EXPEDIENTE: SUP-REP-183/2020

MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA[1]

Ciudad de México, a seis de enero de dos mil veintiuno.

Sentencia definitiva que confirma la dictada por la Sala Especializada en el expediente SRE-PSC-32/2020, al no combatirse por el PRD de manera adecuada y eficaz las razones que sustentan el sentido del fallo en revisión.

ÍNDICE

ANTECEDENTES DEL CASO

2

CONSIDERACIONES DEL CASO

4

I. Competencia

4

II. Justificación para resolver en sesión no presencial.

4

III. Procedencia

4

IV. Tercero interesado.

6

V. Estudio de fondo.

6

VI. Decisión

26

PUNTO RESOLUTIVO

26

GLOSARIO

AMLO:

Andrés Manuel López Obrador

Constitución:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Electoral:

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

PAN:

Partido Acción Nacional

PRD:

Partido de la Revolución Democrática

Sala Especializada:

Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Sala Superior:

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Tribunal Electoral:

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Unidad Técnica:

Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral

 

 

ANTECEDENTES DEL CASO

Todos los hechos que a continuación se mencionan corresponden a dos mil veinte.

1. Denuncias. El uno de diciembre, el PRD denunció ante la Unidad Técnica por la vía del procedimiento especial sancionador al Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, con motivo de diversas expresiones realizadas al tenor de actos públicos de carácter oficial en los que dicho funcionario participó.

El dos siguiente, el PAN y el grupo parlamentario del PRD promovieron sendas denuncias con motivo de los mismos hechos.

Los promoventes estimaron que las expresiones denunciadas se traducían en promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos e indebido llamamiento al voto en violación al principio de neutralidad.

Además, solicitaron el dictado de medidas cautelares en tutela preventiva.

2. Admisión. El tres de diciembre, la Unidad Técnica admitió y acumuló las denuncias, bajo los números de expediente UT/SCG/PE/PRD/CG/94/PEF/1/2020, UT/SCG/PE/PAN/CG/98/PEF/5/2020, y UT/SCG/PE/VBJP/CG/99/PEF/6/2020, respectivamente.

3. Medidas cautelares. El cuatro de diciembre, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE aprobó el acuerdo ACQyD-INE-29/2020 de medidas cautelares, en tutela preventiva, para que AMLO se abstuviera de realizar o emitir expresiones de índole electoral y usar espacios de comunicación oficial para ello.

El catorce de diciembre, dicho acuerdo se revocó por parte de la Sala Superior en la sentencia recaída al expediente SUP-REP-156/2020 y SUP-REP-157/2020 acumulado.

4. Denuncias de incumplimiento a las medidas cautelares. El siete y ocho de diciembre, el PRD y el PAN denunciaron el supuesto incumplimiento de las medidas cautelares impuestas a AMLO, con motivo de diversas expresiones realizadas al tenor de una conferencia matutina celebrada el siete de diciembre.

El diez de diciembre, la Unidad Técnica inició un procedimiento ordinario sancionador por tal motivo.

5. Emplazamiento y audiencia. El dieciséis de diciembre, se emplazó a las partes a la audiencia de ley del procedimiento especial sancionador, misma que se celebró el veintidós siguiente.

Hecho lo anterior, se envió el expediente a la Sala Especializada para el dictado de la sentencia, quien le asignó la clave SRE-PSC-32/2020.

6. Sentencia (acto reclamado). El veintitrés de diciembre, la Sala Especializada dictó sentencia en el expediente SRE-PSC-32/2020, con la que determinó la inexistencia de las infracciones atribuidas a AMLO.

7. REP. El veintisiete de diciembre, el PRD interpuso recurso de revisión del procedimiento especial sancionador en contra de la sentencia de la Sala Especializada.

8. Turno a ponencia. Una vez recibida la demanda y demás constancias atinentes, el magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional acordó integrar el expediente SUP-REP-183/2020 y turnarlo a la ponencia del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, para los efectos del artículo 19 de la Ley de Medios.

9. Radicación, admisión y cierre de instrucción. En su momento, el magistrado instructor radicó y admitió el recurso a trámite.

Una vez agotada, se declaró el cierre de instrucción, con lo que el asunto quedó en estado de resolución.

CONSIDERACIONES DEL CASO

I. Competencia.

La Sala Superior es competente para conocer y resolver el medio de impugnación al rubro indicado, por tratarse de un recurso de revisión contra una sentencia emitida por la Sala Especializada, cuyo conocimiento le compete exclusivamente a este órgano jurisdiccional.[2]

II. Justificación para resolver en sesión no presencial.

Esta Sala Superior emitió el acuerdo general 8/2020[3] en el que reestableció la resolución de todos los medios de impugnación; y en su punto segundo determinó que las sesiones continuarán realizándose por videoconferencias hasta que el pleno de esta Sala Superior determine alguna cuestión distinta.

Por ello, se justifica la resolución de este asunto en sesión no presencial.

III. Procedencia.

Como a continuación se demostrará, el presente recurso reúne los requisitos generales y especiales previstos en la Ley de Medios.[4]

1. Forma. El recurso se presentó por escrito ante la autoridad responsable y en ella constan: a) el nombre y firma autógrafa del representante del partido recurrente; b) el domicilio para oír y recibir notificaciones y las personas autorizadas para ello; c) se identifica la sentencia impugnada; d) los hechos en que se basa la impugnación; y e) los agravios y los preceptos jurídicos presuntamente violados.

2. Oportunidad. Dado que la sentencia recurrida fue notificada el veinticuatro de diciembre y el recurso se interpuso el veintisiete de diciembre, es evidente que se promovió dentro del plazo legal de tres días, el cual transcurrió del día veinticinco al veintisiete.[5]

3. Legitimación y personería. El partido recurrente está legitimado para interponer el presente recurso, pues combate la sentencia del procedimiento especial sancionador que se generó a partir de una denuncia promovida por él mismo.

Además, se acredita la personería de Ángel Clemente Ávila Romero como representante del PRD, al haber sido reconocida, a su vez, por la autoridad responsable.

4. Interés jurídico. Se satisface el requisito, pues en la sentencia recurrida, la Sala Especializada concluyó que no se acreditan las infracciones a la normatividad electoral que el partido político recurrente en su momento denunció, lo que se traduce en un perjuicio a sus pretensiones procesales.

5. Definitividad. En la legislación electoral no existe otro medio de impugnación que permita combatir la resolución reclamada.

 

 

IV. Tercero interesado.

Se tiene como tercero interesado a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, conforme a lo siguiente:

a. Forma. En el escrito consta la denominación de la dependencia compareciente, el nombre y firma del consultor de defensa legal de la Consejería Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y menciona el interés incompatible con el del recurrente.

b. Oportunidad. El escrito se presentó oportunamente, ya que la interposición del recurso se hizo pública a partir de las veinte horas con veinte minutos del veinticinco de diciembre y el escrito se presentó a las doce horas con cuatro minutos del veintiocho siguiente, dentro del plazo legal de setenta y dos horas[6].

c. Legitimación. Se cumple el requisito, toda vez que se pretende la confirmación del acto recurrido.

d. Personería. Edgar Armando Aguirre González puede actuar en representación de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal[7].

V. Estudio de fondo.

Para identificar correctamente cuál es la problemática a resolver en el presente caso y así poder dar una respuesta exhaustiva y congruente con la misma, en primer lugar se dará cuenta de las razones jurídicas que sustentan la sentencia recurrida en la presente instancia.

Seguido de ello, se hará una síntesis de los argumentos que el partido recurrente presenta para combatirla.

Hecho lo anterior, se procederá al análisis y resolución de la problemática.

1. Acto controvertido. La sentencia recurrida analiza i) la supuesta vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad, y ii) el supuesto uso indebido de recursos públicos por parte de AMLO, con motivo de diversas declaraciones realizadas al tenor de cuatro eventos de carácter público:

a. “Supervisión de obra, ampliación del Hospital Rural San Quintín IMSS-Bienestar”, celebrado el veintiocho de noviembre en San Quintín, Baja California.

b. “Supervisión de obra, Libramiento Ensenada. Presentación del Programa de Mejoramiento Urbano 2021”, realizado el veintiocho de noviembre en Ensenada, Baja California.

c. La conferencia de prensa matutina celebrada el treinta de noviembre en Palacio Nacional.

d. La conferencia de prensa matutina celebrada el siete de diciembre en Palacio Nacional.

Lo anterior, dado que la Sala Especializada advirtió que la razón fundamental de las denuncias radicó en el carácter contrario a la normatividad electoral de las expresiones del titular del Ejecutivo en dichos eventos, al constar de manifestaciones y/o posicionamientos de carácter político-electoral con la finalidad de influir en los procesos electorales locales y federal 2020-2021.

Para resolver de manera efectiva la cuestión y desestimar que hubiese infracción alguna, la Sala Especializada realizó un estudio pormenorizado de las declaraciones vertidas en cada uno de los eventos señalados.

Para mayor claridad, a continuación se expone la línea argumentativa que dicho órgano jurisdiccional presentó en la sentencia impugnada.

A. “Supervisión de obra, ampliación del Hospital Rural San Quintín IMSS-Bienestar”[8]. De este evento únicamente se denunció la siguiente frase:

         Están desesperados los conservadores, quieren a como dé lugar frenar, detener la transformación, se están agrupando, se están uniendo.”

Sobre la misma, la Sala Especializada razonó lo siguiente:

         No tiene una connotación de apoyo hacia una fuerza política en específico ni en contra de algún partido político que pudiera afectar la equidad en la contienda.

         No hay elementos que hagan suponer que la frase implica una referencia a los institutos políticos que promovieron las denuncias, sino que se trata de puntos de vista respecto de los que están en contra del proyecto de la actual administración.

         No hay una exaltación o realce desproporcionado, desmedido o injustificado de su nombre, imagen, cualidades o atributos personales.

         La frase se emitió en el contexto de la constitución de un nuevo municipio en Baja California, así como de la ampliación del hospital de dicha municipalidad y de la ampliación del Decreto para mejorar las condiciones de seguridad social, tanto a agricultores como a trabajadores jornaleros agrícolas.

 

 

B. “Supervisión de obra, Libramiento Ensenada. Presentación del Programa de Mejoramiento Urbano 2021.”[9] De este evento se denunciaron las siguientes nueve frases:

         “Porque se están reagrupando los conservadores.”

         “En Baja California tengo noticias, y no porque se lleve a cabo alguna actividad de espionaje, sino por los periódicos, por la prensa escrita, por las redes sociales, que están buscando una alianza el PRI y el PAN.”

         “Que haya dos grandes agrupamientos, como ha sido la historia de México y la historia del mundo, dos corrientes: la corriente liberal y la corriente conservadora.”

         “Vamos a respetar todas las expresiones políticas, sobre todo el derecho a disentir, pero también vamos a defender el que sigamos llevando a cabo la transformación que necesita México.”

         “No queremos que regrese el régimen de corrupción, de injusticias, de privilegios.”

         “Tenemos una elección el año próximo, no sólo va a haber elecciones en 15 Estados para gobernadores, sino se va a renovar también la Cámara de Diputados, que es fundamental en lo que corresponde a las facultades del Poder Legislativo.”

         “Nada más es cosa de pensar que la Cámara de Diputados tiene como facultad exclusiva la aprobación del presupuesto.”

         “A nosotros sí nos importa mucho el presupuesto, por eso estamos ahorrando, evitando la corrupción, cancelando fideicomisos, fondos que se manejaban de manera discrecional.”

         “Yo estoy seguro que va a ganar el movimiento liberal, las fuerzas progresistas, le van a ganar al partido conservador, al partido de la corrupción, al partido de los privilegios.”

 

 

 

Respecto de ellas, la Sala Especializada argumentó lo siguiente:

         Se tratan de una opinión personal, en relación con las supuestas alianzas entre el PRI-PAN, sobre las elecciones del 2020-2021, la renovación de la Cámara de Diputados.

         No se advierte que induzca a la ciudadanía en su calidad de Presidente a votar por cierta fuerza política o que solicite el voto de forma expresa e indubitable, a favor de alguna candidatura, por lo que son insuficientes para considerar que se trata del abuso en el desempeño de sus funciones o de un uso indebido de recursos públicos.

         Si bien hay expresiones relacionadas con las corrientes “conservadores” y “liberales”, se trata de una opinión personal a través de la cual critica a los segundos, sin que se adviertan elementos que identifiquen alguna opción o partido político con dichas calificaciones.

         Que el Presidente realice expresiones relacionadas con los procesos electorales o las posibles alianzas entre los partidos políticos no está prohibido, pues el goce de su libre expresión únicamente quedaría compelido ante la existencia de expresiones que tuvieran por objeto incidir en los procesos electorales, cuestión que no se advierte de las expresiones denunciadas.

         Con las expresiones no se evidencia algún tipo de posicionamiento cuya finalidad fuese influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, al no hacer llamados de apoyo en favor de una fuerza política determinada ni tampoco demeritar a otra.

         No hay pruebas para suponer de manera indiciaria que durante los eventos denunciados se solicitó el apoyo en favor o en contra de cualquier otra fuerza política.

         Las notas periodísticas que se aportaron para acreditar la supuesta incidencia en el proceso electoral 2020-2021 únicamente reflejan la opinión del reportero, reportera o medio de comunicación respecto de lo acontecido durante los eventos de Baja California, las cuales están amparadas por las libertades de expresión y prensa.

 

C. Las conferencias de prensa matutinas celebradas el treinta de noviembre y siete de diciembre en Palacio Nacional.[10] La Sala Especializada realizó un estudio conjunto de las expresiones vertidas por AMLO en dichos eventos, mismas que se realizaron al tenor de un ejercicio periodístico de preguntas y respuestas con los medios de comunicación.

Para mayor claridad, se transcriben los intercambios que contienen las frases señaladas y que fueron materia de estudio por parte de la Sala Especializada.

Conferencia de prensa matutina del treinta de noviembre.

PREGUNTA: Buenos días, Presidente. Diana Benítez, del periódico 24 Horas.

Preguntarle, pues a dos años de su gobierno el líder del PAN dice que usted ha llevado al país a un retroceso en la salud, en la seguridad y en materia económica.

Y, por otro lado, el exPresidente Felipe Calderón también dice que se ha hecho un manejo torpe de la epidemia contra el coronavirus, él dice que hay hasta 300 mil fallecidos. Preguntarle si usted le exigiría pruebas a Calderón de sus comentarios.

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: No, mire, es normal que exista oposición, en un sistema auténticamente democrático, verdaderamente democrático, pues tiene que haber oposición y es legítimo.

Antes no era así, antes pues era una minoría que se ponía de acuerdo para medrar, para saquear y robarse lo que es del pueblo y lo que es la de la nación, era una República simulada porque en realidad lo que imperaba era una oligarquía, era el dominio, el gobierno de una minoría rapaz. Entonces, ahora hay una auténtica democracia, hay libertades plenas, se garantiza el derecho a disentir y existe una oposición.

Ahora que estuve en Baja California me dio mucho gusto, lo celebré porque no deja de ser un timbre de orgullo el haber dicho hace muchos años de que eran lo mismo el PRI y el PAN, de que era el PRIAN; y todavía muchos pensaban que era una exageración de mi parte, que estaba yo este inventando.

Ahora que voy me informo de que se van a aliar el PRI y el PAN en Baja California, ya van juntos en contra de nuestro proyecto. Imagínense la dicha enorme que me produce el tener la razón histórica.

Y además el que se terminen de quitar las caretas, las máscaras, se haga a un lado la simulación y ya de manera abierta se presenten como lo que son: representantes de una minoría que ahora se siente desplazada, porque eran los que mandaban, se sentían los dueños de México.

Pero entonces todo está muy claro; por eso, pues hay que entender al Presidente del PAN, al exPresidente del PAN, es normal; además, es una temporada de elecciones.

Nosotros vamos a seguir respetando el derecho a disentir, no vamos a perseguir a nadie, no va a haber fabricación de delitos, como era antes, no va a haber censura a los medios, aunque estén todos los días en contra nuestra, el Reforma, El Universal.

Llama la atención porque antes eran periódicos del régimen, totalmente alineados, el Reforma nació durante el gobierno de Salinas de Gortari, El Universal durante años se dedicó a aplaudir y a callar.

También eso es una distinción, sí pues produce satisfacción, esto quiere decir que vamos avanzando en el propósito de transformar a México. Cuando empiecen a aplaudirnos los del Reforma, los de El Universal, otros más, muchos más, preocúpense, ahí sí que ¡ay, nanita!, quiere decir que ya este se frenó el proceso de cambio, de transformación; pero mientras estén atacando quiere decir que vamos bien, considero que lo que es malo para ellos es bueno para nosotros.

INTERLOCUTORA: Y precisamente, Presidente, ayer decía en el acto de Tijuana pues que no han sido fáciles estos dos años de gobierno y parte por la acción de los conservadores.

¿Cuál sería la acción de la oposición que cree que más atoró a su gobierno en estos dos años?

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Pues miren, lo más difícil, hablando de tres obstáculos, tres problemas, lo más difícil, la pandemia; además, muy doloroso, eso, sí duele mucho, eso es lo que más nos ha afectado.

En segundo lugar, pero este muy distante de lo primero, la crisis económica, porque eso lo estamos enfrentando bien; la pandemia lo mismo, pero es algo muy fuerte, muy doloroso. La crisis económica bastó con no seguir la fórmula neoliberal de rescatar a los arriba, como lo hacían siempre, como fue el fobaproa, empezar a rescatar al pueblo, ayudar abajo y ahí vamos saliendo. Eso sería lo segundo.

Y lo tercero, pero muy allá, marginal, los ataques en los medios de comunicación y la reacción conservadora, porque tampoco ha sido muy significativa. Aquí está el ejemplo en el Zócalo, habían creo que 200, ya quedan 50. Y le meten y le meten y le meten, y todos los medios tomando declaraciones y no se consolidan.

Ahí anda Claudio X. González apuradísimo. Hay un cartel diciendo: ‘Si no nos juntamos, esto se acaba’, dicen los intelectuales orgánicos, los periódicos conservadores, los políticos corruptos de los partidos, es decir, la unidad de todos porque, si no, se acaba. Pero no el país.

Yo creo que esa alianza en contra les va a afectar más. Yo ni debería de estarlo diciendo, pero un consejo no se le niega a nadie. Porque, imagínense, los que pensaban que el PRI era una cosa y el PAN otra, y el PRD otra, y ahora todos juntos, pues va a tener un efecto de bumerang, un efecto contrario, les va a perjudicar mucho.

La política no es ciencia exacta, es de aproximación, no es que dos y dos son cuatro, no, no es así. ‘A ver, nos unimos y de esta manera nos fortalecemos’.

Y sí es muy vergonzoso. Imagínense qué estaría diciendo Manuel Gómez Morin si viviera, o don Jesús Reyes Heroles o Carlos Madrazo padre, finado; bueno y los fundadores del PRD.

Pero así están estas cosas, por eso es muy normal que se manifiesten los dirigentes del PAN; es su derecho, además.

[…]

Conferencia de prensa matutina del siete de diciembre.

INTERLOCUTOR: Y rápidamente, dos preguntas relacionadas. Este fin de semana finalmente se concreta lo que usted decía, la cuestión del PRIAN, bueno, se le suma el PRD.

¿Qué opinión le merece que finalmente ahora sí…? Incluso por ahí hay un spot del partido político que lo trajo aquí, a Presidencia de la República, que menciona que finalmente las máscaras se han quitado. ¿Qué opinión le merece esto?

Y un último tema, si me lo permite.

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Pues ya lo dije, sí genera cierta satisfacción el tener la razón, en este caso no duele tener la razón. Siempre sostuvimos que eran lo mismo.

Se engañó por mucho tiempo, pero, como decía Lincoln, al pueblo se le puede engañar una vez, dos veces, pero no se le puede engañar toda la vida. Entonces, ya quedó al descubierto que son lo mismo, defienden la misma política antipopular, entreguista.

Se unieron para imponer el modelo neoliberal, para privatizar, saquear, imponer un régimen antidemocrático, corrupto que llevó al país a una grave crisis económica, social, una crisis de pérdida de valores, porque durante todo el periodo neoliberal en que ellos dominaron, lo principal era el triunfar a toda costa, sin escrúpulos morales de ninguna índole. Era robar, robar y robar.

Y ahora que se está llevando a cabo una transformación, un cambio, pues no se aguantaron, los dominó el ansia y deciden quitarse la máscara y unirse. Es un hecho, la verdad, histórico, porque oficialmente se unen el PRI y el PAN; antes se daba de facto la alianza, de hecho, pero ahora es legal, formal.

Entonces sí es interesante para -incluso- estudiosos de la ciencia política; en particular, los estudiosos de la formación de los partidos políticos en México, en el mundo, los teóricos sobre partidos políticos, no solo Duverger, sino los estudiosos de México sobre la formación de los partidos.

Ya murió uno de los mejores estudiosos del PRI, Luis Javier Garrido. Hizo una tesis de doctorado en Francia sobre el surgimiento, el nacimiento del PRI.

Todavía vive mi maestro Octavio Rodríguez Araujo, también estudioso de la formación de los partidos políticos, ahora es maestro emérito de la facultad, pero esto yo creo que no lo imaginaba así.

Porque se funda el Partido Comunista en 1919, si la memoria no me falla; luego el PNR, Partido Nacional Revolucionario, que agrupa todos los partidos regionales, surgidos después de la Revolución, Plutarco Elías Calles los junta y se funda el Partido Nacional Revolucionario, PNR, 1929, que es el antecedente del PRI; luego, ese partido se transforma y es una época distinta porque gobierna el general Cárdenas y se convierte en Partido de la Revolución Mexicana, PRM, 1938.

Es interesante porque al año siguiente, 1939, para oponerse a la política cardenista, a la política popular, patriótica del general Cárdenas, para oponerse a la expropiación petrolera, surge el PAN, un año después de la expropiación, 1939.

Luego, el Partido de la Revolución Mexicana se vuelve a transformar en 1946 ya con el nombre del PRI, y yo sostuve que la llegada de Salinas significó la alianza de facto entre el PRI y el PAN y a partir de ahí vino una etapa nueva, que es PRIAN.

Entonces, desde entonces vienen haciendo acuerdos, apuestan a la llamada alternancia con la idea de mantener el mismo régimen con un partido o con otro. Entregan la primera gubernatura, no quiere decir que no hayan ganado los panistas en Baja California, pero les permitieron, les dieron facilidades, no les pusieron tan fuerte el pie, el acelerador en el fraude como se hizo en Michoacán en aquel entonces.

La primera gubernatura era para demostrar que había pluralidad, simular; y, a partir de ahí, los acuerdos, hasta el último acuerdo de la reforma energética, de la reforma fiscal, de la reforma educativa, todo esto en el Congreso, mientras una minoría se dedicaba a saquear.

Entonces, se logra el triunfo nuestro en el 18, se inician los cambios, que son muy profundos porque, por sólo poner un ejemplo, durante todo el tiempo que ellos estuvieron, la corrupción no era ni siquiera delito grave y ahora hicimos una reforma para que, de acuerdo a la Constitución, la corrupción se considere delito grave y se hizo una reforma al Código Penal.

Antes, en el régimen neoliberal, pues los que mandaban no pagaban impuestos, entonces ahora tienen que pagar los impuestos. En dos años hemos cobrado impuestos pendientes por 750 mil millones de pesos. Entonces, todo esto los tiene muy molestos.

Es también lo mismo de los medios de información, no de todos, pero eran parte de la clase dominante, del grupo que mandaba en México, una especie de oligarquía.

Entonces, ahora queremos que haya en México una auténtica democracia, que es el gobierno del pueblo, para el pueblo, con el pueblo. Y esto, pues los tiene muy inconformes, molestos y los lleva a quitarse las máscaras y a decir: ‘Sí, somos lo mismo y qué’. Es muy bueno esto, porque se termina con la simulación, con la hipocresía.

Mucha gente de buena fe pensaba que eran distintos, incluso al interior de esos partidos, y ahora se está demostrando que no es así. Claro que lo justifican diciendo que lo nuestro es un peligro para México, que se está destruyendo a México, incluso hasta de manera clasista señalan que es un gobierno de plebeyos. En eso tienen bastante razón, lo que pasa que no dejan de expresarlo de manera discriminatoria.

Un caricaturista del conservadurismo, de este grupo que eran los que mandaban, acuñó una frase diciendo que nosotros éramos el poder de los nacos, ‘la 4T es el poder de los nacos’; y si lo analizamos profundo, o sea, le quitamos la parte esta discriminatoria, pues tienen razón, es el poder del pueblo, pero eso es la democracia. Demos es pueblo, cratos es poder, esa es la democracia, ese el poder del pueblo.

Por eso tomaron esta decisión, además, con la intención de que no ganemos la mayoría en la Cámara de Diputados en la próxima elección.

¿Por qué no quieren que tengamos mayoría en la Cámara de Diputados?

Ellos mismos lo expresan, porque no quieren que se apoye a la gente humilde, a la gente pobre.

Cuando presenté la iniciativa para convertir en un derecho constitucional la entrega de pensiones a adultos mayores, a niñas, a niños con discapacidad, que se elevara a rango constitucional la entrega de becas a estudiantes pobres, la atención médica, los medicamentos gratuitos, votaron en contra.

Entonces, no les gusta lo que, según ellos sostienen, es repartir dinero. Nosotros lo que estamos haciendo es entregando el presupuesto al pueblo y dándole preferencia a la gente que más lo necesita.

Y siempre lo he dicho, hay gobiernos que dan y hay gobiernos que quitan, y a mí me llena de orgullo representar a un gobierno que da, aunque a eso le llamen populismo, paternalismo, porque no les creo su cuento de que lo que va a los pobres es paternalismo, es populismo y lo que va a los de arriba es fomento o rescate, como lo han hecho históricamente.

Entonces, quieren que no tengamos mayoría en la Cámara de Diputados.

¿Por qué?

Bueno, porque la Cámara de Diputados tiene la facultad exclusiva de aprobar el presupuesto y lo que quieren es seguir controlando el presupuesto para que el presupuesto no vaya a las mayorías, sino siga quedándose en unas cuantas manos, que siga habiendo, como era antes, partidas de moches, donde se reparten los políticos el dinero del presupuesto o se utiliza el presupuesto para entregar contratos, concesiones, compras a los allegados al régimen.

Entonces, por eso dicen: ‘Vamos a unirnos’. Toda la alianza no es sólo para ganar gubernaturas, para ganar presidencias municipales, para ganar congresos locales, no, lo fundamental, lo que quiere Claudio X. González y todos los patrocinadores de este enjuague es que no tengamos mayoría en la Cámara de Diputados.

¿Quién va a decidir a final de cuentas?

Pues el ciudadano. Ya convirtieron la elección del año próximo en un referéndum, va a ser: ¿quieres que continúe el proyecto de transformación o lo frenamos, lo cortamos, lo paramos de tajo? Así está, entonces no tenemos por qué quejarnos porque no nos vamos a aburrir, va a estar interesante, vamos a ver qué opina el pueblo.

[…]

PREGUNTA: Gracias, Presidente. Buenos días.

Preguntarle sobre el tema. Hablaba hace un momento de la alianza y hace una semana en Baja California se refirió también a este tema de la alianza y por ello, la Comisión de Quejas del INE considera que son declaraciones que podrían vulnerar el principio de igualdad en la contienda.

En ese momento, en Baja California, dijo usted que esta alianza era para enfrentar por supuesto a la transformación y que usted no permitiría tan fácilmente que hubiera retrocesos.

¿Hasta dónde puede usted declarar sin que las autoridades electorales consideren que esto puede ser violatorio de la ley y considerarse como una intromisión electoral?

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Yo creo que yo tengo el derecho de expresarme, es el derecho de manifestación; más, cuando se trata de ir en contra del proyecto que represento, inclusive, en contra de mi persona.

Y no estoy inventando nada, ellos mismos sostienen que es contra mí y es evidente que por eso es que se están agrupando, se están aliando. Entonces, yo creo que sí tengo la libertad y la debo de ejercer para aclarar, argumentar y replicar.

Ahora, si me dicen que ya no debo decir nada, aunque me estén atacando, pues nada más que lo fundamenten y ya entonces me quedaría callado, estoicamente aguantando los ataques; pero considero que eso no es equitativo, que sería injusto, que sería quitarme mi libertad.

INTERLOCUTORA: ¿Va a responder de manera formal a este llamado que hacen en la Comisión de Quejas del INE para? (sic)

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Sí, en ese sentido, de que hay una oposición que no sólo cuestiona a partidos, sino cuestiona directamente al gobierno y cuestiona al Presidente y que por eso yo respondo.

Si consideran que no debo de responder, que no debo de ejercer mi libertad, pues que lo exprese la autoridad competente.

[…]

Previa contextualización de cada uno de los eventos[11] y del señalamiento de las frases denunciadas[12], la Sala Especializada argumentó lo siguiente:

         Las manifestaciones denunciadas se realizaron durante el apartado de preguntas y respuestas de cada una de las conferencias.

         Las expresiones se dieron de manera espontánea, al tratarse de una opinión circunstancial respecto de los cuestionamientos formulados por los representantes de los medios de comunicación.

         Las expresiones denunciadas son respuestas en el marco de un legítimo ejercicio periodístico amparado por la libertad de expresión e información, ante un ejercicio de comunicación del gobierno federal, en donde AMLO respondió preguntas que los representantes de los medios le formularon respecto de temas de interés público, tales como: i) la crisis sanitaria y económica del país, ii) las posibles alianzas para el proceso electoral 2020-2021, y iii) la determinación adoptada por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral con motivo de las expresiones que realizó durante su gira por Baja California.

         Las expresiones gozan de un manto jurídico protector y una presunción de licitud, de conformidad con la jurisprudencia 15/2018 de la Sala Superior, de rubro “PROTECCIÓN AL PERIODISMO. CRITERIOS PARA DESVIRTUAR LA PRESUNCIÓN DE LICITUD DE LA ACTIVIDAD PERIODÍSTICA."

         La presunción de licitud no fue controvertida por la parte denunciante ni hay pruebas en el expediente destinadas a derrotarla.

         En tanto las temáticas denunciadas se abordaron en el apartado de preguntas y respuestas de las conferencias, no encuadran en el concepto de propaganda gubernamental ni son contrarias a derecho.

         AMLO se dedicó a responder cuestionamientos formulados por los medios de comunicación en relación con temas de interés general y puestos en el debate público de la ciudadanía.

         Durante todo el tiempo de preguntas y respuestas de ambas conferencias, los representantes de los medios de comunicación abordaron distintas temáticas, de lo que se advierte un diálogo espontáneo en el que las respuestas atienden a los distintos cuestionamientos, lo que de suyo implica una coherencia discursiva entre las partes.

         El Presidente tiene el derecho a expresar libremente sus opiniones incluso cuando su respuesta tenga que ver con el desarrollo de los procesos electorales, tal y como lo sostuvo la Sala Superior al resolver el SUP-RAP-405/2012, en el que se enfatizó que no se encuentra prohibido a las personas servidoras públicas que se pronuncien sobre un proceso electoral, pues lo que se debe evitar es emitir cualquier expresión que pudiera afectar el desarrollo del proceso electoral, en observancia al principio de imparcialidad.

 

Además de lo anterior, la Sala Especializada desplegó una argumentación general relativa a todas las expresiones atribuidas a AMLO[13], del tenor siguiente:

         Ni en las conferencias ni en los eventos de Baja California se advierte que haya expresiones que directa o indirectamente soliciten el voto.

         Las expresiones sólo dan cuenta de las acciones realizadas por el gobierno federal relacionadas con el interés público en general o de acciones que podrían ser realizadas por partidos políticos sin establecer algún posicionamiento.

         El actuar de AMLO fue neutral porque no se inclinó positiva o negativamente a favor o en contra de nadie, y sólo se enfocó en su proyecto gubernamental.

         Las manifestaciones se encuentran amparadas bajo las libertades de expresión e información en el marco de un legítimo ejercicio periodístico, por lo que no es propaganda gubernamental o institucional.

         No hay pronunciamientos a favor o en contra de algún partido político.

         Las expresiones no buscan posicionar a ninguna fuerza política o candidatura.

         La mera referencia a los procesos electorales venideros no es, en sí misma, una vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad.

         El hecho de que AMLO utilice en diversas ocasiones el vocablo “transformación” no se traduce en un beneficio o promoción del partido político Morena, pues es un hecho notorio que la misma es empleada, entre otros, por el actual gobierno federal, como un proyecto político y como una posición político-ideológica frente a otros proyectos.

         La frase no es un eslogan de campaña o de uso exclusivo de un partido político, sino que guarda relación con la forma de llevar a cabo la administración pública del actual gobierno, por lo que no puede considerarse que su empleo se traduzca en propaganda en favor de Morena.

 

Con base en todo lo anterior, la Sala Especializada descartó el supuesto uso indebido de los recursos públicos empleados durante la gira de AMLO por Baja California, toda vez que las expresiones realizadas por el servidor público en el contexto de los eventos realizados en dicha entidad federativa no resultaron ilícitas.

En el mismo sentido, desestimó un supuesto uso indebido de recursos públicos en relación con la realización de las conferencias matutinas, toda vez que para su difusión no se erogaron recursos públicos más allá del presupuesto ordinario asignado al titular del Ejecutivo federal para el ejercicio de su función, y no hay pruebas que evidencien algún tipo de contrato, concierto o instrucción a los medios de comunicación para difundir las mismas.

2. Argumentación del partido recurrente. Para controvertir la sentencia impugnada, el PRD presenta los siguientes argumentos:

         La sentencia está indebidamente fundada y motivada, pues es evidente que las expresiones que AMLO realiza exceden su libertad de expresión como servidor público, máxime que debe informar y rendir cuentas, pero no le está permitido hacer alusión a cuestiones electorales como las alianzas de diversos actores políticos en los próximos comicios, tales como los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática.

         Existe una indebida interpretación y aplicación de los artículos 6, 14, 16, 41 y 134 constitucional, así como de los diversos 1, 442, 449 y 470 de la Ley Electoral al declarar la inexistencia de la infracción de uso indebido de recursos públicos, pues AMLO no sólo se limitó a hacer expresiones que conllevan informes de gobierno, sino también hizo alusiones a la materia electoral, al referirse a las alianzas electorales y a la posible conformación de la Cámara de Diputados.

         Como servidor público, AMLO debe tener cordura y un mayor deber de cuidado en la forma en que se conduce, dado el impacto de sus expresiones en la sociedad, lo que a su vez repercute en contra de las fuerzas políticas que refiere.

         La autoridad conocedora del presente asunto no debe perder de vista que actualmente se desarrollan los procesos electorales federal y locales, por lo que debe determinar que el Ejecutivo federal interviene de forma directa en la contienda electoral por la forma en la que se conduce, lo que afecta su neutralidad e imparcialidad.

         Las expresiones relativas a las alianzas electorales entre los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática como partidos opositores o liberales y las relativas a su imposibilidad de ganar la Cámara de Diputados, no dejan lugar a dudas de que la intervención de AMLO impacta la contienda electoral y afecta la equidad, lo que a su vez es un uso indebido de recursos públicos a favor de su gobierno y de Morena.

         Lo comentado en las conferencias mañaneras promociona la imagen del Presidente, pues no sólo hace alusión a temáticas que competen al ejercicio de su encargo sino que además expresa temas de índole electoral, lo cual excede su libertad de expresión, ya que la misma encuentra límite en lo relativo a los derechos de terceros, como en este caso lo es el derecho a las alianzas electorales, las cuales son de interés general y compete al Instituto Nacional Electoral el pronunciarse sobre ellas y no al titular del Ejecutivo federal.

         Referirse a tópicos electorales es una cuestión prohibida al no tener relación con la rendición de cuentas ni tener fines informativos, educativos o de orientación social, por lo que las expresiones denunciadas sólo promueven a AMLO y a su partido.

         La Sala Especializada actúa erróneamente al considerar que las expresiones están amparadas por la libertad de expresión, pues en el pretendido ejercicio de rendición de cuentas o de información, AMLO se excede y trastoca derechos de terceros, pretendiendo hacer notar ante la ciudadanía que las alianzas que se generen entre los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática no serán suficientes para que la Cámara de Diputados deje de tener la mayoría que tiene porque en las próximas elecciones ganarán.

         Deben ponderarse los principios electorales y democráticos que rigen la materia electoral, porque con las expresiones denunciadas se afectó la imparcialidad y neutralidad en los procesos electorales en curso.

 

3. Análisis de los agravios. Esta Sala Superior considera que los agravios del partido recurrente son inoperantes, pues no combaten adecuada y eficazmente las razones de la Sala Especializada que sustentan el sentido del fallo en revisión.

Al respecto, debe considerarse que para controvertir eficazmente una sentencia dictada por un órgano jurisdiccional ante un órgano revisor, quien promueve la impugnación respectiva debe evidenciar que los argumentos y consideraciones que fundamentan y motivan el sentido del fallo son jurídicamente incorrectos, inadecuados, impertinentes, insuficientes, o que cuentan con algún otro vicio que haga necesaria su casación, siempre y cuando dichos errores sean de la entidad suficiente para modificar la determinación combatida.

Bajo esta premisa, la inoperancia de los agravios surge, entre otros motivos, cuando no se combaten todas y cada una de las consideraciones contenidas en la sentencia recurrida[14] que justifican la corrección jurídica de su sentido.

Debe tenerse en cuenta que en los recursos, el objetivo procesal que se persigue no es el de hacer un análisis de fondo de la problemática jurídica que dio origen al conflicto; en este caso, la posible ilicitud de las expresiones vertidas por AMLO en los diversos eventos que ya se relataron. Tal cuestión le corresponde al órgano jurisdiccional con competencia para ello, que es la Sala Especializada.

Por cuanto hace al recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, su objetivo procesal consiste en, precisamente, hacer una revisión de las razones que la Sala Especializada explicita para sustentar el sentido de sus determinaciones correspondientes a los análisis de fondo.[15]

Para ello, se requiere que la parte recurrente señale con claridad cuáles son dichas razones que considera incorrectas, así como los argumentos que evidencien esa posible incorrección, habida cuenta que no opera una suplencia en la deficiencia de la queja por parte de este órgano jurisdiccional.

De ello se sigue que las razones que sustentan la decisión del análisis de fondo por parte de la Sala Especializada que no hayan sido combatidas, mantienen su validez procesal.

Ahora bien, en el presente caso, los agravios del partido recurrente -esto es, las razones que presenta para tratar de justificar que el fallo de la Sala Especializada es jurídicamente incorrecto- giran en torno a una temática en particular: la mención por parte de AMLO de las alianzas electorales relativas a los comicios federal y locales a celebrarse en 2020-2021, y el papel que las mismas pueden jugar en relación con la futura conformación de la Cámara de Diputados.

En su argumentación, el partido alega, fundamentalmente, que la sola mención de este tópico excede la libertad de expresión del referido servidor público, dado su carácter como Presidente de la República y el impacto social que sus expresiones pueden alcanzar, lo que a su vez puede poner en entredicho la equidad de los referidos comicios.

Además, sustenta que la sola mención a las temáticas electorales -y en particular a las alianzas electorales- tiene como efecto el promover su imagen y la de Morena, así como afectar los derechos de los partidos que conformarían dichas alianzas.

Por su parte, en relación con las expresiones cuyo contenido está vinculado con dicha temática, la Sala Especializada presentó una serie de argumentos para establecer su amparo bajo la libertad de expresión, que el partido recurrente no combate.

En efecto, en el caso de las manifestaciones que tuvieron lugar en el evento denominado “Supervisión de obra, Libramiento Ensenada. Presentación del Programa de Mejoramiento Urbano 2021”, se consideró que:

         Las expresiones son una opinión personal.

         No inducen a la ciudadanía a votar a favor o en contra de alguna fuerza política, o influir de algún modo en las preferencias electorales, ni tampoco hay prueba para suponer dicha intención.

         La sola mención de la temática no está prohibida, pues la libertad de expresión únicamente quedaría acotada ante la existencia de un discurso cuya finalidad fuera incidir en los procesos electorales, misma que no se advierte en el presente caso.

 

Por otro lado, en lo tocante a las expresiones vinculadas con dicha temática que se generaron en las conferencias matutinas de treinta de noviembre y siete de diciembre en Palacio Nacional, se estimó que:

         Las expresiones se generaron de manera espontánea, como respuestas al tenor de una sesión de preguntas realizadas por los medios de comunicación.

         Al darse en un contexto de ejercicio periodístico, cuentan con una presunción de licitud que no fue desvirtuada por prueba alguna.

         El titular del Ejecutivo tiene derecho a expresar libremente sus opiniones, aún y cuando éstas tengan que ver con el desarrollo de los procesos electorales.

Además de lo anterior, la Sala Especializada también presentó una argumentación general en torno a todas las expresiones denunciadas, lo que ciertamente incluye a las que tratan de la temática de las alianzas electorales.

Para justificar de forma general la licitud de éstas, se razonó fundamentalmente que:

         No presentaron solicitud alguna del voto.

         No hubo pronunciamientos a favor o en contra de algún partido político.

         No buscaron posicionar a alguna fuerza política o candidatura.

 

De todo lo anterior se advierte que el criterio fundamental de la Sala Especializada para desestimar que la sola mención por parte del Presidente de las alianzas electorales en sus discursos públicos sea una cuestión ilícita, consistió en la ausencia de una finalidad de influir en los procesos electorales con la emisión de dichas expresiones, y que las mismas se encuentra amparadas por su contextualización en un ejercicio periodístico con una presunción de licitud.

El contraste argumentativo entre la Sala Especializada y el partido recurrente en relación con la temática de mérito puede observarse con mayor facilidad de la siguiente forma:

¿La sola mención de las alianzas electorales por parte de AMLO es un acto ilícito en sí mismo?

Sala Especializada: NO.

Partido recurrente: SÍ.

Razones:

         El Presidente sí tiene libertad de opinar sobre temáticas electorales, siempre y cuando no tengan por objetivo incidir en los procesos electorales.

         Los comentarios analizados no se acompañaron de expresiones destinadas a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, ni tampoco tuvieron dicha finalidad o buscar algún beneficio político.

         Las menciones denunciadas fueron espontáneas y se dieron en el contexto de un ejercicio periodístico, por lo que se presumen lícitas, al no haber prueba en contrario.

         El Presidente no tiene libertad de opinar sobre temáticas electorales, ya que las mismas:

o        No tienen relación con la rendición de cuentas ni fines informativos, educativos o de orientación social.

o        Pueden causar impacto social.

o        Promueven su imagen.

 

 

De lo anterior se advierte con facilidad que el partido recurrente no combate todas las razones esgrimidas por la Sala Especializada para considerar que la sola mención de temáticas electorales -y en particular, de las alianzas electorales-, no resulta en un acto contrario a la normatividad.

Particularmente, el partido recurrente deja de controvertir el criterio de que la sola mención a las alianzas electorales sean un acto lícito, cuando no se acompañen de alguna expresión destinada a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía y se den en un contexto de ejercicio periodístico.

En contraste, el partido recurrente únicamente insiste en que la sola mención de dichas temáticas por parte del Presidente resulta en un acto ilícito, sin referir ni evidenciar una supuesta incorrección de las mencionadas razones que la Sala Especializada presentó para justificar lo contrario.

Por ello, esta Sala Superior considera que los agravios del partido recurrente son inoperantes por insuficientes, al no controvertir de manera adecuada y eficaz las razones que dicho órgano jurisdiccional refirió para justificar que el hecho de que AMLO haya hecho mención de las posibles alianzas electorales en relación con los comicios de 2020-2021 es una cuestión que, en sí misma, no es contraria a la normatividad electoral.

En consecuencia, si dichas razones son las que justifican el sentido desestimatorio del fallo dictado por la Sala Especializada, y las mismas no se impugnaron por el partido recurrente en esta instancia, entonces el sentido del fallo guarda su validez y debe confirmarse.

VI. Decisión.

Al haber resultado ineficaces los agravios del partido recurrente, debe confirmarse la sentencia recurrida.

PUNTO RESOLUTIVO

ÚNICO. Se confirma la sentencia recurrida.

Notifíquese como en Derecho corresponda.

En su oportunidad, previos los trámites correspondientes, devuélvase a la responsable la documentación atinente y, de ser el caso, también al recurrente, y archívese el expediente como asunto concluido.

Así lo resolvieron, por mayoría de votos, las Magistradas y los Magistrados que integran la Sala Superior, con la ausencia de la Magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y del Magistrado Indalfer Infante González; y los votos en contra de la Magistrada Janine M. Otálora Malassis y del Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quienes anuncian la emisión de un voto particular. Ante el Secretario General de Acuerdos, quien autoriza y da fe, así como de que la presente resolución se firma de manera electrónica.

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firma electrónica certificada, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VOTO PARTICULAR CONJUNTO QUE FORMULAN EL MAGISTRADO REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN Y LA MAGISTRADA JANINE M. OTÁLORA MALASSIS CON RESPECTO A LA SENTENCIA DICTADA EN EL RECURSO DE REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR SUP-REP-183/2020[16]

De manera respetuosa, formulamos este voto particular en contra de la sentencia en la que se confirma la resolución dictada por la Sala Regional Especializada[17] en el expediente SRE-PSC-32/2020. En esa sentencia se declararon como inexistentes las infracciones atribuidas al presidente de la República por la violación a los principios de imparcialidad y neutralidad, así como por el uso indebido de recursos públicos a raíz de las expresiones que emitió en dos eventos en Baja California, así como en las conferencias matutinas del treinta de noviembre y siete de diciembre de dos mil veinte.

En la sentencia aprobada se sostiene, esencialmente, que el partido recurrente no combate de manera adecuada y eficaz las razones que sustentan la determinación de la Sala Especializada, específicamente, que las manifestaciones que realizó el presidente en torno a las alianzas electorales entre el Partido Revolucionario Institucional y Acción Nacional[18] no son contrarias a Derecho, por lo que califica los agravios como inoperantes y confirma la resolución impugnada.

En este sentido, estimamos que el promovente sí presenta razones para demostrar que fue incorrecta la decisión de la Sala Especializada, por lo que lo adecuado es estudiar los agravios en torno a la ilicitud de las expresiones realizadas por el presidente y establecer si ve correcta la determinación de que dichas manifestaciones no constituyen una violación a los principios de neutralidad e imparcialidad, así como que no hubo un uso indebido de recursos públicos.

En ese sentido, si en el medio de impugnación  que nos ocupa se dan elementos para el análisis de la sentencia impugnada, relacionada con la denuncia por la supuesta intervención del servidor público de mayor rango a nivel federal, quien se alude habría vulnerado los principios electorales establecidos a nivel constitucional que rigen los procesos electorales federal y locales que están en curso, este Tribunal Electoral como órgano constitucional garante del cumplimiento  de la Constitución general debe velar por su debido respeto, analizando los agravios respectivos.

1. Los argumentos planteados por el recurrente son suficientes para combatir las consideraciones de la resolución impugnada

La Sala Especializada resolvió que las expresiones realizadas por el presidente no tienen una connotación de apoyo hacia una fuerza electoral en específico, así como tampoco en contra de un partido político que pudieran afectar la contienda.

En este sentido, la autoridad responsable consideró que las manifestaciones del presidente referentes a la alianza entre el PRI y el PAN en las elecciones del 2021 para renovar la Cámara de Diputados constituyen una opinión personal y que en ellas no se induce a la ciudadanía a votar por alguna fuerza política. Además, argumentó que las expresiones sobre las posibles alianzas entre los partidos políticos están amparadas por la libertad de expresión, ya que la única restricción existente en el marco constitucional y legal radica en realizar manifestaciones que incidan en los procesos electorales y no en hacer referencia a las elecciones.

Por otro lado, con respecto a las conferencias matutinas, la Sala Especializada consideró que las expresiones del presidente se generaron de manera espontánea, en respuesta a un conjunto de preguntas realizadas por los medios de comunicación que, al darse en un contexto de ejercicio periodístico, cuentan con una presunción de licitud que no fue desvirtuada. Finalmente, estimó que el presidente tiene el derecho a expresar libremente sus opiniones, aún y cuando éstas tengan que ver con los procesos electorales, pues lo relevante es que con tales manifestaciones se observe el principio de imparcialidad sin incidir en las preferencias electorales.

Ahora bien, el partido recurrente, en su demanda, sostiene que la resolución impugnada tiene una indebida fundamentación y motivación, pues es evidente que las expresiones exceden el derecho a la libertad de expresión que tiene el presidente como servidor público, sin que del marco constitucional y legal se pueda interpretar que le esté permitido aludir a cuestiones electorales, como es el caso de la alianza entre el PAN, el PRD y el PRI.

De lo expuesto se aprecia que el recurrente sí presentó razones para demostrar que fue incorrecta la decisión impugnada, puesto que señala que la autoridad responsable realizó una indebida interpretación de los artículos 6 y 134 de la Constitución general, ya que el titular del Poder Ejecutivo Federal hizo alusiones a las alianzas electorales, siendo que, como servidor público de primer nivel, sus expresiones tienen un gran impacto en la sociedad al tener mayor penetración. Además, el Poder Ejecutivo debe tener un especial cuidado en sus conductas, al ser mayor la exigencia de respetar los principios de equidad e imparcialidad.

Igualmente, señala que no se puede perder de vista que actualmente se desarrollan los procesos electorales federales y locales y, por lo tanto, las expresiones del presidente violan el principio de neutralidad e imparcialidad. Considera, de la misma forma, que sus expresiones impactan en materia electoral, ya que aborda el tema de las alianzas electorales y declara que dicha alianza no ganará en las próximas elecciones.

Finalmente, con respecto a las conferencias matutinas, el recurrente señala que promocionan la imagen del presidente, pues no hace referencia a temáticas del ejercicio de su cargo, sino a temas de índole electoral, lo que excede su libertad de expresión.

Conforme a lo anterior,  consideramos que los argumentos planteados por el actor sí combaten las consideraciones centrales de la resolución impugnada, ya que plantean una controversia en torno a  la ilicitud de las expresiones realizadas por el presidente de la República en las que hizo referencia a la alianza electoral entre diversos partidos políticos, por lo que lo procedente sería estudiar si dichas manifestaciones violan los principios de neutralidad e imparcialidad y constituyen un uso indebido de recursos públicos, o si como lo refirió la Sala Especializada, se encuentran amparadas bajo la libertad de expresión.

Por estas razones, estimamos que en la sentencia aprobada mediante la calificación de inoperancia se incurre en una deficiencia técnica y se elude el análisis de las cuestiones planteadas.

2. Las manifestaciones del presidente son contrarias a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad, y afectan el desarrollo del proceso electoral en curso

2.1. Planteamiento del problema

El actor en su denuncia señala que los posicionamientos del presidente, realizados en dos eventos durante su gira en Baja California y en dos de sus conferencias matutinas, violan el principio de imparcialidad y neutralidad y, por lo tanto, conllevan un uso indebido de recursos públicos, al influir en los procesos electorales federales y locales que actualmente se desarrollan y al llamar al voto en favor del partido político que lo postuló.

La Sala Especializada declaró inexistentes las infracciones atribuidas al presidente por la violación a los principios de imparcialidad y neutralidad y por la utilización indebida de recursos públicos, al considerar que las manifestaciones realizadas por el presidente en los cuatro eventos denunciados no resultaron ilícitas como se advierte a continuación:

A.  Supervisión de obra, ampliación del Hospital Rural San Quintín IMSS-Bienestar. La autoridad responsable consideró que las expresiones no tienen una connotación de apoyo hacia una fuerza política en específico ni en contra de algún partido político que pudiera afectar la equidad en la contienda. Además, determinó que no hay elementos que hagan suponer que las frases implican una referencia a los institutos políticos que promovieron las denuncias, sino que se trata de puntos de vista respecto de los que están en contra del proyecto de la actual administración y que no hay una exaltación o realce desproporcionado, desmedido o injustificado de su nombre, imagen, cualidades o atributos personales.

 

B.     Expresiones realizadas en la supervisión de obra, Libramiento Ensenada. La Sala responsable sostuvo que las manifestaciones relacionadas con las alianzas entre el PRI y el PAN para las elecciones del 2021 con el fin de renovar la Cámara de Diputados son una opinión personal del presidente y que en ellas no se advierte que se induzca a la ciudadanía a votar por alguna fuerza política.  Además, consideró que las expresiones sobre las posibles alianzas entre los partidos políticos están amparadas por la libertad de expresión, ya que la única restricción aplicable al funcionario se relaciona con hacer manifestaciones que incidan en los procesos electorales, lo cual en su consideración no ocurrió.

 

C.    Conferencias realizadas en palacio nacional el treinta de noviembre y siete de diciembre. La autoridad responsable estimó que las expresiones se generaron de manera espontánea, en respuesta a un conjunto de preguntas realizadas por los medios de comunicación que, al darse en un contexto de ejercicio periodístico, cuentan con una presunción de licitud que no fue desvirtuada. Por último, consideró que el presidente tiene derecho a expresar libremente sus opiniones, incluso cuando estas tengan que ver con el desarrollo de los procesos electorales, pues lo relevante es que con tales manifestaciones no se incida en los procesos electorales.

Finalmente, la Sala responsable realizó conclusiones generales sobre las expresiones del presidente conforme a lo siguiente:

         En las conferencias y en los eventos de Baja California no se advierte que haya expresiones que directa o indirectamente soliciten el voto.

         Las manifestaciones se encuentran amparadas bajo las libertades de expresión e información en el marco de un legítimo ejercicio periodístico, por lo que no es propaganda gubernamental o institucional.

         No hay pronunciamientos a favor o en contra de algún partido político.

         Las expresiones no buscan posicionar a ninguna fuerza política o candidatura.

         La mera referencia a los procesos electorales no es, en sí misma, una vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad.

Inconforme, el partido actor hace valer ante esta Sala Superior que la sentencia está indebidamente fundada y motivada, pues es evidente que el presidente excedió su libertad de expresión como servidor público al realizar señalamientos en torno a las alianzas electorales del PRI, PAN y PRD.

El partido actor argumenta que la Sala Especializada hizo una indebida interpretación y aplicación de los artículos 6 y 134 de la Constitución general, al declarar inexistentes las infracciones atribuidas al presidente, ya que en sus posicionamientos no se limitó a informar sobre acciones de gobierno, sino que hizo pronunciamientos electorales en torno a las alianzas que se están registrando en el proceso electoral federal y local, así como a la conformación de la Cámara de Diputados.

Señaló igualmente, que fue omisa en considerar que actualmente se desarrolla el proceso electoral, por lo que la intervención del Ejecutivo afecta su neutralidad e imparcialidad y las expresiones relativas a las alianzas electorales entre el PRI, el PAN y el PRD y su imposibilidad de ganar la Cámara de Diputados constituyen una intervención del Ejecutivo que impacta en la contienda electoral y afecta la equidad.

El actor alega que la Sala Especializada actuó de manera indebida al considerar que las expresiones del presidente se encuentran amparadas por la libertad de expresión, ya que a través de esas manifestaciones les participa a los electores que la alianza entre el PRI, el PAN y el PRD no será suficiente para que el partido que lo postuló deje de tener mayoría.

Precisado lo anterior, se advierte que el problema planteado ante esta Sala Superior consiste en determinar si la resolución impugnada se ajustó a Derecho. Al efecto, deberá establecerse si las expresiones denunciadas: i) no constituyen un posicionamiento en favor o en contra de un partido político; ii) no buscan posicionar a ninguna fuerza política; y iii) se encuentran amparadas por la libertad de expresión. Lo anterior, a fin de determinar si se vulneró el principio de imparcialidad y neutralidad en las elecciones que actualmente se desarrollan como lo hace valer el partido recurrente.

2.2 Principio de imparcialidad y equidad

En la exposición de motivos de la reforma electoral de 2007, que modificó el artículo 134 de la Constitución general, se precisó que uno de los objetivos que se perseguía con la reforma constitucional era elevar a rango de norma constitucional las regulaciones a que debe sujetarse la propaganda gubernamental de todo tipo, tanto durante las campañas electorales como en periodos no electorales.

De esta manera, el legislador hizo especial énfasis en tres aspectos:

         Impedir el uso del poder público a favor o en contra de cualquier partido político o candidato a cargo de elección popular; así como el uso de éste para promover ambiciones personales de índole política.

         Blindar a la democracia mexicana evitando el uso del dinero público para incidir en la contienda electoral y de la propaganda institucional para promoción personalizada con fines electorales.

         Exigir a quienes ocupan cargos de gobierno total imparcialidad en las contiendas electorales, usando los recursos públicos bajo su mando para los fines constitucionales y legalmente previstos.

Así el artículo 134 de la Constitución general incorporó la tutela de dos bienes jurídicos o valores esenciales de los sistemas democráticos: la imparcialidad y la equidad en los procedimientos electorales.

Desde el orden constitucional se dispuso que todo servidor público de cualquiera de los diferentes órdenes de gobierno tiene la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad en la competencia entre los partidos políticos, es decir, se establecieron garantías en el contexto de los procesos comiciales, a efecto de salvaguardar los principios rectores de la elección.

A su vez, el artículo 449[19] de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales[20] prevé que la prohibición impuesta a los servidores públicos, además de referirse a la eventual vulneración del principio de imparcialidad —en los términos de lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución general—, alude también a aquellas otras conductas que pudieran implicar propaganda de servidores públicos en el periodo de campañas electorales, o bien, que se traduzcan en coacción o presión al electorado, para votar a favor o en contra de cualquier partido político o candidato.

La esencia de la prohibición constitucional y legal en realidad radica en que no se utilicen recursos públicos para fines distintos, ni que los servidores públicos aprovechen la posición en que se encuentran para que, de manera explícita o implícita, hagan promoción para sí, a favor o en contra de algún partido político, o de un tercero, que pueda afectar la contienda electoral.

La Sala Superior ha precisado que se viola el principio de imparcialidad en materia electoral a que se refieren las normas previstas en los artículos 41 y 134 de la Constitución general, cuando cualquier servidor público aplica los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, de manera tal que afecte la equidad en la contienda entre los partidos políticos[21].

De la interpretación sistemática de los artículos 1, 6, 35, 41 y 134 de la Constitución general, así como el 449 de la LEGIPE, se deriva la prohibición a los servidores del Estado de desviar recursos públicos para favorecer a determinado partido político, precandidato o candidato a un cargo de elección popular[22].

La obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que son asignados tiene una finalidad sustancial, relativa a que no haya una influencia indebida por parte de los servidores públicos en la competencia que exista entre los partidos políticos[23].

Para atender esta obligación, la Sala Superior ha considerado dentro del análisis de casos los siguientes elementos:

       Principios protegidos: legalidad y juridicidad en el desempeño de las funciones públicas; elecciones libres y auténticas; imparcialidad e igualdad en el acceso a los cargos públicos; y neutralidad[24].

       Punto de vista cualitativo: relevancia de las funciones para identificar el poder de mando en la comisión de conductas posiblemente irregulares[25].

       Prohibiciones a servidores públicos: desviar recursos que estén bajo su responsabilidad para propósitos electorales[26].

       Especial deber de cuidado de servidores públicos: para que en el desempeño de sus funciones eviten poner en riesgo los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad[27].

Respecto a este último punto, la naturaleza y/o calidad del servidor público es relevante para evaluar el especial deber de cuidado que deben observar, con motivo de sus funciones. En consecuencia, las autoridades electorales deben hacer un análisis ponderado y diferenciado atendiendo al nivel de riesgo o afectación que determinadas conductas pueden generar dependiendo de las facultades, la capacidad de decisión, el nivel de mando, el personal a su cargo y la jerarquía que tiene cada servidor público. En el caso del Poder Ejecutivo, al ser el encargado de ejecutar las políticas públicas aprobadas por el Poder Legislativo y de los asuntos del orden administrativo federal o local, se ha considerado que tiene un especial deber de cuidado respecto al principio de neutralidad[28], ya que tiene una presencia protagónica en el marco histórico-social mexicano y dispone de un poder de mando respecto de los recursos financieros, materiales y humanos de toda la administración pública.

La Sala Superior ha considerado que, dado el contexto histórico-social de su figura y la posibilidad de disponer de recursos, influye relevantemente en el electorado, por lo que los funcionarios públicos que desempeñen el cargo deben tener especial cuidado en las conductas que realicen en el ejercicio de sus funciones, mientras transcurre el proceso electoral.

Para evaluar si un acto realizado por algún funcionario público afecta o incide injustificadamente en alguna contienda electoral, debe tenerse en cuenta lo siguiente: el cargo, el poder público al que se adscribe (Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial u organismos autónomos), el nivel de gobierno y la capacidad para disponer por sí mismo de recursos públicos o personal a su cargo; las funciones que ejerce, la influencia y el grado de representatividad del Estado o entidad federativa, el vínculo con un partido político o una preferencia electoral, de entre otros elementos que permiten generar inferencias válidas de un posible desempeño indebido de sus funciones públicas.

El marco constitucional y legal expuesto es claro en que ninguna persona que se desempeñe en la función pública puede vulnerar o poner en riesgo los principios constitucionales, entre ellos el de imparcialidad, por lo que debe tener especial cuidado en las conductas que en ejercicio de su encargo realice mientras transcurre el proceso electoral. El incumplimiento de ese parámetro legal y constitucional por servidores públicos de mayor jerarquía, como lo es el titular del Ejecutivo federal, puede causar una mayor afectación, dada su posición frente a la ciudadanía.

2.3. Principio de neutralidad o imparcialidad

Respecto al principio de neutralidad, la Sala Superior ha considerado que el poder público no debe emplearse para influir al electorado y, por tanto, las autoridades no deben identificarse, a través de su función, con candidatos o partidos políticos en elecciones, ni apoyarlos mediante el uso de recursos públicos o programas sociales[29].

Lo anterior, entre otras cosas, busca inhibir o desalentar toda influencia que incline la balanza a favor o en contra de determinada candidatura o que distorsione las condiciones de equidad en la contienda electoral.

Así, el principio de neutralidad exige a todos los servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones se conduzcan sin sesgos, en cumplimiento estricto de la normativa aplicable. Lo que implica la prohibición a tales servidores de intervenir en las elecciones de manera directa o por medio de otras autoridades o agentes[30].

Cabe mencionar que las obligaciones antes referidas no son exclusivas del sistema jurídico mexicano, pues, al analizar la situación de los servidores públicos en otros países se aprecia la tendencia de imponer al servidor público las obligaciones de conducirse con neutralidad, con el fin de respetar la equidad en las contiendas electorales.

Como ejemplo, tenemos que el Tribunal Constitucional alemán (BVerfGE 44, 125) se ha pronunciado en el sentido de que los funcionarios públicos tienen prohibido constitucionalmente identificarse, en el ejercicio de sus funciones y mediante el ejercicio de recursos públicos, con partidos políticos o candidatos, sobre todo con mensajes que influyan en la opinión del electorado.

Asimismo, conforme a los criterios de la Suprema Corte de los Estados Unidos de América, los servidores públicos deben tener especial cuidado con las expresiones que realizan durante el desempeño de sus funciones o en los comunicados oficiales, aunque gozan de un margen más amplio en caso de otras apariciones públicas (Garcetti et al. vs. Ceballos, 547 U.S. 410, 2006).

Realizando un análisis similar, la Suprema Corte de Canadá sostuvo que las limitaciones a la participación política de los funcionarios deberían tomar en cuenta la naturaleza de las funciones desempeñadas, el papel, nivel e importancia del funcionario en la estructura administrativa, así como la visibilidad y la naturaleza de la actividad política en cuestión (Osborne vs. Canadá (Treasury Board), [1991] 2 S.C.R. 69).

Bajo ese contexto, conforme al modelo de comunicación política y otras regulaciones aplicables en nuestro país, la propaganda que difundan los servidores públicos en medios de comunicación masiva tiene un impacto relevante en la ciudadanía, por lo que deben realizarse con neutralidad discursiva, que resulte congruente con sus obligaciones constitucionales de imparcialidad y con el principio de equidad en la contenida electoral.

3. Caso concreto

Una vez referido lo anterior, se estudian a continuación los agravios hechos valer por el recurrente.

3.1. La Sala Especializada fundó y motivó su resolución de manera indebida, al considerar que las expresiones emitidas por el presidente constituyen una opinión que se encuentra protegida por la libertad de expresión

En opinión del recurrente, las expresiones relativas a las alianzas electorales entre el PRI, el PAN y el PRD y su imposibilidad de ganar la Cámara de Diputados constituyen una intervención del Ejecutivo que impacta en la contienda electoral y afecta la equidad.

Al respecto, consideramos que le asiste la razón al partido recurrente y por lo tanto el agravio debe declararse fundado.

Contrario a lo sostenido por la Sala Especializada y por la sentencia aprobada por la mayoría, en mi concepto, las expresiones emitidas por el presidente de la república no constituyen opiniones que se encuentran amparadas por la libertad de expresión.

En casos como el presente, se ha generado un falso debate o dilema sobre la pretendida libertad de expresión del presidente de la República y las restricciones o limitaciones constitucionales impuestas en el artículo 134 constitucional, ya que, por un lado, los derechos humanos, en general, no son absolutos y, por otro, no protegen directamente el ejercicio del poder público. En general, los servidores públicos no ejercen derechos, sino atribuciones, particularmente la rendición de cuentas y las necesarias para garantizar el derecho a la información. Un elemento esencial del Estado constitucional de Derecho consiste en la sujeción de los poderes públicos a la Constitución y a las leyes. Consecuentemente, ningún servidor público puede pretender colocarse al margen de las restricciones constitucionales y legales so pretexto del ejercicio de una pretendida libertad de expresión.

Lo anterior, porque existen restricciones constitucionales y legales a las que se encuentran sometidos los servidores públicos, entre ellos el titular del Poder Ejecutivo Federal, con el fin de garantizar condiciones de imparcialidad y equidad durante los procesos electorales. Ser un funcionario público implica una responsabilidad comunicativa, pues, dada la naturaleza del cargo, existe una mayor visibilidad por parte de los medios de comunicación para informar sobre sus labores gubernamentales[31].

Esta Sala Superior ha sostenido que hacer del conocimiento público una opinión en relación con temas como las campañas políticas y el voto informado está dentro de la libertad de expresión y el derecho a la información de la ciudadanía. Sin embargo, quienes ocupan determinados cargos públicos, por la naturaleza del ámbito al que pertenecen y, sobre todo, por su posición de relevancia o mando, como ha sido indicado, están sujetos a las restricciones o limitaciones constitucionales.

Así, que quienes ocupen la titularidad del Poder Ejecutivo en sus diferentes ámbitos de gobierno (Presidencia de la República, gubernaturas y presidencias municipales), deben abstenerse de emitir opiniones o expresiones que por su investidura puedan impactar en los comicios.

La abstención se debe practicar con especial tutela durante la etapa de campañas electorales, puesto que el no hacerlo implica una vulneración de los principios constitucionales de equidad e imparcialidad reconocidos por el artículo 134 de la Constitución general.

El modelo de comunicación política previsto en la Constitución pretende alcanzar una equidad con la exposición proporcional de todas las opciones políticas durante el proceso electoral. Por ello, la norma prohíbe a los servidores públicos pronunciarse de tal forma que creen, transformen o confirmen opiniones que estimulen conductas políticas durante procesos electorales[32].

Esto es, existe el deber de abstenerse de participar en el desarrollo de los procesos electorales a favor o en contra de alguna opción política, a fin de garantizar que los resultados de las elecciones sea un fiel reflejo de la voluntad ciudadana, sin influencias o interferencias de los poderes públicos.

De esta forma, el principio de imparcialidad o neutralidad tiene como finalidad evitar que quienes desempeñan un cargo público utilicen los recursos humanos, materiales o financieros a su alcance, incluso su prestigio o presencia pública que deriven de sus posiciones como personas representantes electas o servidoras públicas para desequilibrar la igualdad de condiciones en los procesos comiciales, o bien, para influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, ya sea a favor o en contra de determinado partido político, aspirante, precandidatura o candidatura[33].

Lo anterior también se puede traducir en que el cargo que ostentan no se utilice para afectar los procesos electorales a favor o en contra de actores políticos. Prohibición que toma en cuenta los recursos gozados en forma de prestigio o presencia pública que deriven de sus posiciones como personas representantes electas o servidoras públicas y que puedan convertirse en respaldo político u otros tipos de apoyo.

Por ello, la finalidad de esa previsión constitucional es evitar que el cargo público que ostentan y los recursos públicos de que disponen las personas servidoras se utilicen para fines distintos a los planeados y presupuestados por la autoridad competente, en particular, para generar un impacto en la ciudadanía, con la intención de influir en sus preferencias electorales, en detrimento del principio de equidad, en las campañas electorales y sus resultados.

En síntesis, el principio de imparcialidad o neutralidad se trastoca si los recursos públicos o la presencia, imagen o posición en la estructura gubernamental se utilizan de tal forma que pueden incidir en la equidad de condiciones en los comicios y, por lo tanto, constituye una infracción al párrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución general.

En el caso concreto, se advierte que las manifestaciones del presidente se realizan en torno a una temática específica referente a la alianza entre el PRI, el PAN y el PRD en los procesos electorales local y federal que se encuentra en curso. Concretamente, las expresiones del presidente constituyen una toma de posición en contra de la alianza electoral, como se muestra a continuación[34].

Durante un evento en Ensenada, Baja California[35], el presidente señaló que tuvo conocimiento por diversos medios de comunicación de que el PRI y el PAN están buscando una alianza; posteriormente mencionó que hay dos grandes corrientes en México [liberal y conservadora].

Enseguida, manifestó que el próximo año habrá elección en quince estados para gobernador y que además se va a renovar la Cámara de Diputados, que es fundamental en cuanto a las facultades con las que cuenta, puesto que de entre sus atribuciones se encuentra la aprobación del presupuesto.

Finalmente, concluyó su intervención señalando que está seguro de que va a ganar “el movimiento liberal” y que las fuerzas progresistas le van a ganar al “partido conservador, al partido de la corrupción y de los privilegios”.

Ahora, en su conferencia del treinta de noviembre el presidente hizo referencia a su visita a Baja California y señaló que se siente orgulloso de haber dicho que el PRI y el PAN eran lo mismo. Enseguida, manifiesta que el PRI y el PAN se van a aliar en Baja California en contra de su proyecto y se complace de que se terminen de quitar las caretas y que se presenten como lo que son, “representantes de una minoría que se sentía dueña de México”.

Concluye su discurso señalando que, en su opinión, esa alianza les va a afectar más, pues había quienes pensaban que el PRI, el PAN y el PRD eran cosas distintas y ahora que todos van juntos tendrán un efecto contrario que les va a perjudicar mucho.

Por último, en su conferencia del siete de diciembre, el presidente en relación con la alianza electoral señaló que tomaron esa decisión con la intención de que no ganen la mayoría en la Cámara de Diputados, resaltando al igual que en el primer evento en Baja California, que dicho órgano tiene la facultad de aprobar el presupuesto.

Enseguida, afirmó que lo que quieren [en referencia a la alianza] es controlar el presupuesto para que se quede en unas manos, que siga habiendo “moches”, para que el dinero se reparta entre políticos de manera que se entreguen contratos, concesiones y compras a los allegados al régimen.

Concluyó su discurso señalando que la alianza no es para ganar gubernaturas, presidencias municipales o congresos locales, sino que se trata de evitar que tengan mayoría [refiriéndose al partido que lo postuló].

Así, se advierte que las manifestaciones del presidente contienen una coherencia narrativa en torno a una crítica severa a la alianza electoral que realizarían el PRI, el PAN y el PRD en el marco del proceso electoral federal y local que se desarrolla actualmente.

Tales expresiones tienen una clara connotación de apoyo hacia una fuerza política en específico y en contra de partidos políticos que pudiera afectar la equidad en la contienda, respecto de los cuales, contrario a lo indicado por la Sala Regional Especializada, hizo referencia expresa, y señaló lo que a su consideración estaba en juego en los procesos electorales, lo que se podía perder en caso de ganar su oposición y manifestó que iba a ganar su movimiento.

Estimamos que el análisis de las expresiones en su integridad dan cuenta de ello, y aunque algunas de éstas se den en el marco de una conferencia de prensa, éstas no pueden quedar amparadas por la libertad de expresión y el derecho a la información, sino que las manifestaciones tienen que ser analizadas en el marco de la investidura y de la prudencia discursiva que ésta exige, y en el caso, el entrevistado —el titular del poder ejecutivo— se coloca incluso en la posición de un contendiente más del proceso electoral, lo cual es más evidente cuando a través de sus afirmaciones se asume como parte de la integración de una de las cámaras del poder legislativo federal a renovar, esto es, de la Cámara de Diputados, cuando alude que “quieren que no tengamos mayoría”[36].

Consideramos que las manifestaciones del presidente constituyen un mensaje político y electoral, al señalar que esa alianza les va a afectar a los partidos políticos que la integran y que su propósito es evitar que el partido que postuló al presidente tenga mayoría, para controlar el presupuesto con el fin de que existan moches y el dinero se reparta entre políticos.

Contrario a lo sostenido por la Sala Especializada, los posicionamientos del presidente no son de carácter neutral, entre sus expresiones se encuentran calificativos destinados a la alianza electoral que tienen carácter disuasivo, al señalar –en el marco de sus opiniones de la alianza– que el “movimiento liberal” [que se infiere es el partido que lo postuló] le va a ganar al “partido de los privilegios y de la corrupción” en las próximas elecciones.

Por lo tanto, se equivoca la autoridad responsable en torno a que las manifestaciones tienen un carácter neutral y no se inclinan positiva o negativamente en favor de alguna fuerza política.

En todo caso, la libertad de expresión del presidente de la República en tanto persona no es un derecho que pueda estar por encima de los derechos y principios en juego, específicamente respecto a la neutralidad y equidad en la contienda.

Por otro lado, también queremos resaltar que la Sala Especializada no tomó en cuenta la sistematicidad de la conducta. El análisis integral de las expresiones y actos del presidente visibilizan que el contenido, sentido y tono de sus expresiones ha sido sistemático.

Lo anterior, pues como lo ha sostenido la Comisión de Quejas y Denuncias en su acuerdo ACQyD-INE-33/2020, el presidente ha venido realizando expresiones de carácter electoral con mayor frecuencia en la medida en que avanza el proceso electoral, tal y como lo ha documentado dicha autoridad en los siguientes casos:

       UT/SCG/PE/PAN/CG/36/2020 y acumulados– conferencia de prensa conocida como “la mañanera”, de nueve de junio, en la que presentó un documento “Rescatemos a México” atribuible al Bloque Opositor Amplio.

       UT/SCG/PE/PRD/CG/94/PEF/1/2020 y UT/SCG/PE/PAN/CG/98/PEF/5/2020 – eventos en su gira por Baja California llevada a cabo los días veintisiete, veintiocho y veintinueve de noviembre en los que hizo a la alianza formada por el PRI y PAN, a los procesos electorales en cuso y lo que estaba en juego.

       UT/SCG/PE/VBJP/CG/99/PEF/6/2020 la conferencia de prensa de treinta de noviembre en el que hizo referencia a la alianza formada por el PRI y PAN en el que hizo referencia que les iba a afectar y a sus fundadores.

       Incumplimiento al acuerdo ACQyD INE-29/2020 con motivo de la conferencia de prensa del siete de diciembre en el que realizó manifestaciones respecto a la alianza del PRI y PAN, que su intención es que no ganen, las razones por las que la oposición no quieren que tengan mayoría en la Cámara de Diputados.

Finalmente, consideramos que la presencia, imagen y posición en la estructura gubernamental con la que cuenta el presidente se pudo utilizar para desequilibrar la equidad de condiciones en el proceso electoral que se encuentra en curso debido a que las figuras en la rama del Poder Ejecutivo deben actuar en beneficio de la sociedad en su conjunto, y cuentan con una relación directa con la opción política que los llevó al cargo, se enfrentan a ser, de cierta forma, representantes de su partido político[37]. Es por ello que este tipo de expresiones podrían desequilibrar la equidad de la contienda, lo cual constituye una infracción al párrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución general.

Lo anterior es así, ya que por la naturaleza de las atribuciones conferidas constitucionalmente al titular del Poder Ejecutivo federal cabe presumir razonablemente que la emisión de ciertas opiniones produce presión o influencia indebida en los electores en detrimento del principio de neutralidad e imparcialidad que les exige nuestro máximo ordenamiento a los servidores públicos, por lo que de ningún modo se encuentran protegidas por la libertad de expresión como lo razonó la responsable[38].

El tipo de manifestaciones analizadas en el presente asunto no están  amparadas en la libertad de expresión del presidente de la República, quien es un servidor público de alto nivel, que realiza conferencias nacionales todos los días y que parte de ellas se difunden en radio y televisión, la libertad de expresión no es un derecho absoluto que pueda estar por encima de los principios de neutralidad y equidad en la contienda, a los que se encuentra sujeto todo servidor público y que indiscutiblemente se encuentran por encima de su derecho de libertad de expresión, máxime cuando se trata de no afectar la equidad en la contienda, pues de ninguna forma se puede admitir que sea un participante más, porque en realidad sus actividades deben estar destinadas a gobernar y tomar las decisiones respecto al rumbo que deben tomar las atribuciones que tiene conferidas constitucional y legalmente.

Tampoco, tales expresiones se pueden considerar como parte de un derecho a la información de la ciudadanía, porque se aparta del carácter institucional, informativo, educativo de orientación social que debe tener dicha propaganda y como servidor público no puede realizar expresiones externando su opinión personal a favor o en contra de una fuerza política.

Estamos convencidos que la tribuna del titular del Poder Ejecutivo, como servidor público del más alto nivel en el país, en actos y conferencias en las que actúa con dicho carácter que es inescindible de su persona, no puede ser ocupada para compartir o difundir información o cuestiones de naturaleza electoral[39].

En ese sentido, no puede fijar posiciones en torno a las alianzas y coaliciones de partidos políticos sobre lo que, desde su óptica, representan los partidos políticos que las conforman, y señalar qué es lo que está en juego en los procesos electorales según su opinión, incluso desde una posición en la que se asume como contendiente.

Por lo tanto, consideramos que en el presente asunto lo procedente es revocar la sentencia de la Sala Especializada dictada en el expediente SRE-PSC-32/2020 para declarar existentes las infracciones denunciadas.

4. Conclusión

En primer lugar, estimamos que los argumentos del recurrente son suficientes para combatir las consideraciones emitidas por la Sala Especializada en la sentencia impugnada y no comparto la decisión de la sentencia aprobada por mayoría de calificar como inoperantes dichos argumentos.

Por otro lado, consideramos que el agravio planteado por el recurrente es fundado, ya que conforme a lo razonado en el presente voto las expresiones emitidas por el presidente no constituyen una opinión que se encuentre protegida por la libertad de expresión, sino que representan una vulneración a los principios de neutralidad e imparcialidad establecidos constitucionalmente, dado que es imposible dejar de lado su carácter de Titular del Ejecutivo Federal obligado al cumplimiento de los principios constitucionales de neutralidad e imparcialidad, máxime cuando sus dichos se llevan a cabo en el contexto de los eventos que se organizan en ejercicio de su encargo.

No tutelar como órgano constitucional electoral esa clase de manifestaciones, a nuestro parecer, implicaría la posibilidad de que se repitan sistemáticamente, con la posibilidad de poner en riesgo incluso la validez de los procesos electorales que se encuentran en curso, máxime que contrario a lo que expresó la mayoría los agravios hechos valer por la parte actora no resultan inoperantes y sí se hicieron valer motivos suficientes para analizar la legalidad del fallo combatido, de allí la importancia de que este Tribunal constitucional se hubiera pronunciado en el presente asunto, observando que los argumentos del actor no sólo resultaban suficientes para analizar la legalidad de la resolución combatida, sino que su debido análisis llevaba a calificarlos fundados, como se ha expuesto. 

De acuerdo con todas razones anteriores, emitimos el presente voto particular.

ANEXO 1

Evento 28 de noviembre “Supervisión de obra, ampliación del Hospital Rural San Quintín IMSS-Bienestar”

[…]

 

Por eso estamos aquí para comentar que vamos hacia adelante enfrentando esta crisis doble, la crisis sanitaria y la crisis económica, y vamos avanzando en la transformación con todos los obstáculos, con todas las resistencias, con las reacciones en contra de los conservadores que apuestan a mantener el mismo régimen de corrupción, de injusticias, de privilegios.

 

Sin embargo, la gente ha entendido que hace falta este cambio y nos está respaldando.

 

Quizá -lo he dicho en otras ocasiones- sea el presidente más atacado desde que se cuestionó, se atacó de manera vil al Apóstol de la Democracia, a Francisco I. Madero, pero no ha pasado a mayores porque la gente nos está respaldando. Están desesperados los conservadores, quieren a como dé lugar frenar, detener la transformación, se están agrupando, se están uniendo porque piensan que van a lograr el retroceso, el que demos marcha atrás.

 

[…]

Evento 28 de noviembre “Supervisión de obra-Libramiento Ensenada. Presentación del Programa de Mejoramiento Urbano 2021”

 

[…]

 

Por eso estamos aquí en Ensenada, para informarle a la gente que seguimos luchando para la transformación de México y que no vamos a fallarle al pueblo.

 

Estamos hasta cierto punto orgullosos, porque se están reagrupando los conservadores y están intensificando sus ataques, esto significa que se va avanzando en el propósito de transformar a México.

 

Decía yo también en San Quintín que desde el tiempo del presidente Madero no se había atacado tanto a un presidente como ahora y están sucediendo cosas que nosotros ya sabíamos, pero que en la desesperación se están haciendo muy evidentes y de dominio público.

 

Por ejemplo, aquí en Baja California tengo noticias, y no porque se lleve a cabo alguna actividad de espionaje, sino por los periódicos, por la prensa escrita, por las redes sociales, que están buscando una alianza el PRI y el PAN. Imagínense eso, realmente estamos viviendo un momento estelar en la historia de nuestro país.

 

Hay veces que pasa mucho tiempo y no se mueve nada, como era antes; décadas, a veces siglos y había inmovilismo. Ahora hay muchos cambios en estos tiempos que nos tocó vivir, tiempos interesantes. No debemos de quejarnos, porque nos está tocando vivir en un tiempo de muchas cosas importantes, trascendentes, estamos como en una cresta de una ola de transformación.

 

Esto es importante, el que, como lo hemos dicho siempre, que haya dos grandes agrupamientos, como ha sido la historia de México y la historia del mundo, dos corrientes: la corriente liberal y la corriente conservadora.

 

Por eso ahora se están quitando las máscaras los que engañaban que eran distintos y se están uniendo.

 

Qué bien que esto esté pasando, que no haya simulación, que no haya hipocresía.

 

Por lo que a nosotros nos corresponde, vamos a respetar todas las expresiones políticas, sobre todo el derecho a disentir, pero también vamos a defender el que sigamos llevando a cabo la transformación que necesita México.

 

No vamos a permitir fácilmente retrocesos, no queremos que regrese el régimen de corrupción, de injusticias, de privilegios, queremos heredar a las nuevas generaciones un México verdaderamente justo, igualitario, fraterno, un México libre, democrático, soberano, por eso es nuestra lucha.

 

Y todo se va a seguir desenvolviendo, y eso también lo celebro, por la vía pacífica, por los cauces legales, por la vía electoral, por la vía democrática, y estamos abriendo las avenidas, estamos abriendo los cauces para que todo se dirima de manera democrática.

 

Hay hacia adelante dos posibilidades para aclarar diferencias, para que el pueblo, que es soberano, decida hacia adelante. Tenemos una elección el año próximo, no sólo va a haber elecciones en 15 estados para gobernadores, sino se va a renovar también la Cámara de Diputados, que es fundamental en lo que corresponde a las facultades del Poder Legislativo.

 

Nada más es cosa de pensar que la Cámara de Diputados tiene como facultad exclusiva la aprobación del presupuesto y es una función clave porque durante el periodo neoliberal no les importaba el presupuesto. Se usaba el presupuesto para comprar lealtades, para compras conciencias, para comprar votos, se repartía, había partidas de moches para todos.

 

Imagínense que en tres años, cuando estaba Carstens de secretario de Hacienda, el presupuesto se aprobó por unanimidad tres años consecutivos.

 

¿Por qué se repartía el presupuesto?

 

Porque de esa manera se garantizaba tener el control político, era una especie de maiceo de la época porfirista.

 

Porfirio Díaz hablaba de plata o plomo para dominar y cuando había opositores que lo cuestionaban, decía Porfirio: ‘Ese gallo quiere maíz’, y maiceaban al gallo y dejaba de cantar el gallo. Ese maiceo se practicaba hasta hace muy poco en nuestro país, repartían a diestra y siniestra el presupuesto.

 

¿Por qué?

 

Porque lo que les importaba era entregar los contratos para la privatización de la industria eléctrica, del petróleo, entregar concesiones. Esa era la función del gobierno, el gobierno estaba para facilitar el saqueo, estaba como un instrumento, un comité, al servicio de una minoría que hacía negocios jugosos al amparo del poder público.

 

Por eso, ¡qué les va a importar el presupuesto! Lo utilizaban para sobornar.

 

A nosotros sí nos importa mucho el presupuesto, por eso estamos ahorrando, evitando la corrupción, cancelando fideicomisos, fondos que se manejaban de manera discrecional.

 

¿Por qué estamos nosotros tan interesados en que se tenga presupuesto, en que no haya derroche, en que no haya corrupción, que no haya sobornos, que no haya moches?

 

Porque ese dinero se está entregando al pueblo, como nunca se está acopiando el presupuesto. Ahora el presupuesto es verdaderamente dinero del pueblo y es un instrumento fundamental para el desarrollo de México. El gobierno no está sólo dando concesiones, contratos. El gobierno está invirtiendo el presupuesto en bienestar y en desarrollo.

 

Por eso, las elecciones del año próximo van a ser muy importantes, porque los conservadores van a querer regresar, regresar al manejo faccioso del presupuesto, para que no le llegue el apoyo a la gente.

 

No voy a dejar aquí de mencionar que, cuando se presentó la iniciativa para que la pensión a los adultos mayores, la pensión a niñas, niños con discapacidad, el apoyo con becas a estudiantes de familias de escasos recursos económicos y que la atención médica y los medicamentos fueran gratuitos, cuando se reformó el artículo 4º constitucional, un partido de esos conservadores, que no voy a mencionar, votó en contra, un partido que dominó durante muchos años.

 

Nada más les doy un adelanto, una pista. Aquí en Baja California los diputados de ese partido votaron en contra de que se convirtiera en un derecho constitucional la pensión a los adultos mayores, el apoyo a niñas, a niños con discapacidad, votaron en contra de que se entregaran becas para estudiantes de familias humildes y votaron en contra de que la salud fuese gratuita, lo mismo, que la atención médica y los medicamentos.

 

Entonces, eso es lo que vamos a resolver el año próximo, eso es lo que está en juego en las elecciones.

 

Pero todavía en el 22 tenemos otra cita con la historia, porque decidimos nosotros que se aplique la revocación del mandato y yo me voy a someter a una consulta ciudadana. De acuerdo al artículo 35 de la Constitución, en el primer trimestre del 2022 se le va a preguntar al pueblo de México: ¿Quieres que continúe o que renuncie el presidente de la República?, porque el pueblo pone y el pueblo quita.

 

Entonces, que no coman ansias los conservadores, hay esos dos momentos importantes, trascendentes.

 

El año próximo, 2021 y 2022, yo estoy seguro que va a ganar el movimiento liberal, las fuerzas progresistas, le van a ganar al partido conservador, al partido de la corrupción, al partido de los privilegios.

 

 

CONFERENCIA LUNES 30 DE NOVIEMBRE

Minuto

Contenido

0:00-0:03

Cortinilla que señala #ConferenciaPresidente En instantes comenzamos

0:004-16:04

Resumen semanal

16:05-24:54

Cortinilla que señala #ConferenciaPresidente En instantes comenzamos

25:55-1:08:40

Presentación y participación del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y del Titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, del Titular de la Unidad de Inversiones de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, del Secretario de Hacienda y Crédito Público, así como del Presidente del Consejo Coordinador Empresarial

 

En donde se trataron, en esencia, los siguientes temas:

-          Precio de los energéticos

-          Paquete de inversión del sector privado, proyectos y su forma de ejecución.

 

Y se transmitieron videos relacionados con el avance de diversas obras

1:08:41-1:18:30

Preguntas y respuestas.

1:18:31-1:30:56

[…]

PREGUNTA: Buenos días, presidente. Diana Benítez, del periódico 24 Horas.

 

Preguntarle, pues a dos años de su gobierno el líder del PAN dice que usted ha llevado al país a un retroceso en la salud, en la seguridad y en materia económica.

 

Y, por otro lado, el expresidente Felipe Calderón también dice que se ha hecho un manejo torpe de la epidemia contra el coronavirus, él dice que hay hasta 300 mil fallecidos. Preguntarle si usted le exigiría pruebas a Calderón de sus comentarios.

 

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: No, mire, es normal que exista oposición, en un sistema auténticamente democrático, verdaderamente democrático, pues tiene que haber oposición y es legítimo.

 

Antes no era así, antes pues era una minoría que se ponía de acuerdo para medrar, para saquear y robarse lo que es del pueblo y lo que es la de la nación, era una República simulada porque en realidad lo que imperaba era una oligarquía, era el dominio, el gobierno de una minoría rapaz. Entonces, ahora hay una auténtica democracia, hay libertades plenas, se garantiza el derecho a disentir y existe una oposición.

 

Ahora que estuve en Baja California me dio mucho gusto, lo celebré porque no deja de ser un timbre de orgullo el haber dicho hace muchos años de que eran lo mismo el PRI y el PAN, de que era el PRIAN; y todavía muchos pensaban que era una exageración de mi parte, que estaba yo este inventando.

 

Ahora que voy me informo de que se van a aliar el PRI y el PAN en Baja California, ya van juntos en contra de nuestro proyecto. Imagínense la dicha enorme que me produce el tener la razón histórica.

 

Y además el que se terminen de quitar las caretas, las máscaras, se haga a un lado la simulación y ya de manera abierta se presenten como lo que son: representantes de una minoría que ahora se siente desplazada, porque eran los que mandaban, se sentían los dueños de México.

 

Pero entonces todo está muy claro; por eso, pues hay que entender al presidente del PAN, al expresidente del PAN, es normal; además, es una temporada de elecciones.

 

Nosotros vamos a seguir respetando el derecho a disentir, no vamos a perseguir a nadie, no va a haber fabricación de delitos, como era antes, no va a haber censura a los medios, aunque estén todos los días en contra nuestra, el Reforma, El Universal.

Llama la atención porque antes eran periódicos del régimen, totalmente alineados, el Reforma nació durante el gobierno de Salinas de Gortari, El Universal durante años se dedicó a aplaudir y a callar.

 

También eso es una distinción, sí pues produce satisfacción, esto quiere decir que vamos avanzando en el propósito de transformar a México. Cuando empiecen a aplaudirnos los del Reforma, los de El Universal, otros más, muchos más, preocúpense, ahí sí que ¡ay, nanita!, quiere decir que ya este se frenó el proceso de cambio, de transformación; pero mientras estén atacando quiere decir que vamos bien, considero que lo que es malo para ellos es bueno para nosotros.

 

INTERLOCUTORA: Y precisamente, presidente, ayer decía en el acto de Tijuana pues que no han sido fáciles estos dos años de gobierno y parte por la acción de los conservadores.

 

¿Cuál sería la acción de la oposición que cree que más atoró a su gobierno en estos dos años?

 

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Pues miren, lo más difícil, hablando de tres obstáculos, tres problemas, lo más difícil, la pandemia; además, muy doloroso, eso, sí duele mucho, eso es lo que más nos ha afectado.

 

En segundo lugar, pero este muy distante de lo primero, la crisis económica, porque eso lo estamos enfrentando bien; la pandemia lo mismo, pero es algo muy fuerte, muy doloroso. La crisis económica bastó con no seguir la fórmula neoliberal de rescatar a los arriba, como lo hacían siempre, como fue el fobaproa, empezar a rescatar al pueblo, ayudar abajo y ahí vamos saliendo. Eso sería lo segundo.

 

Y lo tercero, pero muy allá, marginal, los ataques en los medios de comunicación y la reacción conservadora, porque tampoco ha sido muy significativa. Aquí está el ejemplo en el Zócalo, habían creo que 200, ya quedan 50. Y le meten y le meten y le meten, y todos los medios tomando declaraciones y no se consolidan.

 

Ahí anda Claudio X. González apuradísimo. Hay un cartel diciendo: ‘Si no nos juntamos, esto se acaba’, dicen los intelectuales orgánicos, los periódicos conservadores, los políticos corruptos de los partidos, es decir, la unidad de todos porque, si no, se acaba. Pero no el país.

 

Yo creo que esa alianza en contra les va a afectar más. Yo ni debería de estarlo diciendo, pero un consejo no se le niega a nadie. Porque, imagínense, los que pensaban que el PRI era una cosa y el PAN otra, y el PRD otra, y ahora todos juntos, pues va a tener un efecto de bumerang, un efecto contrario, les va a perjudicar mucho.

 

La política no es ciencia exacta, es de aproximación, no es que dos y dos son cuatro, no, no es así. ‘A ver, nos unimos y de esta manera nos fortalecemos’.

 

Y sí es muy vergonzoso. Imagínense qué estaría diciendo Manuel Gómez Morin si viviera, o don Jesús Reyes Heroles o Carlos Madrazo padre, finado; bueno y los fundadores del PRD.

 

Pero así están estas cosas, por eso es muy normal que se manifiesten los dirigentes del PAN; es su derecho, además.

[…] 

1:30:57-2:21:44

Preguntas y respuestas.

CONFERENCIA LUNES 7 DE DICIEMBRE

Minuto

Contenido

0:00-0:10

Cortinilla que señala #ConferenciaPresidente En instantes comenzamos

0:11-16:16

Resumen semanal

16:17-22:49

Cortinilla que señala #ConferenciaPresidente En instantes comenzamos

22:50-50:06

Presentación y participación del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y del Titular de la Procuraduría Federal del Consumidor.

 

En donde se trataron, en esencia, los siguientes temas:

-          Precio de los energéticos

-          Nuevos nombramientos de servidores públicos

Y se transmitieron videos relacionados con el avance de diversas obras.

 

50:07-52:12

Preguntas y respuestas

52:13-1:12:58

[…]

INTERLOCUTOR: Y rápidamente, dos preguntas relacionadas. Este fin de semana finalmente se concreta lo que usted decía, la cuestión del PRIAN, bueno, se le suma el PRD.

 

¿Qué opinión le merece que finalmente ahora sí…? Incluso por ahí hay un spot del partido político que lo trajo aquí, a Presidencia de la República, que menciona que finalmente las máscaras se han quitado. ¿Qué opinión le merece esto?

 

Y un último tema, si me lo permite.

 

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Pues ya lo dije, sí genera cierta satisfacción el tener la razón, en este caso no duele tener la razón. Siempre sostuvimos que eran lo mismo.

 

Se engañó por mucho tiempo, pero, como decía Lincoln, al pueblo se le puede engañar una vez, dos veces, pero no se le puede engañar toda la vida. Entonces, ya quedó al descubierto que son lo mismo, defienden la misma política antipopular, entreguista.

 

Se unieron para imponer el modelo neoliberal, para privatizar, saquear, imponer un régimen antidemocrático, corrupto que llevó al país a una grave crisis económica, social, una crisis de pérdida de valores, porque durante todo el periodo neoliberal en que ellos dominaron, lo principal era el triunfar a toda costa, sin escrúpulos morales de ninguna índole. Era robar, robar y robar.

 

Y ahora que se está llevando a cabo una transformación, un cambio, pues no se aguantaron, los dominó el ansia y deciden quitarse la máscara y unirse. Es un hecho, la verdad, histórico, porque oficialmente se unen el PRI y el PAN; antes se daba de facto la alianza, de hecho, pero ahora es legal, formal.

 

Entonces sí es interesante para -incluso- estudiosos de la ciencia política; en particular, los estudiosos de la formación de los partidos políticos en México, en el mundo, los teóricos sobre partidos políticos, no solo Duverger, sino los estudiosos de México sobre la formación de los partidos.

 

Ya murió uno de los mejores estudiosos del PRI, Luis Javier Garrido. Hizo una tesis de doctorado en Francia sobre el surgimiento, el nacimiento del PRI.

 

Todavía vive mi maestro Octavio Rodríguez Araujo, también estudioso de la formación de los partidos políticos, ahora es maestro emérito de la facultad, pero esto yo creo que no lo imaginaba así.

 

Porque se funda el Partido Comunista en 1919, si la memoria no me falla; luego el PNR, Partido Nacional Revolucionario, que agrupa todos los partidos regionales, surgidos después de la Revolución, Plutarco Elías Calles los junta y se funda el Partido Nacional Revolucionario, PNR, 1929, que es el antecedente del PRI; luego, ese partido se transforma y es una época distinta porque gobierna el general Cárdenas y se convierte en Partido de la Revolución Mexicana, PRM, 1938.

 

Es interesante porque al año siguiente, 1939, para oponerse a la política cardenista, a la política popular, patriótica del general Cárdenas, para oponerse a la expropiación petrolera, surge el PAN, un año después de la expropiación, 1939.

 

Luego, el Partido de la Revolución Mexicana se vuelve a transformar en 1946 ya con el nombre del PRI, y yo sostuve que la llegada de Salinas significó la alianza de facto entre el PRI y el PAN y a partir de ahí vino una etapa nueva, que es PRIAN.

 

Entonces, desde entonces vienen haciendo acuerdos, apuestan a la llamada alternancia con la idea de mantener el mismo régimen con un partido o con otro. Entregan la primera gubernatura, no quiere decir que no hayan ganado los panistas en Baja California, pero les permitieron, les dieron facilidades, no les pusieron tan fuerte el pie, el acelerador en el fraude como se hizo en Michoacán en aquel entonces.

 

La primera gubernatura era para demostrar que había pluralidad, simular; y, a partir de ahí, los acuerdos, hasta el último acuerdo de la reforma energética, de la reforma fiscal, de la reforma educativa, todo esto en el Congreso, mientras una minoría se dedicaba a saquear.

 

Entonces, se logra el triunfo nuestro en el 18, se inician los cambios, que son muy profundos porque, por sólo poner un ejemplo, durante todo el tiempo que ellos estuvieron, la corrupción no era ni siquiera delito grave y ahora hicimos una reforma para que, de acuerdo a la Constitución, la corrupción se considere delito grave y se hizo una reforma al Código Penal.

 

Antes, en el régimen neoliberal, pues los que mandaban no pagaban impuestos, entonces ahora tienen que pagar los impuestos. En dos años hemos cobrado impuestos pendientes por 750 mil millones de pesos. Entonces, todo esto los tiene muy molestos.

 

Es también lo mismo de los medios de información, no de todos, pero eran parte de la clase dominante, del grupo que mandaba en México, una especie de oligarquía.

 

Entonces, ahora queremos que haya en México una auténtica democracia, que es el gobierno del pueblo, para el pueblo, con el pueblo. Y esto, pues los tiene muy inconformes, molestos y los lleva a quitarse las máscaras y a decir: ‘Sí, somos lo mismo y qué’. Es muy bueno esto, porque se termina con la simulación, con la hipocresía.

 

Mucha gente de buena fe pensaba que eran distintos, incluso al interior de esos partidos, y ahora se está demostrando que no es así. Claro que lo justifican diciendo que lo nuestro es un peligro para México, que se está destruyendo a México, incluso hasta de manera clasista señalan que es un gobierno de plebeyos. En eso tienen bastante razón, lo que pasa que no dejan de expresarlo de manera discriminatoria.

 

Un caricaturista del conservadurismo, de este grupo que eran los que mandaban, acuñó una frase diciendo que nosotros éramos el poder de los nacos, ‘la 4T es el poder de los nacos’; y si lo analizamos profundo, o sea, le quitamos la parte esta discriminatoria, pues tienen razón, es el poder del pueblo, pero eso es la democracia. Demos es pueblo, cratos es poder, esa es la democracia, ese el poder del pueblo.

 

Por eso tomaron esta decisión, además, con la intención de que no ganemos la mayoría en la Cámara de Diputados en la próxima elección.

 

¿Por qué no quieren que tengamos mayoría en la Cámara de Diputados?

 

Ellos mismos lo expresan, porque no quieren que se apoye a la gente humilde, a la gente pobre.

 

Cuando presenté la iniciativa para convertir en un derecho constitucional la entrega de pensiones a adultos mayores, a niñas, a niños con discapacidad, que se elevara a rango constitucional la entrega de becas a estudiantes pobres, la atención médica, los medicamentos gratuitos, votaron en contra.

 

Entonces, no les gusta lo que, según ellos sostienen, es repartir dinero. Nosotros lo que estamos haciendo es entregando el presupuesto al pueblo y dándole preferencia a la gente que más lo necesita.

 

Y siempre lo he dicho, hay gobiernos que dan y hay gobiernos que quitan, y a mí me llena de orgullo representar a un gobierno que da, aunque a eso le llamen populismo, paternalismo, porque no les creo su cuento de que lo que va a los pobres es paternalismo, es populismo y lo que va a los de arriba es fomento o rescate, como lo han hecho históricamente.

 

Entonces, quieren que no tengamos mayoría en la Cámara de Diputados.

 

¿Por qué?

 

Bueno, porque la Cámara de Diputados tiene la facultad exclusiva de aprobar el presupuesto y lo que quieren es seguir controlando el presupuesto para que el presupuesto no vaya a las mayorías, sino siga quedándose en unas cuantas manos, que siga habiendo, como era antes, partidas de moches, donde se reparten los políticos el dinero del presupuesto o se utiliza el presupuesto para entregar contratos, concesiones, compras a los allegados al régimen.

 

Entonces, por eso dicen: ‘Vamos a unirnos’. Toda la alianza no es sólo para ganar gubernaturas, para ganar presidencias municipales, para ganar congresos locales, no, lo fundamental, lo que quiere Claudio X. González y todos los patrocinadores de este enjuague es que no tengamos mayoría en la Cámara de Diputados.

 

¿Quién va a decidir a final de cuentas?

 

Pues el ciudadano. Ya convirtieron la elección del año próximo en un referéndum, va a ser: ¿quieres que continúe el proyecto de transformación o lo frenamos, lo cortamos, lo paramos de tajo? Así está, entonces no tenemos por qué quejarnos porque no nos vamos a aburrir, va a estar interesante, vamos a ver qué opina el pueblo.

[…]

 

1:12:59-1:34:00

Preguntas y respuestas

1:34:01-1:37:56

[…]

PREGUNTA: Gracias, presidente. Buenos días.

 

Preguntarle sobre el tema. Hablaba hace un momento de la alianza y hace una semana en Baja California se refirió también a este tema de la alianza y por ello, la Comisión de Quejas del INE considera que son declaraciones que podrían vulnerar el principio de igualdad en la contienda.

 

En ese momento, en Baja California, dijo usted que esta alianza era para enfrentar por supuesto a la transformación y que usted no permitiría tan fácilmente que hubiera retrocesos.

 

¿Hasta dónde puede usted declarar sin que las autoridades electorales consideren que esto puede ser violatorio de la ley y considerarse como una intromisión electoral?

 

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Yo creo que yo tengo el derecho de expresarme, es el derecho de manifestación; más, cuando se trata de ir en contra del proyecto que represento, inclusive, en contra de mi persona.

 

Y no estoy inventando nada, ellos mismos sostienen que es contra mí y es evidente que por eso es que se están agrupando, se están aliando. Entonces, yo creo que sí tengo la libertad y la debo de ejercer para aclarar, argumentar y replicar.

 

Ahora, si me dicen que ya no debo decir nada, aunque me estén atacando, pues nada más que lo fundamenten y ya entonces me quedaría callado, estoicamente aguantando los ataques; pero considero que eso no es equitativo, que sería injusto, que sería quitarme mi libertad.

 

INTERLOCUTORA: ¿Va a responder de manera formal a este llamado que hacen en la Comisión de Quejas del INE para? (sic)

 

PRESIDENTE ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR: Sí, en ese sentido, de que hay una oposición que no sólo cuestiona a partidos, sino cuestiona directamente al gobierno y cuestiona al presidente y que por eso yo respondo.

 

Si consideran que no debo de responder, que no debo de ejercer mi libertad, pues que lo exprese la autoridad competente.

[…]

1:37:57-2:14:38

Preguntas y respuestas

 

este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del acuerdo general de la sala superior del tribunal electoral del poder judicial de la federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del poder judicial de la federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.

 

 


[1] Secretariado: Fernando Ramírez Barrios, Karem Rojo García y Aarón Alberto Segura Martínez.

[2] Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 41, párrafo segundo, base VI, 99, párrafo cuarto, fracción X, de la Constitución; 184; 186, fracción X, y 189, fracción XIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como 3, párrafo 2, inciso f), 4, párrafo 1, y 109, párrafo 2, de la Ley de Medios.

[3] Publicado en el Diario Oficial de la Federación el trece de octubre.

[4] Acorde con los artículos 7 párrafo 1; 8 párrafo 1; 9 párrafo 1; 13, 45; 109 y 110 párrafo 1, de la Ley de Medios.

[5] En términos de lo dispuesto en el artículo 109, párrafo 3, de la Ley de Medios.

[6] Conforme el artículo 17, párrafo 4, de la Ley de Medios.

[7] Con fundamento en el artículo 12, párrafo 1, inciso c), y 17, párrafo 4, de la Ley de Medios.

[8] Párrafos 116 a 119 de la sentencia recurrida.

[9] Párrafos 120 a 126 de la sentencia recurrida.

[10] Párrafos 127 a 159 de la sentencia recurrida.

[11] La de treinta de noviembre se desarrolla en párrafos 127 a 132; la de siete de diciembre, de párrafos 133 a 138.

[12] Párrafos 139 a 153 de la sentencia recurrida.

En relación con la conferencia de treinta de noviembre, la Sala Especializada subraya diversos tópicos abordados en la parte de preguntas y respuestas de dicho evento: los señalamientos realizados por el presidente del Partido Acción Nacional y del expresidente Felipe Calderón relacionados con el retroceso en salud, seguridad y economía a dos años de gobierno; el mal manejo de la pandemia por el coronavirus y las acciones de la oposición que han representado un obstáculo para su gobierno.

Por cuanto hace a la conferencia de siete de diciembre, también se señalaron diversos tópicos abordados en la sección de preguntas y respuestas, entre los cuales destacan: la alianza PRI-PAN-PRD y la determinación de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE de las expresiones en Baja California.

[13] Párrafos 160 a 170 de la sentencia recurrida.

[14] Al respecto, resulta aplicable por analogía la jurisprudencia 19/2012 de la Primera Sala de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, de rubro AGRAVIOS INOPERANTES. SON AQUELLOS QUE NO COMBATEN TODAS LAS CONSIDERACIONES CONTENIDAS EN LA SENTENCIA RECURRIDA.

Todas las tesis y jurisprudencias de dicho Tribunal están disponibles para su consulta en www.scjn.gob.mx

[15] Sin olvidar su procedencia para impugnar las resoluciones de medidas cautelares de los procedimientos especiales sancionadores o los demás casos señalados por la normatividad electoral.

[16] Con fundamento en los artículos 187, último párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 11 del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral. Colaboraron en la elaboración de este voto: Lizzeth Choreño Rodríguez, Julio César Cruz Ricárdez, José Alberto Torres Lara, Elizabeth Vázquez Leyva, Ares Isaí Hernández Ramírez e Hiram Octavio Piña Torres, María Paula Acosta Vázquez, Javier Miguel Ortiz Flores, Karen Elizabeth Vergara Montufar, Rodolfo Jiménez González, Fernando España García y Maribel Tatiana Reyes Pérez. 

[17] En adelante Sala Especializada.

[18] En adelante PRI y PAN, respectivamente.

[19] Artículo 449.

1. Constituyen infracciones a la presente Ley de las autoridades o los servidores públicos, según sea el caso, de cualquiera de los Poderes de la Unión; de los poderes locales; órganos de gobierno municipales; órganos de gobierno del Distrito Federal; órganos autónomos, y cualquier otro ente público:

[…]

b) La difusión, por cualquier medio, de propaganda gubernamental dentro del periodo que comprende desde el inicio de las campañas electorales hasta el día de la jornada electoral inclusive, con excepción de la información relativa a servicios educativos y de salud, o la necesaria para la protección civil en casos de emergencia;

c) El incumplimiento del principio de imparcialidad establecido por el artículo 134 de la Constitución, cuando tal conducta afecte la equidad de la competencia entre los partidos políticos, entre los aspirantes, precandidatos o candidatos durante los procesos electorales;

d) Durante los procesos electorales, la difusión de propaganda, en cualquier medio de comunicación social, que contravenga lo dispuesto por el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución;

e) La utilización de programas sociales y de sus recursos, del ámbito federal, estatal, municipal, o del Distrito Federal, con la finalidad de inducir o coaccionar a los Ciudadanos para votar a favor o en contra de cualquier partido político o candidato […].

[20] En adelante LEGIPE.

[21] Criterio contenido en la sentencia dictada en el expediente SUP-JRC-27/2013.

[22] Criterio sostenido en la sentencia dictada en el expediente SUP-JRC-66/2017.

[23] Criterio contenido en la sentencia dictada en el expediente SUP-JRC-678/2015.

[24] Criterio previsto en la tesis electoral V/2016, de rubro principio de neutralidad. lo deben observar los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones (legislación de colima).

[25] Criterio contenido en la sentencia dictada, en el expediente SUP-JRC-678/2015.

[26] Criterio previsto en la Jurisprudencia electoral 38/2013, de rubro SERVIDORES PÚBLICOS. SU PARTICIPACIÓN EN ACTOS RELACIONADOS CON LAS FUNCIONES QUE TIENEN ENCOMENDADAS, NO VULNERA LOS PRINCIPIOS DE IMPARCIALIDAD Y EQUIDAD EN LA CONTIENDA ELECTORAL.

[27] Criterio previsto en la Jurisprudencia electoral 19/2019, de rubro PROGRAMAS SOCIALES. SUS BENEFICIOS NO PUEDEN SER ENTREGADOS EN EVENTOS MASIVOS O EN MODALIDADES QUE AFECTEN EL PRINCIPIO DE EQUIDAD EN LA CONTIENDA ELECTORAL.

[28] Trasciende que el Poder Ejecutivo federal es el encargado de preservar la seguridad nacional y de dirigir la política exterior, en términos del artículo 89, fracciones VI y X de la Constitución general.

[29] Criterio sostenido contenido en la sentencia dictada, en el expediente SUP-REP-21/2018.

[30] Criterio previsto en la tesis V/2016 con rubro PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD. LO DEBEN OBSERVAR LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES (LEGISLACIÓN DE COLIMA).

[31] OSCE Office for Democratic Institutions and Human Rights (2012): “Handbook on Media Monitoring for Election Observation Missions”, pág. 28. Disponible en:

 https://www.osce.org/files/f/documents/1/0/92057.pdf

[32] Herreros Arconada, Mario. Teoría y Técnica de la Propaganda Electoral. Editorial Promociones y Publicaciones Universitarias, Barcelona, 2004, p. 195.

[33] El Informe sobre el mal uso de recursos administrativos en procesos electorales de la Comisión de Venecia, incluye en la definición básica de éstos, los siguientes: “Recursos humanos, financieros, materiales in natura, y otros inmateriales a disposición de los gobernantes y servidores públicos durante las elecciones, derivados de su control sobre el personal, las finanzas y las asignaciones presupuestales del sector público, acceso a instalaciones públicas, así como recursos gozados en forma de prestigio o presencia pública que deriven de sus posiciones como representantes electos o servidores públicos y que puedan convertirse en respaldo político u otros tipos de apoyo”. Adoptado durante la 97.ª Sesión Plenaria de la Comisión de Venecia (2013), CDL-AD (2013) 033. Consultable en: https://bit.ly/2uPtiqr.

[34] “porque se están reagrupando los conservadores”.

en Baja California tengo noticias, y no porque se lleve a cabo alguna actividad de espionaje, sino por los periódicos, por la prensa escrita, por las redes sociales, que están buscando una alianza el PRI y el PAN”.

“que haya dos grandes agrupamientos, como ha sido la historia de México y la historia del mundo, dos corrientes: la corriente liberal y la corriente conservadora”.

vamos a respetar todas las expresiones políticas, sobre todo el derecho a disentir, pero también vamos a defender el que sigamos llevando a cabo la transformación que necesita México”

“no queremos que regrese el régimen de corrupción, de injusticias, de privilegios”.

“Tenemos una elección el año próximo, no sólo va a haber elecciones en 15 estados para gobernadores, sino se va a renovar también la Cámara de Diputados, que es fundamental en lo que corresponde a las facultades del Poder Legislativo”.

“Nada más es cosa de pensar que la Cámara de Diputados tiene como facultad exclusiva la aprobación del presupuesto”.

“A nosotros sí nos importa mucho el presupuesto, por eso estamos ahorrando, evitando la corrupción, cancelando fideicomisos, fondos que se manejaban de manera discrecional“ “yo estoy seguro que va a ganar el movimiento liberal, las fuerzas progresistas, le van a ganar al partido conservador, al partido de la corrupción, al partido de los privilegios”.

[35] Véase el Anexo 1 donde se encuentran las expresiones denunciadas

[36] Por eso tomaron esta decisión, además, con la intención de que no ganemos la mayoría en la Cámara de Diputados en la próxima elección.

¿Por qué no quieren que tengamos mayoría en la Cámara de Diputados?

Ellos mismos lo expresan, porque no quieren que se apoye a la gente humilde, a la gente pobre.

Entonces, quieren que no tengamos mayoría en la Cámara de Diputados.

¿Por qué? Bueno, porque la Cámara de Diputados tiene la facultad exclusiva de aprobar el presupuesto y lo que quieren es seguir controlando el presupuesto para que el presupuesto no vaya a las mayorías, sino siga quedándose en unas cuantas manos, que siga habiendo, como era antes, partidas de moches, donde se reparten los políticos el dinero del presupuesto o se utiliza el presupuesto para entregar contratos, concesiones, compras a los allegados al régimen.

[37] OSCE Office for Democratic Institutions and Human Rights, op. cit., pág. 28.

[38] Se sostuvo un criterio similar en la sentencia dictada en el SUP-REP-706/2018 y acumulados.

[39] Tiene un deber de cuidado que no puede elegir cuando observa y cuando no, incluso como hecho notorio, en términos del artículo 15, párrafo 1 de la Ley de Medios, puede tenerse presente que, en la conferencia de prensa del veintinueve de diciembre del año pasado, el titular del poder ejecutivo, al ser cuestionado sobre la alianza entre los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista, señaló: “…No me quiero meter en eso, no me corresponde…”.