SUP-JIN-86/2006
UICIO DE INCONFORMIDAD
EXPEDIENTE: SUP-JIN-86/2006
ACTORA: COALICIÓN POR EL BIEN DE TODOS
AUTORIDAD RESPONSABLE: 26 CONSEJO DISTRITAL ELECTORAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE MÉXICO
TERCERO INTERESADO: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
MAGISTRADO PONENTE:
ELOY FUENTES CERDA
SECRETARIO: RAFAEL ELIZONDO GASPERIN
México, Distrito Federal, a veintiocho de agosto del dos mil seis.
VISTOS para resolver, los autos del juicio de inconformidad promovido por la Coalición “Por el Bien de todos”, en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, realizado por el 26 Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral, con cabecera en Toluca, Estado de México; y
R E S U L T A N D O :
1. El pasado dos de julio se llevó a cabo la jornada electoral para la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
El día cinco siguiente, el 26 Consejo Distrital Electoral Federal, con cabecera en Toluca, Estado de México, realizó el cómputo distrital de la elección señalada en el resultando anterior, mismo que arrojó los resultados siguientes:
PARTIDOS POLÍTICOS Y COALICIONES | VOTACIÓN | |
CON NÚMERO | CON LETRA | |
75553 |
Setenta y cinco mil quinientos cincuenta y tres | |
34601 |
Treinta y cuatro mil seiscientos uno | |
33097 |
Treinta y tres mil noventa y siete | |
1783 |
Mil setecientos ochenta y tres | |
5712 |
Cinco mil setecientos doce | |
CANDIDATOS NO REGISTRADOS
|
1517 |
Mil quinientos diecisiete |
VOTOS VÁLIDOS
|
152263 |
Ciento cincuenta y dos mil doscientos sesenta y tres
|
VOTOS NULOS
|
2971 |
Dos mil novecientos setenta y uno |
VOTACIÓN TOTAL
|
155234 |
Ciento cincuenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro
|
2. Inconforme con el cómputo anterior, la Coalición “Por el Bien de Todos”, mediante escrito presentado el nueve de julio del presente año, promovió juicio de inconformidad, aduciendo los hechos y agravios que estimó pertinentes:
3. Mediante escrito presentado el doce de julio del año en curso, el Partido Acción Nacional compareció con el carácter de tercero interesado, alegando lo que a su interés convino.
4. La autoridad responsable remitió el expediente relativo al presente juicio, junto con el escrito de tercero interesado y el informe circunstanciado que al efecto rindió.
5. Recibidas las constancias respectivas en este tribunal, mediante acuerdo de dieciséis de julio del año en curso, el Magistrado Presidente turnó al Magistrado Eloy Fuentes Cerda el presente medio impugnativo para los efectos del artículo 19 de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
6. Por autos de dieciocho y veinte de julio del año en curso, el Magistrado Instructor dio vista a la promovente por tres días, para que manifestara lo que a su derecho conviniera, toda vez que en autos no existía constancia del escrito de protesta respecto de la totalidad de las casillas impugnadas, así mismo se requirió a la autoridad responsable diversa documentación para la debida integración y resolución del expediente de mérito, proveídos que fueron cumplidos en tiempo y forma.
7. Mediante proveído de veintisiete del año en curso, el Magistrado Instructor admitió a trámite la demanda presentada y agotada la instrucción, declaró cerrada ésta, quedando los autos en estado de resolución, la que ahora se pronuncia al tenor de los siguientes
C O N S I D E R A N D O S :
I. Esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es competente para conocer y resolver el presente juicio de inconformidad, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 99, párrafo cuarto, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 184, 186, fracción II y 189, fracción I, inciso a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 53, párrafo 1, inciso a), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
II. Este órgano jurisdiccional considera que en el caso se encuentran satisfechos los requisitos exigidos por los artículos 9 párrafo 1, 52 párrafo 1, 54 párrafo 1 inciso a) y 55 párrafo 1, inciso a), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, para la presentación y procedencia del juicio de inconformidad, como a continuación se razona.
Los requisitos esenciales previstos en el artículo 9, párrafo 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se encuentra debidamente cumplidos toda vez que la enjuiciante presentó su demanda por escrito ante la autoridad señalada como responsable; se identificó el acto impugnado y la autoridad responsable; se señalan los hechos y agravios correspondientes y se hace constar el nombre y firma autógrafa de la actora, domicilio para recibir notificaciones.
Legitimación y personería. La parte actora cuenta con legitimación para promover el juicio de inconformidad que se resuelve, en términos de lo dispuesto por el artículo 54, párrafo 1, inciso a), de la ley invocada, en tanto que si bien lo presenta una coalición, esta se conforma por partidos políticos nacionales, lo que es público y notorio, conservando su naturaleza jurídica, sin que la coalición constituida adquiera una personalidad jurídica diversa a la de sus integrantes. Sirve de apoyo a lo anterior, la tesis de jurisprudencia identificada con el rubro “COALICIONES DE PARTIDOS POLÍTICOS. SU INTEGRACIÓN NO IMPLICA LA CREACIÓN DE UNA PERSONA JURÍDICA (LEGISLACIÓN DE COAHUILA Y LAS QUE CONTENGAN DISPOSICIONES SIMILARES)”, visible en las páginas 50 a 52, de la Compilación Oficial de Jurisprudencias y Tesis Relevantes 1997-2005, emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Por cuanto a la personería de Alfonso Marcial Escalona, quien comparece a nombre de la coalición política promovente, se tiene por acreditada en términos del artículo 13, párrafo 1, inciso a), fracción I, del citado ordenamiento, pues a foja 58 del cuaderno principal del expediente en que se actúa obra copia certificada de la acreditación correspondiente ante la autoridad responsable.
La demanda mediante la cual se promueve el juicio de inconformidad resulta oportuna, al presentarse dentro de cuatro días contados a partir del día siguiente de que concluyó la práctica de los cómputos distritales de la elección presidencial, de conformidad con el artículo 55, párrafo 1, inciso a), de la multicitada ley de medios. En efecto, según se advierte del acta circunstanciada de la sesión de cómputo distrital impugnada, que obra a fojas 254 a 263 de autos, el referido cómputo concluyó el día cinco de julio pasado, por lo que habiéndose presentado la demanda el día nueve siguiente, como consta en el sello de recepción que aparece en la misma, es evidente que se hizo dentro del término de ley.
El escrito de demanda, satisface los requisitos especiales del artículo 52, párrafo 1, de la ley adjetiva de la materia, en tanto la impugnante endereza su inconformidad en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, correspondiente al 26 Distrito Electoral Federal, en el Estado de México, por nulidad de la votación recibida en casillas, precisando de manera individualizada, las casillas cuya votación se solicita sea anulada, las causales de nulidad que invoca en cada caso, así como por diversas irregularidades que vincula con la validez de la elección, lo que hace inatendible la causal de improcedencia aducida por el partido tercero interesado en el sentido de que debe desecharse por notoriamente frívolo.
Por cuanto al escrito de protesta, mismo que obra a fojas 60 a 67 del cuaderno principal del expediente en que se actúa, así como en los anexos que al efecto remitió la promovente en cumplimiento del proveído de dieciocho de julio pasado, por el que se le mando dar la vista, el mismo satisface los requisitos exigidos en el artículo 51 de la ley de medios invocada, pues se presentó ante el Consejo Distrital, el cuatro de julio del año en curso, a las veintiuna horas, cuarenta y cinco minutos, es decir, antes de la sesión de cómputo correspondiente, como se desprende del sello de recepción que aparece en el mismo, además de que se identifican individualmente cada una de las casillas que se impugnan; razón por la cual debe desestimarse la causal de improcedencia hecha valer por el partido tercero interesado, en el sentido de que la actora incumplió con el referido requisito de procedibilidad del presente juicio de inconformidad.
En vista de lo anterior, al satisfacerse en la especie los requisitos señalados en los preceptos legales adjetivos invocados al inicio de este considerando, resulta procedente el estudio de fondo de la cuestión planteada.
III. Previo al examen de los motivos de inconformidad que expresa la coalición actora, cabe destacar que de conformidad con el artículo 49, párrafo 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, durante el proceso electoral federal y exclusivamente en la etapa de resultados y declaraciones de validez, el juicio de inconformidad procederá para impugnar las determinaciones de las autoridades electorales federales que violen normas constitucionales o legales relativas a las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
Por lo que hace a la elección de Presidente, son actos impugnables, en términos del artículo 50, párrafo 1, del citado ordenamiento adjetivo, los resultados consignados en las actas de cómputo distrital respectivas, por nulidad de la votación recibida en una o varias casillas o por error aritmético.
En este tenor, las sentencias que resuelvan el fondo de los juicios de inconformidad, según lo dispone el numeral 56, párrafo 1, de la ley en cita, podrán tener como efecto el confirmar el acto impugnado o, tratándose de la elección presidencial, declarar la nulidad de la votación emitida en una o varias casillas, cuando se den los supuestos de nulidad previstos en la propia ley y modificar, en consecuencia, el acta de cómputo distrital respectiva.
De lo expuesto, se desprende que el legislador reservó la materia del juicio de inconformidad, tratándose de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, exclusivamente a los resultados consignados en las actas de cómputo distrital, por nulidad de la votación recibida en una o varias casillas, esto es, por alguno de los supuestos taxativamente previstos en el artículo 75, párrafo 1, de la mencionada ley de medios, así como por error aritmético en el propio cómputo distrital de la elección. De ahí que cualesquiera otra irregularidad, que no tenga por efecto la modificación de los resultados consignados en las actas de cómputo distrital, no podrá ser materia de análisis a través del mencionado juicio.
De las inconformidades que hace valer la actora, se desprenden unas que se encuentran enderezadas a justificar la existencia de irregularidades que, en su concepto, actualizan causales de nulidad de la votación recibida en casilla que prevé el mencionado artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación; en tanto que otras, se encuentran dirigidas a evidenciar irregularidades acontecidas durante la etapa de preparación de la elección, o bien, con posterioridad a la jornada electoral, las que atento a las consideraciones antes expuestas, exceden la materia de impugnación del juicio de inconformidad, por lo que las mismas, en su caso, habrán de ser motivo de ulterior pronunciamiento por parte de esta Sala Superior.
Por cuanto a la petición que formula la coalición “Por el Bien de Todos”, en el sentido de acumular el presente juicio de inconformidad al diverso promovido por la misma coalición en contra de los resultados consignados en el cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, llevado a acabo por el 15 Consejo Distrital en el Distrito Federal, al que se asignó el número de expediente SUP-JIN-212/2006, la misma resulta improcedente, según se determinó en el expediente citado, mediante acuerdo del treinta y uno de julio del presente año.
IV. Del escrito mediante el cual se promueve el presente juicio de inconformidad, se advierte que son objeto de impugnación los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, correspondiente al 26 Distrito Electoral Federal, en el Estado de México, por estimar que en el caso, se actualizan las causales de nulidad de votación recibida en casilla, previstas en el artículo 75, párrafo 1 inciso f) y k) de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Se lleva a cabo el análisis de los motivos de queja del actor, sistematizando su estudio mediante el agrupamiento de las casillas que son materia de controversia, atendiendo a la causal que en cada caso se invoca.
Las casillas impugnadas así como las causales de nulidad de votación que se invocan, son las siguientes:
NÚMERO PROGRESIVO | NÚMERO Y TIPO DE CASILLA | CAUSAL DE NULIDAD DE VOTACIÓN HECHA VALER (art .75 de la LGSMIME) | |||||||||||
| A)
| B) | C) | D) | E) | F) | G) | H) | I) | J) | K) | ||
1 | 5175 B |
|
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|
| X |
|
|
|
| X | |
2 | 5175 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
3 | 5175 C2 |
|
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|
|
| X |
|
|
|
| X | |
4 | 5176 B |
|
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|
|
| X |
|
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| X | |
5 | 5176 C1 |
|
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| X |
|
|
|
| X | |
6 | 5176 C2 |
|
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|
|
| X |
|
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|
| X | |
7 | 5177 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
8 | 5177 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
9 | 5178B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
10 | 5178 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
11 | 5179 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
12 | 5179 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
13 | 5179 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
14 | 5180 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
15 | 5180 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
16 | 5180 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
17 | 5198 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
18 | 5200 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
19 | 5200 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
20 | 5202 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
21 | 5203 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
22 | 5205 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
23 | 5205 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
24 | 5208 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
25 | 5248 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
26 | 5248 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
27 | 5248 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
28 | 5267 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
29 | 5268 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
30 | 5268 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
31 | 5269 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
32 | 5269 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
33 | 5269 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
34 | 5269 C3 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
35 | 5269 C4 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
36 | 5270 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
37 | 5270 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
38 | 5271 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
39 | 5272 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
40 | 5272 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
41 | 5278 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
42 | 5278 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
43 | 5278 C3 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
44 | 5279 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
45 | 5280 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
46 | 5284 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
47 | 5284 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
48 | 5290 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
49 | 5291 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
50 | 5291 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
51 | 5292 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
52 | 5292 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
53 | 5292 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
54 | 5293 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
55 | 5294 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
56 | 5294 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
57 | 5295 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
58 | 5296 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
59 | 5296 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
60 | 5296 C3 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
61 | 5296 C5 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
62 | 5298 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
63 | 5298 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
64 | 5298 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
65 | 5298 C4 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
66 | 5299 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
67 | 5300 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
68 | 5308 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
69 | 5308 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
70 | 5309 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
71 | 5309 C3 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
72 | 5310 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
73 | 5310 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
74 | 5311 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
75 | 5312 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
76 | 5313 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
77 | 5313 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
78 | 5314 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
79 | 5314 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
80 | 5314 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
81 | 5321 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
82 | 5321 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
83 | 5324 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
84 | 5324 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
85 | 5325 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
86 | 5325 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
87 | 5326 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
88 | 5327 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
89 | 5328 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
90 | 5328 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
91 | 5355 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
92 | 5355 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
93 | 5356 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
94 | 5357 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
95 | 5357 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
96 | 5359 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
97 | 5359 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
98 | 5361 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
99 | 5361 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
100 | 5362 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
101 | 5363 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
102 | 5363 C1 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
103 | 5364 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
104 | 5364 E1 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
105 | 5365 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
106 | 5366 B |
|
|
|
|
| X |
|
|
|
| X | |
107 | 5366 C2 |
|
|
|
|
| X |
|
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| X | |
108 | 5366 E1C1 |
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| X |
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| X | |
109 | 5366 E1 C2 |
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| X |
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| X | |
110 | 5366 E1 C4 |
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| X |
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| X | |
111 | 5366 E1 C6 |
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| X |
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| X | |
112 | 5367 B |
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| X | |
113 | 5367 C1 |
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| X |
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| X | |
114 | 5369 C1 |
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115 | 5370 B |
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116 | 5370 C1 |
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117 | 5370 C2 |
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118 | 5374 B |
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119 | 5374 C1 |
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| X | |
120 | 5375 B |
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121 | 5375 C2 |
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122 | 5376 B |
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123 | 5376 C1 |
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124 | 5376 C2 |
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125 | 5376 C3 |
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126 | 5378 B |
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127 | 5380 C1 |
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128 | 5381 C1 |
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129 | 5381 C2 |
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130 | 5383 C1 |
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131 | 5384 C2 |
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132 | 5385 B |
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133 | 5386 C2 |
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134 | 5387 B |
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135 | 5388 C1 |
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136 | 5389 C2 |
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137 | 5389 C3 |
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| X | |
138 | 5390 B |
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| X | |
139 | 5390 C1 |
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| X | |
140 | 5390 C3 |
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| X |
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| X | |
141 | 5391 B |
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142 | 5392 C1 |
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143 | 5393 B |
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| X |
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144 | 5393 C1 |
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145 | 5394 B |
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| X |
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| X | |
146 | 5394 C1 |
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147 | 5395 B |
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148 | 5395 C1 |
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| X | |
149 | 5396 C1 |
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150 | 5397 B |
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151 | 5397 C1 |
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152 | 5405 B |
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153 | 5405 C2 |
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154 | 5406 B |
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155 | 5406 C1 |
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156 | 5406 C2 |
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157 | 5407 B |
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158 | 5407 C1 |
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159 | 5407 C2 |
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160 | 5408 C1 |
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161 | 5409 C1 |
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| X | |
162 | 5411 B |
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| X |
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163 | 5411 C1 |
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164 | 5412 B |
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| X |
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165 | 5412 C1 |
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| X |
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| X | |
168 | 5415 B |
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169 | 5415 C1 |
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170 | 5415 C2 |
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| X | |
171 | 5415 C3 |
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| X |
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| X | |
172 | 5416 C3 |
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| X |
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| X | |
173 | 5417 B |
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174 | 5417 C1 |
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| X |
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| X | |
175 | 5417 C2 |
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| X | |
176 | 5417 C3 |
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| X |
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| X | |
177 | 5418 B |
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| X | |
178 | 5418 C2 |
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| X |
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| X | |
179 | 5439 B |
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| X |
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| X | |
180 | 5439 C1 |
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| X |
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| X | |
181 | 5441 B |
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| X |
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| X | |
182 | 5441 C1 |
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| X | |
183 | 5442 B |
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| X |
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| X | |
184 | 5442 C1 |
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| X |
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| X | |
V. La coalición “Por el Bien de Todos” en su escrito de demanda refiere que impugna la totalidad de las casillas referidas en el cuadro que antecede, alegando que se actualizan las causales de nulidad de la votación prevista en el artículo 75, párrafo 1, inciso f) y k), de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral, sin embargo, respecto de las casillas 5359 C2, 5370 B, 5374 B, 5375 B, 5375 C2, 5376 B, 5376 C1, 5387 B, 5389 C2, 5390 B, 5390 C3, 5392 C1, 5394 B, 5395 C1, 5396 C1, 5407 C2, 5409 C1 y 5415 C3 resulta inoperante la causal de nulidad solicitada.
De conformidad con el artículo 9, párrafo 1 inciso e) de la ley de medios citada, en los respectivos medios de impugnación deben mencionarse, de manera expresa y clara, los hechos en los que se basa, así como los agravios que causa el acto o resolución impugnada y los preceptos presuntamente violados.
Tratándose de las impugnaciones de los resultados consignados en las actas de cómputo distrital, en la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 52, apartado 1, inciso c) de la referida ley de medios prevé, como requisito especial de la demanda, la obligación para el impugnante de mencionar, individualizadamente, las casillas cuya nulidad solicita y la causa de tal pretensión en cada una de ellas, así como los hechos que lo motivan, exigencia contemplada para cuando se solicita la nulidad de la votación recibida en casillas.
Por tanto, para la satisfacción de esa obligación, no basta con limitarse a enlistar los números de las casillas y la causal por la que se impugna, ya que la exigencia de mérito también tiene por objeto que la autoridad responsable y los terceros interesados puedan exponer y probar lo que estimen pertinente respecto de los hechos concretos que constituyen la causa de pedir y son objeto de controversia.
Por lo que, la omisión de proporcionar los apuntados elementos, impide establecer la materia probatoria y, en consecuencia, la oportuna decisión del juzgador acerca de cuáles medios de convicción guardan relación con la litis planteada.
En la especie, la actora en su escrito de demanda, primero hace una relación de las casillas que dice impugnar, en donde textualmente sólo se limita a referir, el número de sección, tipo de casilla, entidad federativa de que se trata y el artículo 75, inciso f) y k), como causa de nulidad, en forma posterior, en el apartado de hechos, en particular en el punto referido como “VI”, formula otra relación, en donde individualiza en cada número de casilla que refiere, las irregularidades que dice sucedieron y el por qué las controvierte, omitiendo hacer referencia alguna en relación con las casillas antes referidas.
Por lo anterior, esta Sala Superior considera que ante la vaguedad y generalidad de sus afirmaciones, sin relacionarlas con la individualización que posteriormente realiza la actora en su libelo de demanda, no permite identificar cuáles son los hechos o agravios que constituye la causa de pedir, como tampoco las circunstancias de modo tiempo y lugar correspondientes, por lo que, como se anticipo hace inoperante el planteamiento esgrimido.
Igualmente, es inoperante el agravio esgrimido respecto de la casilla 5208 C1, en virtud de que la misma no pertenece al distrito 26 con cabecera en Toluca, Estado de México, como lo hace constar expresamente la autoridad responsable al rendir su informe circunstanciado, el cual obra a foja 53 del cuaderno principal del expediente en que se actúa, documento público, con valor probatorio pleno, en términos de los artículos 14 párrafo 1, inciso b) y 16 párrafo 2, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia electoral, lo que en consecuencia hace evidente que se encuentra fuera de la litis planteada.
VI. Respecto de las casillas impugnadas, se alega que se actualizan las causales de nulidad de la votación prevista en el artículo 75, párrafo 1, inciso f) y k), de la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Es importante precisar que esta Sala Superior se avocará sólo al estudio de las irregularidades plantadas por la accionante a la luz de la causal contemplada en el inciso f) de la supracitada disposición, al estimar que es, en todo caso, en dicho supuesto normativo en el que podrían encuadrar.
Para tal efecto, la enjuiciante sustancialmente refiere lo siguiente:
5175 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en Av. Heroico Colegio Militar Norte Col. Los Ángeles 50020, Esc. Preparatoria No. 3 Plantel Cuauhtemoc, frente a la maquinita se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden tas siguientes inconsistencia: de un total de 359 boletas, ciudadanos que votaron únicamente se depositaron en las urnas 357.
5175 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada un Av. Heroico Colegio Militar Norte Col. Los Ángeles 50020, Esc. Preparatoria No. 3 Plantel Cuauhtemoc, frente a la maquinita se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencia: existe un mayor número del total de boletas contabilizadas que del número de boletas entregadas.
5175 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en Av. Heroico Colegio Militar Norte Col. Los Ángeles 50020, Esc. Preparatoria No. 3 Plantel Cuauhtemoc, frente a la maquinita se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencia: de un total de 545 boletas entregas únicamente se contabilizaron al final de la jornada 544.
5176 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Obreros de Río Blanco 203 Norte, Col. Club Jardín, C.P. 50010, Esc. Primaria Filiberto Gómez, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 686 al final de la jornada fueron registradas un total de 685, asimismo de los 494 ciudadanos que votaron, únicamente se encontraron depositadas en urnas 473.
5176 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Obreros de Río Blanco 203 Norte, Col. Club Jardín, C.P. 50010, Esc. Primaria Filiberto Gómez, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 504 ciudadanos incluidos en lista nominal que votaron, se encontraron depositados en urnas 513 sufragios
5176 Contigua 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Obreros de Río Blanco 203 Norte, Col. Club Jardín, C.P. 50010, Esc. Primaria Filiberto Gómez, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencia: de un total de 503 ciudadanos incluidos en lista nominal que votaron, se encontraron depositados en urnas 511 sufragios.
5177 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Río Berdiguel 50, Col. Tlacopa, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 434 ciudadanos incluidos en lista nominal que votaron, se encontraron depositados en urnas 439 sufragios.
5177 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Rió Berdiguel 50, Col. Tlacopa, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 647 boletas recibidas al fin de la jornada se contabilizaron 651, asimismo, de un total de 441 ciudadanos incluidos en lista nominal que votaron, se encontraron depositados en urnas 438 sufragios.
5178 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Tomas Alba Edison 204, Col. Científicos, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 666 boletas recibidas, al fin de la jornada se contabilizaron 665, sobrando como consta en el acta 3 boletas.
5178 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Tomas Alba Edison 204, Col. Científicos, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 666 boletas recibidas, al fin de la jornada se contabilizaron 665, sobrando como consta en el acta 4 boletas.
5179 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Ejercito Trigarante 320 Norte, Col. Independencia, C.P 50070, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 434 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 430 boletas depositadas en la urna.
5179 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Ejercito Trigarante 320 Norte, Col. Independencia, C.P. 50070, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 437 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 442 boletas depositadas en la urna.
5179 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Ejercito Trigarante 320 Norte, Col. Independencia, C.P. 50070, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 445 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 442 boletas depositadas en la urna.
5180 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. De los Maestros 336, Col. Doctores, C.P. 50070, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 414 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 415 boletas depositadas en la urna.
5180 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. De los Maestros 336, Col. Doctores, C.P. 50070, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 402 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 404 boletas depositadas en la urna.
5180 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. De los Maestros 336, Col. Doctores, C.P. 50070, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 429 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 426 boletas depositadas en la urna.
5198 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Josefa Ortiz de Domínguez Norte 306, Col. Barrio de Santa Clara, C.P. 50090, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 425 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 427 boletas depositadas en la urna.
5200 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Boulevard Isidro Fabela 601 norte, Col. Doctores, C.P. 50060, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 403 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 404 boletas depositadas en la urna.
5200 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Boulevard Isidro Fabela 601 norte, Col. Doctores, C.P. 50060, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 420 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 419 boletas depositadas en la urna, asimismo, de las 580 boletas entregadas al final de la jornada había 579.
5202 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Alberto García s/n, Col. Reforma, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: el total de boletas depositadas en la urna, no coincide con los resultados de la votación, ni asimismo, con el número de boletas recibidas en la jornada electoral.
5203 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Ruta de la Independencia 527, Col. Independencia, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 441 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 436 boletas depositadas en la urna.
5205 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Boulevard Isidro Fabela 211 norte, Col. Reforma y Ferrocarriles Nals., se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 367 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 361 boletas depositadas en la urna.
5205 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Boulevard Isidro Fabela 211 porte, Col. Reforma y Ferrocarriles Nals., se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 463 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 372 boletas depositadas en la urna, asimismo, no concuerda con las 522 boletas recibidas al inicio de la jornada.
5208 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Libertad entre Vicente Guerrero, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 395 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 393 boletas depositadas en la urna.
5248 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Sierra Blanca 100, Col. Fraccionamiento Valle Don Camilo, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 505 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 507 boletas depositadas en la urna.
5248 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Montes Urales, Col. Fraccionamiento Valle Don Camilo, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 503 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 505 boletas depositadas en la urna.
5248 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Montes Urales, Col. Fraccionamiento Valle Don Camilo, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 431 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 468 boletas depositada en la urna.
5267 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Insurgentes s/n, Col. San Cristóbal Huichochitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 397 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 586 boletas depositadas en la urna.
5268 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Tierra y Libertad s/n, Col. Barrio la Concepción, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: en esta acta se encontró asentado que el total de boletas recibidas en la elección coinciden inequívocamente con el total de boletas sobrantes, asimismo es ilógico que coincidan también con el total de ciudadanos que votaron toda vez que de los resultados de la votación se desprende que existen 395 sufragios.
5268 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Tierra y libertad s/n, Col. San Cristóbal Huichochitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: no se tiene marcado en el acta de escrutinio y cómputo el total de boletas depositadas en la urna.
5269 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle República del Salvador s/n, Col. Barrio San Salvador, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 368 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 370 boletas depositadas en la urna.
5269 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle República del Salvador s/n, Col. Barrio San Salvador, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 364 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 362 boletas depositadas en la urna.
5269 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle República del Salvador s/n, Col. Barrio San Salvador, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguiente (sic) el total de boletas sobrantes y total de ciudadanos que votaron no coincide con el total de boletas entregadas.
5269 CONTIGUA 3. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle República del Salvador s/n, Col. Barrio San Salvador, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguiente (sic) en esta acta se encontró asentado que el total de boletas recibidas en la elección coinciden inequívocamente con el total de boletas sobrantes, asimismo es ilógico que coincidan también con el total de ciudadanos que votaron toda vez que de los resultados de la votación se desprende que existen 663 sufragios
5269 CONTIGUA 4. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle República del Salvador s/n, Col. Barrio San Salvador, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguiente (sic) el total de boletas sobrantes y total de ciudadanos que votaron no coincide con el total de boletas entregadas.
5270 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle República del Salvador s/n, Col. Barrio San Salvador, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguiente (sic) el total de boletas sobrantes y total de ciudadanos que votaron no coincide con el total de boletas entregadas.
5270 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Guadalupe Victoria y 20 de Noviembre, Col. Barrio de la Trinidad San Cristóbal Huichachitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias no se encuentra registrado el número de boletas recibidas para la elección, así como tampoco el total de boletas sobrantes.
5271 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Francisco Villa 3, Col. La Magdalena San Cristóbal Huichochitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: en esta acta de escrutinio y cómputo no fueron marcados el total de ciudadanos que votaron, ni el total de boletas depositadas en urnas.
5272 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Ma. Jáuregui s/n, Col. Fraccionamiento Carlos Hank González, C.P. 50026, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 456 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 459 boletas depositadas en la urna.
5272 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Ma. Jáuregui s/n, Col. Fraccionamiento Carlos Hank González, C.P. 50026, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 442 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 440 boletas depositadas en la urna.
5278 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. Miguel Hidalgo 30 Norte. Col. San Lorenzo Tepatitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 622 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 431 boletas depositadas en la urna. Asimismo, de la suma de boletas sobrantes y del total de ciudadanos que votaron da un total de 820 boletas.
5278 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. Miguel Hidalgo 30 Norte, Col. San Lorenzo Tepatitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 412 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 414 boletas depositadas en la urna. Asimismo, de la suma de boletas sobrantes y del total de ciudadanos que votaron da un total de 624 boletas de las 629 que se entregaron.
5278 CONTIGUA 3. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. Miguel Hidalgo 30 Norte, Col. San Lorenzo Tepatitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 406 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 405 boletas depositadas en la urna que no fueron anotadas.
5279 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Alberto Einstein mz. A It. 15 variable B, Col. Cruz Comalco, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 368 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 370 boletas depositadas en la urna.
5280 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Prevista 102, Col. Unidad la Floresta, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 486 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 488 boletas depositadas en la urna.
5284 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Fraccionamiento las Flores y Gardenias, Col. Gardenias C.P. 50010, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 392 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 394 boletas depositadas en la urna.
5284 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Fraccionamiento las Flores y Gardenias, Col. Gardenias C.P. 50010, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total do 353 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 352 boletas depositadas en la urna.
5290 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle 5 de Mayo s/n Oriente, Col. San Lorenzo Tepatitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 440 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 443 boletas depositadas en la urna.
5291 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Morelia 22 Oriente, Col. San Lorenzo Tepatitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 449 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 443 boletas depositadas en la urna.
5291 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Morelia 22 Oriente, Col. San Lorenzo Tepatitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 444 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 441 boletas depositadas en la urna.
5292 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Vicente Lombardo Toledano s/n, Col. Barrio de la Crespa Primavera, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 493 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 490 boletas depositadas en la urna.
5292 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Vicente Lombardo Toledano s/n, Col. Barrio de la Crespa Primavera, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 496 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 494 boletas depositadas en la urna.
5292 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Vicente Lombardo Toledano s/n, Col. Barrio de la Crespa Primavera, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 521 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 520 boletas depositadas en la urna.
5293 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Andador Caminos del Árbol y Huertos s/n, Col. Jardines de la Crespa, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: no concuerdan las boletas sobrantes con las boletas de los ciudadanos que volaron con las de el total de boletas recibidas para la elección.
5294 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Caminos de las (sic) Pradera s/n, Col. Jardines de la Crespa, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 000 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 417 boletas depositadas en la urna.
5294 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Caminos de las Pradera (sic) s/n, Col. Jardines de la Crespa, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 404 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 397 boletas depositadas en la urna.
5295 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. Cuauhtemoc s/n, Col. Santa María Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 462 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 458 boletas depositadas en la urna.
5296 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Miguel Hidalgo 61, El Carmen Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 448 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 449 boletas depositadas en la urna.
5296 CONTIGUA 3. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Miguel Hidalgo 61, El Carmen Totoltepec, se llevó a cato al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 000 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 481 boletas depositadas en la urna.
5296 CONTIGUA 5. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Miguel Hidalgo 61, el Carmen Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 465 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 461 boletas depositadas en la urna.
5296 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Miguel Hidalgo 61, el carmen totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 447 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 449 boletas depositadas en la urna.
5298 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Ma. Pino Suárez 84 a, Santa María Zozoquipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 386 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 378 boletas depositadas en la urna.
5298 CONTIGUA 4. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Ma. Pino Suárez 844, Santa María Zozoquipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 391 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 395 boletas depositadas en la urna.
5298 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Ma. Pino Suárez 84 a, Santa María Zozoquipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 397 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 398 boletas depositadas en la urna.
5298 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Ma. Pino Suárez 84 a, Santa María Zozoquipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 418 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 415 boletas depositadas en la urna.
5299 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle paseo Vicente Lombardo Toledano 219 B, Fraccionamiento Universidad San Lorenzo Tepaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 319 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 317 boletas depositadas en la urna.
5300 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Diagonal Independencia 12, Barrio Ojo de Agua, San Lorenzo Tepaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total ele 504 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 484 boletas depositadas en la urna.
5308 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Isabela (sic) Católica Sur 201, Barrio de San Sebastián, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 461 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 471 boletas depositadas en la urna.
5308 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Isabela (sic) Católica Sur 201, Barrio de San Sebastián, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 461 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 464 boletas depositadas en la urna.
5309 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en la calle Privada General Vicente Villada s/n, Santana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 491 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 490 boletas depositadas en la urna.
5309 CONTIGUA 3. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Privada General Vicente Villada s/n, Santana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 497 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 488 boletas depositadas en la urna.
5310 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Privada General Vicente Villada 20, Santana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 412 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 410 boletas depositadas en la urna.
5310 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Privada General Vicente Villada 20, Santana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 430 ciudadanos que votaron, el fin de la jornada se contabilizaron 432 boletas depositadas en la urna.
5311 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Pino Suárez 10, Santana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia de un total de 424 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 413 boletas depositadas en la urna.
5312 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Andador Azul 20 Col. Izcalli, se llevó a cabo al término do la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 480 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 479 boletas depositadas en la urna.
5313 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Melera y Piña 718 Col. San Sebastián, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 362 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 361 boletas depositadas en la urna.
5313 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Melera y Piña 718 Col. San Sebastián, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de la casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 377 ciudadanos que votaron, al fin de la jornadas se contabilizaron 378 boletas depositadas en la urna.
5314 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Isabela Católica sur 700 Col. San Sebastián, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de las que se desprenden la siguiente inconsistencia: de un total de 467 ciudadanos que votaron, a fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5314 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Isabel La Católica número 700 San Sebastián, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 441 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 447 boletas depositadas en la urna.
5314 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Isabel La Católica sur 700 Col. San Sebastián, se llevó a cabo al de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 456 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 453 boletas depositadas en la urna.
5321 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Melchor Muzquiz Esc. Prim. Margarita, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de total de 749 boletas recibidas, boletas sobrantes 229
5321 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Melchor Muzquiz s/n Esc. Prim. Margarita, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de total de 759 boletas recibidas, boletas sobrantes 213
5324 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. Independencia 79 Col. Santa Ana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 429 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5324 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. Independencia 79 Col. Santa Ana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 422 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5325 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Ma. Morelos 101, Santa Ana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: total boletas sobrantes 248, recibidas 720.
5325 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Ma. Morelos 101, Santa Ana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 470 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5326 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Vicente Guerrero 13 a. Santa Ana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: total boletas sobrantes 228, recibidas 664.
5327 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle 16 de septiembre, Santa Ana Tlapaltitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 454 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 453 boletas depositadas en la urna.
5328 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Presa Cubano 42. Jardín de Niños Lic. Isidro Fabela, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 323 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 332 boletas depositadas en la urna.
5328 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Presa Cubano 42. Jardín de Niños Lic. Isidro Fabela, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de boletas recibidas 454, sobrantes 126
5355 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Tierra y Libertad. Secundaria Cuauhtémoc, se llevó a cato al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de boletas recibidas 665, sobrantes 285.
5355 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Tierra y Libertad. Secundaria Cuauhtémoc, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de boletas recibidas 676, sobrantes 281.
5356 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Hombres Ilustres s/n Tlachaloya 1a. sección, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 450 ciudadanos que votaron, el fin de la jornada se contabilizaron 449 boletas depositadas en la urna.
5357 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso, en la casilla ubicada en calle Josefa Ortiz de Domínguez, San José la Costa, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 292 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 291 boletas depositadas en la urna.
5357 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Josefa Ortiz de Domínguez, San José la Costa, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 294 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 293 boletas depositadas en la urna.
5359 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Ma. Morelos y Pavón s/n, San Cayetano, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 428 ciudadanos que votaron, el fin de la jornada se contabilizaron 431 boletas depositadas en la urna.
5361 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Nicolás Bravo s/n, Barrio Bordo Nuevo, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 354 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 363 boletas depositadas en la urna.
5361 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Nicolás bravo s/n, Barrio Bordo Nuevo, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 642 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 396 boletas depositadas en la urna.
5362 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Guadalupe Victoria S/n San Diego Linares, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: no señala cantidad alguna de boletas recibidas, sobrantes, total ciudadanos que votaron y total de boletas en urnas.
5363 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Pino Suárez S/n Guadalupe Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: no señala cantidad alguna de boletas sobrantes, total ciudadanos que votaron y total de boletas en urnas.
5363 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Pino Suárez S/n Guadalupe Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: no señala cantidad alguna de boletas sobrantes, total ciudadanos que votaron y total de boletas en urnas.
5364 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Reforma 1, San Nicolás Tolentino, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 423 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 410 boletas depositadas en la urna.
5364 EXT. CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Reforma 1, San Nicolás Tolentino, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 433 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 439 boletas depositadas en la urna.
5365 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Paseo de la Reforma s/n, San Nicolás Tolentino, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 400 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 381 boletas depositadas en la urna.
5366 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Toluca S/N, San Diego de los Padres, Cuexcontitlan se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: no señala cantidad alguna de boletas recibidas, sobrantes, total ciudadanos que votaron y total de boletas en urnas.
5366 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle San Diego de los Padres, Cuexcontitlan se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 705 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 420 boletas depositadas en la urna.
5366 EXT. 1, CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. De las Haciendas s/n, Esq. Hacienda Molino de las Flores, Fraccionamiento las Sauces IV, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 493 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 490 boletas depositadas en la urna.
5366 EXT 1, CONTIGUA 4. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. De las Haciendas s/n, Esq. Hacienda Molino de las Flores, Fraccionamiento las Sauces IV, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 509 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 505 boletas depositadas en la urna.
5366 EXT. 1, CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. De las Haciendas s/n, Esq. Hacienda Molino de las Flores, Fraccionamiento las Sauces IV, San Mateo Otzacatipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 516 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 502 boletas depositadas en la urna.
5366 EXT. 1, CONTIGUA 6. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. De las Haciendas s/n, Esq. Hacienda Molino de las Flores, Fraccionamiento las Sauces IV, San Mateo Otzacatipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 688 boletas entregadas al inicio de la jornada, al fin de ésta se contabilizaron 687 boletas, existiendo un faltante de una boleta.
5367 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. Tlalnepantla sección 5-A, San Diego de los Padres, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 291 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 293 boletas depositadas en la urna.
5367 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Tlalnepantla, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 640 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 416 boletas depositadas en la urna.
5369 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Toluca s/n, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 424 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 410 boletas depositadas en la urna.
5370 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Río Tergalpa s/n, San Remigio Xicaltepec, Autopan llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 000 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5370 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Río Tejalpa s/n Esq. San Remigio, Jicaltepec, Autopan San Pablo, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 317 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5374 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Constituyentes s/n Barrio de Jesús, Segunda Sección, San pablo Autopan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 482 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 484 boletas depositadas en la urna.
5376 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Independencia 116, Oriente, Barrio Santa Maria, San Pablo Autopan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 415 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5376 CONTIGUA 3. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Independencia 116, Oriente, Barrio Santa María, San Pablo Autopan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 421 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 424 boletas depositadas en la urna.
5378 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Plutarco González s/n Barrio de Pueblo Nuevo, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 459 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 460 boletas depositadas en la urna.
5380 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Ignacio López Rayón, Delegación de San Pablo Autopan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 374 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5381 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Lerdo de Tejada s/n, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 407 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 397 boletas depositadas en la urna.
5381 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Sebastián Lerdo de Tejada s/n, Barrio de Jesús Primera Sección San Pablo Autopan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 419 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5383 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Trece de Septiembre número 206, Barrio de Santa Cruz, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 329 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 325 boletas depositadas en la urna.
5384 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Humbolt 7, Barrio de Pueblo nuevo, s/n Pablo Autopan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 473 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5385 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Sin domicilio especificado en el acta respectiva, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 440 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 252 boletas depositadas en la urna.
5386 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle San Andrés Cucy Contitlan Miguel Hidalgo, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 276 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 306 boletas depositadas en la urna.
5388 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Miguel Hidalgo y Costilla, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 000 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5389 CONTIGUA 3. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Kiosco San Andrés, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 383 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5390 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Ignacio López Rayón número 100, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 399 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 400 boletas depositadas en la urna.
5391 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Juan Escutia s/n, la Constitución Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 470 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 475 boletas depositadas en la urna.
5393 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Emiliano Zapata 4, Colonia Arroyo Vista Hermosa, San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 464 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 441 boletas depositadas en la urna.
5393 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Arroyo Vista Hermosa, Emiliano Zapata s/n, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 445 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 456 boletas depositadas en la urna.
5394 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Francisco I. Madero, s/n, Santa Cruz Otzacatipan se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 436 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5395 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Calz. Revolución S/N, Barrio de la Concepción, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 246 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 238 boletas depositadas en la urna.
5397 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Lerma s/n Esquina Ecatepec, sección 5-B, Ejido de San Diego de los Padres, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 432 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 440 boletas depositadas en la urna.
5397 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Lerma Esquina con Sultepec, San Diego de los Padres Cuexcontitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 10 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 435 boletas depositadas en la urna.
5405 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Martínez de los Reyes s/n, San Mateo Oriente, Esq. José María Morelos y Pavón, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 458 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 457 boletas depositadas en la urna.
5405 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle José Martínez de los Reyes, s/n San Mateo Otzacatipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 269 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 459 boletas depositadas en la urna.
5406 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Emiliano Zapata s/n, San Mateo Otzacatipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 383 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 385 boletas depositadas en la urna.
5406 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle el Kiosko, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 640 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 381 boletas depositadas en la urna.
5406 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Emiliano Zapata s/n, San Mateo Otzacatipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 000 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5407 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Independencia número 12, San Mateo Otzacatipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 000 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5407 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Independencia número 12, San Mateo Otzacatipan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 404 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 402 boletas depositadas en la urna.
5408 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Allende número 9, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 342 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 335 boletas depositadas en la urna.
5409 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Benito Juárez número 10, Barrio de Canaleja, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 385 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 382 boletas depositadas en la urna.
5411 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Felipe Chávez número 28, Cerrillo Vista Hermosa, San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 453 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 456 boletas depositadas en la urna.
5411 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Felipe Chávez 28, Cerrillo Vista Hermosa, San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 418 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 417 boletas depositadas en la urna.
5412 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. Felipe Chávez número 17, Cerrillo Vista Hermosa, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 000 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 416 boletas depositadas en la urna.
5412 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. Felipe Chávez número 17, Cerrillo Vista Hermosa, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 434 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 433 boletas depositadas en la urna.
5414 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Agustín Millán Oriente número 39, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias de un total de 393 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 397 boletas depositadas en la urna.
5414 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Agustín Millán Oriente número 39, San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 388 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 389 boletas depositadas en la urna.
5415 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Miguel Hidalgo número 1, San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 393 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 402 boletas depositadas en la urna.
5415 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Hidalgo 1 San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 393 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 395 boletas depositadas en la urna.
5415 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Miguel Hidalgo número 1 San pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 363 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 371 boletas depositadas en la urna.
5416 CONTIGUA 3. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Agustín Millán, s/n San Pedro Totoctepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 226 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 668 boletas depositadas en la urna, así mismo no coincide con el número de entregadas al inicio de la Jornada electoral, ni con el número de boletas sobrantes.
5417 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Av. Felipe Chávez número 8, San pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 462 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 446 boletas depositadas en la urna.
5417 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Felipe Chávez número 8, San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 409 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 418 boletas depositadas en la urna.
5417 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Felipe Chávez número 8, San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 446 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 442 boletas depositadas en la urna.
5417 CONTIGUA 3. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Felipe Chávez número 8, San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 447 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 448 boletas depositadas en la urna.
5418 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Felipe Chávez número 4, San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 363 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 000 boletas depositadas en la urna.
5418 CONTIGUA 2. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Felipe Chávez número 4, San Pedro Totoltepec, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 371 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 375 boletas depositadas en la urna.
5439 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Emiliano Zapata número 300, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 351 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 358 boletas depositadas en la urna.
5439 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Emiliano Zapata número 300, Ejido de la Crespa, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 356 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 366 boletas depositadas en la urna.
5441 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Xinantecatl número 12, sección 7, Barrio de la Y, San Andrés Cuexcontitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 373 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 371 boletas depositadas en la urna.
5441 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Xinantecatl número 12, sección 7 Barrio de la Y, San Andrés Cuexcontitlan, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 396 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 405 boletas depositadas en la urna.
5442 BÁSICA. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Xinantecatl s/n sección 7 Barrio de la Y San Andrés, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 366 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 367 boletas depositadas en la urna.
5442 CONTIGUA 1. El día 2 de Julio del año en curso en la casilla ubicada en calle Xinantecatl s/n sección 7 Barrio de la Y San Andrés, se llevó a cabo al término de la jornada electoral el acta de escrutinio y cómputo de dicha casilla de la que se desprenden las siguientes inconsistencias: de un total de 682 ciudadanos que votaron, al fin de la jornada se contabilizaron 407 boletas depositadas en la urna.
Una vez expuestos los argumentos hechos valer por la inconforme, cabe destacar que este órgano jurisdiccional ha considerado que por cuanto hace la falta de correspondencia aritmética o inconsistencia entre las cifras, o la existencia de espacios en “blanco” en las actas por no haberse anotado en ellos dato alguno, no siempre podrán considerarse estrictamente como un error para los efectos de la causal de nulidad que aquí se analiza, ni tampoco podrá considerarse que tal inconsistencia sea necesariamente una irregularidad imputable a los funcionarios de la mesa directiva de casilla.
En efecto, en ocasiones, puede ocurrir que aparezca una diferencia entre las boletas recibidas, por una parte, y la suma de los votos encontrados en las urnas y las boletas sobrantes, o bien, entre el número de ciudadanos que votaron, la cantidad de votos encontrados en las urnas y la cifra correspondiente de la votación emitida, cuya explicación puede obedecer, por ejemplo, a que algunos electores hayan destruido las boletas que se les entregaron o que se las haya llevado sin depositarlas en las urnas, independientemente de que tales conductas pudieran tipificar algún delito de conformidad con la legislación aplicable. Asimismo, en otros supuestos, puede ocurrir que los funcionarios de la mesa directiva de casilla no hayan incluido, entre los electores que votaron conforme a la lista nominal, a algún ciudadano por descuido, o bien, a los representantes de los partidos políticos y coaliciones acreditados ante la respectiva casilla que también hayan votado, ni aquellos ciudadanos que, en su caso, votaron por contar con resolución favorable para tal efecto de este Tribunal Electoral, y que de haber ocurrido así, obviamente aparece que hubo un mayor número de boletas encontradas en la urna y de votos emitidos y depositados en la urna que el de aquel total de electores inscritos en la lista nominal que votaron.
Cabe mencionar, que si se advierte la existencia de datos en blanco, en el llenado de las actas correspondientes, en aras de privilegiar la recepción de la votación emitida y la conservación de los actos válidamente celebrados, esta Sala Superior podrá obtenerlos del contenido de las constancias que obran en el expediente, así como de diligencias para mejor proveer, siempre que los plazos electorales lo permitan, para estar en condiciones de subsanar el dato faltante.
Lo anterior, se corrobora por lo dispuesto en la tesis de jurisprudencia 08/97, visible en las páginas 113 a la 116, de la compilación ya identificada, bajo el rubro: “ERROR EN LA COMPUTACIÓN DE LOS VOTOS. EL HECHO DE QUE DETERMINADOS RUBROS DEL ACTA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO APAREZCAN EN BLANCO O ILEGIBLES, O EL NÚMERO CONSIGNADO EN UN APARTADO NO COINCIDA CON OTROS DE SIMILAR NATURALEZA, NO ES CAUSA SUFICIENTE PARA ANULAR LA VOTACIÓN.”
Precisado lo anterior, se procede al estudio particularizado de cada una de las casillas en que se invoca la causal de nulidad apuntada, para ello, habrá de considerarse las actas de jornada electoral, actas de escrutinio y cómputo, hojas de incidentes, listados nominales de electores, relación de boletas a entregar a los presidentes de las mesas directivas de casillas, recibos de material electoral, documentales que merecen valor probatorio pleno, conforme lo señalan los artículos 14 y 16, párrafo 2, de la ley adjetiva electoral, en tanto constituyen documentos públicos.
De la información contenida en los referidos elementos probatorios, se desprende lo siguiente:
SUP-JIN-86/2006
Casilla | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
|
| A | B | C | |
Boletas recibidas | Boletas sobrantes | Ciudadanos que votaron conforme la lista nominal | Boletas extraídas de la urna | Votación emitida | Votación 1o. lugar | Votación 2o. lugar | Diferencia entre 1o y 2o lugar | Diferencia máxima entre 3, 4 y 5 | Determinante comparación entre A y B SI/NO | ||
1 | 5175 B | 544 | 185 | 359 | 357 | 357 | 193 | 84 | 109 | 2 | NO |
2 | 5175 C1 | 545 | 168 | 378 | 378 | 378 | 221 | 83 | 138 | 0 | NO |
3 | 5175 C2 | 545 | 194 | 350 | 350 | 351 | 177 | 83 | 94 | 1 | NO |
4 | 5176 B | 686 | 191 | 494 | 473 | 476 | 288 | 95 | 193 | 21 | NO |
5 | 5176 C1 | 686 | 181 | 504 | 513 | 513 | 280 | 119 | 161 | 9 | NO |
6 | 5176 C2 | 686 | 183 | 503 | 511 | 511 | 287 | 95 | 192 | 8 | NO |
7 | 5177 B | 646 | 202 | 444 | 439 | 439 | 234 | 110 | 124 | 5 | NO |
8 | 5177 C1 | 647 | 210 | 441 | 438 | 438 | 223 | 115 | 108 | 3 | NO |
9 | 5178B | 666 | 199 | 466 | 466 | 466 | 262 | 98 | 164 | 0 | NO |
10 | 5178 C1 | 666 | 187 | 478 | 474 | 479 | 271 | 104 | 167 | 5 | NO |
11 | 5179 B | 623 | 189 | 434 | 430 | 430 | 231 | 102 | 129 | 4 | NO |
12 | 5179 C1 | 624 | 187 | 437 | 442 | 442 | 249 | 107 | 142 | 5 | NO |
13 | 5179 C2 | 624 | 178 | 445 | 442 | 442 | 258 | 102 | 156 | 3 | NO |
14 | 5180 B | 576 | 162 | 414 | 415 | 415 | 202 | 96 | 106 | 1 | NO |
15 | 5180 C1 | 576 | 174 | 402 | 404 | 404 | 215 | 93 | 122 | 2 | NO |
16 | 5180 C2 | 577 | 148 | 429 | 426 | 426 | 242 | 85 | 157 | 3 | NO |
17 | 5198 B | 612 | 185 | 425 | 427 | 427 | 244 | 84 | 160 | 2 | NO |
18 | 5200 B | 578 | 175 | 403 | 404 | 404 | 206 | 91 | 115 | 1 | NO |
19 | 5200 C1 | 580 | 159 | 420 | 419 | 419 | 216 | 91 | 125 | 1 | NO |
20 | 5202 B | 703 | 175 | EN BLANCO (526) | 526 | 522 | 316 | 94 | 222 | 4 | NO |
21 | 5203 C2 | 606 | 165 | 441 | 438 | 436 | 262 | 94 | 168 | 5 | NO |
22 | 5205 B | 522 | 155 | 367 | 361 | 361 | 224 | 65 | 159 | 6 | NO |
23 | 5205 C1 | 522 | 156 | 363 | 372 | 372 | 223 | 69 | 154 | 9 | NO |
24 | 5248 B | 681 | 176 | 505 | 507 | 507 | 333 | 97 | 236 | 2 | NO |
25 | 5248 C1 | 681 | 177 | 503 | 505 | 505 | 331 | 89 | 242 | 2 | NO |
26 | 5248 C2 | 682 | 211 | 471 | 468 | 468 | 292 | 90 | 202 | 3 | NO |
27 | 5267 B | 718 | 328 | 397 | 386 | 397 | 147 | 126 | 21 | 11 | NO |
28 | 5268 B | 676 | 676 | 676 (395) | EN BLANCO | 395 | 163 | 138 | 25 | 0 | NO |
29 | 5268 C2 | 676 | 296 | 380 | EN BLANCO | 370 | 145 | 127 | 18 | 10 | N O |
30 | 5269 B | 662 | 292 | 368 | 370 | 372 | 141 | 123 | 18 | 4 | NO |
31 | 5269 C1 | 660 | 296 | 364 | 362 | 361 | 144 | 137 | 7 | 3 | NO |
32 | 5269 C2 | 662 | 297 | 352 | EN BLANCO | 366 | 133 | 126 | 7 | 14 | SI |
33 | 5269 C3 |
663 | 663 | 663 (385) | 663 | 398 | 159 | 143 | 16 | 13 | NO |
34 | 5269 C4 | 663 | 271 | 383 | 383 | 384 | 144 | 137 | 7 | 1 | NO |
35 | 5270 B | 738 | 295 | 445 | 445 | 444 | 157 | 156 | 1 | 1 | SI |
36 | 5270 C1 | EN BLANCO (739) | EN BLANCO | 448 | 435 | 448 | 182 | 157 | 25 | 13 | NO |
37 | 5271 C1 | 734 | 296 | EN BLANCO (449) | EN BLANCO | 449 | 194 | 120 | 74 | 0 | NO |
38 | 5272 B | 627 | 168 | 456 | 459 | 459 | 238 | 100 | 138 | 3 | NO |
39 | 5272 C2 | 627 | 185 | 442 | 440 | 440 | 225 | 117 | 108 | 2 | NO |
40 | 5278 B | 629 | 198 | 622 (431) | 431 | 431 | 209 | 121 | 88 | 0 | NO |
41 | 5278 C1 | 629 | 212 | 412 | 414 | 414 | 189 | 113 | 76 | 2 | NO |
42 | 5278 C3 | 630 | 224 | 406 | EN BLANCO | 407 | 190 | 109 | 81 | 1 | NO |
43 | 5279 C1 | 592 | 222 | 368 | 370 | 370 | 182 | 88 | 94 | 2 | NO |
44 | 5280 C1 | 723 | 235 | 486 | 488 | 488 | 291 | 102 | 189 | 2 | NO |
45 | 5284 B | 514 | 122 | 392 | 394 | 394 | 232 | 86 | 146 | 2 | NO |
46 | 5284 C1 | 513 | 160 | 353 | 352 | 352 | 204 | 68 | 136 | 1 | NO |
47 | 5290 B | 626 | 183 | 440 | 443 | 439 | 243 | 85 | 158 | 4 | NO |
48 | 5291 B | 673 | 224 | 449 | 443 | 450 | 225 | 109 | 116 | 7 | NO |
49 | 5291 C1 | 674 | 229 | 444 | 441 | 434 | 224 | 110 | 114 | 10 | NO |
50 | 5292 B | 740 | 246 | 493 | 490 | 494 | 261 | 138 | 123 | 4 | NO |
51 | 5292 C1 | 740 | 244 | 496 | 494 | 494 | 260 | 126 | 134 | 2 | NO |
52 | 5292 C2 | 741 | 220 | 521 | 520 | 520 | 277 | 132 | 145 | 1 | NO |
53 | 5293 B | 684 | 218 | 467 | 467 | 467 | 253 | 95 | 158 | 0 | NO |
54 | 5294 C1 | 751 (625) | 206 | 0 (417) | 417 | 422 | 220 | 96 | 124 | 5 | NO |
55 | 5294 C2 | 634 | 220 | 404 | 397 | 400 | 200 | 86 | 114 | 7 | NO |
56 | 5295 C2 | 728 | 266 | 462 | 458 | 457 | 230 | 102 | 128 | 5 | NO |
57 | 5296 B | 694 | 246 | 448 | 449 | 448 | 257 | 98 | 159 | 1 | NO |
58 | 5296 C1 | 694 | 246 | 447 | 449 | 449 | 267 | 95 | 172 | 2 | NO |
59 | 5296 C3 | 694 | 212 | EN BLANCO (481) | 481 | 481 | 281 | 91 | 190 | 0 | NO |
60 | 5296 C5 | 695 | 229 | 465 | 461 | 467 | 256 | 102 | 154 | 6 | NO |
61 | 5298 B | 667 | 266 | 397 | 398 | 398 | 179 | 100 | 79 | 1 | NO |
62 | 5298 C1 | 667 | 249 | 418 | 415 | 415 | 203 | 102 | 101 | 3 | NO |
63 | 5298 C2 | 666 | 281 | 386 | 378 | 382 | 197 | 78 | 119 | 8 | NO |
64 | 5298 C4 | 667 | 275 | 391 | 395 | 395 | 166 | 97 | 69 | 4 | NO |
65 | 5299 C1 | 420 | 100 | 319 | 317 | 319 | 171 | 81 | 90 | 2 | NO |
66 | 5300 C1 | 696 | 193 | 504 | 484 | 498 | 258 | 108 | 150 | 20 | NO |
67 | 5308 B | 678 | 214 | 461 | 471 | 471 | 257 | 88 | 169 | 10 | NO |
68 | 5308 C1 | 679 | 218 | 461 | 464 | 464 | 272 | 86 | 186 | 3 | NO |
69 | 5309 B | 724 | 233 | 491 | 490 | 493 | 241 | 109 | 132 | 3 | NO |
70 | 5309 C3 | 725 | 228 | 497 | 488 | 499 | 275 | 105 | 170 | 11 | NO |
71 | 5310 B | 626 | 212 | 412 | 410 | 412 | 208 | 98 | 110 | 2 | NO |
72 | 5310 C2 | 626 | 197 | 430 | 432 | 432 | 216 | 93 | 123 | 2 | NO |
73 | 5311 B | 652 | 228 | 424 | 413 | 424 | 177 | 117 | 60 | 11 | NO |
74 | 5312 C1 | 624 | 144 | 480 | 479 | 479 | 262 | 104 | 158 | 1 | NO |
75 | 5313 C1 | 527 | 165 | 362 | 361 | 361 | 207 | 67 | 140 | 1 | NO |
76 | 5313 C2 | 527 | 150 | 377 | 378 | 378 | 231 | 69 | 162 | 1 | NO |
77 | 5314 B | 645 | 178 | 467 | EN BLANCO | 464 | 285 | 80 | 205 | 3 | NO |
78 | 5314 C1 | 640 | 210 | 441 | 447 | 441 | 246 | 88 | 158 | 6 | NO |
79 | 5314 C2 | 645 | 195 | 456 | 453 | 453 | 286 | 83 | 203 | 3 | NO |
80 | 5321 B | 749 | 229 | 528 | 528 | 528 | 278 | 133 | 145 | 0 | NO |
81 | 5321 C1 | 759 | 213 | 535 | 535 | 535 | 277 | 125 | 152 | 0 | NO |
82 | 5324 B | 629 | 200 | 429 | EN BLANCO | 426 | 191 | 124 | 67 | 3 | NO |
83 | 5324 C2 | 630 | 209 | 422 | EN BLANCO | 423 | 200 | 113 | 87 | 1 | NO |
84 | 5325 B | 720 | 248 | 471 | 471 | 471 | 223 | 115 | 108 | 0 | NO |
85 | 5325 C1 | 720 | 251 | 470 | EN BLANCO | 470 | 265 | 104 | 161 | 0 | NO |
86 | 5326 B | 664 | 228 | 435 | 435 | 435 | 244 | 89 | 155 | 0 | NO |
87 | 5327 B | 679 | 226 | 454 | 453 | 453 | 226 | 118 | 108 | 1 | NO |
88 | 5328 B | 453 | 130 | 323 | 332 | 323 | 181 | 67 | 114 | 9 | NO |
89 | 5328 C1 | 454 | 126 | 326 | 326 | 326 | 179 | 69 | 110 | 0 | NO |
90 | 5355 B | 675 | 285 | 388 | 388 | 388 | 183 | 87 | 96 | 0 | NO |
91 | 5355 C1 | 676 | 281 | 399 | 399 | 399 | 206 | 89 | 117 | 0 | NO |
92 | 5356 C1 | 668 | 219 | 450 | 449 | 449 | 213 | 146 | 67 | 1 | NO |
93 | 5357 B | 417 | 126 | 292 | 291 | 291 | 196 | 63 | 133 | 1 | NO |
94 | 5357 C1 | 417 | 122 | 294 | 293 | 293 | 195 | 56 | 139 | 1 | NO |
95 | 5359 C1 | 675 | 245 | 428 | 431 | 431 | 205 | 128 | 77 | 3 | NO |
96 | 5361 B | 652 | 300 | 354 | 363 | 362 | 161 | 120 | 41 | 9 | NO |
97 | 5361 C1 | 652 | 256 | 642 (396) | 396 | 396 | 207 | 122 | 85 | 0 | NO |
98 | 5362 C1 | EN BLANCO (553) | EN BLANCO | EN BLANCO (328) | EN BLANCO | 333 | 138 | 117 | 21 | 5 | NO |
99 | 5363 B | 752 | EN BLANCO | EN BLANCO (530) | EN BLANCO | 533 | 226 | 139 | 87 | 3 | NO |
100 | 5363 C1 | 750 | EN BLANCO | EN BLANCO (503) | EN BLANCO | 498 | 214 | 134 | 80 | 5 | NO |
101 | 5364 B | 690 | 266 | 423 | 410 | 424 | 152 | 122 | 30 | 14 | NO |
102 | 5364 E1 C2 | 679 | 251 | 433 | 439 | 439 | 192 | 113 | 79 | 6 | NO |
103 | 5365 B | 573 | 193 | 400 | 381 | 385 | 182 | 121 | 61 | 9 | NO |
104 | 5366 B | EN BLANCO (705) | EN BLANCO | EN BLANCO (416) | EN BLANCO | 422 | 175 | 127 | 48 | 6 | NO |
105 | 5366 C2 | 705 | 705 | 705 (435) | 420 | 452 | 163 | 162 | 1 | 32 | SI |
106 | 5366 E1 C1 | 687 | 180 | 516 | 502 | 502 | 285 | 132 | 153 | 14 | NO |
107 | 5366 E1 C2 | 678 | 200 | 493 | 490 | 490 | 280 | 123 | 157 | 3 | NO |
108 | 5366 E1 C4 | 688 | 176 | 509 | 505 | 505 | 285 | 119 | 166 | 4 | NO |
109 | 5366 E1 C6 | 688 | 200 | 487 | 487 | 487 | 276 | 123 | 153 | 0 | NO |
110 | 5367 B | 640 | 307 | 291 (386) | 293 | 381 | 172 | 95 | 77 | 93 | SI |
111 | 5367 C1 | 640 | 640 | 640 (411) | 416 | 416 | 183 | 106 | 77 | 5 | NO |
112 | 5369 C1 | 632 | 203 | 424 | 410 | 431 | 184 | 129 | 55 | 21 | NO |
113 | 5370 C1 | 521 | 193 | EN BLANCO (329) | EN BLANCO | 304 | 139 | 103 | 36 | 25 | NO |
114 | 5370 C2 | 521 | 204 | 317 | EN BLANCO | 279 | 115 | 88 | 27 | 38 | SI |
115 | 5374 C1 | 759 | 275 | 482 | 484 | 484 | 234 | 129 | 105 | 2 | NO |
116 | 5376 C2 | 549 (648) | 230 | 415 | EN BLANCO | 414 | 182 | 121 | 61 | 1 | NO |
117 | 5376 C3 | 648 | 226 | 421 | 424 | 424 | 196 | 116 | 80 | 3 | NO |
118 | 5378 B | 739 | 278 | 459 | 460 | 460 | 207 | 122 | 85 | 1 | NO |
119 | 5380 C1 | 376 (520) | 144 | 374 | EN BLANCO | 356 | 154 | 104 | 50 | 18 | NO |
120 | 5381 C1 | 656 | 237 | 419 | EN BLANCO | 399 | 188 | 117 | 71 | 20 | NO |
121 | 5381 C2 | 657 | 250 | 407 | 397 | 365 | 139 | 130 | 9 | 38 | SI |
122 | 5383 C1 | 512 | 186 | 329 | 325 | 325 | 137 | 105 | 32 | 4 | NO |
123 | 5384 C2 | 705 | 236 | 473 | EN BLANCO | 473 | 228 | 140 | 88 | 0 | NO |
124 | 5385 B | 449 | 179 | 440 (252) | 252 | 252 | 110 | 69 | 41 | 0 | NO |
125 | 5386 C2 | 507 | 231 | 276 (305) | 306 | 305 | 109 | 91 | 18 | 1 | NO |
126 | 5388 C1 | 682 | 278 | EN BLANCO (408) | EN BLANCO | 408 | 178 | 133 | 45 | 0 | NO |
127 | 5389 C3 | 666 | 283 | 383 | 0 | 383 | 146 | 142 | 4 | 0 | NO |
128 | 5390 C1 | 643 | 244 | 399 | 400 | 390 | 192 | 102 | 90 | 10 | NO |
129 | 5391 B | 723 | 253 | 470 | 475 | 478 | 179 | 141 | 38 | 8 | NO |
130 | 5393 B | 676 | 210 | 464 | 441 | 469 | 172 | 136 | 36 | 28 | NO |
131 | 5393 C1 | 676 | 217 | 455 | 456 | 455 | 162 | 154 | 8 | 0 | NO |
132 | 5394 C1 | 667 | 228 | 436 | EN BLANCO | 436 | 250 | 94 | 156 | 0 | NO |
133 | 5395 B | 403 | 157 | 246 | 238 | 235 | 103 | 80 | 23 | 11 | NO |
134 | 5397 B | 743 | 311 | 431 | 440 | 440 | 188 | 164 | 24 | 9 | NO |
135 | 5397 C1 | 743 | 309 | 10 (429) | 435 | 429 | 174 | 154 | 20 | 6 | NO |
136 | 5405 B | 710 | 217 | 458 | 457 | 454 | 216 | 101 | 115 | 4 | NO |
137 | 5405 C2 | 711 | 250 | 269 (462) | 459 | 471 | 248 | 88 | 160 | 12 | NO |
138 | 5406 B | 649 | 264 | 383 | 385 | 386 | 192 | 82 | 110 | 3 | NO |
139 | 5406 C1 | 650 | 265 | 640 (381) | 381 | 381 | 187 | 92 | 95 | 0 | NO |
140 | 5406 C2 | 652 | 271 | 0 (378) | 0 | 378 | 169 | 91 | 78 | 0 | NO |
141 | 5407 B | 657 | 257 | EN BLANCO (400) | EN BLANCO | 400 | 155 | 121 | 34 | 0 | NO |
142 | 5407 C1 | 658 | 250 | 404 | 402 | 408 | 173 | 114 | 59 | 6 | NO |
143 | 5408 C1 | 584 | 236 | 342 | 335 | 342 | 158 | 87 | 71 | 7 | NO |
144 | 5411 B | 689 | 234 | 453 | 456 | 456 | 176 | 120 | 56 | 3 | NO |
145 | 5411 C1 | 685 | 271 | 418 | 417 | 417 | 171 | 123 | 48 | 1 | NO |
146 | 5412 B | 670 | 254 | 0 (410) | 416 | 416 | 182 | 124 | 58 | 6 | NO |
147 | 5412 C1 | 671 | 235 | 434 | 433 | 433 | 195 | 116 | 79 | 1 | NO |
148 | 5414 B | 675 | 277 | 393 | 397 | 397 | 202 | 107 | 95 | 4 | NO |
149 | 5414 C2 | 675 | 286 | 388 | 389 | 389 | 190 | 92 | 98 | 1 | NO |
150 | 5415 B | 603 | 209 | 393 | 402 | 405 | 202 | 97 | 105 | 12 | NO |
151 | 5415 C1 | 602 | 209 | 393 | 395 | 395 | 175 | 94 | 81 | 2 | NO |
152 | 5415 C2 | 603 | 234 | 363 | 371 | 371 | 185 | 81 | 104 | 8 | NO |
153 | 5416 C3 | 226 (696) | 236 | 226 (457) | 686 | 443 | 226 | 121 | 105 | 14 | NO |
154 | 5417 B | 705 | 244 | 462 | 446 | 452 | 247 | 105 | 142 | 16 | NO |
155 | 5417 C1 | 705 | 293 | 409 | 418 | 418 | 208 | 93 | 115 | 9 | NO |
156 | 5417 C2 | 705 | 262 | 446 | 442 | 454 | 256 | 72 | 184 | 12 | NO |
157 | 5417 C3 | 705 | 255 | 447 | 448 | 448 | 235 | 101 | 134 | 1 | NO |
158 | 5418 B | 627 | 260 | 363 | EN BLANCO | 363 | 186 | 88 | 98 | 0 | NO |
159 | 5418 C2 | 627 | 256 | 371 | 375 | 377 | 198 | 96 | 102 | 6 | NO |
160 | 5439 B | 556 | 201 | 351 | 358 | 358 | 160 | 67 | 93 | 1 | NO |
161 | 5439 C1 | 556 | 198 | 356 | 366 | 366 | 161 | 87 | 74 | 10 | NO |
162 | 5441 B | 429 (595) | 222 | 373 | 371 | 372 | 156 | 136 | 20 | 2 | NO |
163 | 5441 C1 | 595 | 194 | 396 | 405 | 405 | 192 | 145 | 47 | 9 | NO |
164 | 5442 B | 691 | 324 | 366 | 367 | 367 | 155 | 124 | 31 | 1 | NO |
165 | 5442 C1 | 692 | 285 | 682 (407) | 407 | 403 | 163 | 151 | 12 | 4 | NO |
1
SUP-JIN-86/2006
En principio debe precisarse que cuando las actas de escrutinio respectivas, el rubro correspondiente a “ciudadanos que votaron conforme a la lista nominal”, se encontró en blanco, o con una cifra evidentemente mayor o menor a las consignadas en los rubros con los que debe existir igualdad o congruencia, que son “boletas extraídas de la urna” y “votación emitida”, en aras de privilegiar la recepción de la votación recibida y conservar los actos validamente celebrados, ese dato se subsanó contando a los votantes de las listas nominales correspondientes, asentando el dato obtenido de dicho conteo, entre paréntesis.
Así mismo, cuando el rubro correspondiente a “boletas recibidas” se encontró en blanco o una cifra evidentemente desproporcionada, el mismo se subsanó del contenido de las constancias que obran en el expediente, tales como las actas de jornada electoral, en particular en donde se asientan los folios correspondientes, de la relación de boletas a entregar a los presidentes de las mesas directivas de casilla, o bien de los acuses de recibo del material electoral.
Así, del análisis del cuadro que antecede, atendiendo las coincidencias y discrepancias en el escrutinio y cómputo de los votos correspondientes, esta Sala Superior estima lo siguiente:
Son infundados los agravios respecto de las casillas, 5175 B, 5175 C1, 5175 C2, 5176 B, 5176 C1, 5176 C2, 5177 B, 5177 C1, 5178 B, 5178 C1, 5179 B, 5179 C1, 5179 C2, 5180 B, 5180 C1, 5180 C2, 5198 B, 5200 B, 5200 C1, 5202 B, 5203 C2, 5205 B, 5205 C1, 5248 B, 5248 C1, 5248 C2, 5267 B, 5269 B, 5269 C1, 5269 C4, 5270 C1, 5272 B, 5272 C2, 5278 B, 5278 C1, 5279 C1, 5280 C1, 5284 B, 5284 C1, 5290 B, 5291 B, 5291 C1, 5292 B, 5292 C1, 5292 C2, 5293 B, 5294 C1, 5294 C2, 5295 C2, 5296 B, 5296 C1, 5296 C3, 5296 C5, 5298 B, 5298 C1, 5298 C2, 5298 C4, 5299 C1, 5300 C1, 5308 B, 5308 C1, 5309 B, 5309 C3, 5310 B, 5310 C2, 5311 B, 5312 C1, 5313 C1, 5313 C2, 5314 C1, 5314 C2, 5321 B, 5321 C1, 5325 B, 5326 B, 5327 B, 5328 B, 5328 C1, 5355 B, 5355 C1, 5356 C1, 5357 B, 5357 C1, 5359 C1, 5361 B, 5361 C1, 5364 B, 5364 E1C2, 5365 B, 5366 E1C1, 5366 E1C2, 5366 E1C4, 5366 E1C6, 5367 C1, 5369 C1, 5374 C1, 5376 C3, 5378 B, 5383 C1, 5385 B, 5386 C2, 5390 C1, 5391 B, 5393 B, 5393 C1, 5395 B, 5397 B, 5397 C1, 5405 B, 5405 C2, 5406 B, 5406 C1, 5407 C1, 5408 C1, 5411 B, 5411 C1, 5412 B, 5412 C1, 5414 B, 5414 C2, 5415 B, 5415 C1, 5415 C2, 5417 B, 5417 C1, 5417 C2, 5417 C3, 5418 C2, 5439 B, 5439 C1, 5441 B, 5441 C1, 5442 B y 5442 C1, pues como se puede observar en el cuadro que antecede, en ellas no existe error o discrepancia alguna respecto de las cantidades precisadas en los rubros concernientes a boletas o votos, o bien, si existen inconsistencias, éstas son siempre menores a la diferencia de la votación obtenida entre el primero y segundo lugar, por lo que dichas irregularidades no son determinantes para el resultado de la votación recibida en las casillas de mérito, por lo que no se actualizan los extremos de la causal de nulidad de votación recibida en casilla invocada por la actora.
Igualmente resultan infundados los agravios respecto de las casillas 5268 B, 5268 C2, 5271 C1, 5278 C3, 5314 B, 5324 B, 5324 C2, 5325 C1, 5362 C1, 5363 B, 5363 C1, 5366 B, 5370 C1, 5376 C2, 5380 C1, 5381 C1, 5384 C2, 5388 C1, 5389 C3, 5394 C1 5406 C2, 5407 B, y 5418 B, en razón de que, si bien, existen irregularidades al encontrarse en blanco o con cifras inverosímiles los valores de los rubros fundamentales de las actas de escrutinio y cómputo, relativos a la emisión de votos, columnas 3 y 4, en aras de hacer prevalecer la los actos de autoridad validamente celebrados, se subsanó la omisión del rubro de “ciudadanos que votaron conforme a la lista nominal”, columna 3, mediante el conteo en el listado correspondiente, obteniendo así, la cifra omitida, lo que permitió, a su vez, advertir la existencia de identidad, de dicho valor, con la cantidad consignada en el rubro de “votación emitida”, arribando en consecuencia a la convicción de que no hay error en el cómputo de votos, o que, en su caso, la discrepancia es menor a la diferencia de la votación obtenida entre el primero y segundo lugar.
Por tanto, existe certeza de que los votos emitidos por los electores que sufragaron en dicha casilla, columna 3, son similares a los que se contabilizaron, columna 5, por lo que, dichas irregularidades no deben estimarse derivan propiamente de un error en el cómputo de votos, sino como una omisión involuntaria que no afecta la validez de la votación recibida, teniendo como consecuencia la rectificación del dato cuando es procedente, lo que hace que no se actualicen los extremos de la causal en estudio.
En la casilla 5269 C3 es infundado el agravio expuesto por la enjuiciante, puesto que, como claramente se puede advertir del cuadro anterior, los funcionarios de las casillas en comento, llenaron incorrectamente los distintos apartados del acta de escrutinio y computo, pues repitieron la misma cifra que consignaron en el rubro de “boletas recibidas” en los siguientes rubros, tales como “boletas sobrantes”, “ciudadanos que votaron conforme a la lista nominal” e incluso en el de “boletas extraídas de la urna”.
No obstante lo anterior, este órgano jurisdiccional considera que dichas inconsistencias no puede repercutir en la validez de la votación recibida en dicha casilla, puesto que constituye, en su caso, desconocimiento o descuido de los integrantes de casilla, ante la falta de pericia de los mismos y el cúmulo de documentos por llenar el día de la jornada electoral, por tanto, una vez subsanadas las cifras susceptibles de corrección, permite observar que existe congruencia, entre dos de los rubros fundamentales de votación, es decir, entre “electores que votaron conforme a la lista nominal” y “votación emitida”, pues la discrepancia en las respectivas cifras, es menor a la diferencia de la votación obtenida entre el primero y segundo lugar, lo que hace arribar a la convicción de que no se actualizan los elementos de la causal de nulidad de votación recibida en la casilla de mérito.
Bajo ese contexto, en la casilla 5416 C3, igualmente resulta infundado el agravio esgrimido, en tanto que la cifra asentada en el rubro de “boletas extraídas de la urna”, resulta inverosímil, al ser evidentemente desproporcionada con las anotadas en los otros dos rubros fundamentales con los que debe guardar relación, es decir, “ciudadanos que votaron conforme a la lista nominal” y “votación emitida”, en donde, si bien existe una discrepancia entre las cantidades inscritas en los mismos, ésta es menor a la diferencia de la votación obtenida entre el primero y segundo lugar.
En cambio en relación con las casillas 5269 C2, 5270 B, 5366 C2, 5367 B, 5370 C2 y 5381 C2, resulta fundado el agravio planteado por la enjuiciante, en virtud de que del cuadro comparativo se desprende que en las cantidades asentadas en los rubros “ciudadanos que votaron conforme a la lista nominal”, “boletas extraídas de la urna” y “votación emitida”, existen irregularidades o discrepancias entre sí, las cuales constituyen errores ocurridos en el escrutinio y cómputo respectivo, mismos que trascienden al resultado de la votación recibida en dichas casillas, puesto que representan una diferencia numérica mayor a la existente en la votación obtenida entre el primero y segundo lugar, con lo que se acreditan los extremos necesarios para integrar la causal de nulidad de votación recibida en las casillas en comento.
VII. En virtud de que en los considerandos precedentes, esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha procedido a declarar la nulidad de la votación recibida en las casillas 5269 C2, 5270 B, 5366 C2, 5367 B, 5370 C2 y 5381 C2, resulta necesario precisar la votación obtenida por cada uno de los contendientes en las citadas casillas lo que se efectúa de manera grafica en el cuadro siguiente:
CASILLA |
CANDIDATOS NO REGISTRADOS |
VOTOS VÁLIDOS |
VOTOS NULOS |
VOTACIÓN TOTAL | |||||
5269 C2 | 133 | 126 | 75 | 4 | 11 | 3 | 352 | 14 | 366 |
5270 B | 157 | 156 | 95 | 5 | 15 | 4 | 432 | 12 | 444 |
5366 C2 | 162 | 163 | 92 | 7 | 9 | 10 | 443 | 9 | 452 |
5367 B | 172 | 81 | 95 | 7 | 10 | 3 | 368 | 13 | 381 |
5370 C2 | 88 | 115 | 52 | 7 | 8 | 4 | 274 | 5 | 279 |
5381 C2 | 139 | 130 | 56 | 7 | 23 | 0 | 355 | 10 | 365 |
TOTAL | 851 | 771 | 465 | 37 | 76 | 24 | 2224 | 63 | 2287 |
Como consecuencia de lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 56, párrafo 1, inciso b), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se procede a modificar los resultados consignados en el acta de cómputo distrital de la elección de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos relativa al 26 Distrito Electoral Federal con sede en Toluca en el Estado de México, para quedar definitivamente en los siguientes términos:
PARTIDOSPOLÍTICOS
| RESULTADOS ACTADE CÓMPUTO | VOTACIÓNANULADA | CÓMPUTORECTIFICADO |
75553 |
851 |
74702 | |
34601 |
771 |
33830 | |
33097 |
465 |
32632 | |
1783 |
37 |
1746 | |
|
5712 |
76 |
5636 |
CANDIDATOS NO REGISTRADOS
|
1517 |
24 |
1493 |
VOTOS VÁLIDOS
|
152263 |
2224 |
150039 |
VOTOS NULOS
|
2971 |
63 |
2908 |
VOTACIÓN TOTAL
|
155234 |
2287 |
152947 |
En consecuencia, glósese copia certificada de la presente resolución al expediente que en su oportunidad se integre, con motivo del dictamen de cómputo final y declaración de validez de la elección presidencial y de Presidente electo de los Estados Unidos Mexicanos.
Por lo expuesto y fundado, se
R E S U E L V E :
PRIMERO. Se declara la nulidad de la votación recibida en las casillas 5269 C2, 5270 B, 5366 C2, 5367 B, 5370 C2 y 5381 C2, todas del 26 Distrito Electoral Federal, con sede en Toluca, Estado de México.
SEGUNDO. Se modifican los resultados asentados en el acta de cómputo distrital correspondiente al 26 Distrito Electoral Federal, con cabecera en Toluca, Estado de México, en términos del último considerando de la presente resolución.
TERCERO. Remítanse las alegaciones relacionadas con la validez de la elección presidencial al expediente formado para efectuar el cómputo final, la declaración de validez y de Presidente electo, en términos de lo previsto en el artículo 99, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CUARTO. Remítase copia certificada de esta ejecutoria al expediente formado para efectuar el cómputo final, la declaración de validez y de Presidente electo.
NOTIFÍQUESE por personalmente, a la actora y al tercero interesado en el domicilio señalado en autos; por oficio acompañando copia certificada de la presente sentencia, al Consejo General del Instituto Federal Electoral y por su conducto, al Consejo Distrital responsable; y por estrados, a los demás interesados; lo anterior, con apoyo en lo que dispone el artículo 60 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Así lo resolvieron por unanimidad de votos, los Magistrados Electorales que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el Secretario General de Acuerdos, que autoriza y da fe.
MAGISTRADO PRESIDENTE
LEONEL CASTILLO GONZÁLEZ
| |||
MAGISTRADO
ELOY FUENTES CERDA
| MAGISTRADO
JOSÉ ALEJANDRO LUNA RAMOS
| ||
MAGISTRADA
ALFONSINA BERTA NAVARRO HIDALGO
|
MAGISTRADO
JOSÉ FERNANDO OJESTO MARTÍNEZ PORCAYO
| ||
MAGISTRADO
JOSÉ DE JESÚS OROZCO HENRÍQUEZ
|
MAGISTRADO
MAURO MIGUEL REYES ZAPATA | ||
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS
FLAVIO GALVÁN RIVERA | |||
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SUP-JIN-86/2006
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