JUICIO DE INCONFORMIDAD.

EXPEDIENTE: SUP-JIN-239/2012

ACTORA: COALICIÓN “MOVIMIENTO PROGRESISTA”

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO DISTRITAL 04 DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL DISTRITO ELECTORAL FEDERAL EN TULANCINGO DE BRAVO, HIDALGO

TERCERO INTERESADO: COALICIÓN “COMPROMISO POR MÉXICO”

MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ ALEJANDRO LUNA RAMOS

SECRETARIO: EUGENIO ISIDRO GERARDO PARTIDA SÁNCHEZ

 

México, Distrito Federal, veinticuatro de agosto de dos mil doce.

 

VISTOS, para resolver, los autos del expediente al rubro citado, relativo al juicio de inconformidad promovido por la coalición “Movimiento Progresista”, mediante los cuales impugna los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, correspondiente al 04 Distrito Electoral Federal con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo, y,

 

R E S U L T A N D O

 

Antecedentes. De la narración de hechos expuestos por la parte actora en su escrito de demanda, así como de las constancias que obran en autos, se advierten los siguientes antecedentes:

I.- Elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El primero de julio de dos mil doce, se llevó a cabo la elección federal de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

 

II.- Cómputo Distrital. El cinco de julio de dos mil doce, el Consejo Distrital del  04 Distrito Electoral Federal con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo, concluyó el cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que arrojó los resultados siguientes:

 

PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN

VOTACIÓN (CON NÚMERO)

VOTACIÓN (CON LETRA)

Pan

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

29,713

Veintinueve mil setecientos trece.

Pri

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

49,808

Cuarenta y nueve mil ochocientos ocho.

Prd

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

32,041

Treinta y dos mil cuarenta y uno.

Verde

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

2,286

Dos mil doscientos ochenta y seis.

Pt

PARTIDO DEL TRABAJO

3,111

Tres mil ciento once.

Mc

MOVIMIENTO CIUDADANO

1,587

Mil quinientos ochenta y siete.

NuevaALianza

PARTIDO NUEVA ALIANZA

6,269

Seis mil doscientos sesenta y nueve.

PriPvem

COALICIÓN COMPROMISO POR MÉXICO

9,686

Nueve mil seiscientos ochenta y seis

PrdPtMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-PT-MC)

7,622

Siete mil seiscientos veintidós.

PrdPt

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-PT)

1,786

Mil setecientos ochenta y seis.

PrdMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-MC)

485

Cuatrocientos ochenta y cinco.

PtMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PT-MC)

173

Ciento setenta y tres.

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

 

30

Treinta.

VOTOS NULOS

 

4,277

Cuatro mil doscientos setenta y siete.

VOTACIÓN TOTAL

 

148,874

Ciento cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y cuatro.

 

III.- Juicio de inconformidad. El nueve de julio del presente año, la coalición “Movimiento Progresista”, por conducto de los C. Carlos Héctor García Islas, Ramón Aguirre Marín y Patricia Landin Callejas, quienes se ostentaron con el carácter de representantes de la citada coalición ante el 04 Consejo Distrital con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo, promovieron juicio de inconformidad en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, por el recuento y/o nulidad de las casillas.

 

IV.- Trámite. La autoridad señalada como responsable avisó a este órgano jurisdiccional de la presentación del medio de impugnación y, además, lo hizo del conocimiento público por el plazo de setenta y dos horas, mediante cédula fijada en sus estrados, cumpliendo con la obligación que le impone el artículo 17, párrafo 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

V.- Recepción y turno. Recibido que fue el expediente y sus anexos, así como el informe circunstanciado en esta Sala Superior, por acuerdo de quince de julio del presente año, se formó el expediente SUP-JIN-239/2012, mismo que se turnó a la ponencia del Magistrado José Alejandro Luna Ramos, para los efectos del artículo 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

VI.- Tercero interesado. El doce de julio del año en curso, la coalición “Compromiso por México”, presentó escrito de tercero interesado en el juicio de mérito.

 

VII.- Sustanciación. El tres de agosto siguiente, el Magistrado Instructor admitió a trámite la demanda y, ordenó la formación de incidente de previo y especial pronunciamiento para resolver la petición de nuevo escrutinio y cómputo de la votación recibida en casillas, planteada por la coalición actora.

 

VIII.- Incidente. El tres de agosto siguiente, esta Sala Superior dictó resolución interlocutoria en la que estimó infundado el incidente indicado, y por ende, que no había lugar a realizar un nuevo escrutinio y cómputo.

 

IX.- En su oportunidad, el Magistrado instructor, en virtud de que no quedaban diligencias pendientes por desahogar, declaró cerrada su instrucción, quedando los autos en estado de dictar resolución, la que ahora se pronuncia al tenor de los siguientes:

 

C O N S I D E R A N D OS

 

PRIMERO. Jurisdicción y competencia. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 99, párrafo cuarto, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 184,186, párrafo primero, fracción II y 189, fracción I, inciso a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y 4, 34, párrafo 2, inciso a), 50, párrafo 1, inciso a) y 53, párrafo 1, inciso a), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es competente para conocer del presente juicio de inconformidad, por haberse impugnado actos ocurridos durante la etapa de resultados y declaración de validez en un proceso electoral federal ordinario, relativos al cómputo distrital realizado por un consejo distrital en relación con la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

 

SEGUNDO.  Incidente de nuevo escrutinio y cómputo en sede jurisdiccional.

 

Casillas en las que se solicitó la realización de nuevo escrutinio y cómputo a esta Sala Superior. La coalición actora alegó, respecto de ciento sesenta y ocho (168) casillas, que existían razones suficientes para llevar a cabo un nuevo escrutinio y cómputo.

 

En relación con lo anterior, conviene recordar que la pretensión de nuevo escrutinio y cómputo, respecto de las casillas antes mencionadas fue analizada por esta Sala Superior mediante sentencia incidental emitida el pasado tres de agosto del año que transcurre, en términos de lo dispuesto por el artículo 21 Bis de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que faculta a las Salas de este Tribunal Electoral a conocer de manera incidental sobre la pretensión de nuevo escrutinio y cómputo, atendiendo a las reglas que se desprenden del propio numeral, en la que se estimó improcedente la pretensión de un nuevo escrutinio y cómputo en sede jurisdiccional.

 

Expuesto lo anterior, no resta sino aclarar que en virtud de que no hubo recuento judicial, el cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos correspondiente al 04 Distrito Electoral Federal con sede en Tulancingo de Bravo, quedó en los mismos términos, a saber.

 

PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN

VOTACIÓN (CON NÚMERO)

VOTACIÓN (CON LETRA)

Pan

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

29,713

Veintinueve mil setecientos trece.

Pri

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

49,808

Cuarenta y nueve mil ochocientos ocho.

Prd

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

32,041

Treinta y dos mil cuarenta y uno.

Verde

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

2,286

Dos mil doscientos ochenta y seis.

Pt

PARTIDO DEL TRABAJO

3,111

Tres mil ciento once.

Mc

MOVIMIENTO CIUDADANO

1,587

Mil quinientos ochenta y siete.

NuevaALianza

PARTIDO NUEVA ALIANZA

6,269

Seis mil doscientos sesenta y nueve.

PriPvem

COALICIÓN COMPROMISO POR MÉXICO

9,686

Nueve mil seiscientos ochenta y seis

PrdPtMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-PT-MC)

7,622

Siete mil seiscientos veintidós.

PrdPt

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-PT)

1,786

Mil setecientos ochenta y seis.

PrdMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-MC)

485

Cuatrocientos ochenta y cinco.

PtMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PT-MC)

173

Ciento setenta y tres.

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

 

30

Treinta.

VOTOS NULOS

 

4,277

Cuatro mil doscientos setenta y siete.

VOTACIÓN TOTAL

 

148,874

Ciento cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y cuatro.

 

TERCERO. Estudio de fondo. En vista de que en la sentencia interlocutoria dictada por esta Sala Superior el tres de agosto de dos mil doce, se realizó el estudio de los requisitos generales y especiales del escrito que contiene la demanda de juicio de inconformidad y los relacionados con la comparecencia del tercero interesado, se procederá al examen de los agravios de la parte accionante, relacionados con su pretensión de lograr la nulidad de la votación recibida en diversas casillas y, derivado de ello, modificar el acta de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

 

De la lectura del escrito de demanda, esta Sala Superior advierte que la coalición actora expone agravios que pueden clasificarse en dos grupos:

 

a) Los que se encuentran desvinculados con la pretensión de la nulidad de votación recibida en casillas; y

 

b) Los encaminados a que se declare dicha nulidad, y como consecuencia, se modifiquen los resultados consignado en el acta de cómputo distrital controvertida, para la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

 

En este orden de ideas, por cuestión de método, se procederá al estudio de los agravios que invoca la parte accionante, en orden diverso al que los plantea, sin que ello pueda implicarle algún perjuicio, atento a lo señalado en la Jurisprudencia 4/2000, que bajo el título “AGRAVIOS, SU EXAMEN CONJUNTO O SEPARADO, NO CAUSA LESIÓN”, se consulta en las páginas 119 y 120 de la  Compilación 1997-2012, Jurisprudencia y tesis en materia electoral, Volumen 1. Jurisprudencia.

 

1).- Agravios desvinculados a la nulidad de votación recibida en casillas

 

En el escrito de demanda de juicio de inconformidad, los partidos políticos actores sostienen que en el 04 Distrito Electoral Federal con sede en Tulancingo de Bravo, Hidalgo, los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, así como su candidato a la Presidencia de la República realizaron compra y coacción de voto y usaron recursos públicos para favorecerse y obtener una ventaja indebida.

 

En otro orden de ideas, los actores manifiestan que la autoridad electoral administrativa, así como la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales, no realizaron las acciones jurídicas y fácticas correspondientes con el objeto de evitar que se realizaran actos de compra y coacción de los votos consignados en las quejas cuyo número de expediente es: Q-UFRPP 61/12 (entrega de tarjetas y compra de voto), Q-UFRP 22/2012 (Queja por violación al tope de gastos de campaña a cargo del C. Enrique Peña Nieto).

 

Todo lo cual, en opinión de los actores, se tradujo en que las autoridades antes señaladas no impidieron el reparto de dinero, tarjetas de debido, tarjetas con crédito telefónico precargado, vales de gasolina, tarjetas precargadas de tiendas de autoservicio, desvío de recursos públicos y privados en distintas modalidades todos fuera de la ley.

 

Antes de dar respuesta a los argumentos transcritos, se estima conveniente exponer lo siguiente:

 

De conformidad con el artículo 41, Base VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se ha establecido un sistema de medios de impugnación en los términos que señalan la propia constitución y la ley, el cual da definitividad a las distintas etapas de los procesos electorales y garantiza la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos de votar, ser votado y de asociación.

 

En el caso de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral establece el juicio de inconformidad como el mecanismo jurídico para garantizar la constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales.

 

De conformidad con el artículo 50, párrafo 1, inciso a), de la citada ley adjetiva electoral, mediante el juicio de inconformidad, son impugnables en la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, los actos siguientes:

 

I. Los resultados consignados en las actas de cómputo distrital respectivas, por nulidad de la votación recibida en casillas, o por error aritmético; y

 

II. Por nulidad de toda la elección.

 

Ahora bien, en la elección de que se trata, si se pretenden impugnar los resultados consignados en las actas de cómputo distrital respectivas, el medio de impugnación se presenta ante el consejo distrital que corresponda, dentro de los cuatro días siguientes a que concluya la práctica de los cómputos distritales, como se establece en el artículo 55, párrafo 1, inciso a), de la ley de medios de impugnación.

 

Si se pretende impugnar toda la elección presidencial, de acuerdo a lo establecido en el párrafo 2 del referido artículo 55, el juicio de inconformidad se presenta a más tardar dentro de los cuatro días siguientes a que el secretario ejecutivo informe al Consejo General del Instituto Federal Electoral, del resultado de las sumas de las actas de cómputo distrital de dicha elección, por partido y candidato. Este medio de impugnación se presenta ante el propio Consejo General, como se establece en el artículo 53, párrafo 5, del ordenamiento procesal que se consulta.

 

Es de hacer énfasis en que mediante el juicio de inconformidad en que se impugna toda la elección presidencial es posible analizar cualquier tipo de irregularidad que se plantee, siempre que no esté vinculada con la pretensión de lograr la nulidad de la votación recibida en casillas o la corrección de algún error aritmético, ya que estos casos deben plantearse en el juicio de inconformidad en el que se cuestionen los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de que se trate.

 

De lo anteriormente expuesto se sigue que los resultados consignados en las actas de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, únicamente pueden impugnarse: A. Por nulidad de la votación recibida en casilla, o B. Por error aritmético.

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52, párrafo 1, incisos c) y d), de la ley de medios de impugnación, para el caso de que se impugnen los resultados del acta de cómputo distrital por nulidad de la votación recibida en casillas, el actor debe cumplir con el requisito de hacer mención individualizada de las casillas cuya votación solicita sea anulada y la causal que se invoque para cada una de ellas; y si los resultados del acta de impugnan por error aritmético, debe hacer el señalamiento del error.

 

Por otro lado, si se impugna toda la elección presidencial, en el juicio de inconformidad que se promueve deben alegarse aquellas situaciones que estén desvinculadas de la actuación de los funcionarios de casilla, o del error aritmético.

 

Por tanto, de conformidad con el marco jurídico antes analizado, en el juicio de inconformidad mediante el que se impugnan los resultados consignados en las actas de cómputo distrital, únicamente procede examinar las irregularidades vinculadas con la solicitud de nulidad de votación recibida en las casillas que de manera específica se identifiquen, o bien por error aritmético; quedando en consecuencia, vedada cualquier posibilidad jurídica de estudiar actos que se invoquen y que no guarden relación directa con los tópicos citados.

 

Tal situación no implica denegación de justicia, pues como ya ha quedado expuesto, es mediante el juicio de inconformidad en el que se impugna toda la elección presidencial, en el que la parte inconforme tiene la posibilidad jurídica de alegar cualquier tipo de irregularidades que no guarden relación con la nulidad de la votación recibida en casillas o el error aritmético.

 

Ahora bien, en el caso que se examina, la coalición actora impugna los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección presidencial. Luego, con relación a los agravios que han quedado transcritos, esta Sala Superior considera lo siguiente:

 

La parte accionante expone que durante la preparación del proceso electoral y desarrollo de las campañas existieron irregularidades graves en términos de equidad de la elección integrados por el rebase de topes de gastos de campaña y compra y coacción del voto por parte de la coalición d Compromiso por México y de su candidato Enrique Peña Nieto.

 

Dicho agravio se juzga inoperante, pues cualquier irregularidad al principio de equidad es una cuestión que debe plantearse ante el juicio de inconformidad que se presente para impugnar toda la elección presidencial, y no en el juicio mediante el que se controvierten los resultados consignados en las actas de cómputo distrital, en el cual, sólo es posible examinar las causas de nulidad que se invoquen para las casillas que se identifiquen plenamente, o por error aritmético.

 

2).- Agravios en contra de los resultados consignados en las actas de cómputo distrital respectivas, por nulidad de la votación recibida en casillas, o por error aritmético.

 

Ante todo, es preciso aclarar que  por la forma en que el actor planteó su demanda, se da a entender que también reclama la nulidad de las ciento sesenta y ocho (168) casillas en las que solicitó recuento,  por el hecho de que en las mismas no se realizó el mismo en sede administrativa, no obstante que, a su juicio estima debió llevarse a cabo.

 

Al respecto debe dejarse en claro que tal planteamiento deviene infundado.

 

Lo anterior, porque las causas de nulidad de la votación recibida en casilla están previstas en el artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, entre las cuales, no se ubica la no apertura como supuesto de nulidad, incluyendo la hipótesis genérica prevista por el inciso k) de dicho artículo.

 

Ello, porque en los supuestos específicos contenidos en los incisos a) al j), así como en la causa genérica prevista en el inciso k), en modo alguno comprenden elementos relacionados con la no apertura de los paquetes electorales, como causa de anulación de los sufragios a las casillas instaladas el día de la jornada electoral.

 

Se sostiene lo anterior, porque gramatical y conceptualmente no es dable establecer identidad entre las características esenciales de los elementos tácticos a que se refieren tales supuestos normativos, con el hecho consistente en la no apertura de paquetes electorales para recuento.

 

Es más, la supuesta irregularidad aducida por la parte recurrente al artículo 295 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en realidad, tiene una consecuencia jurídica distinta, que puede hacerse valer a través de la garantía jurisdiccional prevista en la propia legislación electoral, es decir, que cuando se niegue el nuevo escrutinio y cómputo de la votación recibida en una casilla y se afirme que ello es irregular, lo procedente es plantear en la demanda de inconformidad la realización de dicho cómputo en vía incidental ante el Tribunal correspondiente, para conseguir su reparación, y una cuestión distinta es que, al margen de lo anterior, se pida la nulidad de la votación recibida en una casilla pero por una de las causas establecidas en la ley.

 

Incluso, de la lectura del apartado correspondiente de la demanda, se advierte que la pretensión de la coalición, en cuanto a este grupo de casillas, salvo las que son objeto de excepción que más delante se identificaran, dado que el actor plantea simultáneamente error y dolo y pretendió la apertura, se dirige exclusivamente a que esta Sala Superior ordene el nuevo recuento, cuestión que, como ya se demostró, ha sido estudiada.

 

Así las cosas, resulta infundada la pretensión de nulidad de las casillas referidas al haberse estudiado la pretensión de nuevo escrutinio y cómputo en las ciento sesenta y ocho (168) casillas.

 

Precisado lo anterior, se destaca que la parte actora hace valer diversas causas de nulidad de votación recibida en casillas, previstas por el artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

A fin de sistematizar su estudio, en los siguientes apartados se realizará su análisis, en el orden alfabético previsto por el citado precepto.

 

Por principio de cuentas, la coalición actora aduce que en diversas casillas se actualiza la causa de nulidad que establece el artículo 75 inciso f) de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la cual menciona “haber mediado dolo o error en la computación de los votos y siempre que ello sea determinante para el resultado de la votación.

 

Respecto de la causal en estudio, la coalición actora aduce que se actualiza la causal de nulidad de votación recibida en casilla prevista en la referida fracción del citado precepto, en un total de ciento dieciocho (118) casillas, mismas que se señalan a continuación:

 

No.

Casilla

Planteamiento del error o dolo

1

0002 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 1956 a 1505 y Total de boletas Recibidas 210

2

0002 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 2408 a 1957 y Total de boletas Recibidas 227

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 452, Total de Boletas Sobrantes 227 y Total de boletas Extraídas 226

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 226 y ciudadanos que votaron  conforme a listado nominal 220

3

0007 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 6491 a 5844 y Total de boletas Recibidas 29

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 648, Total de Boletas Sobrantes 29 y Total de boletas Extraídas 356

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 356 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 352

4

0008 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 7098 a 6493 y Total de boletas Recibidas 344

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 606, Total de Boletas Sobrantes 344 y Total de boletas Extraídas 263

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 263 y Total de Ciudadanos que Votaron 243

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA
Boletas extraídas de la urna 263 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 255

5

0009 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 10240 a 9598 y Total de boletas Recibidas 329

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 643, Total de Boletas Sobrantes 329 y Total de boletas Extraídas 316

6

0010 E1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 12512 a 11972 y Total de boletas Recibidas 238

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 541, Total de Boletas Sobrantes 238 y Total de boletas Extraídas 304

7

0011 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 13786 a 13151 y Total de boletas Recibidas 307

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 329 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 326

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO
Votos Nulos 14 y Diferencia entre el primero y el segundo 11

8

0013 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 1953 a 1304 y Total de boletas Recibidas 237

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 650, Total de Boletas Sobrantes 237 y Total de boletas Extraídas 414

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 414 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 408

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIAN ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 6 y Diferencia entre el primero y el segundo 3

9

0015 B

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 243 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 236

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 21 y Diferencia entre el primero y el segundo 20

10

0016 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 4637 a 3984 y Total de boletas Recibidas 201

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 453 y Total de Ciudadanos que Votaron 454

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 453 y ciudadanos que votaron , conforme a listado nominal 450

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 43 y Diferencia entre el primero y el segundo 4

11

0019 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 5980 a 5483 y Total de boletas Recibidas 246

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 252 y Total de Ciudadanos que Votaron

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 252 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 247

12

0021 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 9243 a 8685 y Total de boletas Recibidas 332

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 559, Total de Boletas Sobrantes 332 y Total de boletas Extraídas 228

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 228 y Total de Ciudadanos que Votaron 229

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO^ AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA
Boletas extraídas de la urna 228 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 218

13

0022 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 10631 a 9938 y Total de boletas Recibidas 268

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 694, Total de Boletas Sobrantes 268 y Total de boletas Extraídas 427

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 427 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 423
ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 15 y Diferencia entre el primero y el segundo 8

14

0023 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN
CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 11932 a 11283 y Total de boletas Recibidas 293

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 650, Total de Boletas Sobrantes 293 y ; Total de boletas Extraídas 353

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extruidas de la urna 353 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 348

15

0024 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 13289 a 12583 y Total de boletas Recibidas 281

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 426 y Total de Ciudadanos que Votaran 424

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extruidas de la urna 426 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 423

16

0024 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 14701 a 13996 y Total de boletas Recibidas 174

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 706, Total de Boletas Sobrantes 174 y Total de boletas Extraídas 431

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 431 y Total de Ciudadanos que Votaron 430

17

0027 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN
CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS
Folios de 18887 a 18230 y Total de boletas Recibidas 302


LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 658, Total de Boletas Sobrantes 302 y Total de boletas Extraídas 355

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extruidas de la urna 355 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 349

18

0027 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 19545 a 18888 y Total de boletas Recibidas 298

19

0030 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 24011 a 23340 y Total de boletas Recibidas 341

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 672, Total de Boletas Sobrantes  Total de boletas Extraídas 334

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE COI EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 334 y Total de Ciudadanos que Votara 323

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

 Boletas extraídas de la urna 334 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 327

20

0031 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 25229 a 24685 y Total de boletas Recibidas 285

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

 Total de Boletas Recibidas 545, Total de Boletas Sobrantes 285 y Total de boletas Extraídas 263

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 263 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 255

21

0031 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 25774 a 25231 y Total de boletas Recibidas 297

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 544, Total de Boletas Sobrantes 297 y Total de boletas Extraídas 246

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 246 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 232

22

0072 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 2596 a 22382 y Total de boletas Recibidas 80

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 215, Total de Boletas Sobrantes 80 y Total de boletas Extraídas 136

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 136 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 130

23

0077 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 4531 a 3779 y Total de boletas Recibidas 229
LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 753, Total de Boletas Sobrantes 229 y Total de boletas Extraídas 525
EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 525 y Total de Ciudadanos que Votaron 521

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 525 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 521

24

0078 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 4965 a 4532 y Total de boletas Recibidas 146

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 434, Total de Boletas Sobrantes 146 y Total de boletas Extraídas 289

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 289 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 284

25

0078 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 5398 a 4966 y Total de boletas Recibidas 141

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 433, Total de Boletas Sobrantes 141 y Total de boletas Extraídas 287

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 287 y Total de Ciudadanos que Votaron 291

26

0392 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 4852 a 4251 y Total de boletas Recibidas

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 350 y Total de Ciudadanos que Votaron 349

27

0392 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 5453 a 4853 y Total de boletas Recibidas 272


LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 601, Total de Boletas Sobrantes 272 y Total de boletas Extraídas 330

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NÚMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 330 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 229

28

0393 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 5483 a 5454 y Total de boletas Recibidas 162

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 228 y Total de Ciudadanos que Votaron 226

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 228 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 224

29

0394 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 6137 a 5845 y Total de boletad Recibidas 105

30

0396 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 7983 a 7336 y Total de boletas Recibidas 281

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS NO COINCIDE CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 367 y Total de Ciudadanos que Votaron 368

31

0397 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 8897 a 8441 y Total de boletas Recibidas 286

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 457, Total de Boletas Sobrantes 286 y Total de boletas Extraídas 271

32

0398 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 9342 a 8899 y Total de boletas Recibidas 346

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 444, Total de Boletas Sobrantes 346 y Total de boletas Extraídas 279

33

0398 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 9786 a 9344 y Total de boletas Recibidas 186

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 443, Total de Boletas Sobrantes 186 y Total de boletas Extraídas 256

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 256 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 254

34

0449 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 8466 a 8029 y Total de boletas Recibidas 162

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 438, Total de Boletas Sobrantes 162 y Total de boletas Extraídas 277

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 277 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 274

35

0451 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 9754 a 9221 y Total de boletas Recibidas 150

36

0452 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 00424 a 10824 y Total de boletas Recibidas 181

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 601, Total de Boletas Sobrantes 181 y Total de boletas Extraídas 419
EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 419 y Total de Ciudadanos que Votaron 421

37

0452 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 12026 a 11426 y Total de boletas Recibidas 159

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 601, Total de Boletas Sobrantes 159 y Total de boletas Extraídas 443

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 443 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 442

38

0453 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 12634 a 12027 y Total de boletas Recibidas 164

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 608, Total de Boletas Sobrantes 164 y Total de boletas Extraídas 443

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 443 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 440

39

0665 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 2058 a 1374 y Total de boletas Recibidas 224

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 685, Total de Boletas Sobrantes 224 y Total de boletas Extraídas 462

40

0668 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 4197 a 3513 y Total de boletas Recibidas 246

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 439 y Total de Ciudadanos que Votaron 440

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 439 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 437

41

0714 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 2012 a 1494 y Total de boletas Recibidas 217

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 519, Total de Boletas Sobrantes 217 y Total de boletas Extraídas 303

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 303 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 298

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 6 y Diferencia entre el primero y el segundo 4

42

0715 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 2686 a 2013 y Total de boletas Recibidas 283

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 674, Total de Boletas Sobrantes 283 y Total de boletas Extraídas 392

43

0715 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 3360 a 2687 y Total de boletas Recibidas 273

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 674, Total de Boletas Sobrantes 273 y Total de boletas Extraídas 399

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 399 y Total de Ciudadanos que Votaron 400

44

0719 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 7517 a 6975 y Total de boletas Recibidas 230

45

0720 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 9011 a 8265 y Total de boletas Recibidas 230

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 747, Total de Boletas Sobrantes 230 y Total de boletas Extraídas 516

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 516 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 508

46

0721 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 9565 a 9012 y Total de boletas Recibidas 204

47

0812 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 540 a 1 y Total de boletas Recibidas 142

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 540, Total de Boletas Sobrantes 142 y Total de boletas Extraídas 399
EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 399 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 398

48

0813 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 2133 a 1622 y Total de boletas Recibidas 160

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 512, Total de Boletas Sobrantes 160 y Total de boletas Extraídas 351

49

0813 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 2644 a 2134 y Total de boletas Recibidas 130

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 511, Total de Boletas Sobrantes 130 y Total de boletas Extraídas 379

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 379 y Total de Ciudadanos que Votaron 382

50

0814 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 3036 a 2646 y Total de boletas Recibidas 145

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 391, Total de Boletas Sobrantes 145 y Total de boletas Extraídas 247

51

0818 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 5146 a 4688 y Total de boletas Recibidas 220

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 459, Total de Boletas Sobrantes 220 y Total de boletas Extraídas 238

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 238 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 236

52

0818 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 5604 a 5147 y Total de boletas Recibidas 202

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 458, Total de Boletas Sobrantes 202 y Total de boletas Extraídas 257
EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 257 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 253

53

0819 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 6141 a 5606 y Total de boletas Recibidas 176

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 536, Total de Boletas Sobrantes 176 y Total de boletas Extraídas 361
EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 361 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 360

54

1030 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 5529 a 5108 y Total de boletas Recibidas 106

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 316 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 313

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 10 y Diferencia entre el primero y el segundo

55

1034 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 7452 a 7176 y Total de boletas Recibidas 102

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 277, Total de Boletas Sobrantes 102 y Total de boletas Extraídas 176

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 176 y Total de Ciudadanos que Votaron 177
EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 176 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 169

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO
Votos Nulos 10 y Diferencia entre el primero y el segundo 2

56

1035 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 8305 a 7970 y Total de boletas Recibidas 132

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 336, Total de Boletas Sobrantes 132 y Total de boletas Extraídas 205

57

1039 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 10756 a 10231 y Total de boletas Recibidas 158

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 526, Total de Boletas Sobrantes 158 y Total de boletas Extraídas 369

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 369 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 365

58

1041 E1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 10756 a 10231 y Total de boletas Recibidas 158

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 4 y Diferencia entre el primero y el segundo 2

59

1178 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 1755 a 1071 y Total de boletas Recibidas 218

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 685, Total de Boletas Sobrantes 218 y Total de boletas Extraídas 466

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 466 y Total de Ciudadanos que Votaron 468

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 14 y Diferencia entre el primero y el segundo 6

60

1180 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 4389 a 3942 y Total de boletas Recibidas 136

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 448, Total de Boletas Sobrantes 136 y Total de boletas Extraídas 313

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 313 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 304

61

1180 E1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 4656 a 4390 y Total de boletas Recibidas 88

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 179 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 176

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 8 y Diferencia entre el primero y el segundo 7

62

1180 E2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 4992 a 4658 y Total de boletas Recibidas 111

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 335, Total de Boletas Sobrantes 111 y Total de boletas Extraídas 225

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 225 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 223

63

1182 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 6174 a 5734 y Total de boletas Recibidas 138

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 441, Total de Boletas Sobrantes 138 y Total de boletas Extraídas 304

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 304 y Total de Ciudadanos que Votaron 305

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 304 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 303

64

1188 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 9641 a 9073 y Total de boletas Recibidas 211

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 569, Total de Boletas Sobrantes 111 y Total de boletas Extraídas 357

 

65

1188 C1

 

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 10210 a 9643 y Total de boletas Recibidas 174


LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 568, Total de Boletas Sobrantes 174 y Total de boletas Extraídas 397


EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 397 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 395

66

1189 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 11122 a 10668 y Total de boletas Recibidas 164

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 441, Total de Boletas Sobrantes 138 y Total de boletas Extraídas 304

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 290 y Total de Ciudadanos que Votaron 289

67

1190 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 11957 a 11541 y Total de boletas Recibidas 141

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 417, Total de Boletas Sobrantes 141 y Total de boletas Extraídas 278

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 278 y Total de Ciudadanos que Votaron 274

68

1502 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 647 a 1 y Total de boletas Recibidas 280

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 647, Total de Boletas Sobrantes 280 y Total de boletas Extraídas 409

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 409 y Total de Ciudadanos que Votaron 407

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 409 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 407

69

1502 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 1294 a 648 y Total de boletas Recibidas 263

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 647, Total de Boletas Sobrantes 263 y Total de boletas Extraídas 428

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 428 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 424

70

1502 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 1941 a 1295 y Total de boletas Recibidas 291

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 647, Total de Boletas Sobrantes 291 y Total de boletas Extraídas 398

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 398 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 397

71

1502 C3

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 2587 a 1942 y Total de boletas Recibidas 259

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 646, Total de Boletas Sobrantes 259 y Total de boletas Extraídas 432

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 432 y Total de Ciudadanos que Votaron 431

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 432 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 429

72

1502 C4

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 3233 a 2588 y Total de boletas Recibidas 277

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 646, Total de Boletas Sobrantes 277 y Total de boletas Extraídas 413

73

1503 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 7606 a 6862 y Total de boletas Recibidas 343

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 745, Total de Boletas Sobrantes 343 y Total de boletas Extraídas 403

74

1503 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 8351 a 7607 y Total de boletas Recibidas 379

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA
Boletas extraídas de la urna 366 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 365

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 8 y Diferencia entre el primero y el segundo 3

75

1503 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 9096 a 8352 y Total de boletas Recibidas 332

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 745, Total de Boletas Sobrantes 332 y Total de boletas Extraídas 412

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 412 y Total de Ciudadanos que Votaron 411

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 412 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 499

76

1503 C4

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 10586 a 9842 y Total de boletas Recibidas 342

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 403 y Total de Ciudadanos que Votaron 404

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 403 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 395

77

1505 C4

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 19330 a 18630 y Total de boletas Recibidas 235

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 701, Total de Boletas Sobrantes 235 y Total de boletas Extraídas 469

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 469 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 466

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 3 y Diferencia entre el primero y el segundo 2

78

1507 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 22642 a 21946 y Total de boletas Recibidas 260

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 697, Total de Boletas Sobrantes 260 y Total de boletas Extraídas 436

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 436 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 433

79

1507 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 24035 a 23340 y Total de boletas Recibidas 270

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 696, Total de Boletas Sobrantes 270 y Total de boletas Extraídas 425

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 425 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 422

80

1511 E1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 33970 a 33303 y Total de boletas Recibidas 296

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 668, Total de Boletas Sobrantes 296 y Total de boletas Extraídas 373

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 373 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 371

81

1514 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 41197 a 40565 y Total de boletas Recibidas 256

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 633, Total de Boletas Sobrantes 256 y Total de boletas Extraídas 379

82

1514 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 41830 a 41198 y Total de boletas Recibidas 233

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 400 y Total de Ciudadanos que Votaron 399

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 400 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 394

83

1519 C1

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 313 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 307

84

1520 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 49498 a 48890 y Total de boletas Recibidas 186

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 609, Total de Boletas Sobrantes 186 y Total de boletas Extraídas 422

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 422 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 420

85

1520 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 50106 a 49499 y Total de boletas Recibidas 192

86

1521 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 51510 a 51114 y Total de boletas Recibidas 138

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 397, Total de Boletas Sobrantes 138 y Total de boletas Extraídas 260

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 260 y Total de Ciudadanos que Votaron 258

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 260 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 256

87

1525 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 55527 a 54866 y Total de boletas Recibidas 301

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 8 y Diferencia entre el primero y el segundo 2

88

1528 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 61608 a 60866 y Total de boletas Recibidas 328

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 743, Total de Boletas Sobrantes 328 y Total de boletas Extraídas 416

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 416 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 413

89

1529 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 65040 a 64439 y Total de boletas Recibidas 239

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 602, Total de Boletas Sobrantes 239 y Total de boletas Extraídas 364

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 364 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 359

90

1531 C1

DESPUES DE RECUENTOSUP-RAP-261/2012.

El total de votos (271) y de ciudadanos que votaron (271) no concuerda con el total de las Boletas extraídas de la urna (494) .

91

1532 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 69942 a 69312 y Total de boletas Recibidas 221

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 631, Total de Boletas Sobrantes 221 y Total de boletas Extraídas 411

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 411 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 408

92

1532 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 70573 a 69944 y Total de boletas Recibidas 259

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 630, Total de Boletas Sobrantes 259 y Total de boletas Extraídas 372

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 372 y Total de Ciudadanos que Votaron 373

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 372 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 370

93

1533 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 71106 a 70574 y Total de boletas Recibidas 164

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 369 y Total de Ciudadanos que Votaron 368

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 369 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 362

94

1534 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 72336 a 71639 y Total de boletas Recibidas 226

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 698, Total de Boletas Sobrantes 226 y Total de boletas Extraídas 468

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 468 y Total de Ciudadanos que Votaron 473

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 468 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 465

95

1536 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 76492 a 75979 y Total de boletas Recibidas 187

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 514, Total de Boletas Sobrantes 187 y Total de boletas Extraídas 325

96

1538 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 81476 a 80885 y Total de boletas Recibidas 223

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 592, Total de Boletas Sobrantes 223 y Total de boletas Extraídas 370

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 370 y Total de Ciudadanos que Votaron 368

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 370 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 368

97

1539 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 83907 a 83250 y Total de boletas Recibidas 295

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 16 y Diferencia entre el primero y el segundo 2

98

1539 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 84564 a 83908 y Total de boletas Recibidas 302

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 355 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 354

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 7 y Diferencia entre el primero y el segundo 2

99

1541 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 87643 a 87125 y Total de boletas Recibidas 174

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 519, Total de Boletas Sobrantes 174 y Total de boletas Extraídas 346

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 346 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 344

100

1543 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 89118 a 88566 y Total de boletas Recibidas 260

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 553, Total de Boletas Sobrantes 260 y Total de boletas Extraídas 294

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 294 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 291

101

1544 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 91478 a 90853 y Total de boletas Recibidas 318

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 626, Total de Boletas Sobrantes 318 y Total de boletas Extraídas 306

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 306 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 302

102

1544 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 92104 a 91479 y Total de boletas Recibidas 342

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 626, Total de Boletas Sobrantes 342 y Total de boletas Extraídas 283

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 283 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 282

103

1544 C4

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 93356 a 92731 y Total de boletas Recibidas 324

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 626, Total de Boletas Sobrantes 324 y Total de boletas Extraídas 303

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 303 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 291

104

1545 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 94078 a 93357 y Total de boletas Recibidas 254

105

1546 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 96183 a 95527 y Total de boletas Recibidas 293

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 657, Total de Boletas Sobrantes 293 y Total de boletas Extraídas 293

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 293 y Total de Ciudadanos que Votaron 363

106

1548 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 97113 a 96413 y Total de boletas Recibidas 278

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 701, Total de Boletas Sobrantes 278 y Total de boletas Extraídas 424

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 424 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 418

107

1548 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 97814 a 97115 y Total de boletas Recibidas 272

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 700, Total de Boletas Sobrantes 272 y Total de boletas Extraídas 426

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 10 y Diferencia entre el primero y el segundo 4

108

1548 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 98515 a 97816 y Total de boletas Recibidas 274

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 700, Total de Boletas Sobrantes 274 y Total de boletas Extraídas 430

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 430 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 427

109

1551 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 103789 a 103057 y Total de boletas Recibidas 302

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 733, Total de Boletas Sobrantes 302 y Total de boletas Extraídas 432

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 432 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 430

110

1553 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 105973 a 105450 y Total de boletas Recibidas 208

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 524, Total de Boletas Sobrantes 208 y Total de boletas Extraídas 314

111

1554 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 106689 a 105974 y Total de boletas Recibidas 296

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 716, Total de Boletas Sobrantes 296 y Total de boletas Extraídas 418

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 418 y Total de Ciudadanos que Votaron 419

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 418 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 413

112

1554 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 107405 a 106690 y Total de boletas Recibidas 322

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 716, Total de Boletas Sobrantes 322 y Total de boletas Extraídas 395

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 395 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 391

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 17 y Diferencia entre el primero y el segundo 16

113

1554 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 108121 a 107406 y Total de boletas Recibidas 320

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 396 y Total de Ciudadanos que Votaron 390

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 396 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 395

114

1554 C3

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 108837 a 108122 y Total de boletas Recibidas 340

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 376 y Total de Ciudadanos que Votaron 379

115

1554 C5

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 110269 a 109555 y Total de boletas Recibidas 325

LAS BOLETAS RECIBIDAS EN EL ACTA DE JORNADA MENOS LAS BOLETAS SOBRANTES NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAÍDAS

Total de Boletas Recibidas 715, Total de Boletas Sobrantes 325 y Total de boletas Extraídas 391

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 391 y Total de Ciudadanos que Votaron 388

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 391 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 390

116

1554 C6

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 110985 a 110271 y Total de boletas Recibidas 306

EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 409 y Total de Ciudadanos que Votaron 407

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 409 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 408

117

1554 C7

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 111701 a 110987 y Total de boletas Recibidas 329
EL TOTAL DE BOLETAS EXTRAIDAS NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON

Total de boletas Extraídas 386 y Total de Ciudadanos que Votaron 385

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 386 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 384

118

1555 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 112935 a 112466 y Total de boletas Recibidas 205

EL TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON ES DISTINTO AL NUMERO DE BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA

Boletas extraídas de la urna 265 y ciudadanos que votaron conforme a listado nominal 263

ES MAYOR LOS VOTOS NULOS QUE LA DIFERENCIA ENTRE EL PRIMERO Y EL SEGUNDO POR CANDIDATO

Votos Nulos 14 y Diferencia entre el primero y el segundo 9

 

La causa de nulidad de la votación recibida en casilla prevista en el artículo 75, párrafo 1, inciso f), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se actualiza cuando se conjugan los dos elementos que la componen: a) Haber mediado error o dolo en la computación de los votos, y b) que ello sea determinante para el resultado de la votación.

 

En ese tenor, cabe advertir que el dolo en el cómputo de los votos debe ser debidamente probado y no cabe presunción sobre él, así que, toda vez que el actor no aporta elemento probatorio alguno tendente a comprobar el dolo, se debe entender que el agravio únicamente se refiere a haber mediado error en el cómputo de los votos, por lo que, siendo suficiente la configuración del error para que se tenga por actualizado el primer elemento de los dos que integran la causa de nulidad invocada, este órgano jurisdiccional electoral se abocará únicamente a tal estudio.

Ha sido criterio reiterado de esta Sala Superior que la causa de nulidad en estudio, se acredita cuando en los rubros fundamentales existan irregularidades o discrepancias que permitan derivar que no hay congruencia en los datos asentados en el acta de escrutinio y cómputo, los mencionados rubros son: 1) la suma del total de personas que votaron y representantes de partidos políticos que votaron en la casilla sin estar incluidos en la lista nominal (en adelante, total de ciudadanos que votaron), 2) total de boletas de Presidente sacadas de las urnas (en adelante, boletas depositadas), y 3) el total de los resultados de la votación de Presidente (en adelante, votación emitida).

 

En efecto, los rubros en los que se indica el total de ciudadanos que votaron, las boletas depositadas y votación emitida son fundamentales, en virtud de que éstos están estrechamente vinculados, por la congruencia y racionalidad que debe existir entre ellos, ya que en condiciones normales el número de electores que acude a sufragar en una casilla debe ser igual al número de votos emitidos en ésta y al número de votos depositados y extraídos de la urna, en el entendido de que si existe discrepancia en tales rubros ello se traduce en error en el cómputo de los votos.

 

Caso contrario sucede cuando el error está en el rubro de boletas recibidas antes de la instalación de la casilla o de sobrantes que fueron inutilizadas, lo que eventualmente genera una discrepancia entre algunos de los denominados rubros fundamentales y la cantidad resultante de restar las boletas sobrantes al total de las recibidas, en cuyo caso existe un error en el cómputo de las boletas y no necesariamente de los votos, o bien, probablemente un error en el llenado de las actas, los cuales, por sí mismos, no se consideran suficientes para actualizar la causa de nulidad que se analiza, pues, si bien se pudiera considerar una irregularidad, la misma no se traduce necesariamente en votos indebidamente computados (lo cual, en todo caso, debe ser probado) y, en consecuencia, no se viola principio alguno que rige la recepción del sufragio. Apoya lo anterior la jurisprudencia 08/97, consultable a páginas 309-311 de la Compilación 1997-2012 de Jurisprudencia y tesis en materia electoral, publicada con el rubro “ERROR EN LA COMPUTACIÓN DE LOS VOTOS. EL HECHO DE QUE DETERMINADOS RUBROS DEL ACTA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO APAREZCAN EN BLANCO O ILEGIBLES, O EL NÚMERO CONSIGNADO EN UN APARTADO NO COINCIDA CON OTROS DE SIMILAR NATURALEZA, NO ES CAUSA SUFICIENTE PARA ANULAR LA VOTACIÓN.”

 

Asentado lo anterior, sobre lo alegado por la enjuiciante y una vez hecho un análisis de los elementos probatorios que obran en el expediente en que se actúa, principalmente al hacer el desglose de los datos correspondientes que constan en las actas de escrutinio y cómputo de casilla de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, las levantadas en la sesión de cómputo distrital, las actas de los grupos de trabajo formados para realizar el recuento en sede administrativa, las listas nominales y diversas certificaciones emitidas por el propio Consejo Distrital, correspondientes a las casillas impugnadas, a efecto de determinar si de los hechos relatados por el actor en su escrito de demanda deriva algún error en el cómputo de los votos y si éste es determinante para el resultado de la votación, se elabora en cada apartado el cuadro correspondiente con la finalidad de dejar de manera fehaciente los datos asentados en cada una de las casillas impugnadas.

 

En este sentido, a efecto de lograr mayor claridad en el análisis y una mejor comprensión del mismo, el estudio se realiza agrupando las casillas objeto de estudio en razón del tipo de irregularidad que se encuentra, si se detecta error en el cómputo de los votos y, en su caso, si este es o no determinante, para lo cual se insertará en cada sección el cuadro correspondiente.

 

1) Casillas en las que entre otras causas se alega error con base en resultados de la casilla que no constituyen propiamente un error, como el supuesto que esgrime la coalición actora en que señala que el número de votos nulos es superior a la diferencia existente entre el primero y segundo lugar por candidato.

 

Por lo que hace, a las siguientes diecinueve (19) casillas, 11-C1, 13-C2, 15-B, 16-B, 22-C1, 714-C1, 1030-C1, 1034-B, 1041-E1, 1178-B, 1180-E1, 1503-C1, 1505-C4, 1525-B, 1539-B, 1539-C1, 1548-C1, 1554-C1, 1555-B, la coalición actora hace valer como causa para solicitar la nulidad de la casilla por error y dolo el hecho de que es mayor los votos nulos que la diferencia entre el primero y el segundo por candidato.

 

Al respecto, la causa de nulidad resulta inatendible en virtud de que, la misma no encuadra en la causa prevista en la fracción f) del artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de impugnación.

 

Por tanto, si como en el caso, la parte actora hace valer como causa para anular la votación, el hecho de que en la casilla que menciona se haya recibido una votación menor al promedio del distrito, dicha situación no provoca ordenar la realización del procedimiento de recuento de votos, pues no se evidencia ninguna alteración, error o inconsistencia en los datos fundamentales del acta correspondiente.

 

Sin embargo, debe adelantarse que las casillas en cuestión serán en todo caso analizadas por el resto de causas de error que hace valer el actor en cada una de ellas.

 

2) Casillas en que se alega la existencia de error entre los folios del acta de jornada que no coinciden con el total de boletas recibidas.

 

El recurrente alega en las ciento siete (107) casillas  siguientes 2 C1, 7 C1, 8 B, 9 C2, 10 E1, 11 C1, 13 C2, 16 B, 19 B, 21 C2, 22 C1, 23 C1, 24 B, 24 C2, 27 C1, 30 C1, 31 B, 31 C1, 72 B, 77 B, 78 B, 78 C1, 392 B, 392 C1, 393 B, 396 B, 397 C1, 398 B, 398 C1, 449 C1, 452 B, 452 C1,453 B, 665 C2, 668 B, 714 C1, 715 B, 715 C1, 720 C1, 812 B, 813 B, 813 C1, 814 B, 818 B, 818 C1, 819 B, 1030 C1 , 1034 B, 1035 B, 1039 B, 1041 E1, 1178 B, 1180 C1, 1180 E1, 1180 E2, 1182 B, 1188 B, 1188 C1, 1189 C1, 1190 C1, 1502 B, 1502 C1, 1502 C2, 1502 C3, 1502 C4, 1503 B, 1503 C1, 1503 C2, 1503 C4, 1505 C4, 1507 B, 1507 C2, 1511 E1, 1514 C1, 1514 C2, 1520 B, 1521 C1, 1525 B, 1528 C1, 1529 C1, 1532 B, 1532 C1, 1533 B, 1534 B, 1536 C1, 1538 B, 1539 B, 1539 C1, 1541 B, 1543 B, 1544 B, 1544 C2, 1544 C4,1546 B, 1548 B, 1548 C1, 1548 C2, 1551 B, 1553 C1, 1554 B, 1554 C1, 1554 C2, 1554 C3, 1554 C5,1554 C6, 1554 C7 Y 1555 B  que los folios de las actas de jornada no coinciden con el total de boletas recibidas, al efecto, en cada una de esas casillas refiere el número inicial de folios y destaca la cantidad de boletas recibidas.

 

El planteamiento relativo es infundado, ya que, va dirigido a evidenciar un error entre los folios de las actas con el total de boletas recibidas, en cuyo caso existe un error en el cómputo de las boletas y no de los votos, o bien, probablemente un error en el llenado de las actas, los cuales, por sí mismos, no se consideran suficientes para actualizar la causa de nulidad que se analiza, pues, si bien se pudiera considerar una irregularidad, la misma no se traduce necesariamente en votos indebidamente computados (lo cual, en todo caso, debe ser probado) y, en consecuencia, no se viola principio alguno que rige la recepción del sufragio.

 

Cabe destacar, que con excepción de las que enseguida se indican, el recurrente esgrime además de esa razón de error, otros errores que involucran a los rubros fundamentales, por lo que las referidas casillas continuaran en análisis, salvo las que se indican en el siguiente cuadro, pues respecto de las mismas el planteamiento del error se concreta a ese planteamiento exclusivamente.

 

No.

Casilla

Planteamiento del error o dolo

1

0002 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 1956 a 1505 y Total de boletas Recibidas 210

2

0027 C2

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 19545 a 18888 y Total de boletas Recibidas 298

3

0394 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 6137 a 5845 y Total de boletad Recibidas 105

4

0451 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 9754 a 9221 y Total de boletas Recibidas 150

5

0719 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 7517 a 6975 y Total de boletas Recibidas 230

6

0721 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 9565 a 9012 y Total de boletas Recibidas 204

7

1520 C1

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 50106 a 49499 y Total de boletas Recibidas 192.

8

1545 B

LOS FOLIOS DE LAS ACTAS DE JORNADA NO COINCIDEN CON EL TOTAL DE BOLETAS RECIBIDAS

Folios de 94078 a 93357 y Total de boletas Recibidas 254

 

Consecuentemente no procede la nulidad de las referidas ocho (8) casillas con base en el error que se relaciona con el hecho de que los folios de las actas de jornada no coinciden con el total de boletas recibidas.

 

3) Casillas en que el actor alega la existencia de error en boletas extraídas de la urna, pero también alega otras causas de error que se relacionan con los rubros fundamentales.

 

3.1.) Casillas en que el actor alega la no coincidencia entre las boletas recibidas en el acta de jornada menos las boletas sobrantes con el total de boletas de presidente (votos) extraídas de la urna.

 

Esta Sala Superior considera que es infundado el planteamiento formulado por la coalición actora respecto de las ochenta y cuatro (84) casillas siguientes 2 C1, 7 C1, 8 B, 9 C2, 10 E1, 13 C2, 21 C2, 22 C1, 23 C1, 24 C2, 27 C1, 30 C1, 31 B, 31 C1, 72 B, 77 B, 78 B, 78 C1, 392 C1, 397 C1, 398 B, 398 C1, 449 C1, 452 B, 452 C1, 453 B, 665 C2, 714 C1, 715 B, 715 C1, 720 C1, 812 B, 813 B, 813 C1, 814 B, 818 B, 818 C1, 819 B, 1034 B, 1035 B, 1039 B, 1178 B, 1180 C1, 1180 E2, 1182 B, 1188 B, 1188 C1, 1189 C1, 1190 C1, 1502 B, 1502 C1, 1502 C2, 1502 C3, 1502 C4, 1503 B, 1503 C2, 1505 C4, 1507 B, 1507 C2, 1511 E1, 1514 C1, 1520 B, 1521 C1, 1528 C1, 1529 C1, 1532 B, 1532 C1, 1534 B, 1536 C1, 1538 B, 1541 B, 1543 B, 1544 B, 1544 C2, 1544 C4, 1546 B, 1548 B, 1548 C1, 1548 C2, 1551 B, 1553 C1, 1554 B, 1554 C1 y 1554 C5 ello porque  se trata de la comparación entre las boletas recibidas en el acta de jornada menos las boletas sobrantes que no coinciden con el total de boletas de presidente (votos) extraídas de la urna.

 

Lo anterior es así en la medida de que la nulidad solo procede cuando se demuestran discrepancias entre datos fundamentales, esto es, de aquellos que reflejan votación, siendo que, en el caso concreto, la parte actora pretende evidenciar una supuesta inconsistencia a partir de la resta de dos elementos accesorios, a saber, el total de boletas recibidas de presidente (APARTADO 5 del acta de la Jornada Electoral) menos el total de boletas sobrantes de presidente (APARTADO 2 del acta de escrutinio y cómputo), y comparar la misma con un elemento fundamental boletas de presidente sacadas de las urnas (APARTADO 6 del acta de escrutinio y cómputo).

 

Como se advierte, la parte actora no plantea un error evidente al comparar o analizar los rubros fundamentales que contiene el acta, sino que este se hace depender de una operación matemática, la cual tiene por objeto evidenciar una supuesta inconsistencia en rubros accesorios, los cuales, como ya se dijo, no procede declarar la nulidad si el error está en el rubro de boletas recibidas antes de la instalación de la casilla o de sobrantes que fueron inutilizadas, que eventualmente genera una discrepancia entre algunos de los denominados rubros fundamentales y la cantidad resultante de restar las boletas sobrantes al total de las recibidas, en cuyo caso existe un error en el cómputo de las boletas y no necesariamente de los votos, o bien, probablemente un error en el llenado de las actas, los cuales, por sí mismos, no se consideran suficientes para actualizar la causa de nulidad que se analiza, pues, si bien se pudiera considerar una irregularidad, la misma no se traduce necesariamente en votos indebidamente computados (lo cual, en todo caso, debe ser probado) y, en consecuencia, no se viola principio alguno que rige la recepción del sufragio. Apoya lo anterior la jurisprudencia 08/97, consultable a páginas 309-311 de la Compilación 1997-2012 de Jurisprudencia y tesis en materia electoral, publicada con el rubro “ERROR EN LA COMPUTACIÓN DE LOS VOTOS. EL HECHO DE QUE DETERMINADOS RUBROS DEL ACTA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO APAREZCAN EN BLANCO O ILEGIBLES, O EL NÚMERO CONSIGNADO EN UN APARTADO NO COINCIDA CON OTROS DE SIMILAR NATURALEZA, NO ES CAUSA SUFICIENTE PARA ANULAR LA VOTACIÓN.”

 

Cabe aclarar que las casillas en cuestión serán en todo caso analizadas por el resto de causas de error que hace valer el actor en cada una de ellas en los apartados subsecuentes.

 

3.2.) Casillas en que el actor alega la existencia de error entre el total de ciudadanos que votaron y el total de boletas extraídas de la urna.

 

3.2.1.) Casillas en que los datos coinciden conforme a las actas de escrutinio y cómputo.

 

Se estima infundado el planteamiento formulado por la coalición actora respecto de doce (12) casillas, ya que del análisis correspondiente a las actas de escrutinio y cómputo que obran en autos de los expedientes de mérito, así como de la certificación que emitió el Consejo Distrital responsable, documentales con pleno valor probatorio en términos de lo previsto en el artículo 14, párrafos 1, inciso a) y 4; relacionado con el diverso numeral 16, párrafos 1 y 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se desprende que no existe la inconsistencia alegada.

 

En efecto, la promovente aduce la existencia de inconsistencias que señala entre los rubros fundamentales relativos a el total de ciudadanos que votaron con el número de boletas extraídas de la urna, sin embargo, tales inconsistencias no existen ya que los datos asentados en las actas de escrutinio y cómputo respecto de los citados rubros fundamentales coinciden entre sí plenamente, como se verá a continuación en la tabla que se inserta para tal efecto.

 

NO.

CASILLA

CIUDADANOS QUE VOTARON CONFORME AL ACTA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO

BOLETAS DE PRESIDENTE (VOTOS) EXTRAÍDOS DE LAS URNAS

DIFERENCIA ENTRE RUBROS

1

0015 B

243

243

0

2

0392 B

350

350

0

3

0396 B

367

367

0

4

0452 B

419

419

0

5

1030 C1

316

316

0

6

1178 B

466

466

0

7

1189 C1

290

290

0

8

1190 C1

278

278

0

9

1507 C2

425

425

0

10

1519 C1

313

313

0

11

1554 B

418

418

0

12

1554 C7

384

384

0

 

Como puede advertirse de la anterior información, contrario a lo manifestado por la coalición actora, no existe error en el escrutinio y cómputo de los votos, pues los rubros cuya divergencia alega, esto es, el número de ciudadanos y representantes de partidos políticos que votaron en la casilla son coincidentes plenamente, de ahí que lo manifestado en vía de agravio es infundado, en las doce (12) casillas de mérito, y por ende, no se actualiza la causa de nulidad prevista en el artículo 75, párrafo 1, inciso f), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

3.2.2.) Casillas en que existe un error en el dato asentado en las actas de escrutinio y cómputo pero que del análisis directo del listado nominal de la casilla se obtiene el dato correcto que a su vez coincide con el rubro de boletas de presidente (votos) sacadas de las urnas.

 

Resulta infundado el planteamiento respecto de las casillas que se identifican en el cuadro que más delante se insertará, en la que parte actora aduce diversas inconsistencias en rubros fundamentales que, en su concepto, ameritan la nulidad de la votación recibida en ella.

 

En las dieciocho (18) casillas que se identificaran en el siguiente cuadro, efectivamente, originalmente existe un error en el dato asentado en las actas de escrutinio y cómputo, ahora bien, a efecto de analizar si los datos señalados son subsanables, se acudió a la lista nominal de la casilla aludida utilizada durante el día de la jornada electoral, pertenecientes al Distrito 04 del Estado de hidalgo, para verificar el número de personas que votaron en las casillas citadas, en lo tocante a la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el proceso electoral federal 2011-2012, y del conteo de la palabra “VOTÓ” en las listas nominales más los representantes de partidos políticos, se obtuvo una cantidad de votos coincidente  con el rubro de boletas de presidente extraídas de las urnas que fue asentado en el acta de escrutinio y cómputo y por lo tanto, se evidencia que se trata de un error en la anotación del dato, que queda subsanado con el dato obtenido directamente del listado nominal en términos de la certificación emitida para ese efecto por el Consejo Distrital.

 

A efecto de hacer evidente lo anterior se inserta el cuadro correspondiente donde aparece la coincidencia entre los rubros y, en consecuencia, la falta del requisito de determinante para que pudiera proceder la anulación de la casilla de mérito.

 

NO.

CASILLA

TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON CONFORME EL ACTA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO

TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON CONFORME AL LISTADO NOMINAL

BOLETAS DE PRESIDENTE (VOTOS) EXTRAÍDOS DE LAS URNAS

DIFERENCIA ENTRE RUBROS

1

0013 C2

408

414

414

0

2

0016 B

450

453

453

0

3

0398 C1

254

256

256

0

4

0668 B

435

439

439

0

5

0714 C1

299

303

303

0

6

0715 C1

396

399

399

0

7

0813 C1

380

379

379

0

8

0818 C1

253

257

257

0

9

0819 B

360

361

361

0

10

1039 B

365

369

369

0

11

1180 E1

176

179

179

0

12

1180 E2

223

225

225

0

13

1502 C2

397

398

398

0

14

1503 C1

365

366

366

0

15

1511 E1

371

373

373

0

16

1538 B

368

370

370

0

17

1543 B

291

294

294

0

18

1555 B

263

265

265

0

 

Es así como, si bien en el acta correspondiente se asentó una cantidad divergente del total de personas que votaron, lo cierto es que dicha situación se pudo corregir con los datos tomados directamente del listado nominal en términos de la certificación aludida.

 

3.2.3.) Casillas con errores no determinantes.

 

A juicio de esta Sala Superior, se considera infundado el planteamiento formulado por la actora, respecto de las cincuenta y siete (57) casillas que serán identificadas en el correspondiente cuadro analítico, en las que si bien, no existe plena coincidencia entre los rubros alegados, lo verdaderamente trascendente es que de cualquier manera, la diferencia existente no es determinante.

 

Lo anterior, porque si bien existe una discrepancia entre los rubros relativos a total de personas que votaron respecto del número de boletas extraídas de la urna, tal inconsistencia no es determinante, ya que la diferencia entre ellos es inferior a la existente entre el primero y segundo lugares, por lo que el error en el cómputo no es determinante para el resultado de la votación, como se aprecia en la tabla siguiente.

 

1

2

3

4

5

6

7

8

9

No

CASILLA

TOTAL DE CIUDADANOS QUE VOTARON (ACTA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO)

BOLETAS EXTRAÍDAS DE LA URNA (VOTOS)

DIFERENCIA ENTRE COLUMNAS 3 Y 4

VOTACIÓN PRIMER LUGAR

VOTACIÓN SEGUNDO LUGAR

DIFERENCIA ENTRE COLUMNAS 6 Y 7

DETERMINANTE

1

0002 C1

220

226

6

100

67

33

NO

2

0007 C1

352

356

4

186

76

110

NO

3

0008 B

255

263

8

134

65

69

NO

4

0011 C1

326

329

3

118

107

11

NO

5

0019 B

247

252

5

161

64

97

NO

6

0021 C2

218

228

10

101

72

29

NO

7

0022 C1

423

427

4

181

173

8

NO

8

0023 C1

348

353

5

200

69

131

NO

9

0024 B

423

426

3

220

104

116

NO

10

0024 C2

429

431

2

192

132

60

NO

11

0027 C1

349

355

6

172

95

77

NO

12

0030 C1

327

334

7

120

90

30

NO

13

0031 B

255

263

8

103

72

31

NO

14

0072 B

130

136

6

61

35

26

NO

15

0077 B

521

525

4

337

107

230

NO

16

0078 B

284

289

5

148

77

71

NO

17

0078 C1

287

289

2

142

79

63

NO

18

0392 C1

329

330

1

133

114

19

NO

19

0393 B

224

228

4

92

64

28

NO

20

0449 C1

274

277

3

111

88

23

NO

21

0452 C1

442

443

1

217

100

117

NO

22

0453 B

440

443

3

204

101

103

NO

23

0720 C1

508

516

8

262

161

101

NO

24

0812 B

398

399

1

146

121

25

NO

25

0818 B

236

238

2

158

37

121

NO

26

1180 C1

304

313

9

172

64

108

NO

27

1182 B

303

304

1

138

82

56

NO

28

1188 C1

395

397

2

160

126

34

NO

29

1502 C1

424

428

4

196

127

69

NO

30

1502 C3

429

432

3

191

145

46

NO

31

1503 C2

409

412

3

191

120

71

NO

32

1503 C4

395

403

8

181

123

58

NO

33

1505 C4

468

469

1

170

168

2

NO

34

1507 B

433

436

3

174

152

22

NO

35

1514 C2

394

400

6

162

134

28

NO

36

1520 B

420

422

2

161

148

13

NO

37

1521 C1

256

260

4

102

73

29

NO

38

1528 C1

413

416

3

168

133

35

NO

39

1529 C1

359

364

5

150

117

33

NO

40

1532 B

408

411

3

162

150

12

NO

41

1532 C1

370

372

2

139

125

14

NO

42

1533 B

362

369

7

142

134

8

NO

43

1534 B

465

468

3

163

143

20

NO

44

1539 C1

354

355

1

140

138

2

NO

45

1541 B

344

346

2

172

85

87

NO

46

1544 B

302

306

4

138

79

59

NO

47

1544 C2

282

283

1

126

80

46

NO

48

1544 C4

291

303

12

143

79

64

NO

49

1546 B

365

293

72

192

75

117

NO

50

1548 B

418

424

6

163

126

37

NO

51

1548 C2

427

430

3

151

35

16

NO

52

1551 B

430

432

2

175

116

59

NO

53

1554 C1

391

395

4

153

137

16

NO

54

1554 C2

395

391

4

177

112

65

NO

55

1554 C3

376

379

3

153

124

29

NO

56

1554 C5

390

392

2

185

115

70

NO

57

1554 C6

408

406

2

184

120

64

NO

 

C

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Con base en lo antes expuesto, atendiendo al criterio contenido en la jurisprudencia “PRINCIPIO DE CONSERVACIÓN DE LOS ACTOS PÚBLICOS VÁLIDAMENTE CELEBRADOS. SU APLICACIÓN EN LA DETERMINACIÓN DE LA NULIDAD DE CIERTA VOTACIÓN, CÓMPUTO O ELECCIÓN”, se arriba a la conclusión de que, contrariamente a lo expuesto por el enjuiciante, en las casillas de mérito no se actualiza la causa de nulidad prevista en el artículo 75, párrafo 1, inciso f), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

Por lo que atañe a las casillas 31 C1, 1502 B Y 1531 C1 del análisis de las constancias que obran en autos se advierte efectivamente una discrepancia entre los rubros total de ciudadanos que votaron conforme al acta de escrutinio y cómputo, boletas extraídas de la urna (votos), así como del total de la votación emitida; tal como se evidencia en el siguiente cuadro esquemático.

 

No.

Casilla

Suma de los rubros 3 y 4 del Acta (Total de personas que votaron)

Boletas de Presidente sacadas de las urnas

Resultados de la votación de presidente “Total”

Diferencia máxima en rubros fundamentales

1

0031 C1

232

346

246

114

2

1502 B

407

490

407

83

3

1531 C1

271

494

271

223

 

En este sentido, lo procedente es determinar si el dato mencionado puede ser explicado o subsanado con algunos otros elementos con que cuenta este órgano judicial, al efecto se inserta el siguiente cuadro analítico en el que se aprecian además de los rubros fundamentales los auxiliares.

 

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

CASILLA

PERSONAS QUE VOTARON CONFORME EL LISTADO NOMINAL.

BOLETAS DE PRESIDENTE (VOTOS) EXTRAIDAS DE LAS URNAS

TOTAL DE VOTACIÓN EMITIDA

DIFERENCIA ENTRE RUBROS 1 Y 3

BOLETAS RECIBIDAS MENOS BOLETAS SOBRANTES

DIFERENCIA

VOTACIÓN OBTENIDA POR EL PRIMER LUGAR

VOTACIÓN OBTENIDA POR EL SEGUNDO LUGAR

DIFERENCIA ENTRE PRIMERO Y SEGUNDO LUGAR

EL ERROR ES DETERMINANTE.

0031 C1

232

346

246

-14

545-297

248

113

72

41

NO

1502 B

407

490

407

0

690-280

410

164

61

103

NO

1531 C1

271

494

271

0

494-223

271

102

88

14

NO

 

Respecto de la casilla 31 C1, existe una inconsistencia evidente entre el rubro ciudadanos más representantes de partidos políticos que votaron en la urna con el rubro fundamental de boletas de presidente sacadas de las urnas, pues en el apartado de “cantidad” con letra y número aparece asentado un dato que no concuerdan con el resto de rubros fundamentales, sin embargo, el error en la referencia de la cantidad es explicable, ya que se debe a que el operador del acta asentó incorrectamente el número de boletas extraídas de la urna.

 

Se llega a tal conclusión derivado de analizar la información contenida en el acta de jornada, donde se observa que, la cantidad correspondiente a boletas recibidas, es la de quinientos cuarenta y cinco (545), la cual al restar la cantidad relativa a boletas sobrantes que se desprende de la constancia individual, es decir, doscientos noventa y siete (297) da por resultado la cantidad de doscientos cuarenta y ocho (248), cantidad que refleja el número máximo de boletas que pudieron haber proporcionado los integrantes de la mesa directiva de casilla a los electores para que sufragaran, por lo que no se pudo haber extraído de la urna una cantidad mayor de boletas (346).

 

En el mismo supuesto que la casilla analizada en el párrafo anterior, se encuentra la casilla 1502 B. Se infiere tal conclusión derivado de analizar la información contenida en el acta de jornada, donde se observa que, la cantidad correspondiente a boletas recibidas, es la de seiscientos noventa (690), la cual al restar la cantidad relativa a boletas sobrantes que se desprende de la constancia individual, es decir, doscientos ochenta (280) da por resultado la cantidad de cuatrocientos diez (410), cantidad que refleja el número máximo de boletas que proporcionaron los integrantes de la mesa directiva de casilla a los electores para que sufragaran, por lo que no se pudo haber extraído de la urna una cantidad mayor de boletas (490).

 

En el caso de la casilla 1531 C1, existe una inconsistencia evidente entre el rubro ciudadanos más representantes de partidos políticos que votaron en la urna con el rubro fundamental de boletas de presidente sacadas de las urnas, pues en el apartado de “cantidad” con letra y número aparecen asentados dos datos que no concuerdan con el resto de rubros fundamentales, sin embargo, el error en la referencia de la cantidad es explicable, ya que se debe a que el operador del acta en lugar de anotar en ese rubro el número de boletas extraídas de la urna, asentó el dato correspondiente a la cantidad de boletas recibidas contenida en el acta de jornada electoral.

 

Se llega a tal conclusión derivado de analizar la información contenida en el acta de jornada, donde se observa que, la cantidad correspondiente a boletas recibidas, es la de cuatrocientos noventa y cuatro (494), ahora bien, si a esa cifra se restan las boletas sobrantes que se desprende de la constancia individual, que fueron doscientos veintitrés (223) da como resultado la cantidad de doscientos setenta y uno (271), cantidad que es igual al número de ciudadanos que votaron en la casilla y al de la votación total emitida, por ende, de ello se infiere que este debió ser necesariamente el número de boletas que se sacaron de la urna.

Al ser explicable dicho error, no debe considerarse sea de la trascendencia necesaria como para anular la casilla, máxime que, no debe perderse de vista que en el caso los rubros de total de ciudadanos y representantes de partidos políticos que votaron en la casilla que fue de doscientos setenta y uno  coincide plenamente con el total de la votación emitida y de ciudadanos que votaron.

 

A mayor abundamiento se reitera que en condiciones normales el número de electores que acude a sufragar en una casilla es igual al número de votos emitidos y al número de votos depositados y extraídos de la urna.

 

Ahora bien, precisado lo anterior se encuentra que en las casillas analizadas el error que se detecta entre rubros fundamentales no es determinante, ya que, el error relativo, es menor a la diferencia existente entre el primero y segundo lugar.

 

3.2.4.) Casillas en las que el error es determinante. En este apartado se estudiará la casilla 1034-B, en la que al compararse los dos rubros fundamentales alegados por la coalición actora se advirtió una divergencia que no pudo ser subsanada, lo que demuestra la existencia del error, y con ello el primero de los elementos constitutivos de la causa de nulidad bajo estudio.

 

Ahora bien, a efecto de comprobar si el error es determinante para el resultado de la votación recibida en la mesa directiva de casilla en comento, fue necesario realizar un ejercicio comparativo con el tercer rubro fundamental (resultado de la votación), tal como se evidencia en el cuadro que se inserta enseguida:

 

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

No.

Casilla

Suma de los rubros 3 y 4 del Acta (Total de personas que votaron)

Boletas de Presidente sacadas de las urnas

Resultados de la votación de presidente “Total”

Diferencia máxima en rubros fundamentales

VOTACIÓN PRIMER LUGAR

VOTACIÓN SEGUNDO LUGAR

DIFERENCIA ENTRE COLUMNAS 6 Y 7

DETERMI-NANTE

1

1034 B

169

176

177

8

67

65

2

SI

 

Al respecto, cabe aclarar que los datos asentados respecto del total de ciudadanos que votaron no se pudieron cotejar con el listado nominal original en virtud de no haber sido entregado junto con el paquete electoral tal y como se desprende de las constancias que obran en autos. De ahí que deban considerarse como los datos definitivos.

 

Ahora bien, de la comparación de los rubros fundamentales, se advierte que la diferencia máxima acreditada en los rubros fundamentales ocho (8) es superior a la diferencia existente entre los candidatos que obtuvieron el primero y segundo lugar de la votación de la mesa directiva de casilla (sesenta y siete y sesenta y cinco, respectivamente), por lo que se actualiza el segundo elemento constitutivo de la causal de nulidad en comento, resultando determinante para el resultado de la votación.

 

En esta tesitura, lo procedente es anular la votación recibida en la casilla 1034 B, aspecto que se evidenciará en el siguiente considerando de esta resolución.

 

4.) Apartados de la demanda en los que se alegan casuales g) a k) del artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. La coalición actora, señala que se actualizan diversas causales de nulidad de votación recibida en casilla, contempladas en el artículo 75, párrafo 1, incisos g), h), i), j) y k), de la Ley adjetiva de la materia.

 

El actor hace valer causas de nulidad contempladas de los incisos del g) al k), en las casillas que en términos generales se identifican en el siguiente cuadro.

 

No.

CASILLA

CAUSALES DE NULIDAD DE VOTACIÓN RECIBIDA EN CASILLA. ARTÍCULO 75 DE LGSMIME.

Casillas en que la pretensión es recuento.

 

 

a)

b)

c)

d)

e)

f)

g)

h)

i)

j)

k)

Recuento art. 295

1

13-C1

 

 

 

 

 

 

X

X

X

X

X

 

2

13-C2

 

 

 

 

 

X

x

 

 

 

 

 

3

16-B1

 

 

 

 

 

X

x

 

 

 

 

 

4

24-C2

 

 

 

 

 

X

X

X

X

X

X

 

5

714-C1

 

 

 

 

 

X

x

 

 

 

 

 

6

1030-C1

 

 

 

 

 

X

x

 

 

 

 

 

7

1034-B1

 

 

 

 

 

X

x

 

 

 

 

ANULADA 

8

1503-C3

 

 

 

 

 

 

X

X

X

X

X

X

9

1505-C4

 

 

 

 

 

X

x

 

 

 

 

 

10

1507-C2

 

 

 

 

 

X

x

 

 

 

 

 

11

1531-C1

 

 

 

 

 

X

x

 

 

 

 

 

 

Ante todo es preciso aclarar, que en este apartado ya no se analizarán la casilla 1034-B, toda vez que la misma ya fue anulada.

 

a). Permitir a ciudadanos sufragar sin Credencial para Votar o cuyo nombre no aparezca en la lista nominal de electores y siempre que ello sea determinante para el resultado de la votación, salvo los casos de excepción señalados en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y en el artículo 85 de esta ley.

 

1.- Del análisis del escrito de demanda se advierte que la coalición actora, respecto de la causa de nulidad citada en el párrafo anterior, señala que las irregularidades detectadas fuera del marco legal son determinantes, al no tomar en cuenta que los ciudadanos no se encontraban en los listados nominales, por lo que no tenían la facultad de ejercer su derecho de voto y que al hacerlo afectaron la certeza de la votación.

 

En relación con lo anterior afirma que se actualiza la causa de nulidad en las siete (7) casillas siguientes: 13 C2, 16 B, 714 C1, 1030 C1, 1505 C4, 1507 C2 y 1531 C1.

 

Esta Sala Superior considera que el agravio hecho valer respecto de estas siete (7) casillas es infundado, dado que la parte actora no expone circunstancias de tiempo, modo y lugar, respecto de las personas a las que, según la coalición actora, se les permitió sufragar sin contar con credencial para votar con fotografía, o bien, sin aparecer en la lista nominal de electores de la casilla correspondiente.

 

En efecto, la parte actora se limita a señalar las casillas en la que aduce la irregularidad y referir que en la misma, no se tomó en cuenta que algunos de los ciudadanos que votaron no se encontraban en los listados nominales, por lo que no tenían la facultad de ejercer su derecho al voto, y al efectuarlo afectan la certeza de la votación, al tener la claridad de que esos votos no fueron emitidos válidamente, lo que afirma sustentándose en la comparación de diversos datos consignados en el acta de escrutinio y cómputo correspondientes a ciudadanos que votaron conforme a la lista nominal, boletas extraídas de la urna (votos) y resultado de la votación, sin que lo anterior demuestre que ciertas personas hayan sufragado sin tener derecho a ello, por no aparecer en el listado nominal o bien, por no contar con credencial para votar.

 

Por ello, como se adelantó, lo alegado al respecto resulta infundado en las referidas siete (7) casillas, 13 C2, 16 B, 714 C1, 1030 C1, 1505 C4, 1507 C2 y 1531 C1.

 

Por lo que respecta a las tres casillas restantes, la parte actora en un cuadro especifico alega que se permitió a ciudadanos votar sin que estuvieran en condiciones de hacerlo en las respectivas casillas.

 

En efecto, el artículo 75, fracción g) de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral establece como requisito indispensable para que se actualice la causa de nulidad que la irregularidad denunciada resulte determinante para el resultado de la votación de las casillas de que se trate.

 

En el caso, sin embargo, la coalición actora aduce que en cada una de las casillas antes precisadas se permitió votar a un ciudadano que no se encontraba registrado en la lista nominal, en tanto la diferencia de votos entre el partido que obtuvo más y el que le siguió es mayor a uno. Esta situación se evidencia en la siguiente tabla:

NÚMERO

CASILLAS

AGRAVIO

INCIDENCIAS SEGÚN AGRAVIO

VOTACIÓN OBTENIDA POR EL PRIMER LUGAR

VOTACIÓN OBTENIDA POR EL SEGUNDO LUGAR

DIFERENCIA  ENTRE PRIMERO Y SEGUNDO

1

13 C1

Un ciudadano voto y por nervios del presidente lo dejo votar sin tener credencial y sin aparecer en la lista nominal.

1

181

90

91

2

24 C2

Permitieron votar a un ciudadano que no aparece en la lista nomina por lo que su voto será contado.

1

192

132

60

3

1503 C3

El señor venia en estado de ebriedad, el ciudadano marco su voto en la boletas las boletas el presidente las cancelo y se metieron en las urnas.

1

158

146

12

 

 

Por lo anterior, y con independencia de si le asiste razón o no al actor respecto de los hechos que denuncia, las irregularidades denunciadas no resultan determinantes para modificar el resultado de la votación recibida en esas casillas. Por tanto, los planteamientos en estudio resultan infundados.

 

CUARTO. Al haber resultado fundado el agravio expuesto en relación con la casilla 1034 B, y actualizarse en consecuencia la causal de nulidad de votación previstas por el artículo 75, párrafo 1, inciso f) de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, lo procedente es deducir la votación recibida en la citada casilla del cómputo distrital emitido originalmente por la autoridad responsable, lo cual se efectúa en los términos siguientes:

 

Según las constancias individuales levantadas con motivo del recuento parcial llevado a cabo en el Consejo Distrital Electoral responsable, así como de acuerdo con el documento denominado Acta circunstanciada del recuento parcial de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el 04 Distrito Electoral en el Estado de Hidalgo, correspondiente al grupo de trabajo uno, de cinco de julio de dos mil doce, la votación recibida en la casilla 1034 Básica fue la siguiente:

 

RESULTADOS

VOTACIÓN ANULADA CASILLA 1034-B

TOTAL VOTACIÓN ANULADA

Descripción: Pan

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

31

31

Descripción: Pri

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

54

54

Descripción: Prd

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

56

56

Descripción: Verde

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

4

4

Descripción: Pt

PARTIDO DEL TRABAJO

4

4

Descripción: Mc

MOVIMIENTO CIUDADANO

0

0

Descripción: NuevaALianza

PARTIDO NUEVA ALIANZA

4

4

Descripción: PriPvem

COALICIÓN COMPROMISO POR MÉXICO

9

9

Descripción: PrdPtMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-PT-MC)

1

1

Descripción: PrdPt

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-PT)

2

2

Descripción: PrdMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-MC)

1

1

Descripción: PtMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PT-MC)

1

1

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

0

0

 

VOTOS NULOS

 

10

10

 

VOTACIÓN TOTAL

 

177

177

En conformidad con lo expuesto y razonado en el considerando precedente, el cómputo distrital debe quedar en los siguientes términos:

 

RESULTADOS DEL CÓMPUTO DISTRITAL DE LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

VOTACIÓN ANULADA

CÓMPUTO DISTRITAL DEFINITIVO

Descripción: Pan

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

29,713

31

29,682

Descripción: Pri

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

49,808

54

49,754

Descripción: Prd

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

32,041

56

31,985

Descripción: Verde

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

2,286

4

2,282

Descripción: Pt

PARTIDO DEL TRABAJO

3,111

4

3,107

Descripción: Mc

MOVIMIENTO CIUDADANO

1,587

0

1587

Descripción: NuevaALianza

PARTIDO NUEVA ALIANZA

6,269

4

6,265

Descripción: PriPvem

COALICIÓN COMPROMISO POR MÉXICO

9,686

9

9,677

Descripción: PrdPtMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-PT-MC)

7,622

1

7621

Descripción: PrdPt

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-PT)

1,786

2

1784

Descripción: PrdMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-MC)

485

1

484

Descripción: PtMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PT-MC)

173

1

172

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

30

0

30

 

VOTOS NULOS

 

4,277

10

4,267

 

VOTACIÓN TOTAL

 

148,874

177

148,697

 

En virtud de la votación anulada se procede a la modificación del resultado contenido en la tabla  Distribución Final de Votos a Partidos Políticos y Partidos Coaligados, que se desprende del acta de cómputo distrital impugnada.

 

Al respecto, en virtud de la aplicación de las reglas ya referidas los resultados en cuestión serían los siguientes:

 

ASIGNACION FINAL DE VOTOS POR PARTIDO

Descripción: Pan

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

29,682

Descripción: Pri

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

54,593

Descripción: Prd

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

35,660

Descripción: Verde

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

7,120

Descripción: Pt

PARTIDO DEL TRABAJO

6,625

Descripción: Mc

MOVIMIENTO CIUDADANO

4,455

Descripción: NuevaALianza

PARTIDO NUEVA ALIANZA

6,265

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

30

 

VOTOS NULOS

 

4,267

 

VOTACIÓN TOTAL

 

148,697

 

Además se sustraerá la votación anulada en la casilla de referencia de la tabla del acta de cómputo distrital impugnada, denominada votación final obtenida por los candidatos.

 

Para ello será necesario sumar los votos obtenidos y distribuidos entre los partidos que integran la coalición conforme a los resultados de la tabla anterior.

 

COALICIÓN COMPROMISO POR MÉXICO

 

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

PARTIDO

VOTACIÓN

(con número)

 

PARTIDO

VOTACIÓN

(con número)

Descripción: http://intranet/imgs/log_pri.jpg

54,593

 

 

Descripción: http://intranet/imgs/log_prd.jpg

35,660

 

Descripción: http://t0.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcQDmmGplBX6f4bAKB_qD6_74o7qXdVvw7o-hMHMInAtUrMJMjzsoQ

7,120

 

 

Descripción: http://intranet/imgs/logo_pt.jpg

6,625

 

 

Descripción: http://codiceinformativo.com/wp-content/uploads/2012/05/220px-Movimiento_ciudadan.jpg

4,455

 

Votación total

61,713

 

 

Votación total

46,740

 

 

Realizadas dichas operaciones entonces es posible sustraer la votación anulada de la tabla en cuestión, conforme a lo siguiente:

 

RESULTADOS

ASIGNACIÓN DEFINITIVA DE VOTOS

Descripción: Pan

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

29,682

Descripción: PriPvem

COALICIÓN COMPROMISO POR MÉXICO

61,713

Descripción: PrdPtMc

COALICIÓN MOVIMIENTO PROGRESISTA

(PRD-PT-MC)

46,740

Descripción: NuevaALianza

PARTIDO NUEVA ALIANZA

6,265

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

30

VOTOS NULOS

4,267

VOTACIÓN TOTAL

148,697

 

El cómputo mencionado sustituye para todos los efectos legales, el realizado originalmente por el consejo distrital responsable, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

Por último, a efecto de dejar constancia de la resolución de este medio de impugnación, y para que esta Sala Superior esté en aptitud de elaborar el dictamen de cómputo final y declaración de validez de la elección presidencial y de Presidente electo de los Estados Unidos Mexicanos, remítase copia certificada de esta resolución al expediente donde se emitirá tal determinación. Lo anterior, de conformidad con los artículos 99, párrafo tercero, fracción III, última parte, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 186, fracción II y 189, fracción I, inciso a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

 

Por lo expuesto y fundado, se

 

R E S U E L V E

 

PRIMERO. Se declara la nulidad de la votación recibida en las casillas precisadas en la presente sentencia.

 

SEGUNDO. Se modifican los resultados contenidos en el acta de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, correspondiente al distrito electoral federal 04 en el Estado de Hidalgo, con cabecera en Tulancingo de Bravo, en términos del considerando último de esta sentencia.

 

TERCERO. Remítase copia certificada de esta ejecutoria al expediente que se tramita para efectuar el cómputo final y, en su caso, la declaración de validez y la de Presidente Electo de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Notifíquese personalmente a la parte actora y al tercero interesado, en el domicilio señalado para ese efecto, por correo electrónico a la responsable;por oficio al Consejo General del Instituto Federal Electoral, acompañando copia certificada de la sentencia, y por estrados a los demás interesados.

 

Devuélvanse los documentos atinentes y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

 

Así, por unanimidad de votos, lo resolvieron y firmaron los Magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el Secretario General de Acuerdos quien autoriza y da fe.

 

 

MAGISTRADO PRESIDENTE

 

 

 

JOSÉ ALEJANDRO LUNA RAMOS

 

 

 

MAGISTRADA

 

 

 

MARÍA DEL CARMEN ALANIS FIGUEROA

MAGISTRADO

 

 

 

CONSTANCIO CARRASCO DAZA

 

 

 

 

MAGISTRADO

 

 

 

FLAVIO GALVÁN RIVERA

 

 

 

MAGISTRADO

 

 

 

MANUEL GONZÁLEZ OROPEZA

 

 

 

 

MAGISTRADO

 

 

 

SALVADOR OLIMPO NAVA GOMAR

 

 

 

MAGISTRADO

 

 

 

PEDRO ESTEBAN PENAGOS LÓPEZ

 

 

 

 

SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS

 

 

 

MARCO ANTONIO ZAVALA ARREDONDO