ACUERDO DE SALA

EXPEDIENTE: SRE-PSC-108/2022

DENUNCIANTES: Partido Acción Nacional y Partido de la Revolución Democrática

PARTES INVOLUCRADAS: Adán Augusto López Hernández, titular de la Secretaría de Gobernación, y otras

MAGISTRADA: Gabriela Villafuerte Coello

PROYECTISTA: Karen Ivette Torres Hernández

COLABORÓ: Gloria Sthefanie Rendón Barragán

 

Ciudad de México, a diez de agosto de dos mil veintidós.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta el siguiente ACUERDO:

A N T E C E D E N T E S

I.               Primer trámite ante la Sala Especializada.

1.              1. Sentencia del procedimiento SRE-PSC-108/2022. El 16 de junio, este órgano jurisdiccional determinó, entre otras cuestiones, la inexistencia de la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, la promoción personalizada a favor del presidente de la República, la promoción de la revocación de mandato y el uso indebido de recursos públicos atribuidas a Mario Martín Delgado Carrillo, dirigente nacional de MORENA, porque de las constancias del expediente no se desprend que éste organizara los eventos en Coahuila y Sonora o que participara de manera activa o preponderante para promover el proceso revocatorio.

2.              De la publicación en la cuenta de Twitter del referido dirigente partidista de 25 de marzo, no se advirtieron elementos de propaganda gubernamental, ya que no la emitió una persona del servicio público y no hubo logros o acciones de gobierno.

3.              No se acreditó el uso de la aeronave de la Guardia Nacional para trasladarse a los eventos.

4.              Por cuanto hace a MORENA, se determinó la inexistencia de la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y la falta al deber de cuidado, porque no existió constancia de que organizara el evento de Torreón, Coahuila, tampoco reunió la calidad de servicio público, por lo que no puede emitir propaganda gubernamental en la revocación de mandato y, por tanto, promoción personalizada.

5.              Entonces, no faltó a su deber de cuidado por la conducta de su dirigente, ya que éste no cometió las infracciones que le denunciaron.

6.              Por último, se acreditó que el avión con matrícula XC-PFM fue utilizado por el secretario de Gobernación y el titular de la Guardia Nacional.

II.            Trámite ante la Sala Superior.

7.              1. SUP-REP-488/2022 y acumulados. El 20, 22 y 23 de junio, Hugo Gutiérrez Maldonado, secretario de Seguridad Pública del Estado de Veracruz, el PRD y Adán Augusto López Hernández, secretario de Gobernación, impugnaron la sentencia y el 13 de julio la Sala Superior revocó parcialmente la determinación de la Sala Especializada para la emisión de un nuevo fallo, con los parámetros establecidos por la superioridad.

III.          Segundo trámite ante la Sala Especializada.

8.       1. Remisión. Cuando llegó el expediente el magistrado presidente lo remitió a la ponencia de la magistrada Gabriela Villafuerte Coello, quien propuso el proyecto de acuerdo.

C O N S I D E R A C I O N E S

PRIMERA. Actuación colegiada.

9.              Este acuerdo tiene que ver con el trámite del asunto, por tanto, debe emitirse por las magistraturas que integran este órgano jurisdiccional[1].

 

SEGUNDA. Justificación para acordar en sesión no presencial.

10.           Se justifica el acuerdo de este asunto por videoconferencia, pues así lo aprobó la Sala Superior mientras persista la emergencia sanitaria[2].

TERCERA. Determinación de la Sala Superior.

11.           La Sala Superior revocó parcialmente la sentencia para los siguientes efectos:

“1. Que se analice de nueva cuenta la posible responsabilidad del dirigente nacional de Morena, Mario Martín Delgado Carrillo, así como de dicho partido político, con respecto a su posible participación en los eventos celebrados en Torreón, Coahuila y Hermosillo, Sonora, a partir de las constancias y pruebas que obran en el expediente, en los términos apuntados en el punto F de la consideración SÉPTIMA de esta resolución; y

2. Que se analice de nueva cuenta la posible responsabilidad por el posible uso indebido de recursos públicos de parte de los servidores públicos denunciados, concernientes a la utilización de la aeronave de la Guardia Nacional (matrícula XC-PFM), de conformidad con lo analizado por esta Superioridad, en el punto I, de la consideración SÉPTIMA de esta resolución”.

CUARTA. Mayores diligencias.

12.           Por tanto, esta Sala Especializada solicita a la autoridad instructora realice mayores diligencias de investigación con el fin de obtener información relacionada con la participación del dirigente de MORENA, de dicho partido político y sobre el uso de la aeronave, sin que sea limitativo:

13.           Requiera a Mario Martín Delgado Carrillo, dirigente nacional de MORENA, para que indique:

               Si organizó los eventos en Hermosillo, Sonora (a espaldas del teatro Emiliana de Zubeldía) y Torreón, Coahuila (Casino Condesa Real).

               Si conoce a las personas que organizaron los eventos en Hermosillo, Sonora y Torreón, Coahuila, y sus datos de localización.

               Si tuvo participación o, en su caso, cuál fue el tipo de intervención que tuvo en los eventos de Hermosillo, Sonora y Torreón, Coahuila.

               Si abordó o platicó temas relacionados con el proceso de revocación de mandato.

               Si se reconoce en la imagen de la publicación del medio informativo “Proyecto Puente” (@ProyectoPuente) de 4 de abril; precise las circunstancias de tiempo, modo y lugar, así como el motivo de su participación en dicho acto.

               Quién le invitó a participar en dicha concentración de personas.

Interfaz de usuario gráfica, Aplicación

Descripción generada automáticamente

               Si se reconoce en la siguiente fotografía que aparece en la nota periodística publicada desde el portal “Head Topics México de 3 de abril.

Un grupo de personas en un salón de clases

Descripción generada automáticamente con confianza media

               De ser afirmativa la respuesta anterior ¿cuál es el nombre del evento?

               ¿Quién lo invitó a participar?

               ¿Cuál fue la finalidad de su participación el 2 de abril en el evento del Casino Condesa Real, en Torreón, Coahuila?

               ¿Cuáles fueron las expresiones que pronunció en dicho evento cuando tuvo el uso de la voz y tomó el micrófono?

               ¿Usted dirigió o condujo el evento en el Casino Condesa Real, en Torreón, Coahuila?

               ¿Existen videos, imágenes o documentos que den fe de los hechos?

               Proporcione los documentos o constancias que acrediten sus dichos.

14.           Requerimiento a los medios de comunicación digital “El Universal” y “Head Topics México” a efecto de que proporcionen las grabaciones o videos completos de los eventos de Hermosillo, Sonora y Torreón, Coahuila.

15.           Requiera a MORENA a fin de que informe:

               Si organizó, tuvo participación, colaboración o coparticipación en los eventos en Hermosillo, Sonora y Torreón, Coahuila de 2 de abril.

               Si de manera anticipada tuvo conocimiento de la asistencia y participación de su dirigente nacional en los eventos.

               Si instruyó a Mario Martín Delgado Carrillo que participara en los eventos de Hermosillo, Sonora y Torreón.

               En su caso remita la documentación que pruebe su dicho.

16.           Requiera a MORENA Sonora y MORENA Coahuila a fin de que indique:

               Si organizó, tuvo participación, colaboración o coparticipación en los eventos en Hermosillo, Sonora y Torreón, Coahuila de 2 de abril.

               Si de manera anticipada tuvo conocimiento de la asistencia y participación de su dirigente nacional en los eventos.

               En su caso remita la documentación que pruebe su dicho.

17.           Requerimiento al Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora, para que señale:

               Si autorizó la celebración de un recorrido o mitin por el Boulevard Hidalgo, a la altura Plaza Zaragoza y en la calle Pino Suárez a espaldas del teatro Emiliana de Zubeldía, el 2 de abril a las 16:00 horas como se observa en la siguiente imagen:

               En caso de ser afirmativa su respuesta, señale si MORENA o Mario Martín Delgado Carrillo solicitaron permiso para realizar dicho evento con su militancia, simpatizantes o ciudadanía en general.

               Remitan la documentación o elementos audiovisuales que acrediten su dicho.

18.           Solicitud a la Unidad Técnica de Fiscalización:

               Comunique si MORENA nacional, MORENA Sonora y/o MORENA Coahuila, reportaron gastos por la organización y celebración de los eventos en Hermosillo, Sonora y Torreón, Coahuila, el 2 abril.

               En su caso remita la documentación que pruebe su dicho.

19.           Requerimiento al Centro de Convenciones y/o Casino Condesa Real para que informe:

               ¿Quién contrató el espacio para realizar la asamblea informativa “TORREÓN” el 2 de abril?

               En su caso proporcione fotografías, videos, contratos, facturas y demás documentación relacionada con los hechos.

20.           Requerimiento al Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a fin de que proporcione las facturas emitidas por el Centro de Convenciones y/o Casino Condesa Real con motivo de la realización del evento denunciado.

21.           Requerimiento a la dependencia, a la cámara o al gobierno donde laboraban las personas servidoras públicas involucradas en el presente procedimiento[3] (por conducto del área competente), para que informen si dicho funcionariado solicitó recursos públicos, si le fueron otorgados y si reportaron gastos por concepto de su traslado y asistencia a los eventos de Hermosillo, Sonora y Torreón, Coahuila, según corresponda.

22.           Requerimiento a Adán Augusto López Hernández, secretario de Gobernación federal, para que informe:

               Circunstancias de modo, tiempo y lugar de las reuniones de seguridad en Hermosillo, Sonora y en Torreón, Coahuila

               Proporcione bitácoras, actas, fotografías, videos o cualquier otro documento o medio de prueba que acredite la celebración de las reuniones de seguridad que justificaron el uso de la aeronave de la Guardia Nacional.

               Facilite los oficios de comisión a la reunión de seguridad en Hermosillo, Sonora y Torreón, Coahuila.

               Acredite su asistencia y participación en las mencionadas reuniones.

               De la bitácora proporcionada por la Guardia Nacional, se advierte la existencia de 13 personas pasajeras, mencione la identidad y en su caso, datos de localización de las 12 personas restantes que abordaron el 2 de abril la aeronave con matrícula XC-PFM.

               Precise si todas las personas asistieron a las reuniones de seguridad y el motivo del porqué viajaron juntas.

23.           Requerimiento a Luis Rodríguez Bucio, titular de la Guardia Nacional para que:

               Remita actas, minutas, bitácoras con horarios o lugares, así como cualquier otro documento u oficio que acredite que se llevaron a cabo las reuniones de seguridad pública que justificaron el uso de la aeronave con matrícula XC-PFM.

               Facilite los oficios de comisión a la reunión de seguridad en Hermosillo, Sonora y Torreón, Coahuila.

               Mencione la identidad y la calidad de las personas que abordaron la aeronave pública, ya que de acuerdo con la bitácora de viaje que se exhibió, se desprende que en el traslado de la Ciudad de México a Torreón abordaron la aeronave 11 personas pasajeras; de Torreón a Hermosillo 12 personas pasajeras y de Hermosillo a la Ciudad de México 13 personas pasajeras; así como sus datos de localización.

               Precise si todas las personas asistieron a las reuniones de seguridad y el motivo del porqué viajaron juntas.

               Informe si proporcionó transporte terrestre a las 13 personas que abordaron la aeronave para acudir a las asambleas informativas de Torreón, Coahuila y Hermosillo, Sonora.

               En caso de una respuesta afirmativa al inciso anterior, si éste fue de carácter oficial y remita la documentación que lo acredite.

24.           Requerimiento a Manuel Javier Francisco, comisario general de la Guardia Nacional, titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Transparencia, a fin de que informe la identidad y la calidad de las otras 11 personas que abordaron la aeronave XC-PFM, ya que él comunicó haber autorizado la utilización de dicho transporte para funcionariado público que se trasladaba a Torreón, Coahuila, y Hermosillo, Sonora[4].

25.           Requerimiento Alfonso Durazo Montaño, gobernador de Sonora, para que:

               Envíe actas, minutas, bitácoras con horarios o lugares, así como cualquier otro documento o probanza que acredite que se llevó a cabo la reunión de seguridad pública a la que invitó a Adán Augusto López Hernández, secretario de Gobernación.

               Informe si proporcionó transporte terrestre oficial al secretario de Gobernación para su traslado a la asamblea informativa que tuvo lugar a espaldas del teatro Emiliana de Zubeldía.

               Proporcione información y documentación que acredite la autorización para celebrar la asamblea informativa en Hermosillo, Sonora, a espaldas del teatro Emiliana de Zubeldía.

26.           Dichas diligencias son enunciativas y no limitativas. Si la UTCE advierte que de las respuestas proporcionadas quedan pendientes líneas de investigación por solventar, deberá realizar las actuaciones pertinentes para allegarse de información que genere certeza sobre los hechos denunciados[5].

27.           Para poder emitir una resolución conforme a Derecho, este órgano jurisdiccional estima necesario remitir a la autoridad instructora las constancias digitalizadas del expediente en que se actúa, debidamente certificadas, a efecto de que se realicen las diligencias ordenadas y en su momento el debido emplazamiento de todas las partes, con lo cual, se les deberá correr traslado con la totalidad de constancias que obren en el expediente digitalizado; lo anterior, con la intención de que agote a cabalidad su garantía de audiencia y debida defensa.

28.           Hecho lo anterior, la autoridad instructora remitirá las constancias recabadas a este órgano jurisdiccional, integrando los documentos y actuaciones adicionales que correspondan.

29.           Las constancias que integran el expediente SRE-PSC-108/2022 se resguardarán en el archivo jurisdiccional de este órgano colegiado y una vez recibidas las constancias que remita la autoridad instructora serán integradas al referido legajo y remitidas a la Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores de esta Sala Especializada (UEIEPES), para que se verifique la debida integración del expediente con el apoyo de la Subdirección “C”, y posteriormente devuelva el expediente a la Secretaría General de Acuerdos de este órgano jurisdiccional, en términos del Acuerdo General 4/2014 emitido por la Sala Superior.

30.           Cabe precisar que, con tal determinación, lo que se busca es maximizar la justicia pronta y expedita.

Conforme a lo anterior SE ACUERDA:

PRIMERO. Remítanse las constancias digitalizadas del expediente, debidamente certificadas a la autoridad instructora, para que realice las diligencias en los términos precisados.

SEGUNDO. Comuníquese el presente acuerdo a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFIQUESE, en términos de ley.

Así lo acordaron, por unanimidad de votos, las magistraturas que integran el Pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el secretario general de acuerdos, quien da fe.

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementan la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación.

1


[1] Con fundamento el artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como los diversos 46, fracción II y 47, primero y segundo párrafo, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

[2] Acuerdo General 8/2020 de la Sala Superior del TEPJF, por el que se reanuda la resolución de todos los medios de impugnación, consultable en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5602447&fecha=13/10/2020

[3] Adán Augusto López Hernández, secretario de Gobernación; Norma Rocío Nahle García, secretaria de Energía; Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, subsecretario de Seguridad Pública del gobierno federal; Luis Rodríguez Bucio, titular de la Guardia Nacional; Santana Armando Guadiana Tijerina, senador de la República; Alfonso Durazo Montaño, gobernador de Sonora; Carlos Manuel Merino, gobernador de Tabasco; Cuitláhuac García Jiménez, gobernador de Veracruz; Hugo Gutiérrez Maldonado, secretario de Seguridad Pública de Veracruz; y Javier Guerrero García, director de Operación y Evaluación del Instituto Mexicano del Seguro Social.

[4] Oficio GN/UAJT/0352/2022 visible en páginas 359 a 361, 528 a 530, del tomo principal del expediente.

[5] Atendiendo a los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad que rigen a los procedimientos administrativos sancionadores.