de la realización y difusión del evento denominado “2º año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”, el cual se llevó a cabo el pasado primero de julio en las instalaciones de Palacio Nacional.

 

7.          Los agravios del partido político quejoso son los siguientes:

 

        El evento constituye un informe de labores, así como una campaña de propaganda gubernamental con tintes de promoción personalizada, en donde se destaca el nombre, imagen y voz de Andrés Manuel López Obrador.

        En el evento el Presidente de la República realizó una serie de posicionamientos, en donde destaca los logros de su gobierno, los cuales guardan relación con los compromisos de campaña que en su momento utilizó en las pasadas elecciones presidenciales.

        En el evento se promueve la ideología del partido político MORENA y se realizaron expresiones de carácter político-electoral con la intención de vincularlas con los próximos procesos electorales.

        Se utilizaron recursos públicos para la realización y difusión del referido evento.

        Se llevó a cabo un informe de labores fuera de los tiempos establecidos por la ley.

        El evento denunciado se difundió en radio y televisión derivado de una orden de encadenamiento enviada a diversas concesionarias de radio y televisión a nivel nacional.

 

8.          Por último, cabe destacar que el partido político denunciante solicitó el dictado de medidas cautelares.

 

9.          Cuestión preliminar sobre el trámite y sustanciación del presente procedimiento especial sancionador, registro, reserva de admisión y emplazamiento, desechamiento e investigación preliminar. Mediante acuerdo de tres de julio, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral[9] del INE determinó dar trámite y sustanciar el presente procedimiento, en atención a que los hechos denunciados pudieron implicar una vulneración a la equidad en la contienda de los procesos electorales locales de Coahuila e Hidalgo y el proceso electoral federal en curso[10].

 

10.      En ese sentido, a consideración de la autoridad instructora se actualizo el supuesto de excepción de aplicación a lo establecido en los acuerdos INE/JGE34/2020, INE/JGE45/2020 y, INE/CG82/2020, mediante los cuales se determinó la suspensión de los plazos para dar trámite y sustanciación a los procedimientos administrativos sancionadores por motivo de la emergencia sanitaria COVID-19.

 

11.      Por otra parte, la autoridad instructora registró la queja con la clave UT/SCG/PE/PAN/CG/47/2020, reservó su admisión y emplazamiento a las partes involucradas hasta que culminara la etapa de investigación preliminar y ordenó la realización de diversas diligencias relacionadas con los hechos denunciados.

 

12.      Asimismo, en el acuerdo de referencia la autoridad instructora determinó desechar de plano las infracciones relativas a la vulneración al principio de neutralidad y la difusión de promocionales con motivo del evento denominado “2º Año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”, lo anterior, porque no se cumplieron con los requisitos previstos en la normativa electoral para la presentación de quejas o denuncias y no se aportaron pruebas que sustentaran los hechos denunciados[11].

 

13.      Admisión de la queja. El ocho de julio, la autoridad instructora admitió a trámite la queja.

 

14.      Medidas cautelares. En la misma fecha, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE mediante acuerdo ACQyD-INE-11/2020 declaró la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el partido político denunciante, de conformidad con lo siguiente:

 

        Uso indebido de recursos públicos. El estudio de la pretensión del quejoso es un tópico respecto del cual no puede pronunciarse en sede cautelar, en tanto que atañe al fondo del asunto, ya que, es necesario que se examine de manera exhaustiva, integral y ponderada los derechos y libertades en juego.

 

        Promoción personalizada. Del análisis al contenido del evento denunciado, no se aprecian frases o algún elemento que implique que Andrés Manuel López Obrador pretenda posicionarse indebidamente ante la ciudadanía, resaltado sus cualidades personales, en forma y términos desproporcionados o descontextualizados, ya que, lo que se busca con este tipo de ejercicios es informar a la ciudadanía respecto de acciones gubernamentales y programas sociales que está realizando el poder Ejecutivo Federal.

 

        Vulneración a las normas que rigen la rendición de un informe de labores. El evento denunciado no reúne las características de un informe de labores, pues no se advierte que se haya desplegado una campaña publicitaria relacionada con tal hecho, es decir, no corresponde al informe de labores establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos[12] y en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

15.      Cabe resaltar que, tal determinación no fue impugnada.

 

16.      Emplazamiento y audiencia de pruebas y alegatos. El veintisiete de julio, la autoridad instructora ordenó emplazar a las partes a la audiencia de ley, la cual tuvo verificativo el cuatro de agosto siguiente[13].

 

17.      Remisión del expediente a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación[14]. En su oportunidad, la autoridad instructora remitió a la oficialía de partes de esta Sala Especializada, el expediente formado con motivo de la instrucción del presente procedimiento, el cual fue turnado a la Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores, a efecto de que llevara a cabo la verificación de su debida integración.

 

18.      Turno a ponencia y radicación. El diecinueve de agosto, el Magistrado Presidente acordó integrar el expediente SRE-JE-8/2020 y turnarlo a la ponencia a su cargo, para así, previa radicación elaborar el proyecto de acuerdo correspondiente.

 

19.      Juicio Electoral. El veinte de agosto, esta Sala Especializada determinó la remisión del expediente a la autoridad instructora, a efecto de que se realizaran diligencias para mejor proveer y se repusiera el procedimiento.

 

20.      Nuevo emplazamiento y segunda audiencia de pruebas y alegatos[15]. El dos de octubre, la autoridad instructora emplazó de nueva cuenta a las partes involucradas a una segunda audiencia de pruebas y alegatos, la cual se llevó a cabo el diecinueve de octubre[16].

 

21.      Remisión del expediente a la Sala Especializada. La autoridad instructora remitió a la oficialía de partes de esta Sala Especializada, el expediente formado con motivo de la instrucción del presente procedimiento, el cual fue turnado a la Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores, a efecto de que llevara a cabo la verificación de su debida integración.

 

22.      Turno a ponencia. El once de noviembre, el Magistrado Presidente acordó integrar el expediente SRE-PSC-15/2020 y turnarlo a la ponencia a su cargo.

 

23.      Radicación. En su oportunidad, el Magistrado Ponente radicó el expediente al rubro indicado y procedió a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

 

C O N S I D E R A C I O N E S

 

24.      PRIMERA. COMPETENCIA. Esta Sala Especializada es competente para resolver el presente asunto, toda vez que se trata de un procedimiento especial sancionador en el que se denuncia la realización y difusión a través de radio y televisión, así como de diversos medios de comunicación social del evento denominado “2º Año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”, el cual se llevó a cabo el pasado primero de julio en las instalaciones de Palacio Nacional. Lo cual, a decir del partido político quejoso, pudo incidir en los procesos electorales de Coahuila e Hidalgo y en el actual proceso electoral federal.

 

25.      Es decir, en el presente asunto se surte la competencia de esta Sala Especializada porque: a) denuncian la difusión del evento a través de radio y televisión[17] b) se refiere que hay una incidencia en diversos procesos electorales; c) se aduce que la difusión del evento denunciado se dio a nivel nacional; y, además, e) la conducta se le atribuye al Presidente de la República y diversas dependencias federales[18].

 

26.      SEGUNDA. JUSTIFICACIÓN PARA LA RESOLUCIÓN DEL ASUNTO. El pasado trece de octubre, mediante acuerdo 8/2020[19] se reanudo la resolución de todos los medios de impugnación en materia electoral y se dejó insubsistente lo establecido en los acuerdos generales 2/2020, 4/2020 y 6/2020, todos emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación[20].

 

27.      TERCERA. CAUSALES DE IMPROCEDENCIA. Al momento de comparecer a la audiencia de pruebas y alegatos diversas concesionarias de radio y televisión señalaron que en el presente asunto operaba el sobreseimiento, de conformidad con lo siguiente:

 

#

Concesionaria

Argumento

1

Televisión Azteca S.A. de C.V.

No se advierte una narración expresa y clara de los hechos en que se basa la infracción imputada.

2

Televisora del Valle de México, S.A.P.I. de C.V.

3

Cadena Radiodifusora Mexicana, S.A. de C.V.

La conducta atribuida no constituye una violación a la ley.

4

X.E.P.O.P., S.A. de C.V.

No da motivo o razón alguna al respecto, es decir, no expresa su causa de pedir.

5

Televimex, S.A. de C.V.

Los hechos denunciados no constituyen una violación en materia de propaganda político-electoral.

 

28.      Al respecto, este órgano jurisdiccional estima que no se actualiza la causal de improcedencia aludida por las referidas concesionarias de radio y televisión, porque en el caso, se señalan explícitamente los hechos que se estimaron contrarios a la normatividad electoral, se precisaron las consideraciones y los preceptos jurídicos aplicables al caso concreto y se ofrecieron los medios de prueba que sustentaban las pretensiones, motivo por el cual, corresponde al estudio de fondo que haga este órgano jurisdiccional para determinar la existencia o no de una probable infracción en materia electoral.

 

29.      Por otra parte, diversas concesionarias de radio y televisión argumentaron que en el presente asunto operaba el desechamiento de la queja por las siguientes razones:

 

#

Concesionaria

Sobreseimiento, desechamiento o cualquier otro dato relevante.

1

Televisión de la Frontera, S.A.

No da motivo o razón alguna al respecto, es decir, no expresa su causa de pedir.

2

Radiodifusoras Unidas del Sureste, S.A.

3

Flores y Flores, S. en N.C. de C.V.

4

Cadena Radiodifusora Mexicana, S.A. de C.V.

Los hechos imputados no constituyen una infracción en materia de propaganda político-electoral.

5

Televimex, S.A. de C.V.

Los hechos denunciados no constituyen una infracción a la normativa electoral.

6

Arnoldo Rodríguez Zermeño, concesionario de las emisoras XHARZ-FM y XHZER-FM

Por carecer de justificación jurídica.

 

7

Rodrigo Rodríguez Reyes, concesionario de la emisora XHRRR-FM y XHJTF-FM;

8

Josefina Reyes Sahagún, concesionaria de la emisora XHRRA-FM;

9

Radio Armonía, S.A. de C.V.

10

Sistema Estatal de Telecomunicaciones (Puebla Telecomunicaciones)

El denunciante no tiene la certeza o veracidad de los hechos.

 

30.      Al respecto, cabe precisar que el artículo 471, párrafo 5 de la Ley General De Instituciones y Procedimientos Electorales[21], establece que se desechará de plano la denuncia por las siguientes razones:

 

        Cuando no reúna los requisitos de presentación de la denuncia, establecidos en el párrafo 3 del artículo en mención.

        Cuando los hechos denunciados no constituyan una violación en materia de propaganda político-electoral;

        Cuando el denunciante no aporte ni ofrezca prueba alguna de sus dichos, o

        Cuando la denuncia sea evidentemente frívola.

31.      Sin embargo, del análisis del escrito de queja se advierte que el denunciante señaló explícitamente los hechos que estimó contrarios a la normatividad electoral, precisó las consideraciones y los preceptos jurídicos aplicables al caso concreto y ofreció los medios de prueba que sustentaban sus pretensiones, por lo que, en todo caso la actualización o no de la infracción, será materia de análisis en el estudio de fondo de la presente resolución.

 

32.      Por lo anterior, es que devienen improcedentes las causales de improcedencia planteadas por los denunciados.

 

33.      CUARTA. CONTROVERSIA A RESOLVER. Una vez establecido lo anterior, en el presente asunto el aspecto a dilucidar ante la jurisdicción electoral federal es el siguiente:

 

         Vulneración a las normas que rigen la rendición de un informe de labores, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada. Atribuible a Andrés Manuel López Obrador, al Director de CEPROPIE, al Director General de Planeación y Administración de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República y al titular de la oficina de la Secretaría Particular del Presidente de la República, lo anterior, derivado de la realización y difusión del evento denominado “2º Año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”, el cual se llevó a cabo el pasado primero de julio en las instalaciones de Palacio Nacional.

 

34.      QUINTA. PRONUNCIAMIENTO DE FONDO. Antes de analizar la legalidad o no de los hechos denunciados materia del presente asunto, es necesario verificar su existencia y las circunstancias en que se realizaron, a partir de los medios de prueba que constan en el expediente, relacionados con las infracciones materia de la presente resolución.

 

 

 

I.            MEDIOS DE PRUEBA

 

a)    Pruebas recabadas por la autoridad instructora

 

35.      Documental pública. Acta circunstanciada de siete de julio, elaborada por la oficialía electoral del INE, la cual se realizó a efecto de verificar el contenido de las siguientes ligas de internet[22]:

 

         https://lopezobrador.org.mx/secciones/archivo/

         https://lopezobrador.org.mx/

         https://www.youtube.com/watch?v=FwWX9GUp0D8

         https://www.animalpolitico.com/

         https://www.eluniversal.com.mx/nacion/las-frases-de-amlo-en-su-informe-dos-anos-del-triunfo-presidenciaI

         https://www.tvazteca.com/aztecanoticias/videos/presidente-lopez-obrador-ofrece-mensaje-con-motivo-del-segundo-aniversario-de-su-triunfo-en-las-urnashttps://www.eluniversaI.com.mx/

         https://www.sdpnoticias.com/nacional/informe-amlo-crisis-neoliberal-segundo-aniversario-triunfo-elecciones.htmI

         https://twitter.com/i/events/1278462380746432514

         https://twitter.com/Radio_Formula

         https://www.gob.mx/presidencia/es/articulos/version-estenografica-2-ano-del-triunfo-historico-democratico-del-pueblo-de-mexico?idiom=es

 

36.      A tal actuación, se adjuntó un disco compacto con el contenido antes referido.

 

37.      Documental pública. Consistente en el escrito de diez de julio, emitido por Erwin Sigfrid Frederick Neumaier de Hoyos, Director de CEPROPIE, mediante el cual informa lo siguiente:

 

        CEPROPIE es un órgano administrativo desconcentrado y sus atribuciones consisten en coordinar y vigilar las grabaciones en video de las actividades públicas del titular del Ejecutivo Federal, para su difusión a través de la televisión y medios electrónicos, además de realizar el análisis de imagen y de métodos logísticos de cobertura y llevar a cabo programas de utilización de infraestructura propia y de instancias externas para dichas grabaciones.

        La transmisión del evento denominado “2°. Año del triunfo histórico democrático del pueblo de México” se generó en el edificio E del Palacio Nacional, en el que se tiene una cabina de producción.

        El referido evento se llevó a cabo en la sala de sesiones del recinto parlamentario del Palacio Nacional el pasado uno de julio.

        Para la realización de la producción televisiva, CEPROPIE cuenta con un equipo full HD el cual es propiedad de la Secretaría de Gobernación, consistente en mezclador de video, mezclador de audio, siete cámaras de televisión, dos equipos de edición, un cammate (grúa para cámara), monitores de video, equipo de intercomunicación y dos microondas; con el equipo referido, se realiza el levantamiento de la imagen y su puesta a disposición de los medios masivos de comunicación a través de transmisión satelital, los cuales, están en libertad de retomarla para retransmitir, total o parcialmente, de acuerdo a su respectiva programación.

        Respecto a los costos de producción, manifestó que dicho órgano administrativo desconcentrado cuenta con un presupuesto asignado anualmente, por lo que, no existe un costo de producción determinable por actividad de cobertura televisiva y actividades de transmisión realizada.

        La participación del personal para la cobertura del evento de referencia fue de veintidós personas.

        Su superior jerárquico es la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República.

        La cobertura y puesta de disposición de los materiales audiovisuales a medios de comunicación del referido evento, celebrado el pasado primero de julio, corresponde al cumplimiento de atribuciones especificas consignadas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, por lo que, no se cuenta con ningún instrumento contractual con motivo de la realización de la cobertura televisiva de las actividades públicas del titular del Ejecutivo Federal, ni con facturación emitida por los conceptos indicados.

        Por otra parte, el gasto presupuestal que implica la operación de este centro se encuentra registrado de conformidad con la normatividad aplicable en la materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.

 

38.      Documental pública. Consistente en el escrito de trece de julio, emitido por Edgar Armando Aguirre González, consultor de defensa legal de la Consejería Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, mediante el cual solicitó una prórroga para dar cumplimiento al requerimiento realizado por la autoridad instructora, lo anterior, porque la información solicitada no obraba en los expedientes de la Consejería Jurídica del Ejecutiva Federal y fue requerida a la Dirección General de Planeación y Administración de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República y a la oficina de la Secretaría Particular del Presidente de la República.

 

39.      Documental pública. Consistente en el escrito de diecisiete de julio, emitido por Edgar Armando Aguirre González, consultor de defensa legal de la Consejería Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, mediante el cual informa lo siguiente:

 

        Para la difusión del acto de transparencia y rendición de cuentas del Presidente de la República, realizado el pasado primero de julio, no se erogaron recursos públicos o privados.

        Para la realización del referido acto de gobierno no se utilizaron recursos privados.

        Por cuanto hace a los recursos materiales y de logística utilizados para la ejecución de dicho acto, la oficina de la Presidencia de la República remitió la factura número A-252.

        La dependencia encargada de la organización y realización del evento fue la oficina de la Presidencia de la República.

        Solamente un servidor público fue el encargado de la logística del evento.

        El programa del evento fue el siguiente:

Captura de pantalla de un celular

Descripción generada automáticamente

        El acto de transparencia y rendición de cuentas del Presidente de la República se llevó a cabo en el recinto parlamentario, ubicado dentro de Palacio Nacional, iniciando a las 17:00 horas y concluyendo a las 17:48 horas, con una duración estimada de cuarenta y ocho minutos.

        No se realizó contratación alguna para la difusión del acto de gobierno de referencia, por lo que no es posible informar el nombre, denominación o razón social de algún medio de comunicación, ya que en ningún momento se adquirieron tiempos de radio, televisión o plataforma digital alguna para su transmisión.

        El presidente de la República únicamente convocó a los integrantes del Gabinete Legal y Ampliado, sin invitación formal alguna.

 

40.      Cabe precisar que, al presente documento se adjuntaron los oficios CGCSYVGR/DGPA/154/2020 y OPR/SP/2020/047, los cuales fueron emitidos por la Dirección General de Planeación y Administración de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República y la oficina de la Secretaría Particular del Presidente de la República, a través de los cuales se obtuvo la información que se precisa.

 

41.      Documental pública. Acta circunstanciada de veintiuno de julio, elaborada por la oficialía electoral del INE, la cual se realizó a efecto de verificar la existencia y el contenido del evento denunciado[23].

 

42.      A tal actuación , se adjunto un disco compacto con el contenido antes referido.

 

43.      Documental pública. Consistente en el escrito de veintidós de julio, emitido por Edgar Armando Aguirre González, consultor de defensa legal de la Consejería Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, mediante el cual solicitó una prórroga para dar cumplimiento al requerimiento realizado por la autoridad instructora, lo anterior, porque la información solicitada no obraba en los expedientes de la Consejería Jurídica del Ejecutiva Federal y fue requerida a la Dirección General de Planeación y Administración de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República y a la oficina de la Secretaría Particular del Presidente de la República.

 

44.      Documental pública. Consistente en el escrito de veintitrés de julio, emitido por Edgar Armando Aguirre González, consultor de la dependencia referida en el punto inmediato anterior, mediante el cual informa lo siguiente:

 

        Los dominios electrónicos https://lopezobrador.org.mx/secciones/archivo/, https://lopezobrador.org.mx/, https://www.youtube.com/watch?v=FwWX9GUp0D8 y https://www.youtube.com/channel/UCxEgOKul-n-WOJaNcisHvSg no forman parte de las plataformas digitales oficiales de la Presidencia de la República.

        El acto de gobierno denunciado unicamente se difundió a través de Youtube: https://www.youtube.com/GobiernoDeMexico, Facebook: https://www.facebook.com/gobmexico y Twitter: @GobiernoMx, las cuales forman parte de las plataformas digitales oficiales de la Presidencia de la República.

 

45.      Cabe precisar que, al presente documento se adjuntaron los oficios CGCSYVGR/DGPA/156/2020 y OPR/SP/2020/050, los cuales fueron emitidos por la Dirección General de Planeación y Administración de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República y la oficina de la Secretaría Particular del Presidente de la República, a través de los cuales se obtuvo la información que se precisa en el párrafo anterior con relación a diversas redes sociales.

 

46.      Documental pública. Consistente en el escrito de veinticinco de agosto, emitido por Edgar Armando Aguirre González, consultor de defensa legal de la Consejería Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, mediante el cual informa que el Presidente de la República no solicitó y ordenó la difusión del evento a través de cadena nacional.

 

47.      Documental pública. Consistente en el escrito de veinticuatro de agosto, emitido por Erwin Sigfrid Frederick Neumaier de Hoyos, Director de CEPROPIE, mediante el cual informa lo siguiente:

 

        No se ordenó la difusión del evento a través de cadena nacional.

        CEPROPIE es un órgano administrativo desconcentrado y sus atribuciones consisten en coordinar y vigilar las grabaciones en video de las actividades públicas del titular del Ejecutivo Federal, para poner a disposición vía satelital a favor de las cadenas televisivas nacionales e internacionales y medios masivos concesionados y permisionados, públicos y privados, los materiales audiovisuales generados.

        En ese sentido los productos televisivos generados con motivo de la cobertura televisiva de las actividades públicas del Ejecutivo Federal se ponen a disposición de los medios masivos de comunicación a través de la señal satelital pública y abierta, para que, con total libertad e independencia de determinación de contenidos, hagan uso de dicha señal.

 

48.      Documental pública. Consistente en el escrito de veinticinco de agosto, emitido por Alejandro Álvarez Ramírez, director general de planeación y administración adscrito a la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República, mediante el cual informa que no solicitó y ordenó la difusión del evento a través de cadena nacional.

 

49.      Documental pública. Consistente en el escrito de veintiséis de agosto, emitido por Raúl Segovia Barrios, consejero adjunto de Control Constitucional y de lo Contencioso, mediante el cual informa que la Secretaría Particular del Presidente de la República no solicitó y ordenó la difusión del evento a través de cadena nacional.

 

50.      Documental pública. Consistente en el reporte de treinta y uno de agosto, emitido por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE[24], mediante el cual informa lo siguiente:

 

        De las 1743 emisoras monitoreadas, se corroboró que en 1394 no se transmitió el evento denunciado.

        En 101 casos no se pudo verificar la transmisión del referido evento por problemas técnicos.

        En 43 casos se transmitió de manera parcial y en 205 casos de manera total.

 

51.      Documentales privadas. Consistente en las respuestas emitidas por diversas concesionarias de radio y televisión respecto al posible encadenamiento del evento denunciado, de las cuales se obtuvo la siguiente información:

 

#

Concesionaria

Manifiesten si recibieron alguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal, para que llevaran a cabo la difusión del evento denunciado.

1

Televisión Azteca S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden alguna para realizar la transmisión del mensaje del Presidente de la República del pasado primero de julio[25].

2

Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano

No se recibió ninguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal para la difusión del evento [26].

3

Televisión Metropolitana, S.A. de C.V.

No se recibió indicación, orden, ni instrucción alguna de ninguna dependencia del Gobierno Federal para llevar a cabo la transmisión del evento[27].

4

Cadena Tres I, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [28].

5

Fórmula Radiofónica, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [29].

6

Imagen Telecomunicaciones, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [30].

7

Televisión de la Frontera, S.A.

No se recibió instrucción u orden de ninguna autoridad para transmitir el evento[31].

8

Sistema Regional de Televisión, A.C.

Se transmitió el informe del Presidente de la República por ser de interés periodístico y por derecho a la información que tienen los gobernadores[32].

9

Radio Dinámica del Sureste, S.A. de C.V.

No se recibió ninguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno para la difusión del evento [33].

10

Radio Frontera del Sureste, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por parte de dependencia del Gobierno Federal para la difusión del evento [34].

11

Radiodifusoras Unidas del Sureste, S.A.

No se recibió ninguna indicación por parte de alguna dependencia de Gobierno para la transmisión del evento[35].

12

Organización Editorial Mexicana, S.A. de C.V.[36]

No se recibió ninguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno para difundir el evento[37]

13

Televisora XHBO, S.A. de C.V.

En ningún momento nos fue solicitado por parte de Gobierno alguno u otra autoridad la transmisión del evento[38].

14

Radio Centinela, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [39].

15

Radio Informativa, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [40].

16

Frecuencia Modulada Monterrey, S.A. de C.V.

No se recibió ninguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal, para la transmisión[41].

17

Imagen Monterrey, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [42].

18

Media Sports de México, S.A. de C.V.

No se recibió ninguna pauta u orden de transmisión alguna de ninguna autoridad competente que le impusiera para transmitir el evento[43].

19

Radio 6.20, S.A. de C.V.[44]

El evento se transmitió sin ninguna orden de alguna dependencia del Gobierno Federal[45].

20

La B Grande FM, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [46].

21

Stereorey México, S.A.

La transmisión no fue ordenada por ninguna dependencia del Gobierno Federal para la difusión del evento [47].

22

Radio Red FM, S.A. de C.V.

No se recibió alguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal para la difusión del evento [48].

23

Televisora del Valle de México, S.A.P.I. de C.V.

No se recibió instrucción u orden alguna para realizar la transmisión del mensaje del Presidente de la República del pasado primero de julio[49].

24

Cadena Radiodifusora Mexicana, S.A. de C.V.

En ningún momento se recibió instrucción u orden de alguna dependencia del Gobierno Federal para llevar a cabo la transmisión del evento[50].

25

Cadena Regional Radio Fórmula, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [51].

26

Radio Transmisora del Pacífico, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [52].

27

Transmisora Regional Radio Fórmula, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [53].

28

Radio Armonía, S.A. de C.V.

No se recibieron instrucciones u ordenes de ninguna dependencia del Gobierno Federal[54].

29

Compañía Internacional de Radio y Televisión, S.A.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [55].

30

Administradora Arcángel, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento [56].

31

Multimedios Televisión, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno para la difusión del evento[57].

32

Radio Mundo de Acapulco, S.A.

No se recibió instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal para la difusión del evento[58].

33

Radio Mayrán, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por parte de dependencia alguna del Gobierno Federal para la transmisión del evento[59].

34

Radiodifusoras Capital, S.A. de C.V.

No se recibió alguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal[60].

35

Televisión Tabasqueña, S.A. de C.V.

No se recibió ninguna instrucción por parte del Gobierno Federal para la difusión del evento[61].

36

Televisión de Tabasco, S.A.

No se recibió instrucción u orden de autoridad alguna para la difusión del evento[62].

37

Televisión Digital, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno[63].

38

Cable Master, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden alguna para la difusión del evento[64].

39

Fundación Cultural Maya Puerto Morelos, A.C.

No se recibió instrucción alguna por parte de alguna dependencia federal para llevar a cabo la transmisión del evento[65].

40

X.E.P.O.P., S.A. de C.V.

No se recibió ninguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal[66].

41

México Radio, S.A. de C.V.

No se recibió ninguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno para difundir el evento[67].

42

XENQ Radio Tulancingo, S.A. de C.V.

No hubo ninguna orden u instrucción para la transmisión del evento[68].

43

Televimex, S.A. de C.V.

Dicha transmisión se realizó con el ánimo de presentar un contenido de interés general.

 

Como parte de la labor periodística se realizó la transmisión de la señal correspondiente al informe presidencial denunciado[69].

44

XHFJS-TV, S.A. de C.V.

Se difundió el evento sin que mediara instrucción u orden expresa por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal[70].

45

XEDKR-AM, S.A. de C.V.

No se recibió alguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal[71]

46

Radio Uno, S.A. de C.V.

No se recibió instrucción u orden por ninguna dependencia de Gobierno[72].

47

Omega Experimental, A.C.

En ningún momento se fue requerido por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal, para llevar a cabo la difusión del evento denunciado[73].

48

Corporación Radiológico, S.A. de C.V.

No se transmitió el evento materia de la controversia, únicamente se hicieron comentarios sobre aspectos relevantes del referido evento en cumplimiento estricto a la libertad de expresión e información[74].

49

Flores y Flores, S. en N.C. de C.V.

La transmisión del evento no se debió a ninguna instrucción del algún tercero[75].

50

Grupo Radial de Tampico, S.A. de C.V.

Se difundió el evento sin que mediara instrucción u orden expresa por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal[76].

51

Estéreo Vida de Tampico, S.A. de C.V.

Se difundió el evento sin que mediara instrucción u orden expresa por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal[77].

52

Arnoldo Rodríguez Zermeño, concesionario de las emisoras XHARZ-FM y XHZER-FM

No se recibieron instrucciones u ordenes de ninguna dependencia del Gobierno Federal[78].

53

Ramona Esparza González, concesionario de la emisora XEFE-TDT;

No se recibió ninguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal para que se llevara a cabo la difusión del evento denunciado[79].

54

Nora María Cantón Martínez de Escobar, concesionario de la emisora XHEMZ-FM;

No se transmitió el evento materia de la controversia, únicamente se hicieron comentarios sobre aspectos relevantes del referido evento en cumplimiento estricto a la libertad de expresión e información[80].

55

Rodrigo Rodríguez Reyes, concesionario de la emisora XHRRR-FM y XHJTF-FM;

No se recibieron instrucciones u ordenes de ninguna dependencia del Gobierno Federal[81].

56

Lucia Pérez Medina Vda. de Mondragón, concesionario de la emisora XHKG-TDT;

No se solicitó realizar la transmisión en cadena nacional del citado evento[82].

57

Mario Enrique Mayans Concha, concesionario de la emisora XHBJ-TDT;

No se recibió alguna instrucción de alguna dependencia del Gobierno Federal para llevar a cabo la difusión del evento[83].

58

Silvia Evangelina Godoy Cárdenas, concesionaria de la emisora XHAL-FM;

De manera involuntaria se difundió una parte del evento, ya que la estación se enlaza en automático con RADIOFORMULA.

 

No se tuvo injerencia en la transmisión del evento, no fue una emisión contratada[84].

59

Josefina Reyes Sahagún, concesionaria de la emisora XHRRA-FM;

No se recibieron instrucciones u ordenes de ninguna dependencia del Gobierno Federal[85].

60

Sucn. de José Laris Iturbide, concesionario de la emisora XHATM-FM;

No se cuenta con datos de orden de transmisión, contrato o nombre de la persona que haya solicitado dicha publicidad[86].

61

Instituto Politécnico Nacional

No se recibió ninguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal, para que se llevara a cabo la transmisión del evento denunciado[87].

62

Instituto Mexicano de la Radio

No existió instrucción por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal para que se llevara a cabo la difusión del evento denunciado[88].

63

Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, concesionario de las emisoras XHCARH-FM; XETLA-AM y XHPBSD-FM;

El evento se difundió ya que se tiene como fin mantener informados a los pueblos y comunidades indígenas del acontecer nacional, por lo que su labor es de gran importancia, toda vez que, gracias a los enlaces con las transmisiones locales y nacionales, cada una amplían los horizontes de la difusión de la información de los mas de 68 pueblos indígenas y afromexicano, para llevarles mensajes e información a lugares remotos a través de esta programación[89].

64

Sistema Estatal de Telecomunicaciones (Puebla Telecomunicaciones)

El evento denunciado se difundió al ser un tema general y público para todos los mexicanos.

 

CEPROPIE puso a disposición la señal del evento.

 

Cabe mencionar que las transmisiones de los eventos oficiales o del Gobierno Federal se encuentran a disposición de todos los medios en las plataformas de CEPROPIE y de RTC[90].

65

Universidad Autónoma de Nuevo León, concesionaria de la emisora XHMNU-TDT

No se recibió ninguna instrucción para la transmisión del evento[91].

66

Universidad Autónoma de Sinaloa, concesionaria de las emisoras XEUAS-AM y XHUAS-FM;

No se recibió instrucción u orden alguna por parte de ninguna dependencia de Gobierno Federal, Estatal o Municipal para llevar a cabo la transmisión del evento del pasado primero de julio[92].

67

Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, concesionaria de la emisora XHUJAT-FM y XHUJAT-TDT;

Se aclara que no se nos obligó a la transmisión del evento, ni tampoco nos llego un requerimiento para su no transmisión.

 

La transmisión se efectuó desde la señal oficial de la Presidencia de la República (CEPROPIE)[93].

68

Universidad de Sonora, concesionaria de la emisora XHUSH-FM;

No se transmitió el evento.

 

Tal decisión se tomo al no ser un acto obligatorio para su difusión y también porque la emisora no recibió alguna instrucción u orden por parte de alguna dependencia del Gobierno Federal u otra instancia para que se llevara a cabo dicha transmisión[94].

69

Gobierno de la Ciudad de México, concesionario de la emisora XHCDM-TDT;

No se recibió instrucción ni orden alguna para transmitir el evento[95].

70

Gobierno del Estado de Nayarit, concesionario de la emisora XHTPG-TDT;

No se recibió instrucción alguna por parte de alguna dependencia federal para que se llevara a cabo la difusión del evento.

 

La señal fue proporcionada por CEPROPIE[96].

71

Gobierno del Estado de Morelos, concesionario de la emisora XHCMO-TDT;

No se recibió instrucción de ninguna dependencia federal para la difusión del evento[97].

72

Gobierno del Estado de Tabasco, concesionario de la emisora XHTVH-FM;

No se recibió ninguna instrucción por parte del Gobierno Federal para la difusión del evento[98].

73

Gobierno del Estado de Veracruz, concesionario de la emisora XHGV-TDT;

No se recibió ninguna instrucción u orden de alguna dependencia de Gobierno Federal para la transmisión de dicho evento[99].

74

Gobierno del Estado de Chiapas, concesionario de las emisoras XHPIC-FM, XHTGU-FM, XHTTG-TDT, XHCTN-FM y XHTCH-FM;

El evento se difundió porque se debe de mantener informada a la ciudadanía, y en el caso se trato de un evento de trascendencia para la nación por lo que en todo momento se garantizó el derecho a la información que tiene la ciudadanía, por tal razón, la difusión se encuentra amparada por la libertad de expresión y periodística[100].

 

52.      Documental pública. Actas circunstanciadas de diecinueve de octubre, elaboradas por la autoridad instructora, realizadas con el objeto de dejar constancia de los anexos presentados por Televisión Metropolitana, S.A. de C.V., Televisora del Valle de México, S.A.P.I. de C.V., Televisión Azteca S.A. de C.V., Radio Mundo de Acapulco, S.A. y el Gobierno de la Ciudad de México, concesionario de la emisora XHCDM-TDT, al momento de comparecer a la audiencia de pruebas y alegatos.

 

II.            VALORACIÓN PROBATORIA

 

53.      Las pruebas antes descritas se valoran de la siguiente manera:

 

54.      Las pruebas identificadas como documentales públicas, tienen valor probatorio pleno y se valoran en términos de los artículos 461, párrafo 3, inciso a) y 462, párrafos 1 y 2, de la Ley General.

 

55.      Cabe señalar, que los diversos escritos presentados por los sujetos denunciados, aun y cuando fueron emitidos en su calidad de servidores públicos, al contener argumentos de defensa, su alcance debe analizarse a la luz del cúmulo probatorio.

 

56.      Por otra parte, los discos compactos que la Oficialía Electoral del INE adjuntó a las actas circunstanciadas antes referidas, cuentan con valor probatorio pleno, al ser aportado por la autoridad electoral federal, en ejercicio de sus funciones.

 

57.      Por otro lado, las pruebas catalogadas como documentales privadas, en principio sólo generan indicios, y harán prueba plena sobre la veracidad de los hechos denunciados, al concatenarse con los demás elementos que obren en el expediente, las afirmaciones de las partes, la verdad conocida y el recto raciocinio de la relación que guardan entre sí, lo anterior, en términos de los artículos 461, párrafo 3, inciso b) y 462 párrafos 1 y 3, de la Ley General.

 

III.            OBJECIÓN DE PRUEBAS

 

58.      En su escrito de comparecencia a la audiencia de ley, el Sistema Chiapaneco de Radio, Televisión y Cinematografía, objetó los medios de prueba que obran en el expediente, por cuanto hace a alcance y valor probatorio argumentando que no existe ningún dato concreto y certero que acredite la responsabilidad de la referida concesionaria.

 

59.      Sin embargo, este órgano jurisdiccional considera que la objeción hecha valer por la denunciada, se realiza a partir del alcance probatorio de las pruebas que obran en el expediente en que se actúa, lo cual requiere necesariamente la valoración de fondo por parte de esta Sala Especializada, atendiendo a la naturaleza de las pruebas, como tal, por lo que las mismas serán valoradas en su oportunidad en los términos que establece la Ley General.

 

IV.            HECHOS ACREDITADOS

 

60.      Del análisis individual, y de la relación que los medios de prueba guardan entre sí, se tienen por acreditados los siguientes hechos relevantes para la resolución del presente asunto:

 

 

        Calidad de Andrés Manuel López Obrador

 

61.      Es un hecho público y notorio, conforme a lo dispuesto por el artículo 461, párrafo 1, de la Ley General, que Andrés Manuel López Obrador actualmente ostenta el cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

 

        Realización, difusión y contenido del evento denominado “2º Año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”

 

62.      De las respuestas emitidas por CEPROPIE y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, se tiene por acreditado que el pasado primero de julio se llevó a cabo el evento denominado “2º Año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador” en las instalaciones de Palacio Nacional, en el que participó el Presidente de la República y fueron convocados únicamente los integrantes de su gabinete legal y ampliado.

 

63.      Por otra parte, de las respuestas emitidas por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y de las actas circunstanciadas realizadas por la Oficialía Electoral del INE, se tiene por acreditado que el evento denunciado fue transmitido a través de las siguientes páginas electrónicas:

 

        https://lopezobrador.org.mx/2020/07/01/2o-ano-del-triunfo-historico-democratico-del-pueblo-de-mexico/

        https://www.youtube.com/watch?v=FwWX9GUp0D8

        https://www.gob.mx/presidencia/es/articulos/version-estenografica-2-ano-del-triunfo-historico-democratico -del-pueblo-de-mexico?idiom=es

        https://www.youtube.com/GobiernoDeMexico

        https://www.facebook.com/gobmexico

        A traves de la red social twitter en el perfil @GobiernoMx

 

64.      Precisando que, de lo informado por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, se tiene por acreditado que entre los vínculos antes referidos, únicamente las paginas electrónicas https://www.youtube.com/GobiernoDeMexico y https://www.facebook.com/gobmexico, así como el perfil @GobiernoMx de la red social twitter, forman parte de las plataformas digitales oficiales de la Presidencia de la República.

 

65.      Aunado a lo anterior, del reporte emitido por la Dirección de Prerrogativas del INE se tiene por acreditado que el referido evento fue difundido por radio y televisión.

 

66.      Por otro lado, de las actas circunstanciadas realizadas por la Oficialía Electoral del INE, se tiene por acreditado que diversos medios de comunicación en internet dieron cuenta del evento denunciado, de conformidad con lo siguiente:

 

LINK

https://www.eluniversal.com.mx/nacion/las-frases-de-amlo-en-su-informe-dos-anos-del-triunfo-presidencial

 

LINK

https://www.sdpnoticias.com/nacional/informe-amlo-crisis-neoliberal-segundo-aniversario-triunfo-elecciones.html

 

LINK

https://twitter.com/i/events/1278462380746432514

 

67.      Por último, de las actas circunstanciadas realizadas por la Oficialía Electoral del INE se tiene por acreditado el contenido del evento denunciado, el cual será analizado en el estudio de fondo de la presente resolución.

 

        Utilización de recursos para la realización del evento

 

68.      De la respuesta emitida por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, se tiene por acreditado que para la ejecución del evento denunciado se realizaron los siguientes gastos por parte de la oficina de la Presidencia de la República:

 

Captura de pantalla de un celular

Descripción generada automáticamente

 

69.      Asimismo, se tiene por acreditado que la dependencia encargada de la organización del referido evento fue la oficina de la Presidencia de la República y que se requirió de un servidor público para la logística del citado evento.

 

70.      Por otra parte, de la respuesta emitida por CEPROPIE se tiene por acreditado que para la realización del evento denunciado fueron requeridas veintidós personas las cuales cubrieron las actividades de producción, dirección y transmisión del referido evento.

 

V.            ESTUDIO DE FONDO

 

71.      Para una mejor comprensión del presente asunto, por cuestión de método, se analizarán de manera sucesiva cada una de las infracciones denunciadas.

 

1.     Promoción personalizada

 

72.      Marco normativo. Es dable destacar que el actuar de los servidores públicos, encuentra una restricción contenida en el artículo 134, párrafo 8 de la Constitución Federal, el cual dispone lo siguiente:

 

Artículo 134.-

 

La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

 

[…]

 

73.      De lo anterior, se tiene que la finalidad en materia electoral del octavo párrafo de dicha disposición constitucional es procurar la mayor equidad en los procesos electorales, prohibiendo que los servidores públicos utilicen publicidad gubernamental resaltando su nombre, imagen y logros, para hacer promoción personalizada con recursos públicos.

 

74.      Por ende, se dispuso que cualquiera que fuera la modalidad de comunicación que utilicen los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, debería tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.

 

75.      En este sentido, la Sala Superior ha previsto en la Jurisprudencia 12/2015 de rubro: PROPAGANDA PERSONALIZADA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. ELEMENTOS PARA IDENTIFICARLA, que los órganos jurisdiccionales, a fin de dilucidar si se actualiza o no la infracción al párrafo 8 del artículo 134 constitucional y evitar que se influya en la equidad de la contienda electoral, deben considerar diversos elementos:

 

        Personal. Que deriva esencialmente en la emisión de voces, imágenes o símbolos que hagan plenamente identificable al servidor público;

 

        Objetivo. Que impone el análisis del contenido del mensaje a través del medio de comunicación social de que se trate, para determinar si de manera efectiva revela un ejercicio de promoción personalizada susceptible de actualizar la infracción constitucional correspondiente, y

 

        Temporal. Pues resulta relevante establecer si la promoción se efectuó iniciado formalmente el proceso electoral o se llevó a cabo fuera del mismo, ya que si la promoción se verificó dentro del proceso, se genera la presunción de que la propaganda tuvo el propósito de incidir en la contienda, lo que se incrementa cuando se da en el período de campañas; sin que dicho período pueda considerarse el único o determinante para la actualización de la infracción, ya que puede suscitarse fuera del proceso, en el cual será necesario realizar un análisis de la proximidad del debate, para estar en posibilidad de determinar adecuadamente si la propaganda influye en el proceso electivo.

 

76.      Cabe mencionar que las disposiciones constitucionales no se traducen en una prohibición absoluta para que los servidores públicos se abstengan de hacer del conocimiento público los logros, programas, acciones, obras o medidas de gobierno, su nombre, imagen, voz o símbolos, sino que el contenido de esa disposición tiene por alcance la prohibición de que traten de valerse de ella, con el fin de obtener una ventaja indebida, a fin de satisfacer intereses particulares.

 

77.      Por lo tanto, las prohibiciones antes señaladas no tienen como finalidad impedir que los servidores públicos cumplan con sus obligaciones establecidas en la ley[101].

 

78.      Caso concreto. Para efectos del análisis de fondo en el presente asunto, es necesario recordar que el PAN denunció la supuesta promoción personalizada de Andrés Manuel López Obrador, lo anterior, derivado de la realización y difusión del evento denominado “2º Año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”.

 

79.      El quejoso aduce que, en el referido evento el Presidente de la República, realiza una campaña de propaganda gubernamental con tintes de promoción personalizada, en donde se destaca su nombre, imagen y voz.

 

80.      Además, el partido político denunciante argumenta que en el referido evento se realizaron una serie de posicionamientos en donde se destacan los logros del gobierno en turno, los cuales guardan relación con los compromisos de campaña que en su momento utilizó dicho servidor público en las pasadas elecciones presidenciales.

 

81.      Aunado a lo anterior, el quejoso considera que en el evento denunciado se promovió la ideología del partido político MORENA y se realizaron expresiones de carácter político-electoral con la intención de vincularlas con los próximos procesos electorales.

 

82.      Al respecto, cabe destacar que de las constancias que obran en el expediente, se acredita que el referido informe fue difundido a través de plataformas digitales oficiales de la Presidencia de la República, así como en radio y televisión a través de diversos concesionarios que decidieron transmitirlo.

 

83.      En ese sentido, a fin de dilucidar si se actualiza o no alguna vulneración a la normativa electoral, se procederá ahora al análisis del evento denunciado[102]:

 

84.      Del análisis integral al contenido del evento denunciado es importante señalar que el discurso se divide en tres partes: una parte introductoria; una de presentación de la información y la conclusión, de conformidad con lo siguiente:

 

        Presentación del evento

 

85.      El evento comienza cuando la moderadora da la bienvenida a Andrés Manuel López Obrador, a Beatriz Gutiérrez Müller, así como a los integrantes del gabinete legal y ampliado del Gobierno de México y a quienes siguieron la transmisión por internet a través de las redes sociales.

 

86.      Enseguida, Andrés Manuel López Obrador da la bienvenida al referido evento, mencionando que el pasado primero de julio se cumplieron dos años de la memorable jornada cívica que le permitió llegar por mandato popular a la Presidencia de la República y que como es bien sabido, se está llevando a cabo una autentica transformación política, económica, social y cultural, guiados por los ideales y principios de la honestidad, la justicia, la libertad, la democracia y la fraternidad y que por tal razón, explicaría de manera sencilla lo que su gobierno ha logrado en el transcurso de esa temporalidad.

 

        Desarrollo del evento

 

87.      Andrés Manuel López Obrador da comienzo con su discurso[103], realizando manifestaciones de los siguientes temas:

 

        Eliminación de la tortura y violaciones a derechos humanos.

        Caso Ayotzinapa.

        Caso guardería ABC.

        Eliminación del CISEN.

        Corrupción y reducción al robo de combustible.

        Pago de adeudos a la hacienda pública.

        Austeridad del gobierno.

        Ahorro de economía en la construcción de aeropuertos, el tren maya, refinerías (recuperación de la producción petrolera).

        Proyecto del corredor del Istmo de Tehuantepec, modernización del ferrocarril del Pacifico al Golfo de México y la construcción de diez parques industriales en esa zona para la industria y el comercio internacional.

        Modernización, mantenimiento y construcción de carreteras.

        Creación de universidades, presas para prevenir inundaciones, construcción de viviendas para familias pobres.

        En materia de salud se han terminado 32 hospitales, se han contratado 46,954 trabajadores, ampliación de infraestructura de salud ante la situación del COVID-19, capacitación del personal ante la situación de emergencia que vive el país.

        Canasta básica a precios bajos.

        Recuperación de la economía derivado de la entrega de créditos y la creación de empleos, apoyo para adultos mayores y niños con discapacidad, becas para jóvenes, apoyo para jornaleros “programa Sembrando Vida”, apoyo a campesinos y a pescadores, etc.

        Reactivación de la economía en el país.

        Reuniones de trabajo del gabinete, integrado por los Secretarios de Gobernación, Defensa, Marina y Seguridad para combatir la violencia que afronta el país.

        Se expone el nuevo modelo de política de seguridad en el país y los resultados de este.

        Impuesto de gasolinas, diésel, gas y electricidad.

        Beneficios que se han generado para cada uno de los sectores económicos del país.

        T-MEC.

        Crisis y recuperación de la economía en el país.

        Pérdidas de empleo.

        Recaudación de impuestos.

        Corrupción en los gobiernos neoliberales.

        Reformas legales.

        Eliminación del fraude electoral y reforma de la ley electoral.

 

88.      En esencia, estos fueron los temas que el Presidente de la República refirió durante su participación en el referido evento. No obstante, cabe resaltar que Andrés Manuel López Obrador profundizó en algunas de las temáticas antes señaladas, tal y como se demuestra a continuación:

 

        “Nunca se ha reprimido al pueblo ni hemos permitido masacres. Se eliminó la tortura y otras violaciones a los derechos humanos que eran prácticas habituales en otros gobiernos. Se está haciendo justicia en el caso de los jóvenes de Ayotzinapa. Se atiende a víctimas de la violencia y del neoliberalismo, como el caso lamentable de la Guardería ABC, de Hermosillo, Sonora. Se eliminó al CISEN, los sistemas de espionaje político y al Estado Mayor Presidencial”.

        “La austeridad del gobierno es una realidad. La Presidencia de la República dispone de un presupuesto 70 por ciento menor al ejercido por la anterior administración, se redujeron los sueldos de los altos funcionarios en 50 por ciento y se eliminó el uso de aviones y helicópteros. Los servidores públicos ya no disponen de servicio médico privado ni de caja de ahorro especial con cargo al erario. Se cancelaron las pensiones millonarias a expresidentes de la República. Sólo estamos dejando lo necesario de la estructura administrativa. No hay derroche y se terminó el lujo insolente en el gobierno”.

        “En materia de salud se han terminado 32 hospitales, hemos contratado a 46 mil 954 trabajadores de la salud. Ciertamente, no se puede hablar de salud sin hacer referencia la pandemia del coronavirus, una crisis sanitaria mundial que nadie esperaba y para que ningún país estaba preparado. Lamento, antes que nada, porque no es un asunto cuantitativo, que muchos hayan perdido la vida a consecuencia del COVID-19 y envío desde aquí mi abrazo, mis condolencias a los familiares”.

        “En vez de seguir con el sofisma neoliberal, según el cual, si llueve fuerte arriba, gotea abajo, como si la riqueza fuera permeable y contagiosa, ahora nosotros destinamos los apoyos para el bienestar, empezando por la base de la pirámide social y de allí hacía su cúspide, de abajo hacia arriba”.

        “Asimismo, se han reducido considerablemente el resto de los ilícitos en comparación con noviembre de 2018, un poco antes de que asumiéramos la Presidencia de la República. Por ejemplo, el robo de vehículo, de entonces a la fecha, ha disminuido en 41 por ciento; el secuestro, en 25 por ciento; el robo a transporte público colectivo, en 58 por ciento; el robo a transporte público individual, en 36 por ciento, el robo a casa habitación, en 27 por ciento; el robo a negocio, en 24 por ciento; el robo a transeúnte, 45 por ciento y así en casi todos los delitos”.

        “Por cierto, el día de hoy ya inició la aplicación del T-MEC, tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá, en un momento por demás oportuno, pues la vecindad con la economía más fuerte del planeta en las circunstancias actuales, de recesión global de las economías, nos ayudará a impulsar nuestras actividades productivas y a crear nuevos empleos”.

        La mayoría de los mexicanos están conscientes de que estamos enfrentando momentos difíciles, pero existe una inquebrantable fe en la transformación política, económica, social y cultural que hemos iniciado desde abajo y entre todas y todos. Muchos, millones de mexicanos, hombres y mujeres, saben que lo más importante de todo, lo más importante de todo es desterrar por completo la corrupción que imperaba en los gobiernos neoliberales.

        Todavía nos falta erradicar por completo el fraude electoral y convertir el apego a los principios democráticos en cimiento inamovible de nuestra cultura cívica. Por eso he dicho que, en las próximas elecciones, sin dejar de respetar las decisiones de los órganos electorales autónomos como el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, vamos a estar todos atentos para que las elecciones sean verdaderamente libres y limpias.

        Cuando hace unos días expresé este compromiso por la democracia, algunos se molestaron y empezaron a vociferar que eso era intromisión, injerencia. Olvidan que la democracia implica, en primer lugar, el respeto al mandato del pueblo, un mandato que en el pasado reciente fue atropellado por las prácticas del fraude impulsadas desde la cúspide de los poderes político y económico, y solapadas por las autoridades electorales.

        Por ello, desde el 1º de diciembre de 2018 dejamos en claro que no incurriríamos en esas acciones abyectas, que observaríamos una estricta imparcialidad partidista y que respetaríamos los resultados electorales de cualquier signo. Para lograr este último, se necesita reformar la ley electoral, y esto depende principalmente del pueblo, pero yo me voy a constituir en el principal guardián de esa prerrogativa popular y consideraré que mi principal deber es facilitar la libre manifestación de la voluntad popular, a fin de que las leyes sean genuina expresión de esa voluntad.

 

        Conclusión del evento

 

89.      A finalizar el discurso, Andrés Manuel López Obrador agradeció el apoyo y la confianza que ha recibido “para triunfar y enfrentar a la reacción conservadora” y menciona que el gobierno es “del pueblo, para el pueblo y con el pueblo”, asimismo, refrenda el compromiso de no traicionar al pueblo y de desterrar atrocidades, la corrupción y desigualdad social, exclamando en la parte final de su discurso “viva México, viva México, viva México”.

 

90.      Enseguida, la moderadora del evento solicita permanecer de pie a los asistentes para entonar el himno nacional mexicano, agradeciendo la asistencia del Presidente de México, su esposa y los funcionarios que lo acompañaron, después de tal hecho, el Presidente de la República se dirige a la escolta de bandera para despedirse del lábaro patrio, concluyendo de esta forma el referido evento.

 

91.      Ahora bien, al haber desglosado el contenido del evento denunciado, se procede a analizarlo a la luz de los elementos personal, objetivo y temporal de la jurisprudencia 12/2015, emitida por la Sala Superior de rubro: PROPAGANDA PERSONALIZADA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. ELEMENTOS PARA IDENTIFICARLA, lo anterior, para determinar si existe o no una vulneración a la normativa electoral, de conformidad con lo siguiente:

 

92.      Elemento personal: Se actualiza dicho elemento, ya que, en el evento denunciado aparece el nombre, voz, imagen y cargo de Andrés Manuel López Obrador, Presidente de la República.

 

93.      Elemento temporal: Se actualiza el referido elemento, porque al momento de los hechos denunciados estaba próximo a iniciarse el proceso electoral 2020-2021, asimismo, es de resaltar que los procesos electorales locales en Hidalgo y Coahuila se encontraban en curso, por lo que, pudo tener impacto en los mismos. Por lo tanto, se debe analizar si la propaganda tiene connotaciones electorales y si su finalidad es el posicionamiento ante la ciudadanía con el propósito de vulnerar algún principio electoral de los procesos electorales antes mencionados.

 

94.      Elemento objetivo: No se actualiza tal elemento, lo anterior, porque del análisis realizado al contenido del evento denunciado se tiene que el mismo no contiene elementos expresos e indubitables en los que se pretenda resaltar la figura del Presidente de la Republica, sino más bien se trata de manifestaciones hechas por Andrés Manuel López Obrador que corresponden a un ejercicio de rendición de cuentas en donde el titular del poder ejecutivo está informando a la población la manera en que se han implementado los programas sociales del Gobierno Federal, las acciones que las diferentes dependencias de la administración pública federal han ejecutado; así como los avances que el gobierno federal ha logrado en temas como seguridad, economía, salud, entre otros.

 

95.      Es decir, la información presentada por el Presidente de la República en el evento denunciado, se encuentra encaminada a transparentar las gestiones que la administración pública federal ha realizado dentro de su administración, sin que haya expresiones o manifestaciones que de manera explícita permitan determinar que el Ejecutivo Federal se adjudique de manera personal; resaltando además, que tampoco hay elementos tendentes a posicionar a una fuerza política en específico con los logros institucionales que se relatan en el evento de referencia.

 

96.      Aunado a lo anterior, no hay elementos que permitan suponer, ni siquiera indiciariamente, un posicionamiento ante la ciudadanía por parte del servidor público denunciado, ya que, los datos que está presentando se encaminan a informar de forma transparente las acciones que la actual administración ha realizado, sin que del discurso se pueda apreciar que se adjudique los avances obtenidos.

 

97.      Por ende, debe tenerse en cuenta que no toda la propaganda o información institucional que utilice o refiera el nombre, imagen o cargo de un servidor público puede considerarse como ilegal, puesto que ello implicaría una restricción indebida que redundaría en la prerrogativa de la ciudadanía para conocer a sus autoridades y las funciones que desempeñan; lo cual, atentaría contra el derecho a la información que establece el artículo 6º Constitucional; y por ende, debe permitirse el uso de frases que, razonable y proporcionalmente, encuentren justificación en el marco de una presentación con carácter meramente informativo.

 

98.      Por lo que, el discurso del evento denunciado contiene información institucional que abona a la rendición de cuentas entre el titular del Ejecutivo Federal y la ciudadanía; lo cual, privilegia el derecho ciudadano de recibir información que coadyuve al fortalecimiento del debate político dentro del sistema democrático, y que a la vez incentive la transparencia de las actividades que desempeñan las diferentes dependencias gubernamentales que, en este caso, integran la administración pública federal.

 

99.      Bajo esa lógica, resulta válido que en un ejercicio de rendición de cuentas aparezca el nombre, imagen y voz del servidor público denunciado, pues es precisamente él, en su calidad de Titular del Ejecutivo Federal, quien informa a la ciudadanía sobre las acciones que se han realizado dentro de su administración, aunado a que no se advierte una exaltación o realce desproporcionado, desmedido o injustificado de su nombre, imagen o cualidades o atributos personales.

 

100.   Por otro lado, no pasa desapercibido el hecho de que el servidor público denunciado hubiera reiterado el cumplimiento de compromisos de campaña, ya que, atendiendo al contexto en el que se presentó la información, resulta razonable que al brindar los datos sobre los avances de su gobierno, la persona que detenta la figura de Jefe de Gobierno del país, aluda a las acciones y políticas que están pendiente de ejecutarse o que han sido realizadas, es decir, al tener la titularidad o la representación de la función ejecutiva federal, el referido servidor público pueda reiterar en nombre del gobierno que encabeza, el compromiso de cumplir con esas promesas o pendientes, siempre y cuando las acciones de gobierno se asocien con la institución y no con la persona que la detenta.

 

101.   Por otra parte, si bien es cierto que Andrés Manuel López Obrador habla sobre temas político-electorales en el evento denunciado, también lo es que, de las frases analizadas no se advierte que las mismas afecten o pongan en riesgo la equidad de la competencia entre los partidos políticos, la voluntad de la ciudadanía o algún proceso electoral en específico, ya que, del contenido del referido evento no se advierten manifestaciones de apoyo o rechazo o un llamamiento al voto en favor o en contra de algún partido político en particular, sino más bien, son opiniones o críticas sobre lo que acontece en el país en temas político-electorales, lo cual en principio se encuentra amparado por la libertad de expresión del citado Ejecutivo Federal establecida en el artículo sexto constitucional.

 

102.   Por otro lado, este órgano jurisdiccional considera que la expresión por la que el Presidente de la República menciona que se convertirá en un guardián de cualquier proceso electoral o de las elecciones en general no vulnera a la normativa electoral, lo anterior, porque el titular del Ejecutivo federal únicamente tuvo como finalidad manifestar que es de su especial interés que en nuestro país no se cometan lo que él señala “constituyen fraudes electorales” por lo que, de tener conocimiento de algún hecho que pudiera actualizar dicho delito lo denunciaría, por lo tanto, la expresión que realizó está amparada en la libertad de expresión e información y no actualiza por sí misma alguna afectación al principio de equidad, imparcialidad y neutralidad que rige los procesos electorales, precisando que este tipo de expresiones no genera una distorsión en el mensaje principal.

 

103.   Por lo tanto, de conformidad con los razonamientos antes expuestos y al no haberse colmado el elemento objetivo de la jurisprudencia en análisis, esta Sala Especializada estima que no se actualiza la infracción denunciada.

 

2.     Vulneración a las normas que rigen la rendición de un informe de labores

 

104.   Marco Normativo. El artículo 242, párrafo 5 de la Ley General, establece una excepción a la regla constitucional prevista en el artículo 134, párrafo octavo de la Constitución Federal, el cual establece que el informe anual de labores o gestión de los servidores públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer se difundan en los medios de comunicación social, no serán considerados como propaganda prohibida, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

 

        Su difusión debe ocurrir sólo una vez al año.

        En medios con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público.

        No debe exceder de los siete días anteriores y cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe.

        No debe realizarse dentro del periodo de campaña electoral y;

        En ningún caso la difusión de tales informes debe tener fines electorales.

 

105.   Por otra parte, respecto al Informe de Labores del Presidente de la Republica, resulta relevante recordar que el artículo 69 de la Constitución Federal establece que, en la apertura de Sesiones Ordinarias del Primer Periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el titular del Ejecutivo Federal presentará un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país.

 

106.   En este sentido, en el artículo 7° de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se establece un procedimiento relacionado con la presentación del Informe de Labores del Presidente de la Republica, el cual es el siguiente:

 

        El primero de septiembre de cada año, a la apertura de las sesiones ordinarias del primer periodo del Congreso, asistirá el Presidente de la República y presentará un informe de conformidad con el artículo 69 de la Constitución Federal.

        Antes del arribo del Presidente de la República hará uso de la palabra un legislador federal por cada uno de los partidos políticos que concurran, representados en el Congreso. Estas intervenciones se realizarán en orden creciente, en razón del número de diputados de cada grupo partidista y cada una de ellas no excederá de quince minutos.

        El Presidente del Congreso contestará el informe en términos concisos y generales, con las formalidades que correspondan al acto. Esta sesión no tendrá más objeto que celebrar la apertura del periodo de sesiones y que el Presidente de la República presente su informe; en tal virtud, durante ella no procederán intervenciones o interrupciones por parte de los legisladores.

        Las Cámaras analizarán el informe presentado por el Presidente de la República. El análisis se desarrollará clasificándose por materias: en política interior, política económica, política social y política exterior.

        Las versiones estenográficas de las sesiones serán remitidas al Presidente de la República para su conocimiento.

 

107.   Caso concreto. Para efectos del análisis de fondo en el presente asunto, es necesario recordar que el PAN denunció la supuesta rendición de un informe de labores fuera de los tiempos establecidos por la normativa electoral, lo anterior, derivado de la realización y difusión del evento denominado “2º Año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”, el pasado primero de julio en las instalaciones de palacio nacional.

 

108.   Al respecto, esta Sala Especializada estima que no se actualiza la infracción denunciada, en razón de que, el evento denunciado no corresponde al informe de labores que rinde el Presidente de la República, de conformidad con el artículo 69 de la Constitución Federal, en relación con el 7° de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sino más bien, el evento denunciado, como ya se mencionó, consiste en un ejercicio de rendición de cuentas de la actual administración federal en donde se busca informar a la ciudadanía respecto de las acciones que la actual administración está realizando, el cual en principio resulta válido, pues mediante estos ejercicios la sociedad obtiene información sobre políticas públicas, programas sociales, pero además se informa de la forma en que se están aplicando los recursos públicos y como se dijo, la eficacia y eficiencia en su aplicación, lo que abona a tener una sociedad más y mejor informada.

 

109.   Es decir, el ejercicio de rendición de cuentas es un dialogo entre las autoridades que explican y justifican sus acciones y planes de trabajo ante la ciudadanía, por lo que, este ejercicio se constituye como la piedra angular del sistema de normas que rigen la relación entre los titulares de deberes que ocupan cargos de autoridad y los titulares de derechos que se ven impactados por sus decisiones.

 

110.   Aunado a ello, la rendición de cuentas representa un papel fundamental en el derecho a la información que tiene la ciudadanía, pues mediante estos ejercicios la sociedad obtiene información sobre políticas públicas, programas sociales, implementación de impuestos, entre otros temas, lo que abona a tener una sociedad más y mejor informada.

 

111.   Ahora bien, por lo que hace al informe de labores, también es un ejercicio de rendición de cuentas por parte de quien detenta un cargo público y además, normativamente se encuentra obligado a hacerlo, como ocurre en el caso del Presidente de la República; sin embargo, tiene algunos matices específicos que generan diferencias entre éstos; es decir, todo informe de labores es un ejercicio de rendición de cuentas, pero no todo ejercicio de rendición de cuentas puede ser considerado como informe de labores.

 

112.   Se llega a tal determinación, porque las características que separan a uno de otro, en el caso del Presidente de la República, la encontramos en el artículo 69 de la Constitución Federal y el 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales establecen el procedimiento protocolario que debe seguirse para la presentación del informe de labores, a saber:

 

 

PRESENTACIÓN

a)     El Presidente de la República tiene la obligación de presentar un informe de labores.

b)     Este informe de labores debe versar sobre el estado general que guarda la administración pública del país.

c)     Debe ser entregado en la apertura de Sesiones Ordinarias del Primero Periodo de cada año de ejercicio del Congreso de la Unión.

 

 

GLOSA

a)     Antes de la entrega o pronunciamiento del informe de labores, un legislador por cada partido político con representación en el Congreso de la Unión hará uso de la voz, sin exceder de 15 minutos.

b)     Entregado o pronunciado el informe de labores, y celebrada la apertura del periodo de sesiones, sin intervención alguna se levantará la sesión.

c)     Posteriormente el Presidente del Congreso de la Unión contestará el informe en términos concisos y generales.

d)     Enseguida, las Cámaras analizarán de manera detallada el informe presentado por el Presidente de la República.

e)     Las temáticas de análisis serán: política interior, política económica, política social y política exterior.

f)       Los legisladores podrán solicitar que determinado Secretario de Estado comparezca en caso de que tenga dudas en algún rubro del informe de labores.

 

113.   Así, es claro que el matiz de diferenciación lo encontramos precisamente en el protocolo pormenorizado que guarda el informe de labores, pues en ese caso se cumple con un deber constitucional y con el procedimiento antes referido, situación que en el presente asunto no acontece, al tratarse de un ejercicio de rendición de cuentas válido amparado por la libertad de expresión del Ejecutivo Federal, y el derecho de la ciudadanía a la rendición de cuentas y el acceso a la información.

 

114.   Por lo tanto, esta Sala Especializada estima que no se actualiza la infracción denunciada.

 

115.   Similar criterio asumió este órgano jurisdiccional al resolver el expediente relativo al procedimiento especial sancionador SRE-PSC-69/2019.

 

3.     Uso indebido de recursos públicos

 

116.   Marco normativo. El artículo 134, párrafo 7 de la Constitución Federal, determina que las y los servidores públicos tienen la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, para evitar influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

 

117.   Esto es, el propósito de tal precepto es claro en cuanto dispone que las y los servidores públicos deben actuar con suma cautela, cuidado y responsabilidad en el uso de recursos públicos (económicos, materiales y humanos), que se les entregan y disponen en el ejercicio de su encargo, es decir, que destinen los recursos para el fin propio del servicio público correspondiente.

 

118.   En este sentido, el párrafo séptimo del artículo 134 establece una norma constitucional que prescribe una orientación general para que todos los servidores públicos de la Federación, los Estados y los municipios, así como de la Ciudad de México y sus alcaldías, que tengan bajo su responsabilidad recursos de origen público, los apliquen con imparcialidad, salvaguardando en todo momento la equidad en la contienda electoral.

 

119.   Es decir, si bien el aludido precepto constitucional hace referencia a que los recursos públicos sean utilizados sin influir en la contienda electoral, también es posible desprender la exigencia que se dé una actuación imparcial de los servidores públicos, con el objeto de que ningún partido, candidato o coalición obtenga algún beneficio que pueda afectar el equilibrio que debe imperar en una contienda electoral[104].

 

120.   En conclusión, es evidente que la esencia de la prohibición o restricción constitucional consiste en que no se utilicen recursos públicos para fines distintos a los que legalmente tienen encomendados.

 

121.   Caso concreto. Para efectos del análisis de fondo en el presente asunto, es necesario recordar que el PAN denunció el supuesto uso indebido de recursos públicos, lo anterior, derivado de la realización y difusión del evento denominado “2º Año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador”.

 

122.   Al respecto, esta Sala Especializada estima que no se actualiza la infracción denunciada, lo anterior, porque al considerar al evento denunciado como un ejercicio de rendición de cuentas válido, el cual no vulnera a la normativa electoral, se concluye que los recursos utilizados para llevar a cabo el evento referido fueron destinados para los fines de su propia naturaleza.

 

123.   Es decir, es verdad que existieron ciertas erogaciones y que requirieron de un cierto número de personas de dependencias de gobierno para la realización del evento, sin embargo, tales recursos no se destinaron, como ya se analizó con anterioridad, para promocionar indebidamente a un servidor público, sino que sirvieron y fueron utilizados para el desarrollo de un evento que se encuentra dentro de los parámetros constitucionales y legales en la materia electoral, al tratarse de un ejercicio de rendición de cuentas amparado por la libertad de expresión del Ejecutivo Federal, y el correlativo derecho de la ciudadanía a la rendición de cuentas de los servidores públicos y el acceso a la información.

 

124.   Por lo tanto, esta Sala Especializada estima declarar la inexistencia de la infracción denunciada.

 

125.   No pasa desapercibo para este órgano jurisdiccional que, de la lectura de la queja, el PAN argumenta que el evento denunciado había sido difundido derivado de un supuesto encadenamiento en radio y televisión a nivel nacional[105].

 

126.   Al respecto, este órgano jurisdiccional estima que no se acredita tal hecho, lo anterior, porque por un lado tanto el Presidente de la República, CEPROPIE, la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República y la Secretaría Particular del Presidente de la República no realizaron alguna orden de tal naturaleza y por otra parte, las concesionarias de radio y televisión implicadas en el presente asunto mencionan que no recibieron alguna instrucción u orden para realizar la difusión del evento denunciado.

 

127.   Por otra parte, por cuanto hace a los medios de comunicación digital que dieron cuenta del evento denunciado, se estima que la acción de dar cuenta del evento y el contenido de las notas constituyen un legítimo ejercicio periodístico, amparado por la libertad de expresión e información, ya que, los referidos medios de comunicación únicamente se limitaron a dar cuenta de lo sucedido el pasado primero de julio en Palacio Nacional.

 

 

 

 

 

 

4.     Vista

 

128.   Por último, del análisis al reporte emitido por la Dirección de Prerrogativas del INE se tiene que diversas concesionarias de radio y televisión difundieron de manera parcial y total el evento denominado “2º año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, del C. Andrés Manuel López Obrador” el pasado primero de julio, por tal razón, se ordena a la autoridad instructora el inicio de un procedimiento especial sancionador con la finalidad de que se investigue si las referidas concesionarias cumplieron con la difusión de las pautas que les corresponde a los partidos político nacionales y locales y/o autoridades electorales, tal y como en su momento les ordenó y notifico el INE[106].

 

129.   Para lo cual deberá adjuntarse en medio magnético, la totalidad de las

constancias que integran el expediente en que se actúa.

 

Por lo expuesto y fundado, se

 

RESUELVE:

 

PRIMERO. Se determina la inexistencia de las infracciones denunciadas atribuidas a Andrés Manuel López Obrador, al Director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales del Gobierno de la República, al Director General de Planeación y Administración de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República y al titular de la oficina de la Secretaría Particular del Presidente de la República, en los términos precisados en la presente ejecutoria.

 

SEGUNDO. Se da vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral, conforme a lo dispuesto en la presente sentencia.

 

NOTIFÍQUESE en términos de la normatividad aplicable.

 

En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto concluido y, en su caso, hágase la devolución de la documentación que corresponda.

 

Así lo resolvieron por unanimidad de votos, la Magistrada y los Magistrados, con el voto concurrente de la Magistrada Gabriela Villafuerte Coello, integrantes del Pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el Secretario General de Acuerdos, quien da fe.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementan la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación.


 

ANEXO ÚNICO

 

2° año del triunfo histórico democrático del pueblo de México

MODERADORA: Buenas tardes, damos la más cordial bienvenida al Presidente de la República, sean tan amables de tomar asiento, con motivo del segundo año del triunfo histórico democrático del pueblo de México, se encuentra en este recinto parlamentario el presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Andrés Manuel López Obrador.

 

También contamos con la presencia de la doctora Beatriz Gutiérrez Mueller, esposa del presidente de la República.

 

De los integrantes del Gabinete Legal y Ampliado del Gobierno de México y de quienes nos siguen por internet a través de las redes sociales en todo el mundo.

 

Sean todos bienvenidos.

 

Escuchemos el mensaje que dirige el licenciado Andrés Manuel López Obrador, presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

 

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Mexicanas, mexicanos, amigas, amigos todos.

 

Hoy se cumplen dos años de la memorable jornada cívica que nos permitió llegar, por mandato popular, a la Presidencia de la República. Cinco meses después tomamos posesión del cargo y desde entonces lo hemos venido ejerciendo en representación del pueblo, el mismo pueblo al que ahora rindo cuentas sobre lo alcanzado en estos primeros 19 meses de una nueva etapa en la vida pública de México.

 

Como es sabido, estamos llevando a cabo una auténtica transformación política, económica, social y cultural, guiados por los ideales y principios de la honestidad, la justicia, la libertad, la democracia y la fraternidad.

 

Me gustaría explicar de manera sencilla lo que hemos logrado desde que somos gobierno:

 

Nunca se ha reprimido al pueblo ni hemos permitido masacres; se eliminó la tortura y otras violaciones a los derechos humanos que eran prácticas habituales; se está haciendo justicia en el caso de los jóvenes de Ayotzinapa; se atiende a víctimas de la violencia y del neoliberalismo, como el caso lamentable de la Guardería ABC de Hermosillo, Sonora; se eliminó el CISEN, los sistemas de espionaje político y al Estado Mayor Presidencial; no se espía ni se persigue a nadie y la oposición se manifiesta con libertad; nunca, en más de un siglo, se había insultado tanto a un presidente de la república, y la respuesta ha sido la tolerancia y la no censura; no se permite la corrupción y se redujo en 95 por ciento el robo de combustibles; las grandes corporaciones nacionales y extranjeras han pagado adeudos pendientes a la hacienda pública; quedó prohibida la condonación de impuestos; se han presentado denuncias penales contra falsificadores de facturas; y se convirtió en delito grave la defraudación fiscal.

 

La austeridad del gobierno es una realidad; la presidencia dispone de un presupuesto, 70 por ciento menor al ejercido por la anterior administración; se redujeron los sueldos de los altos funcionarios en 50 por ciento y se eliminó el uso de aviones y helicópteros; los servidores públicos ya no disponen de servicio médico privado ni de caja de ahorro especial con cargo al erario; se cancelaron las pensiones millonarias a expresidentes de la república; solo estamos dejando lo necesario de la estructura administrativa; no hay derroche y se terminó el lujo insolente en el gobierno.

 

Se han ahorrado alrededor de 270 mil millones de pesos en compras y contratos de obras y servicios; un ejemplo, el aeropuerto Felipe Ángeles nos va a costar 220 mil millones de pesos menos que el proyectado en Texcoco. Ya comenzamos la construcción de 922 kilómetros de vías férreas para el Tren Maya; estamos reconstruyendo seis refinerías y construyendo una nueva en Dos Bocas, Paraíso, Tabasco, para que en 2023 alcancemos la autosuficiencia en gasolinas y diésel, y dejemos de importar estos combustibles. Se recuperó la producción petrolera; ya estamos extrayendo un millón 753 mil barriles diarios y hemos aumentado las reservas probadas en 172 millones de barriles, 2.45 por ciento más de lo que había cuando llegamos al gobierno. Esta restitución de reservas no se había logrado en una década.

 

Inició el proyecto del corredor del Istmo de Tehuantepec con la ampliación de los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos, la modernización del ferrocarril del Pacífico al Golfo de México y la creación de diez parques industriales en esa franja estratégica para la industria y el comercio internacional. Continúa el plan de apoyo fiscal y de estímulos económicos en la frontera norte del país.

 

Hemos dado mantenimiento a 52 mil kilómetros de carreteras y se modernizan 300 kilómetros más. Se han construido 422 kilómetros de caminos de concreto con mano de obra comunitaria en municipios de Oaxaca; terminamos el tren urbano de Guadalajara y se continúa construyendo el de Toluca-Ciudad de México; hemos concluido dos presas para riego y de protección ante inundaciones y trabajamos en dos más; se han mejorado, ampliado o construido 17 mil 974 viviendas para familias pobres; se han hecho obras de mejoramiento urbano en colonias populares de 17 municipios. Están rehabilitándose con la participación de madres y padres de familia 50 mil escuelas; se han creado 100 universidades públicas; se inició la creación del complejo artístico y cultural Los Pinos, que incluye todo el Bosque de Chapultepec, así como el parque ecológico del Lago de Texcoco con una inversión autorizada para ambas obras de mil 600 millones de pesos.

No se han otorgado nuevas concesiones mineras, no se permite el uso de semilla de maíz transgénico ni las prácticas del fracking. En todas las obras que estamos realizando se consulta a las comunidades y se respeta el medio ambiente. En ningún país del mundo se están sembrando como en México un millón de hectáreas de árboles frutales y maderables.

 

En materia de salud se han terminado 32 hospitales; hemos contratado a 46 mil 954 trabajadores de la salud. Ciertamente, no se puede hablar de salud sin hacer referencia a la pandemia del coronavirus, una crisis sanitaria mundial que nadie esperaba y para la que ningún país estaba preparado. Lamento, antes que nada, que muchos hayan perdido la vida a consecuencia del COVID-19 y envío desde aquí nuestras condolencias a sus familiares.

 

Pero señalo también que hemos logrado reducir la intensidad del contagio, que pudimos ampliar a tiempo la infraestructura de salud con camas, ventiladores y otros equipos, y que se capacitó en un breve tiempo a decenas de miles de profesionistas médicos y de trabajadores hospitalarios. Afortunadamente, como resultado de ese esfuerzo, en que ha colaborado personal civil y militar, médico y administrativo, especialistas, enfermeros, enfermeras, camilleros e ingenieros, personal diplomático, tripulaciones de aviación y trabajadores aeroportuarios, todos por igual, ningún enfermo se ha quedado sin ser atendido, nadie ha sido discriminado y el servicio médico se ofrece de manera gratuita; también informo que del número total de afectados por la pandemia se han recuperado  198 mil 320, muchos de ellos, gracias a la entrega humanitaria ejemplar de los médicos, de las enfermeras y del personal de salud en general.

 

Agradezco la solidaridad de los gobiernos de Cuba, de China y de Estados Unidos; así como el apoyo de las empresas privadas nacionales dedicadas a la salud y de las organizaciones de la sociedad civil.

 

Desde luego, la mitigación de los efectos perniciosos de la pandemia en la salud de las personas y en la economía no sería posible sin una población que en su gran mayoría se ha comportado con sensatez, disciplina y mucha generosidad. No han sido menores los sacrificios que la sociedad ha tenido que hacer para reducir el peligro de una curva pronunciada que habría significado el desbordamiento del sistema de salud. Pero se ha informado con transparencia y precisión, el país ha comprendido la naturaleza del riesgo que enfrentamos, ha acatado casi siempre las recomendaciones de los expertos y entre todos estamos saliendo delante de esta difícil circunstancia.

 

Hemos comenzado a promover la recuperación económica, mediante el apoyo a los más pobres y a las pequeñas empresas y negocios; en solo tres meses, hemos otorgado un millón 278 mil créditos y llegaremos a cuatro millones; se está impulsando la creación de dos millones de empleos nuevos. Ocho millones de adultos mayores reciben puntualmente su pensión, lo mismo que 745 mil niñas y niños con discapacidad.

 

Se otorgan 11 millones de becas para estudiantes pobres de todos los niveles escolares; 409 mil jornaleros reciben un salario para trabajar en sus propias parcelas en el programa Sembrando Vida; 600 mil jóvenes están contratados como aprendices y 350 mil han concluido su capacitación; dos millones 400 mil campesinos y pescadores reciben apoyos directos en efectivo; se compran los productos del campo a precios de garantía y se ofrece en 31 mil 500 tiendas y lecherías una canasta básica de alimentos a precios bajos; por dos años se han entregado fertilizantes gratuitos a todos los productores de Guerrero; en fin, este año la inversión que llegará de manera directa a la gente alcanzará los 650 mil millones de pesos, cantidad que nunca habían recibido, sobre todo, los más pobres y olvidados de México.

 

La pandemia precipitó la crisis del modelo neoliberal; y a diferencia de otros tiempos, nuestra estrategia para remontar la caída de la economía ha sido radicalmente distinta. En vez del sofisma neoliberal según el cual, “si llueve fuerte arriba gotea abajo” —como si la riqueza fuera permeable y contagiosa—, ahora nosotros destinamos los apoyos para el bienestar empezando por la base de la pirámide social y de allí hacia su cúspide.

 

Antes de la crisis sanitaria, 18 millones de hogares, de un total de 32 millones, eran beneficiados de cuando menos uno de los programas sociales en curso; es decir, el 55 por ciento del total de familias. Ahora nos hemos propuesto para finales de este año, llegar a 25 millones de hogares, el 70 por ciento del total del país.

 

Aclaro tres cuestiones; primero que los de abajo, los de la base piramidal reciben más beneficios porque se trata de los pobres y no puede haber trato igual entre desiguales. A ellos les puede corresponder más de un apoyo y se atiende a casi el 100 por ciento de las familias, en particular, a las comunidades indígenas; lo segundo es que en el 70 por ciento de la población preferente se contempla también la protección a los trabajadores al servicio del Estado, maestros, médicos, enfermeras, soldados, marinos, oficinistas, administradores, técnicos, obreros y empleados de Pemex, la Comisión Federal de Electricidad y otras empresas públicas. En fin, este segmento de 25 millones de hogares, equivalente al 70 por ciento de la población, va desde los muy pobres hasta la clase media-media.

 

Con esta inyección de recursos rápida y directa a las familias se está fortaleciendo la capacidad de compra o de consumo de la gente y con ello estamos reactivando pronto la economía.

 

También estamos persuadidos que un gobierno democrático, aun cuando por justicia debe darle preferencia a los más necesitados, tiene la obligación de procurar el bienestar de todas las personas; de modo que es necesario aclarar lo que estamos haciendo por el restante 30 por ciento de las familias que se ubican de la clase media alta hasta las personas de mayores ingresos en el país.

 

Por orden de importancia sostengo que el principal beneficio que estamos dando, con respeto y responsabilidad, a este sector de la población, reside en conseguir la paz y la tranquilidad en México.

 

Como todos sabemos, ningún mal se equipará a la violencia y nada es más valioso que vivir en paz. Todos los días desde las seis de la mañana y, de lunes a viernes, realizamos en Palacio Nacional reuniones del gabinete integrado por los secretarios de Gobernación, Defensa, Marina y Seguridad para recibir reportes del país sobre esta materia y tomar decisiones que permitan enfrentar los distintos delitos que se cometen: homicidios, feminicidios, secuestros, asaltos, robos y otros agravios, así como violaciones a los derechos humanos. Pero lo más efectivo es precisamente lo que hacemos en el tema de atender las demandas de los más pobres y marginados, en el entendido que la paz es fruto de la justicia.

 

Esta nueva política de seguridad empieza a dar resultados: durante el tiempo que llevamos en el gobierno hemos podido mantener, sin aumento sensible, el delito de homicidio y hemos roto la tendencia histórica de su crecimiento. Así mismo se han reducido considerablemente el resto de los ilícitos en comparación con noviembre de 2018; por ejemplo, el robo de vehículo ha disminuido en 41 por ciento, el secuestro en 25 por ciento, el robo a transporte público colectivo en 58 por ciento, el robo a transporte público individual en 36 por ciento, el robo a casa habitación en 27 por ciento, el robo a negocio 24 por ciento, el robo a transeúnte 45 por ciento, y así en casi todos los delitos. Aclaro que todo esto se ha hecho con trabajo conjunto, en particular, del Gabinete de Seguridad; agradezco mucho el apoyo y la lealtad de las Fuerzas Armadas, de manera especial el apoyo del General secretario de la Defensa y del Almirante secretario de Marina, de todos los servidores públicos encargados de esta tarea han actuado con perseverancia, profesionalismo, rectitud, inteligencia y no como era antes, solo con el uso de la fuerza. Aquí destaco que ahora, a diferencia de otros tiempos, en los enfrentamientos entre elementos del orden y las bandas de la delincuencia, son más los heridos y detenidos que los muertos; es decir, se acabó el “remátalos”, “el mátalos en caliente” y la orden de que “ustedes hagan su trabajo y nosotros nos encargamos de los derechos humanos”.

 

Pero nuestro modelo no solo significa bienestar y seguridad para la paz y la tranquilidad de todos los mexicanos también ofrece al 30 por ciento de la población con mejores condiciones económicas la posibilidad de hacer negocios, obtener ganancias lícitas y progresar sin trabas o ataduras. Señalo, de paso, que se combate sin excepciones ni favoritismos, la corrupción y la impunidad y que existe un auténtico Estado de Derecho. Además, no hemos aumentado impuestos ni el precio de las gasolinas, el diésel, el gas y la electricidad. Agrego que, en los proyectos de extracción de petróleo, generación de energía eléctrica y construcción de vías férreas, puertos, carreteras y otras obras y servicios públicos participan compañías cuyos dueños, en su mayoría, son empresarios mexicanos.

 

Pero, sobre todo, los sectores de mayores ingresos se ven beneficiados con el fortalecimiento de la capacidad de consumo de las clases populares, las cuales, al elevar su poder adquisitivo, fortalecen el mercado nacional, lo que a su vez mejora el panorama para la industria, el comercio y los servicios. Atendemos a los pobres por convicción y por humanismo, pero también lo hacemos porque creemos que si destinamos recursos a los menos favorecidos habremos de lograr una más rápida reactivación de la economía para salir de la crisis. Además de la experiencia propia, repito aquí lo que sostenían Ricardo Flores Magón, Juan Sarabia y otros revolucionarios en el Plan Liberal de 1906; decían: “…cuando el pueblo es demasiado pobre, cuando sus recursos apenas le alcanzan para mal comer, consume solo artículos de primera necesidad, y aun estos en pequeña escala…” y, al mismo tiempo, aseguraban “cuando los millones de parias que hoy vegetan en el hambre y la desnudez coman menos mal, usen ropa y calzado y dejen de tener petate por todo ajuar, la demanda de mil géneros que hoy es insignificante aumentará en proporciones colosales y la industria, la agricultura, el comercio, todo será materialmente empujado a desarrollarse en una escala que jamás se alcanzaría mientras subsistieran las actuales condiciones de miseria general.”

 

Abundando sobre los beneficios que reciben y podrán acrecentar las familias de mejores ingresos en el país, destaca el enorme campo de negocios que abre la ratificación del tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá.

 

Por cierto, el día de hoy inicia su aplicación el T-MEC, en un momento por demás oportuno, pues la vecindad con la economía más fuerte del planeta en las circunstancias actuales de recesión global nos ayudará a impulsar nuestras actividades productivas y a crear nuevos empleos. Este es el motivo principal de mi próximo viaje a Estados Unidos de Norteamérica y mi encuentro con el presidente Donald Trump.

 

Es un hecho que el Tratado atraerá más inversión extranjera para la industria de exportación; se crearán más oportunidades de negocios para empresarios y comerciantes, así como puestos de trabajo mejor pagados en beneficio de técnicos y profesionales con altos niveles académicos. Ello, además de la generación de empleos para mujeres y hombres del Bajío y del norte del país; debe tenerse en cuenta que actualmente trabajan en las plantas maquiladoras tres millones de obreros y que, de ellos, un millón pertenece a la industria automotriz.

 

Agréguese que estas cadenas productivas integradas a Estados Unidos y Canadá se fortalecerán por los reacomodos que se están realizando en el comercio mundial. México es, pues, un país de oportunidades en el que sus habitantes de todas las clases sociales podrán gozar de bienestar, paz y felicidad.

 

Esta nueva estrategia, insisto, nos permitirá una recuperación pronta de la economía y empiezan a percibirse buenos resultados. Por ejemplo, a pesar de la pandemia, según datos del Sistema de Administración Tributaria (SAT), de enero a junio, los ingresos de las principales tiendas de autoservicio en el país (Walmart, Oxxo, Soriana, Chedraui y otras), sumaron 564 mil millones de pesos, cifra superior en 59 mil millones con relación al mismo periodo de 2019; es decir, vendieron 8.8 por ciento más en términos reales.

 

Las remesas que envían nuestros paisanos a sus familiares, según datos preliminares, se han incrementado durante el primer semestre de este año, también a pesar de la pandemia, en 10 por ciento con relación al mismo periodo del año pasado. Aquí abro un paréntesis para informar que hoy, el Banco de México, dio a conocer que las remesas del mes de mayo aumentaron en 18 por ciento con relación al mes de abril, lo cual refuerza mi pronóstico de que ya pasó lo peor de la crisis económica.

 

Además, la pérdida de empleos ya tocó fondo; en abril se dio de baja en el seguro social a 555 mil trabajadores; en mayo a 345 mil y en junio ya solo se perdieron 83 mil empleos. Estoy convencido que, en este mes de julio, si no aumenta el número de empleos cuando menos se mantendrán los 19 millones 500 mil trabajadores que hoy están inscritos en el seguro social.

Asimismo, la recaudación de impuestos, en el primer semestre del año, aumentó en 53 mil 643 millones de pesos; es decir, se mantuvo igual que el año pasado en términos reales; el peso se ha venido recuperando poco a poco y su depreciación, durante el tiempo que llevamos en el gobierno, ha sido del 12 por ciento; sin embargo, lo más importante es que hemos conservado con trabajo, honestidad y justicia, la gobernabilidad, la paz y la tranquilidad en el país, y  continúa encendida la llama de la esperanza.

 

La mayoría de los mexicanos están conscientes de que estamos enfrentando momentos difíciles, pero existe una inquebrantable fe en la transformación política, económica, social y cultural que hemos iniciado desde abajo y entre todos.

 

Muchos, millones de mexicanos, hombres y mujeres, saben que lo más importante de todo es desterrar por completo la corrupción que imperaba en los gobiernos neoliberales. Muchos, afortunadamente, no olvidan que la deshonestidad en el servicio público y el contubernio entre el poder político y el poder económico ha sido la causa principal de la desigualdad, de la violencia y de la degradación pública.

 

Por eso nada nos detendrá en el propósito de transformar a México por la vía pacífica, de manera rápida y profunda. Sostengo que, para el primero de diciembre de este año estarán ya establecidas las bases de la nueva forma de hacer política. Para entonces habremos terminado con las principales reformas legales y quedarán asentadas en la consciencia ciudadana las ideas de justicia, honestidad, austeridad, bienestar y democracia.

 

Sobre esto último, hoy, primero de julio, día que para muchos es sinónimo de democracia, expreso que aun cuando hemos avanzado haciendo valer el principio de la separación de poderes, el Estado de Derecho, la aplicación de la revocación de mandato y la abolición de fueros e inmunidades de los servidores públicos y aunque es evidente que existe una mayor participación ciudadana, todavía nos falta erradicar por completo el fraude electoral y convertir el apego a los principios democráticos, en cimiento inamovible de nuestra cultura cívica.

 

Por eso he dicho que, en las próximas elecciones, sin dejar de respetar las decisiones de los órganos electorales autónomos, como el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, vamos a estar todos atentos para que las elecciones sean verdaderamente libres y limpias.

 

Cuando hace unos días expresé este compromiso por la democracia, algunos se molestaron y empezaron a vociferar que eso era intromisión, injerencia.

 

Olvidan que la democracia implica, en primer lugar, el respeto al mandato del pueblo, un mandato que en el pasado reciente fue atropellado por las prácticas del fraude impulsadas desde la cúspide de los poderes político y económico y solapadas por las autoridades electorales. Por ello, desde el 1 de diciembre de 2018, dejamos en claro que no incurriríamos en esas acciones abyectas, que observaríamos una estricta imparcialidad partidista y que respetaríamos los resultados electorales de cualquier signo.

 

Pero también reitero que actuaremos denunciando sin titubeos y firmeza el fraude electoral, con el mismo criterio que sostuvo Francisco I. Madero y que expresó en Ciudad Juárez en 1911 tras el triunfo de la Revolución, en una declaración de prensa en la que sostuvo: Al subir yo al poder, voy encarnando dos principios: uno de ellos, sancionado ya por la Constitución, y que de mi depende que se cumpla, y que es el de la No Reelección. Otro el Sufragio Efectivo. Para lograr este último se necesita reformar la ley electoral y esto depende principalmente del pueblo. Pero yo me voy a constituir en el principal guardián de esa prerrogativa popular y consideraré que mi principal deber es facilitar la libre manifestación de la voluntad popular, a fin de que las leyes sean genuina expresión de esa voluntad. En una palabra, voy a ser el principal amigo y defensor de las libertades del pueblo. Por los momentos históricos porque atraviesa México, considero secundario todo lo demás.

 

Amigas y amigos: Gracias, gracias por seguir confiando en mí; el apoyo de ustedes ha sido fundamental para triunfar y enfrentar a la reacción conservadora. La victoria ha sido de todos, de los precursores y de los de ahora. El gobierno también es de todos, es del pueblo, para el pueblo y con el pueblo.

 

Les refrendo mi compromiso de continuar siendo fiel a los principios que nos inspiran de no mentir, no robar y no traicionar al pueblo.

 

En lo personal, deseo heredar a mis hijos honestidad, amor al prójimo y a la patria; y, en lo público, seguiré unido a muchos mexicanos que buscamos desterrar atrocidades, la peste de la corrupción y de la desigualdad social.

 

Vamos pues, todos juntos, a seguir luchando para vivir con dignidad, nosotros y las nuevas generaciones, en una sociedad más próspera, justa y fraterna. Y no dejemos de recordar lo que decía Lope de Vega: en “empresa de tanta gloria, solo intentarlo es victoria”.

 

¡Viva México!

¡Viva México!

¡Viva México!

 

MODERADORA: “Se les invita a permanecer de pie para entonar nuestro himno nacional” [Himno Nacional Mexicano] “Finalizamos este evento agradeciendo la asistencia del presidente de México, su esposa y funcionarios que lo acompañaron (aplausos) A continuación, el presidente de la República se dirige a la escolta de bandera para despedirse de nuestro lábaro patrio, muy buenas tardes”.


VOTO CONCURRENTE

Expediente: SRE-PSC-15/2020

Magistrada: Gabriela Villafuerte Coello

 

 

1.     Comparto la inexistencia de las infracciones, pero la visión jurisdiccional que he sostenido sobre las conductas del servicio público me orienta a realizar, en parte, un estudio diferenciado, a fin de determinar la naturaleza del mensaje y a partir de ello, estudiar las normas que rigen al servicio público (artículos 41 y 134 de la Constitución Federal y 242, párrafo 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales).

 

2.     En el caso, para definir la naturaleza del evento “2º año del triunfo histórico democrático del pueblo de México”, observo las características de su organización, logística y contenido.

 

2° año del triunfo histórico democrático del pueblo de México

 

3.     ¿En dónde y cuándo se realizó?

 

         Palacio Nacional.

         Miércoles, 1 de julio de 2020.

         A las 17:00 horas.

 

4.     ¿Quién lo organizó y por qué?

 

         La Oficina de la Presidencia de la República como parte de las actividades públicas que lleva a cabo el ejecutivo federal en materia de transparencia y rendición de cuentas.

 

5.     ¿Quién lo dirigió y cómo se desarrolló?

         Una voz femenina en off dio la bienvenida al presidente.

         La misma voz refirió la presencia de la doctora Beatriz Gutiérrez Múller e integrantes del gabinete legal y ampliado del Gobierno de México.

         Se vio la entrada del presidente de la Republica.

         Se dirigió al atril y comenzó su discurso que duró aproximadamente 45 minutos.

         Al finalizar, se escuchó el himno nacional y el presidente se despide.

 

 

6.     ¿Dónde se difundió?

         A través de las redes sociales del gobierno de México:

o        YouTube.

o        Facebook.

o        Twitter.

         En radio y televisión, a través de diversos concesionarios que decidieron difundir.

 

7.     Los temas que abordó fueron:

         Recordatorio de la jornada cívica que ocurrió hace 2 años.

         Logros alcanzados en los primeros 19 meses del gobierno.

         Caso Ayotzinapa.

         Atención a las víctimas de la “Guardería ABC”.

         Eliminación del CISEN y del Estado Mayor Presidencial.

         Implementación de la nueva política de seguridad.

         Cero tolerancia a la corrupción.

         Reducción en un 95% del robo al combustible.

         Prohibición de la condonación de impuestos.

         Cancelación de pensiones a expresidentes.

         Austeridad.

         Realización de las obras como el aeropuerto Felipe Ángeles, Tren Maya, la refinería Dos Bocas y 32 hospitales.

         Ampliación de los puertos de Salina Cruz y Coatzacoalcos.

         Apoyo fiscal en la frontera del país.

         Construcción de caminos en las comunidades de Oaxaca.

         Mejora urbana en colonias populares de 17 municipios.

         Complejo artístico y cultural “Los Pinos”.

         Condolencias a los familiares que perdieron alguna vida por COVID.

         Promover la recuperación económica mediante el apoyo a los más pobres y a las pequeñas empresas y negocios familiares.

         Pensión a niñas y niños con discapacidad, y adultos mayores.

         Salario para trabajar en sus propias parcelas en el programa Sembrando Vida.

         T-MEC.

         Revocación del mandato y la abolición de fueros o inmunidades a los servidores públicos.

 

    Dicho esto, veamos ¿qué es la propaganda gubernamental?

 

8.     Uno de los principios de la democracia desde el interior del poder público es la propaganda. Esa “visibilidad” del poder se refleja en las decisiones de transparentar y garantizar el ejercicio del derecho a la información de la ciudadanía, entre otras vertientes y razones.

 

9.     La vía propicia es a través de la comunicación institucional, la cual debe tener como fin dar a conocer a la ciudadanía: logros, programas, acciones, obras o medidas de gobierno, u opiniones. Por tanto, se trata de información de “interés público”.

 

10.  Podemos decir que la propaganda gubernamental es la forma de comunicación social que difunden los poderes públicos con la finalidad de informar a las y los gobernados sobre la actividad de sus representantes.

 

11.  Estaremos en presencia de propaganda gubernamental cuando:

 

        Exista emisión de un mensaje por integrantes del servicio o entidad pública.

        Que éste se realice mediante actos, escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y/o expresiones.

        Que su finalidad sea difundir logros, programas, acciones, obras o medidas de gobierno.

 

12.  El evento es una acción comunicativa gubernamental, que se inserta en esta dinámica de diálogo regular que tiene el presidente de México con la gente, donde de manera constante hace un balance de los proyectos, obras, programas y decisiones políticas que han tomado, acorde a los compromisos que realizó con el pueblo de México en su campaña, a 2 años de su triunfo electoral. Evento que transmitieron varios medios de comunicación social en el país, en ejercicio de la libertad de expresión, al haber considerado de relevancia periodística la difusión de los temas que se destacaron por el presidente de la República.

 

13.  Así, es posible considerar que esta labor comunicativa de información a la ciudadanía es un ejercicio cotidiano que tiene el presidente de México con la gente, respecto a las acciones, logros, programas, medidas, políticas públicas, etcétera, desde su llegada al gobierno; por ello, efectivamente es una vía de rendición de cuentas que, para mí, se identifica y tiene elementos de propaganda gubernamental.

 

 

14. Por esto, mi voto concurrente.

 

 

Voto concurrente de la magistrada Gabriela Villafuerte Coello. Este documento es una representación gráfica autorizada, con firma electrónica certificada; es válido, porque así lo dicen los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020.

 


[1] Presidente de la República.

[2] CEPROPIE.

[3]Los hechos que se narran en adelante corresponden al año dos mil veinte, salvo que se precise otra anualidad.

[4] INE.

[5] Acuerdo INE/CG83/2020 del Consejo General del INE; consultable en:https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/113880/CGex202004-01-rp-Unico.pdf

[6] Acuerdo INE/CG170/2020 del Consejo General del INE; consultable en: https://repositoriodocumental.ine.mx/pdfjsflipbook/web/viewer.html?file=/xmlui/bitstream/handle/123456789/114299/CGex202007-30-ap-1-gaceta.pdf?sequence=6&isAllowed=y

[7] Consultable en https://www.ine.mx/voto-y-elecciones/calendario-electoral/

[8] PAN.

[9] Autoridad instructora.

[10] La autoridad instructora consideró que, dadas las particularidades del presente asunto, los hechos denunciados pudieran tener un impacto nacional.

[11] Tal determinación no fue impugnada.

[12] Constitución Federal.

[13] Cabe precisar que, de las investigaciones realizadas por la autoridad instructora se obtuvieron indicios sobre la posible participación de CEPROPIE, la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República y la Secretaría Particular del Presidente de la República en la realización y difusión del evento denunciado, razón por la cual, fueron emplazados y llamados a juicio, dicha actuación realizada por la autoridad instructora tiene sustento en la jurisprudencia 17/2011 de rubro: PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR. SI DURANTE SU TRÁMITE, EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, ADVIERTE LA PARTICIPACIÓN DE OTROS SUJETOS, DEBE EMPLAZAR A TODOS. Jurisprudencia consultable en Consultable en la página de internet del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación: www.te.gob.mx.

[14] Sala Especializada.

[15] Cabe precisar que, fueron emplazados y llamados a juicio diversas concesionarias de radio y televisión respecto a la presunta orden encadenamiento sobre la difusión del evento denunciado, dicha actuación realizada por la autoridad instructora tiene sustento en la jurisprudencia 17/2011 de rubro: PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR. SI DURANTE SU TRÁMITE, EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, ADVIERTE LA PARTICIPACIÓN DE OTROS SUJETOS, DEBE EMPLAZAR A TODOS.

[16] Al momento de comparecer a la audiencia de pruebas y alegatos las concesionarias de radio y televisión Cadena Tres I, S.A. de C.V., Fórmula Radiofónica, S.A. de C.V., Imagen Telecomunicaciones, S.A. de C.V., Radio Centinela, S.A. de C.V., Radio Informativa, S.A. de C.V., Imagen Monterrey, S.A. de C.V., La B Grande FM, S.A. de C.V., Cadena Regional Radio Fórmula, S.A. de C.V., Radio Transmisora del Pacífico, S.A. de C.V., Transmisora Regional Radio Fórmula, S.A. de C.V., Compañía Internacional de Radio y Televisión, S.A., Administradora Arcángel, S.A. de C.V., Multimedios Televisión, S.A. de C.V., Televisión Digital, S.A. de C.V., Radio Uno, S.A. de C.V., argumentaron una indebida notificación del acuerdo de emplazamiento en contravención a lo establecido en el artículo 460 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, al respecto, este órgano jurisdiccional estima que al comparecer a la audiencia de pruebas y alegatos, las referidas concesionarias de radio y televisión hicieron valer las excepciones y defensas que consideraron procedentes respecto a los hechos denunciados, además de que ofrecieron las pruebas que estimaron convenientes en torno a los hechos e infracciones que se les imputan, de ahí que se considere que no se afectó su derecho a una debida defensa ni a su garantía de audiencia.

[17] De conformidad con la jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 25/2010 de rubro: PROPAGANDA ELECTORAL EN RADIO Y TELEVISIÓN. COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES PARA CONOCER DE LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES RESPECTIVOS.

[18] De conformidad con la jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 25/2015 de rubro: COMPETENCIA. SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN PARA CONOCER, SUSTANCIAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES.

[19] ACUERDO GENERAL 8/2020 DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, POR EL QUE SE REANUDA LA RESOLUCIÓN DE TODOS LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN.

[20] Sala Superior.

[21] Ley General.

[22] El contenido se analizará en el estudio de fondo del presente asunto.

[23] El contenido será analizado en el estudio de fondo de la presente resolución.

[24] Dirección de Prerrogativas.

[25] Foja 1677 del cuaderno accesorio dos.

[26] Foja 1948 del cuaderno accesorio dos.

[27] Foja 1097 del cuaderno accesorio uno.

[28] Foja 883 del cuaderno accesorio uno.

[29] Foja 1199 del cuaderno accesorio uno.

[30] Foja 891 del cuaderno accesorio uno.

[31] Foja 3281 del cuaderno accesorio tres.

[32] Foja 2961 del cuaderno accesorio tres.

[33] Foja 1155 del cuaderno accesorio uno.

[34] Foja 1791 del cuaderno accesorio dos.

[35] Foja 1121 del cuaderno accesorio uno.

[36] Cabe mencionar que, en la foja 765 del cuaderno accesorio uno obra un oficio en donde dicha concesionaria argumenta que derivado de una actualización del directorio de emisoras que representa, la concesionaria implicada en el presente asunto es “X.H.C.Z. 104.9 ABC RADIO”.

[37] Foja 1134 del cuaderno accesorio uno.

[38] Foja 1515 del cuaderno accesorio uno.

[39] Foja 1947 del cuaderno accesorio dos.

[40] Foja 1946 del cuaderno accesorio dos.

[41] Foja 1436 del cuaderno accesorio uno.

[42] Foja 889 del cuaderno accesorio uno.

[43] Foja 1438 del cuaderno accesorio uno.

[44] Cabe mencionar que, en la foja 893 del cuaderno accesorio uno obra un oficio en donde la referida concesionaria menciono lo siguiente: “si se difundieron los spots del primero de septiembre por ordenes de la Secretaria de Gobernación, además se recibió un oficio de suspensión de la transmisión de los referidos promocionales”, sin embargo, del análisis del referido oficio, así como de sus anexos se aprecia que la concesionaria dio respuesta a requerimientos que pertenecen a otra queja de la cual forma parte, por tal razón, es que posteriormente remitió un nuevo oficio para dar respuesta a lo solicitado en el expediente en que se actúa.

[45] Foja 2076 del cuaderno accesorio dos.

[46] Foja 1201 del cuaderno accesorio uno.

[47] Foja 1965 del cuaderno accesorio dos.

[48] Foja 1686 del cuaderno accesorio dos.

[49] Foja 1692 del cuaderno accesorio dos.

[50] Foja 2419 del cuaderno accesorio dos.

[51] Foja 1197 del cuaderno accesorio uno.

[52] Foja 1203 del cuaderno accesorio uno.

[53] Foja 1207 del cuaderno accesorio uno.

[54] Foja 1231 del cuaderno accesorio uno.

[55] Foja 887 del cuaderno accesorio uno.

[56] Foja 885 del cuaderno accesorio uno.

[57] Foja 2731 del cuaderno accesorio tres.

[58] Foja 1847 del cuaderno accesorio dos.

[59] Foja 2688 del cuaderno accesorio tres.

[60] Foja 1683 del cuaderno accesorio dos.

[61] Foja 2224 del cuaderno accesorio dos.

[62] Foja 2843 del cuaderno accesorio tres.

[63] Foja 1945 del cuaderno accesorio dos.

[64] Foja 1080 del cuaderno accesorio uno.

[65] Foja 3291 del cuaderno accesorio tres.

[66] Foja 1131 del cuaderno accesorio uno.

[67] Foja 1178 del cuaderno accesorio uno.

[68] Foja 1066 del cuaderno accesorio uno.

[69] Foja 2079 del cuaderno accesorio dos.

[70] Foja 2808 del cuaderno accesorio tres.

[71] Foja 1689 del cuaderno accesorio dos.

[72] Foja 1205 del cuaderno accesorio uno.

[73] Foja 1270 del cuaderno accesorio uno.

[74] Foja 3180 del cuaderno accesorio tres.

[75] Foja 1662 del cuaderno accesorio uno.

[76] Foja 2113 del cuaderno accesorio dos.

[77] Foja 2123 del cuaderno accesorio dos.

[78] Fojas 1236 y 1246 del cuaderno accesorio uno.

[79] Foja 1422 del cuaderno accesorio uno.

[80] Foja 1228 del cuaderno accesorio uno.

[81] Foja 1251 del cuaderno accesorio uno.

[82] Foja 1256 del cuaderno accesorio uno.

[83] Foja 3322 del cuaderno accesorio tres.

[84] Foja 1433 del cuaderno accesorio uno.

[85] Foja 1241 del cuaderno accesorio uno.

[86] Foja 1075 del cuaderno accesorio uno.

[87] Foja 1124 del cuaderno accesorio uno.

[88] Foja 927 del cuaderno accesorio uno.

[89] Foja 945 del cuaderno accesorio uno.

[90] Foja 918 del cuaderno accesorio uno.

[91] Foja 3193 del cuaderno accesorio tres.

[92] Foja 2338 del cuaderno accesorio dos.

[93] Foja 1664 del cuaderno accesorio uno.

[94] Foja 3264 del cuaderno accesorio tres.

[95] Foja 1404 del cuaderno accesorio uno.

[96] Foja 1296 del cuaderno accesorio uno.

[97] Foja 1077 del cuaderno accesorio uno.

[98] Foja 2179 del cuaderno accesorio dos.

[99] Foja 1030 del cuaderno accesorio uno.

[100] Foja 977 del cuaderno accesorio uno.

[101] Así lo ha considerado la Sala Superior en la jurisprudencia 38/2013 que en su rubro señala: SERVIDORES PÚBLICOS. SU PARTICIPACIÓN EN ACTOS RELACIONADOS CON LAS FUNCIONES QUE TIENEN ENCOMENDADAS, NO VULNERA LOS PRINCIPIOS DE IMPARCIALIDAD Y EQUIDAD EN LA CONTIENDA ELECTORAL.

[102] El contenido íntegro del referido evento puede consultarse en el ANEXO ÚNICO de la presente resolución.

[103] Se advierte que Andrés Manuel López Obrador a lo largo de su discurso realiza manifestaciones en primera persona, así como manifestaciones en tercera persona.

[104] SUP-JRC-678/2015 y SUP-JRC-55/2018.

[105] Según el artículo 255 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión todos los concesionarios de uso comercial, público y social que presten servicios de radiodifusión estarán obligados a encadenar las estaciones de radio y canales de televisión en el país cuando se trate de transmitir informaciones de trascendencia para la Nación, a juicio de la Secretaría de Gobernación.

[106] Esto es, verificar si los promocionales se difundieron en diferente versión a la programada, fuera de horario o en diferente orden.