PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
EXPEDIENTE: SRE-PSC-553/2024
PARTE PROMOVENTE: Adolfo Arenas Correa
PARTE INVOLUCRADA: MORENA Partidos del Trabajo y Verde Ecologista de México, Claudia Sheinbaum Pardo, y otras personas
MAGISTRADA EN FUNCIONES: Mónica Lozano Ayala
PROYECTISTA: Georgina Ríos González
COLABORARON: María Fernanda Calderón Guerrero y Aranzazú Rosales Rojas
Ciudad de México, a quince de octubre de dos mil veinticuatro[1].
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación[2] dicta la siguiente SENTENCIA:
A N T E C E D E N T E S
I. Proceso electoral federal 2023-2024
1. El siete de septiembre de 2023 inició el proceso electoral federal en el que se eligió, entre otros cargos, la presidencia de México y las diputaciones federales y senadurías. Las etapas fueron[3]:
Precampaña: Del 20 de noviembre de 2023, al 18 de enero.
Intercampaña: Del 19 de enero al 29 de febrero.
Campaña: Del uno de marzo al 29 de mayo.
Jornada electoral: dos de junio.
II. Trámite del procedimiento especial sancionador
2. 1. Queja[4]. El 11 de diciembre de 2023, Adolfo Arenas Correa denunció la presunta comisión de actos anticipados de campaña atribuida a Claudia Sheinbaum Pardo (Claudia Sheinbaum) por la difusión del video “Claudia: el documental” en sus redes sociales Instagram, X, Facebook, y la presentación de dicho material en un evento realizado en el Teatro Metropólitan de la Ciudad de México el 28 de noviembre de 2023, que también se difundió en YouTube.
3. También denunció la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como el uso indebido de recursos públicos atribuido a las personas que se enuncian a continuación:
No. | Nombre | Cargo público al momento de los hechos denunciados | Asistencia a evento de presentación del documental denunciado | Publicación y difusión de contenidos relacionados con el documental en redes sociales
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1. | Luisa María Alcalde Luján (Luisa María Alcalde) | secretaria de gobernación |
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2. | Miguel Torruco Marqués (Miguel Torruco) | secretario de turismo |
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3. | Leticia Ramírez Amaya (Leticia Ramírez) | secretaria de educación pública |
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4. | Ana Lilia Rivera Rivera (Ana Lilia Rivera) | presidenta del senado | ||
5. | César Arnulfo Cravioto Romero (César Cravioto) | senador |
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6. | Alfredo Vázquez Vázquez (Alfredo Vázquez) | diputado federal | ||
7. | Nadine Gasman Zylbermann (Nadine Gasman) | presidenta de Instituto Nacional de las Mujeres |
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8. | Martí Batres Guadarrama (Martí Batres) | jefe de gobierno de la Ciudad de México | ||
9. | Myriam Vilma Urzúa Venegas (Myriam Urzúa) | secretaria de gestión integral de riesgos y protección civil de la Ciudad de México |
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10. | María Guadalupe Chávez Contreras (María Chávez) | diputada local de la Ciudad de México |
4. Finalmente denunció a MORENA por su falta al deber de cuidado.
5. 2. Registro de la queja[5]. El 12 de diciembre de 2023, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) de la Secretaría Ejecutiva del INE registró la queja y ordenó diversas diligencias de investigación.
6. 3. Admisión de la queja. El 28 de diciembre de 2023, la UTCE admitió la denuncia[6].
7. 4. Acuerdo de medidas cautelares[7]. El 29 de diciembre de 2023, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE las declaró improcedentes, al considerar que no se advertían elementos de alguna ilegalidad en materia electoral o que pusieran en riesgo la equidad de la contienda.
8. También declaró la improcedencia de las medidas, en su vertiente de tutela preventiva, al tratarse de actos futuros de realización incierta.
9. 5. Emplazamiento y audiencia de alegatos. El 29 de julio, la UTCE ordenó emplazar a las partes involucradas a la audiencia de ley[8], la cual se realizó el cinco de agosto[9].
III. Trámite ante la Sala Especializada
10. Recepción y turno. Cuando llegó el expediente, se revisó su integración y, en su oportunidad, el magistrado presidente le dio la clave SRE-PSC-553/2024 y lo turnó a la ponencia de la magistrada en funciones Mónica Lozano Ayala, quien lo radicó y propuso el proyecto de sentencia.
C O N S I D E R A C I O N E S
PRIMERA. Competencia
11. Esta Sala Especializada tiene facultad (es competente) para resolver el procedimiento especial sancionador porque se denunció la supuesta comisión de actos anticipados de campaña, la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, uso indebido de recursos públicos, y la falta al deber de cuidado, por diversas conductas que pudieron incidir en el proceso electoral federal 2023-2024[10].
SEGUNDA. Causales de improcedencia
12. Al comparecer al procedimiento MORENA, PVEM y Leticia Ramírez señalaron que la denuncia es infundada y frívola porque no se acreditan los hechos denunciados[11].
13. A juicio de esta Sala Especializada, no se actualiza la causal de improcedencia, porque la parte quejosa señaló las conductas que estimó contrarias a la normativa aplicable y aportó las pruebas que consideró pertinentes para acreditar su dicho[12], por lo que la determinación sobre si las conductas denunciadas constituyen o no infracciones electorales corresponde al estudio de fondo de este asunto.
TERCERA. Acusaciones y defensas
14. Adolfo Arenas Correa denunció[13]:
Claudia Sheinbaum difundió el video “Claudia: el documental” en sus redes sociales Instagram, X, Facebook, y presentó dicho material audiovisual en el Teatro Metropólitan de la Ciudad de México el 28 de noviembre de 2023.
El documental implica actos anticipados de campaña, porque se trata de propaganda electoral. En ese sentido, su difusión en las redes sociales de Claudia Sheinbaum vulneró las reglas de difusión de dicha propaganda y, por ende, afectó al modelo de comunicación política.
Diversas personas del servicio público federal y de la Ciudad de México asistieron al evento denunciado y también difundieron el documental referido en sus redes sociales, con lo cual incurrieron en la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como en el uso indebido de recursos públicos.
MORENA es responsable indirecto de los hechos denunciados.
15. Claudia Sheinbaum se defendió así[14]:
Con las pruebas del expediente no se acredita que los hechos denunciados constituyan violaciones a la normativa electoral.
En el video y publicaciones denunciadas no se advierten llamados expresos al voto a favor o contra una fuerza política, ni a través del uso de equivalentes funcionales.
El evento en el que se difundió el documental y las publicaciones denunciadas se dirigieron a la militancia, personas simpatizantes y Consejo Nacional de MORENA, pues su naturaleza es de tipo partidista.
En el documental y publicaciones denunciadas no se difundió alguna plataforma electoral, pues se trató de expresiones generales en las que no se hizo referencia a planes y proyectos.
No se vulneró el modelo de comunicación política puesto que la difusión del video no se hizo en medios de comunicación social, o a través de la pauta de MORENA, sino en redes sociales; además, el evento fue de tipo partidista, a puerta cerrada.
16. Ana Lilia Rivera indicó[15]:
La autoridad instructora no señaló que infracciones se le atribuyeron, pues no están individualizadas, ni indica el alcance de cada publicación en las redes sociales.
La publicación que se le atribuye tiene fines informativos, por lo que no vulneró la normativa electoral.
No usó recursos públicos para la difusión de la publicación y guardó prudencia discursiva en sus manifestaciones para no vulnerar los principios de imparcialidad y equidad.
Las expresiones que se le atribuyen están amparadas por el derecho a la libertad de expresión y cada persona es libre de acceder a los contenidos de las redes sociales.
La propaganda denunciada no constituye una infracción a la normativa electoral, pues se realizó en día y hora inhábil.
No asistió al evento en el que se presentó el documental, ni participó en la organización del evento.
17. Luisa María Alcalde se defendió así[16]:
Su participación en el evento denunciado fue a título personal, no como servidora pública.
No hay elementos que acrediten que vulneró la normativa electoral.
El evento denunciado no se dirigió al electorado, ni se emitieron expresiones a favor de una persona o candidatura o de rechazo a otras fuerzas políticas que vulneraran la equidad en la contienda.
No se acreditó que durante el evento se hiciera promoción a alguna plataforma electoral.
La Secretaría de Gobernación a su cargo no aportó recursos públicos para la realización del evento, por lo que no se acredita su uso de manera indebida.
18. Myriam Urzúa indicó[17]:
No vulneró los principios de la contienda electoral, pues no se acreditó que la finalidad de la publicación que se le atribuye fuera para influir en las preferencias electorales.
La publicación se realizó en ejercicio de su libertad de expresión y no contiene llamados expresos al voto, no promocionó alguna candidatura o partido político, ni tuvo el propósito de generar rechazo por alguna otra candidatura o fuerza política.
19. Martí Batres señaló[18]:
Durante la realización del evento no integró el presídium ni tuvo alguna participación activa, por lo que no incurrió en actos anticipados de campaña a favor de alguna persona.
El evento se realizó fuera de horario laboral y se centró en la proyección del audiovisual denunciado que no trascendió al proceso electoral, pues no contiene expresiones por las que se llamara al voto, ni exalta a personas o partidos políticos.
Las pruebas no acreditan que la realización del evento acreditara alguna infracción a la normativa electoral.
Asistió al evento en calidad de ciudadano y realizó la publicación en ejercicio de su libertad de expresión, a fin de compartir sus experiencias, por lo que la publicación no vulneró el principio de equidad en la contienda.
No se acreditó el uso indebido de recursos públicos derivado de la publicación denunciada, pues la realizó desde su cuenta personal de la red social.
Usó sus propios recursos para asistir al evento.
20. César Cravioto indicó[19]:
No vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad por su sola asistencia al evento, pues no realizó manifestaciones de apoyo electoral a favor de alguna persona.
21. MORENA se defendió así[20]:
Al no haber sido denunciado en la queja origen de este procedimiento no se justifica que haya sido emplazado.
De forma general se presume su responsabilidad por culpa in vigilando respecto de los hechos denunciados, pues la infracción se atribuye a personas del servicio público respecto de las cuales no tiene deber de cuidado.
Es falso que el documental actualice los actos anticipados de campaña denunciados.
El documental se dirigió a la militancia de MORENA, no se difundió de manera masiva, sino en redes sociales, y carece de elementos que permitan identificarlo como propaganda proselitista.
Las publicaciones denunciadas se realizaron en apego al derecho a la libertad de expresión.
Las pruebas no acreditan el uso indebido de recursos públicos.
Es falso que Claudia Sheinbaum y MORENA realicen actividades contrarias a la constitución y la ley.
En el documental y en las publicaciones de Claudia Sheinbaum no se advierten llamados expresos al voto, ni posicionamientos a favor o contra de alguna fuerza política, por lo que están amparadas en el derecho a la libertad de expresión y a la información.
Las publicaciones dan cuenta de expresiones y opiniones sobre el proceso interno de precampaña, sin que se desprendan expresiones que puedan constituir actos anticipados de campaña.
No se acredita el uso de recursos públicos en los hechos denunciados.
Debe operar en su favor el principio de presunción de inocencia.
22. El PVEM señaló[21]:
Al momento de la difusión de las publicaciones Claudia Sheinbaum no tenía ningún tipo de relación con el PVEM, por lo que no se le puede atribuir responsabilidad respecto de los hechos denunciados.
No realizó ni ordenó la producción y difusión del documental denunciado.
Hay constancias que prueban que el documental fue producido por MORENA; además, en el video se observa una leyenda que indica que el contenido del video estuvo dirigido a las personas militantes y simpatizantes de dicho partido.
El partido no tiene deber de cuidado respecto de ninguna de las personas denunciadas, por lo que se debe aplicar el principio de presunción de inocencia a su favor.
23. María Chávez señaló[22]:
Acudió al evento en calidad de ciudadana, sin usar recursos públicos para tal efecto.
No tuvo una participación en el evento, ni usó su cargo público, por lo que no vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad.
24. Leticia Ramírez indicó[23]:
No realizó promoción alguna a favor de algún partido político con alusión a programas sociales.
No vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, ni uso recursos públicos para promocionar candidatura alguna.
25. El PT manifestó[24]:
No es responsable de la actuación de las personas del servicio público denunciadas.
26. Nadine Gasman señaló[25]:
Acudió a la presentación del documental en su calidad de ciudadana, por sus propios medios, fuera del horario laboral, sin que su asistencia interviniera en sus actividades como servidora pública, por lo que no usó indebidamente recursos públicos.
Desconoce quien organizó el evento y las personas que asistieron.
CUARTA. Pruebas y hechos acreditados[26]
27. En el expediente se acreditó:
La existencia y difusión del video “Claudia: el documental” en el Teatro Metropólitan de la Ciudad de México, así como en las redes sociales de Claudia Sheinbaum (cuyo contenido se insertará y analizará en el estudio de fondo)[27].
La realización del evento en el Teatro Metropólitan, el 28 de noviembre de 2023, en el que se presentó el audiovisual referido.
Es un hecho público y notorio[28] que Luisa María Alcalde, Miguel Torruco, Leticia Ramírez, Ana Lilia Rivera, César Cravioto, Alfredo Vázquez, Nadine Gasman, Martí Batres, Myriam Urzúa y María Chávez tenían la calidad de personas del servicio público al momento de los hechos denunciados. Además, así lo reconocieron en sus escritos de contestación de requerimientos y alegatos.
Claudia Sheinbaum, Ana Lilia Rivera, Alfredo Vázquez, Martí Batres y María Chávez difundieron publicaciones en sus redes sociales (de las cuales son administradores) relacionadas con la difusión del documental denunciado.
QUINTA. Marco normativo
Actos anticipados de precampaña y campaña
28. Conforme al artículo 3, párrafo 1, incisos a), y b) de la Ley Electoral, los actos anticipados de precampaña son las expresiones que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento durante el lapso que va desde el inicio del proceso electoral hasta antes del plazo legal para el inicio de las precampañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una precandidatura.
29. Por su parte, los actos anticipados de campaña son aquellas expresiones que se realizan bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido.
30. De conformidad con la línea jurisprudencial de este Tribunal Electoral para la actualización de los actos anticipados de campaña se requiere la coexistencia de 3 elementos[29]; a falta de uno ya no se acredita la infracción.
Elemento personal: Acorde a los artículos 443, inciso e), 445 inciso, a) y 446, inciso b) de la Ley General, que los realicen los partidos políticos, su militancia, personas aspirantes a un cargo electivo o precandidaturas y candidaturas, y que en el contexto del mensaje se adviertan voces, imágenes o símbolos que hagan plenamente identificable a la persona o partido político de que se trate.
Elemento temporal: Que dichos actos o frases se realicen antes de la etapa procesal de precampaña o campaña electoral.
Elemento subjetivo (análisis de las expresiones): Que una persona realice actos o cualquier tipo de expresión que revele la intención de llamar a votar o pedir apoyo a favor o en contra de cualquier persona o partido, para contender en un procedimiento interno, o en un proceso electoral; o bien, que de dichas expresiones se advierta la finalidad de promover u obtener la postulación a una candidatura o cargo de elección popular (equivalentes funcionales).
31. Las normas relativas a la prohibición de realizar actos anticipados de campaña tienen un fin primordial: garantizar y blindar la equidad entre quienes participan en la arena política-electoral.
32. Para analizar el elemento subjetivo, la Sala Superior ha señalado que si nos encontramos con expresiones que tengan un significado electoral (explícito o a través de equivalentes funcionales), debemos verificar que hayan trascendido al conocimiento de la ciudadanía.
33. En este sentido, un mensaje que haga un llamado al voto o publicite una plataforma electoral solo será sancionable si, además, trasciende al conocimiento de la ciudadanía, pues solo así se podría afectar la equidad en la contienda[30].
34. Entre las variables que se deben valorar para considerar que un mensaje trascendió al conocimiento de la ciudadanía, se encuentran:
La audiencia que recibió ese mensaje, esto es, si se trató de la ciudadanía en general o solo de militancia de un partido que emitió el mensaje, así como de un número estimado de personas que recibieron el mensaje.
El lugar en donde se celebró el acto o emitió el mensaje denunciado, esto implica analizar si fue un lugar público, de acceso libre o, contrariamente, un lugar privado y de acceso restringido.
El medio de difusión del evento o mensaje denunciado, esto es, si se trató de una reunión, un mitin, un promocional de radio o de televisión, o de una publicación en algún medio de comunicación, de entre otras[31].
35. La propaganda electoral tiene como propósito divulgar contenidos de carácter ideológico, a fin de crear, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias, o a estimular determinadas conductas políticas[32].
36. Por su parte, la propaganda electoral se caracteriza por hacer llamados explícitos al voto o a través de equivalentes funcionales, por alentar o desalentar el apoyo hacia un partido político o candidatura en particular, a través de la presentación de propuestas, posicionamientos u opiniones respecto diversos temas[33].
37. Así, la finalidad de la propaganda electoral es la de presentar y promover ante la ciudadanía una candidatura o partido para colocarlo en las preferencias electorales, a través de la exposición de los programas y acciones contenidos en los documentos básicos y, particularmente, en la plataforma electoral.
38. El objeto es mantener informada a la ciudadanía respecto de las candidaturas propuestas por los partidos políticos y sus propuestas de gobierno, con miras a obtener el triunfo en las elecciones.
39. Si bien los partidos políticos tienen libertad para configurar su propaganda política o electoral, existe una prohibición constitucional y legal para difundir propaganda en la que se presente la imagen de una persona del servicio público.
40. En ese sentido, para la Superioridad, ningún partido político puede ampararse en un ejercicio de libertad de expresión que lo lleve a obtener una ventaja indebida en la contienda, en detrimento de los principios constitucionales que salvaguardan elecciones libres, auténticas e íntegras[34].
41. De ahí que los partidos políticos no pueden usar en su propaganda al funcionariado público, pues, esto representaría un posicionamiento o ventaja indebida[35].
Uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad
42. El artículo 134 de la constitución federal engloba principios y valores que tienen como hilo conductor el buen uso de los recursos públicos del Estado; entre ellos encontramos los párrafos 7 y 8, con impacto en la materia electoral, que de manera textual dicen:
Párrafo 7: […] [Las y][36] Los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
Párrafo 8: La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
43. Este artículo es claro, señala que el deber de quienes integran el servicio público es actuar con imparcialidad y neutralidad en el uso de los recursos públicos; y esa obligación es en todo tiempo, y en cualquier forma, manteniéndose siempre al margen de la competencia entre las fuerzas políticas.
44. El propósito no es impedir a las personas que desempeñan una función pública dejar de ejercer sus atribuciones. Lo que se busca es garantizar que todos los recursos públicos y oficiales bajo su responsabilidad se utilicen de manera estricta y adecuada a los fines que tengan; es decir, generar conciencia sobre la importancia que tiene la pertenencia a la administración pública y porque deben evitar influir en la voluntad ciudadana con fines electorales, pues su labor es servirles.
45. Por eso se entiende que, si la propaganda gubernamental siempre debe tener carácter institucional, entonces una de las limitantes es que se emplee para promocionar el nombre, imagen o voz de una persona del servicio público.
46. Es decir, la propaganda gubernamental debe centrarse en la acción de gobierno, sin mencionar, hacer alusión o identificar a una servidora o servidor público; lo que debe prevalecer o destacar en la propaganda, es el trabajo gubernamental y no la persona, sus cualidades o atribuciones.
47. Exigirles imparcialidad y neutralidad a las personas del servicio público marca la ruta para conformar un sistema donde la igualdad de condiciones para las y los competidores sea una regla y no la excepción.
48. De ahí que los principios que guían el servicio público (legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, neutralidad y eficiencia), se deben observar en todo momento, en cualquier escenario o circunstancia; es decir, en periodos electorales y no electorales[37].
49. Estos principios promueven e invitan al servicio público, a mantener una conducta responsable de frente a la población, en todo momento y en cualquier situación.
50. La directriz de mesura, en el comportamiento que deben observar las y los servidores públicos debe guiar todas y cada una de sus actuaciones, en el contexto del pleno respeto a los valores democráticos; es decir, les impone un ejercicio de autocontención constante que les mantenga al margen de cualquier injerencia.
Libertad de expresión
51. El artículo 1° constitucional establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la misma constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Por su parte, el artículo 41, fracción III, apartado C, de la constitución federal, refiere que en la propaganda política o electoral que difundan los partidos y candidaturas deberán abstenerse de expresiones que calumnien a las personas.
52. El artículo 6° del mismo ordenamiento, dispone que la manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceras personas, provoque algún delito, o perturbe el orden público. De igual manera, reconoce el derecho que tienen todas las personas al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión[38].
53. Asimismo, en la Opinión Consultiva OC-5/85, la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que el derecho a la libertad de expresión tiene dos dimensiones: una individual y una colectiva. La dimensión individual faculta a cada persona para expresar sus pensamientos, ideas, opiniones, informaciones o mensajes; la dimensión colectiva faculta a la sociedad a buscar y recibir tales pensamientos, ideas, opiniones, informaciones y mensajes.
54. Aunado a lo anterior, es criterio de la Sala Superior que la libertad de expresión debe maximizarse en el debate político y, al mismo tiempo, interpretar en forma estricta las restricciones a ese derecho, para no hacerlo nugatorio, particularmente en el desarrollo de precampañas y campañas electorales, en donde es necesario proteger y alentar un debate intenso y vigoroso, lo cual se corresponde con la dimensión deliberativa de la democracia representativa[39].
55. Sabemos que las redes sociales son espacios que permiten difundir y obtener información, de manera directa y en tiempo real, una interacción que no está condicionada, direccionada o restringida a través de bloqueo, filtración o interferencia, de acuerdo con el principio de neutralidad de la red[40].
56. En ese sentido, las redes sociales son, por regla general, espacios de plena libertad, al ser un mecanismo idóneo para lograr una sociedad mayor y mejor informada, consciente de que las decisiones que asuma trascienden en el incremento o la disminución de la calidad de vida de la colectividad.
57. Así, la regla general es la permisión en internet de la difusión de ideas, opiniones e información, para garantizar el derecho humano a la libertad de expresión. Excepcionalmente, el ejercicio de ese derecho puede restringirse a través de medidas racionales, justificadas y proporcionales, para proteger los derechos de terceras personas[41].
58. En muchas de las redes sociales se presupone que se trata de expresiones espontáneas, que se emiten para hacer de conocimiento general una opinión sobre una determinada temática, lo que es relevante para determinar si la conducta es ilícita y si genera responsabilidad de las personas involucradas o si está protegida por la libertad de expresión[42].
Falta al deber de cuidado de los partidos políticos (culpa in vigilando)
59. Los partidos políticos deben conducir sus actividades dentro de los cauces legales y ajustar su conducta y la de las personas que militen en sus filas a los principios del Estado democrático, respetando la libre participación política de los demás institutos políticos y los derechos de la ciudadanía[43].
60. La jurisprudencia electoral establece que los partidos pueden cometer infracciones a través de su dirigencia, militancia, personas que simpatizan o trabajan para él, e incluso que sean ajenas al instituto político, y que tienen la calidad de garantes respecto de su conducta, con excepción de quienes cometan la infracción en su calidad de personas del servicio público[44].
SEXTA. Estudio de fondo
61. En este asunto resolveremos si:
El documental denunciado es propaganda electoral y si las personas morales Operadora de Centros de Espectáculos S.A. de C.V. y Creación Digital y Publicidad S.A. de C.V. vulneraron la normativa electoral con motivo de su difusión y transmisión.
Claudia Sheinbaum realizó actos anticipados de campaña por la difusión del video “Claudia: el documental” en el Teatro Metropolitan, y por las publicaciones en sus perfiles de las redes sociales Facebook, Instagram y X, relacionadas con dicho audiovisual y si esto afectó al modelo de comunicación política.
Luisa María Alcalde, Miguel Torruco, Leticia Ramírez, Ana Lilia Rivera, César Cravioto, Alfredo Vázquez, Nadine Gasman, Martí Batres, Myriam Urzúa y María Chávez vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, y si usaron recursos públicos de manera indebida con motivo de su asistencia al evento en el que se presentó el audiovisual “Claudia: el documental”.
Ana Lilia Rivera, Alfredo Vázquez, Martí Batres y María Chávez vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, y si usaron recursos públicos de manera indebida, con motivo de la difusión de publicaciones en sus redes sociales relacionadas con la difusión del documental denunciado.
MORENA faltó a su deber de cuidado.
¿El material “Claudia: el documental”; el evento en el que se presentó dicho documental y las publicaciones de Claudia Sheinbaum constituyeron actos anticipados de campaña?
Elemento personal
62. En el documental se advierte la voz e imagen de Claudia Sheinbaum. Además, las nueve publicaciones atribuidas a la denunciada se realizaron en sus perfiles de YouTube (Claudia Sheinbaum Pardo), X (@Claudiashein), Instagram (@claudia_shein), y Facebook (Claudia Sheinbaum), que ella administra.
63. Al momento de los hechos denunciados Claudia Sheinbaum[45] ya contaba con la calidad de precandidata presidencial.
64. Por lo anterior, se acredita el elemento personal.
Elemento temporal
65. MORENA reconoció que el 28 de noviembre de 2023 realizó la presentación del video denunciado en el “Teatro Metropolitan”, al cual acudieron Claudia Sheinbaum, diversas personas del servicio público, así como personas simpatizantes y militancia de dicho partido a quienes se invitó a través de sus redes sociales[46].
66. Claudia Sheinbaum difundió las publicaciones denunciadas conforme a lo siguiente:
Publicaciones[47] | Fecha |
Seis publicaciones [YouTube (1), Instagram (3) y X (2) | 28 de noviembre de 2023 |
Una publicación (Facebook) | 30 de noviembre de 2023 |
Una publicación (Facebook) | Uno de diciembre de 2023 |
Una publicación (Facebook) | Cuatro de diciembre de 2023 |
67. Toda vez que el evento y las publicaciones denunciadas se realizaron durante la etapa de precampaña, que transcurrió del 20 de noviembre de 2023, al 18 de enero, se acredita el elemento temporal.
Elemento subjetivo
68. Veamos el contenido del documental y de las publicaciones denunciadas:
Publicación 1 “Claudia: el documental” | |
| |
Cuenta de YouTube Claudia Sheinbaum Pardo
28 de noviembre de 2023
3,969,286 vistas
“Además de ser hija, madre, científica y abuela, Claudia Sheinbaum gobernó la Ciudad de México y es candidata de Morena para ser la primera presidenta de México. En el documental, comparte sus ideales y narra sus orígenes.”
Contenido del video
Claudia Sheinbaum: “Hoy a unos días del primero de julio podemos decir que somos decenas de millones de mexicanos y mexicanas, que nos une la decisión de construir un país más justo, el anhelo de que un México mejor es posible, que hemos convertido el miedo en la esperanza, el odio en el amor, el desánimo en voluntad, la frustración en confianza y el voto la unión y la voluntad popular, en el arma más poderosa que tenemos, no hay marcha atrás este primero de julio vamos a hacer historia”. Grupo de personas 1: (toca música) Levántate campesina anda a correr la sabana y cantar la guaraca a las orillas del Río. Claudia Sheinbaum: Claudia es una mujer, madre, hoy abuela, científica, doctora en ingeniería en energía, secretaria de medio ambiente, después alcaldesa de Tlalpan, luego jefa del gobierno eso es Claudia, desde muy pequeña mis padres nos enseñaron a amar la tierra donde nacimos, mi padre nació en un cuarto de azotea en la antigua Merced, se dedicaban a hacer gorras. Persona del género femenino 2: Soy Aní Pardo (inentendible) eh soy mamá de tres hijos entre ellos de Claudia Sheinbaum Pardo, soy abuela y bisabuela. Claudia Sheinbaum: Bueno mi madre es una, una gran mamá primero, eh (risas) Persona del género femenino 2: Bueno fui un poco estricta (risas) Claudia Sheinbaum: Un poquito es cierto, eran las épocas, estoy orgullosa de mi madre, el día de hoy se hizo público que es merecedora a sus ochenta y dos años del premio nacional de ciencia, por su investigación en bioquímica, en enfermedades del pulmón y también en investigación sobre envejecimiento entre otras cosas. De chica también estudié ballet, de los seis años hasta pues yo creo que el segundo año de la facultad y ya después que en la facultad cuando había que escoger entre la física y el ballet, decidí la física y como a los seis meses entré al equipo de remo de la UNAM, totalmente distinto a remar en Cuemanco siempre me gustó mucho, el pues muy activa desde muy pequeña. Soy hija del sesenta y ocho porque mis padres participaron en el movimiento estudiantil, yo tenía seis años cuando fue la masacre en Tlatelolco del dos de octubre y en ese movimiento mi madre participó, ya como maestra, entonces era maestra del politécnico, entonces esa dualidad digamos entre la política en hacer política para transformar el mundo y particularmente nuestra realidad, nuestro país, nuestra ciudad y al mismo tiempo esté sentido de académico, científico, pues fue donde yo crecí. Cuando tenía quince años me acerqué me involucré con el movimiento de Doña Rosario Ibarra de piedra y otras madres que buscaban a sus hijos que habían sido desaparecidos, por motivos políticos, por el Estado. Grupo de personas 2: (porra): Dame una C, dame una U, ¿Qué dice? CU, CU, CU Claudia Sheinbaum: Participé en el movimiento estudiantil de mil novecientos ochenta y seis, ochenta y siete, que quizá fue uno de los primeros movimientos estudiantiles que se enfrentaba a las políticas neoliberales, querían elevar las cuotas, inscripción, las colegiaturas, y entonces se argumentaba que a los estudiantes no les importaba la educación porque no pagaban por ella, y el principal elemento de defensa de los estudiantes entonces, es que la educación no es una mercancía, la educación es un derecho que está establecido en el tercero Constitucional. Creo que las autoridades universitarias nunca esperaron que se fuera generar un movimiento tan fuerte como el que hubo [(voz en off) No caigamos en provocaciones, en tercer lugar, pido a los compañeros del CU, que están en esta ala, que abran una valla para el momento en que tengan que pasar los compañeros de la comisión]. Y después el ochenta y ocho que fue la ruptura del PRI, la corriente democrática encabezada entonces por el ingeniero Cárdenas, Muños Ledo, Ifigenia y que después pues se creó un movimiento muy grande y ahí desde la universidad participamos nosotros. Yo estudié física, he después hice maestría y doctorado en ingeniería en energía. Mi hija Mariana, ella, eh, yo tenía veintiséis años cuando nació y era ayudante de cálculo uno y cálculo dos, y al mismo tiempo estudiaba la maestría, en la facultad de ingeniería de la UNAM, entonces, he, cuando nació Mariana entró a la guardería del seguro social a los cuatro meses, Mariana, Rodrigo iba a la escuela, entonces pues la dejaba en la guardería estaba en Tlalpan, de ahí me iba a dar clases, regresaba de dar clases, la recogía, me regresaba a casa de mi madre, terminaba la tesis de licenciatura y después dos tardes a la semana iba a tomar clases a la maestría. Cuando María tenía dos años y Rodrigo se llevan seis años, ocho años eh nos fuimos a estudiar el doctorado fuera, cuatro años vivimos en Estados Unidos, en California y luego regresamos yo empecé en el instituto de ingeniería de la UNAM, es he uno de los institutos pues más prestigiados en el mundo solamente, solo había otro compañero que se dedicaba a energía, entonces entre los dos hicimos un grupo de investigación de energía y medio ambiente. ¿Mariana qué día es hoy? Niña 1: Septiembre veintiuno. Claudia Sheinbaum: Qué día es ese, qué día es ese, Niña 1: El día de mi cumpleaños Claudia Sheinbaum: ¿Cuántos cumples? Niña 1: Seis, también es el día de cumpleaños de Rafael. Claudia Sheinbaum: Trabajaba en el instituto de ingeniería, pero no nos alcanzaba el dinero y yo conseguí una asesoría en la Comisión Nacional para el ahorro de energía, entonces en las mañanas pues iba a trabajar recogía a Mariana y los dejaba en la casa de mi mamá, me iba en la tarde a trabajar, regresaba y luego pues los recogía y luego había que ir a la casa que quedaba pues en San Andrés Totoltepec en el Ajusco ¿no? y pues como es la vida académica, que es dar clases, investigar, publicar, la angustia sobre todo a recoger a tiempo a los hijos de la escuela ¿no? Este, eso, este, esa angustia permanente había tráfico ya se ve hecho tarde, este y eso que yo tenía un volkswagen, entonces pues así transcurre la vida de las mujeres, jeje. Yo adoro a los niños y niñas obviamente, yo digo que si no hubiera sido jefa de gobierno, este ingeniera, probablemente hubiera sido maestra de jardín de niños, porque realmente adoro a los niños, entonces con Rodrigo pues de inmediato se estableció una conexión muy grande y para mí siempre fue mi hijo, entonces crecieron Mariana y Rodrigo son hermanos digamos formalmente son medios hermanos como se dice, pero son hermano y hermana siempre han crecido así son muy cercanos lo cual me da mucho gusto. Persona del género femenino 3: Yo me acuerdo mucho de, de justo en las mañanas que mi hermano ya iba a la secundaria, yo todavía estaba en la primaria y yo entraba a ocho treinta entonces las mañanas era como el desayuno, rápido, los tenis, la mochila y me acuerdo de que me agarraba, o sea dormida envuelta en las cobijas, me echaba a la parte de atrás del coche, íbamos a dejar a mi hermano y luego ella y yo nos íbamos a desayunar, eran divertidas esas mañanas la verdad. Niño 1: Mariana la ojotes, hazme unos ojitos Mariana, ¡hay qué tiernos! Claudia Sheinbaum: Rodrigo tenía problemas en la escuela, este siempre acudía yo a, a resolverlos, que la maestra lo regañaba, lo expulsaron una vez, este, tres días de la escuela por una travesura que hizo en la segundaría veintinueve y quien fue a hablar con los maestros (sonrisa) ahí estaba. Persona del género masculino 1: Una vez me corre la maestra de matemáticas y me dice que no puedo volver hasta que no vaya mi mamá conmigo, y llega Claudia toca el salón y sale la maestra enojadísima y le dice, hola soy la mamá de Rodrigo, y ella le azota la puerta en la nariz y le dice ya lo sé y no puede entrar y entonces nos quedamos los dos a fuera así como de ahora qué hacemos, y me dice métete por la ventana (sonrisas) y entonces yo me metí por la ventana y me senté y ya nadie dijo nada, y yo me pude regresar a mi salón. Claudia Sheinbaum: A ver Mariana una sonrisa, a ver. Persona del género masculino 1: Yo me enteré que iba a ser papá, y le dije a mi hermana pero no le dije a Claudia y yo creo que ella, como como buena mamá intuyó que algo, algo pasaba, y entonces le sacó la sopa. Persona del género femenino 3: Me sacó la sopa. Persona del género masculino 1: Y le dijo ¿Se va a casar tu hermano? y le dijo no va a tener un hijo (sonrisas) les puedo enseñar el video, se puso a correr por el departamento y luego bailó este video. Claudia Sheinbaum: Nosotros venimos de un movimiento social, yo no llegué a la jefatura de gobierno solo mi persona, yo soy parte de un movimiento social, histórico y el movimiento pues representa a Andrés Manuel López Obrador y millones de mexicanos que, que estuvimos ahí. Bueno yo lo conocía como dirigente social ¿no? como cualquier persona. Cuando los éxodos de Tabasco a la ciudad pues íbamos a solidarizarnos, yo creo que ahí fue la primera vez que lo vi físicamente, la primera vez que lo conocí de más cerca fue una vez que se hizo una reunión en mi casa, donde fue él, que es cuando, como una semana después de que se había anunciado que él iba a ser el candidato como jefe de gobierno de la ciudad y hubo una reunión ahí en mi casa, había mucha gente y ahí lo conocí por primera vez, ya de más cerca, no sé si él lo recuerda por cierto, lo voy a recordar y después he cuando ya gana la jefatura de gobierno, me habla Pepe Barbera un día y me dice oye este, quiero , dice López Obrador que si quieres ser secretaria de Medio Ambiente, mmm, ¿cómo ves?, me dice, porque si dices que sí pues ya te va a hablar él, y entonces me llamó él y me dijo vamos a vernos y lo vi en el Sanborns de San Ángel (sonrisa), este y ahí me dijo ¿cómo ves la Secretaría de Medio Ambiente?, dije sí, me dijo yo lo que quiero es que disminuyas la contaminación de la ciudad, este, sabes cómo hacer eso, pues le dije creo que sí, con un equipo, y ya a partir de ahí fue que este me incorporé al gobierno y de ahí pues establecimos una relación, pues yo creo que de mucha confianza y, y trabajo, él, él tiene la idea del segundo piso de Periférico, bueno que plática con un grupo de ingenieros y toma la decisión de que es una obra que es importante hacer, reúne al gabinete y, y nos dice pues vamos a hacer un segundo piso en el periférico, necesito de su apoyo, este y entonces yo ahí levanté la mano y dije, bueno yo creo que ya está tomada la decisión pues hay que hacerla científicamente, este hay que hacer un modelo para no solo en términos estructurales que finalmente pues ahí el ingeniero Serur y el ingeniero Riobóo pues tenían el conocimiento, sino a mí lo que me apuraba era el trazo, dónde iban a estar las bajadas, dónde las subidas, si eso iba a impactar en el tráfico, el tema ambiental, entonces he pues de ahí yo creo que dijo pues a esta mujer yo creo que la voy a involucrar en el proyecto, aunque sea de la Secretaria de Medio Ambiente, y entonces me llamó un día y me dijo este vamos a hacer un área especial para el segundo piso y quisiera que la coordinaras, entonces dije bueno pero, yo quiero seguir siendo secretaria de Medio Ambiente, me dijo pues, pues con las dos tareas. Él es un hombre muy trabajador y razonablemente pide que todos los que colaboramos con él pues seamos también muy trabajadores, entonces cuando estaba construyendo el segundo piso, él pasaba, salía de la oficina y pasaba este por el segundo piso ¿no? Entonces nosotros ya sabíamos a qué hora iba a pasar por ahí, más o menos, y entonces les decía pues voy para allá nos avisaban y ya lo recibíamos y preguntaba ¿Qué se va a hacer esta noche? Ah, pues se va a montar esta trabe, se tiene que producir esta trabe, tenemos que hacer esto y esto y esto. Ah, muy bien, paso a las cinco de la mañana (sonrisa). Cuando viene el fraude del dos mil seis eh yo lo voy a ver al siguiente día y me dice, el entonces empezaba lo del voto por voto casilla por casilla, pero de la gente y entonces me dice él, me puedes ayudar a, a trabajar con un equipo para entender ¿Cómo fue el fraude? eh fueron pues muchos, muchos días de ver las actas como eran, contar los números, hacer matemáticas con el famoso PREP, hasta que vimos pues cuál era, cuál había sido el esquema principal del fraude ¿no? que fue en la casilla cambiando los datos de las actas, aparte pues de otros métodos, pero todo ese proceso para poderlo ir este sabiendo exactamente qué es lo que había ocurrido, y cómo evidenciar que realmente ha habido un fraude, pues fueron muchas noches sin dormir, muchos matemáticos, científicos que en su momento también hacían sus propios números, hasta que se hizo pues el documento que fue presentado en el Tribunal Electoral, y de ahí pues levantarse después del dos mil seis porque he se levanta el plantón de Reforma y le dan el triunfo a Calderón y fue un momento muy difícil del movimiento ¿no?. Cuando salgo del gobierno y me voy de vocera del entonces candidato Andrés Manuel López Obrador, hablo con el entonces rector de la UNAM, Juan Ramón de la Fuente, y porque yo tenía un permiso de la UNAM, porque yo seguía este siendo parte, se dedicaba un tiempo a la investigación y todavía tenía alumnos este haciendo tesis mientras fui secretaria, entonces fue que regresé a la UNAM formalmente a retomar mis actividades como académica, y fue difícil porque fue un cambio de vida y además después de todo lo que habíamos vivido ¿no? y entonces ahí decidí hacer un libro que se llama “La Situación Ambiental de la Ciudad de México”, y fue que al hacer el libro que me fui involucrando nuevamente pues en el trabajo académico ¿no?, pero al mismo tiempo pues seguía eh cerca de, de Andrés Manuel López Obrador. Yo me vincule con lo que es el Panel lntergubernamental de Cambio Climático, es una entidad de alrededor de dos mil científicos en todo el mundo, en donde también participa Mario Molina que eh está ligado a Organización de Naciones Unidas y es el panel de científicos que estudia los temas de cambio climático, en dos mis siete, eh siendo yo parte de autora por contribución de uno de los capítulos, eh pues le dieron al IPCC el Premio Nobel de la Paz. Pues una sorpresa (sonrisa) porque yo venía, es decir, estaba haciendo el segundo piso, este, eh, pues obviamente uno siempre es madre y las tareas de la casa, era secretaria del medio ambiente y, aparte, pues las tareas académicas ¿no? y, y ser parte del panel entonces, eh, me costó mucho trabajo seguir siendo, y pues finalmente cuando sale el premio Nobel pues dije qué bueno que no dejé (sonrisa). Cuando viene, en el dos mil doce, después de la compra del voto, en fin, él escucha mucho y dice la gente está diciendo que formemos un partido, ¿Por qué no lo ponemos a votación? y entonces a mí me tocó, en el dos mil doce, siete distritos de Puebla trabajarlos. Entonces, después de eso nos fuimos a esos distritos electorales a hacer asambleas, a preguntarle a la gente si ¿Qué querían? si Morena que ya era una asociación civil se convirtiera en partido o siguiera siendo movimiento social y la gente, noventa y ocho por ciento, votó partido político, y entonces de ahí hubo un grupo como de, pues no sé, unas cinco, seis personas, que nos reunió el hoy presidente López Obrador y nos dijo pues ¿Cómo ven si redactamos la declaración de principios, los estatutos?, para ponerlos a votación en su momento ¿no? Entonces, pues ahí a mí me tocó escribir la declaración de principios, iniciamos tocando casa por casa, venimos de parte de licenciado López Obrador, adelante, ¿Oiga usted sabe que López Obrador ya no está en el PRD, que ahora está en otro partido político que se llama Morena? Ah pues no sabía. Así, presentarme: “pues me llamo Claudia, mucho gusto, soy profesora de la UNAM, pero ahora estamos en Morena”. Y así y le dimos como dos vueltas a la delegación caminando, y acabamos, pues, con un movimiento muy muy grande y ganando la alcaldía. En el dos mil quince, cuando lo fui a ver y le dije pues creo que ahora sí me quiero juntar para ser jefa delegacional de Tlalpan, y me dijo y este ¿por qué ahora sí? Dije: “bueno es que vivo en Tlalpan desde hace treinta años, pero además ahora sí es el momento”. Difícil ¿no?, tenemos que sacar la votación para que Morena sea partido político y para llevarte a la presidencia en el dos mil dieciocho. Uno no llega al poder por el poder, este no es un asunto personal y en eso también uno tiene que entender, seguir siendo una persona sencilla (“Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”) Gobernar es servir a la gente y gobernar también es poner en práctica el conocimiento y el plan, a partir del cual te eligieron y esos compromisos pues tienen que ver con una concepción que tú tienes de igualdad, de justicia, pero al mismo tiempo de mejora del medio ambiente, de equidad, gobernar es tomar decisiones hay que tomar la decisión y asumir el, las presiones que se pueden generar a partir de esa decisión que se está tomando. Cuando llegamos al gobierno se desató una ola de homicidios tremenda, del promedio de homicidios en aquel entonces estaba sobre cuatro homicidios diarios, pero cuando llegó diez homicidios, una pues guerra ahí entre lo que eran los cárteles que operaban en la ciudad y, desde mi punto de vista, pues el rompimiento de una serie de acuerdos que se tenían previamente, y de ahí viene una investigación muy fuerte a los mandos policíacos, nosotros tenemos cien policías en la cárcel, eh y muchos de ellos mandos, porque encontramos que había colusión con la delincuencia, entonces no se establecen relaciones de complicidad con nadie, hemos reducido homicidio en alrededor del cincuenta por ciento y eso se ha logrado con una estrategia que tiene que ver con las causas, con mejor policía, con inteligencia, con investigación, con más cámaras, con profesionalismo, y con mucha coordinación también con el gobierno de México y la coordinación entre la policía y la fiscalía, pero hoy estamos en una tendencia a la reducción de todos los delitos. Yo siempre he creído que el Estado tiene un papel fundamental en los grandes derechos, el gran problema del neoliberalismo es que convirtió derechos en mercancías, derechos en privilegios, se pierde la posibilidad de salir adelante como sociedad porque entonces solamente el que tiene recursos económicos lo puede hacer y parece que es un asunto de meritocracia de si no tienes el mérito personal no puedes llegar a ser una u otra persona, cuando en realidad el estado tiene la obligación de brindar educación pública, salud pública y la educación pública debe ser la mejor de todas. Entonces hay que invertir en educación pública y la educación pública también tiene que tener una visión en el sentido de la formación de personas. Cuando llegamos al gobierno había una beca que se llamaba “niños talento”, que solamente le daba un poco de recurso una beca a quien tenía nueve y diez de promedio, en la idea de que pues un niño una niña, era un incentivo digamos para tener una buena calificación y la verdad es que eso generó muchas diferencias en el entorno escolar, porque una calificación eh no necesariamente, primero no define el talento de un niño a una niña y una familia que no tiene recursos económicos que no desayunó el niño en la mañana, o la niña en la mañana pues probablemente no pueda tener la misma capacidad de aprendizaje que alguien de otro nivel, entonces lo que generas pues son grandes diferencias y una meritocracia desde el primer año de primaria, entonces nosotros decidimos hacer la beca universal, nosotros creamos dos universidades la Rosario Castellanos y la Universidad de la Salud. La Rosario Castellanos pues fue una idea propia porque en la zona metropolitana hace mucha falta todavía espacio para los jóvenes, entonces el orgullo de tener treinta y seis mil jóvenes que antes no tenían un derecho a la educación y que hoy pueden estudiar y la Universidad de la Salud que esa fue una idea de López Obrador en realidad el presidente de la República y nosotros la llevamos a cabo desde la ciudad que es una Universidad de Medicina Integral Familiar, donde estudian jóvenes de todo el país. Bueno es Jesús Tarriba, mi pareja. Persona del género masculino 2: Hola Claudia Sheinbaum: Eh fuimos novios en la facultad, después eh dejamos de ser novios, eh, cada quien hicimos nuestra vida y nos encontramos hace ¿seis años? Persona del género masculino 2: Sí, finales de dos mil, finales de dos mil dieciséis. Claudia Sheinbaum: Él también estudió física, pero él es doctor en física, yo soy doctor en ingeniería, justo acabado de divorciar, yo también, eh y nos contactamos por Facebook (risas) y él también había dejado de trabajar allá y nos reencontramos ¿verdad? Persona del género masculino 2: Me dijiste búscate chamba si te quieres venir, me moví para buscar chamba (sonrisas) Persona del género masculino 3: Bien hace unos minutos la Secretaría de Salud informó que hay cinco casos confirmados de covid-19 en el país. Persona del género masculino 4: En las últimas veinticuatro horas se registraron tres mil trescientos contagios. Claudia Sheinbaum: Toda la pandemia fue un momento de mucha tensión, he pedimos que junto con el gobierno federal que el oxígeno que se destinaba a la industria, se destinara para la atención a los enfermos, fue un momento muy complejo, cerca de Navidad o en Navidad, me llama por teléfono el director del E-5 y me dice, tenemos una cola muy larga de ambulancias y no sé en este momento qué hacer, necesito que, que me ayudes, en ese momento me fui al E-5, llamé al IMSS al director del IMSS, le dije mándame gente, llamé al secretario de la Defensa Nacional, al secretario de la Marina, al ISSSTE, todas las ambulancias privadas que hubiera, de plano me puse a llamar por teléfono a las personas que llevaban más tiempo esperando ambulancias, nunca dije este soy la jefa de gobierno le estoy hablando, sino hablamos del 911, ¿Usted pidió una ambulancia, en qué situación se encuentra su paciente? y una cooperación de todos, pero fueron horas y horas y horas pues de mucha angustia, eh, pero al mismo tiempo de mucha cooperación. Para mí la vacunación pues era algo importantísimo ¿no?, entonces pues sentí que no podía soltarlo ¿no?, que tenía que diseñarlo, y a partir de ahí entonces ya después otro equipo empezó a llevarlo a cabo, es un cálculo de decir a ver cuánta gente se va a vacunar, ¿Dónde viven?, ¿Cuántas vacunas tenemos?, ¿Cuántos macrocentros de vacunación necesitamos?, ¿Cuánta gente de apoyo necesitamos?, ¿De dónde va a venir esa gente?, ¿Cuántas vacunas por minuto se pueden hacer?, ¿Cuántos números de enfermeras, de médicos necesitamos en el lugar?, ¿Qué infraestructura se requiere? y pues eso requiere un espacio de planeación, de diseño, ¿Cuántos recursos económicos?. Un momento difícil, pero, eh, pues atender, hay que enfrentar los problemas poniéndote en los zapatos del que sufre. Desde antes de que entrara al gobierno de la ciudad, metí un equipo a trabajar justamente el tema de cablebús para la ciudad y pensado siempre como un transporte público, es decir que fuera, no un transporte concesionado, sino un transporte que operara el gobierno de la Ciudad de México y entonces ahí empezamos a diseñar pues la manera en que tenía que hacer, hablamos con el responsable de mi teleférico en la paz y de ahí pues empezó todo el desarrollo. Algo que soñaste, que diseñaste, que siempre pensaste que se debería hacer. Lo que estamos llevando a cabo en movilidad pues algo que yo durante muchos años estudié, y lo estamos llevando a la práctica siempre dije, en mis artículos académicos que había que invertir en transporte público, que era la mejor manera de resolver los problemas ambientales, pero además de acercar los derechos a la gente. Cuando llegamos pues evidentemente ya habían pasado muchos años de las primeras líneas del metro y decidimos hacer una nueva línea uno del metro, ¿Qué quiere decir eso?, pues sacar todo lo que estaba en el cajón, arreglar el cajón y poner todo nuevo y comprar veintinueve trenes, pues hemos hecho dos cablebuses, quinientos trolebuses, un trolebús elevado de ocho kilómetros que es único en el mundo, pues lo que va a hacer es atender eh el transporte público que es indispensable para cualquier ciudad, pero además atiende a quien menos tiene, entonces se hace realidad, el por el bien de todos primero los pobres. En México hablamos de la revolución de las conciencias y el presidente López Obrador dice algo que yo creo que es cierto, en México ha cambiado mucho la mentalidad del pueblo, porque durante años nos tragamos la historia del neoliberalismo, de que los gobiernos no tenían por qué participar en nada, ni en la educación, ni en la salud y que eso era un asunto del mercado, nos tragamos la idea de que todo era un asunto de meritocracia, y esfuerzo propio, y no de generación de he, las condiciones para permitir los grandes derechos he y eso está cambiando, porque finalmente el neoliberalismo fracasó por lo menos en América Latina, porque generó más desigualdad, generó más pobreza, y es cierto el de arriba tiene que saber que mientras persistan las desigualdades va a haber violencia y en el caso de las mujeres es igual, en el caso de los grandes derechos de las mujeres es lo mismo, no porque haya un movimiento conservador que esté en contra de los derechos de las mujeres nosotros nos vamos a callar, al contrario hay que decirle a las jóvenes sigan luchando, qué bueno, porque nunca más, calladita te ves más bonita, nunca más, y falta hacer muchas más cosas pero que las jóvenes, que las niñas, que las mujeres sepan que hay un gobierno que no las deja solas. Yo veo las niñas con me miran, que me han dicho yo quiero ser de grande jefa de gobierno, ver una mujer jefa de gobierno, gobernadora, hoy somos nueve gobernadoras mujeres en el país y yo creo que eso hace que las niñas pues se les abra un panorama que probablemente antes no tenían. Persona del género masculino 5: El análisis integral de estos datos nos permite concluir de manera inobjetable, que la compañera Claudia Sheinbaum Pardo, obtuvo el mejor posicionamiento para ser considerada como coordinadora de los comités para la defensa de la cuarta transformación. Grupo de personas 2: (aplausos y ovación) Claudia, Claudia, Claudia, Claudia, Claudia, Claudia, Claudia, Claudia, Claudia. Claudia Sheinbaum: Educación pública es un derecho, el acceso a la salud, es un derecho, el salario justo, es un derecho, el empleo digno, es un derecho, el acceso a la vivienda digna, es un derecho, el acceso a la cultura, es un derecho, es un derecho, a un medio ambiente sano, es un derecho, son los derechos del pueblo de México. Grupo de personas 2: Gritos, aplausos y rechiflas. Claudia Sheinbaum: Tengan la certeza que voy a estar a la altura de circunstancias, que vamos a caminar juntos y juntas en unidad, y que jamás traicionaré el anhelo de seguir construyendo un México aún más justo, fraterno, soberano, libre y democrático, licenciado Andrés Manuel López Obrador, dirigente de nuestro movimiento, presidente de la República, estamos orgullosos y orgullosas de caminar junto a su liderazgo incansable, lo digo fuerte para que se oiga lejos, es un honor estar con Obrador, es un honor estar con Obrador, es un honor estar con Obrador, Claudia, Claudia, Claudia. Grupo de personas 2: Claudia, Claudia, Claudia, (gritos, aplausos y rechiflas), Claudia, Claudia, Claudia, Claudia, Claudia, Claudia, Claudia, Claudia, Claudia. |
69. El documental tiene un carácter biográfico, al destacar aspectos de la vida de Claudia Sheinbaum, como su infancia, su entorno familiar, sus años como estudiante universitaria, sus logros académicos, así como una breve reseña de su trayectoria política.
70. En principio, tenemos que al mensaje se colocó la siguiente introducción: “Además de ser hija, madre, científica y abuela, Claudia Sheinbaum gobernó la Ciudad de México y es candidata de Morena para ser la primera presidenta de México. En el documental, comparte sus ideales y narra sus orígenes.”
71. Al iniciar el audiovisual, se escucha a Claudia Sheinbaum en un evento realizado con motivo de la elección presidencial del 2018, en el cual señaló que millones de mexicanas y mexicanos tenían el interés común de construir un país más justo y el anhelo de un México mejor, por lo que habían convertido el voto en la unión y la voluntad popular en el arma más poderosa, por lo que concluyó con la frase: “el primero de julio vamos a hacer historia”.
72. Enseguida, Claudia Sheinbaum se describe como: “una mujer, madre, hoy abuela, científica, doctora en ingeniería en energía, secretaria de medio ambiente, después alcaldesa de Tlalpan, luego jefa del gobierno: eso es Claudia”.
73. Luego, señala que, desde que era pequeña, su padre y madre le enseñaron a amar a México, y que su padre nació en un cuarto de azotea en la antigua Merced y se dedicaba a hacer gorras.
74. Posteriormente señala que está orgullosa de su madre, pues, a sus 82 años ganó el premio nacional de ciencia, por su investigación en bioquímica.
75. Sobre su infancia, señaló que estudió ballet desde los seis años y hasta el segundo año de la facultad, y que tuvo que escoger entre la física y el ballet y, finalmente, se decidió por la física. Después, entró al equipo de remo de la UNAM.
76. Se nombró “hija del 68” porque tenía seis años cuando fue la masacre de Tlatelolco. También, indicó que su padre y su madre participaron en el movimiento estudiantil; que su madre era maestra del Instituto Politécnico Nacional, por lo que creció en la dualidad entre el sentido académico y científico y el de hacer política para transformar al mundo y la realidad de las personas. También, señaló que a los 15 años se involucró con el movimiento de Rosario Ibarra de Piedra y otras madres que buscaban a sus hijos e hijas desaparecidas por motivos políticos.
77. Posteriormente, comentó que participó en el movimiento estudiantil del 86, y que estudió física, e hizo su maestría y doctorado en materia energética. Indicó que su hija nació cuando ella tenía 26 años mientras estudiaba la maestría y que se fue a estudiar el doctorado en Estados Unidos y al regresar entró al instituto de ingeniería de la UNAM y formó un grupo de investigación de energía y medio ambiente.
78. También abordó el tema de la pandemia y narró los retos que tuvo que enfrentar como jefa de gobierno por la situación de emergencia.
79. Asimismo, platicó sobre el interés que tenía por mejorar el transporte público y que planteó el tema del cablebús para la Ciudad de México, así como el plan de desarrollo para llevarlo a cabo, pues, en su opinión era la mejor manera de resolver algunos problemas ambientales en la Ciudad de México, y para facilitar la movilidad de las personas.
80. Señaló que durante su gobierno creó dos universidades en la zona metropolitana: la Rosario Castellanos y la Universidad de la Salud. La Universidad Rosario Castellanos fue una idea propia y que la Universidad de la Salud fue una idea del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, donde estudian jóvenes de todo el país.
81. También, comentó que la mentalidad de la comunidad cambió mucho, porque durante años se creyó la historia del neoliberalismo, sistema en el que los gobiernos no participan en nada y que, finalmente, fracasó esa forma de pensar, por lo menos en América Latina.
82. Manifestó que las mujeres no deben callar, que las mujeres jóvenes deben seguir luchando y que hay un gobierno que no las dejará solas.
83. El documental cierra con un mensaje de Claudia Sheinbaum, por el que expone sus aspiraciones y anhelos por construir un México más justo, fraterno, soberano, libre y democrático.
84. Para esta Sala Especializada tales expresiones no implican el posicionamiento anticipado de Claudia Sheinbaum, pues, como se evidenció tuvieron como propósito exponer una síntesis sobre su vida personal, sus inicios en la política, sus puntos de vista sobre temas de interés general como la salud, el medio ambiente, el transporte público, la educación de nivel superior, los derechos de las mujeres, a fin de obtener la postulación como candidata a la presidencia de México.
85. Asimismo, del análisis de las manifestaciones no se advierte un llamado expreso a las personas que asistieron al evento del Teatro Metropólitan, a la militancia, o a la ciudadanía en general para que votara a su favor en la elección presidencial, o bien, para que rechazara a otra fuerza política o candidatura, sino la expresión de sus aspiraciones en caso de alcanzar la candidatura y la presidencia de México, como se advierte, entre otras expresiones, de la frase introductoria al video documental: “Además de ser hija, madre, científica y abuela, Claudia Sheinbaum gobernó la Ciudad de México y es candidata de Morena para ser la primera presidenta de México”, lo que está permitido durante la etapa de precampaña[48].
86. Si bien, como se evidenció previamente, en el mensaje que dio Claudia Sheinbaum expuso su opinión sobre los gobiernos “neoliberales”, de esas manifestaciones tampoco se desprenden llamados expresos al voto o de rechazo por alguna precandidatura, candidatura o fuerza política respecto de la elección presidencial, pues solo realizó, en su calidad de aspirante presidencial, un contraste respecto de otras administraciones gubernamentales, lo que no vulnera la normativa electoral, ya que fomenta el debate público.
87. Finalmente, se advierte que aun cuando hizo referencia a algunas de las acciones que implementó durante su gestión como jefa de gobierno de la Ciudad de México, como es el caso del cablebús y las medidas que implementó para hacer frente a emergencia sanitaria con motivo de la pandemia decretada por el virus COVID-19, tales expresiones no son contrarias a la normativa electoral, puesto que es válido que en la propaganda de precampaña se haga referencia a la estrategia política que siguió en su reciente gestión pública sin que eso implique proselitismo electoral, pues la intención de esa propaganda es obtener la candidatura presidencial.
88. Ahora bien, la Sala Superior señaló que, en caso de que no exista una manifestación electoral explícita y para evitar posibles fraudes a la ley, la autoridad debe valorar, a partir de un segundo nivel de análisis, la existencia de equivalentes funcionales.
89. Es decir, debe verificar si hay expresiones, que sin expresamente solicitar el sufragio o publicitar una plataforma electoral, tienen un significado que sea inequívocamente equivalente a dicha solicitud o publicidad[49].
90. Así, para acreditar la existencia de equivalentes funcionales debe: 1) precisar la expresión objeto de análisis, 2) señalar la expresión que se utiliza como parámetro de equivalencia (equivalente explícito) y 3) justificar la correspondencia del significado que debe ser inequívoca, objetiva y natural.
91. Para ello, resulta útil el siguiente ejercicio:
Expresión objeto de análisis | Parámetro de equivalencia | Correspondencia del significado |
“[…] hay que decirle a las jóvenes sigan luchando, qué bueno, porque nunca más “calladita te ves más bonita, nunca más, y falta hacer muchas más cosas, pero que las jóvenes, que las niñas, que las mujeres sepan que hay un gobierno que no las deja solas”. | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Claudia Sheinbaum y/o MORENA, PT, PVEM, Coalición Sigamos Haciendo Historia” | No cumple |
“[…] no porque haya un movimiento conservador que esté en contra de los derechos de las mujeres nosotros nos vamos a callar […]” | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Claudia Sheinbaum y/o MORENA, PT, PVEM, Coalición Sigamos Haciendo Historia” | No cumple |
“[…] el transporte público que es indispensable para cualquier ciudad, pero además atiende a quien menos tiene, entonces se hace realidad, el por el bien de todos primero los pobres.” | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Claudia Sheinbaum y/o MORENA, PT, PVEM, Coalición Sigamos Haciendo Historia” | No cumple |
¨[…] finalmente el neoliberalismo fracasó”. | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Claudia Sheinbaum y/o MORENA, PT, PVEM, Coalición Sigamos Haciendo Historia” | No cumple |
“Tengan la certeza de que voy a estar a la altura de las circunstancias, que vamos a caminar juntos y juntas en unidad, y que jamás traicionaré el anhelo de seguir construyendo un México aún más justo, fraterno, soberano, libre y democrático”. | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Claudia Sheinbaum y/o MORENA, PT, PVEM, Coalición Sigamos Haciendo Historia” | No cumple |
92. De lo anterior, no se advierte la existencia de una correspondencia inequívoca y natural para solicitar que la ciudadanía votara a favor de Claudia Sheinbaum o de alguno de los partidos que la postularon.
93. En todo caso, de dichas frases solo se puede desprender que Claudia Sheinbaum expuso sus deseos y opinión frente a temas que se encuentran en el debate público, lo que no se traduce en una invitación para votar por ella, por MORENA, el PT, el PVEM o la coalición “Sigamos Haciendo Historia” en la elección presidencial, sobre todo al tomar en consideración que el mensaje se emitió durante la precampaña y que su contenido es genérico, por lo que no constituye una infracción a la normativa electoral.
94. Por lo anterior, se concluye que en el documental no hay expresiones por las que, de manera objetiva, manifiesta, abierta, inequívoca y sin ambigüedades, se solicitara el apoyo a favor o contra precandidatura, candidatura o fuerza electoral de forma directa o mediante equivalentes funcionales, de ahí que no tiene carácter proselitista.
95. Ahora bien, MORENA reconoció que el evento realizado el 28 de noviembre de 2023 en el Teatro Metropólitan tuvo como finalidad reproducir el documental denunciado; que se realizó a puerta cerrada y estuvo dirigido a la militancia y personas simpatizantes, por lo que no hubo un registro formal de quienes asistieron al evento. Además, señaló que la convocatoria se realizó en sus redes sociales a las personas de su militancia y a sus simpatizantes[50].
96. Por otro lado, reconoció que ordenó la producción del material audiovisual denunciado; que los gastos originados con motivo de su realización y difusión se reportarían oportunamente ante la autoridad electoral; que no se tenía planeado la difusión del documental en otro lugar, y que no contrató su transmisión en algún medio periodístico físico o virtual[51].
97. Asi, toda vez que de la investigación realizada por la autoridad instructora no se obtuvo elemento de prueba para desvirtuar lo manifestado por MORENA, esto es, el carácter partidista del encuentro, se considera que dicho evento no constituye actos anticipados de campaña, sobre todo porque esta Sala Especializada corroboró previamente que el documental denunciado no contiene expresiones proselitistas.
98. En consecuencia, se concluye que la realización del evento en el que se presentó el documental y su difusión en YouTube no constituyen actos anticipados de campaña.
99. Por lo anterior, también es inexistente la supuesta vulneración al modelo de comunicación política, toda vez que el documental no resultó ilícito, ya que no contiene expresiones que vulneraran las reglas de la propaganda de precampaña y solo se difundió en redes sociales.
100. Conforme a lo anterior, toda vez que en el expediente se acreditó que las empresas “Operadora de Centros de Espectáculos S.A. de C.V.” y “Creación Digital y Publicidad S.A. de C.V.” solo estuvieron involucradas en la contratación del espacio en el que realizó el evento partidista, se considera que dichas personas morales no incurrieron en alguna infracción electoral con motivo de los hechos denunciados.
101. Ahora, veamos las publicaciones[52] atribuidas a Claudia Sheinbaum:
Publicación 2 https://www.instagram.com/p/C0MWTKYO0c5/?hl=es | |
Cuenta de Instagram @claudia_shein
28 de noviembre de 2023
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“Les comparto el tráiler de “Claudia: el documental” que se estrena hoy. Pueden verlo a partir de las 8 p.m. en YouTube.” |
Publicación 3 https://twitter.com/Claudiashein/status/1729500071555699092 | |
| Cuenta de X @Claudiashein
28 de noviembre de 2023
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“Les comparto el tráiler de “Claudia: el documental” que se estrena hoy. Pueden verlo a partir de las 8 p.m. en YouTube.” |
102. Las publicaciones 2 y 3 se realizaron en las cuentas de Instagram y X de Claudia Sheinbaum, el 28 de noviembre de 2023, por las cuales compartió una síntesis del documental, con el siguiente texto: “Les comparto el tráiler de “Claudia: el documental” que se estrena hoy. Pueden verlo a partir de las 8 p.m. en YouTube.”
Publicación 4 https://www.instagram.com/p/C0Ny7mgOVr4/?hl=es | |
Cuenta de Instagram @claudia_shein
28 de noviembre de 2023
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“Claudia: el documental. 🎬🎥” |
103. La publicación 4 también se realizó en la cuenta de Instagram de Claudia Sheinbaum el 28 de noviembre del 2023. En ella se observa una fotografía en la cual Claudia Sheinbaum saluda a las personas que asistieron al evento en el que se presentó el video denunciado, así como la frase: “Claudia: el documental”.
Publicación 5 https://www.instagram.com/p/C0NzAiSuWFR/?hl=es | |
Cuenta de Instagram @claudia_shein
28 de noviembre de 2023
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“Hoy pude disfrutar junto a ustedes, mi familia, amigos, ¡todas y todos! Este documental que es una pequeña ventanita a lo que fue y ha sido mi vida a lo largo de los años.” |
104. La publicación 5 se realizó en el perfil de Instagram de Claudia Sheinbaum, el 28 de noviembre de 2023. En ella se observa una fotografía en la que aparece la entonces precandidata de espaldas a la cámara, al saludar a diversas personas que asistieron al evento de presentación del video denunciado.
105. Al mensaje se añadió la frase: “Hoy pude disfrutar junto a ustedes, mi familia, amigos, ¡todas y todos! Este documental que es una pequeña ventanita a lo que fue y ha sido mi vida a lo largo de los años”.
Publicación 6 https://twitter.com/Claudiashein/status/1729701716893782504 | |
Cuenta de X @Claudiashein
28 de noviembre de 2023
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“Disfruté en compañía de muchos amigos y compañeros la presentación de "Claudia: el documental". Para los militantes y simpatizantes de Morena, lo pueden ver en mi canal de YouTube https://youtu.be/NDuUL-RQvMU?si=7TnHQL-rfy6nCnO2” |
106. La publicación 6 se realizó en el perfil de X, de Claudia Sheinbaum, el 28 de noviembre de 2023, en el cual se observa una foto de la denunciada en el evento de presentación del video documental, junto a diversas personas que asistieron al encuentro.
107. En el mensaje indicó que disfrutó, en compañía de sus amistades, la presentación del audiovisual, y compartió el vínculo digital del video: “Disfruté en compañía de muchos amigos y compañeros la presentación de "Claudia: el documental". Para los militantes y simpatizantes de Morena, lo pueden ver en mi canal de YouTube https://youtu.be/NDuUL-RQvMU?si=7TnHQL-rfy6nCnO2”.
Publicación 7 https:www.facebook.com/photo?fbid=931005645059940&set=a.4880567226881 | |
Cuenta de Facebook Claudia Sheinbaum
30 de noviembre de 2023
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“En tan solo dos días llevamos más de 300 mil vistas en Claudia: el documental” |
108. La publicación 7 se difundió en la cuenta de Facebook de la denunciada, el 30 de noviembre de 2023, por la cual indicó: “En tan solo dos días llevamos más de 300 mil vistas en Claudia: el documental”.
Publicación 8 https:www.facebook.com/ClaudiaSheinbaumPardo/videos/1902284680173929 | |
Cuenta de Facebook Claudia Sheinbaum
Uno de diciembre de 2023
8,2 reacciones 677 comentarios 46 mil visualizaciones
“Claudia: El documental | Así transcurre la vida de millones de mujeres.Puedes ver el documental 🎬 completo aquí 👇 https://youtu.be/NDuUL-RQvMU?si=9lSdOTFzYflbScPS”
|
109. La publicación 8 se realizó el uno de diciembre de 2023 en el perfil de Facebook de Claudia Sheinbaum, con el propósito de compartir el vínculo digital del documental denunciado. En el mensaje también se indicó: “Claudia: El documental |Así transcurre la vida de millones de mujeres. Puedes ver el documental 🎬 completo aquí 👇https://youtu.be/NDuUL-RQvMU?si=9lSdOTFzYflbScPS”.
Publicación 9 https:www.facebook.com/photo?fbid=933272944833210&set=x_48805671268817 | |
Cuenta de Facebook Claudia Sheinbaum
Cuatro de diciembre de 2023
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“Solo podemos dar un paso atrás para tomar impulso y seguir adelante. El fraude de 2006 marcó una etapa muy importante en el movimiento de transformación", "Claudia: El documental https://youtu.be/NDuULRQvMU?si=DS8opGDZE1MutdVP” |
110. En la publicación 9, Claudia Sheinbaum compartió en su perfil de Facebook el vínculo digital del documental y además señaló: “Solo podemos dar un paso atrás para tomar impulso y seguir adelante. El fraude de 2006 marcó una etapa muy importante en el movimiento de transformación".
111. Para esta Sala Especializada las publicaciones denunciadas no constituyen actos anticipados de campaña.
112. Lo anterior, toda vez que las publicaciones 2, 3 y 4 retoman fragmentos del documental denunciado o se refieren a dicho video; en las publicaciones 5 y 6 únicamente la denunciada hizo referencia a que disfrutó en compañía de su familia, amistades, militantes y personas simpatizantes de MORENA el documental sobre su vida, y lo compartió en redes sociales.
113. Asimismo, en las publicaciones 7, 8 y 9 señaló la cantidad de vistas que llevaba el documental en internet y compartió su vínculo digital.
114. Si bien se acompañó otras frases a los mensajes denunciados, no se advierte que dichas expresiones tuvieran como propósito llamar al voto a favor de Claudia Sheinbaum respecto de la elección presidencial, o de los partidos que la postularon, ni que constituyan equivalentes funcionales de ese llamado, pues solo guardan relación con el documental sobre su vida, que previamente fue declarado lícito al no tener carácter proselitista.
115. Por lo anterior, se considera que son inexistentes los actos anticipados de campaña atribuidos a Claudia Sheinbaum.
¿Las personas del servicio público involucradas en este asunto vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad?
116. Toda vez que en esta sentencia se determinó previamente que el documental denunciado no constituyó propaganda electoral (sino política, acorde a la etapa de precampaña), y que el evento en que se llevó a cabo su presentación no implicó la realización de actos anticipados de campaña, se considera que la asistencia de Luisa María Alcalde, Miguel Torruco, Leticia Ramírez, Cesar Cravioto, Alfredo Vázquez, Nadine Gasman, Martí Batres, Myriam Urzúa y Guadalupe Chávez a dicho acto partidista, no vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad que rige su actuar como personas del servicio público.
117. Esto porque, aun cuando el evento se realizó en día hábil (martes 28 de noviembre de 2023), de la investigación que realizó la autoridad no se acreditó que, con motivo de su asistencia a dicho evento, desatendieran las funciones públicas que tenían encomendadas, ni se corroboró que hayan participado activamente en el evento con el propósito de incidir en la contienda electoral.
118. Ahora bien, en el caso, se denunció que Ana Lilia Rivera, Alfredo Vázquez, Martí Batres y María Guadalupe Chávez realizaron publicaciones relativas a la difusión del documental denunciado, por lo que es necesario revisar su contenido a fin de determinar si dichos mensajes contienen expresiones que pudieran vulnerar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de la contienda[53].
Publicación 10 https://www.facebook.com/photo?fbid=781629680436598&set=pob.781635037102729 | |
Cuenta de Facebook Alfredo Vázquez Vázquez
28 de noviembre de 2023
“En Teatro Metropolitan.” |
119. La publicación 10, se realizó en el perfil de Facebook de Alfredo Vázquez el 28 de noviembre de 2023. En ella se observa una fotografía de él junto a Claudia Sheinbaum y la expresión: “En Teatro Metropolitan”.
Publicación 11 https://www.facebook.com/photo?fbid=769429158339879&set=pcb.769433608339434 | |
Cuenta de Facebook Dip. Lupita Chávez
28 de noviembre de 2023
|
120. La publicación 11, se realizó en el perfil de Facebook de Lupita Chávez el 28 de noviembre de 2023. En ella se observa una fotografía de dos mujeres y un hombre posando de frente a la cámara en lo que parecer ser el interior de un auditorio. No se acompañó ninguna frase a dicho mensaje.
Publicación 12 https://www.facebook.com/photo/?fbid=91 0222453806159&set=a.5400427 44157467 | |
Cuenta de Facebook Martí Batres
29 de noviembre de 2023
“En la premier de 'Claudia. El documental” |
121. La publicación 12, se realizó en el perfil de Facebook de Martí Batres el 29 de noviembre de 2023. En ella se observa una fotografía de él junto con una persona del sexo femenino y la frase: “En la premier de Claudia: el documental”.
Publicación 13 https:/lwww.facebook.com/RiveraRiveraAnalilialvideos/1550392115702122 | |
Cuenta de Facebook Ana Lilia Rivera
Tres de diciembre de 2023
“Es hija del 68 y ha estado siempre del lado correcto de la historia, defendiendo las causas justas, la democracia, la educación pública y la libertad. Conoce a Claudia Sheinbaum en 'Claudia: El documental.” |
122. Finalmente, la publicación 13 se realizó en la cuenta de Ana Lilia Rivera el tres de diciembre de 2023. Al mensaje se adjuntó el video y el siguiente texto: “Es hija del 68 y ha estado siempre del lado correcto de la historia, defendiendo las causas justas, la democracia, la educación pública y la libertad. Conoce a Claudia Sheinbaum en 'Claudia: El documental.”
123. De las expresiones de los mensajes denunciados no se advierte que tuvieran como propósito llamar al voto a favor de Claudia Sheinbaum respecto de la elección presidencial, pues en las publicaciones 10, 11 y 12 solo se hizo referencia a la asistencia de Alfredo Vázquez, María Guadalupe Chávez y Martí Batres al evento de presentación del documental denunciado, mientras que en la publicación 13 se hizo referencia a un fragmento del documental y se invitó a observar el video.
124. De ahí que esta Sala Especializada considera que las publicaciones denunciadas no afectaron los principios de imparcialidad y neutralidad que rige a las personas del servicio público, ni afectaron el principio de equidad en la contienda, pues no contienen expresiones por las cuales se buscara favorecer la candidatura de Claudia Sheinbaum de frente al proceso electoral a la presidencia de México.
125. Por lo anterior, es inexistente la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de la contienda atribuido a Luisa María Alcalde, Miguel Torruco, Leticia Ramírez, Cesar Cravioto, Alfredo Vázquez, Nadine Gasman, Martí Batres, Myriam Urzúa, Ana Lilia Rivera y Guadalupe Chávez.
¿Se usaron recursos públicos de forma indebida?
126. En el expediente no se acreditó que Luisa María Alcalde, Miguel Torruco, Leticia Ramírez, Cesar Cravioto, Alfredo Vázquez, Nadine Gasman, Martí Batres, Myriam Urzúa y Guadalupe Chávez destinaran recursos públicos asistir al evento denunciado o para su realización.
127. Por el contrario, MORENA reconoció que los gastos de la producción del video y de su proyección en el Teatro Metropólitan corrieron a cargo de sus prerrogativas, los cuales serían reportados, en su oportunidad, ante el INE.
128. Asimismo, tampoco se advierte que la difusión de las publicaciones atribuidas a Alfredo Vázquez, María Guadalupe Chávez, Ana Lilia Rivera y Martí Batres implicara el uso indebido de recursos, pues, aun cuando dichas personas formaban parte del servicio público al momento de los hechos denunciados, en el caso se demostró que no usaron recursos materiales, incluidos entre éstos, sus redes sociales para posicionar de forma anticipada la candidatura de Claudia Sheinbaum.
129. En consecuencia, es inexistente el uso indebido de recursos públicos atribuidos a las personas del servicio público denunciadas.
Responsabilidad indirecta (culpa in vigilando)
131. Cabe señalar que la jurisprudencia de este Tribunal Electoral[54] ha sostenido que los partidos políticos no son responsables de la conducta atribuida a las personas de su militancia cuando actúan en carácter de personas del servicio público, por lo que, en el caso, es inexistente la responsabilidad indirecta atribuida a MORENA, PVEM y PT respecto de las personas del servicio público denunciadas.
132. Por expuesto y fundado, se
R E S U E L V E
PRIMERO. Son inexistentes los actos anticipados de campaña y la vulneración al modelo de comunicación política, atribuidos a Claudia Sheinbaum Pardo.
SEGUNDO. Son inexistentes el uso indebido de recursos públicos y la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda atribuidas a las personas del servicio público denunciadas.
TERCERO. Es inexistente la falta al deber de cuidado atribuida a MORENA y los partidos del Trabajo y Verde Ecologista de México.
NOTIFÍQUESE en términos de la normativa aplicable.
En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto concluido y, en su caso, hágase la devolución de la documentación que corresponda.
Así lo resolvió la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por unanimidad de votos de las magistraturas que la integran, con el voto razonado del magistrado Luis Espíndola Morales, ante la secretaria general de acuerdos, quien da fe.
Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación, así como el Acuerdo General de la Sala Superior 2/2023, que regula, entre otras cuestiones, las sesiones presenciales de las Salas del tribunal.
VOTO RAZONADO QUE EMITE EL MAGISTRADO LUIS ESPÍNDOLA MORALES EN LA SENTENCIA SRE-PSC-553/2024[55]
Formulo el presente voto porque, si bien coincido con mis pares en la inexistencia de las infracciones correspondientes a actos anticipados de campaña y la vulneración al modelo de comunicación política, atribuidos a Claudia Sheinbaum Pardo, así como el uso indebido de recursos públicos y la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda atribuidas a las personas del servicio público denunciadas, me aparto del criterio mayoritario de determinar que el contenido estudiado no es propaganda electoral.
Desde mi perspectiva, se deben tener en cuenta los siguientes elementos: 1) Claudia Sheinbaum es la persona titular de la cuenta en la que se compartió el documental; y 2) el evento en el Teatro Metropólitan, donde se proyectó dicho material, fue organizado por Morena. Estos dos aspectos nos llevan a concluir que se trata de actividades relacionadas con la entonces precandidata a la Presidencia de la República.
Debe precisarse que el documental aquí analizado es similar a la propaganda analizada en el diverso SRE-PSC-457/2024. En ese asunto se estudiaron tres promocionales pautados por el PAN en el periodo de precampaña en los que se expuso un extracto de la vida personal y profesional de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz. Ambos casos cumplen con similitudes tal y como se muestra a continuación:
- Están relacionados con una precandidata a la Presidencia de la República.
- Se difundieron en la etapa de precampaña.
- El contenido se relacionó con la vida de las entonces precandidatas.
- Se dirigían a militantes y simpatizantes de los partidos políticos que las postularon, buscando su apoyo.
Por lo anterior, considero que no hay razones por las que, en el presente caso, se concluya que la propaganda analizada no es electoral. Desde luego, sostener lo anterior no significa llegar a una conclusión distinta a la que llega la sentencia, puesto que, si bien se trató de propaganda electoral permitida, no hubo un llamamiento al voto ni equivalentes funcionales que lleven a concluir la existencia de los actos anticipados de campaña.
Por lo expuesto, emito el presente voto razonado.
Este documento es autorizado mediante firma electrónica certificada, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.
1
[1] Todas las fechas corresponden a 2024, salvo mención en contrario.
[2] En adelante Sala Especializada.
[3] Consultable en la liga https://www.ine.mx/wp-content/uploads/2023/11/Calendario-Electoral-2024-V3.pdf
[4] Folios 1 a 102 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[5] Con la clave UT/SCG/PE/AAC/CG/1269/PEF/283/2023, fojas 104 a 135 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[6] Folios 629 a 633 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[7] ACQyD-INE-327/2023, fojas 636 a 700 del cuaderno accesorio 1 del expediente Dicho acuerdo no se controvirtió ante la Sala Superior.
[8]Si bien no se denunció a “Operadora de Centros de Espectáculos S.A. de C.V.”, “Creación Digital y Publicidad S.A. de C.V.” y a los partidos del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), la UTCE los emplazó al procedimiento al considerar que podrían tener responsabilidad en los hechos denunciados (fojas 964 a 983 del cuaderno accesorio 1 del expediente). Las constancias de notificación del PT se encuentran en las fojas 1051 a 1055; las del PVEM en los folios 1089 a 1093; las de Creación Digital y Publicidad S.A. de C.V. en los folios 1099 a 1104, y las de Operadora de Centros de Espectáculos S.A. de C.V. en los folios 1127 a 1134, todas del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[9] No asistieron a la audiencia de ley, ni presentaron alegatos las personas morales “Operadora de Centros de Espectáculos S.A. de C.V.”, “Creación Digital y Publicidad S.A. de C.V.”, Nadine Gasman, ni Alfredo Vázquez.
[10] Artículos 41, Base III, 99, párrafo cuarto, fracción IX, y 134, párrafos 7 y 8, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (constitución); 165, 166 último párrafo, 173 primer párrafo y 176 penúltimo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 442, párrafo 1, incisos a), d) y f), 443, párrafo 1, incisos a) y n); 445, párrafo 1, incisos a) y f), 447, párrafo 1, inciso e), 449, párrafo 1, incisos d), e) y g), 470; 475, 476 y 477 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE); 25, párrafo 1, incisos a) e y), de la Ley General de Partidos Políticos; así como las jurisprudencias 25/2015 y 8/2016, de rubro: “COMPETENCIA. SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN PARA CONOCER SUSTANCIAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES” y “COMPETENCIA. EL CONOCIMIENTO DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA O CAMPAÑA, SE DETERMINA POR SU VINCULACIÓN AL PROCESO ELECTORAL QUE SE ADUCE LESIONADO”.
[11] Ver escrito a fojas 1820 a 1831 del cuaderno accesorio 3 del expediente.
[12] Artículo 440, numeral 1, inciso e), fracción II de la LEGIPE.
[13] Ver folios 01 a 102 del cuaderno accesorio 1 del expediente, así como 1229 y 1224 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[14] Ver folios 1117 a 1122 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[15] Escrito visible en los folios 1154 a 1171 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[16] Escritos que obran a fojas 1173 a 1183 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[17] Escrito visible en los folios 1184 a 1189 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[18] Folios 1210 a 1217 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[19] Escrito visible a fojas 1226 a 1231 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[20] Escrito visible a fojas 1232 a 1257 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[21] Escrito visible a fojas 1258 a 1278 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[22] Escrito visible a fojas 1303 a 1308 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[23] Escrito visible a fojas 1310 a 1315 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[24] En el caso, se toman los alegatos que formuló el partido, relacionados con los hechos denunciados en este procedimiento sancionador. Escrito visible a fojas 1317 a 1323 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[25] Escrito visible a fojas 1094 y 1095 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[26] La valoración probatoria se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 461, párrafo 3, inciso a) y b), así como 462, párrafos 1, 2 y 3 de la Ley General.
[27] Certificación realizada el 13 de diciembre de 2023. Folios 377 a 541, del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[28] Artículo 462, numeral 2, de la LEGIPE.
[29]Elementos establecidos por la Sala Superior, en los recursos de apelación SUP-RAP-15/2009 y acumulado, SUP-RAP-191/2010, SUP-RAP-204/2012, SUP-RAP-15-2012 y SUP-JRC-274/2010.
[30] SUP-JRC-97/2018, y SUP-REP-73/2019.
[31] Ver jurisprudencia 2/2023: “ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA O CAMPAÑA. PARA ACREDITAR EL ELEMENTO UBJETIVO SE DEBEN ANALIZAR LAS VARIABLES RELACIONADAS CON LA TRASCENDENCIA A LA CIUDADANIA”.
[32] SUP-RAP-115/2007, SUP-RAP-198/2009, SUP-RAP-220/2009 y acumulados, y SUP-RAP-201/2009 y acumulados.
[33] SUP-REP-526/2024 y acumulado.
[34] SUP-REP-709/2022 y acumulado.
[35] SUP-REP-74/2024.
[36] El uso de […] es para favorecer el uso del lenguaje incluyente.
[37] Véase la exposición de motivos de la reforma al 134 constitucional: "El tercer objetivo que se persigue con la reforma constitucional propuesta es de importancia destacada: impedir que actores ajenos al proceso electoral incidan en las campañas electorales y sus resultados a través de los medios de comunicación; así como elevar a rango de Norma Constitucional las regulaciones a que debe sujetarse la propaganda gubernamental, de todo tipo, tanto durante las campañas electorales como en periodos no electorales”; visión que fue confirmada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 129/2015 y sus acumuladas 130/2015, 131/2015, 132/2015, 133/2015 y 137/2015.
[38] En el ámbito convencional, este derecho se encuentra establecido en los artículos 19 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
[39] Vid. Sentencia SUP-REP-17/2021.
[40] Así lo señala el 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y la Declaración Conjunta sobre la Libertad de Expresión e Internet, emitida el 11 de junio de 2011.
[41] Tesis CV/2017 de la Segunda Sala de la SCJN, de rubro: “LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y OPINIÓN EJERCIDAS A TRAVÉS DE LA RED ELECTRÓNICA (INTERNET). RESTRICCIONES PERMISIBLES”.
[42] Jurisprudencia 18/2016: “LIBERTAD DE EXPRESIÓN. PRESUNCIÓN DE ESPONTANEIDAD EN LA DIFUSIÓN DE MENSAJES EN REDES SOCIALES”.
[43] Artículo 25, numeral 1, inciso a), de la Ley General de Partidos Políticos.
[44]Tesis XXXIV/2004: “PARTIDOS POLÍTICOS. SON IMPUTABLES POR LA CONDUCTA DE SUS MIEMBROS [INTEGRANTES] Y PERSONAS RELACIONADAS CON SUS ACTIVIDADES” y jurisprudencia 19/2015: “CULPA IN VIGILANDO. LOS PARTIDOS POLÍTICOS NO SON RESPONSABLES POR LAS CONDUCTAS DE SUS MILITANTES CUANDO ACTÚAN EN SU CALIDAD DE SERVIDORES [AS] PÚBLICOS [AS].
[45] Es un hecho notorio que se registró como precandidata el 19 de noviembre de 2023.
[46] Ver escrito de 26 de diciembre de 2024, visible a fojas 602 a 605 del cuaderno accesorio 1 del expediente. Se trata de una documental privada que, al concatenarse con los demás elementos del expediente, generan convicción de las manifestaciones que contiene, en términos de lo dispuesto en el artículo 462, numeral 3, de la LEGIPE.
[47] Acta circunstanciada INE/DS/OE/CIRC/503/2023 de 13 de diciembre de 2023, la cual tiene valor probatorio pleno, al haber sido realizada por el personal de la Oficialía Electoral, autoridad en ejercicio de sus funciones, en términos de lo dispuesto en el artículo 462, numeral 2, de la LEGIPE. Fojas 377 a 541 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[48] Ver SUP-REP-633/2023, así como la jurisprudencia de la Sala Superior 34/2024, de rubro: “ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA Y CAMPAÑA. LA SOLA MANIFESTACIÓN DE LA INTENCIÓN DE ASPIRAR A UN CARGO PUBLICO NO LOS CONFIGURA.
[49] SUP-REP-574/2022.
[50] Ver folios 602 a 605 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[51] Ver folios 197 a 201 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[52] Acta circunstanciada INE/DS/OE/CIRC/503/2023 de 13 de diciembre de 2023, la cual tiene valor probatorio pleno, al haber sido realizada por el personal de la Oficialía Electoral, autoridad en ejercicio de sus funciones, en términos de lo dispuesto en el artículo 462, numeral 2, de la LEGIPE. Fojas 377 a 541 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[53] Las publicaciones fueron certificadas en el acta circunstanciada INE/DS/OE/CIRC/503/2023 de 13 de diciembre de 2023, la cual tiene valor probatorio pleno, al haber sido realizada por el personal de la Oficialía Electoral, autoridad en ejercicio de sus funciones, en términos de lo dispuesto en el artículo 462, numeral 2, de la LEGIPE. Fojas 377 a 541 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[54] Jurisprudencia 19/2015, de rubro: “CULPA IN VIGILANDO. LOS PARTIDOS POLÍTICOS NO SON RESPONSABLES POR LAS CONDUCTAS DE SUS MILITANTES CUANDO ACTÚAN EN SU CALIDAD DE SERVIDORES PÚBLICOS”.
[55] Con fundamento en los artículos 174, último párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el 11 del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral. Agradezco a María José Pérez Guzmán, su apoyo en la elaboración del presente voto.