PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
EXPEDIENTE: SRE-PSC-575/2024
PARTE PROMOVENTE: MORENA, Movimiento Ciudadano y DATO PROTEGIDO[1]
MAGISTRADA EN FUNCIONES: Mónica Lozano Ayala
PROYECTISTA: Georgina Ríos González
COLABORARON: Ericka Rosas Cruz y Aranzazú Rosales Rosas
Ciudad de México, a cinco de noviembre de dos mil veinticuatro.
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación[2] dicta la siguiente SENTENCIA:
A N T E C E D E N T E S
I. Proceso electoral federal 2023-2024
1. El siete de septiembre de 2023 inició el proceso electoral federal en el que se eligió, entre otros cargos, la presidencia de México. Las etapas fueron[3]:
Precampaña: Del 20 de noviembre de 2023[4], al 18 de enero.
Campaña: Del uno de marzo al 29 de mayo.
Jornada electoral: dos de junio.
II. Representación del “Frente Amplio por México”
2. El 20 de julio de 2023, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el convenio[5] entre los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), para conformar el “Frente Amplio por México”. Dicha alianza estableció un proceso para elegir quien la coordinaría.
3. Es un hecho público y notorio[6] que Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz (Xóchitl Gálvez) se registró para contender en tal proceso. Al haber obtenido los resultados más favorables, se registró ante cada partido político como su precandidata a la presidencia de México. El PAN la registró el ocho de noviembre; el PRD el 15 de noviembre y el PRI el 19 de noviembre de 2023.
4. El 15 de diciembre de 2023, el INE aprobó el registro del convenio de la coalición parcial “Fuerza y Corazón por México”, conformada por el PAN, PRI y PRD, para la postulación de la candidatura a la Presidencia de la República, así como a diversas senadurías y diputaciones federales de mayoría relativa, para el proceso electoral federal 2023-2024[7].
III. Trámite del procedimiento especial sancionador
5. 1. Primera y segunda queja. El 24 de noviembre de 2023, MORENA y DATO PROTEGIDO denunciaron, respectivamente a Xóchitl Gálvez, al PAN, PRI y PRD, así como a María Eugenia Campos Galván (Maru Campos), gobernadora de Chihuahua y a Marco Antonio Bonilla Mendoza (Marco Bonilla), presidente municipal de Chihuahua, por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña, vulneración a las reglas de la difusión de propaganda de precampaña por la supuesta omisión de mencionar la calidad de la precandidatura y a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, uso indebido de recursos públicos y el supuesto beneficio indebido de los partidos políticos referidos y Xóchitl Gálvez, con motivo de un evento realizado el 20 de noviembre de ese año en el Polifórum de la feria de Santa Rita, en Chihuahua, así como su difusión en las redes sociales Facebook y X.
6. 2. Registro y acumulación de las quejas. Por diversos acuerdos de la misma fecha, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) de la Secretaría Ejecutiva del INE registró las quejas[8] y las acumuló.
7. 3. Tercera queja. El uno de diciembre de 2023, MORENA presentó queja contra Xóchitl Gálvez, por la supuesta vulneración a las reglas de difusión de propaganda política-electoral por incluir niñas, niños y adolescentes sin contar con los permisos correspondientes, en el video del evento realizado el 20 de noviembre de ese año en el Polifórum de la feria de Santa Rita, en Chihuahua.
8. También denunció la falta al deber de cuidado atribuida al PAN, PRI y PRD, integrantes de la coalición “Fuerza y Corazón por México”.
9. 4. Registro y acumulación de las quejas. En la misma fecha, la UTCE registró la queja[9] y la acumuló al primer procedimiento.
10. 5. Cuarta queja. El 29 de noviembre de 2023, Movimiento Ciudadano denunció a Xóchitl Gálvez y al PAN, PRI y PRD, por la presunta realización de actos anticipados de campaña y la vulneración a las reglas de difusión propaganda política-electoral, con motivo de la difusión de un video en las redes sociales del evento realizado el 20 de noviembre de 2023 en el Polifórum de la feria de Santa Rita, en Chihuahua, así como en las redes sociales Facebook y YouTube.
11. 6. Registro de la queja. El cinco de diciembre de 2023, la UTCE registró[10] la queja.
12. 7. Medidas Cautelares. En la misma fecha, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por la parte quejosa respecto del evento realizado el 20 de noviembre de 2023, al tratarse de actos consumados de manera irreparable.
13. También las declaró improcedentes respecto de las publicaciones denunciadas, pues, desde una perspectiva preliminar no advirtió que la propaganda denunciada constituyera una infracción a la normativa electoral[11].
14. 8. Desechamiento parcial y admisión de las quejas. El 12 de diciembre de 2023, la UTCE dictó acuerdo por el que desechó las denuncias respecto al uso de las letras “X” y “V” en la propaganda denunciada, al considerar que no había elementos de una posible infracción en materia electoral, pues dichos símbolos pueden tener diversos usos. Asimismo, ordenó la acumulación de la cuarta queja y la admisión de todas las denuncias[12].
15. 9. Emplazamiento y audiencia. El 12 de agosto, la UTCE ordenó emplazar a las partes involucradas a la audiencia de pruebas y alegatos que se llevaría a cabo el 15 siguiente. Sin embargo, el 15 de agosto difirió la audiencia para el 20 de agosto siguiente.
IV. Trámite ante la Sala Especializada
16. Recepción, turno y radicación del expediente. Cuando llegó el expediente se revisó su integración y el magistrado presidente le dio la clave
SRE-PSC-575/2024 y lo turnó a la ponencia de la magistrada en funciones Mónica Lozano Ayala, quien lo radicó y propuso el proyecto de sentencia.
C O N S I D E R A C I O N E S
PRIMERA. Competencia
17. Esta Sala Especializada tiene facultad (es competente) para resolver el procedimiento especial sancionador, porque se denunció la realización de un evento y su difusión en redes sociales, lo que pudo actualizar la comisión de actos anticipados de campaña del proceso electoral federal 2023-2024 y la promoción personalizada de una precandidatura. Además, se denunció la supuesta vulneración a las reglas de difusión propaganda política-electoral en detrimento del interés superior de la niñez y adolescencia, atribuible a Xóchitl Gálvez, precandidata de la coalición “Fuerza y Corazón por México” y al PAN, PRI y PRD; así como la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda y el uso indebido de recursos públicos y la promoción personalizada a favor de la entonces precandidata, atribuido a dos personas del servicio público[13].
SEGUNDA. Sobreseimiento
18. Es un hecho público que el cuatro de octubre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo INE/CG2235/2024 del Consejo General del INE, por el que se declaró la pérdida del registro del PRD, así como de sus derechos y prerrogativas, al no haber obtenido al menos el tres por ciento de votos en los recientes comicios ordinarios federales[14].
19. Toda vez que al momento del emplazamiento de este asunto el PRD aún no había perdido su registro, la UTCE lo llamó al procedimiento sancionador en su carácter de denunciado.
20. No obstante, en el caso se actualiza la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 11, párrafo 1, inciso c), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de aplicación supletoria conforme al artículo 441, párrafo 1 de la LEGIPE, porque la pérdida de registro del PRD tuvo lugar después de su emplazamiento a este procedimiento especial sancionador y previo a la emisión de la resolución correspondiente.
21. Cabe señalar que este órgano jurisdiccional puede resolver este asunto debido a la naturaleza del procedimiento especial sancionador, pues, en el caso, subsiste el interés público para garantizar la plena vigencia de los principios rectores del proceso electoral, en particular el de la equidad en la contienda en los comicios, sin que sea posible analizar los hechos atribuidos al PRD dada la extinción de su personalidad jurídica.
22. En consecuencia, lo procedente es decretar el sobreseimiento en el presente procedimiento especial sancionador respecto al entonces Partido de la Revolución Democrática, al haber perdido su registro.
TERCERA. Escisión y vista a la UTCE
23. Como se adelantó en el apartado de antecedentes, DATO PROTEGIDO y Movimiento Ciudadano señalaron que en el video del evento del 20 de noviembre de 2023 no se mencionó la calidad de Xóchitl Gálvez como precandidata a la presidencia de México, ni en las publicaciones en las redes sociales en las cuales se compartió el audiovisual, aspecto que, en su concepto, vulneró las reglas de la difusión de propaganda de precampaña, previstas en los artículos 211, numeral 3 y 227, numeral 3 de la LEGIPE.
24. No obstante, de la revisión del acuerdo de emplazamiento, se advierte que la autoridad instructora fue omisa en emplazar a las partes involucradas por dicha infracción, circunstancia que impide a esta Sala Especializada analizar tales planteamientos de la parte quejosa, pues, de lo contrario se podría vulnerar el debido proceso y el derecho a la adecuada defensa de las personas y partidos denunciados, en tanto que no estuvieron en aptitud de conocer de manera puntual cuáles eran las publicaciones por las que se les atribuyó la infracción.
25. El artículo 476, párrafo 2, inciso b), de la LEGIPE, vigente al momento en que se inició este procedimiento sancionador, prevé que, al advertir una deficiencia en la integración del procedimiento, este órgano jurisdiccional puede devolver el expediente a la autoridad instructora a fin de que realice las diligencias que estime necesarias para estar en condiciones de emitir una resolución debidamente fundada y motivada que abarque la totalidad de las cuestiones planteadas en el caso (cumplir con el principio de exhaustividad de las sentencias [15].
26. No obstante, tomando en cuenta que el procedimiento especial sancionador es de carácter sumario y que la potestad sancionadora, por regla general, caduca en el plazo de un año, por ser el tiempo razonable y suficiente para tramitarlo y emitir la resolución correspondiente[16], a fin de no dilatar la resolución de este asunto, se considera que lo pertinente escindir las denuncias por lo que hace a los planteamientos de Movimiento Ciudadano y DATO PROTEGIDO precisados en este apartado, y dar una vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral para que inicie un nuevo procedimiento sancionador en el que se analice la supuesta vulneración a las reglas de la difusión de propaganda de precampaña, atribuida a la parte denunciada, con motivo de la omisión de mencionar la calidad de precandidata en los videos del evento realizado el 20 de noviembre de 2023 en los perfiles de las redes sociales X, Facebook y YouTube de Xóchitl Gálvez[17].
CUARTA. Causales de improcedencia
27. Al comparecer al procedimiento Marco Bonilla adujo que queja es frívola.
28. La causal de improcedencia no se actualiza, pues, la parte quejosa indicó los hechos y conductas que estimó contrarios a la normativa electoral y aportó las pruebas que consideró pertinentes para acreditarlas, cuya valoración y alcance será analizado en el apartado correspondiente[18].
QUINTA. Acusaciones y defensas
29. MORENA y DATO PROTEGIDO denunciaron[19]:
El 20 de noviembre de 2023 Xóchitl Gálvez publicó en sus redes sociales X y Facebook el video de un evento que realizó en el Polifórum de la feria de Santa Rita, en Chihuahua, en el que hizo manifestaciones que constituyeron actos anticipados de campaña respecto del proceso electoral federal 2023-2024.
En el video se advierte la participación de Maru Campos, gobernadora de Chihuahua y de Marco Bonilla, presidente municipal de Chihuahua, cuyas manifestaciones pudieron vulnerar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, y constituir un uso indebido de recursos públicos, porque se solicitó apoyo para que Xóchitl Gálvez llegara a la presidencia de México.
Xóchitl Gálvez, PAN, PRI y PRD recibieron un beneficio indebido por las expresiones de Maru Campos y Marco Bonilla a favor de la entonces precandidata a presidenta de México.
Adicionalmente, MORENA denunció que en el evento denunciado se transmitieron unos videos en los que aparecieron varias niñas, niños y adolescentes sin contar con los permisos correspondientes[20].
30. Movimiento Ciudadano refirió[21]:
Las manifestaciones de Xóchitl Gálvez constituyeron actos anticipados de campaña porque promocionó la plataforma electoral y su candidatura previo al inicio de las campañas electorales, sin mencionar que se refería a militancia y personas simpatizantes.
Como el evento proselitista y la propaganda se difundió en Facebook y YouTube estuvieron disponibles para cualquier persona que ingresa a las redes sociales y no solo para la militancia.
31. Xóchitl Gálvez se defendió así[22]:
No organizó el evento denunciado, y asistió en calidad de precandidata por el PAN, para dialogar con la militancia y personas simpatizantes de Chihuahua, por invitación de la persona tesorera del Comité Directivo Estatal del PAN en esa entidad.
No realizó actos anticipados de campaña, toda vez que se trató de manifestaciones que se encuentran amparadas en el ejercicio de la libertad de expresión, pues no hizo llamados al voto a favor o contra algún partido político. Además, la Sala Superior ha señalado que la sola manifestación de la intención de aspirar a un cargo de elección popular no configura la infracción que se le atribuye.
Participó en el evento como precandidata y no como persona del servicio público.
No vulneró el interés superior de la niñez, pues la propaganda denunciada no afectó la honra, la imagen o reputación de las personas menores de edad que pudieran a parecer en ellas. En todo caso, se trata de una aparición incidental, pues no son plenamente identificables, al tratarse de un grupo grande de personas.
No cuenta con los permisos correspondientes a las personas menores de edad que aparecen en los videos, ya que se trató de un evento masivo. Uno de los videos denunciados contiene imágenes producidas con inteligencia artificial, por lo que no vulneró el interés superior de la niñez.
32. Maru Campos indicó[23]:
Acudió al evento en carácter de militante del PAN y como integrante de la dirigencia partidista.
El evento se realizó en día inhábil, por lo que no vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad ni equidad en la contienda.
No participó en la organización del evento, ni utilizó recursos públicos para su asistencia.
No cuenta con la versión estenográfica del evento.
33. Marco Bonilla se defendió así[24]:
El 20 de noviembre de 2023 se encontraba fuera de Chihuahua, por lo que no asistió al evento ni participó en él.
Al ser parte de la militancia y dirigencia del PAN en la entidad, en ejercicio de sus derechos de expresión y asociación, realizó un video para darle la bienvenida a Xóchitl Gálvez a la ciudad de Chihuahua, el cual fue reproducido en el evento.
No organizó el evento denunciado, ni se usaron recursos provenientes del ayuntamiento de Chihuahua, por lo que desconoce el origen de los recursos para su realización.
Debe operar en su favor el principio de presunción de inocencia.
34. El PRI dijo[25]:
No es titular ni administrador de los perfiles de redes sociales en los que se difundió el video del evento denunciado.
No se actualizan los actos anticipados de campaña denunciados porque no se realizaron llamados expresos al voto, ni se presentó ante la ciudadanía alguna plataforma electoral, por lo que no se reúnen los elementos que exige la jurisprudencia; además, las expresiones no transcendieron al conocimiento de la ciudadanía.
No se advierte que la expresión “#Xochitl Va” seguido de un corazón con una X, constituya o acredite de manera explícita o equivalente una finalidad el solicitar el voto a favor de una eventual candidatura o cualquier otra clase de apoyo inequívocamente electoral.
Se debe analizar el contexto integral de la propaganda para concluir si las expresiones denunciadas constituyen un equivalente funcional a una solicitud de apoyo electoral.
No se vulneró el interés superior de la niñez, pues al observar los rasgos físicos de las personas que aparecen en la propaganda no es posible asegurar que sean niñas, niños o adolescentes, ya que sus rostros no son identificables y su aparición es incidental.
No se actualiza la responsabilidad indirecta que se le atribuye porque Xóchitl Gálvez no es dirigente o militante del PRI, por lo que no tiene obligación de observar un deber de cuidado por sus conductas o por las manifestaciones denunciadas.
35. El PAN señaló[26]:
Los mensajes denunciados se hicieron en ejercicio del derecho a la libertad de expresión y asociación de Xóchitl Gálvez y la militancia partidista.
No tiene la titularidad de manejo de las redes sociales de la entonces precandidata presidencial.
El evento se organizó como un encuentro con la militancia y personas simpatizantes en el periodo de precampaña, por lo que no se vulneraron los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda.
No se utilizaron recursos públicos para su realización.
No se acreditan las infracciones atribuidas al partido, a la entonces precandidata a la presidencia de la república Xóchitl Gálvez, a Maru Campos y Marco Bonilla, gobernadora y presidente municipal de Chihuahua, respectivamente.
La aparición de personas menores de edad fue de carácter incidental.
Los gastos de evento se registraron en el Sistema Integral de Fiscalización del INE.
36. Aldea Digital S.A.P.I de C.V. indicó[27]:
Solo administró los sitios de internet en los que se publicó propaganda de campaña de Xóchitl Gálvez, por lo que no se le puede atribuir responsabilidad por los hechos denunciados en este asunto, ya que se tratan de actos de precampaña.
SEXTA. Pruebas y hechos acreditados[28]
37. De las constancias del expediente se acreditó:
La realización del evento en el Polifórum de la feria de Santa Rita, Chihuahua, el 20 de noviembre de 2023.
La existencia de las ocho publicaciones denunciadas, las cuales se analizarán en el estudio de fondo[29].
Como se dijo, es un hecho público que el PRI, PAN y el PRD, integraron la Coalición Fuerza y Corazón por México y registraron a Xóchitl Gálvez como precandidata y candidata a la presidencia de México.
Xóchitl Gálvez realizó las publicaciones denunciadas en sus perfiles de YouTube (@ XochitlGalvezR); X (@XochitlGalvez), y Facebook (Xochitl.Galvez.R).
Es un hecho público y notorio[30] que Maru Campos es gobernadora de Chihuahua y Marco Bonilla tenía la calidad de presidente municipal del ayuntamiento de Chihuahua al momento de los hechos denunciados. Además, así lo reconocieron en sus escritos de contestación de requerimientos y alegatos.
SÉPTIMA. Marco normativo
Actos anticipados de campaña
38. Conforme al artículo 3, párrafo 1, inciso a), de la Ley Electoral, los actos anticipados de campaña son aquellas expresiones que se realizan bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto a favor o contra una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido.
39. De conformidad con la línea jurisprudencial de este Tribunal Electoral para la actualización de los actos anticipados de campaña se requiere la coexistencia de 3 elementos[31]; a falta de uno ya no se acredita la infracción.
Elemento personal: Acorde a los artículos 443, inciso e), 445 inciso, a) y 446, inciso b) de la Ley General, que los realicen los partidos políticos, su militancia, personas aspirantes a un cargo electivo o precandidaturas y candidaturas, y que en el contexto del mensaje se adviertan voces, imágenes o símbolos que hagan plenamente identificable a la persona o partido político de que se trate.
Elemento temporal: Que dichos actos o frases se realicen antes de la etapa procesal de precampaña o campaña electoral.
Elemento subjetivo (análisis de las expresiones): Que una persona realice actos o cualquier tipo de expresión que revele la intención de llamar a votar o pedir apoyo a favor o en contra de cualquier persona o partido, para contender en un procedimiento interno, o en un proceso electoral; o bien, que de dichas expresiones se advierta la finalidad de promover u obtener la postulación a una candidatura o cargo de elección popular (equivalentes funcionales).
40. Las normas relativas a la prohibición de realizar actos anticipados de campaña tienen un fin primordial: garantizar y blindar la equidad entre quienes participan en la arena política-electoral.
41. Para analizar el elemento subjetivo, la Sala Superior ha señalado que si nos encontramos con expresiones que tengan un significado electoral (explicito o a través de equivalentes funcionales), debemos verificar que hayan trascendido al conocimiento de la ciudadanía.
42. En este sentido, un mensaje que haga un llamado al voto o publicite una plataforma electoral solo será sancionable si, además, trasciende al conocimiento de la ciudadanía, pues solo así se podría afectar la equidad en la contienda[32].
43. Entre las variables que se deben valorar para considerar que un mensaje trascendió al conocimiento de la ciudadanía, se encuentran:
La audiencia que recibió ese mensaje, esto es, si se trató de la ciudadanía en general o solo de militancia de un partido que emitió el mensaje, así como de un número estimado de personas que recibieron el mensaje.
El lugar en donde se celebró el acto o emitió el mensaje denunciado, esto implica analizar si fue un lugar público, de acceso libre o, contrariamente, un lugar privado y de acceso restringido.
El medio de difusión del evento o mensaje denunciado, esto es, si se trató de una reunión, un mitin, un promocional de radio o de televisión, o de una publicación en algún medio de comunicación, de entre otras[33].
¿Qué es la precampaña?
44. De conformidad con lo establecido en el artículo 227 de la LEGIPE, la precampaña es el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, su militancia y precandidaturas a cargos de elección popular debidamente registrados por cada partido, tales como reuniones públicas, asambleas, marchas -entre otras actividades- que se dirigen a las personas afiliadas, simpatizantes o al electorado en general, con el objetivo de obtener su respaldo para ser postulado a un cargo de elección popular.
45. Los artículos 227, numeral 3, y 211, numerales 1 y 3 de la referida ley señalan que la propaganda de precampaña es el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones, y expresiones que durante el periodo establecido por la ley y el que señale la convocatoria respectiva, difunden las precandidaturas con el propósito de dar a conocer sus propuestas.
46. En dicha propaganda deben señalar de manera expresa, por medios gráficos y auditivos, la calidad de precandidato o precandidata de la persona que es promovida.
¿Qué mensajes se pueden difundir en precampaña?
47. La Sala Superior ha considerado, en esencia que, durante las precampañas, por regla general, la propaganda se dirige a la militancia y personas simpatizantes con el propósito de definir a las personas que postularán en las candidaturas a los cargos de elección popular[34].
48. Por ello, los partidos políticos deben promover de forma equitativa a las y los precandidatos, quienes tienen la encomienda de dar a conocer sus propuestas, y deben indicar claramente, mediante elementos gráficos y auditivos, su calidad de precandidato o precandidata.
49. Como excepción a la regla general, en la etapa de precampaña, está permitido que los partidos políticos difundan mensajes de contenido genérico, en los cuales posicionen al partido como tal[35], o bien, para dar a conocer su posicionamiento respecto de un tema de interés general[36].
50. Cabe señalar que los partidos políticos tienen libertad para diseñar su estrategia de comunicación y los contenidos de sus mensajes[37], pero siempre deben tomar en cuenta en qué etapa del proceso se encuentran para poder atender los límites que se marcan en cada una.
Libertad de expresión
51. El artículo 1° constitucional establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la misma constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Por su parte, el artículo 41, fracción III, apartado C, de la constitución federal, refiere que en la propaganda política o electoral que difundan los partidos y candidaturas deberán abstenerse de expresiones que calumnien a las personas.
52. El artículo 6° del mismo ordenamiento, dispone que la manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de terceras personas, provoque algún delito, o perturbe el orden público. De igual manera, reconoce el derecho que tienen todas las personas al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión[38].
53. Asimismo, en la Opinión Consultiva OC-5/85, la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que el derecho a la libertad de expresión tiene dos dimensiones: una individual y una colectiva. La dimensión individual faculta a cada persona para expresar sus pensamientos, ideas, opiniones, informaciones o mensajes; la dimensión colectiva faculta a la sociedad a buscar y recibir tales pensamientos, ideas, opiniones, informaciones y mensajes.
54. Aunado a ello, es criterio de la Sala Superior que la libertad de expresión debe maximizarse en el debate político y, al mismo tiempo, interpretar en forma estricta las restricciones a ese derecho, para no hacerlo nugatorio, particularmente en el desarrollo de precampañas y campañas electorales, en donde es necesario proteger y alentar un debate intenso y vigoroso, lo cual se corresponde con la dimensión deliberativa de la democracia representativa[39].
55. Sabemos que las redes sociales son espacios que permiten difundir y obtener información, de manera directa y en tiempo real, una interacción que no está condicionada, direccionada o restringida a través de bloqueo, filtración o interferencia, de acuerdo con el principio de neutralidad de la red[40].
56. Por ello, las redes sociales son, por regla general, espacios de plena libertad, al ser un mecanismo idóneo para lograr una sociedad mayor y mejor informada, consciente de que las decisiones que asuma trascienden en el incremento o la disminución de la calidad de vida de la colectividad.
57. Así, la regla general es la permisión en internet de la difusión de ideas, opiniones e información, para garantizar el derecho humano a la libertad de expresión. Excepcionalmente, el ejercicio de ese derecho puede restringirse a través de medidas racionales, justificadas y proporcionales, para proteger los derechos de terceras personas[41].
58. En muchas de las redes sociales se presupone que se trata de expresiones espontáneas, que se emiten para hacer de conocimiento general una opinión sobre una determinada temática, lo que es relevante para determinar si la conducta es ilícita y si genera responsabilidad de las personas involucradas o si está protegida por la libertad de expresión[42].
Uso indebido de recursos públicos, vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad y promoción personalizada
59. El artículo 134 de la constitución federal engloba principios y valores que tienen como hilo conductor el buen uso de los recursos públicos del Estado; entre ellos encontramos los párrafos 7 y 8, con impacto en la materia electoral, que de manera textual dicen:
Párrafo 7: […] [Las y][43] Los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
Párrafo 8: La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
60. Este artículo es claro, señala que el deber de quienes integran el servicio público es actuar con imparcialidad y neutralidad en el uso de los recursos públicos; y esa obligación es en todo tiempo, y en cualquier forma, manteniéndose siempre al margen de la competencia entre las fuerzas políticas.
61. El propósito no es impedir a las personas que desempeñan una función pública dejar de ejercer sus atribuciones. Lo que se busca es garantizar que todos los recursos públicos y oficiales bajo su responsabilidad se utilicen de manera estricta y adecuada a los fines que tengan; es decir, generar conciencia sobre la importancia que tiene la pertenencia a la administración pública y porque deben evitar influir en la voluntad ciudadana con fines electorales, pues su labor es servirles.
62. Por eso se entiende que, si la propaganda gubernamental siempre debe tener carácter institucional, entonces una de las limitantes es que se emplee para promocionar el nombre, imagen o voz de una persona del servicio público.
63. Es decir, la propaganda gubernamental debe centrarse en la acción de gobierno, sin mencionar, hacer alusión o identificar a una servidora o servidor público; lo que debe prevalecer o destacar en la propaganda, es el trabajo gubernamental y no la persona, sus cualidades o atribuciones.
64. Exigirles imparcialidad y neutralidad a las personas del servicio público marca la ruta para conformar un sistema donde la igualdad de condiciones para las y los competidores sea una regla y no la excepción.
65. De ahí que los principios que guían el servicio público (legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, neutralidad y eficiencia), se deben observar en todo momento, en cualquier escenario o circunstancia; es decir, en periodos electorales y no electorales[44].
66. Estos principios promueven e invitan al servicio público, a mantener una conducta responsable de frente a la población, en todo momento y en cualquier situación.
67. La directriz de mesura, en el comportamiento que deben observar las y los servidores públicos debe guiar todas y cada una de sus actuaciones, en el contexto del pleno respeto a los valores democráticos; es decir, les impone un ejercicio de autocontención constante que les mantenga al margen de cualquier injerencia.
Vulneración a las reglas de difusión de la propaganda político-electoral, con motivo de la inclusión de niñas, niños y adolescentes
68. La constitución federal en su artículo 4, párrafo 9, establece la obligación de velar por el interés superior de la niñez y garantizar de manera plena los derechos de la infancia.
69. El Estado, a través de sus instituciones, autoridades y tribunales, debe de adoptar medidas necesarias para asegurar y maximizar la protección y efectividad de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, como exige la Convención sobre los Derechos del Niño [a][45].
70. El seis de noviembre de 2019,[46] el Consejo General del INE emitió el acuerdo INE/CG481/2019, mediante el cual modificó los Lineamientos para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Propaganda y Mensajes Electorales (Lineamientos del INE), los cuales son de aplicación general y de observancia obligatoria, entre otros, para partidos políticos y candidaturas.
71. Conforme a dicha normativa, las y los sujetos obligados deberán ajustar sus actos de propaganda político o electoral (actos políticos y actos de precampaña o campaña) a través de mensajes de radio, televisión, medios impresos, redes sociales, cualquier plataforma digital, u otros en el uso de las tecnologías de la información y comunicaciones, cuando aparezcan niñas, niños o adolescentes, a fin de velar por el interés superior de la niñez.
72. Bajo esa directriz clara de protección a la infancia, cuando se utilice la imagen de niños, niñas y adolescentes en cualquier tipo de publicidad o promocionales, será necesario contar, al menos, con:[47]
El consentimiento pleno e idóneo de papá o mamá, o de quienes ejerzan la patria potestad, junto con el elemento que acredite su vínculo con la persona menor de edad.
La anotación de papá, mamá, o de quienes ejerzan la patria potestad que conoce el propósito, las características, los riesgos, el alcance, la temporalidad, la forma de transmisión (en vivo o no), el medio de difusión y el contenido de la propaganda político-electoral.
El video en el que conste que se explicó a las niñas, niños y adolescentes (de 6 a 17 años), entre otros aspectos, las implicaciones que puede tener su exposición en actos políticos y actos de precampaña o campaña, o ser fotografiadas o fotografiados, videograbadas o videograbados, por cualquier persona, con el riesgo potencial del uso incierto que alguien pueda darle a su imagen.
73. Cabe señalar que las directrices para la protección del interés superior de la niñez y adolescencia solo son aplicables a las publicaciones de carácter político o electoral.
OCTAVA. Estudio de fondo
74. En esta sentencia vamos a determinar si:
Xóchitl Gálvez incurrió en actos anticipados de campaña respecto del proceso electoral federal 2023-2024, y si realizó promoción personalizada, con motivo de la realización de un evento el 20 de noviembre de 2023 en el Polifórum de la feria de Santa Rita, en Chihuahua, Chihuahua, así como por la difusión de dicho acto en redes sociales.
Maru Campos y Marco Bonilla vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, realizaron promoción personalizada y usaron de forma indebida recursos públicos con motivo de su asistencia y participación en el citado evento.
Xóchitl Gálvez, el PAN y el PRI obtuvieron un beneficio indebido con motivo del evento referido.
Xóchitl Gálvez, PAN, PRI, PRD y Aldea Digital S.A.P.I de C.V. vulneraron las reglas de difusión de la propaganda político-electoral en detrimento del interés superior de la niñez y adolescencia.
Análisis de los actos anticipados de campaña
75. Para realizar el estudio de la infracción, revisemos el evento denunciado:
Evento en Chihuahua[48] |
Presentador: Gente hermosa de Chihuahua. Les recuerdo que Xóchitl ya está aquí afuera Xóchitl, ya está saludando a todos los amigos que no pudieron entrar a este recinto, pero están disfrutando y van a disfrutar este evento en una pantalla grande. Ehh. Ubicados en sus lugares y ella ya está allá afuera conviviendo con todos ellos. Así es que de la manera más atenta. Cuando Xóchitl nos indique que está entrando vamos a gritar y vamos a apoyarla con un fuerte aplauso y un grito enorme para Xóchitl Gálvez.
Maestra de ceremonias: Que se sienta todo ese entusiasmo para Xóchitl Gálvez. ¡Un aplauso por favor! Apóyenos aquí para que pueda tener acceso.
Presentador: Si vamos a todos los amigos que están en la escalera amarilla les pedimos de la manera más atenta, vamos a despejar esta área porque de esa entrada, ahí de esta escalera perdón va a bajar nuestra amiga Xóchitl Gálvez, vamos a seguir despejando por favor los invitamos a despejar esta escalinata color amarilla, por favor, a todos los que están en esta escalinata vamos a abrir espacio. Vamos a abrir espacio por favor, de la manera más atenta porque quiero que Xóchitl cuando entre, sea arropada, sea abrazada por todos nosotros, con todo ese grito y con su apoyo.
Maestra de ceremonias: Y ahora sí como dice Marco, Xóchitl, amiga, a Chihuahua, bienvenida Xóchitl, amiga, a Chihuahua bienvenida Xóchitl amiga, a Chihuahua, bienvenida, Xóchitl, amiga, a Chihuahua, bienvenida, bien que se sienta todo ese entusiasmo porque ya viene la que será nuestra próxima presidenta de México ¡Xóchitl Gálvez! ¡un aplauso por favor!
Presentador: Y bien la verdad es un gusto, es un gusto y quiero, quiero en verdad dar la bienvenida a una gran persona. ¡Alguien que es nuestra líder estatal y sí, hablamos de la gobernadora de Chihuahua iMaru Campos! Un aplauso gracias por estar con nosotros gracias caray que gusto tener a nuestra gobernadora que sienta ese entusiasmo y ese amor, y bien la verdad es un gusto, es un gusto y quiero en verdad la bienvenida a una gran persona. Presentador: Bienvenida Gobernadora, gracias por estar con nosotros. Bienvenida en verdad, gracias caray qué gusto tener a nuestra gobernadora. Maestra de ceremonias: Que se sienta ese entusiasmo y ese amor. Presentador: Nos está distinguiendo con su presencia nuestra líder estatal. La gobernadora constitucional del estado de Chihuahua: iMaru Campos! ¡Aplausos para Maru! Maestra de ceremonias: Se siente, Xóchitl está presente. Se ve, se siente Xóchitl está presente, ¡que se sienta todo ese amor, ese cariño de la gente chingona de Chihuahua. Presentador: Oye, mientras esperamos el arribo de nuestra amiga Xóchitl Gálvez, quiero dar la bienvenida a los exgobernadores de este bellísimo Estado. No sé si se encuentra por ahí, quiero que lo recibamos con un fuerte aplauso a Fernando Baeza Meléndez. ¿Dónde estás amigo Fernando? Bienvenido. Gracias Fernando por estar con nosotros. Maestra de ceremonias: También damos la bienvenida a José Reyes Báez, un aplauso para él por favor. Presentador: Claro que sí y también se encuentra con nosotros nuestro amigo Patricio Martínez García ¿Dónde estás? ¿Patricio? Bienvenido. Maestra de ceremonias: También nos acompaña Pancho Barrio Terraza. ¿Dónde estás Pacho? Eh gracias. Presentador: Bienvenidos. Gracias a todos nuestros exgobernadores por estar aquí arropando en este evento nuestra amiga Xóchitl Gálvez. Xóchitl. Amiga a Chihuahua bienvenida. Maestra de ceremonias: ¡Xóchitl, Xóchitl! Presentador: Y la verdad es un gusto en verdad saludar insisto a todas las personas que están aquí presentes, ya estamos a minutos, ya, ya, ya minutos si no escasos segundos ya de entrar, de la entrada de nuestra amiga Xóchitl Gálvez nos van a indicar cuando ya está aquí presente, la verdad, en verdad es un gusto, en verdad insisto tener a todos ustedes, a toda la familia. ¿Y qué crees? ¿Y qué crees? Adivina, ¿Quién ya está aquí? Maestra de ceremonias: ¿Quién está? ¿Quién será nuestra próxima presidenta? Aquí ya se encuentra saludando a nuestros amigos que están aquí en este Recinto quién será nuestra próxima presidenta de México. Un aplauso con muchísimo entusiasmo para Xóchitl Gálvez, ¡un aplauso por favor! Presentador: Ahí está Xóchitl, yo la estoy viendo, Xóchitl. Bienvenida. ¿Cómo va a recibir la gente chingona de Chihuahua? Ese ánimo. ¡Xóchitl! ¡Xóchitl! ¡Xóchitl! ¡Xóchitl! Presentador y maestra de ceremonias: Xóchitl presidenta. Xóchitl presidenta. Xóchitl presidenta. Xóchitl presidenta. Maestra de ceremonias: Un aplauso por favor. Que se sienta todo este amor, toda esta energía y toda esta emoción, de recibir a Xóchitl Gálvez aquí en Chihuahua. Les pedimos por favor que nos apoyen para que pueda ocupar su lugar porque ya llegó quien hoy viene a llevarse todo este entusiasmo, este amor y este cariño de Chihuahua. Presentador: Claro que sí, vamos a invitar a todas las personas que están ahí arropando a nuestra amiga Xóchitl Gálvez, a dejarla llegar a su lugar, a su espacio para que pueda iniciar este evento donde todos los chihuahuenses chingones están aquí reunidos. Hoy te cuento mi Andy. Te cuento que Xóchitl desde muy temprano llegó al estado grande. Al estado Chihuahua estuvo presente en la bellísima Ciudad de Ciudad Juárez, en la frontera más chingona de México. Maestra de ceremonias: Así es, yo llego arriba aquí, al estado Grande al más chingón con la gente más chingona que es Chihuahua. Y así que les pedimos por favor que ah, levanten esos carteles, esas banderas. Presentador y maestra de ceremonias: Vamos a levantar banderas. Todos levantando banderas desde aquí. Desde aquí hasta allá, hasta allá, hasta allá, hasta allá, todos arriba. Las banderas del PRI, del PRO, del PAN. Todos arriba, todos arriba. Vamos, todos los carteles también. Todos los carteles arriba. Bienvenidos Chihuahua. Xóchitl Gálvez. Que se vea. Aquí gente aquí está este amor, aquí está la esperanza y aquí están todos chingones que te van a acompañar. Vamos arriba todos, todos arriba vamos, vamos ese grito para Xóchitl. ¡Venga más fuerte! ¡Más fuerte! Presidenta, ¡presidenta! ¡presidenta! ¡presidenta! ¡presidenta! ¡presidenta! ¡Venga! ¡Más fuerte que se escuche! ¡presidenta! ¡presidenta! ¡presidenta! ¡presidenta! Presentador: Vamos a invitar a todos los amigos a despejar el espacio para que llegue nuestra amiga Xóchitl Gálvez a su lugar y podamos iniciar este evento que está preparado para ella que está lleno de amor, que está lleno de apoyo de toda la gente hermosa de Chihuahua que estamos visitando también de todos distintos municipios que están aquí presentes, en verdad muchas gracias y mira, ahí está Xóchitl, conviviendo con todas las familias. Chihuahua, con todos los amigos, tomándose fotos y como dijo mi amigo que está acá arriba, siempre con sonrisa la cual caracteriza a nuestra amiga Xóchitl Gálvez aplauso para ella que ya está aquí entrando. Está aquí presente, que se escuchen los tambores, que se escuchen los gritos, que se escuchen las palmas para Xóchitl Gálvez. Maestra de ceremonias: Les recordamos que este es un evento, esta reunión de la precandidata de la Alianza Fuerza y Corazón por México. Hoy se reúne con sus militantes y con simpatizantes con el acompañamiento de ciudadanos sin militancia de partido que hoy se unen para fortalecer este gran proyecto que representa. Presentador: Claro que sí, vamos a invitar a todos los presentes a ya ir ocupando su.... [Videos de personas habitantes de Chihuahua]] Presidenta de México, Elián y yo estamos listos. Bienvenida a Chihuahua, Xóchitl. Te esperamos con todo el corazón. Vamos Xóchitl acá estamos los chingones de Chihuahua. Bienvenida, Xóchitl. Chihuahua es tu casa. Estamos muy contentos de que vengas a nuestra tierra. Tierra de chingones comenzamos la recuperación de nuestra tierra. Xóchitl, Xóchitl. Bienvenida, Xóchitl. Esta es tu casa. Xóchitl, Xóchitl. Desde el norte estamos listos. Xóchitl, qué bueno que viniste. En Chihuahua estamos listos. Tierra de Chingones vamos a darle con todo estamos contigo. Vamos Xóchitl, aquí estamos los chingones de Chihuahua. Estamos listos. Bienvenida, Xóchitl. Chihuahua es tu casa. Xóchitl chihuahua es tu casa te queremos. Bienvenida, Xóchitl, a Chihuahua. Bienvenida, Xóchitl. Bienvenida, Xóchitl... a Chihuahua. Así es Chihuahua, norteñas y norteños chingones por siempre. Presentador: Aplauso fuerte que se escuche ¡Venga! Así recibimos la gente chingona de Chihuahua a nuestra amiga Xóchitl Gálvez bienvenida, bienvenida a Chihuahua. Maestra de ceremonias: A ver un fuerte aplauso para el ex gobernador de Chihuahua, Pancho Barrio. Un aplauso para él por favor. Presentador: Arriba Pancho Barrio gracias por estar aquí con nosotros. Gracias por acompañarnos, gobernador de aquí de Chihuahua. [Video de Marco Bonilla]
Marco Bonilla: Hola que tal amigas y amigos. Querida Xóchitl. Es un gusto saludarte por este medio y darte la bienvenida en esta tu casa Chihuahua capital. Desafortunadamente por motivos de agenda personal y familiar no me ha sido posible acompañarte en este evento. Pero no quiero dejar pasar la oportunidad para decirte, querida Xóchitl, que cuentes con un compromiso personal, familiar y de todo el equipo claro y firme: Te queremos ver de presidenta. Y para eso trabajaremos todos unidos porque sin duda eso le hará mucho bien a México. Tu testimonio de vida y tu historia nos lo ha demostrado. Eres una mujer fuerte y de carácter. Sabemos que tú sí sabes de superación de pobreza, de esfuerzo, de educación, de creación de empleos y eso es lo que queremos en Chihuahua capital y en todo México. También quiero aprovechar para dirigirme a todos ustedes, amigas y amigos de Chihuahua. Esto apenas comienza. Sin duda esta batalla es la más importante que nos tocará dar por nuestros padres nuestros hijos, nuestros nietos y por aquellos que vienen, por México entero. Les pido todo su respaldo a Xóchitl, que la apoyemos cada minuto hasta el día de la elección, que vayamos animados a convencer a nuestros cercanos, que lo hagamos con entusiasmo, porgue el cambio viene, porgue México ya no aguanta más, porgue sin duda hoy es tiempo de que una mujer como Xóchitl Gálvez guíe los destinos de nuestra querida patria. Ánimo, Xóchitl, mucho ánimo, Chihuahua. Acá tienes tu división del norte lista para la batalla. Te mando un gran abrazo. Maestra de ceremonias: Muchas gracias al alcalde Marco Bonilla por este valiosísimo mensaje para Xóchitl Gálvez. Maru Campos, gobernadora de Chihuahua: Y bien pues hoy nuestra precandidata pronto abanderada y próxima presidenta de México bienvenida, bienvenida esa es tu casa. Estoy y gracias estoy bien emocionada de poder compartir hoy con ustedes como lo hicimos en el año dos mil veintiuno, en el año dos mil dieciocho, en el año dos mil dieciséis, en el año dos mil trece, en todas las batallas electorales que hemos compartido esfuerzos para defender el presente y el futuro de nuestra querida entidad. Querida familia panista que nos acompaña de toda la vida y con quien comparto tanto, gracias por estar presente. Gracias a los amigos del PRI y del PRD también. Desde niña, Xóchilt sabe lo que es luchar por superar la pobreza y sabe que hay que trabajar y estudiar más y más y más duro y así trabajando duro logró ser una empresaria exitosa y no nada más eso, sino que generó y generó más empleos. Y también tiene un. ¿Y saben qué? Lo hizo sola, lo hizo por convicción simple, simple y sencillamente porque quería hacerlo, lo hizo sin reflectores, sin pedir algo a cambio, a nada ni a nadie. ¿Saben por qué? Porque es una mujer chingona y que, desde siempre, desde siempre ha puesto toda su fuerza y todo su corazón por México. Querida Xóchitl queremos que seas la candidata de esta gran alianza de la sociedad y de los partidos. De los indígenas, de los trabajadores, de los emprendedores, de los empresarios, de los jóvenes, de las mujeres y que los representes en la próxima campaña como candidata a la presidencia de la república. Porque queremos defender a México. Queremos rescatarlo y darle el mejor rumbo posible porque sabemos que sí sabemos que sí es posible, sabemos que es posible un país sin simulaciones un país sin mentiras un país sin odio, sin polarización, un país donde se ponga siempre por delante la salud, la educación, la seguridad, el desarrollo y la economía de todas las familias de México. Y estoy convencida, estamos convencidas de que eso es posible contigo, con tu fuerza y con tu corazón. Y aquí estamos en Chihuahua para apoyarte, Xóchitl, vamos a lograrlo y para acompañarte a hacer primero la candidata de esta alianza y después la próxima presidenta de México. Quiero agradecerte Xóchitl. Quiero agradecerte por haber compartido con nuestro estado, con Chihuahua el primer día de este camino, el primero, porque primero lo hizo allá en Ciudad Juárez en la frontera number one de este país donde recibiste el abrazo de muchas y muchos y juntos abrazaron esa X que hoy se convierte en el símbolo de todo México y de la esperanza y esta noche aquí está en Chihuahua en esta ciudad donde ¿Saben qué? Donde MORENA no ha ganado nunca ninguna elección. Ni lo va a hacer. Desde aquí desde Chihuahua, confirmamos que como nunca es tiempo de luchar por México. Chihuahua a todos aquí les digo juntos hemos hecho historia hemos hecho historia en lo electoral y juntos estamos haciendo la mejor historia de Chihuahua y ahora nos toca nos toca hacer esta nueva historia con Xóchitl, con toda la fuerza y el corazón por México y vamos a hacerlo juntos, ¿verdad? Vamos a trabajar muy duro, vamos a apoyar trabajando en la trinchera que nos toca a cada uno de nosotros para que alcancemos ese sueño posible en unidad, sin distingos, con alegría. Estamos juntos y estamos listos para hacerlo. ¡Hasta la victoria Chihuahua, con toda la fuerza y el corazón por México! ¡Viva Xóchitl! ¡Viva Xóchitl! ¡Viva Xóchitl! ¡Viva Xóchitl! Quiero dejarte rápidamente con una familia que vino desde muy lejos de la sierra Tarahumara, la familia Albino que vienen a dejarte un regalito rápidamente vienen desde muy lejos justamente a darte las gracias por esos años arriba el campo esos años que hacías tanto por la Sierra Tarahumara. ¡Eso! ¡Presidenta, presidenta, presidenta! Muchas gracias. Muchas gracias. Cuidaba a nuestra familia rarámuri. ¡Gracias a eso, gracias! Xóchitl Gálvez: Conozco la sierra Tarahumara como la palma de mi mano. Me tocó electrificar la alta y la baja Tarahumara. Me tocó construir el hospital de Guachochi. Me tocó construir el puente de Baborigame, trabajar en los albergues de Zizoguichi. Y Norogachi, claro que sí. Y bueno, muchas gracias. Muchas gracias. Que Dios los bendiga. Muy buenas tardes buenas noches, quiero saludar a los tres dirigentes estatales a Noemí Aguilar del PRO, muchas gracias, mi querida Noemí. Quiero saludar a Alejandro Domínguez del PRI. Muchas gracias, Alejandro. A Gabriel Díaz del PAN. Gracias Gabriel quiero saludar a los diputados locales y a los diputados federales por estar aquí con nosotros. Muchas gracias. Quiero saludar a los exgobernadores Fernando Baeza, mi querido Fernando, muchas gracias, a Patricio Martínez a José Reyes Baeza gracias y a mi queridísimo Pancho Barrio quiero saludar también a todos los líderes y a todos los organismos de la sociedad civil muchas gracias, gracias al alcalde Marco Bonilla que nos dejó un mensaje por supuesto quiero saludar especialmente a la gobernadora más chingona del norte del país a Maru Campos. A mi querida Maru Campos: gracias, gracias, Maru, por tu fuerza gracias por todo tu cariño. Hoy en la mañana amanecí en Guerrero en Coyuca de Benítez allá donde la gente había perdido la esperanza allá hicimos el acto de apertura a las doce de la noche caminando con antorchas y con velas y se llamó la marcha de la esperanza, la esperanza para que esas familias puedan reconstruir sus viviendas. Lo perdieron todo, perdieron sus techos, perdieron su ganado, perdieron su cultivo, perdieron sus colchones, sus refrigeradores. Y aun así era inmensa la felicidad de todas estas personas y la manera en que me abrieron los brazos. Por algo muy sencillo, porque después del día que empezamos la campaña, la precampaña me informé, la verdad es que decidí empezar a trabajar en Guerrero por eso estoy aquí para darle a México y para ofrecerle a ti todo lo que mereces hay quienes dicen que yo no debería de estar aquí que digan lo que quieran. Aquí estamos. Así lo quisieron millones de ciudadanos que me dieron su firma. También dicen que nuestra meta es muy difícil que no vamos a poder, no me sorprende porque toda mi vida he tenido que chingarle y demostrar el doble así es que a mí a mí desde niña me prohibieron soñar y me quisieron obligar a obedecer como ya saben dónde, tú obedece me dijeron, tú eres mujer, tu lugar está en la cocina. Me dijeron, una mujer indígena como tú no puede estudiar ni mucho menos poner una empresa, me dijeron una y otra vez que yo no merecía más, que tenía que morirme donde había nacido. ¿Y saben qué hice? Nunca los escuché porque su servidora es fuerte como tú y por eso sé que todos ustedes merecen más y yo merecía más. Por eso siempre cuento la historia de mi vida con verdad y con orgullo, claro que desde los ocho años tenía que vender gelatinas todos los días y tamales los sábados para ayudar a mi familia. Me maté trabajando como telefonista y estudiando al mismo tiempo ingeniería en la UNAM. Vivía en un cuarto de lámina. Era bien complicado vivir en lztapalapa, había muchísima violencia. En mil novecientos noventa y dos fundé mi propia empresa de tecnología, pero no crean que alguien me regaló o me dio dinero. Pedí fiadas dos computadoras, un plóter y con mi esfuerzo con mi tenacidad, con mi constancia, hice crecer a mi empresa. Tuve mucho como empresaria. A los dos años que fundé mi empresa me hice o fui la empresaria del año. La verdad de las cosas es que nadie lo hubiera podido creer. Pero si bien es cierto yo no tuve unos padres que me dieran dinero. ¿Saben qué aprendí en mi pueblo? Y aquí los hermanos rarámuri lo saben. Aprendí el valor del trabajo. Aprendí el de la honradez aprendí a ser tenaz y constante, pero sobre todo aprendí a amar a mi prójimo entendí que uno viene al mundo a servir a los demás. En ese momento que tenía yo mucho éxito. No me podía quedar con los brazos cruzados. Por eso creé la fundación Porvenir para ayudar a personas que sufrían pobreza, por eso vine a trabajar a la Tarahumara con Pancho, con el padre Gallo para ayudar aquellos que no tenían absolutamente nada y ese trabajo de apoyar a más de cien mil niños indígenas me llevó a que me reconocieran en el Foro Económico de Davos en Suiza como una de las cien líderes globales del futuro del mundo; nunca una mujer había sido nominada en esa lista, puros hombres. Y así fue como gracias a mi trabajo como empresaria así fue como mi trabajo en la fundación Vicente Fox me invitó a unirme al gobierno. Ahí di muy buenos resultados, fue cuando hicimos la electrificación del alta y la baja Tarahumara. Me acuerdo de la subestación de Vasaciachi, ahí por poco y no salimos, con una nevada porque veníamos en helicóptero. Creamos diez universidades interculturales, trabajamos en mejorar los albergues escolares. Hice mucho trabajo, pero ¿Saben qué? Sobre todo, les puedo mirar a los ojos y decirles que como funcionaria pública fui honesta y trabajadora, nunca he tomado un centavo ajeno; eso lo aprendí de mis padres. ¡Muchas gracias! Fui delegada o alcaldesa de la Miguel Hidalgo, yo quise ser gobernadora de Hidalgo y no se pudo, pero la Miguel Hidalgo e Hidalgo se parecen, así es que me tocó mejorar la seguridad, pero sobre todo ¿Saben qué? Trabajé para que muchas mujeres se capacitarán, se certificarán y pudieran mejorar sus condiciones de vida. Como senadora, porque yo creo que las mujeres y yo le pido a los hombres que no se Preocupen, no se preocupen, les va bien cuando le va bien a las mujeres, les va bien a los hombres, sino pregúntenle a mi marido, más de treinta años de casados y él está muy feliz porque tiene una esposa chingona y trabajadora. Yo creo en la familia creo en el valor de la familia, pero también creo que las mujeres tenemos derecho a desarrollarnos profesionalmente. Como senadora, de las cosas que me siento más orgullosa es haber logrado que las trabajadoras del hogar tuvieran derechos laborales, porque antes las trabajadoras del hogar simplemente las despedían y se iban a su casa sin nada. He demostrado que sí se puede cambiar México cuando le pones fuerza y corazón a tu trabajo, eso es importante. ¿Por qué les cuento mi historia? Porqué estoy aquí convencida de una cosa: México se merece más, tú te mereces más, tú mereces ver una política que tenga fuerza pero sobre todo, corazón para trabajar por ti y por México. Yo sé que puedo hacer que tú recibas más, lo sé porque yo soy fuerte como tú, soy fuerte como tú porque yo no nací con privilegios, sé lo que es pasarlas para juntar unos centavos y poder comer diario. Soy fuerte como tú porque vengo de una cultura del esfuerzo, sé lo que es trabajar doce, catorce horas diarias para salir adelante, sé lo que cuesta sacar adelante a los tuyos. Soy fuerte como tú porque fui la primera mujer en mi familia, la primera en pisar la escuela. Se lo importante que es para ti la educación de tus hijos por eso hay que esforzarnos para que los niños vayan a la universidad. Soy fuerte como tú porque mi historia mi, historia es como la de muchos de ustedes, muchos de ustedes vienen de abajo, muchos de ustedes han salido adelante. Estoy recorriendo el país una vez más, me da mucho dolor ver la injusticia, me da mucho dolor de la pobreza, veo un país en el que quien se esfuerza, aunque chambeé todos los días, no logra llegar a donde quiere. Veo un país donde puedes trabajar todo el día para tener eh a tus hijos bien, pero cuando llegas al seguro social y necesitas una operación te dicen que simplemente no hay citas. Un país donde el gobierno te puede dar la universidad, pero esa universidad no tiene la calidad necesaria para que tu hijo consiga un buen empleo. Un país en el que, si pones un negocio y pagas impuestos, muchas veces si no das mordida no sales adelante, ahí está el seguro social, extorsionando a los empresarios y luego viene la pandemia y el gobierno simplemente te abandona, para que pues, como le pasó a Guerrero, venga un huracán, desbaste Guerrero y la gente hoy está sin agua, está sin luz, está sin alimentos. Yo no vi al gobierno en Coyuca de Guerrero, ahí en Coyuca una semana antes habían asesinado a catorce policías, unos días antes, dos días antes del huracán, una semana antes que yo llegara a Coyuca había pasado todo esto. Entonces encima de que no hay medicinas, encima de que no hay lo suficiente eh, la suficiente seguridad, hoy vivimos con miedo, tenemos miedo ¿Por qué? Porque este gobierno en lugar de aplicar la ley se dedica a darle abrazos a los delincuentes. El miedo se ha convertido en el peor dolor y pesadilla para muchas de las familias, me he reunido con mamás cuyos hijos han desaparecido. Mamás que tienen cuatro años a sus hijos y yo me pregunto ¿Cuántas de ustedes como yo, seguiríamos buscando a nuestros hijos? Toda la vida, veo a papás que recorren juzgados con la foto de su hija asesinada. El trabajador que lo golpean para quitarle su quincena ¿Por qué? Porque necesitamos ponerle más recursos a la seguridad, necesitamos que la gobernadora de Chihuahua tenga más dinero para enfrentar a los delincuentes, necesitamos que al alcalde de Chihuahua se le asignen recursos. ¿Y qué se ha hecho con los recursos? Los recursos se han mandado y no tengo nada contra un tren, no tengo nada contra el tren maya, pero lo que no se vale es que el tren Maya cueste cuatro veces lo que iba a costar, no se vale que la refinería de dos bocas cueste tres veces el valor, por eso no hay dinero para la seguridad, por eso hoy yo les digo esto tiene que cambiar. Gracias. En México quienes trabajan, quienes estudian, quienes se esfuerzan y quienes le dan mucho al país son las personas de la clase media y hoy en México la clase media no recibe lo que merece, la clase media vive a medias con una economía que funciona a medias y abandona su suerte a las pequeñas empresas y a los pequeños negocios, con empleos que pagan a medias ya que cada alcanza para menos, con salud a medias, si es que puedes pagar la de tu bolsa, con seguridad a medias, si es que tienes suerte y no te toca un asalto. Un gobierno que gobierna a medias te cuida a medias, no es un buen gobierno. Pero lo más grave un gobierno que, además, nos dice que está mal ser aspiracionista, que está mal querer tener una casa, tener un transporte digno, un auto, una buena guardería para tus hijos y un buen seguro médico para tu familia, claro que somos aspiracionistas. Yo cuando salí de Tepatepec aspiraba a sacar a mi mamá de la pobreza, y yo creo que los que están aquí aspiran a que sus hijos salgan adelante, a que sus hijos la verdad tengan una mejor calidad de vida, que está mal si exiges y cuando protestas te va muy mal, que está mal querer que tus hijos vayan a buenas escuelas, que te dice que lo que tienes que hacer es conformarte, agacharte, obedecer y lo que te dan, quieren que te conformes con muy poco. Basta de vivir a medias, México se merece más. Por eso estamos en esta lucha y yo soy optimista porque veo en la mayoría que tienen muchas ganas de un verdadero cambio ganas de que la maldita violencia nos deje vivir en paz, ganas de llegar a un hospital público y ser bien atendidos. Ganas de tener escuelas públicas modernas y equipadas, ganas de mejores empleos con mejores salarios. Por eso se pregunten si vamos a ganar, claro que vamos a ganar. Vamos a ganar, vamos a ganar, vamos a ganar, vamos a ganar. Primero nos tenemos que preguntar: ¿Para qué queremos ganar? ¿Cuál es nuestra meta? Yo tengo una meta muy clara, darle a las personas que viven en condición de pobreza la posibilidad de soñar como lo hice yo cuando viví en Tepatepec darle a la clase media lo que se merece un país seguro con salud y educación, un país oportunidades para construir prosperidad y progreso. Un país donde quienes le dan más a México reciban lo justo por su esfuerzo, quien tiene una causa siempre encuentra el camino. Y por eso les digo a todos que dudan y les decimos desde aquí vamos a ganar porgue tenemos una causa para México, vamos a ganar porgue tenemos una visión clara para el futuro del país, queremos mejor salud, mejor educación, queremos un bienestar verdadero. Vamos a ganar, no tengan la duda del otro lado enfrentamos un movimiento que no tiene nada de transformador, y está preparándose para ganar la elección haciendo trampas y no lo vamos a permitir. Ese que subestima a las mujeres por eso no somos iguales. Su servidora sí respeta a la mujer. Pero, aunque la respete, jamás estará de acuerdo con ella en nada. ¿Cómo voy a estar de acuerdo con ella? Con la señora de enfrente cuando abandonó a las víctimas del desastre de la línea doce del metro murieron personas por su responsabilidad, ¿cómo voy a estar de acuerdo con ella, cuando le dio la espalda a los padres de los niños que murieron en el colegio Rébsamen por su negligencia? ¿Cómo voy a estar de acuerdo con quien le aventó los ganaderos a las mujeres en la Ciudad de México cuando ellas exigían seguridad? ¿Cómo voy a estar de acuerdo con ella cuando casi la muerte de trescientas mil personas por la pandemia? Yo prefiero hacer lo correcto antes de obedecer. Su servidora siempre va a estar del lado de la verdad, pero de todos mis desacuerdos con la señora de enfrente hay uno. El más grande. Para ella México no merece más. Para ella tú no mereces más. Por eso ella dice que todo está bien. Ella dice que va de maravilla. Por eso propone que continuemos con lo mismo. Yo te digo, ella propone más inseguridad, ella quiere que continúe el desabasto de medicinas. Ella prefiere que sigan subiendo los precios. Para esa señora que gobernó la Ciudad de México ni tú, ni tu familia merecen una educación de calidad. Ella quiere continuar con un gobierno que no escucha ni respeta a la empresa, a la academia, a la cultura y, sobre todo no respeta el medio ambiente. Ella es la que prefiere que siga la división, las peleas, el odio por cosas absolutamente inútiles. ¿Quién puede creer que la gente quiere eso? Solo alguien que nació en el privilegio, alguien que siempre ha vivido del presupuesto. Alguien desconectado de México, de ese México profundo, del México de a de veras, alguien que no tiene fuerza propia ni fuego ardiente en el corazón. Es por eso que no puedo coincidir con ese proyecto porque México son millones de personas que sueñan con salir adelante, porque México merece más. La señora de enfrente significa, es decir, para ella ser mexicano significa rendirse, agacharse, obedecer ella significa otros seis años de mentira y de odio y México no puede permitirlo, no vamos a claudicar. México necesita alguien que los defienda con toda la fuerza de su corazón. México merece más y por ello tenemos que salir a luchar con fuerzas y con corazón, vamos a hacer tres cosas. Yo les pido a los partidos que trabajemos. Primero que salgan a emocionar con fuerza y corazón, así se llama esta alianza porque vamos a resolver juntos los problemas de nuestro país. Yo les pido que pongamos en toda fuerza, fuerza para cambiar lo que tiene que cambiar, porque tenemos que cambiar muchas cosas. Corazón para cuidar lo que tenemos que cuidar, con fuerza y corazón tenemos que alcanzar la victoria. La victoria no depende de mí, también depende de todos de cada uno de ustedes los necesito a todos, las necesito a todas, necesito la disciplina, la experiencia de los militantes del PRI. Necesito el compromiso de la revolución democrática y la visión humanitaria de los integrantes del PAN. Necesito las ganas de justicia social y patria para todos de los compañeros del PRD, necesito también la energía, las ideas, la frescura de la sociedad civil. De los ciudadanos libres, de los estudiantes, de las amas de casa, de los líderes comunitarios, necesito la iniciativa de los emprendedores, la inteligencia de los académicos y la creatividad de los artistas. Necesito a todos los ciudadanos que ya no quieren vivir a medias, no duden, actúen, trabajemos como un solo equipo. Necesito ir más allá de los partidos. Necesitamos convocar a todas las organizaciones, las alianzas a todos los ciudadanos necesitamos salir, invitar a todos aquellos que se han desencantado y decepcionado de la política. Necesito las ganas de cambiar las cosas de quienes votaron por este gobierno y ya se dieron cuenta que traicionaron su palabra. Mi mensaje es para todos aquellos que regresar a esta causa. la causa de las mujeres. las causas del campo, el campo está abandonado. necesitamos apoyar a nuestros ganaderos. a nuestros campesinos. a nuestros pescadores. Bienvenidos todos aquellos que crean en esta causa. Aquí sí los vamos a escuchar, aquí sí les vamos a cumplir. Aquí solo tenemos un equipo. Aquí tenemos un color ese color se llama México y, por último, necesitamos salir a comunicar nuestro mensaje en todo el país. Necesito que salgan a trabajar duro que salgan a recorrer al país, a decirle a la gente que se merecen más, que México merece más. Estos años se ha abandonado a su suerte a las personas de escasos recursos abandonado a su suerte a las personas de la clase media porque claro que apoyamos los programas sociales pero necesitamos algo más que programas sociales, necesitamos empleos, no queremos un gobierno que haga las cosas a medias, que proteja a medias y que respete a medias, por eso vamos a ganar, vamos a ganar, vamos a lograr ser la candidata de este frente amplio por México tengan la certeza que su servidora va a trabajar calle a calle, va a trabajar duro. Muchísimas gracias. Hoy la esperanza ya cambió de manos. Hoy la esperanza está con nosotros. Hoy con esa esperanza vamos a construir el país que nos merecemos. Con esa esperanza vamos a atrevernos a imaginar un México que brilla, un México fuerte, un México poderoso, un México exitoso. Cuento con ustedes, cuentan conmigo, no es por mí, es por ti, es por tu familia, es por México, muchas gracias. Presentador: Fuerte el aplauso para quien será nuestra próxima presidenta de México, Xóchitl Gálvez. Muchas gracias, Xóchitl por estar con nosotros y que se escuche. iPresidenta! iPresidenta! iPresidenta! Fuerte el aplauso para Xóchitl Gálvez por favor que se escuche. Gracias Xóchitl. Xóchitl, no te bajes. Tenemos una sorpresa preparada para ti de todo corazón de parte de todos los chihuahuenses, pero, sobre todo invito a nuestro amigo Lalo Gameros que él es vocalista de Caballo Dorado, que tiene una sorpresa preparada para ti, adelante. Cantante Lalo Gameros: Gracias. A ver, a ver, estuvimos ensayando antes de que llegara nuestra la próxima presidenta de México y yo quiero que nos acompañen todas, todos, a cantar la canción que le hicimos para este arranque de campaña. Desde el estado grande, por supuesto. Maestro, échele. [Suena una melodía] Presentador: Muchas gracias a todos, vamos a ganar, vamos todos al dos mil veinticuatro porque tendremos a nuestra próxima presidenta, a la mujer más chingona, Xóchitl Gálvez. ¡Arriba las banderas! Vamos a despedir a Xóchitl Gálvez, vamos a despedirla con todo el corazón, vamos por ese dos mil veinticuatro, un dos mil veinticuatro lleno de esperanza, de amor, y sobre todo de un cambio verdadero, ese cambio. ¿Quién lo trae? Nuestra amiga, Xóchitl Gálvez, fuerte el aplauso. Muchas gracias a todos por su presencia, gracias a nuestra gobernadora Maru Campos, a todos nuestros dirigentes estatales de los distintos partidos. a los amigos exgobernadores, pero sobre todo a todas las familias que se dieron cita para este gran evento. Gracias Xóchitl, gracias por visitar a Chihuahua, gracias por elegir este gran estado donde toda la gente, noble, valiente, leal estar apoyándote. Xóchitl, vamos por la este dos mil veinticuatro. Vamos por la presidencia de la República. Suerte y nos vemos en el dos mil, muchas gracias a todos ustedes. Pasen una excelente tarde. Y a ganar, Xóchitl. |
76. El evento comenzó con dos personas que dieron la bienvenida a las y los asistentes; además, señalaron que se trataba de un encuentro de la militancia y dirigencia del PAN, PRI y PRD con Xóchitl Gálvez, precandidata de la alianza “Fuerza y Corazón por México”.
77. Enseguida, se trasmitieron unos videos en los cuales el alcalde y personas habitantes de Chihuahua dieron la bienvenida a Xóchitl Gálvez a esa entidad.
78. Después, se presentó a la gobernadora de esa entidad, quien dirigió un mensaje a las personas asistentes y a Xóchitl Gálvez, a quien cedió el uso de la voz.
79. Xóchitl Gálvez saludó y agradeció a las personas asistentes, entre quienes destacó a las personas ex gobernadoras presentes y de la dirigencia del PAN, PRI y PRD, a las diputaciones locales y federales presentes en el evento y a las lideresas y lideres de organizaciones de la sociedad civil, así como al alcalde Marco Bonilla (quien mandó un mensaje virtual) y a la gobernadora Maru Campos.
80. Señaló que por la madrugada inició su precampaña en Coyuca de Benítez, Guerrero, con un llamado a la marcha de la esperanza y que había quienes decían que no debería estar ahí, pero que estaba ahí porque así lo quisieron millones de personas que le dieron su firma para ser precandidata.
81. Comentó que como es una mujer indígena le dijeron que no podía estudiar, mucho menos poner una empresa, porque ella no merecía más; sin embargo, refirió que no escuchó esos comentarios porque sabía que era fuerte y que merecía más.
82. Relató que cuenta su historia con orgullo y, al hablar de sus orígenes, señaló que desde los ocho años vendía gelatinas todos los días y tamales los sábados para ayudar a su familia; que vivió en un cuarto lámina; que en 1992 fundó su propia empresa y que nadie le regaló dinero, pues con tenacidad y constancia hizo crecer su negocio.
83. También indicó que aprendió de su pueblo indígena el valor del trabajo y que creó la fundación “Porvenir” para ayudar a más de cien mil niñas y niños indígenas de la sierra Tarahumara, labor que le mereció reconocimiento en el Foro Económico de Davos en Suiza como una de las cien líderes y lideresas globales, al cual nunca había sido nominada una mujer. Añadió que gracias a su trabajo como empresaria y al que realizó en la fundación, Vicente Fox la invitó a unirse al gobierno.
84. Luego, recordó que ahí fue cuando apoyó en la electrificación de la Sierra Tarahumara y en la construcción del hospital de Guachochi y del puente de Baborigame; asimismo, trabajó en los albergues de Zizoguichi y Norogachi, y ayudó a la creación de diez universidades interculturales y a mejorar los albergues escolares. Añadió que como funcionaria pública fue honesta y trabajadora.
85. También indicó que quiso ser gobernadora de Hidalgo y no se pudo, pero que sí fue alcaldesa de Miguel Hidalgo y que ahí trabajó en capacitar mujeres para mejorar sus condiciones de vida.
86. De su trabajo como senadora, señaló que se enorgullece de haber logrado que las trabajadoras del hogar tuvieran derechos laborales.
87. Luego, comentó que está convencida que México se merece más y que ella podía hacer que recibiera más, porque es fuerte, no nació con privilegios; que viene de la cultura del esfuerzo, y que fue la primera mujer en su familia en pisar una escuela; indicó que su historia es como la de muchas personas que vienen desde abajo.
88. Señaló que estaba recorriendo el país y que le daba mucho dolor ver la injusticia y la pobreza, ver un país que da universidades que no tienen calidad para que las y los jóvenes consigan un buen empleo, un país en el que no hay medicinas, ni seguridad y en el que la gente vive con miedo, pues el gobierno se dedica a dar abrazos a las personas delincuentes.
89. Indicó que el miedo se ha convertido en el peor dolor y pesadilla de las familias y que se ha reunido con mamás de personas desaparecidas.
90. Señaló que se necesita poner más recursos a la seguridad, y que la gobernadora de Chihuahua tenga más dinero para enfrentar a la delincuencia; dijo que no se valía que el tren Maya costara cuatro veces lo que iba a costar o que la refinería de dos bocas costara tres veces más, y que por eso no había dinero para la seguridad.
91. Indicó que en México la clase media no recibe lo que merece, pues vive con una economía que funciona a medias y abandona a su suerte a pequeñas empresas y negocios, pues los empleos se pagan a medias. Señaló que un gobierno que gobierna a medias no es un buen gobierno y más grave es que el gobierno diga que está mal querer tener una casa, un transporte digno, un auto, una buena guardería para las y los niños y un buen seguro médico para las familias.
92. Reveló que cuando salió de Tepatepec aspiraba a sacar a su mamá de la pobreza, y que creía que las personas presentes aspiraban a que sus hijos e hijas salieran adelante y tuvieran una mejor calidad de vida.
93. Enseguida señaló que por eso iban a ganar, pero que para ello se tenían que preguntar para que querían ganar. Comentó que quería ganar para darle a las personas que viven en condición de pobreza la posibilidad de tener un país seguro, con educación, salud y oportunidades.
94. Por eso, indicó que iba a ganar porque tenía una causa para México y una visión clara para el futuro del país: mejor salud, educación y bienestar verdadero. Además, indicó que se enfrenta a un movimiento que no tiene nada de transformador, pues se prepara para ganar la elección haciendo trampa.
95. Señaló que ella sí respeta a las mujeres y que la señora de enfrente abandonó a las personas víctimas de la línea 12 del metro y los padres y madres de las niñas y niños que murieron en el Colegio Rébsamen por su negligencia.
96. Comentó que no estaba de acuerdo con la persona que aventó a las personas granaderas a las mujeres en la Ciudad de México que exigían seguridad y que causó la muerte de casi 300 mil personas en la pandemia.
97. Dijo que de todos sus desacuerdos con la señora de enfrente el más grande era que para ella México no merece más, pues, todo está bien, por eso propone continuar con lo mismo. Indicó que ella propone más inseguridad, que continúe el desabasto de medicinas y que sigan subiendo los precios y considera que las personas no merecen educación de calidad; ella quiere continuar con un gobierno que no respeta a las empresas, a la academia, a la cultura y al medio ambiente.
98. Comentó que, para la señora de enfrente, ser mexicano o mexicana significa rendirse agacharse y obedecer, significan otros seis años de mentira y que no iban a claudicar.
99. Señaló que considera que México necesita a alguien que lo defienda con toda su fuerza y corazón y que por eso pedía a los partidos que trabajaran y salieran a emocionar con fuerza y corazón y que así se llamaba la alianza porque van a resolver juntos los problemas del país y les pidió tener la fuerza para cambiar lo que tiene que cambiar a fin de alcanzar la victoria.
100. Señaló que la victoria no dependía de ella, sino de todas y todos. Indicó que necesitaba la disciplina y la experiencia de las personas militantes del PRI, el compromiso y la visión humanitaria del PAN; las ganas de justicia social del PRD, la energía, ideas y frescura de la sociedad civil, de la ciudadanía libre, de las personas estudiantes, amas de casa y personas lideres y lideresas comunitarias; la iniciativa de las y los emprendedores, la inteligencia de la academia y la creatividad de las y los artistas.
101. Comentó que necesitaba ir más allá de los partidos, convocar a todas las organizaciones e invitar a las personas que se han decepcionado de la política, de quienes votaron por este gobierno y ya se dieron cuenta que traicionaron su palabra.
102. Dio la bienvenida a las personas que crean en esa causa, pues ahí sí se les iba a escuchar y a cumplir.
103. Por ultimó indicó que se necesitaba comunicar ese mensaje a todo el país y que la gente debía trabajar duro por comunicarle a la gente que se merecían más, pues se había abandonado a su suerte a las personas de escasos recursos y a la clase media.
104. Dijo que se necesitaba algo más que programas sociales, se necesitaban empleos, por eso, indicó que iba a lograr ser la candidata de ese frente amplio por México y que iba a trabajar duro por ello.
105. Indicó que la esperanza cambió de manos y que con esa esperanza se iba a construir el México que las personas se merecen: un México fuerte, poderoso y exitoso.
106. Terminó su discurso al mencionar: “Cuento con ustedes, cuentan conmigo, no es por mí, es por ti, es por tu familia, es por México”.
¿Se acredita el elemento temporal?
107. En el caso, se acredita el elemento temporal de los actos anticipados de campaña, pues, está probado que el evento y los videos relativos a dicho encuentro partidista, cuyo contenido es idéntico, pues solo cambió la red social en la que se difundieron, se realizaron previo al inicio de la etapa de campaña (primero de marzo).
108. No. | Publicación de X https://twitter.com/XochitlGalvez/status/1726764843322024362?s=20 | |
1 | 20 de noviembre de 2023
Texto:
Soy #FuerteComoTú porque sé cuánto luchas para llevar comida a tu casa y mantener a tu familia. Por eso, estoy convencida que mereces más, mucho más. Encuentro con simpatizantes del PAN, PRI, PRD de Chihuahua.
El enlace contiene un material audiovisual con duración de una hora con 39 segundos. |
No. | Publicación de X https://twitter.com/i/broadcasts/1MnGnMARwPkKO | |
2 | 20 de noviembre de 2023
Texto:
Soy #FuerteComoTú porque sé cuánto luchas para llevar comida a tu casa y mantener a tu familia. Por eso, estoy convencida que mereces más, mucho más. Encuentro con simpatizantes del PAN, PRI, PRD de Chihuahua.
El enlace contiene un material audiovisual con duración de una hora con 39 segundos. Se trata del mismo video de la publicación 1. |
No. | Publicación de Facebook https://fb.watch/ouhNO4h86R/ | |
3 | 20 de noviembre de 2023
Texto:
Soy #FuerteComoTú porque sé cuánto luchas para llevar comida a tu casa y mantener a tu familia. Por eso, estoy convencida que mereces más, mucho más. Encuentro con simpatizantes del PAN, PRI, PRD de Chihuahua.
El enlace contiene un material audiovisual (transmisión en vivo) con duración de una hora con dos minutos con 21 segundos. |
No. | Publicación de Facebook https://www.facebook.com/watch/live/?ref=watch_permalink&v=2021543344898994 | |
4 | 20 de noviembre de 2023
Texto:
Soy #FuerteComoTú porque sé cuánto luchas para llevar comida a tu casa y mantener a tu familia. Por eso, estoy convencida que mereces más, mucho más. Encuentro con simpatizantes del PAN, PRI, PRD de Chihuahua.
|
No. | Publicación de YouTube https://www.youtube.com/watch?v=22lfCoqlWjs | |
5 | 20 de noviembre de 2023
Texto:
Soy #FuerteComoTú porque sé cuánto luchas para llevar comida a tu casa y mantener a tu familia.
El enlace contiene un video con duración de una hora con dos minutos con 21 segundos. |
No. | Publicación de X https://twitter.com/XochitlGalvez/status/1726813528160719205?s=20 | |
6 | 20 de noviembre de 2023
Texto:
Tenemos una causa: México y su gente. Tenemos un equipo ganador y fuerte, en el que cabemos todos. Tenemos una meta: la victoria. 📍 Chihuahua Mensaje dirigido a simpatizantes y militantes del PAN, PRI, PRD y sus Órganos Partidistas.
El enlace contiene un video con duración de una hora con dos minutos con 21 segundos. Se trata del mismo contenido de la publicación 3. |
No. | Publicación de X https://twitter.com/XochitlGalvez/status/1727055575803109508?s=20 | |
7 | 21 de noviembre de 2023
Texto:
Soy #FuerteComoTú porque no nací con privilegios. Sé lo que pasas para juntar lana para llevarle de comer a tu familia. Y yo sé que puedo hacer que recibas más. 📍 Chihuahua Mensaje dirigido a simpatizantes y militantes del PAN, PRI, PRD y sus Órganos Partidistas.
El enlace contiene un video con duración de un minuto con 18 segundos. | |
Contenido del video:
|
No. | Publicación de X https://twitter.com/XochitlGalvez/status/1727135449003741538?s=20 | |
8 | 21 de noviembre de 2023
Texto:
Estoy aquí para darle más a México. Para ofrecerte a ti y a tu familia todo lo que merecen. #FuerteComoTú Mensaje dirigido a simpatizantes y militantes del PAN, PRI, PRD y sus Órganos Partidistas. |
109. Además, Xóchitl Gálvez reconoció que el 20 de noviembre de 2023 se realizó el evento denunciado en el “Polifórum” de la feria de Santa Rita en Chihuahua, al cual acudió por invitación del Comité Directivo Estatal del PAN en dicha entidad[49] y que difundió los videos relativos en la misma fecha.
110. Además, el PAN señaló que organizó el evento denunciado con la finalidad de tener un encuentro de militancia y personas simpatizantes en el periodo de precampaña[50].
¿Se actualiza el elemento personal?
111. Sí, respecto de Xóchitl Gálvez, pues en el evento y los videos denunciados se advierte su voz e imagen. Además, las publicaciones se realizaron en los perfiles de las redes sociales YouTube (@ XochitlGalvezR); X (@XochitlGalvez), Facebook (Xochitl.Galvez.R) que corresponden a la entonces precandidata y que administra personal a su cargo.
112. Además, al momento de los hechos denunciados Xóchitl Gálvez[51] ya contaba con la calidad de precandidata presidencial[52], por lo que también se actualiza respecto del PAN y el PRI, sobre todo porque en el evento la entonces precandidata hizo referencia a la alianza partidista “Fuerza y Corazón por México” conformada por dichos institutos políticos.
¿Se actualiza el elemento subjetivo?
113. Para esta Sala Especializada tales expresiones no implican el posicionamiento anticipado de Xóchitl Gálvez, pues, en el evento expuso aspectos de su vida personal y de sus inicios en la política y en el servicio público y sus puntos de vista sobre temas de interés general, dirigidos de manera preponderante a la militancia del PRI, PAN y del entonces PRD.
114. Además, del análisis de las manifestaciones no se advierte un llamado expreso a las personas que asistieron al evento o a la ciudadanía para que votara a su favor o de la entonces coalición “Fuerza y Corazón por México” en la elección presidencial, ni tampoco pidió el rechazo contra alguna otra precandidatura o fuerza política.
115. Esto es así, pues, se advierte que Xóchitl Gálvez expuso su opinión, de manera crítica, sobre temas que forman parte del debate público, como la seguridad, la educación, la falta de medicamentos, los derechos de las mujeres y personas jóvenes, así como del desempeño del actual gobierno ante las problemáticas del país, sin que dichas manifestaciones implicaran el posicionamiento adelantado de la denunciada o del PAN, PRI o bien, del entonces PRD.
116. Tampoco es dable concluir que dichas manifestaciones implicaran el rechazo por alguna otra precandidatura, candidatura o fuerza política respecto de la elección presidencial, pues solo realizó, en su calidad de aspirante presidencial, un contraste respecto de otras administraciones gubernamentales, lo que no vulnera la normativa electoral, ya que fomenta el debate público.
117. Aun cuando hizo referencia a algunas de las acciones que implementó durante su gestión como alcaldesa de Miguel Hidalgo, en la Ciudad de México, y en su función como senadora, como es el caso de las acciones que implementó para capacitar mujeres para mejorar sus condiciones de vida, colaborar en la construcción del Hospital de Guachochi y el puente Baborigame, la electrificación de la Sierra Tarahumara y la creación de diez universidades interculturales y albergues escolares, tales expresiones no son contrarias a la normativa electoral, puesto que es válido que en la propaganda de precampaña se haga referencia a la estrategia política que siguió en su reciente gestión pública sin que eso implique proselitismo electoral, pues la intención de esa propaganda es obtener la candidatura presidencial.
118. Por ello, se considera que, contrariamente a lo que se indica en las quejas, el mensaje se dirigió, de manera preponderante, a la militancia de los partidos que postularon a Xóchitl Gálvez, con el propósito de comunicar su posicionamiento y propuestas respecto de temas de interés general,
120. Es decir, debe verificar si hay expresiones que, sin solicitar expresamente el sufragio o publicitar una plataforma electoral, tienen un significado que sea inequívocamente equivalente a dicha solicitud o publicidad[53].
121. Así, para acreditar la existencia de equivalentes funcionales debe: 1) precisar la expresión objeto de análisis, 2) señalar la expresión que se utiliza como parámetro de equivalencia (equivalente explícito) y 3) justificar la correspondencia del significado que debe ser inequívoca, objetiva y natural.
122. Para ello, resulta útil el siguiente ejercicio:
Expresión objeto de análisis | Parámetro de equivalencia | Correspondencia del significado |
“Vamos a ganar porque tenemos una visión clara para el futuro del país, queremos mejor salud, mejor educación, queremos un bienestar verdadero.” | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“Yo tengo una meta muy clara, darle a las personas que viven en condición de pobreza la posibilidad de soñar como lo hice yo cuando viví en Tepatepec, darle a la clase media lo que se merece un país seguro con salud y educación, un país oportunidades para construir prosperidad y progreso”. | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“Vamos a ganar, no tengan la duda del otro lado enfrentamos un movimiento que no tiene nada de transformador, y está preparándose para ganar la elección haciendo trampas y no lo vamos a permitir”. | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“¿Cómo voy a estar de acuerdo con ella, con la señora de enfrente cuando abandonó a las víctimas del desastre de la línea 12 del metro murieron personas por su responsabilidad?” | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“¿Cómo voy a estar de acuerdo con ella, cuando le dio la espalda a los padres de los niños que murieron en el colegio Rébsamen por su negligencia?” | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“Para esa señora que gobernó la Ciudad de México ni tú, ni tu familia merecen una educación de calidad.
Ella quiere continuar con un gobierno que no escucha ni respeta a la empresa, a la academia, a la cultura y, sobre todo no respeta el medio ambiente.
Ella es la que prefiere que siga la división, las peleas, el odio por cosas absolutamente inútiles”.
| “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“La señora de enfrente significa, es decir, para ella ser mexicano significa rendirse, agacharse, obedecer ella significa otros seis años de mentira y de odio y México no puede permitirlo, no vamos a claudicar”. | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“Con fuerza y corazón tenemos que alcanzar la victoria” | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“La victoria no depende de mí, también depende de todos de cada uno de ustedes los necesito a todos, las necesito a todas” | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“Necesitamos convocar a todas las organizaciones, las alianzas a todos los ciudadanos necesitamos salir, invitar a todos aquellos que se han desencantado y decepcionado de la política”. | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“Necesito que salgan a trabajar duro que salgan a recorrer al país, a decirle a la gente que se merecen más, que México merece más”. | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
“Cuento con ustedes, cuentan conmigo, no es por mí, es por ti, es por tu familia, es por México, muchas gracias”. | “No votes por otra precandidatura, candidatura, fuerza política o Coalición” “Vota, apoya o elige a Xóchitl Gálvez, o bien, al PAN, al PRI, al PRD o a la alianza Fuerza y Corazón por México” | No cumple |
123. Del análisis integral de las manifestaciones señaladas, esta Sala Especializada no advierte la existencia de una correspondencia inequívoca y natural para solicitar que la ciudadanía vote a favor de Xóchitl Gálvez o de alguno de los partidos que la postularon.
124. En efecto, de las frases “Vamos a ganar”, “Yo tengo una meta clara”, “tenemos que alcanzar la victoria” y “la victoria no depende de mí, también depende de todos y cada uno de ustedes” se desprende el deseo de conseguir la postulación a la candidatura y, como consecuencia, la manifestación de su aspiración por alcanzar el cargo público, sin que dichas expresiones puedan considerarse como la invitación expresa a la ciudadanía a votar por Xóchitl Gálvez en la elección presidencial, o a través de equivalentes funcionales[54].
125. A través de las expresiones: “¿Cómo voy a estar de acuerdo con la señora de enfrente cuando abandonó a las víctimas del desastre de la línea 12 del metro?”, “¿Cómo voy a estar de acuerdo con ella, cuando le dio la espalda a los padres de los niños que murieron en el colegio Rébsamen por su negligencia?” y “Para esa señora que gobernó la Ciudad de México ni tú, ni tu familia merecen una educación de calidad”, Xóchitl Gálvez emitió su opinión respecto de Claudia Sheinbaum sobre ciertos hechos que acontecieron en la capital del país mientras encabezó la administración pública de dicha entidad, por lo que, al tratarse de sucesos que se encuentran en el debate público, se considera que tales frases están amparadas por la libertad de expresión.
126. Máxime que no implicaron un llamado expreso a no votar por Claudia Sheinbaum o MORENA respecto de la elección presidencial.
127. En los mismos términos, las frases: “Ella quiere continuar con un gobierno que no escucha ni respeta”, “Ella es la que prefiere que siga la división, las peleas, el odio por cosas absolutamente inútiles” y “para ella ser mexicano significa rendirse, agacharse, obedecer ella significa otros seis años de mentira y de odio”, se refieren a la opinión de Xóchitl Gálvez sobre lo que considera que Claudia Sheinbaum se conducía en su precandidatura, que no implicaron un llamado a no votar por ella en los comicios federales.
128. Por otro lado, la expresión: “enfrentamos un movimiento que no tiene nada de transformador, y está preparándose para ganar la elección haciendo trampas”, tampoco constituye un equivalente funcional para no votar por MORENA, pues si bien es conocido que dicho partido se promueve como un movimiento “transformador” o que impulsa la “transformación” del país, se considera que con dicha manifestación la denunciada tuvo la intención de exponer su desacuerdo con dicho partido político y sus postulados y con la manera en que se desempeñó en el proceso electoral.
129. Finalmente, para esta Sala Especializada, las frases: “necesitamos salir, invitar a todos aquellos que se han desencantado y decepcionado de la política”, “Necesito que salgan a trabajar duro que salgan a recorrer al país, a decirle a la gente que se merecen más, que México merece más”, “Necesito que salgan a recorrer al país, a decirle a la gente que se merecen más”, así como “Cuento con ustedes, cuentan conmigo, no es por mí, es por ti, es por tu familia, es por México, muchas gracias” no representan el llamado a votar por Xóchitl Gálvez en la elección presidencial, sino una invitación genérica a respaldar su aspiración a la candidatura.
130. Conforme a lo anterior, esta Sala Especializada considera que de las frases analizadas solo se puede desprender que Xóchitl Gálvez compartió su pretensión de obtener la candidatura a la presidencia, al exponer sus deseos y opinión frente a temas que se encontraban en el debate público, lo que no se traduce en una invitación para que la gente votara por ella o por dichos partidos políticos en la elección presidencial, sobre todo al tomar en consideración que el evento se realizó durante la precampaña, en el cual se hizo referencia a su calidad de precandidata y que se dirigía a las personas simpatizantes y a la militancia de los partidos de la alianza “Fuerza y Corazón por México”, por lo que no constituyen una infracción a la normativa electoral.
131. Por ello, se concluye que el evento denunciado Xóchitl Gálvez no emitió expresiones por las que, de manera objetiva, manifiesta, abierta, inequívoca y sin ambigüedades, solicitara el apoyo a favor o contra alguna precandidatura, candidatura o fuerza electoral de forma directa o mediante equivalentes funcionales.
132. Al no haberse acreditado el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña, es innecesario el estudio de la trascendencia a la ciudadanía de las expresiones que Xóchitl Gálvez emitió en el evento, las cuales se retomaron en los videos publicados en los perfiles de las redes sociales Facebook, X y YouTube.
133. El elemento subjetivo tampoco se actualiza respecto al PAN y PRI, ya que como se expuso previamente no se realizaron llamados para que las personas asistentes al evento, o bien, las que tuvieron acceso a los videos en las redes sociales en que se difundieron, votaran a favor de dichos partidos en los comicios federales, ya que se trató de un evento de carácter partidista.
134. En consecuencia, son inexistentes los actos anticipados de campaña atribuidos a Xóchitl Gálvez, el PAN y el PRI respecto de las manifestaciones de la entonces precandidata en el evento del 20 de noviembre de 2023 y su difusión en redes sociales.
Promoción personalizada de Xóchitl Gálvez
135. Recordemos que también se emplazó a la entonces precandidata presidencial, por la supuesta comisión de promoción personalizada a su favor.
¿Se acredita el elemento personal?
136. Sí, porque al evento asistió Xóchitl Gálvez, se identificó su nombre, e hizo uso de la voz.
137. Asimismo, se advierte que en el mensaje que dirigió a la audiencia hizo referencia a su cargo como senadora y alcaldesa de Miguel Hidalgo. Cabe señalar que, al 20 de noviembre de 2023, fecha en que se realizó el evento, ya se había registrado ante el PAN, PRI y el entonces PRD como precandidata a la presidencia de la República, como reconoció la denunciada al comparecer al procedimiento sancionador[55].
¿Se acredita el elemento temporal?
138. Sí, pues el evento se realizó y se difundió en las redes sociales de Xóchitl Gálvez el 20 y 21 de noviembre de 2023, esto es, en la etapa de precampaña.
¿Se acredita el elemento objetivo?
139. No, porque el Senado aprobó su licencia para separarse del cargo de senadora a partir del 20 de noviembre de 2023, en que se realizó el evento. Por lo que su participación en el encuentro partidista atendió a su carácter de precandidata del PAN, PRI y del entonces PRD, a la presidencia de la República.
140. En el evento partidista, Xóchitl Gálvez señaló: “Como senadora, de las cosas que me siento más orgullosa es haber logrado que las trabajadoras del hogar tuvieran derechos laborales, porque antes las trabajadoras del hogar simplemente las despedían y se iban a su casa sin nada”.
141. En opinión de esta Sala Especializada, dichas expresiones resultan válidas, pues si bien hizo referencia a una acción realizada durante su gestión como senadora, no se advierte que se apropie de ese logro para enaltecer su imagen con el propósito de posicionarse indebidamente respecto del proceso presidencial, sino para identificarse con la militancia y personas simpatizantes del PAN, PRI y del entonces PRD, a fin de obtener la candidatura a la presidencia, por lo que se enmarcan dentro del contexto del proceso partidista, pues solo hizo referencia a su trayectoria política, sin utilizar sus cargos públicos para beneficiarse de manera electoral.
142. En ese sentido, siguiendo la directriz de Sala Superior en cuanto a que se debe privilegiar la libertad de expresión tratándose de aspirantes en el contexto la contienda interna para alcanzar la candidatura de un partido o alianza política, se considera que las expresiones de Xóchitl Gálvez no constituyeron promoción personalizada a su favor, por lo que es inexistente la infracción denunciada.
¿Maru Campos y Marco Bonilla vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad y usaron recursos públicos de manera indebida?
143. En el caso, está acreditado que Maru Campos y Marco Bonilla tenían la calidad de personas del servicio público al momento de los hechos denunciados. También se probó que tuvieron una participación activa en el evento y que se les presentó por quienes las antecedieron en el uso de la voz, respectivamente, como gobernadora de Chihuahua y alcalde de dicha ciudad.
144. Ahora bien, en el caso, es necesario revisar las expresiones que emitieron Maru Campos y Marco Bonilla en el evento a fin de determinar si se trató de frases que pudieron vulnerar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de la contienda[56].
145. Marco Bonilla participó de manera virtual[57] para dar la bienvenida a Xóchitl Gálvez a Chihuahua.
Video transmitido durante el evento en Chihuahua |
Marco Bonilla: Hola que tal amigas y amigos. Querida Xóchitl. Es un gusto saludarte por este medio y darte la bienvenida en esta tu casa Chihuahua capital. Desafortunadamente por motivos de agenda personal y familiar no me ha sido posible acompañarte en este evento. Pero no quiero dejar pasar la oportunidad para decirte, querida Xóchitl, que cuentes con un compromiso personal, familiar y de todo el equipo claro y firme: Te queremos ver de presidenta. Y para eso trabajaremos todos unidos porque sin duda eso le hará mucho bien a México. Tu testimonio de vida y tu historia nos lo ha demostrado. Eres una mujer fuerte y de carácter. Sabemos que tú sí sabes de superación de pobreza, de esfuerzo, de educación, de creación de empleos y eso es lo que queremos en Chihuahua capital y en todo México. También quiero aprovechar para dirigirme a todos ustedes, amigas y amigos de Chihuahua. Esto apenas comienza. Sin duda esta batalla es la más importante que nos tocará dar por nuestros padres nuestros hijos, nuestros nietos y por aquellos que vienen, por México entero. Les pido todo su respaldo a Xóchitl, que la apoyemos cada minuto hasta el día de la elección, que vayamos animados a convencer a nuestros cercanos, que lo hagamos con entusiasmo, porgue el cambio viene, porgue México ya no aguanta más, porgue sin duda hoy es tiempo de que una mujer como Xóchitl Gálvez guíe los destinos de nuestra querida patria. Ánimo, Xóchitl, mucho ánimo, Chihuahua. Acá tienes tu división del norte lista para la batalla. Te mando un gran abrazo.
|
146. En su intervención comentó que la quería ver de presidenta y para eso trabajarían unidos. También señaló que Xóchitl Gálvez es una mujer fuerte y de carácter, de superación y esfuerzo, que es lo que se quiere en Chihuahua y en todo México.
147. Añadió que esta batalla es la más importante por México entero, por lo que pidió apoyo a las personas del auditorio para que dieran su respaldo a Xóchitl y que la apoyaran hasta el día de la elección. También pidió que fueran animados a convencer a las personas cercanas, porque era tiempo de que una mujer como Xóchitl Gálvez guiara los destinos de México.
148. Por su parte, Maru Campos señaló:
Evento en Chihuahua |
Maru Campos, gobernadora de Chihuahua: Y bien pues hoy nuestra precandidata pronto abanderada y próxima presidenta de México bienvenida, bienvenida esa es tu casa. Estoy y gracias estoy bien emocionada de poder compartir hoy con ustedes como lo hicimos en el año dos mil veintiuno, en el año dos mil dieciocho, en el año dos mil dieciséis, en el año dos mil trece, en todas las batallas electorales que hemos compartido esfuerzos para defender el presente y el futuro de nuestra querida entidad. Querida familia panista que nos acompaña de toda la vida y con quien comparto tanto, gracias por estar presente. Gracias a los amigos del PRI y del PRD también. Desde niña, Xóchilt sabe lo que es luchar por superar la pobreza y sabe que hay que trabajar y estudiar más y más y más duro y así trabajando duro logró ser una empresaria exitosa y no nada más eso, sino que generó y generó más empleos. Y también tiene un. ¿Y saben qué? Lo hizo sola, lo hizo por convicción simple, simple y sencillamente porque quería hacerlo, lo hizo sin reflectores, sin pedir algo a cambio, a nada ni a nadie. ¿Saben por qué? Porque es una mujer chingona y que, desde siempre, desde siempre ha puesto toda su fuerza y todo su corazón por México. Querida Xóchitl queremos que seas la candidata de esta gran alianza de la sociedad y de los partidos. De los indígenas, de los trabajadores, de los emprendedores, de los empresarios, de los jóvenes, de las mujeres y que los representes en la próxima campaña como candidata a la presidencia de la república. Porque queremos defender a México. Queremos rescatarlo y darle el mejor rumbo posible porque sabemos que sí sabemos que sí es posible, sabemos que es posible un país sin simulaciones un país sin mentiras un país sin odio, sin polarización, un país donde se ponga siempre por delante la salud, la educación, la seguridad, el desarrollo y la economía de todas las familias de México. Y estoy convencida, estamos convencidas de que eso es posible contigo, con tu fuerza y con tu corazón. Y aquí estamos en Chihuahua para apoyarte, Xóchitl, vamos a lograrlo y para acompañarte a hacer primero la candidata de esta alianza y después la próxima presidenta de México. Quiero agradecerte Xóchitl. Quiero agradecerte por haber compartido con nuestro estado, con Chihuahua el primer día de este camino, el primero, porque primero lo hizo allá en Ciudad Juárez en la frontera number one de este país donde recibiste el abrazo de muchas y muchos y juntos abrazaron esa X que hoy se convierte en el símbolo de todo México y de la esperanza y esta noche aquí está en Chihuahua en esta ciudad donde ¿Saben qué? Donde MORENA no ha ganado nunca ninguna elección. Ni lo va a hacer. Desde aquí desde Chihuahua, confirmamos que como nunca es tiempo de luchar por México. Chihuahua a todos aquí les digo juntos hemos hecho historia hemos hecho historia en lo electoral y juntos estamos haciendo la mejor historia de Chihuahua y ahora nos toca nos toca hacer esta nueva historia con Xóchitl, con toda la fuerza y el corazón por México y vamos a hacerlo juntos, ¿verdad? Vamos a trabajar muy duro, vamos a apoyar trabajando en la trinchera que nos toca a cada uno de nosotros para que alcancemos ese sueño posible en unidad, sin distingos, con alegría. Estamos juntos y estamos listos para hacerlo. ¡Hasta la victoria Chihuahua, con toda la fuerza y el corazón por México! ¡Viva Xóchitl! ¡Viva Xóchitl! ¡Viva Xóchitl! ¡Viva Xóchitl! Quiero dejarte rápidamente con una familia que vino desde muy lejos de la sierra Tarahumara, la familia Albino que vienen a dejarte un regalito rápidamente vienen desde muy lejos justamente a darte las gracias por esos años arriba el campo esos años que hacías tanto por la Sierra Tarahumara. ¡Eso! ¡Presidenta, presidenta, presidenta! Muchas gracias. Muchas gracias. Cuidaba a nuestra familia rarámuri. ¡Gracias a eso, gracias!
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149. En principio Maru Campos dio la bienvenida a las personas panistas y a las del PRI y del PRD también. Dio su opinión sobre Xóchitl Gálvez y señaló que desde niña sabe lo que es luchar por superar la pobreza y sabe que hay que trabajar y estudiar, gracias a lo cual logró ser una empresaria exitosa.
150. Enseguida comentó que la gente quería que Xóchitl Gálvez fuera la candidata de la alianza de la sociedad y del PAN. PRI y PRD, así como de las personas indígenas, trabajadoras, emprendedoras, empresarias, jóvenes, de las mujeres, para les representara en la próxima campaña como candidata a la presidencia de la república.
151. Refirió que quería un país sin odio, sin polarización, en el que se ponga por delante la salud, la educación, la seguridad, el desarrollo y la economía de todas las familias de México, y que estaba convencida de eso era posible con Xóchitl Gálvez.
152. Indicó que en Chihuahua se apoyaría a Xóchitl Gálvez a ser la candidata de esa alianza y después la próxima presidenta de México.
153. Luego, agradeció a Xóchitl Gálvez por haber elegido a Chihuahua para arrancar sus actividades de precampaña, en donde MORENA no había ganado una elección.
154. Señaló que a Chihuahua le toca hacer historia con Xóchitl, con toda la fuerza y el corazón por México y que iban a hacerlo juntos.
155. Este órgano jurisdiccional considera que las expresiones de Marco Bonilla y Maru Campos no vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda porque el evento fue de carácter partidista[58], con el propósito de apoyar a Xóchitl Gálvez a obtener la candidatura presidencial de la alianza “Fuerza y Corazón por México”, tal como refirieron los denunciados en sus participaciones.
156. Además, como ya se precisó, según lo corroborado en el expediente, el evento fue organizado por el PAN con la finalidad de tener un encuentro de militancia y personas simpatizantes en el periodo de campaña y se llevó a cabo al interior del Polifórum de la Feria de Santa Rita, ubicado en la ciudad de Chihuahua. El auditorio en que se realizó el evento es un espacio cerrado, con una capacidad para 6500 personas[59].
157. En el caso, no hay elementos que desvirtúen la presunción de que al evento solo asistieron personas militantes y simpatizantes del PAN, del PRI y del entonces PRD, lo que nos permite concluir que el evento tuvo como propósito invitar a la militancia a apoyar a Xóchitl Gálvez para que obtuviera la candidatura de la alianza partidista.
158. Aunado a lo anterior, este órgano jurisdiccional no advierte que las personas del servicio público involucradas hayan realizado expresiones que pusieran en riesgo la equidad en la competencia entre los partidos y fuerzas políticas, pues, no emitieron llamados expresos a la ciudadanía para que votara a favor de Xóchitl Gálvez, el PAN, PRI o PRD, ni manifestaciones contra alguna fuerza política, ya que solo expusieron su deseo para que la denunciada alcanzara la candidatura presidencial, y en su caso, la presidencia de México, pero sin buscar favorecerla de manera indebida de frente al proceso electoral.
159. Tampoco se advierten expresiones que, a manera de equivalentes funcionales, se emplearan para hacer ese llamado al voto; pues, aun cuando Maru Campos señaló que, en Chihuahua: “MORENA no ha ganado nunca ninguna elección, ni lo va a hacer” con esa expresión solo emitió su opinión sobre lo que considera la posición del partido en las preferencias de la ciudadanía de esa entidad, sin que pueda desprenderse una invitación a las personas a no votar por dicho partido político o su precandidatura o candidatura.
160. Por el contrario, como se evidenció previamente, sus mensajes se dirigieron a llamar a la unidad de la militancia, como parte de una estrategia partidista diseñada de cara al proceso electoral federal.
161. Además, de la certificación del evento realizada por la autoridad instructora, se advierte que, en su mayoría, las personas asistentes al evento portaron banderines y distintivos del PAN, PRI y PRD.
162. Aun cuando el acto partidista se difundió en un medio no restringido, esto es, a través del perfil de Facebook, X y YouTube de Xóchitl Gálvez, en el expediente no se acreditó que se emplearan otros medios para hacer del conocimiento de la ciudadanía su realización o la invitación al público en general para participar en dicho evento.
163. Por ello, se considera que la convocatoria y difusión del evento se dirigió preponderantemente a personas militantes y simpatizantes del PAN, PRI y del entonces PRD, pues, para conocer el desarrollo del evento y las manifestaciones que ahí se emitieron, era necesario que las personas buscaran e ingresaran a las redes sociales de la entonces precandidata a la presidencia de México.
164. La valoración conjunta de las expresiones de las personas del servicio público involucradas y de las particularidades del evento: quien lo organizó (Comité Directivo Estatal del PAN en Chihuahua), fecha, lugar y condiciones en que se realizó (20 de noviembre de 2023/día inhábil/en el interior del Polifórum), generan convicción en esta Sala Especializada de que el evento fue organizado con una naturaleza de corte partidista, al cual asistieron, de manera preponderante, personas afiliadas y simpatizantes del PAN, del PRI y del entonces PRD, sobre todo porque en el caso no se corroboró la existencia de una convocatoria al público en general para asistir al evento.
165. Tampoco se acreditó que los posicionamientos y manifestaciones que emitieron las personas del servicio público en el evento se hayan difundido por algún otro medio diverso a las redes sociales de Xóchitl Gálvez que permitiera presumir que trascendieron al conocimiento público.
166. Aunado a lo anterior, de la investigación que realizó la autoridad no se acreditó que, con motivo de su asistencia a dicho evento, Maru Campos y Marco Bonilla desatendieran las funciones públicas que tenían encomendadas, pues el evento se realizó en un día inhábil (lunes 20 de noviembre de 2023)[60].
167. Tampoco se corroboró que se hayan empleado recursos públicos para la organización y realización del evento o para su asistencia (física o virtual) y participación en dicho acto partidista.
168. Por el contrario, en el expediente se acreditó que el PAN organizó el evento y asumió los costos de dicho encuentro partidista, pues, aportó la documentación relativa a los gastos que, con motivo del evento, reportó en el Sistema Integral de Fiscalización (SIF)[61]; aunado a lo anterior, las personas del servicio público denunciadas negaron haber aportado recursos públicos para su organización, afirmaciones que no fueron desvirtuadas con otros elementos de prueba en la investigación.
169. Al respecto, cobra aplicación el criterio de la Sala Superior[62] en el sentido de que la sola asistencia en días inhábiles de las personas del servicio público a eventos de proselitismo político para apoyar a determinado partido, precandidatura o candidatura, no está incluida en la restricción citada, en tanto que tal conducta, por sí misma, no implica el uso indebido de recursos del Estado; en consecuencia, se reconoce que la asistencia a esta clase de actos, se realiza en ejercicio de las libertades de expresión y asociación en materia política de los ciudadanos, las cuales no pueden ser restringidas por el sólo hecho de desempeñar un cargo público, por tratarse de derechos fundamentales que sólo pueden limitarse en los casos previstos en el propio orden constitucional y legal.
170. En ese sentido, es inexistente la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como el uso indebido de recursos públicos, atribuidos a Maru Campos y Marco Bonilla en este procedimiento especial sancionador.
¿Marco Bonilla y Maru Campos realizaron promoción personalizada en favor de Xóchitl Gálvez?
171. Para contestar dicha interrogante es necesario analizar los elementos de dicha infracción.
¿Se acredita el elemento personal?
172. Sí, porque tanto como Marco Bonilla y Maru Campos se refirieron a Xóchitl Gálvez, por lo que la identificaron en sus expresiones, como precandidata a la presidencia de la República[63].
¿Se acredita el elemento temporal?
173. Sí, pues el evento se realizó en la etapa de precampaña, y se difundió en las redes sociales de Xóchitl Gálvez el 20 y 21 de noviembre de 2023.
¿Se acredita el elemento objetivo?
174. No, porque Marco Bonilla y Maru Campos expresaron su deseo porque Xóchitl Gálvez alcanzara la postulación como candidata del PAN, PRI y entonces PRD, a la presidencia de la República.
175. En efecto, Marco Bonilla señaló: “Pero no quiero dejar pasar la oportunidad para decirte, querida Xóchitl, que cuentes con un compromiso personal, familiar y de todo el equipo claro y firme: Te queremos ver de presidenta”. En referencia a Xóchitl Gálvez indicó: “Eres una mujer fuerte y de carácter. Sabemos que tú sí sabes de superación de pobreza, de esfuerzo, de educación, de creación de empleos y eso es lo que queremos en Chihuahua capital y en todo México”.
176. Por su parte, Maru Campos comentó en el evento: “Querida Xóchitl queremos que seas la candidata de esta gran alianza de la sociedad y de los partidos. De los indígenas, de los trabajadores, de los emprendedores, de los empresarios, de los jóvenes, de las mujeres y que los representes en la próxima campaña como candidata a la presidencia de la república”. También señaló: “Y aquí estamos en Chihuahua para apoyarte, Xóchitl, vamos a lograrlo y para acompañarte a hacer primero la candidata de esta alianza y después la próxima presidenta de México”.
177. Para esta Sala Especializada, dichas expresiones resultan válidas, pues no se advierte que las personas del servicio público hayan hecho referencia a logros o acciones implementadas por Xóchitl Gálvez durante su gestión como senadora y alcaldesa de Miguel Hidalgo para enaltecer su imagen con el propósito de posicionarla indebidamente respecto del proceso presidencial, pues solo buscaron el apoyo de la militancia y personas simpatizantes del PAN, PRI y el entonces PRD, a fin de obtener la candidatura presidencial.
178. Por ello, al encontrarse dentro del contexto del proceso partidista, se considera que las expresiones no constituyeron promoción personalizada a favor de Xóchitl Gálvez, por lo que es inexistente la infracción denunciada.
¿Se acreditó un beneficio electoral indebido por parte de Maru Campos y Marco Bonilla a favor de Xóchitl Gálvez, el PAN y el PRI?
179. No, pues, en el caso las expresiones que emitieron en el evento partidista no tuvieron el propósito de posicionar de manera anticipada la candidatura de Xóchitl Gálvez a la presidencia de México frente a la ciudadanía, o bien, de solicitar el voto a su favor, de dichos institutos políticos o de la alianza “Fuerza y Corazón por México” de forma anticipada al inicio de la etapa de campañas electorales.
180. Tampoco se acreditó que Maru Campos y Marco Bonilla alentaran a las personas asistentes al evento o a la ciudadanía en general a votar en contra de alguna precandidatura, candidatura, o fuerza política que representara un beneficio electoral indebido y una afectación a la equidad en la contienda presidencial, pues, como se precisó en el apartado previo, las manifestaciones solo tuvieron como propósito manifestar su apoyo a Xóchitl Gálvez para que alcanzara la candidatura a la presidencia de México, lo que resulta acorde al evento partidista realizado, propio de la etapa de precampaña.
Vulneración a las reglas de difusión de la propaganda política por la presunta afectación al interés superior de la niñez
181. Recordemos que en este asunto la parte quejosa denunció que Xóchitl Gálvez, Aldea Digital S.A.P.I. de C.V., el PAN y el PRI vulneraron el interés superior de la niñez, toda vez que en el evento y videos denunciados se advirtió la aparición de niñas, niños y adolescentes sin contar con la documentación correspondiente.
182. Para dar respuesta a ese planteamiento es necesario atender a lo siguiente:
¿El evento y videos denunciados tuvieron carácter político?
183. Sí, porque en el momento de los hechos se encontraba en curso el proceso electoral federal, pues, el evento en el que se transmitieron imágenes de niñas y niños se realizó el 20 de noviembre de 2023[64], esto es, durante el periodo de precampaña.
184. Como se señaló en el apartado previo, el video del evento se difundió, de manera idéntica, en las redes sociales X, Facebook y YouTube de la entonces candidata a la presidencia de la República el 20 y el 21 de noviembre de 2023, en cuya edición se retomaron las imágenes de la niñez que se mostraron en el evento.
185. De igual forma, en el evento se observa a la denunciada con diversas personas que portaban banderas alusivas al PAN, PRI y al entonces PRD.
186. Por lo anterior, se considera que nos encontramos frente a propaganda política, por lo que lo procedente es analizar si para la difusión del video Xóchitl Gálvez, el PAN y el PRI, así como la persona moral Aldea Digital S.A.P.I de C.V., cumplieron con las directrices establecidas en los Lineamientos del INE y en la jurisprudencia de la Sala Superior para la propaganda política.
¿Se actualiza la vulneración a las reglas de difusión de propaganda político-electoral, con motivo de la aparición de niñas, niños y adolescentes?
187. A partir de lo resuelto por la Sala Superior en el SUP-REP-668/2024, en casos similares, esta Sala Especializada deberá analizar:
Si las publicaciones denunciadas son derivadas de la “transmisión en vivo”, de un evento multitudinario.
Si la presencia de las personas menores de edad fue producto de una aparición espontánea, natural y accidental.
188. En ese mismo sentido, la Sala superior también determinó en el SUP-REP-686/2024, se debe observar igualmente lo siguiente:
Si la aparición es de forma incidental.
Si es una participación pasiva de las personas menores de edad, es decir, que no tuvieron un papel activo o protagónico en ese evento.
La difusión se presume que se hace mediante el uso de aparatos electrónicos sin capacidad de difuminar o bloquear la aparición incidental de personas menores de edad.
189. En el video del evento de 20 de noviembre de 2023, que se difundió en los perfiles de “X”, Facebook y YouTube de la denunciada, se observa lo siguiente[65]:
Núm. | Imagen de las personas menores de edad y minutos en que parecen en el video denunciado | Núm. | Imagen de las personas menores de edad y minutos en que parecen en el video denunciado |
1 |
2 | ||
8:26 minutos | 8:32 minutos | ||
3 |
4 | ||
8:38 minutos | 8:40 minutos | ||
5 |
6 | ||
8:46 minutos | 8:57 minutos | ||
7 |
8 | ||
9:05 minutos | 9:10 minutos | ||
9 |
10 | ||
9:25 minutos | 9:28 minutos |
190. En la imagen 1, se observa una mujer con un niño donde se advierte plenamente los rasgos fisonómicos que lo hacen identificables; en la imagen 2, se observa una mujer con una niña, cuyo rostro es plenamente reconocible.
191. En la imagen 3, se aprecia a nueve mujeres entre las cuales se encuentra una niña, cuyo rostro es totalmente identificable.
192. En la imagen 4, se advierte a dos mujeres, una de ellas porta una cartulina con la siguiente frase: “Vamos Xóchitl, aquí estamos los chingones de Chihuahua”; la otra mujer carga a una niña, de quien se aprecian sus rasgos fisonómicos que la hacen identificable.
193. En la imagen 5, se observa a tres personas mayores de edad y una de ellas carga en sus brazos a una niña, cuyo rostro es identificable.
194. En la imagen 6, se puede ver a un hombre y una mujer en un parque; ella carga en sus brazos a una niña. Toda vez que se observa la fisionomía de la persona menor de edad, se considera que su imagen es identificable.
195. En la imagen 7, se ven, en primer plano, un hombre y una mujer con una niña y un niño, lo que permite reconocer con claridad sus rasgos fisionómicos.
196. En la imagen 8, vemos a una niña bailando. Toda vez que se puede apreciar las características de su cara, es identificable.
197. En la imagen 9, se advierte a dos mujeres que cruzan el dedo medio con el índice. Una seña similar realiza el niño que se encuentra en medio de ambas, cuyo rostro es plenamente identificable.
198. En la imagen 10, se advierte a una mujer en un parque; en una mano sostiene una cartulina con la frase: “En Chihuahua somos Xóvenes Xingones” y en la otra mano sujeta del hombro a una niña, cuyas facciones son plenamente identificables.
199. Ahora bien, la autoridad instructora certificó que se trataba de una publicación en “X”, Facebook y YouTube en las redes sociales de Xóchitl Gálvez, sin que haya elementos para concluir que se trató de una transmisión en vivo.
200. Por lo anterior, esta Sala Especializada considera que la aparición de las 11 personas menores de edad es directa[66], pues, sus rostros se expusieron después de la edición y selección de las imágenes respectivas para conformar el video que se difundió en el evento realizado el 20 de noviembre de 2023 y, con posterioridad, en las redes sociales de la entonces precandidata.
201. Y aun cuando la participación de las personas menores de edad fue pasiva, porque no se advierte que el evento o los videos tuvieran como propósito abordar temas vinculados con los derechos de la niñez, esta Sala Especializada considera que a dicha propaganda política le son aplicables los Lineamientos[67].
202. En el caso, Xóchitl Gálvez no acreditó haber recabado ni proporcionado a la autoridad instructora la documentación relativa a la opinión informada de las personas menores de edad, que aparecen en el video, ni la de la mamá, el papá o la persona que ejerce su patria potestad.
203. Al no contar con dicha documentación, Xóchitl Gálvez no debió utilizar las imágenes de personas menores de edad, o en su caso, debió difuminarlas, ocultarlas o hacerlas irreconocibles, a fin de evitar que fueran identificables, y con ello salvaguardar su derecho a la identidad y a la intimidad[68].
204. Por lo anterior, al no presentar la documentación correspondiente, se considera que la entonces precandidata a la presidencia de México vulneró las obligaciones que le imponen los Lineamientos.
205. Similar criterio ha sustentado esta Sala Especializada[69] al determinar que el derecho a la propia imagen de niñas, niños y adolescentes goza de una protección especial, de ahí que para el otorgamiento de la salvaguarda judicial es suficiente que las niñas, niños o adolescentes se ubiquen en una situación que exponga su identidad o imagen para considerar que existe una vulneración a sus derechos.
206. Ahora bien, en su escrito de alegatos, Xóchitl Gálvez dijo que no se afecta la honra, imagen o reputación de las niñas, niños o adolescentes que pudieran aparecer, en todo caso, es una aparición incidental, y que la niñez que aparece no tuvo participación activa ni corresponden a alguna de las formas prohibidas de aparición.
207. Este órgano jurisdiccional considera que ese argumento no es eficaz para eximir de responsabilidad a la denunciada, pues, el solo hecho de difundir la imagen de niñas, niños o adolescentes en propaganda política o electoral, ya sea de manera directa o incidental, sin contar con los requisitos correspondientes o difuminarla, vulnera la normativa aplicable.
208. Por lo anterior, se actualiza la existencia de la vulneración a las normas de propaganda política atribuida a Xóchitl Gálvez, por la indebida exposición de la imagen de 11 personas menores de edad, con lo cual vulneró el interés superior de la niñez y adolescencia.
209. Ahora veamos la certificación del video difundido en la cuenta de “X” de Xóchitl Gálvez[70]:
No. | Publicación de X https://twitter.com/XochitlGalvez/status/1726579933701714323?s=20 | |
| 20 de noviembre de 2023
Texto:
Yo, como tú, he tenido que luchar para defender mis sueños, tus sueños. Yo, como tú, he tenido la fuerza para no detenerme. ¡Esto apenas comienza, vamos juntos con fuerza y corazón! #FuerteComoTú
El enlace contiene un material audiovisual con duración de un minuto con 27 segundos. | |
Contenido del video:
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Núm. | Imagen de las personas menores de edad y minutos en que parecen en el video denunciado
| Núm. | Imagen de las personas menores de edad y minutos en que parecen en el video denunciado
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11 |
12 | ||
1:15 minutos | 1:15 minutos | ||
13 |
14 | ||
1:16 minutos | 1:16 minutos | ||
15 |
16 | ||
1:17 minutos | 1:20 minutos | ||
17 |
18 | ||
1:21 minutos | 1:21 minutos | ||
19 |
20 | ||
1:23 minutos | 1:23 minutos |
210. Xóchitl Gálvez señaló, en respuesta al requerimiento de la autoridad instructora[71], que el video que se analiza se realizó con imágenes producidas mediante inteligencia artificial (IA), por lo que no vulneró las reglas de la propaganda política en detrimento del interés superior de la niñez y adolescencia.
211. Las pruebas aportadas por la parte denunciante y las recabadas por la autoridad instructora que obran en el expediente no desvirtuaron el hecho de que el video se creó mediante inteligencia artificial, pues no probaron que dichas imágenes sí correspondían a personas menores de edad.
212. En ese sentido, toda vez que en el expediente no hay elementos que permitan concluir a este órgano jurisdiccional con plena certeza que las imágenes denunciadas sí corresponden a personas menores de edad, se considera que la difusión de dicho audiovisual en el perfil de X de Xóchitl Gálvez no puso en peligro el interés superior de la niñez.
213. Lo anterior, pues, en el caso, no se acreditó que se tratara de la aparición de niñas, niños y adolescentes a quienes deba garantizarse la protección de sus derechos, sobre todo, al advertir que el audiovisual también incluye otros elementos que se insertaron al video de forma virtual, como escenarios ficticios que incluyen ballenas, mariposas y personas suspendidas en el cielo.
214. En consecuencia, esta Sala Especializada determina que no se actualiza la vulneración al interés superior de la niñez por el uso de 16 imágenes creadas mediante inteligencia artificial (visibles en las fotos 11 a 20), por las cuales se emplazó a la denunciada.
215. Finalmente, en el caso se denunció el video publicado en la cuenta de X de la entonces precandidata a la presidencia de la República.
No. | Publicación de X https://twitter.com/XochitlGalvez/status/1727055575803109508?s=20 | |
| 21 de noviembre de 2023
Texto:
Soy #FuerteComoTú porque no nací con privilegios. Sé lo que pasas para juntar lana para llevarle de comer a tu familia. Y yo sé que puedo hacer que recibas más. 📍 Chihuahua Mensaje dirigido a simpatizantes y militantes del PAN, PRI, PRD y sus Órganos Partidistas.
El enlace contiene un video con duración de un minuto con 18 segundos. | |
Contenido del video:
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216. Respecto de ese video se denunció la siguiente imagen[72]:
Núm. | Imagen de las personas menores de edad y minutos en que parecen en el video |
21 | 0:03 minutos |
217. En la imagen denunciada, se ve a Xóchitl Gálvez mientras se toma una fotografía con las personas que la rodeaban; a su lado se encuentra una persona del sexo femenino que porta unos lentes.
218. Si bien la autoridad instructora emplazó a Xóchitl Gálvez por la presunta vulneración al interés superior de la niñez por esa imagen, la apreciación inicial de las características fisionómicas de la persona señalada por el quejoso, bajo un estándar de razonabilidad mínimo, nos lleva a considerar que se trata de una mujer adulta, pues sus facciones no corresponden, a simple vista, a la de una persona adolescente, tomando en consideración que el artículo 5 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes considera como tales a quienes tienen más de 12 años, pero menos de 18[73].
219. Dicha inferencia se robustece con el hecho de que en el expediente no hay elementos que generen indicios o demuestren que se trata de una persona menor de edad.
220. Por lo anterior, es inexistente la vulneración al interés superior de la niñez por el segundo y tercer video que se analizó.
Responsabilidad de Aldea Digital S.A.P.I. de C.V. y los partidos políticos PAN y PRI
221. En el caso, también se emplazó a Aldea Digital S.A.P.I. de C.V. y a los partidos políticos PAN y PRI por su responsabilidad directa en la presunta vulneración a las reglas de difusión de propaganda político-electoral por la inclusión de niñas, niños y adolescentes en los videos difundidos por Xóchitl Gálvez en X, Facebook y YouTube el 20 y 21 de noviembre de 2023.
222. Lo anterior, al considerar que dichos partidos políticos son responsables de contratar a la empresa Aldea Digital S.A.P.I. de C.V., que administra las redes sociales señaladas.
223. En el expediente obra un contrato de prestación de servicios publicitarios en internet para la etapa de campaña que celebró Aldea Digital, S.A.P.I de C.V con la coalición “Fuerza y Corazón por México”, vigente del primero de marzo al 29 de mayo de 2024[74].
224. Por lo anterior, si las publicaciones denunciadas se realizaron el 20 y 21 de noviembre de 2023, su difusión tuvo lugar antes del inicio de la vigencia de dicho contrato.
225. No obstante, es un hecho notorio para esta Sala Especializada que en el expediente SRE-PSC-545/2024 se acreditó la existencia del contrato que celebró Aldea Digital S.A.P.I. de C.V., con el PRI, con el propósito de realizar una campaña publicitaria para la entonces precandidata a la presidencia de la República, con una vigencia del 20 de noviembre de 2023 al 18 de enero de este año.
226. El contrato celebrado por el representante del PRI y la persona moral Aldea Digital, S.A.P.I. DE C.V., señala lo siguiente:
227. Por lo que, tomando en consideración que el PRI realizó un contrato de prestación de servicios publicitarios en internet con Aldea Digital, S.A.P.I de C.V., se puede acreditar una vinculación directa con los hechos denunciados por parte de dicho instituto político y también se acreditan las obligaciones que contrajo la persona moral respecto de la precampaña de Xóchitl Gálvez para obtener la candidatura a la presidencia de México.
228. En consecuencia, es existente la vulneración a las reglas de difusión de propaganda política en detrimento del interés superior de niñas, niños y adolescentes, atribuida a Aldea Digital S.A.P.I. de C.V. y al Partido Revolucionario Institucional, derivado de la aparición de 11 personas menores de edad.
229. Por otro lado, es inexistente la infracción atribuida al PAN, porque no se acreditó que ese instituto político haya celebrado un contrato con la empresa referida en los mismos términos.
NOVENA. Calificación de las faltas e individualización de las sanciones
230. Una vez que se acreditó la existencia de la infracción y se demostró la responsabilidad directa de Xóchitl Gálvez, del PRI, así como de Aldea Digital S.A.P.I. de C.V. por vulnerar las normas de la propaganda política por la aparición 11 personas menores de edad, calificaremos la falta e individualizaremos las sanciones correspondientes.
231. Cómo, cuándo y dónde (Circunstancias de modo, tiempo, lugar de la infracción, así como las condiciones externas, medios de ejecución, reincidencia y beneficio económico).
Modo. La irregularidad consistió en la difusión de los videos publicados en X, Facebook y YouTube, sin cumplir con lo dispuesto en los Lineamientos, los cuales tutelan el interés superior de la niñez.
Tiempo. Los videos estuvieron vigentes, al menos, desde su publicación hasta el 5 de agosto de 2024[75] (fecha en que certificó la autoridad instructora), por lo que estuvieron visibles durante el desarrollo del proceso electoral federal 2023-2024 en el que se renovó la presidencia de la República.
Lugar. Los videos se difundieron en las redes sociales X, Facebook y YouTube de la denunciada, plataformas que, por su naturaleza como espacio virtual, no se circunscriben a un espacio territorial delimitado, sino en el ámbito digital.
Falta: Se acreditó una falta respecto de Xóchitl Gálvez, Aldea Digital S.A.P.I. de C.V. y el PRI, derivado de la vulneración a las normas de difusión de la propaganda política-electoral por la aparición 11 personas menores de edad en la propaganda denunciada sin garantizar la protección a sus derechos conforme a los Lineamientos del INE y la jurisprudencia electoral.
Bien jurídico. Se protege el interés superior de la niñez y adolescencia.
Intencionalidad. La conducta de Xóchitl Gálvez, el PRI y Aldea Digital S.A.P.I. de C.V. fue intencional al difundir los videos en redes sociales y ser omisos en recabar la documentación requerida en la normativa electoral relativo al consentimiento informado.
Beneficio o lucro. No se advierte que el evento denunciado y la difusión de los videos hayan generado un beneficio económico o electoral para las partes involucradas.
Reincidencia. De conformidad con lo previsto en el 458, párrafo 6, de la Ley Electoral, se considera reincidente quien ha sido declarado responsable del incumplimiento de alguna de las obligaciones a que se refiere la propia Ley e incurre nuevamente en la misma conducta infractora.
232. Se carece de antecedente que evidencie la reincidencia de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz y de Aldea Digital S.A.P.I de C.V. por vulnerar las normas de la difusión de propaganda política-electoral por la aparición de personas menores de edad.
233. No obstante, se actualiza la reincidencia por parte del PRI, ya que este órgano jurisdiccional lo sancionó por la vulneración a las reglas de propaganda político-electoral por la inclusión de niñas, niños y adolescentes, en los siguientes precedentes:
Precedentes | Elementos | ||
1) El ejercicio o período en el que se cometió la transgresión anterior, por la que estima reiterada la infracción. | 2) La naturaleza de las contravenciones, así como los preceptos infringidos, a fin de evidenciar que afectan el mismo bien jurídico y tutelado. | 3) Que la resolución mediante la cual se sancionó al infractor, con motivo de la contravención anterior, tiene el carácter de firme. | |
SRE-PSC-26/2017 | Las conductas denunciadas ocurrieron durante el proceso electoral local en Coahuila 2017.
La queja se presentó el 16 de febrero de 2017. | Se responsabilizó al PRI por la vulneración a las reglas de propaganda electoral por la inclusión de niñas, niños y adolescentes. | Se impuso al PRI, una multa de 1000 UMAS, que dan la cantidad de $75,490.00 (Setenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 00/100 M.N.)
La sentencia quedó firme al no haber sido recurrida. |
SRE-PSC-55/2018 | Las conductas denunciadas ocurrieron durante el proceso electoral federal-local de 2018.
La queja se presentó el 5 de febrero de 2018. | Se responsabilizó al PRI por la vulneración a las reglas de propaganda electoral por la inclusión de niñas, niños y adolescentes. | Se impuso al PRI, una multa de $60,450.00 (sesenta mil cuatrocientos cincuenta pesos 00/100 M.N.).
La sentencia quedó firme al no haber sido recurrida. |
SRE-PSC-160/2018 | Las conductas denunciadas ocurrieron durante el proceso electoral federal de 2018.
La queja se presentó el 24 de mayo de 2018. | Se responsabilizó al PRI por la vulneración a las reglas de propaganda electoral por la inclusión de niñas, niños y adolescentes. | Se impuso al PRI una multa de $80,600.00 (ochenta mil seiscientos pesos 00/100 m.n.).
La sentencia quedó firme al haberse confirmado por la Sala Superior al resolver el expediente SUP-REP-599/2018 y SUP-REP-615/2018 acumulado. |
234. Conforme a los precedentes citados, se considera que resultan aplicables dado que el PRI fue sancionado por vulnerar las reglas de difusión de propaganda política por la aparición de niñas, niños y adolescentes, las cuales adquirieron firmeza antes de los hechos que se denuncian en este procedimiento, por lo que se acredita su reincidencia.
235. Todos los elementos antes expuestos nos permiten calificar las conductas de Xóchitl Gálvez, del PRI y Aldea Digital S.A.P.I. de C.V., respecto de su responsabilidad directa, con una gravedad ordinaria.
236. Individualización de la sanción: Una multa es la sanción que mejor podría cumplir con el propósito de disuadir la posible comisión de faltas similares en el futuro.
237. Conforme al artículo 456, párrafo 1, inciso e), fracción II, de la LGIPE, por el tipo de conducta y su calificación, en el caso, se justifica la imposición de una sanción económica a Aldea Digital S.A.P.I de C.V., consistente en una multa de 100 UMAS (Unidad de Medida de Actualización) vigentes[76], equivalente equivalentes a $10,374.00 (diez mil trescientos setenta y cuatro pesos 00/100 M.N.).
238. En términos de lo establecido en el artículo 456, párrafo 1, inciso c), fracción II, de la LGIPE, por el tipo de conducta y su calificación, en el caso de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, lo procedente sería imponer una multa por la cantidad de 150 UMAS, equivalentes a $15,561.00 (quince mil quinientos sesenta y un pesos 00/100 M.N.).
239. Conforme al artículo 456, párrafo 1, inciso a), fracción II, de la LEGIPE, por el tipo de conducta y su calificación, en el caso del PRI, lo procedente sería imponerle una multa por la cantidad de 150 UMAS, equivalentes a $15,561.00 (quince mil quinientos sesenta y un pesos 00/100 M.N.).
240. Pero derivado de que el PRI resultó reincidente en relación con la vulneración a las reglas de propaganda electoral con motivo de la inclusión de niños, niñas y/o adolescentes, lo cual pone de manifiesto la falta de atención continuada a las determinaciones emitidas para tutelar a las personas menores de edad, lo procedente es incrementar la multa base en una tercera parte más, para imponer al PRI una multa de 200 UMAS equivalente a $20,748.00 (veinte mil setecientos cuarenta y ocho pesos 00/100 M.N.).
241. La imposición de una multa en este asunto resulta razonable, al tomar en cuenta los elementos de la infracción que se describieron (objetivos y subjetivos), derivado de la difusión en X, Facebook y YouTube de los videos con la imagen expuesta de 11 personas menores de edad, sin contar con la autorización del padre o la madre y el consentimiento informado de la niñez, capacidad económica de las partes involucradas y la finalidad de las sanciones, que consiste en disuadir la posible comisión de faltas similares en el futuro.
242. Capacidad económica. Al individualizar la sanción, la autoridad está facultada para recabar la información y elementos de prueba que considere conducentes, para comprobar la capacidad económica de la persona sancionada, con independencia de que la carga probatoria corresponda a la parte denunciante y sin perjuicio del derecho de la parte denunciada de aportar pruebas.
243. En el caso de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz y Aldea Digital S.A.P.I de C.V. se consideró la información sobre la situación fiscal que proporcionó el Servicio de Administración Tributaria, la cual, al ser información confidencial[77] deberá notificarse exclusivamente a la parte sancionada.
244. El importe de la ministración mensual con deducciones que recibió el PRI para sus actividades ordinarias en el mes de noviembre es de $99,183,930.23 (noventa y nueve millones ciento ochenta y tres mil novecientos treinta pesos 23/100 M.N.)[78].
245. Así, la multa impuesta equivale al 0.020% de su financiamiento mensual con deducciones. Es proporcional porque el partido puede pagarla sin comprometer sus actividades ordinarias y además genera un efecto inhibitorio para la comisión de futuras conductas irregulares.
246. Pago de las multas. Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz y Aldea Digital S.A.P.I. de C.V deberán pagar la multa impuesta en la Dirección Ejecutiva de Administración del INE, dentro de los 15 días siguientes a que esta sentencia quede firme.
247. De lo contrario, conforme a las reglas atinentes al incumplimiento, el INE tiene la facultad de dar vista a las autoridades hacendarias a efecto que procedan al cobro coactivo conforme a la legislación aplicable.
248. Por tanto, se solicita a la Dirección Ejecutiva de Administración del INE que haga del conocimiento de esta Sala Especializada la información relativa al pago de la multa precisada, dentro de los 5 días hábiles posteriores a que haya sido pagada.
249. Respecto de la multa impuesta al PRI, se vincula a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE para que descuente a dicho instituto político la cantidad impuesta como multa de sus ministraciones mensuales, bajo el concepto de actividades ordinarias permanentes, correspondiente al mes siguiente en que quede firme esta sentencia[79].
250. Para una mayor publicidad de la sanción que se impone a las partes involucradas, esta sentencia se deberá publicar, en su oportunidad, en la página de internet de este órgano jurisdiccional, en el apartado relativo al “Catálogo de sujetos sancionados [partidos políticos y personas sancionadas] en los Procedimientos Especiales Sancionadores”[80].
251. Por lo expuesto y fundado, se:
R E S U E L V E
SEGUNDO. Se da vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral para que inicie un nuevo procedimiento sancionador contra las partes involucradas.
TERCERO. Son inexistentes los actos anticipados de campaña atribuidos a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz y a los partidos políticos Acción Nacional y, Revolucionario Institucional, la promoción personalizada y el supuesto beneficio indebido en los términos expuestos en esta sentencia.
CUARTO. Es inexistente la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como el uso indebido de recursos públicos atribuidos a María Eugenia Campos Galván y Marco Antonio Bonilla Mendoza y la promoción personalizada a favor de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz.
QUINTO. Es existente la vulneración a las reglas de propaganda electoral atribuida a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, al Partido Revolucionario Institucional y a Aldea Digital S.A.P.I de C.V, por la vulneración al interés superior de la niñez, conforme a lo razonado en esta sentencia.
SEXTO. Se impone una multa a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, al Partido Revolucionario Institucional y Aldea Digital S.A.P.I de C.V, en los términos precisados en esta resolución.
SÉPTIMO. Se vincula a las Direcciones Ejecutivas de Administración y de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral en los términos expuestos en este fallo.
OCTAVO. Publíquese esta sentencia en la página de Internet de esta Sala Especializada, en el “Catálogo de sujetos sancionados [partidos políticos y personas sancionadas] en los Procedimientos Especiales Sancionadores”.
Notifíquese en términos de la normativa aplicable.
En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto concluido y, en su caso, hágase la devolución de la documentación que corresponda.
Así lo resolvieron por unanimidad de votos, las magistraturas que integran el Pleno de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con los votos concurrentes de los magistrados Luis Espíndola Morales y Rubén Jesús Lara patrón, ante la secretaria general de acuerdos, quien da fe.
Este documento es autorizado mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación, así como el Acuerdo General de la Sala Superior 2/2023, que regula, entre otras cuestiones, las sesiones presenciales de las Salas del tribunal.
VOTO CONCURRENTE QUE EMITE EL MAGISTRADO LUIS ESPÍNDOLA MORALES EN EL EXPEDIENTE SRE-PSC-575/2024[81]
Emito este voto respetuosamente, porque si bien coincido con la inexistencia de los actos anticipados de campaña, me aparto del estudio y la conclusión adoptados por la mayoría respecto de la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad por parte de la gobernadora de Chihuahua y del alcalde de la capital de esa entidad, así como de la obtención de un beneficio electoral indebido por parte de la entonces precandidata a la Presidencia de la República, Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz[82].
Vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad
Considero que esta infracción se debió tener por actualizada respecto de la participación de la gobernadora de Chihuahua y del alcalde del municipio del mismo nombre.
Lo anterior porque, si bien el evento denunciado se llevó a cabo en un día inhábil, se configuraron los siguientes elementos relevantes para el análisis contextual e integral de su participación:
Centralidad del sujeto activo. En ambos casos tuvieron participaciones protagónicas por las cuales hicieron uso de la voz para dirigirse de manera directa a la entonces precandidata a la Presidencia de la República (la gobernadora en el centro del escenario y el alcalde mediante un video que grabó precisamente para tal fin).
Identificación en su calidad de personas servidoras públicas. En ambos casos, antes y durante sus participaciones se identificó de manera directa y expresa a dichas personas como “gobernadora” y “alcalde”, así como se identificó su nombre y su imagen, por lo cual actuaron de manera consciente e intencional en uso de su investidura pública, para emitir sus mensajes en el evento denunciado.
Manifestaciones de índole electoral. En ambos casos se emitieron expresiones que excedieron el deber de mesura que es oponible a ambas personas servidoras públicas, al realizar posicionamientos de índole electoral para generar un apoyo o beneficio directo a la entonces precandidata e, inclusive, desestimar a otras opciones políticas, mediante expresiones, al menos, como las siguientes:
- … y esta noche aquí está en Chihuahua en esta ciudad donde ¿saben qué? Donde MORENA no ha ganado nunca ninguna elección, ni lo va a hacer.
- Pero no quiero dejar pasar la oportunidad para decirte, querida Xóchitl, que cuentes con un compromiso personal, familiar y de todo el equipo claro y firme: Te queremos ver de presidenta.
- Eres una mujer fuerte y de carácter. Sabemos que tú sí sabes de superación de pobreza, de esfuerzo, de educación, de creación de empleos y eso es lo que queremos en Chihuahua capital y en todo México.
- Querida Xóchitl queremos que seas la candidata de esta gran alianza de la sociedad y de los partidos. De los indígenas, de los trabajadores, de los emprendedores, de los empresarios, de los jóvenes, de las mujeres y que los representes en la próxima campaña como candidata a la presidencia de la república.
- Y aquí estamos en Chihuahua para apoyarte, Xóchitl, vamos a lograrlo y para acompañarte a hacer primero la candidata de esta alianza y después la próxima presidenta de México.
Etapa del proceso y mecanismo de difusión. El evento denunciado y, por tanto, las expresiones de índole electoral se emitieron dentro de la etapa de precampañas del proceso electoral federal, aunado a que se difundieron de manera amplia en las cuentas de redes sociales y plataformas digitales de Xóchitl Gálvez, por lo cual se configuró un mecanismo de difusión amplio para su conocimiento por parte de la ciudadanía en Chihuahua, entidad donde ambas personas servidora públicas ejercen su influencia.
Con base en lo expuesto, desde mi óptica, el análisis integral de la participación de la gobernadora y del alcalde en comento a la luz de las características del evento involucrado y su estrategia de difusión llevaba a tener por acreditada la infracción en comento respecto de las aludidas personas servidoras públicas.
Beneficio electoral indebido
En línea con lo anterior, considero que se actualizó la obtención de un beneficio electoral indebido en el caso de Xóchitl Gálvez respecto de las expresiones emitidas por las personas servidoras públicas señaladas, porque estas últimas emitieron las expresiones de índole electoral de manera pública en un evento en el que la propia precandidata estuvo presente y que, como ya señalé, difundió de manera amplia en sus cuentas de redes sociales y plataformas digitales, por lo cual fue la propia precandidata la que desplegó los mecanismos necesarios para obtener el rédito asociado a los mensajes difundidos.
Por todo lo expuesto, respetuosamente emito el presente voto concurrente.
Este documento es autorizado mediante firma electrónica certificada, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.
VOTO CONCURRENTE QUE FORMULA EL MAGISTRADO RUBÉN JESÚS LARA PATRÓN, EN RELACIÓN CON LA SENTENCIA DICTADA EN EL EXPEDIENTE SRE-PSC-575/2024.
Formulo el presente voto concurrente de conformidad con lo dispuesto en los artículos 174 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y 48 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en atención a lo siguiente:
I. Aspectos relevantes
En el presente asunto estoy de acuerdo con la conclusión en la que se propone en la sentencia determinar, por una parte, la inexistencia de los actos anticipados de campaña, la promoción personalizada, la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad, y el supuesto beneficio indebido, pues, en el evento denunciado no se realizaron llamados expresos al voto a favor o en contra de alguna precandidatura o fuerza política, ni a través de equivalentes funcionales; aunado a que las personas del servicio público no hicieron referencia a logros o acciones implementadas por Xóchitl Gálvez durante su gestión como senadora y alcaldesa, a fin de posicionarla indebidamente respecto del proceso electoral presidencial. Tampoco se acreditó el uso indebido de recursos para la realización del evento o la asistencia de las personas del servicio público denunciadas.
Y por la otra la existencia de la vulneración al interés superior de la niñez, porque en la propaganda denunciada se observa la imagen de 11 personas menores de edad, sin contar con la autorización y documentación que exigen los lineamientos del INE.
Sin embargo, me aparto de las siguientes consideraciones:
II. Razones de mi voto
a) Metodología de equivalencias funcionales.
1. Concuerdo con el sentido de la sentencia emitida por esta Sala Especializada, es decir, con la inexistencia de los actos anticipados de precampaña y campaña atribuidos a Bertha Xóchitl Gálvez Ruíz; sin embargo, me aparto de la siguiente consideración:
2.
3. En el análisis del elemento subjetivo se concluye que no hay llamados expresos al voto a favor o en contra de alguna fuerza política, por lo que, analizan lo referente a las equivalencias funcionales y determinan que no se actualizan.
4.
5. Si bien comparto la inexistencia de los llamados expresos al voto y de los equivalentes funcionales; no coincido con la metodología empleada para el análisis del elemento en cuestión, me explico.
6.
7. En la sentencia el estudio se basa en los equivalentes funcionales, dejando de manera genérica el planteamiento de la parte denunciante porque se afirma que no hay llamados expresos al voto a favor del denunciado ni en contra de alguna opción política sin argumentar el cómo y porqué se llegó a dicha conclusión; esto es, desde mi perspectiva la sola afirmación resulta insuficiente para sustentar que no se acredita este elemento.
8.
9. Por esta razón señalo que no comparto la metodología de estudio, porque se abordó como razón fundamental de la inexistencia del elemento subjetivo los equivalentes funcionales y, desde mi punto de vista, en primer lugar, se debió analizar exhaustivamente el contenido de los espectaculares para determinar que no existía una manifestación explícita a votar a favor o en contra del denunciado o de alguna opción política y, en segundo lugar, estudiar las equivalencias funcionales.
10.
11. Cabe recordar que el principio de exhaustividad impone a las y los juzgadores, decidir las controversias sometidas a su conocimiento, considerando cada uno de los argumentos aducidos en la demanda y todas las pretensiones deducidas oportunamente en la controversia, a efecto de resolver sobre todos los puntos sujetos a debate[83]; por lo que, en cumplimiento a dicho principio considero que no debió señalarse de manera genérica la inexistencia de los llamados expresos al voto sino agotar argumentativamente dicho planteamiento a fin de dotar de certeza y seguridad jurídica a las partes con la emisión de esta sentencia.
12.
b) Aparición directa
13.
No comparto la determinación a la que arribó la mayoría del Pleno, en cuanto a que la aparición de la persona menor de edad es directa, al considerar que paso por un proceso de edición, ya que los referidos Lineamientos en el numeral 5, prevén que la aparición de niñas, niños y adolescentes en un acto político, de precampaña o campaña, es incidental, siempre y cuando las niñas, niños o adolescentes sean exhibidos de manera involuntaria y sin el propósito de que formen parte de éstos, por ser situaciones no planeadas o controladas por los sujetos obligados.
En este sentido, considero que la aparición fue de manera incidental, esto es, circunstancial, no planeada, ni con el ánimo u objetivo de que apareciera en la imagen que se difundió en la red social.
Por lo anterior, tampoco comparto la individualización de la sanción ni la sanción impuesta a la responsable, ya que, desde mi perspectiva, la sanción impuesta debió modularse conforme a las consideraciones previas y ser menor a la impuesta por la mayoría del Pleno de esta Sala
c) Intencionalidad y multa
En primer lugar, no comparto la determinación en cuanto a que hubo intencionalidad en difundir propaganda electoral con la imagen de niñas, niños y/o adolescentes, pues las partes tenían pleno conocimiento de su contenido, lo cual permite concluir su plena voluntad de difundir la imagen de la referida persona menor de edad, sin que existiera el consentimiento exigido para ello y, en consecuencia, se pudo hacer irreconocible su rostro, situación que no aconteció.
Lo anterior, toda vez que, desde mi punto de vista, en el expediente no se cuenta con elementos para establecer que el partido político, tuviera la intención de cometer la infracción o que la publicación se difundiera dolosamente para vulnerar el interés superior de la niñez.
Esto es, la intencionalidad como un elemento subjetivo que debe analizarse dentro de la individualización de la sanción en un procedimiento especial sancionador debe ser entendida en el sentido de si existió dolo para cometer la infracción o fue de manera culposa (descuido o negligencia), ya que, de acuerdo con lo sostenido por la Sala Superior, el dolo debe probarse y acreditarse fehacientemente y no con base en inferencias o suposiciones[84].
En este sentido, considero que la mayoría partió de una concepción distinta de la intencionalidad porque, para mis pares, se actualiza por no recabar el consentimiento informado de los menores de edad; cosa que no comparto.
Por las razones anteriores, emito el presente voto concurrente.
Este documento es autorizado mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación, así como el Acuerdo General de la Sala Superior 2/2023, que regula, entre otras cuestiones, las sesiones presenciales de las Salas del tribunal.
1
[1] El uno de febrero de 2024, el quejoso solicitó la protección de sus datos personales en todos los asuntos en el que es parte involucrada, mismo que fue notificado a esta ponencia mediante oficio TEPJF-SRE-SGA-593/2024.
[2] En adelante Sala Especializada.
[3] Consultable en la liga https://www.ine.mx/wp-content/uploads/2023/11/Calendario-Electoral-2024-V3.pdf
[4] Todas las fechas corresponden a 2024, salvo mención en contrario.
[5] INE/CG444/2023.
[6] Artículo 461, numeral 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE o Ley General).
[7] Acuerdo INE/CG680/2023, confirmado por la Sala Superior en el SUP-RAP-396/2023 y acumulados.
[8] Con las claves UT/SCG/PE/MORENA/CG/1186/PEF/200/2023, folio 93 a 102 del cuaderno accesorio 1 del expediente, así como UT/SCG/PE/DATOPROTEGIDO/CG/1190/PEF/DATOPROTEGIDO/2023, folios 241 a 248 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[9] Con la clave UT/SCG/PE/MORENA/CG/1224/PEF/238/2023, folios 360 al 367 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[10] Con la clave UT/SCG/PE/MC/JL/NL/1238/PEF/252/2023, folios 672 al 677 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[11]Acuerdo ACQyD-INE-288/2023, que no se controvirtió ante la Sala Superior de este Tribunal Electoral.
[12] Folios 758 a 779 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[13] Artículos 41, Base III; 99, párrafo cuarto, fracción IX, y 134, párrafos 7 y 8, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (constitución); 165, 166, último párrafo, 173 primer párrafo y 176 último párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 442, párrafo 1, incisos a) y c), 443, párrafo 1, incisos a), e) y n); 445 párrafo 1, incisos a) y f); 470, párrafo 1, incisos b) y c); 475, 476 y 477 de la Ley General; 25, párrafo 1, incisos a), e), e y), de la Ley General de Partidos Políticos, legislación vigente al momento en que se inició este procedimiento especial sancionador, así como por lo dispuesto en el artículo OCTAVO TRANSITORIO del Decreto por el que se reforman y adicionan disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y las jurisprudencias 25/2015, 8/2016 y 5/2017, de rubros: “COMPETENCIA. SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN PARA CONOCER SUSTANCIAR Y RESOLVER PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES”, “COMPETENCIA. EL CONOCIMIENTO DE ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA O CAMPAÑA, SE DETERMINA POR SU VINCULACIÓN AL PROCESO ELECTORAL QUE SE ADUCE LESIONADO” y “PROPAGANDA POLÍTICA Y ELECTORAL. REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN CUMPLIRSE CUANDO SE DIFUNDAN IMÁGENES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES”.
[14] Artículo 462, numeral 2, de la LEGIPE. Ver https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5740304&fecha=04/10/2024#gsc.tab=0
[15] Sirven de apoyo las jurisprudencias 12/2001, de rubro: “EXHAUSTIVIDAD EN LAS RESOLUCIONES. CÓMO SE CUMPLE” y 43/2002, de rubro: “PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD. LAS AUTORIDADES ELECTORALES DEBEN OBSERVARLO EN LAS RESOLUCIONES QUE EMITAN”.
[16] Jurisprudencias 8/2013 y 14/2023 de rubros: “CADUCIDAD. OPERA EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR” y “CADUCIDAD. SUSPENSIÓN DEL PLAZO EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR”.
[17] Lo anterior es acorde a lo resuelto por la Sala Superior en el SUP-REP-1066/2024, en el cual validó la vista que esta Sala Especializada dio a la autoridad instructora en el diverso SRE-PSC-155/2024 para que iniciara un nuevo procedimiento sancionador en el que emplazara al entonces director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE), por su posible responsabilidad en los hechos analizados en ese asunto. En consecuencia, la Sala Superior declaró infundado el agravio relativo a la posible caducidad de la facultad sancionadora respecto del nuevo procedimiento sancionador que esta Sala Especializada ordenó abrir contra el entonces funcionario público.
[18] Artículo 440, numeral 1, inciso e) fracciones I y IV de la LEGIPE.
[19] Ver folios 01 a 91, asi como 193 a 239 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[20] Ver folios 332 a 359 del cuaderno accesorio 1, así como 1124 a 1136 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[21] Folios 626 a 671 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[22] Folios 593 y 594 del cuaderno accesorio 1, así como 918 y 1043 a 1057 del cuaderno accesorio 2.
[23] Fojas 473 y 474 del cuaderno accesorio 1, así como 1113 a 1123 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[24] Fojas 478 a 483 del cuaderno accesorio 1, así como 1113 a 1117 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[25] Folio 919 y 920 del cuaderno accesorio 1 del expediente, así como 1210 a 1225 del cuaderno accesorio 2.
[26] Folios 1059 a 1063 así como 1239 a 1250 del cuaderno accesorio 2.
[27] Folios 1091 y 1092 del cuaderno accesorio 2 del expediente.
[28] La valoración probatoria se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 461, párrafo 3, inciso a) y b), así como 462, párrafos 1, 2 y 3 de la Ley General.
[29] La autoridad instructora certificó el contenido de las publicaciones denunciadas en las actas circunstanciadas de 25 de noviembre, uno y cinco de diciembre, todos de 2023, visibles a fojas 103 a 142, 368 a 397 y 678 a 732 del cuaderno accesorio 1 del expediente, las cuales tienen valor probatorio pleno, en términos del artículo 461 de la LEGIPE, al tratarse de documentales públicas elaboradas por una autoridad en ejercicio de sus funciones.
[30] Artículo 462, numeral 2, de la LEGIPE, así como la tesis relevante: “PÁGINAS WEB O ELECTRÓNICAS. SU CONTENIDO ES UN HECHO NOTORIO Y SUSCEPTIBLE DE SER VALORADO EN UNA DECISIÓN JUDICIAL”, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, libro XXVI, tomo 2, noviembre 2013, página 1373. Ver https://chihuahua.gob.mx/gabinete/maru-campos-galvan y https://www.municipiochihuahua.gob.mx/Directorio/Detalle/Lic._Marco_Antonio_Bonilla_Mendoza
[31]Elementos establecidos por la Sala Superior, en los recursos de apelación SUP-RAP-15/2009 y acumulado, SUP-RAP-191/2010, SUP-RAP-204/2012, SUP-RAP-15-2012 y SUP-JRC-274/2010.
[32] SUP-JRC-97/2018, y SUP-REP-73/2019.
[33] Ver jurisprudencia 2/2023: “ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA O CAMPAÑA. PARA ACREDITAR EL ELEMENTO UBJETIVO SE DEBEN ANALIZAR LAS VARIABLES RELACIONADAS CON LA TRASCENDENCIA A LA CIUDADANIA”.
[34] SUP-REP-20/2019
[35] SUP-REP-04/2018
[36] SUP-REP-25/2018
[37] Artículos 168, párrafo 4, de la LGIPE y 37 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral.
[38] En el ámbito convencional, este derecho se encuentra establecido en los artículos 19 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
[39] Vid. Sentencia SUP-REP-17/2021.
[40] Así lo señala el 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y la Declaración Conjunta sobre la Libertad de Expresión e Internet, emitida el 11 de junio de 2011.
[41] Tesis CV/2017 de la Segunda Sala de la SCJN, de rubro: “LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y OPINIÓN EJERCIDAS A TRAVÉS DE LA RED ELECTRÓNICA (INTERNET). RESTRICCIONES PERMISIBLES”.
[42] Jurisprudencia 18/2016: “LIBERTAD DE EXPRESIÓN. PRESUNCIÓN DE ESPONTANEIDAD EN LA DIFUSIÓN DE MENSAJES EN REDES SOCIALES”.
[43] El uso de […] es para favorecer el uso del lenguaje incluyente.
[44] Véase la exposición de motivos de la reforma al 134 constitucional: "El tercer objetivo que se persigue con la reforma constitucional propuesta es de importancia destacada: impedir que actores ajenos al proceso electoral incidan en las campañas electorales y sus resultados a través de los medios de comunicación; así como elevar a rango de Norma Constitucional las regulaciones a que debe sujetarse la propaganda gubernamental, de todo tipo, tanto durante las campañas electorales como en periodos no electorales”; visión que fue confirmada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 129/2015 y sus acumuladas 130/2015, 131/2015, 132/2015, 133/2015 y 137/2015.
[45] Se inserta la letra entre corchetes [a] para fomentar el lenguaje incluyente.
[46] En cumplimiento a las sentencias SRE-PSD-20/2019 y SRE-PSD-21/2019.
[47] Dichos requisitos se retoman en la jurisprudencia 5/2017 de rubro: “PROPAGANDA POLÍTICA Y ELECTORAL. REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN CUMPLIRSE CUANDO SE DIFUNDAN IMÁGENES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.”
[48] Acta circunstanciada de 25 de noviembre de 2023, que tiene valor probatorio pleno, conforme a lo dispuesto en el artículo 462, numeral 2, de la LEGIPE, al haber sido emitida por una autoridad en ejercicio de sus funciones. Ver folios 252 a 295 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[49] Ver escrito de cinco de diciembre de 2023, visible a fojas 593 a 595 del cuaderno accesorio 1 del expediente. Se trata de una documental privada que, al concatenarse con los demás elementos del expediente, generan convicción de las manifestaciones que contiene, en términos de lo dispuesto en el artículo 462, numeral 3, de la LEGIPE.
[50] Ver fojas 172 a 174 del cuaderno accesorio 1 del expediente. Documental privada que, al concatenarse con los demás elementos del expediente, generan convicción de las manifestaciones que contiene, en términos de lo dispuesto en el artículo 462, numeral 3, de la LEGIPE.
[51] El Pleno del Senado aprobó su licencia por tiempo indefinido a partir del 20 de noviembre de 2023. Ver comunicacionsocial.senado.gob.mx/informacion/comunicados/7461-pleno-concede-licencia-a-xochitl-galvez-ruiz-para-separarse-de-sus-funciones-legislativa.
[52] Es un hecho público y notorio que el PAN la registró el ocho de noviembre, el PRD el 15 de noviembre y el PRI el 19 de noviembre del 2023.
[53] SUP-REP-574/2022.
[54] Jurisprudencia 34/2024, de rubro: “ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA O CAMPAÑA. LA SOLA MANIFESTACIÓN DE LA INTENCIÓN DE ASPIRAR A UN CARGO PÚBLICO NO LOS CONFIGURA”.
[55] Escrito de 4 de diciembre de 2024, visible a fojas 593 y 594 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[56]Acta circunstanciada de 25 de noviembre de 2023, que tiene valor probatorio pleno, conforme a lo dispuesto en el artículo 462, numeral 2, de la LEGIPE, al haber sido emitida por una autoridad en ejercicio de sus funciones. Ver folios 252 a 295 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[57] De la certificación realizada por la autoridad instructora se advierte que durante el evento se transmitió un video por el que Marco Bonilla, en carácter de alcalde de Chihuahua, emitió su mensaje.
[58] Lo anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 462, párrafo 3, de la LEGIPE.
[59] Hecho notorio que se valora en términos de lo dispuesto en el artículo 461, párrafo 1, de la LEGIPE. https://www.elheraldodechihuahua.com.mx/gossip/palenque-de-feria-de-santa-rita-tercero-mas-grande-en-el-pais-8387011.html.
[60] Ver “Acuerdo por el que se dan a conocer los días inhábiles para el Centro de Investigación en Ciencias de Información Geoespacial, A.C., para el ejercicio 2023”. https://sidof.segob.gob.mx/notas/5677867
[61] Ver folio 177 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[62] Jurisprudencia 14/2012 de rubro: “ACTOS DE PROSELITISMO POLÍTICO. LA SOLA ASISTENCIA DE SERVIDORES PÚBLICOS EN DÍAS INHÁBILES A TALES ACTOS NO ESTÁ RESTRINGIDA EN LA LEY”.
[63] Escrito de 4 de diciembre de 2024, visible a fojas 593 y 594 del cuaderno accesorio 1 del expediente.
[64] Acta Circunstanciada de fecha 25 de noviembre de 2023, folio 103 a 142 del cuaderno accesorio 1 del expediente, la cual tiene valor probatorio pleno, al ser emitida por una autoridad en ejercicio de sus funciones, en términos de lo previsto en el artículo 462, numeral 2, de la LEGIPE.
[65] Imágenes tomadas del acta circunstanciada de 25 de noviembre de 2023, véase en el folio 103 a 142 del cuaderno accesorio 1.
[66] El Artículo 3, fracciones V y VI de los Lineamientos establece que la aparición de niñas, niños y adolescentes es directa cuando la imagen, voz y/o cualquier otro dato que les haga identificables, es exhibido de manera planeada, como parte del proceso de producción, sin importar el plano en que se exhiban o donde se encuentren y que forman parte de la propaganda político-electoral, mensajes electorales, o del contexto de éstos; de actos políticos, actos de precampaña o campaña, o derivado de ello, aparezcan en redes sociales o cualquier plataforma digital. Es incidental cuando la imagen, voz y/o cualquier otro dato que les haga identificable, es exhibido de manera involuntaria en actos políticos, actos de precampaña o campaña, sin el propósito de que sean parte de éstos, tratándose de situaciones no planeadas o controladas por los sujetos obligados.
[67] Lineamiento 3, fracciones XIII y XIV.
[68] Jurisprudencia 20/2019 de rubro: “PROPAGANDA POLÍTICA Y ELECTORAL. CUANDO APAREZCAN [PERSONAS] MENORES [DE EDAD] SIN EL CONSENTIMIENTO DE QUIEN EJERZA LA PATRIA POTESTAD O TUTELA, SE DEBE HACER IRRECONOCIBLE SU IMAGEN”.
[69] SRE-PSC-121/2015.
[70] Imagen tomada de acta circunstanciada de 25 de noviembre de 2023, véase en el folio 251 a 589 del cuaderno accesorio 1.
[71] Foja 918 del cuaderno accesorio dos.
[72] Imagen tomada de acta circunstanciada de 25 de noviembre de 2023, véase en el folio 251 a 589 del cuaderno accesorio 1.
[73] Este órgano jurisdiccional se pronunció en términos similares al resolver el SRE-PSC-96/2024, confirmado en el SUP-REP-405/2024, así como en el SRE-PSC-231/2024, conformado por la Sala Superior en el SUP-REP-709/2024.
[74] Foja 866 a 900 del cuaderno accesorio uno.
[75] Según se desprende de las actas circunstanciada de 25 de noviembre de 2024 (certificación de su existencia) y 05 de agosto de 2024 (certificación de su eliminación).
[76] Para las sanciones impuestas en esta resolución se tomará en cuenta el valor de la UMA del 2023, cuyo valor se publicó el 10 de enero del mismo año en el Diario Oficial de la Federación, correspondiente a $103.74 (ciento tres pesos 74/100 M.N.), cantidad que se toma en consideración conforme a la Jurisprudencia 10/2018, de rubro: “MULTAS. DEBEN FIJARSE CON BASE EN LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE AL MOMENTO DE LA COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN”.
[77] Conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
[78] Ver https://deppp-partidos.ine.mx/sifp/app/publico/reportesPublicos/ministracionMensual?execution=e1s1
[79]En términos de lo dispuesto en el artículo 458, párrafos 7 y 8, de la LGIPE.
[80] En el SUP-REP-294/2022 y acumulados la Sala Superior avaló la determinación de este órgano jurisdiccional de publicar las sentencias en el catálogo referido al considerar que la publicación, en sí misma, no constituye una sanción, porque el catálogo fue diseñado e implementado por esta Sala Especializada para dar transparencia y máxima publicidad a sus resoluciones, pero no como un mecanismo sancionador.
[81] Con fundamento en los artículos 174, último párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el 11 del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral.
[82] En adelante, Xóchitl Gálvez o entonces precandidata.
[83] Como se precisa en la sentencia del expediente SUP-JE-280/2022.
[84] Ver la resolución del expediente SUP-REP-719/2018