RECURSO DE REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
EXPEDIENTE: SUP-REP-44/2024
RECURRENTE: DATO PERSONAL PROTEGIDO (LGPDPPSO)
RESPONSABLE: UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL[1]
MAGISTRADA PONENTE: JANINE M. OTÁLORA MALASSIS
SECRETARIO: SERGIO MORENO TRUJILLO
COLABORÓ: MARIA FERNANDA RODRÍGUEZ CALVA
Ciudad de México, siete de febrero de dos mil veinticuatro.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dicta sentencia en la que confirma el acuerdo emitido por la autoridad responsable que desechó la queja interpuesta en contra de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz (precandidata de la Coalición “Fuerza y Corazón por México”, en el proceso electoral federal 2023-2024), por la presunta realización de actos anticipados de campaña, así como por el incumplimiento a las reglas de difusión de propaganda de precampañas. Para esta Sala Superior el recurrente no brindó los elementos necesarios a la autoridad responsable para poder iniciar una investigación, así como estar en posibilidad de desplegar sus facultades.
ANTECEDENTES
1. Queja. El diez de enero de dos mil veinticuatro[2], el recurrente presentó una queja en contra de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz (precandidata de la Coalición “Fuerza y Corazón por México”, en el proceso electoral federal 2023-2024), por la presunta realización de actos anticipados de campaña, así como por el incumplimiento a las reglas de difusión de propaganda de precampañas, derivado de una entrevista difundida en el canal de YouTube cuya verdadera intención era posicionarse para dar a conocer diversas propuestas a la ciudadanía en general, a fin de obtener la candidatura a la Presidencia de la República.
2. Registro de queja. En la misma fecha, el encargado de despacho de la Unidad Técnica ordenó registrar la queja[3], así como la realización de diversas diligencias.
3. Acuerdo Impugnado. El quince de enero, el referido encargado de despacho de la Unidad Técnica desechó la queja, al estimar que, de manera preliminar, las manifestaciones denunciadas, por un lado, se encuentran amparadas en el ejercicio de libertad de expresión y, por otro, forman parte de la genuina interacción entre las personas que participan, sin advertir elementos de una posible violación en materia político-electoral derivado de su contenido, ni evidenciar alguna conducta infractora.
4. Demanda. El diecinueve de enero, el recurrente controvirtió el acuerdo de desechamiento mediante un recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, presentado ante el Instituto Nacional Electoral[4] y, en su momento, remitido a este órgano jurisdiccional.
5. Turno. La Presidencia de esta Sala Superior integró el expediente SUP-REP-44/2024 y ordenó turnarlo a la Ponencia de la Magistrada Janine M. Otálora Malassis, en donde se radicó.
6. Admisión y cierre de instrucción. En su momento, la Magistrada Instructora admitió a trámite la demanda y cerró instrucción.
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERA. Competencia
La Sala Superior es competente para resolver el medio de impugnación porque se trata de un recurso de revisión del procedimiento especial sancionador en contra de una determinación dictada por la Unidad Técnica, cuya resolución corresponde de manera exclusiva a este órgano jurisdiccional[5].
SEGUNDA. Requisitos de procedencia
El medio de impugnación reúne los requisitos de procedencia[6], de conformidad con lo siguiente:
1. Forma. La demanda precisa el acto impugnado, los hechos, los motivos de controversia y cuenta con firma autógrafa.
2. Oportunidad. La demanda se presentó en tiempo, esto es, dentro del plazo de cuatro días[7], ya que el acuerdo controvertido fue notificado personalmente al recurrente el dieciséis de enero[8] y la demanda se presentó el siguiente diecinueve.
3. Legitimación y personería. El recurrente fue la parte denunciante en el procedimiento especial sancionador que dio origen al acuerdo impugnado. Asimismo, acude a este órgano jurisdiccional por derecho propio, calidad reconocida en el informe circunstanciado.
4. Interés jurídico. El recurrente cuenta con interés, toda vez que, aduce un perjuicio en su esfera jurídica causado por un acuerdo de la autoridad que desechó la queja que presentó.
5. Definitividad. Se cumple este requisito porque la legislación electoral no establece algún medio de impugnación que deba agotarse previamente.
TERCERA. Cuestión previa
1. Contexto del caso
El recurrente denunció la presunta realización de actos anticipados de campaña e incumplimiento de las reglas de propaganda de precampañas, atribuibles a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, precandidata a la Presidencia de la República de la coalición “Fuerza y Corazón por México”, derivado de la difusión de un video en el canal de YouTube de la denunciada.
Lo anterior, con motivo de una entrevista que se realizó el pasado quince de diciembre para @heraldogastrolab en el programa “Al estilo de Paulina Abascal”.
Cabe señalar que la programación de Gastrolab cuenta con diversos segmentos y programas referentes a consejos de cocina, lugares para visitar, recetas de cocina, entrevistas, entre otros. Dentro de la programación se tiene un segmento denominado “Al Estilo de Paulina Abascal”, el cual tiene como objetivo un estilo de vida con especial variedad y consejos para el día a día, con invitados especiales en diversos ámbitos como gastronomía, deportes, espectáculos, cultura, política y demás.
En este contexto, el recurrente denunció que si bien la finalidad de la entrevista según la conductora era “preparar deliciosos tamales con la precandidata a la presidencia de la República Xóchitl Gálvez”, lo cierto es que, la verdadera intención de la denunciada al participar en la entrevista era posicionarse para dar a conocer diversas propuestas a la ciudadanía en general, las cuales constituyen actos anticipados de campaña, al hablar de su vida, su trayectoria y de diversas propuestas para ganar adeptos de cara al proceso electoral federal 2023-2024.
El recurrente destacó en el escrito de denuncia las siguientes expresiones:
- “FUI LA COMISIONADA DE PUEBLOS INDÍGENAS Y EN ESOS 6 AÑOS ELICTRIFIQUÉ A 2 MILLONES DE PERSONAS” (SIC).
- “CONSTRUIMOS 10 UNIVERSIDADES INTERCULTURALES BILINGÜES EN LAS REGIONES INDÍGENAS LLEVAMOS AGUA POTABLE CAMINOS Y ESO LE FACILITA LA VIDA LAS MUJERES CUANDO METIMOS LA ELECTIRCIDAD EN LA SIERRA HUARCA ESTÁBAMOS SUBIENDO EL SWITCH CUANDO YA ANDABAN LOS DE LOS ELECTRODOMÉSTICOS VENDIENDO Y YO DIJE CLARO QUE ESTO LE VA A CAMBIAR LA VIDA A LAS MUJERES” (SIC).
- “HA SIDO COMO MI TEMA APOYAR A LAS MUJERES APOYAR A A LOS NIÑOS O SEA Y Y ESTE PROYECTO QUE AHORA ESTOY ENCABEZANDO” (SIC).
- “PUES NO ES PARA MÍ LA VERDAD ES PARA LA GENTE ES PARA QUE LA GENTE PUEDA TENER UN MEJOR PROYECTO DE VIDA PORQUE YO SÉ LO QUE ES VENIR DE ALLÁ” (SIC).
- “POR ESO NECESITAMOS LAS MUJERES LLEGAR A LA POLÍTICA PARA DEFENDER TODAS ESTAS CAUSAS” (SIC).
- “Y YO HOY LO ÚNICO QUE QUIERO ES QUE A LOS NIÑOS A LOS MUJERES A LOS HOMBRES LES VAYA MEJOR” (SIC).
- “NO ESTOY CONTENTA QUE HAYA TANTA INSEGURIDAD” (SIC).
- “NO ESTOY CONTENTA DE QUE HAYA FALTA DE MEDICAMENTOS QUE LAS MAMÁS QUE TIENEN HIJOS CON CÁNCER TIENEN QUE SALIR A LUCHAR A PELEAR UN MEDICAMENTO PARA SUS HIJOS” (SIC).
- “NO ME GUSTA ESTA POLARIZACIÓN ESTA DIVISIÓN ESTE ODIO Y ESO ES LO QUE PIENSO TODOS LOS DÍAS CÓMO HACER PARA CONSTRUIR UN MEJOR MÉXICO” (SIC).
- “SOMOS MÁS LOS QUE NO QUEREMOS ODIO NI DIVISIÓN Y YA ME ACUESTO PENSANDO EN QUE TENGO UNA AGENDA DURA MAÑANA ME VOY A CHIAPAS ESTE YO CONOZCO MUCHO CHIAPAS Y CREO QUE ES UN ESTADO DONDE PODEMOS LOGRAR MUCHAS COSAS” (SIC).
Asimismo, el recurrente solicitó el dictado de medias cautelares consistentes en la suspensión de la difusión de los contenidos en todos los medios, hasta en tanto se resuelva el fondo de la denuncia, aunado a la adopción de medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva, para que se le ordene a la denunciada que, en lo subsecuente, todas las publicaciones que difunda observen los requisitos legales previstos para la propaganda electoral en el periodo de precampaña.
Ahora bien, la Unidad Técnica desechó la queja al estimar que el material denunciado no constituye violación en materia electoral[9].
De un análisis preliminar de los hechos denunciados, así como del resultado de la indagatoria implementada, la autoridad responsable determinó que la participación de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz se encontraba amparada en el derecho a la libertad periodística, de prensa, de información y de expresión que goza de la presunción de licitud.
Por ello, de un análisis preliminar, se consideró que atendiendo al tipo de programa en el que Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz participó, la consecuencia era la formulación de cuestionamientos, en un primer momento, sobre la receta de tamales que se presentó y, en un segundo momento, entre la elaboración y precisión de ingredientes, lo lógico es que se llevara a cabo una conversación entre las participantes sobre temas generales o específicos de la persona invitada al programa.
Por ello, el hecho de que Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz se hubiera presentado en el programa y se sostuviera una conversación con temas generales con la persona entrevistadora, a juicio de la autoridad, no implicó necesariamente que “la verdadera intención de tal ejercicio propagandístico era la de difundir propuestas anticipadamente ante la ciudadanía en general, siendo que en la etapa de precampaña solo pueden dirigirse posicionamientos a la militancia y simpatizantes de los partidos que la postulan”, ya que, dicha afirmación constituyó una presunción que no se encontró corroborada con algún elemento probatorio.
De esta manera, la autoridad determinó que las expresiones fueron espontáneas de quienes participaron en la conversación, sobre temas generales.
Además, de un análisis preliminar, la autoridad apreció que la interacción entre la precandidata Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz y la persona que formula los cuestionamientos, fue para conocer su historia de manera breve, su percepción sobre diversos temas de índole general, como por ejemplo sobre las mujeres, trabajo, entre otros, cuestión que, en principio, se consideró no está prohibida en la normativa electoral, esto es, no constituye una violación en materia político-electoral.
En consecuencia, al no advertir de la queja elementos indiciarios de una posible transmisión de contenidos presentados como información periodística o noticiosa a favor de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, se consideró que la difusión de la entrevista se encontraba tutelada por la presunción de licitud de la que goza la labor periodística.
2. Síntesis de agravios
El recurrente considera que el acuerdo controvertido carece de exhaustividad y motivación, es incongruente y, además, la autoridad utilizó consideraciones de fondo.
CUARTA. Estudio de fondo
1. Planteamiento del caso
La pretensión del recurrente es que se revoque el acuerdo controvertido.
Lo anterior, porque considera que presentó ante la autoridad un mínimo de material probatorio del cual se aprecia un fraude a la ley generado por entrevistas que, en realidad, son propaganda electoral encubierta.
De esta manera, la cuestión por resolver consiste en determinar si fue o no correcta la decisión de la Unidad Técnica.
En cuanto a la metodología, esta Sala Superior procederá al estudio de los motivos de disenso que plantea el recurrente en forma conjunta, sin que ello le genere afectación alguna, porque lo que interesa es que se aborden todos sus planteamientos, sin importar el orden en que se realice su análisis[10].
2. Decisión
Esta Sala Superior califica los agravios como infundados e inoperantes y, por tanto, confirma el acuerdo impugnado, porque el recurrente no brindó los elementos necesarios a la autoridad responsable para poder iniciar una investigación, así como, estar en posibilidad de desplegar sus facultades.
2.1 Explicación jurídica
La Unidad Técnica está facultada para sustanciar los procedimientos especiales sancionadores y la Sala Regional Especializada de este Tribunal Electoral es quien analiza, califica y determina si los hechos denunciados constituyen o no una infracción, así como la responsabilidad de los sujetos involucrados y, en su caso, la sanción que corresponda.
Como parte de la sustanciación, la Unidad Técnica podrá desechar una queja cuando, entre otras cuestiones, los hechos denunciados no constituyan una violación en materia de propaganda político-electoral[11].
Cabe señalar que, la frivolidad puede acreditarse ante la inexistencia de hechos que sirvan para actualizar el supuesto jurídico en que se apoyan[12].
El artículo 440, párrafo 1, inciso e), de la LGIPE, establece los supuestos en que pueden considerarse la actualización de la frivolidad, por ejemplo, cuando la queja solo se refiera a hechos que no constituyan una falta o violación electoral.
Por su parte, el artículo 60, párrafo 1, del Reglamento de Quejas y Denuncias del INE prevé como causa de desechamiento, entre otras, que los hechos denunciados no constituyan una violación en materia de propaganda político-electoral[13].
El artículo 23, párrafos 1 y 2 del aludido Reglamento, dispone que las pruebas deberán ofrecerse en el primer escrito que presenten las partes, expresando con claridad cuál es el hecho o hechos que se pretenden acreditar, así como las razones por las que se estima que demostrarán las afirmaciones vertidas. Asimismo, prevé que solo se admitirán pruebas documentales y técnicas.
Esta Sala Superior ha considerado que la razonabilidad de estas disposiciones parte de la idea de que todo acto de molestia, como el inicio de un procedimiento especial sancionador, debe tener una finalidad práctica, esto es, debe existir la posibilidad de que el denunciante obtenga su pretensión[14].
Así, no resultaría válido someter a una persona a algún procedimiento, con las consecuencias que eso implica, si desde un principio no se aportan pruebas para acreditar la posible existencia de los hechos denunciados, o bien, que estos infringen las normas electorales.
Asimismo, es criterio jurisprudencial que en el procedimiento administrativo sancionador electoral hay diversos principios, entre ellos, el relativo a que las quejas o denuncias presentadas por los partidos en contra de otros partidos o funcionariado, que puedan constituir infracciones a la normatividad electoral, deben estar sustentadas, en hechos claros y precisos en los cuales se expliquen las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se verificaron[15].
Además, se debe aportar por lo menos un mínimo de material probatorio a fin de que la autoridad administrativa electoral esté en aptitud de determinar si existen indicios que conduzcan a iniciar su facultad investigadora, porque la omisión de alguna de estas exigencias no es apta para instar el ejercicio de tal atribución.
Por otra parte, en el análisis preliminar, propio de las determinaciones de improcedencia, no es posible calificar y valorar las pruebas aportadas para desechar una denuncia, pero sí se debe analizar si los elementos aportados permiten, por lo menos de manera indiciaria, establecer la probable existencia de las infracciones.
Este análisis debe abordar, inicialmente, si los elementos probatorios aportados tienen relación con los hechos que se pretende acreditar; la suficiencia de los medios de prueba y si su valoración corresponde al estudio del fondo del asunto.
Para determinar si los hechos pueden constituir de manera evidente una violación en materia de electoral, la Unidad Técnica cuenta con facultades para sustanciar e investigar los hechos y allegarse de los elementos de convicción indispensables para integrar el expediente.
Sin embargo, esta Sala Superior ha establecido que el referido procedimiento se rige preponderantemente por el principio dispositivo, por lo que el inicio e impulso está a cargo de las partes y no del encargado de su tramitación[16], de ahí que el denunciante debe ofrecer las pruebas que sustenten su pretensión[17].
Si del análisis de lo aportado por el denunciante, se advierte la falta de indicios suficientes para iniciar la investigación, la Unidad Técnica puede realizar una investigación preliminar, para obtener elementos suficientes y determinar si los hechos denunciados son o no probablemente constitutivos de un ilícito electoral y justifican el inicio del procedimiento[18].
Tal investigación debe ser acorde con los principios de legalidad, profesionalismo, congruencia, exhaustividad, concentración de actuaciones, idoneidad, eficacia, expedites, mínima intervención y proporcionalidad[19], y atender a la fase preliminar en la que se encuentra la instrucción del procedimiento.
Caso concreto
El recurrente denunció la presunta realización de actos anticipados de campaña e incumplimiento de las reglas de propaganda de precampañas, atribuibles a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, precandidata a la Presidencia de la República de la coalición “Fuerza y Corazón por México”, derivado de la difusión de un video en el canal de YouTube de la denunciada.
Lo anterior, con motivo de una entrevista que se realizó el quince de diciembre de dos mil veintitrés para @heraldogastrolab en el programa “Al estilo de Paulina Abascal”.
La programación de Gastrolab cuenta con diversos segmentos y programas referentes a consejos de cocina, lugares para visitar, recetas de cocina, entrevistas, entre otros. Dentro de la programación se tiene un segmento denominado “Al Estilo de Paulina Abascal”, el cual tiene como objetivo un estilo de vida con especial variedad y consejos para el día a día, con invitados especiales en diversos ámbitos como gastronomía, deportes, espectáculos, cultura, política y demás.
En este contexto, el recurrente denunció que si bien la finalidad de la entrevista según la conductora era “preparar deliciosos tamales con la precandidata a la presidencia de la República Xóchitl Gálvez”, lo cierto es que, la verdadera intención de la denunciada al participar era posicionarse para dar a conocer diversas propuestas a la ciudadanía en general, las cuales constituyen actos anticipados de campaña, al hablar de su vida, su trayectoria y de diversas propuestas para ganar adeptos de cara al proceso electoral federal 2023-2024.
Sin embargo, la autoridad responsable desechó la queja interpuesta al estimar que el material denunciado no constituye violación en materia electoral, cuestión que ahora es motivo de controversia ante este órgano jurisdiccional.
A juicio del recurrente, el acuerdo controvertido carece de exhaustividad y motivación, es incongruente y, además, la autoridad utilizó consideraciones de fondo.
No obstante, para esta Sala Superior los agravios del recurrente resultan infundados, porque la Unidad Técnica sí señaló los fundamentos y razones por los cuales determinó que la denuncia presentada debía desecharse, al estimar que, de manera preliminar, las manifestaciones, por un lado, se encuentran amparadas en el ejercicio de libertad de expresión y, por otro, forman parte de la genuina interacción entre las personas que participan, sin advertir elementos de una posible violación en materia político-electoral derivado de su contenido, ni evidenciar alguna conducta infractora.
En efecto, la autoridad responsable recordó que el denunciante consideraba que las expresiones contenidas en la entrevista constituyen actos anticipados de campaña y que, además, no se identificó de manera expresa que se dirigían a la militancia o simpatizantes de cierta clase social.
Al respecto, la autoridad responsable expresó que dicha entrevista se encuentra protegida en el ejercicio de la libertad periodística y de información por parte del medio de comunicación que la realizó, así como en el ejercicio de la libertad de expresión de la denunciada, porque, en principio, no existe una razón lógica-jurídica que obligue a que en el material denunciado se incluya una referencia de que el contenido de ésta se encuentra dirigido exclusivamente a una militancia o simpatizantes.
Por otra parte, la autoridad responsable señaló que, de un análisis preliminar, el hecho de que se haya realizado una entrevista a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, por sí, no implica necesariamente que se pretenda posicionar a la denunciada en los términos señalados por el denunciante.
Lo anterior, porque en ejercicio de su libertad de expresión Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz brindó una entrevista, lo cual, en principio, salvo medio de prueba que desvirtuara esa licitud, se encontraba amparada en el derecho a la libertad periodística, de prensa y de expresión que goza de la presunción de licitud.
De esta manera, la Unidad Técnica no advirtió elementos que permitan sostener que la entrevista denunciada no corresponde al ejercicio del periodístico, de prensa y de expresión, como lo hizo valer el denunciante, siendo que tenía la carga de probar su dicho, ya que las denuncias deben estar sustentadas en hechos claros y precisos en los cuales se expliquen las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se verificaron y aportar por lo menos un mínimo de material probatorio a fin de que la autoridad esté en aptitud de determinar si existen indicios que conduzcan a iniciar su facultad investigadora, de lo contrario se imposibilitaría una adecuada defensa del gobernado a quien se le atribuyen los hechos.
En este sentido, para esta Sala Superior, la autoridad responsable, de manera fundada y motivada, externó las razones jurídicas suficientes para evidenciar que los hechos denunciados no constituían una violación en materia de propaganda político-electoral. Aunado a que, el recurrente no brindó los elementos necesarios para poder iniciar una investigación, así como, estar en posibilidad de desplegar las facultades de la autoridad responsable, esto es, aportar algún indicio de que el hecho denunciado no encontrara amparo en la labor periodística.
Adicionalmente, la responsable reconoció que las facultades de la Unidad Técnica para desechar deben ejercerse en la lógica de las medidas especiales de protección a la labor periodística, a partir de un análisis más riguroso de las conductas denuncias y, en su caso, de los elementos de prueba, a fin de evitar el inicio de un procedimiento de forma injustificada en asuntos como en el que nos ocupa, en los cuales se denuncia una actividad que, en principio, se presume como periodística, considerado que el contenido de la publicación denunciada está relacionada con temas de interés general[20].
De esta manera, la Unidad Técnica sí señaló los razones y fundamentos para desechar la denuncia interpuesta por el recurrente.
Además, para esta Sala Superior fue apegado a derecho el análisis preliminar realizado por la Unidad Técnica respecto de los elementos probatorios para acreditar la supuesta realización de actos anticipados campaña y un supuesto fraude a la ley.
Como se ha precisado, la Unidad Técnica está facultada para desechar una queja de un procedimiento especial sancionador cuando, entre otros aspectos, advierta que la denuncia no evidencia alguna irregularidad en materia política-electoral; no obstante, esa facultad debe ejercerla conforme con los criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad[21].
De ahí que, para estar en condiciones de admitir una denuncia o incluso para que la autoridad pueda ejercer su facultad de investigación es necesario que, de manera razonable, se alleguen elementos que produzcan una inferencia lógica de la probable infracción y la responsabilidad del sujeto denunciado.
Lo anterior, no fue cubierto por el denunciante, porque para que la responsable estuviera en la posibilidad de realizar diligencias preliminares era necesario que se aportaran elementos mínimos de los que se pudiera advertir, al menos de forma indiciaria, la posible comisión de los actos denunciados.
Asimismo, para este órgano jurisdiccional, la autoridad responsable no realizó un estudio de fondo. Si bien, la Unidad Técnica emprendió un análisis preliminar de los hechos denunciados y de las constancias del expediente, tal cuestión no implicó que realizara un análisis que, en su caso, corresponde a la autoridad resolutora.
Esto es, de un análisis preliminar, la autoridad responsable no advirtió elementos de una posible difusión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa, ya que solo se acreditó una entrevista sobre temas de interés general; lo anterior, en ejercicio de las facultades con las que cuenta la Unidad Técnica.
Esta Sala Superior ha reconocido que, en el análisis preliminar, propio de las determinaciones de improcedencia, no es posible que la autoridad administrativa electoral encargada de la sustanciación de los procedimientos califique y valore las pruebas aportadas para desechar una denuncia como le corresponde a la autoridad jurisdiccional competente para ello, pero sí se debe analizar si los elementos aportados permiten, por lo menos de manera indiciaria, establecer la probable existencia de las infracciones, cuestión que aconteció en este caso.
Lo anterior, porque no se advierte que la autoridad responsable realizara valoraciones o ejercicios argumentativos tendentes a verificar los elementos constitutivos de la infracción, ya que su análisis se limitó a determinar si existían elementos indiciarios para admitir y sustanciar la queja presentada por el recurrente.
Por otra parte, no existe incongruencia entre el hecho de que la autoridad responsable, por una parte, acreditó la existencia y difusión del material denunciado y, por la otra, concluyó en la inexistencia de un material probatorio suficiente para acreditar los hechos denunciados. Lo anterior, porque si bien se reconoció por las partes la realización y difusión de la entrevista, esa sola cuestión, no implica la comisión de alguna irregularidad en los tiempos de precampaña del proceso electoral federal 2023-2024.
Aunado a que, contrariamente a los sostenido por el recurrente, la protección de la actividad periodística no está reservada a las autoridades jurisdiccionales, porque, el artículo 1° de la Constitución general reconoce que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Asimismo, esta Sala Superior[22] ha reiterado que la libertad de expresión, incluida la de prensa, en principio, implica la inviolabilidad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio; por ello, la labor periodística goza de un manto jurídico protector al constituir el eje central de la circulación de ideas e información pública.
Por ello, la presunción de licitud de la que goza dicha labor solo podrá ser superada cuando exista prueba en contrario y, ante la duda, la autoridad electoral debe optar por aquella interpretación de la norma que sea más favorable a la protección de la labor periodística.
Por otro lado, los agravios formulados por el recurrente son inoperantes, al reiterar los motivos de su queja y no controvertir las razones que brindó la autoridad responsable para desechar la denuncia correspondiente.
Ante esta Sala Superior, el recurrente reitera la supuesta difusión indebida de ciertas expresiones de la denunciada que buscaban capitalizar votos de la ciudadanía en una etapa prohibida, ya que, a su juicio, acudió a un programa de cocina para promover sus aspiraciones, opiniones y juicios sobre lo que desea para México, lo cual, señala el recurrente, fue confesado por la denunciada.
No obstante, tales razonamientos no controvierten la determinación de la autoridad respecto a que la simple cobertura informativa de las labores de una persona, en sí misma, no constituyen una violación en materia electoral, porque la ciudadanía tiene derecho a obtener información respecto de actividades que podrían interesarle.
Adicionalmente, el recurrente señala de manera genérica que este tipo de formatos de propaganda son auténticos fraudes a la ley por la precandidata denunciada para divulgar propaganda encubierta, en colusión con el medio de comunicación, porque, a su consideración, no tiene algún punto de coincidencia la finalidad de acudir a una entrevista para platicar sobre una receta de tamales, en su calidad de precandidata a la Presidencia de la República, con la presentación de aspiraciones, opiniones o juicios sobre lo que se desea para México.
Para esta Sala Superior, sin elemento alguno, el recurrente establece que la labor de prensa de ciertos ámbitos, por ejemplo, en temas de “recetas de cocina” o de “lugares para visitar”, en principio, no son segmentos de interés general vinculados con el debate público relacionado con un proceso electoral; sin embargo, es posible advertir que el recurrente no aporta razonamiento jurídico alguno que permita acompañar la premisa de que con independencia del formato que se realicen tales entrevistas debe existir una restricción a la libertad de expresión y la libre circulación de ideas, lo anterior, porque el recurrente no demuestra la supuesta deficiencia de la autoridad responsable al calificar las manifestaciones de la denunciada como espontáneas y generales.
Asimismo, el hecho de que el medio de comunicación al señalar que su programación se difunde en su canal de televisión y en internet, contrario a lo afirmado por el recurrente, por ese solo hecho, no se demuestra que las manifestaciones denunciadas correspondan a actos anticipados de campaña y que inobserven las reglas de propaganda de precampaña.
Así, lo que debió argumentar y probar el recurrente es que, contrario a lo sostenido por la Unidad Técnica, los hechos y elementos aportados en la denuncia al menos indiciariamente desvirtúan la presunción de licitud de la actividad periodística, lo que podría constituir una infracción sancionable mediante un procedimiento especial sancionador.
Lo anterior, porque para la procedencia de la denuncia es necesaria la existencia de elementos que permitan considerar objetivamente que los hechos denunciados tienen, razonablemente, la posibilidad de constituir una infracción a la normatividad electoral[23].
La admisión de una queja solo estará justificada cuando existan elementos de prueba suficientes en la denuncia, esto es, lo trascendente es que la autoridad advierta con claridad la existencia de las conductas denunciadas y que éstas constituyen presuntivamente una infracción.
De esta manera, debe tomarse en cuenta que el procedimiento especial sancionador se rige preponderantemente por el principio dispositivo, lo cual implica que el denunciante tiene la carga de presentar los medios de convicción suficientes de los que sea posible desprender, cuando menos, indicios sobre la existencia de las presuntas infracciones a la legislación electoral[24], sin que lo anterior limite a la autoridad electoral para que ejerza su facultad investigadora[25].
Por último, el recurrente señala la existencia de otro medio de impugnación que es de conocimiento de esta Sala Superior (SUP-REP-29/2024), por lo que solicita el conocimiento acumulado para evidenciar la actividad concertada por la denunciada con algunos medios de comunicación; sin embargo, la acumulación de los medios de impugnación no es una obligación procesal de los órganos jurisdiccionales, sino una facultad que queda al arbitrio de las personas juzgadoras para determinar la viabilidad de resolver ciertos asuntos de manera conjunta, en virtud de sus particularidades[26].
Además, es un hecho notorio[27] que el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador referido por la parte recurrente fue resuelto en sesión pública del pasado veinticuatro de enero[28], por lo cual, en todo caso, resulta inviable la referida pretensión.
En consecuencia, al haber resultado infundados e inoperantes los motivos de agravios, lo procedente conforme a Derecho es confirmar el acuerdo impugnado.
Por los fundamentos y razones expuestas se aprueba el siguiente:
RESOLUTIVO
ÚNICO. Se confirma el acuerdo impugnado.
Notifíquese como corresponda.
En su oportunidad, archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Así, por unanimidad de votos lo resolvieron las magistradas y los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El secretario general de acuerdos autoriza y da fe que la presente sentencia se firma de manera electrónica.
Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral. Asimismo, en el acuerdo general 2/2023.
ANEXO 1[29]
Contenido de la entrevista denunciada
Voz femenina: Hoy en al estilo de Paulina Abascal, te llevamos a disfrutar de ricos Quiches y Tartas en nuestro viernes de antojitos y changarros, algún familiar o tú ¿están enfrentando cáncer? La psicooncologia puede ser una herramienta de gran utilidad para lidiar con la ansiedad que conlleva esta enfermedad. En la cocina prepararemos deliciosos tamales con la Precandidata a la Presidencia Xóchitl Gálvez, como ves, el programa está más que de agasajo, acompáñame.
Persona de género femenino 1: Familia, muy, pero muy buenos días y bienvenidos al estilo de Paulina Abascal, me da muchísimo gusto recibir a nuestra cocina a la mismísima Xóchitl Gálvez.
Persona de género femenino 2: ¡Eh!
Persona de género femenino 1: Xóchitl.
Persona de género femenino 2: ¡Qué padre!, mira se ve más bonito en vivo tu cocina, me encanta.
Persona de género femenino 1: Estoy feliz de tenerte aquí con nosotros.
Persona de género femenino 2: ¡Ay!, yo estoy feliz de venir.
Persona de género femenino 1: De verdad, qué gusto y además vamos a preparar tamales
Persona de género femenino 2: (Inentendible).
Persona de género femenino 1: No te voy a preguntar si te gustan, porque claramente sabemos que te gustan muchísimo.
Persona de género femenino 1: Me encantan, de hecho, los acabo de hacer para el día de muertos.
Persona de género femenino 1: ¿De verdad?
Persona de género femenino 2: Sí, en nuestra ofrenda son fundamentales los tamales.
Persona de género femenino 1: ¿Y de qué los haces Xóchitl?
Persona de género femenino 2: Mira los hago verdes, de hecho, traje una salsita verde para que la pruebes.
Persona de género femenino 1: Ya sé, y se ve deli.
Persona de género femenino 2: Los hago rojos, los hago de mole, de dulce y básicamente de eso.
Persona de género femenino 1: Uy pues, entonces hoy sí me vino a desbancar por completo mi querida Xóchitl en la cocina, porque ella va a saber mucho más de los tamales que otro guiso.
Persona de género femenino 2: ¿Sabes qué otro guiso me queda muy bien? El mole verde
Persona de género femenino 1: Ay qué rico, pues entonces vas a tener que venir más veces a cocina.
Persona de género femenino 2: En metate, pero en metate.
Persona de género femenino 1: ¡Wow!
Persona de género femenino 2: Tengo mi metate, mi buen metate.
Persona de género femenino 1: Bueno, es que sabemos que cocinas muy bien, así es que vamos a empezar por la receta completa, ya sabes que no debes de preocupar, porque aquí la ponemos y también en todas las plataformas del Heraldo Media Group, así es que hagamos lo que a ustedes y a nosotras dos nos encanta que por supuesto es cocinar.
Persona de género femenino 2: ¿Con qué quieres empezar?
Persona de género femenino 1: Pues, con la masa, cómo va la masa y las hojas.
Persona de género femenino 2: Okay, mira la masa ya te la tenía aquí preparadita, pero me gustaría que tú les dieras una breve, explicación de cómo tú haces la masa,
Persona de género femenino 2: Mira, yo a la masa le pongo un kilo de masa, la puedes comprar la harina, en cualquier molino doscientos cincuenta gramos de manteca y le pongo.
Persona de género femenino 1: Manteca de cerdo.
Persona de género femenino 2: Manteca de cerdo, dos cucharaditas de Royal, para que.
Persona de género femenino 1: Polvo (inentendible) vamos a decir. Perdóname, perdóname, repetimos.
Persona de género femenino 2: Dos cucharaditas de polvo, dos cucharitas de polvo para hornear y también le pongo anís
Persona de género femenino 1: Mjm, jah!
Persona de género femenino 2: Allá en nuestra región el anís es fundamental.
Persona de género femenino 1: Cien gramos de anís, o cincuenta no les gusta mucho, el sabor del anís, y no sabes que bien y también.
Persona de género femenino 1: Salecita.
Persona de género femenino 2: Sal.
Persona de género femenino 2: Mjm.
Persona de género femenino 1: Obviamente si lo quieres hacer de dulce, primero lo separas.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Y lo que vas a hacer de dulce le puedes poner leche
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Condensada.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Y bueno, ya con eso están.
Persona de género femenino 1: ¿Qué calificación le das a la masa, que yo previamente preparé para ti?
Persona de género femenino 2: Déjame probarla.
Persona de género femenino 1: A ver.
Persona de género femenino 2: Está buena.
Persona de género femenino 1: ¿Te gustó?, nosotros no le pusimos anís, pero.
Persona de género femenino 2: Está bien.
Persona de género femenino 1: ¿Está bien?, pasa.
Persona de género femenino 2: Un día, un día, hazlo con anís y vas a ver.
Persona de género femenino 1: Sí, sí lo vamos a hacer.
Persona de género femenino 2: Así ese, ese es muy típico de Hidalgo.
Persona de género femenino 1: Y la receta que te vamos a compartir por supuesto, pues va a ser la de Xóchitl, bueno pues entonces, tenemos aquí ya la masa, tenemos la pechuga del pollito ya deshebradita, cocida y todo, tu salsa verde.
Persona de género femenino 2: No pues así lo hago rapidísimo.
Persona de género femenino 1: Cuéntame por favor, cómo haces esta salsa, que se ve deliciosa.
Persona de género femenino 2: Mira.
Persona de género femenino 1: Pero sí pica, está picosita.
Persona de género femenino 2: Tomates verdes, aquí lo importante son los chiles cuaresmeños, hay que ponerle chiles cuaresmeños, cebolla, ajo, pones a hervir todo, lo mueles, la fríes y esa es la salsa verde, pero la clave son los chiles cuaresmeños.
Persona de género femenino 1: Okay.
Persona de género femenino 2: No chile serrano.
Persona de género femenino 1: ¿Y se le quita la semilla para que no pique tanto?, o a ti te gusta bien picoso.
Persona de género femenino 2: Yo se la quito, porque no a todo el mundo le gusta lo picoso, pero cuando se los hago para mi casa, se la dejo porque en mi casa sí les gusta lo picoso.
Persona de género femenino 1: ¡Ay!, me parece muy bien, las hojas ya las hidratamos.
Persona de género femenino 2: Ah, bueno, qué buenas hojas, eh.
Persona de género femenino 1: ¿Te gustaron?
Persona de género femenino 2: Sí, aquí la clave, la clave es repegar bien para que quede el tamal super rico.
Persona de género femenino 1: A ver pues, hagamos el primero, ¿qué te parece?, ponme tú la prueba.
Persona de género femenino 2: ¿Tienes una cucharita más grande?
Persona de género femenino 1: Sí, claro, mira aquí tenemos un cajón en donde salen todas las herramientas más maravillosas, ¿cuál quieres?
Persona de género femenino 2: Esta. Bueno entonces, es tomar la masa, la pones y esto parece que es, pero esto es importantísimo.
Persona de género femenino 1: Repegarla, como bien dices tú.
Persona de género femenino 2: Repegarla.
Persona de género femenino 1: Oye, naciste en Tepatepec, Hidalgo.
Persona de género femenino 2: Sí.
Persona de género femenino 1: Cuéntanos de ¿cómo fue tu infancia?, ¿qué recuerdas?, ¿qué comías?, cuéntanos.
Persona de género femenino 2: Comíamos muchas cosas del campo, nopales, nos encantaba la época como en abril, que había garambullos, que había flores de palma flores, eh, de garambullo son muy ricas, en Hidalgo se comen muchas cosas del desierto y obviamente época de escamoles, chinicuiles.
Persona de género femenino 1: Mjm
Persona de género femenino 2: O sea, la gastronomía del desierto es muy rica.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Te invito a que vengas un día a Santiago de Anaya.
Persona de género femenino 1: Ah, me encantaría.
Persona de género femenino 2: Que se hace una muestra gastronómica donde se come; rata, tlacuache, víbora.
Persona de género femenino 1: Oye, una vez fui al mercado y comí un alacrán y yo pensé Xóchitl, que era lo más raro que había comido.
Persona de género femenino 2: No.
Persona de género femenino 1: Pero, si me estás invitando a comer rata.
Persona de género femenino 2: Pero rata de campo.
Persona de género femenino 1: Ah bueno, Okay
Persona de género femenino 2: Rata de campo, la rata de campo come maíz,
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Eh, la víbora, este, tlacuache, todos estos, el conejo,
Persona de género femenino 1: Bueno, iremos a hacer ese reto.
Persona de género femenino 2: Pero otra cosa que comía era mole verde, le pones la salsa.
Persona de género femenino 1: Ah, una buena cantidad pollo.
Persona de género femenino 2: Sí, porque tiene que quedar y luego aquí la clave es que, juntan los dos, lo cruzan, le jalan tantito y ya quedó el tamal.
Persona de género femenino 1: No, no, no, no, si eres una súper maestra de tamales, a ver si yo lo voy a hacer bien, me vas a tener que corregir. ¿Y comías eso? ¿Y tú, a qué edad empezaste a cocinar, Xóchitl?
Persona de género femenino 2: Pues mira, yo empecé haciendo gelatinas con mi mamá para vender, hacíamos veinte gelatinas, primero me iba al mercado, me fue muy bien luego cuarenta, lo más que yo llegue a vender solita, sesenta, ochenta gelatinas, y luego ya.
Persona de género femenino 2: Aquí el tema es que.
Persona de género femenino 1: Ya lo hice mal, ¿ya ves?
Persona de género femenino 2: Tienen que, esta es clave.
Persona de género femenino 1: ¡Ah! Juntarlo.
Persona de género femenino 2: Para que no se te, juntarlo.
Persona de género femenino 2: Y ya lo cruzas
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Y así.
Persona de género femenino 1: Lo empujo y lo cierro.
Persona de género femenino 2: Exacto.
Persona de género femenino 1: Bueno voy a hacer otro para que me vuelvas a calificar, a ver si aprendí bien Xóchitl, y entonces.
Persona de género femenino 2: Sí, quedó muy bien empacadito, mira, pero el tema es juntar los dos (inentendible).
Persona de género femenino 1: A ver lo voy a volver a hacer, pero.
Persona de género femenino 2: Esa está muy chiquita.
Persona de género femenino 1: Mientras, cuéntame por favor de qué hacías tus gelatinas, porque sabes que yo soy chef pastelera de profesión.
Persona de género femenino 2: Ya sé.
Persona de género femenino 2: Sabes que México es uno de los eh países o el país más importante en producción de, de, de grenetina y todas estas cosas para la gelatina.
Persona de género femenino 1: Sí.
Persona de género femenino 2: Y ahora las exportamos a muchas partes del mundo, y he visto ya unas cosas impresionantes de gelatinas.
Persona de género femenino 1: ¿Has visto las que hacen flores por dentro?
Persona de género femenino 2: No, no, no, una maravilla,
Persona de género femenino 1: Mosaicos obras de arte.
Persona de género femenino 2: Y la verdad lo que yo. Sí, la verdad lo que yo hacía pues eran de limón, naranja, de fresa.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Y luego entré a la secundaria y tomé un curso de gelatinas de colores,
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Entonces las empecé a hacer de leche con limón.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Les empecé a poner una pasa, porque luego me salió la competencia, y los tamales los hacíamos los sábados para vender, solo los sábados, este, hacia yo tamales.
Persona de género femenino 1: ¿Y se salían en el carrito y los ponían en la esquina o te hacían pedido?
Persona de género femenino 2: Los hacíamos, llevábamos, los cocíamos y en una cubeta.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Íbamos a las casas a tocar y ya ofrecíamos los tamales y los vendíamos.
Persona de género femenino 1: Oye Xóchitl, te quiero decir algo, eres una mujer admirable porque saber toda tu historia y hasta dónde has llegado y cómo has luchado por los derechos de los pueblos indígenas y lo que estudiaste y ser empresaria, de verdad aplausos de pie, pero te quiero decir, ¿cómo fue esa evolución de cuando tú estabas de niña vendiendo tamales y gelatinas, a lo que es una mujer tan preparada, tan culta y tan capaz como lo eres ahora?
Persona de género femenino 2: Pues primero, me permití soñar y yo lo que les diría a todas las mujeres es, este,
Persona de género femenino 1: Corregí el tamal.
Persona de género femenino 2: Corregido, ya le salió bien, sabes qué, que nunca te digan que no se puede.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Esa palabra yo la escuché cincuenta veces, tú no puedes, tú no sabes, 'ora', allá en mi pueblo si eran los hombres muy machistas y pensaban.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Y pensaban que las mujeres, solo nacíamos para.
Persona de género femenino 1: ¿Estar en la casa?
Persona de género femenino 2: El metate y el petate, decían así.
Persona de género femenino 1: Mjm, y cuidar a los hijos.
Persona de género femenino 2: O sea el petate pues, es tener hijos y el metate pues, es moler todo el tiempo y yo tuve la oportunidad de venir a la Ciudad de México como a los nueve, diez años y no sabes para mí lo que fue bañarme una regadera nunca, me, nunca me había bañado en regadera.
Persona de género femenino 1: Jicarazos.
Persona de género femenino 2: O, pues sí, acarrear el agua y con y media cubetita porque no la podías desperdiciar y una taza de baño, qué te cuento, o sea las letrinas son horribles y eso me permitió soñar, y yo dije, yo tengo que ir a la ciudad y me lo metí así en la cabeza, en la cabeza y llegué aquí cuando tenía diecisiete años, llegué a vivir a un cuarto de lámina en Iztapalapa, todo el mundo me decía, ¡ay! ¿cómo vas a ser ingeniera?, no, o sea no, no, fue muy duro muy difícil y después puse mi propia empresa de tecnología.
Persona de género femenino 1: Y qué tal, que después te volteaste, dijiste, para que vean que los sueños se consiguen, se persiguen, cuando uno lucha por ellos.
Persona de género femenino 2: Y empecé mi empresa, porque creen que de vender gelatinas me volví millonaria, no, no es cierto, tengo una empresa que se llama High Tech Services, que tiene treinta y un años en el mercado, es una empresa que tiene doscientas personas trabajando, pero es una empresa hecha y derecha.
Persona de género femenino 1: Ya sé que ya me equivoqué perdóname, Xóchitl, pero esto de hacer tamales, sí requiere de un arte, ¿se puede corregir?
Persona de género femenino 2: Se puede corregir, es que sí tiene su chiste, porque, entonces, si los metes
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Se tiran.
Persona de género femenino 1: Se le sale la salsita.
Persona de género femenino 2: Se sale la salsa.
Persona de género femenino 1: Eso sí me sale bien, pero entonces vámonos mejor al otro lado a que cocinemos el otro guiso.
Persona de género femenino 1: Órale, mejor el tuyo.
Persona de género femenino 1: 'Para que ya no me tengas que corregir mis tamales, y entonces.
Persona de género femenino 2: Tú me vas a corregir ahorita el guiso, qué chiste.
Persona de género femenino 1: No, obvio no te lo voy a poder corregir, te va a quedar increíble. Pues qué te parece que hacemos esta salsita de jitomate, voy a moler los tomates aquí atrás, vamos a poner un poco de aceite con la cebolla, el ajo, luego agregamos las rajitas ¿el epazote, te gusta?
Persona de género femenino 2: Me encanta
Persona de género femenino 1: ¡Ay!, a mí también,
Persona de género femenino 2: Me encanta el epazote.
Persona de género femenino 1: Oye y entonces tu empresa.
Persona de género femenino 2: Mi empresa diseña edificios inteligentes, edificios verdes, todo el tema de sustentabilidad, energías renovables, este, la empecé en el noventa y dos, pidiendo fiadas dos computadoras, fiadas, porque no tenía ni para las computadoras.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Y, un plotter para que pudiera dibujar los planos y empecé; yo calculaba, diseñaba, este, contestaba el teléfono, vendía y a los seis meses tenía contratos como por cien mil dólares, y luego ya pues en dos años fui la empresaria del año y luego ya puse una fundación para ayudar a niños indígenas que sufrían desnutrición, con un atole, un atole hecho de harina de maíz o masa.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: ¿Has hecho el atole de masa?
Persona de género femenino 1: Sí, claro me encanta.
Persona de género femenino 2: Yo sé que sí, pero a ese atole le ponía, eh, tantita leche.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Porque la leche es una proteína barata.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Tantito aceite para que tuviera aminoácidos y a los niños los ayudará y un poco de azúcar que le dé calorías a los a los niños y con eso restablecimos a cien mil niños indígenas de la desnutrición.
Persona de género femenino 1: ¿Y cómo fue que pensaste, justamente en eso de ayudar a los niños?, o sea en toda la parte de ayuda, ¿por qué te fuiste por los niños y por la parte de la nutrición?
Persona de género femenino 2: Porque un día hablé con un doctor del Hospital Infantil.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Federico Gómez, que me contaba que el principal problema de los niños indígenas era que, morían antes de cumplir los cinco años, eh, había zonas del país donde morían, no sé de cada mil niños que había nacido, morían cien, en países del primer mundo mueren uno a dos, eh, y eso pues, es muy injusto y es por desnutrición, porque llega una enfermedad del estómago.
Persona de género femenino 1: Claro.
Persona de género femenino 2: Y están tan desnutridos que los mata una enfermedad, eh, pulmonar, entonces, muchos de los niños morían por eso y pues empezamos a trabajar y luego ya Zedillo como que le dio pena y' implementó la papilla en todo el país, en noventa y siete, pero fue a raíz de del trabajo que hizo la fundación Porvenir.
Persona de género femenino 1: ¡Ay!, felicidades, Xóchitl.
Persona de género femenino 2: Y, y por eso me invitó Fox al gabinete, no porque yo anduviera detrás de él.
Persona de género femenino 1: No bueno, tú pues con tu empresa tenías mucho trabajo, ¿no?
Persona de género femenino 2: Pues como que tenía, me casé, tengo dos hijos, tengo un marido padre, la verdad.
Persona de género femenino 1: ¿Cómo se llama tu marido?
Persona de género femenino 2; Mi marido es, músico y se llama Rubén.
Persona de género femenino 1: Rubén, te mandamos muchos saludos.
Persona de género femenino 2: Y cocina muy bien.
Persona de género femenino 1: Mira, aquí.
Persona de género femenino 2: Cocina muy bien.
Persona de género femenino 1: Andamos, aquí cocinando tamales y todo
Persona de género femenino 2: Es rockero mi marido.
Persona de género femenino 1: ¡Qué padre!
Persona de género femenino 2: Y tengo un hijo Juan Pablo y una hija Diana.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Que.
Persona de género femenino 1: Ellos, ¿qué estudian, Xóchitl?
Persona de género femenino 2: Diana estudió Artes Plásticas en la Esmeralda.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Y, ahora es la Directora General de la empresa, entonces ya hizo dos maestrías en Negocios.
Persona de género femenino 1: Ajá.
Persona de género femenino 2: Para poder atender la empresa y Juan Pablo ese sí ya estudió Negocios Internacionales, y este, y es el que está más metido en la grilla conmigo.
Persona de género femenino 1: ¿Y cómo fue, justamente de que pues, de ser una gran empresaria volteas y dices, me gusta la política?
Persona de género femenino 2: Pues yo estaba en la fundación y en ese momento pasó algo raro porque me llaman o me mandan un no sé si era un mail, un telegrama del Foro Económico de Davos en Suiza.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Yo creo que fue un correo, ya había correos, y me dicen que estoy nombrada entre las cien lideres globales del futuro del mundo y que era, en este momento era la primera mujer mexicana en estar en esa lista.
Persona de género femenino 1: ¡Wow!
Persona de género femenino 2: Pero además sin pedigrí, siempre ponían a puro famoso y entonces.
Persona de género femenino 1: No, pero cómo que, sin pedigrí, si todos tus estudios.
Persona de género femenino 2: Así como, todo mundo dijo, ¿quién es Xóchitl? ¿Cómo? Y entonces, fui a DAVOS, ahí hice una intervención que causó muy buena impresión y ahí como que me di conocer, y entonces Fox me invitó a través de los cazadores de talento al gabinete y él me ofrecía otra cosa, él me decía que fuera la Secretaría de Desarrollo Social, y yo le dije, oiga la verdad es que para mí lo más importante son los pueblos indígenas y fui la comisionada de pueblos indígenas.
Persona de género femenino 1: No, bueno.
Persona de género femenino 2: Y en esos seis años electrificamos a dos millones de personas, ¿saben lo que para una mujer no es tener una licuadora?, es moler en metate o en molcajete, yo me acuerdo de mi mamá siempre ahí en el metate; molía su jitomate, su chile, todo en el metate.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Y este, está buena la licuadora, ¿eh?, este, porque no hace ruido.
Persona de género femenino 1: Mjm, te gustó.
Persona de género femenino 2: Construimos diez universidades interculturales bilingües en las regiones indígenas.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Llevamos agua potable, caminos y eso les facilita la vida a las mujeres, cuando.
Persona de género femenino 1: ¡Claro!
Persona de género femenino 2: Metimos la electricidad en la Sierra (inentendible), estábamos subiendo el switch, cuando ya andaban los de los electrodomésticos vendiendo, y yo dije, claro que esto le va a cambiar la vida a las mujeres.
Persona de género femenino 1: Y si.
Persona de género femenino 2: Porque es mucho, o sea una lavadora, tú imagínate lo que significa tener una lavadora, está todo el día en el lavadero, entonces pues, ha sido como mi tema, apoyar a las mujeres, apoyar a los niños o sea, y, y este proyecto que yo ahora estoy encabezando, que por cierto, hoy me voy a inscribir como Precandidata del Partido Acción Nacional a la Presidencia, pues no es para mí, la verdad es para la gente, es para que la gente pueda tener un mejor proyecto de vida, porque yo sé lo que es venir de allá.
Persona de género femenino 1: ¡Claro!
Persona de género femenino 2: Entonces pues, así, oigan ya, ya quedó, ¿eh? ¿ya vieron?
Persona de género femenino 1: ¿Qué tal te quedó? A ver lo voy a probar, a ver si le ponemos un poquito más de sal.
Persona de género femenino 2: A ver, lleva rajas, lleva cebolla, lleva pollo, jitomate que se molió con ajo.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Y epazote.
Persona de género femenino 1: A ver qué tal, este yo lo dejaría reducir un poquito para poderlo meter a la masita del tamal, hmm, sí lo puedes probar Xóchitl, porque sí me gustó.
Persona de género femenino 2: Voy a probar.
Persona de género femenino 1: Oye Xóchitl, ¿cómo ves a las mujeres en la vida política de México?
Persona de género femenino 2: Lo recomiendo ¿eh?
Persona de género femenino 1: ¿Qué tal te quedó? porque a ti te quedó, ¿eh?
Persona de género femenino 2: Nos quedó, nos quedó, nos quedó, porque, fíjate que estos no los había hecho.
Persona de género femenino 1: ¿No?
Persona de género femenino 2: No.
Persona de género femenino 1: Te voy a sorprender, porque tú me vas a sorprender con los que me trajiste de tu salsa verde, y yo, te voy a sorprender con estos, ahorita que los pruebes. ¿Cómo ves la vida política de las mujeres en México?
Persona de género femenino 2: Necesitamos participar más las mujeres.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Porque hay temas, por ejemplo, cuando deciden quintar las diez mil estancias infantiles, ¿a quién le afectó?
Persona de género femenino 1: Pues a las mujeres, ¡claro!
Persona de género femenino 2: ¡Claro!
Persona de género femenino 1: ¡Claro!
Persona de género femenino 2: Ahora que estuve con las jornaleras de Zamora lo que me decían, nosotros podíamos ganar un poco más de dinero en esta época de cosecha, si hubiera una estancia infantil para dejar a nuestros niños, esas son las historias, o el que hayan quitado las escuelas de tiempo completo, si tú sales de trabajar a las cuatro, seis de la tarde, ¿cuántas horas tus hijos solos en la calle? Entonces, por eso necesitamos las mujeres llegar a la política para defender todas estas causas o muchas mujeres que deciden dedicarse a sus hijos y yo las valoro, las reconozco, pero llega un momento en que los hijos se van.
Persona de género femenino 1: ¡Claro!
Persona de género femenino 2: Y tenemos que reintegrarlos a la vida laboral, o sea para pues también tener un dinerito.
Persona de género femenino 1: Tenemos que apoyar.
Persona de género femenino 2: No, y además también que no nos digan que somos unas mantenidas.
Persona de género femenino 1: ¡Claro!
Persona de género femenino 2: ¿No? Entonces, es importante la independencia económica de las mujeres, yo, yo, yo voy a luchar mucho por ello.
Persona de género femenino 1: Eso me fascina, porque efectivamente el trato que le dan los hombres a las mujeres cuando son independientes es muy diferente a cuando dependen económicamente del hombre.
Persona de género femenino 2: A ver, mi papá se la vivía golpeando a mi mamá, era muy violento, y yo le decía, déjalo, no cómo crees este, qué vamos a hacer sin él, ay, yo decía, pues muchas cosas mejores.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Entonces yo estoy segura de que, si mi mamá se hubiera sentido económicamente empoderada, no hubiera aceptado.
Persona de género femenino 1: ¡Claro!, mira tengo este aquí, está frito.
Persona de género femenino 2: ¡Ah!
Persona de género femenino 1: Mejor, ¿no?
Persona de género femenino 2: Mejor.
Persona de género femenino 1: Se lo adelanté. Oye, y Precandidata Presidencial del Frente Amplio por México, qué responsabilidad tan grande, ¿cómo te sientes?, cómo, cómo te acuestas todas las noches, pones la cabeza en la almohada y qué, qué piensa Xóchitl.
Persona de género femenino 2: Pues la verdad, es que yo nunca me imaginé llegar aquí, yo cuando salí de Tepa, yo solo quería sacar a mi mamá de la pobreza, y hoy lo único que quiero es que a los niños, a los mujeres, a los hombres, les vaya mejor, no estoy contenta que haya tanta inseguridad, no estoy contenta de que haya falta de medicamentos, que las mamás que tienen hijos con cáncer tienen que salir a luchar a pelear un medicamentos para sus hijos, no me gusta esta polarización, esta división, este odio y eso es lo que pienso todos los días, como hacer para construir un mejor México.
Persona de género femenino 1: En la noche cuando te acuestas y te duermes te quedas con una meta de mañana quiero hacer esto, y voy a, así como dijiste; yo voy a irme a la ciudad, yo voy a estudiar, y yo voy a sacar de la pobreza a mi mamá, y yo voy a poner mi empresa, ¿qué sueñas por un México mejor?
Persona de género femenino 2: Pues a veces me acuesto diciéndole, híjole, ojalá mañana el señor del palacio no me arrecie las tranquizas, no manches se me vinieron con todo encima, pero también me duermo super propositiva de pensar que somos más los que queremos un mejor país y somos más los que no queremos odio ni división, y ya me acuesto pensando en que tengo una agenda dura; mañana me voy a Chiapas, este, yo conozco mucho Chiapas y creo que es un estado donde podemos lograr muchas cosas.
Persona de género femenino 1: Xóchitl, pues tenemos que esperar un poco a que se nos terminen de cocinar los tamales, mira los voy a tapar, cuando no tenemos una vaporera, pues esta es una gran opción, pones una cacerola, un plato.
Persona de género femenino 2: Y un, un truquito.
Persona de género femenino 1: A ver.
Persona de género femenino 2: Un plastiquito.
Persona de género femenino 1: Ah, muy bien, ponemos un plastiquito.
Persona de género femenino 2: Y luego el platito.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Una bolsa de plástico cualquiera y no saben qué bien les guarda el vapor.
Persona de género femenino 1: Oye, ¿y tú hacía el truco de la monedita?, ¿no?
Persona de género femenino 2: También
Persona de género femenino 1: A ver, cuéntanos ese truco.
Persona de género femenino 2: La vaporera tiene abajo un espacio entre el agua y los tamales.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Y entonces, no te puede pasar que se te acabe el agua y se te quemen los tamales, entonces le echas un veinte, bueno en ese entonces le echábamos un veinte y ahí, este, si sigue sonando pues quiere decir que la vaporera está bien, pero nuestras vaporeras tenían un piquito.
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 2: Donde le íbamos poniendo.
Persona de género femenino 1: O sea, que no le tenías que abrir.
Persona de género femenino 2: No, en el piquito también veías que ya se había acabado el agua.
Persona de género femenino 1: Sí me sabía lo del veinte, a ver le voy a poner el plástico.
Persona de género femenino 2: Ándale
Persona de género femenino 1: Porque la bolsa de plástico, no te la tengo aquí en mi cocina.
Persona de género femenino 2: Pero es lo mismo.
Persona de género femenino 1: Pero siempre los mexicanos nos hemos caracterizado por saber resolver todos los inconvenientes, ¿no?
Persona de género femenino 2: Eso es.
Persona de género femenino 1: No le ponemos el trapo.
Persona de género femenino 2: Exacto.
Persona de género femenino 1: Los vamos a dejar aquí.
Persona de género femenino 2: Y ya con eso.
Persona de género femenino 1: Mjm, cocinándose al vapor y mientras esto sucede pues vamos a preguntarte, ¿los vas a querer probar?
Persona de género femenino 2: ¡Claro!
Persona de género femenino 1: Ah bueno.
Persona de género femenino 2: ¿Tú crees que este cuerpecito es obra de la casualidad?
Persona de género femenino 1: Pues mira mi Xóchitl, antes de probar, vamos a tener que ir a una muy breve pausa y al regresar como se tienen que seguir cocinando, bueno pues nuestro especialista explica la gran herramienta que puede ser la psicooncología cuando enfrentas la batalla contra el cáncer, no te lo pierdas aquí en breve al estilo de Paulina Abascal, ya volvemos con mi Xóchitl.
Persona de género femenino 2: No se lo pierdan, vamos a probar los tamales.
Persona de género femenino 1: No se lo pierda.
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Persona de género femenino 2: Cada día, millones de mujeres en México luchan por sus familias, en casa, calles y fábricas enfrenta violencia y desigualdad con valentía. Por eso quiero ser tu candidata, porque tu das todo, mereces todo. Que nadie te diga que no se puede. No se trata de mí, se trata de ti.
Voz masculina: "XOCHITL PRECANDIDATA ÚNICA A PRESIDENTA", ¡FUERTE COMO TÚ! Precandidata única"
Voz femenina: "Cambiemos el rumbo", "PAN".
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Persona de género femenino 1: Mi querida Xóchitl, mira cómo quedaron de espectacular tus tamales.
Persona de género femenino 2: Nombre, deliciosos y los vamos a probar.
Persona de género femenino 1: ¿Si? Cuál, yo voy a probar el verde y tú vas a probar el que
Persona de género femenino 2: El tuyo.
Persona de género femenino 1: Nunca habías probado. Va.
Persona de género femenino 2: Yo no, yo no había probado este, este yo me lo
Persona de género femenino 1: Oye, ¿y cómo te la pasaste?
Persona de género femenino 2: Ay, yo me la pasé padre, todo lo que sea comer y cocinar, es lo mío.
Persona de género femenino 1: Y, ¿cuándo vas a venir a prepararnos todas estas recetas que nos has platicado?, que si el mole verde.
Persona de género femenino 2: Ahorita para la Navidad está muy bien el Bacalao.
Persona de género femenino 1: Ajá.
Persona de género femenino 2: Les voy a mandar mi receta de Bacalao, es muy, es muy buena.
Persona de género femenino 1: Híjole, ya lo estás diciendo aquí en la tele, lo vas a tener que (inentendible).
Persona de género femenino 2: Sí, se las voy a mandar, se las voy a mandar, prometido.
Persona de género femenino 1: Oye, nosotros felices de haberte tenido aquí.
Persona de género femenino 2: Gracias Paulina.
Persona de género femenino 1: Esta es tu cocina, nos va a encantar recibirte para que nos sigas enseñando muchas recetas. ¿Qué tal quedó?
Persona de género femenino 2: Muy bien, (inentendible) de rajas está muy bueno.
Persona de género femenino 1: ¿Te gustó? ¿Te gustó esta nueva idea de tamales?
Persona de género femenino 1: A la próxima sí le voy a poner el anís.
Persona de género femenino 2: Ponle el anís. hace una diferencia sensacional con la masa
Persona de género femenino 1: Mjm, te lo prometo que sí. Y bueno, 'pus'
Persona de género femenino 2: Gracias. Paulina.
Persona de género femenino 1. Espero que le hayamos deleitado con estos tamales, con tu receta que la hayamos hecho bien, y que vengas muchas veces más Xóchitl.
Persona de género femenino 2: Gracias
Persona de género femenino 1: Esta es tu cocina.
Persona de género femenino 2: Oigan, también si quieren hacer vegetarianos, póngale aceite de olivo, manteca vegetal, porque hay a quien le gustan los vegetarianos.
Persona de género femenino 1: Ah, muy buena, muy buena idea, muy buena idea.
Persona de género femenino 2: ¿No?, no le ponen manteca, ¿no?
Persona de género femenino 1: Gracias Xóchitl.
Persona de género femenino 2: ¡Órale!
Persona de género femenino 2: Y bueno, mañana dan inicio las posadas, es por eso que nuestro querido Toñito (inentendible) nos preparó el siguiente reportaje. Vamos a verlo.
Voces al unísono: Ya le disté uno, ya le disté dos, ya le disté tres.
Voz masculina: No pierdas el tino ni la tradición de romper una piñata en las posadas, fiestas representativas que se celebran nueve días antes de la Navidad que comienzan el dieciséis y el gran cierre es el veinticuatro de diciembre, la historia nos remonta en Acolman de Nezahualcóyotl en el Estado de México, por allá del siglo dieciséis, cuando los frailes comenzaron a celebrar las misas de aguinaldo o las posadas durante los días previos a la Navidad.
Persona de género femenino: 3: aquí en Acolman se rompió la primera posada y se hizo la primera misa de aguinaldo en el siglo dieciséis, que ahorita conocemos como posadas, entonces por eso Acolman es emblemático con esta artesanía.
Voz masculina: En ella se usaba la piñata como alegoría para evangelizar a los pobladores de la región.
Persona de género femenino 3: Una piñata para que sea cien por ciento artesanal, debe de ser de olla de barro, debe de llevar siete picos, debe de estar vestida con mucha imaginación y utilizando muchos colores.
Voz masculina: No solo es romperla y pasar un buen rato, una piñata está llena de significados, por ejemplo, los siete picos representan los siete pecados capitales, los colores brillantes y abundantes simbolizan la tentación, la venda en los ojos significa que la fe es ciega, el palo con que se rompe la piñata representa la fuerza para acabar con los pecados y los dulces o la fruta, la riqueza como premio a la fe, Persona de género femenino 3: Yo creo que todos en algún momento tenemos todos los pecados, ¿eh? Aunque sea poquitos.
Voz masculina: De esta forma la tradición de la piñata surge desde la religión, nos recuerda que la fe es ciega y la voluntad vence al pecado y nos hacen merecedores de las recompensas divinas. Más allá de la carga religiosa, la piñata en la actualidad es sinónimo de festejo cualquiera que sea el motivo y en esta época de posadas, no puede tallar, además de quebrar la piñata en las posadas, se ha caracterizado también el color. los cantos y la comida tradicional, los niños, jóvenes y adultos se unen para pedir posada y festejar que alguien les abrió la puerta y les brindó alojamiento.
Voces al unísono. Pues no puede andar, mi esposa amada.
Voz masculina: También encontramos antojitos; buñuelos, ponche, velas y aguinaldos que son algunos de los elementos más representativos de estas fiestas, pero lo más importante es celebrar la unión de las familias y amigos. Antonio Nistro, Heraldo Media Group.
Persona de género femenino 1: Ay Toñito muchísimas gracias, por este reportaje y cambiando de tema, si tú o un familiar están enfrentando cáncer, pon mucha atención porque este día te hablaremos de una herramienta que te permitirá sobrellevar la ansiedad, depresión e insomnio que conlleva una batalla así, se trata de la psicooncologia y para explicaros en que consiste y cuáles son sus beneficios nos acompaña la psicóloga Ingrid Schweder muy bienvenida Ingrid.
Persona de género femenino 4: Muchas gracias por el espacio.
Persona de género femenino 1: Oye, pues es que cuando un familiar o nosotros tenemos una enfermedad como esa yo creo que pasa muchas cosas que nos afectan emocionalmente y esto bueno junto con la familia, los amigos y demás, queremos ayudar o queremos autoayuda, ¿no? Porque no la han de pasar nada bien.
Persona de género femenino 4: ¡Claro! y de hecho por eso es que existe la psicooncología, es una especialidad, eh, más o menos nueva que se encarga de apoyar a los pacientes, eh, emocionalmente, eh,
trata de darle las herramientas para lidiar como como dijiste, eh, la el proceso de enfermedad de una manera mucho menos estresante y con menos ansiedad, entonces no es como una terapia normal es una terapia.
Persona de género femenino 1: ¿Cómo funciona?
Persona de género femenino 4: Exacto, es una terapia totalmente diferente, que se enfoca más que nada en la enfermedad o sea es importante que lo sepa la gente, eh, darle.
Persona de género femenino 1: A ver, barájanosla más espacio explícanos cómo es.
Persona de género femenino 4: Una terapia normal, se enfoca en, en los procesos de vida de problemas de cualquier persona, en, la psicooncologia son, eh, sesiones enfocadas en únicamente cómo tiene que lidiar el proceso de enfermedad del paciente, en los malestares, eh, físicos, eh, prepararse para una cirugía, prepararse para
Persona de género femenino 1: Una quimio.
Persona de género femenino 4: Las quimios, las radiaciones, las inmunoterapias la relación con el, el doctor, la relación con su familia que también es muy importante, es, de eso se trata, entonces es como una guía.
Persona de género femenino 1: ¿Cómo es que normalmente...
Persona de género femenino 4: Ajá.
Persona de género femenino 1: ...un enfermo de cáncer toma el tema de tener cáncer y tenerla que pasar mal?
Persona de género femenino 4: La verdad es que nadie está preparado o sea es una noticia que llega a la vida de una persona y, y no se tiene, muchas veces piensan, ay me voy a enfrentar a todo lo que ven en las películas, ¿no? o todo lo que les cuentan de otras personas que lo están viviendo y nunca piensan en todo ese cambio emocional que van a tener, toda esa crisis, todo ese caos que van a tener emocional, entonces no están listos.
Persona de género femenino 1: ¿Qué es lo primero que esos pacientes o esas personas sienten y cuáles son esas emociones que tienen que saber tratar?
Persona de género femenino 4: Mira primero, eh, recibir el diagnóstico a mucha gente, obviamente aparte de, de, de miedo es enojo, es frustración de ¿por qué me está pasando a mí? ¿Qué hice mal?, ¿no? ¿Qué, que debí de haber hecho mejor?, este, ¿por qué yo?
Persona de género femenino 1: Mjm.
Persona de género femenino 4: Y, em, yo creo que esa es una pregunta que no se debería de, no se deberían de preguntar las personas, porque ya están ahí en en la enfermedad, lo importante es cómo voy a atravesar porque hoy, obviamente no estamos como antes, eh, como en los noventa, en los ochentas, o antes, eh, con muy pocas herramientas, ahorita ya hay muchos tratamientos, hay muchos avances científicos, médicos.
Persona de género femenino 1: Bueno tan es así que acaba de salir esta rama de la psicología, ¿no? entonces tú como terapeuta te dedicas específicamente a tratar de que todo este proceso sea lo más fácil posible para ellos.
Persona de género femenino 4: Exacto, Exacto.
Persona de género femenino 1: Y durante cuarenta y cinco minutos en esa terapia hablas solamente de esas emociones que están viviendo a través de la enfermedad o cómo se preparan para la radiación etcétera
Persona de género femenino 4: Sí, es como este desahogo de lo que están sintiendo, de lo que están viviendo darles herramientas para poderlo afrontar, ellos y su familia.
Persona de género femenino 1: Era lo que te iba a decir, claramente tiene que ir la familia también algunas sesiones.
Persona de género femenino 4: Sí.
Persona de género femenino 1: Por ejemplo, gente que ya no puede salir de casa que ya están muy débiles que no quieren exponerla que se vaya a contagiar de otra cosa y que no pueden ir físicamente a un consultorio, ¿cómo se le puede hacer para que puedan tener el acceso a esta a esta terapia?
Persona de género femenino 4: Mira, yo doy muchas terapias por videollamada, eh, que eso ha facilitado mucho y les ha ayudado mucho a los pacientes, porque como dices, están cansados, quieren estar en su cama, no quieren salir a la calle o tienen este las defensas muy bajas, por las quimioterapias, y entonces, tienen su sesión a la semana conmigo donde pueden platicar, donde se pueden desahogar y lo mismo la familia, la verdad es que darle, darles como esa comodidad ha ayudado mucho a los pacientes.
Persona de género femenino 1: ¡Claro! que es algo que nos trajo la pandemia, ¿no? el poder solucionarlo a través de un zoom de una videollamada WhatsApp y demás, qué bueno, porque creo que eso es algo muy importante dentro de esta terapia de oncológica ¿no?
Persona de género femenino 4: Totalmente, sí, sí.
Persona de género femenino 1: Y, bueno podemos decir que tú eres como un vínculo entre la familia y el paciente,
Persona de género femenino 4: Sí.
Persona de género femenino 1: Porque el paciente seguramente no se siente escuchado, amado, lo que necesita, comprendido por todos sus seres que están alrededor.
Persona de género femenino 4: Sí, el paciente es el único que sabe lo que está sintiendo y lo que está viviendo y lo que está pensando y lo que está atravesando, entonces es muy difícil que a veces la familia logre tener la empatía y el entendimiento real de de lo que está pasando y de lo que está sintiendo, entonces sí, tengo un papel de intermediaria tanto con entre la familia y el paciente como con la, con el mismo paciente y el, el médico, ¿no?
Persona de género femenino 1: ¡Claro!
Persona de género femenino 4: Y trato de que se puedan entender, porque tiene que haber una muy buena comunicación entre todos para que esto, eh, ayude a que no haya ansiedad.
Persona de género femenino 1: ¡Claro!, me encanta que la psicología haya sacado una rama como esta porque verdaderamente era necesaria doctora Ingrid, muchísimas gracias, por esta valiosa información y por habernos acompañado esta mañana, y bueno pues nosotros es momento de hacer una muy breve pausa y al regresar disfrutaremos de unos ricos quiches y tartas al estilo de Paulina Abascal. Ya volvemos.
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Persona de género femenino 1: ¡Ay!, estás de acuerdo conmigo que para acompañar los tamales, nada mejor que un champurrado y por eso te comparto la receta que es muy fácil, coloco agua aquí en la olla y de la masa que tú consigues en las tortillerías, bueno pues ahí vamos a empezar a agregarla y fundirla con nuestra agüita, esta, está desmenuzada para que sea mucho más fácil, porque si le pones la bola en grande, bueno te va a costar más trabajo que se desbarate, entonces pongo esta masa y empezamos a revolver, con que podemos aromatizar, bueno pues claramente con canela y endulzar con piloncillo, el piloncillo es mucho mejor comprar los conitos chiquitos porque te va a costar menos trabajo poderlo desbaratar de lo contrario si vas a hacer una gran cantidad está bien, pero si vas a hacer poca cantidad como yo, el conito chiquito o incluso el que ya viene rallado te va a facilitar muchísimo el poderlo hacer y aquí vamos a ver cómo va a empezar a espesar, poco a poco con el calor muevo mi globo batidor o lo que tengas para poder emulsionar muy bien la masa con el agua y que se desbarate, si lo quieres más espeso agregas más masa, si lo quieres mucho más líquido, le pones menos eso va a depender mucho de cómo te guste a ti.
Mira, acércate y date cuenta cómo ya empezó a tomar mucha más consistencia, ya empezó justamente como te lo decía a espesar, es momento como ya está caliente en que puedo ir agregando mi chocolate, me encanta los que ven en el mercado que son chocolate de metate tipo Oaxaca que le da un sabor muy rico y una vez que empieza a hervir hay que tener cuidado porque brinca y quema, ¿cuánto chocolate le quieres agregar?
Bueno pues, ahí va a depender mucho de qué tan fuerte o suavecito lo quieras y para poder endulzar vamos a agregar, leche condensada al gusto, por la receta que yo preparado normalmente, no te preocupes porque aquí te la compartimos, pero si a ti te gusta más dulce o menos dulce, al gusto te va a quedar perfecta y leche evaporada y mira lo que es esto, ve nada más las burbujas la cremosidad a mí me gusta muchísimo la textura que tomo y lo único que me resta, Pues por supuesto qué crees que es sacrificarme y probarlo, alguien se tiene que sacrificar, probar y decirte qué tal me quedó, la famosa vueltita cuando la receta me encanta porque está wow. Así que espero que disfrutes muchísimo de este champurrado y bueno pues ahora es momento de ir con la chef Hernández que nos tiene una deliciosa recomendación en nuestro viernes de antojitos y changarros vamos a verla.
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Persona de género femenino 1: Contesta pregunta a sus seguidores en la red sobre recetas o productos para cocinar.
Familia, por hoy ha sido todo, lamentablemente el tiempo se nos acabó, pero como siempre se los digo, por favor, sigamos cocinando juntos, porque como ven todo es así de sencillo. Nos vemos a la próxima bye.
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[1] En adelante, Unidad Técnica, autoridad responsable o responsable.
[2] En lo subsecuente, todas las fechas corresponden a dos mil veinticuatro, salvo mención expresa.
[3] Con la clave UT/SCG/PE/RALD/CG/30/PEF/421/2024
[4] En lo subsecuente, INE.
[5] Con fundamento en lo establecido en los artículos 41, párrafo tercero, base VI; y 99, párrafo cuarto, fracción IX, de la Constitución general; 166, fracción III, inciso h), y 169, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como 3, párrafo 2, inciso f); 4, párrafo 1, y 109, párrafo 1, inciso c), y párrafo 2, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (en adelante Ley de Medios).
[6] Previstos en los artículos 8, 9, párrafo 1 y 110, de la Ley de Medios.
[7] Ver jurisprudencia 11/2016, de rubro: RECURSO DE REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR. EL PLAZO PARA IMPUGNAR LOS ACUERDOS DE DESECHAMIENTO O INCOMPETENCIA PARA CONOCER DE UNA DENUNCIA, ES DE CUATRO DÍAS.
[8] Visible a fojas 210 del expediente electrónico UT/SCG/PE/RALD/CG/30/PEF/421/2024.
[9] De conformidad con los artículos 471, párrafo 5, inciso b), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, (en adelante LGIPE) y 60, párrafo 1, fracción II, del Reglamento de Quejas y Denuncias del INE.
[10] Ver jurisprudencia 4/2000, de rubro: AGRAVIOS, SU EXAMEN EN CONJUNTO O SEPARADO, NO CAUSA LESIÓN.
[11] De conformidad con lo dispuesto en el artículo 471, párrafo 5, inciso b), de la LGIPE.
[12] Ver jurisprudencia 33/2002, de rubro: FRIVOLIDAD CONSTATADA AL EXAMINAR EL FONDO DE UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN. PUEDE DAR LUGAR A UNA SANCIÓN AL PROMOVENTE.
[13] Artículo 60. Causales de desechamiento en el procedimiento especial sancionador. 1. La denuncia será desechada de plano por la Unidad Técnica, sin prevención alguna, cuando: I. No reúna los requisitos indicados en el artículo 10 de este Reglamento; II. Los hechos denunciados no constituyan una violación en materia de propaganda político-electoral; III. El denunciante no aporte ni ofrezca prueba alguna de sus dichos, o IV. La denuncia sea evidentemente frívola en términos de lo previsto en los artículos 440, párrafo 1, inciso e) y 447, párrafo 1, inciso d), de la LGIPE.
[14] Ver sentencia SUP-REP-196/2021.
[15] Jurisprudencia 16/2011, de rubro: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. EL DENUNCIANTE DEBE EXPONER LOS HECHOS QUE ESTIMA CONSTITUTIVOS DE INFRACCIÓN LEGAL Y APORTAR ELEMENTOS MÍNIMOS PROBATORIOS PARA QUE LA AUTORIDAD EJERZA SU FACULTAD INVESTIGADORA.
[16] Jurisprudencia 16/2011, de rubro: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. EL DENUNCIANTE DEBE EXPONER LOS HECHOS QUE ESTIMA CONSTITUTIVOS DE INFRACCIÓN LEGAL Y APORTAR ELEMENTOS MÍNIMOS PROBATORIOS PARA QUE LA AUTORIDAD EJERZA SU FACULTAD INVESTIGADORA.
[17] Conforme al artículo 23, numeral 1, del Reglamento de Quejas y Denuncias del INE.
[18] Véase el artículo 61, numeral 2, del Reglamento de Quejas y Denuncias del INE.
Resulta aplicable la jurisprudencia 45/2016, de rubro: QUEJA. PARA DETERMINAR SU IMPROCEDENCIA SE DEBE REALIZAR UN ANÁLISIS PRELIMINAR DE LOS HECHOS PARA ADVERTIR LA INEXISTENCIA DE UNA VIOLACIÓN EN MATERIA DE PROPAGANDA POLÍTICO-ELECTORAL.
[19] Artículo 17, numeral 1, del Reglamento de Quejas, así como, la tesis XVII/2015, de rubro: PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA ELECTORAL. PRINCIPIO DE INTERVENCIÓN MÍNIMA.
[20] La Unidad Técnica citó las sentencias SUP-REP-224/2018 y SUP-REP-286/2018, así como la jurisprudencia 11/2008, de rubro: LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN. SU MAXIMIZACIÓN EN EL CONTEXTO DEL DEBATE POLÍTICO.
[21] Así lo sostuvo esta Sala Superior al resolver el SUP-REP-63/2021, en el que consideró aplicable la ratio decidendi del criterio sustentado por esta Sala Superior en la jurisprudencia 62/2002, de rubro: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR ELECTORAL. DEBE REALIZARSE CONFORME A LOS CRITERIOS DE IDONEIDAD, NECESIDAD Y PROPORCIONALIDAD.
[22] Véase la Jurisprudencia 15/2018 de esta Sala Superior, de rubro: PROTECCIÓN AL PERIODISMO. CRITERIOS PARA DESVIRTUAR LA PRESUNCIÓN DE LICITUD DE LA ACTIVIDAD PERIODÍSTICA.
[23] Véase la tesis de jurisprudencia 20/2009 de esta Sala Superior, de rubro: PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR. EL DESECHAMIENTO DE LA DENUNCIA POR EL SECRETARIO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL NO DEBE FUNDARSE EN CONSIDERACIONES DE FONDO.
[24] Conforme a la razón esencial de la tesis de jurisprudencia 12/2010, de rubro: CARGA DE LA PRUEBA. EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR CORRESPONDE AL QUEJOSO O DENUNCIANTE.”
[25] En términos de la tesis de jurisprudencia 22/2013, de rubro “PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR. LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL DEBE RECABAR LAS PRUEBAS LEGALMENTE PREVISTAS PARA SU RESOLUCIÓN.
[26] De conformidad con los artículos 31 de la Ley de Medios y 79 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
[27] En términos del artículo 15, párrafo 1, de la Ley de Medios, así como, la tesis IX/2004 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: HECHOS NOTORIOS. LOS MINISTROS PUEDEN INVOCAR COMO TALES, LOS EXPEDIENTES Y LAS EJECUTORIAS TANTO DEL PLENO COMO DE LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
[28] En la sentencia SUP-REP-29/2024, esta Sala Superior confirmó el acuerdo dictado por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE que desechó una queja en contra de Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña, derivado de la difusión de una entrevista en las redes sociales de YouTube y Spotify.
[29] De conformidad con la transcripción realizada en el acuerdo impugnado por la autoridad responsable.