RECURSOS DE REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
EXPEDIENTES: SUP-REP-1114/2024, SUP-REP-1115/2024, SUP-REP-1124/2024 Y SUP-REP-1125/2024, ACUMULADOS
PARTES RECURRENTES: PEDRO DANIEL RAMÍREZ PÉREZ Y OTRAS
AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN
SECRETARIA: REGINA SANTINELLI VILLALOBOS
COLABORÓ: KEYLA GÓMEZ RUIZ
Ciudad de México, a treinta de octubre de dos mil veinticuatro[1]
Sentencia definitiva de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que confirma la resolución SRE-PSC-536/2024 emitida por la Sala Regional Especializada, mediante la cual declaró, entre otras cuestiones, la existencia de la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad; así como el uso indebido de recursos públicos, atribuidos a Andrés Manuel López Obrador y a diversas personas servidoras públicas.
Constitución general: | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos |
CEPROPIE: | Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales |
Comisión de Quejas: | Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral |
Coordinación de Comunicación Social: | Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno |
INE: | Instituto Nacional Electoral |
LEGIPE: | Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales |
Ley de Medios: | Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Ley Orgánica: | Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación |
Morena: | Partido Movimiento de Regeneración Nacional |
PAN: | Partido Acción Nacional |
PRD: | Partido de la Revolución Democrática |
PT: | Partido del Trabajo |
PVEM: | Partido Verde Ecologista de México |
Sala Regional Especializada: | Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Sala Superior: | Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
UTCE: | Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral |
(2) Al resolver el fondo de la controversia, la Sala Regional Especializada declaró la existencia de la difusión de propaganda gubernamental en período prohibido, la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad; así como el uso indebido de recursos públicos, atribuidos a Andrés Manuel López Obrador y a diversas personas servidoras públicas, entre otras cuestiones.
(3) En este asunto, las partes recurrentes impugnan esa resolución. En esencia, alegan que la decisión no fue exhaustiva, está indebidamente fundada y motivada, es incongruente, vulnera los principios de tipicidad y legalidad, y no consideró el derecho a la información ni la libertad de expresión.
(4) Inicio del Proceso Electoral Federal 2023-2024. El 7 de septiembre de 2023 inicio al proceso electoral federal 2023-2024, para la elección de la Presidencia de la República, las senadurías y diputaciones federales. El proceso se desarrolló conforme al siguiente calendario:
Calendario del Proceso Electoral Federal 2023-2024 | |||
Inicio del PEF | Precampañas | Campañas | Jornada Electoral |
7 de septiembre de 2023 | 20 de noviembre de 2023 al 18 de enero de 2024 | 1 de marzo al 29 de mayo de 2024 | 2 de junio de 2024 |
(5) Quejas. El 6, 7 y 12 de marzo, el PAN y el PRD denunciaron al entonces presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por vulnerar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, uso indebido de recursos públicos, difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, promoción personalizada, así como el posible beneficio indebido a una candidatura y a los partidos políticos integrantes de la coalición “Sigamos Haciendo Historia”. Todo ello, derivado de publicaciones realizadas en las redes sociales X y Facebook, y por diversas manifestaciones emitidas durante las conferencias de prensa matutinas conocidas como “mañaneras” realizadas los días 4, 5 y 6 de marzo durante la etapa de campaña del proceso federal.
(6) Además, denunciaron el incumplimiento de la medida cautelar de tutela preventiva dictada por la Comisión de Quejas en Acuerdo ACQyD-INE86/2024.
(7) Finalmente, solicitaron que se ordenara el retiro del material denunciado, así como que se emitieran nuevas medidas cautelares de tutela preventiva, en las que se ordenara al entonces presidente abstenerse de realizar manifestaciones que pudieran influir en la competencia electoral, así como suspender los actos de promoción de obras.
(8) Registro de quejas y acumulación. Los días 7, 8 y 12 de marzo, la autoridad instructora registró las quejas.[2] Posteriormente, ordenó su acumulación y las admitió a trámite.
(9) Medidas cautelares (ACQyD-INE-124/2024). El 25 de marzo, la Comisión de Quejas concedió las medidas cautelares exclusivamente con respecto a las conferencias de prensa matutinas del 4 y 6 de marzo, al considerar que contenían manifestaciones que podrían vulnerar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad del proceso electoral federal 2023-2024, así como la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido. En este sentido, ordenó el retiro o modificación de los materiales audiovisuales correspondientes a esas conferencias.
(10) Por otra parte, concedió una medida cautelar bajo la modalidad de tutela preventiva, a fin de que el entonces presidente de la República se abstuviera de difundir propaganda gubernamental distinta a la exceptuada por el artículo 41, base III, apartado c, de la Constitución general y 21, de la Ley General de Comunicación Social.
(11) Sentencia impugnada (SRE-PSC-536/2024). El tres de octubre, la Sala Regional Especializada determinó, de entre otras cuestiones, i) la existencia de la difusión de propaganda gubernamental en período prohibido, la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad; así como el uso indebido de recursos públicos, por parte de Andrés Manuel López Obrador y diversas personas del servicio público, incluidos los recurrentes, y ii) el incumplimiento de la medida cautelar dictada por la Comisión de Quejas en el Acuerdo ACQyD-INE86/2024, exclusivamente por parte de Andrés Manuel López Obrador.
(12) El resto de las infracciones las declaró inexistentes.
(13) Interposición del recurso. En contra de la sentencia referida, el diez de octubre, las partes recurrentes presentaron recursos de revisión del procedimiento especial sancionador.
(14) Turno. Recibidas las constancias en esta Sala Superior, la Presidencia de este órgano jurisdiccional ordenó integrar los expedientes respectivos y turnarlos a la ponencia del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón para el trámite y la sustanciación correspondientes.
No. | Expediente | Recurrente | Fecha |
1 | SUP-REP-1114/2024 | Pedro Daniel Ramírez Pérez, Jefe de Departamento de Comunicación Social | 10 de octubre |
2 | SUP-REP-1115/2024 | Jesús Ramírez Cuevas, entonces Coordinador General de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de la República | 10 de octubre |
3 | SUP-REP-1124/2024 | Sigfrido Barjau de la Rosa, Director del CEPROPIE | 10 de octubre |
4 | SUP-REP-1125/2024 | Martha Jessica Ramírez González, Directora General de Comunicación Digital de la Presidencia de la República, representada por Arlín Maribel Pérez Prada | 10 de octubre |
(15) Radicación, admisión y cierre de la instrucción. En su oportunidad, el magistrado instructor radicó, admitió y cerró la instrucción del medio de impugnación en la ponencia a su cargo.
(16) Del análisis de los escritos de demanda, se advierte que existe conexidad de la causa, es decir, identidad en la autoridad responsable y en el acto impugnado.
(17) Por ello, en atención al principio de economía procesal, así como para evitar el dictado de sentencias contradictorias, lo procedente es acumular los expedientes de los recursos SUP-REP-1115/2024, SUP-REP-1124/2024 y SUP-REP-1125/2024 al diverso SUP-REP-1114/2024, por haber sido éste el primero en recibirse y registrarse en esta Sala Superior. En consecuencia, se deberá anexar una copia certificada de los puntos resolutivos de la sentencia a los autos del expediente acumulado.[3]
(18) Esta Sala Superior es competente para conocer y resolver los presentes medios de impugnación, por tratarse de recursos de revisión del procedimiento especial sancionador interpuestos para controvertir una sentencia de la Sala Regional Especializada, lo cual es de competencia exclusiva de este órgano jurisdiccional.[4]
(19) Los recursos cumplen con los requisitos de procedencia previstos en la Ley de Medios en atención a lo siguiente:[5]
(20) Forma. Los medios de impugnación se presentaron por escrito y contienen: 1) los nombres, las firmas autógrafas y la calidad jurídica de quienes interponen el recurso; 2) el domicilio para oír y recibir notificaciones; 3) el acto impugnado; 4) la autoridad responsable; 5) los hechos en los que se sustentan las impugnaciones; 6) los agravios que en concepto de las partes recurrentes les causa el acto impugnado, y 7) las pruebas ofrecidas.
(21) Oportunidad. Los medios de impugnación fueron interpuestos dentro del plazo de tres días previsto en la Ley de Medios:[6]
No. | Expediente | Fecha de notificación | Fecha |
1 | SUP-REP-1114/2024 | 7 de octubre[7] | 10 de octubre |
2 | SUP-REP-1115/2024 | 10 de octubre | |
3 | SUP-REP-1124/2024 | 10 de octubre | |
4 | SUP-REP-1125/2024 | 10 de octubre |
(22) Interés jurídico. Las partes recurrentes cuentan con interés jurídico para interponer un recurso de revisión del procedimiento especial sancionador porque controvierten una determinación de la Sala Regional Especializada mediante la cual se les atribuye responsabilidad por el incumplimiento de la normativa electoral, derivado de diversas quejas presentadas en su contra por el PAN y el PRD.
(23) Legitimación y personería. Se cumplen los requisitos, porque la Sala Regional Especializada reconoce la personería de quienes acuden interponiendo los presentes recursos.
(24) Definitividad. Se satisface el requisito, ya que no existe otro medio ordinario de impugnación que deba agotarse previamente.
(25) El PAN y el PRD denunciaron al entonces presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, promoción personalizada, violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como el uso indebido de recursos públicos, derivado de publicaciones realizadas en las redes sociales X y Facebook, y por diversas manifestaciones emitidas durante las conferencias de prensa matutinas conocidas como “mañaneras” llevadas a cabo los días 4, 5 y 6 de marzo durante la etapa de campaña del proceso federal.
(26) Además, denunciaron la vulneración a la medida cautelar, en la vertiente de tutela preventiva, dictada por la Comisión de Quejas en el Acuerdo ACQyD-INE86/2024. Asimismo, solicitaron que, vía cautelar, se ordenara el retiro del material denunciado, así como que se instruyera al entonces presidente de la República que se abstuviera de utilizar los recursos del estado para realizar expresiones electorales encaminadas a influir en la competencia entre los partidos políticos, así como que se ordenara la suspensión de realizar actos de promoción de obras.
(27) Las publicaciones y expresiones motivo de las quejas son las siguientes:
RED SOCIAL DE FACEBOOK EN EL USUARIO ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR
Enlace electrónico: https://www.facebook.com/lopezobrador.org.mx/posts/pfbid0ms95DAStXajxNaPTCY7VXQNXR8RKHeD6zJDrHsgkxRfa1CTTSfPKmh4Ycn5YhmVdl Fecha de la publicación: 3 de marzo | |
Imagen descriptiva | |
Contenido de la publicación | Descripción de la publicación |
Dos de las principales causas de muerte son el infarto y la diabetes. Aunque suelen ser hereditarias pueden evitarse o controlarse comiendo y bebiendo sano y haciendo ejercicio. En lo curativo es indispensable contar con salas de hemodiálisis; en eso estamos. Hoy visitamos hospitales en Puebla y Tlaxcala. | Dos imágenes en las que se observan: la primera, se puede apreciar un grupo de personas que llevan pestos castos de color blanco, caminando en una zona donde hay unas mallas en color verde que marcan el camino por el cual caminan; la segunda imagen se encuentra dentro de un lugar color blanco, hay monitores, del techo desprenden unas tipo mangueras en color blanco, hay cinco personas en su mayoría de género masculino en la que destaca uno de cabello blanco, tez blanca, viste camisa en color blanco y pantalón oscuro viendo los monitores |
RED SOCIAL DE X EN EL USUARIO ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR
Enlace electrónico: https://twitter.com/lopezobrador_/status/1764396738968756360 Fecha de publicación: 3 de marzo | |
Imagen descriptiva | |
Contenido de la publicación | Descripción de la publicación |
Dos de las principales causas de muerte son el infarto y la diabetes. Aunque suelen ser hereditarias pueden evitarse o controlarse comiendo y bebiendo sano y haciendo ejercicio. En lo curativo es indispensable contar con salas de hemodinamia y hemodiálisis; en eso estamos. Hoy visitamos hospitales en Puebla y Tlaxcala.” | Se observan dos imágenes; en una se visualiza un grupo de personas que llevan pestos castos de color blanco, caminando en una zona donde hay unas mallas en color verde que marcan el camino por el cual caminan y en la otra se encuentra dentro de un lugar color blanco, hay monitores, del techo desprenden unas tipo mangueras en color blanco, hay cinco personas en su mayoría de género masculino en la que destaca uno de cabello blanco, tez blanca, viste camisa en color blanco y pantalón oscuro viendo los monitores |
CONFERENCIA DE PRENSA DEL CUATRO DE MARZO
|
Enlace electrónico: https://www.youtube.com/watch?v=O_a9hZGmojQ&list=PLRnlRGar-296KTsVL0R6MEbpwJzD8ppA&index=4 |
Imagen representativa |
Descripción del vínculo electrónico |
Liga electrónica que pertenece a la red social denominada “YouTube”, a través de la cual se visualiza un video con una duración de tres horas con tres minutos y cuatro segundos (03:03:04), publicado por el usuario “Andrés Manuel López Obrador; con el título de: “Debemos sentirnos orgullosos de nuestra historia y héroes. Conferencia presidente AMLO”. Se leen los textos: “Conferencia de prensa matutina, desde Palacio Nacional. Lunes 04 de marzo 2024 | Presidente AMLO. 0:00 |
Expresiones denunciadas |
Persona de género masculino: Muy bien, vamos, si les parece, a las ocho de la mañana o al, las cinco para las ocho, cinco minutos hacemos algo de historia para los jóvenes, ¿sí?, y luego vamos adelante con preguntas y respuestas. ¿Si?
Agregar, nada más, lo de la lámina, que es buena, del costo, lo que nos entregó hoy, del costo de la energía eléctrica en México, también es importante, es informativo, sobre el ‘Quién es quién en los precios’, si lo tienen.
Persona de género masculino: (Inentendible).
Persona de género masculino: El costo de energía eléctrica. ¿Lo tienen?
Persona de género masculino: ¿(Inentendible) de los países?
Persona de género masculino: Sí.
Persona de género masculino: ¿El de enero?
Persona de género masculino: ¿Lo tienen?
Persona de género masculino: Sí.
(…) Persona de género masculino: Pues lo estamos atendiendo. Es muy complicado el tema porque hay mucha irresponsabilidad, se quedaron muy malacostumbrados a que tenían influencias, y entonces hacían lo que querían. Acuérdense cómo surge este conflicto: AMSA era una empresa pública, volvemos a lo mismo, entonces Salinas la privatiza, Carlos Salinas. Incluso se habla de que allegados tenían hasta acciones ya una vez que la empresa se privatizó. Era una empresa pública, funcionaba muy bien, mucho muy bien, Monclova se desarrolló a partir de esta empresa, había un buen director de esta empresa; entonces, se mal administró, empezaron a derrochar dinero, tenían no sé cuántos aviones de estos que llaman ejecutivos, se los prestaban a los políticos, a los gobernadores de Coahuila y mal administración, deudas, no pagaban impuestos, no le pagan al Infonavit, no le pagaban al Seguro y negocios arriba, financiaban campañas de políticos; vendieron una empresa chatarra al gobierno, porque es muy curioso de que cuando se trata de dinero, de robar, los privatizadores se vuelven estatistas y también por robar los estatistas se vuelven privatizadores. En el sexenio pasado decidieron comprar, estatizar una empresa de Altos Hornos o del dueño de Altos Hornos, y (Sic) hicieron un avalúo, llevaba esa planta como veinte años sin funcionar, era una planta chatarra; así como esa, otras, y las compraron, pero además el avalúo se infló y, si valían cien millones de dólares, las vendieron en más de trescientos millones de dólares, creo que como doscientos millones de dólares más, que fue lo que se demostró en investigación de la Auditoría Superior de la Federación.
Entonces, mucha corrupción y aferrados a seguir manteniendo esas mismas prácticas de soborno, de corrupción. Porque ante todo ese fracaso es para decir, ‘ya entrego todo y permito que esta fuente de trabajo no se pierda’. Pero no, aun llevando al fracaso la planta se siguieron aferrando a mantenerla pensando que nosotros íbamos a actuar como Zedillo, que la íbamos a rescatar y que se las íbamos a limpiar y volvérselas a entregar con dinero del presupuesto, que es dinero de todo el pueblo. Pues eso no, aun así, tratándose de los trabajadores, dijimos: Bueno, si hay una empresa nueva que quiera participar, si los que tienen las acciones, quienes son los dueños, un señor, entrega ya la empresa formalmente, y hay empresas nuevas que quieran invertir para rescatar esa empresa —que además sí tiene futuro, ‘namás’ que hay que invertir, tiene futuro por el desarrollo de América del Norte y por la producción de acero, su ubicación estratégica—, si hay un inversionista que quiera, serio, inyectar recursos frescos, bueno, podemos nosotros, sin condonar nada, dar plazos de pago al SAT, Comisión Federal, Pemex, hacer los trámites en el seguro, para que no tengan que pagar todo, porque entonces no podría cualquier nuevo inversionista salir adelante. Y en eso estamos, pero ha habido muchos obstáculos, que yo conozca, como tres empresas han querido llegar a acuerdo. Recuerdo de una que, después de que no se entendieron los dueños de AMSA, con una primera empresa, me vieron a mí entusiasmadísimos, pero entusiasmadísimos. Ya estamos por firmar el acuerdo y les dije: Cuenten con nosotros, apoyamos en lo que estoy exponiendo, se firman convenios para que paguen en plazos con tal de que se reincorpore a los trabajadores, se recupere la fuente de trabajo, se les pague a muchos proveedores locales, que se les debe, nosotros ayudamos. ‘Sí, sí, sí’. Y ya al final le dije: Pues, ojalá no me equivoque, pero cuidado, porque estos son como una pelota de jabón. Y lamentablemente a los quince días me volvieron a ver, ‘no se puede con esta gente’, nos cambiaron todo. Ya después vino otro y ahora hay otro. Y estamos en eso, esto sirve para que los trabajadores y los pobladores en Monclova, de Coahuila, sepan que sí estamos ayudando, pero que es muy complejo.
Y algunos también piensan que el obstáculo somos nosotros y están pateando el bote pensando que ya nos vamos a ir y que con el cambio van a poder, pero ¿qué autoridad va a destinar diez, veinte mil millones de pesos para rescatar a una empresa y dejársela a los mismos que la saquearon? Pues solo que regresara Salinas, ¿no?, de presidente, pero eso ya no se puede; bueno, eso espero, o sea, deberían de estar actuando con más realismo. Están también como los que no quieren pagar impuestos ahora porque, pensando de que ya me voy a ir y no van a pagar los impuestos; va a ser muy difícil, si ya todo es público.
Yo les voy a contar algo sobre Salinas Pliego porque, si no, las conferencias, como dijo un escritor de estos de derecha, ya no sirven, ¿no?, dice: ‘Ya se van a convertir en clases de historia’, claro que a mí me importa mucho la historia y que se conozca nuestra historia, porque eso es lo que nos inspira, y sobre todo nos importa mucho para los jóvenes. Pero también para no hacerlas tan tediosas, pues hay cosas que sí podemos hablar, ¿no? que no tiene que ver con lo electoral, muchísimas.
Les voy a contar algo: en efecto, es mi amigo Ricardo, pero tenemos, como ha quedado de manifiesto, posturas políticas e ideológicas distintas; también esto es consustancial a la democracia, no puede haber un pensamiento único. Entonces, en el asunto del pago de impuestos nosotros hicimos el compromiso con el pueblo de no permitir privilegios fiscales, de combatir la evasión fiscal y que no era justo el que todos paguen impuestos y que los de arriba no paguen, porque un campesino pobre paga impuesto, porque en las mercancías que compra ahí va incluido un impuesto, y un obrero también, y un profesional lo mismo; es más, pagan más impuestos los obreros que los empresarios, el impuesto sobre la renta que se recauda de los trabajadores es mayor al impuesto sobre la renta que se recauda de los empresarios.
Pero además existían privilegios y las grandes corporaciones económicas financieras terminaban no pagando impuestos, se les condonaban los impuestos. Una gran injusticia. Y todavía hablaban de que el problema de México era que se recaudaba muy poco, porque los de la economía informal no pagaban impuestos; que, si se le cobraba impuestos a los de la economía informal, a los ambulantes, a los que acomodan los carros, los viene-viene, con eso se resolvía el problema, mucha hipocresía, mientras los de arriba no pagaban. Porque hasta en el supuesto de que pagaran todos impuestos, que además todos pagan, todos pagamos, porque el IVA es parejo, sólo alimentos y medicamentos no, pero cualquier otra cosa hay que pagar IVA, pero estamos hablando sobre impuesto sobre la renta, aun cuánto podía pagar un comerciante ambulante, si lo que saca es para mantener a su familia, si no tiene utilidad. ¿Cómo creció la economía informal? Bueno, porque no había crecimiento económico y no se impulsaba la economía formal y la gente empezó a buscarse la vida como pudo. Fueron dos válvulas que sirvieron mucho para quitar la presión:
La migración, lamentable, porque imagínense si no se salía la gente, cómo iba a vivir durante el periodo neoliberal y la otra válvula para que este país no estallara por entero fue la economía informal, que la gente buscó la forma de sobrevivir ante la política de saqueo, de robo, de los neoporfiristas ambiciosos. Bueno, pero ¿qué se iba a sacar? Muy poco. En cambio, los de arriba, imagínense bancos, imagínense las grandes corporaciones, no pagaban, y cuando pagaban se les devolvía porque había condonación de impuestos.
Entonces, dijimos: No, esto es injusto, pero, además, no vamos a aumentar los impuestos, no necesitamos aumentar los impuestos, es cosa de que paguen los impuestos quienes ahora tienen el privilegio de no pagar los impuestos, se terminan esos privilegios y va a haber recaudación, lo que está sucediendo, sin aumentar los impuestos, ya lo he dicho, de tres billones de recaudación nada más en dos mil dieciocho a cuatro billones quinientos mil en el veintitrés, en cinco años un billón quinientos mil más, pero ahora está ingresando más a la hacienda pública porque la gente, primero, los ciudadanos se están portando muy bien, todos están contribuyendo, saben que su dinero o lo que aportan no va a parar a unas cuantas manos, no se lo roban, que eso…, aquí abro un paréntesis también para decirle a, con todo respeto a Ricardo Salinas, que si sabe de que se están robando el dinero, que nos mande la información y yo presento la denuncia, porque parece que habló que del dinero de los adultos mayores se roban cuatrocientos mil millones, que me mande las pruebas y yo presento la denuncia, y lo hago públicamente aquí, ‘namas’ que quiero las pruebas, cierro paréntesis.
Entonces, decidimos, todos a pagar impuestos y afortunadamente se ha logrado, la gente que antes se beneficiaba con estas condonaciones entendió que ya no era posible, y están pagando: los del Oxxo pagaron como doce mil millones, Televisa pagó como seis mil millones, Walmart como diez, doce mil millones, todos.
Persona de género femenino: ¿Y ya no hay deudores, entonces aparte de Salinas Pliego?
Persona de género masculino: Sí, y hay denuncias presentadas… Persona de género femenino: (inentendible). Persona de género masculino: …pero ya son menos, mucho menos, y hay denuncias y se obtienen recursos adicionales porque llegan a buscar acuerdos y se les atiende, y están poniéndose al día, al corriente. Se ha avanzado muchísimo en esa materia y por eso pues se fortalece la hacienda pública y eso nos lleva a que no tenemos que pedir deuda o incrementar la deuda. Nosotros vamos a dejar un gobierno con menos deuda en términos reales que la deuda que contrató Calderón o el licenciado Peña con relación al producto interno bruto, a pesar de la pandemia, porque no hemos solicitado deudas adicionales. Aquí lo vamos a ver un día.
Entonces, no hace falta eso, no hace falta gasolinazos, no hace falta aumentar el precio de la luz, y alcanza el presupuesto; desde luego, si no se roban el dinero, si no hay corrupción, porque esa la clave de todo.
Entonces, Ricardo trae, su empresa, pues, un adeudo con el SAT desde la época de Fox, o sea, no es nuevo, ni siquiera es un asunto de nosotros, de esta administración. Entonces, han venido litigando desde entonces este asunto y ha ido creciendo el monto. Y pasa de una instancia a otra, y en algunos casos ya ha habido fallos. Pero de toda la cantidad, lo que fallaron fueron dos mil quinientos millones aproximadamente, y ya lo pagaron, pero falta la mayor parte, que, de acuerdo al SAT, llega con recargos e intereses a cerca de veintidós, veinticuatro mil millones de pesos, entre veinte y veinticinco mil millones.
Entonces, ni para él ni para nosotros es conveniente que esto se convierta en un motivo de pleito, porque yo no estoy aquí para pelearme, yo estoy aquí para defender el interés de la gente, los intereses del pueblo, porque el presupuesto no es dinero del gobierno, es dinero del pueblo, nosotros somos simplemente administradores de los dineros del pueblo, y ese es el dinero que se utiliza para las pensiones, que se utiliza para las becas, que se utiliza para la educación pública, para la salud, para las carreteras, para las obras, para el desarrollo del país. Entonces, nos reunimos hace relativamente poco, porque él me buscó, cómo se llegaba a un acuerdo. Yo dije: Sí. Ya se había visto, les digo que viene de Fox. ¿Quién estuvo después de Fox?
Voz: Calderón.
Persona de género masculino: Calderón. ¿Luego?
Voz: Peña Nieto.
Persona de género masculino: Peña, sí, no es de nosotros, o sea, no surgió con nuestro gobierno; entonces, se fue acumulando, acumulando, acumulando y han hecho no sé cuántas auditorías. Llegó el expediente hasta la corte y este que fue presidente de la corte, el señor ministro… Voces: (Inentendible). Persona de género masculino: …Aguilar guardó el expediente casi un año, también con la idea de que pase el tiempo. Como se denunció, lo tuvo que sacar, incluso perdió la votación en la corte y lo mandaron a un Juzgado de Distrito y allá en ese Juzgado de Distrito también querían darle carpetazo, y dos ministros contra uno se opusieron, y ahí está el expediente.
Pero, bueno, siempre hay la posibilidad de llegar a acuerdos, entonces me busca Ricardo y le digo: Sí, vamos a ver cómo se resuelve. Y le pido al director del SAT y al Procurador Fiscal que hagan una revisión minuciosa de nuevo para ver hasta cuánto se le podía quitar, de cuánto podía ser la quita, legal, porque no se puede hacer una quita ilegal, imagínense la responsabilidad, de todas maneras, la quita era importante: creo que, de ocho mil millones, tenía que pagar catorce, algo así. Ese era el acuerdo. No el acuerdo, a lo que nosotros llegamos decir, bueno, hasta aquí se puede legalmente, con tal de llegar a un acuerdo. De todas maneras, yo tenía aquí que venir con ustedes a decirles, a ustedes, que son los que le transmiten la información al pueblo y al pueblo de manera directa, ¿sí?, de todo lo que estaba en juicio, se consideró de que estos recargos y esto, y esto, se podía quitar para que se pagara esta cantidad. Yo dije: Lo asumo, lo asumo, porque tengo mi consciencia tranquila.
Claro que ya sabía lo que iban a decir mis adversarios, los mismos amigos o compañeros de clase, me refiero, no de la escuela, sino de clase social de Ricardo, (inentendible) ‘¿Cómo llegaron a ese acuerdo? ¿Por qué se le redujo tanto?’, pero tomé la decisión de decir: Propónganle y lo asumo y no quiso. Entonces, ¿quién va a resolver ahora?, pues el Poder Judicial, de todas maneras, tenía que resolver el Poder Judicial porque, si se llegaba al acuerdo, lo tenía que autorizar el Poder Judicial, pero se le iba a consultar al Poder Judicial, porque ya se llegó a un acuerdo, ¿lo consideran ustedes ilegal?, ese iba a ser el procedimiento. Pero como no acepta, ¿a quién le corresponde resolver ahora?, pues al Poder Judicial, por entero.
Voz: ¿Se retira el acuerdo?
Persona de género masculino: ¿Mande?
Voz: ¿Se retira el acuerdo? ¿Se le cobraría todo?
Persona de género masculino: No, ya nosotros continuamos dándole seguimiento al juicio… Voz: ¿Sobre la base? Persona de género masculino: …sobre la base del expediente, si el juez dice: ‘En efecto, esto se le puede quitar’, se le quita, pero ya el juez, ya nosotros ya cumplimos.
Voz: ¿Mantiene la propuesta del acuerdo?
Persona de género masculino: ¿Mande?
Voz: ¿Mantiene la propuesta del acuerdo?
Persona de género masculino: No, ya nosotros… Es que no se aceptó, sí, entonces, yo iba a asumir eso pública, políticamente, pero ya no, ahora es un poder ajeno —porque me cuesta trabajo decir ‘independiente’— el que va a resolver, pero que se va a resolver, se tiene que resolver, en estos seis meses que me faltan, que podría ser, porque ni modo que van a tardar tanto los magistrados en resolver, o en el próximo gobierno, pero se tiene que resolver.
Voz: (Inentendible)
Persona de género masculino: No, sencillamente que no aceptaron.
Voz: (Inentendible)
Persona de género masculino: Pues yo pienso.
Voces: (Inentendible).
Persona de género masculino: Pues yo pienso, entonces, ya no es un asunto de pleito, ¿sí?, yo lo considero mi amigo, ‘namás’ que cuando nombré el consejo asesor a todos les dije, y hay constancia, les dije: Me van a ayudar, pero me van a entender también de que yo represento al pueblo de México, yo no puedo hacerle el favor a nadie, pero se los dije y hay testigos.
Vámonos a desayunar.
Persona de género masculino: Presidente, presidente, nada más, un, eh, la segunda pregunta, rapidísimo, presidente. Bueno, del primero, yo preguntarle si a Hércules, a esta comunidad, pudiera haber algún programa emergente para apoyar a la población en este entrampado en que se encuentran, porque el gobierno local, de acuerdo a lo que dicen los mineros, pues no les quieren apoyar en nada prácticamente. Les han estado bloqueando apoyos. No sé, hablo de servicios de salud, hablo del tema de alimentación, hasta donde se pueda. ¿Algún programa emergente, presidente, de mi primera pregunta?
Persona de género masculino: Sí, estamos ayudando en todo…Persona de género masculino: Okey. Persona de género masculino: …allá, allá, este, tanto Bienestar está atendiendo y lo vamos a seguir haciendo… Persona de género masculino: Okey. Persona de género masculino: …allá… Persona de género masculino: El segundo punto. Persona de género masculino: pero, de todas maneras, vamos a ver, con Ariadna sobre todo, ¿qué se puede hacer?
Persona de género masculino: Mi segunda y última pregunta, presidente, rapidísimo. Hay siete jóvenes, siete estudiantes de la Universidad de Guanajuato que están acusando, están señalando ellos que los están… Ya penalizaron algunas de sus acciones a nivel estudiantil, a nivel universidad de Guanajuato allá, en ese estado, porque tomaron oficinas de la rectoría para presionar a las autoridades en ese entonces, en septiembre del año pasado, que se transparentara el nombramiento del rector de aquella universidad.
El tema aquí es que, bueno, hubo grupos de choque, ellos señalan eso, los estudiantes. No fueron nada más ellos, fueron aproximadamente cien, de acuerdo a su relato, pero, bueno se llegó a una plática con las autoridades de esta universidad para pues, ceder las oficinas, establecer un diálogo, porque dentro de este pliego petitorio, también, por ejemplo, hay señalamientos, acusaciones de acoso sexual por parte de profesores contra estudiantes, bueno, el caso es que llegaron a un acuerdo, que no iba a haber sanciones, de que iba a estar todo tranquilo, por lo menos en un tema de diálogo y un tema de, aunque haya diferencias, que no pasara a mayores. El tema es que ya hay denuncias y la fiscalía de Guanajuato, bueno, aquí se ha señalado múltiples veces, incluso, su propia accionar de estos años, pues ha dejado mucho que desear y la inseguridad allá es tremenda.
El punto es que ha arremetido o están ya siendo investigados y se sienten completamente, pues en un tema de que están en proceso de penalizar acusaciones. Y, bueno, pues obviamente cuando vienen ese tipo de señalamientos, de penalizar, pues es que ya es un deli…, incluso, es en el área de delitos de alto impacto les están señalando; entonces, yo sé que esto no tiene que ver, presidente. se ventila aquí, yo se lo vengo a exponer, porque esto tiene que ver con este estado. Pero, pues yo he platicado con uno de los estudiantes y me ha pedido precisamente plantearle, si pudiera haber algún acompañamiento por parte de la Secretaría de Seguridad o quien usted indique para poder, pues ver la manera también de que esto no escale y que los estudiantes, incluso no solamente no sean penalizados en algo, que me, todo, a todas luces es injusto contra ellos, sino que obviamente pues todo esté en calma y pues que se pueda llegar a un diálogo, presidente. En lo que pueda ayudarse, claro está, dentro del propio gobierno, ese sería y gracias, le agradezco mucho.
Persona de género masculino: Sí. Esto con el subsecretario de Educación Superior, de Concheiro, él puede ayudarnos.
Voz: ¿Le paso el contacto? (inentendible)
Persona de género masculino: Ah, lo de…Gracias.
Persona de género masculino: Sí, sí, muy bien. Nos vemos mañana.
Voz: El asesinato de un candidato del PT en Atoyac.
Persona de género masculino: Sí, muy lamentable, en Atoyac este asesinato de un candidato del PT, aspirante… Voz: (Inentendible). Persona de género masculino: …sí aspirante del PT en Atoyac. Sí.
Voz: El alto comisionado acaba de declarar hace unos minutos que está llamando (inentendible) a la protección de los aspirantes (inentendible).
Persona de género masculino: Sí, estamos apoyando nosotros a todos. El alto comisionado es muy, con todo respeto, muy tendencioso, está en contra de nosotros y hace comparsa con los que quieren demostrar que México es un país muy violento. Ya ven lo que hacen nuestros adversarios y los medios de manipulación, como El Universal, la violencia, ¿no? Estas organizaciones pagadas por gobiernos extranjeros, el mismo Claudio X. González, su asociación, los que están como la señora Pagés. Hay otro que está, pero enojadísimo porque también estaba en la nómina, aquí recibía dinero, que viene del Reforma, también de esa escuela. En Reforma nada más conozco una gente, una gente, que es mujer, que le tengo mucho respeto.
Persona de género masculino: Es Ramón Alberto.
PERSONA DE GÉNERO MASCULINO: No, no, no, uno que se separó del Reforma y se, creó su revista y recibía dinero aquí, y sigue ahora abiertamente en contra de nosotros.
Persona de género masculino: Es Ramón Alberto.
Persona de género masculino: No, no, no. Ramón Alberto sí fue director del…, esa es la escuela; y el otro, Pardinas; y hay otro, el que dijo de que aquí en el DF los que pagaban impuestos.
Voz: Lázaro Ríos.
Persona de género masculino: Ese, sí, no, sí, no, no, pero este no estaba de director, estaba ahí, como, era como Zamarripa, que ahora ya el camarada Zamarripa…
Persona de género masculino: ¿No era René?
Persona de género masculino: No, tampoco René, no, no, René de los más decentes y antes estuvo ahí un buen periodista, Miguel Ángel Granados Chapa, pero se fue degenerando, ¿no?, este, no, Animal Político se llama.
Persona de género masculino: Daniel Moreno.
Persona de género masculino: ¿Ese no estuvo en Reforma?
Persona de género masculino: Sí.
Persona de género masculino: Ah, bueno.
Persona de género masculino: En el suplemento.
Persona de género masculino: Sí, es que todavía en el COVID, ¿no?
Persona de género masculino: Como el medio no era de él, por eso no…
Persona de género masculino: Ah, sí, sí, pero ese recibía dinero del gobierno, ¿sí? y ahora está, bueno, desde que estamos, lanzadísimo, pero afortunadamente las benditas redes sociales… Miren lo que sucedió con el (inentendible)
Voz y persona de género masculino: Hashtag
Persona de género masculino: Hashtag de ‘presidente narco, AMLO’, debe de llevar como doscientos millones, ¿no?, muchísimo dinero; entonces, se demostró de que todo estaba pagado, que salía de otras partes y luego alguien que no puedo mencionar, lo aceptó, dijo que sí, así con cinismo, que se valía de todo. Entonces, sí, este, ahora con la temporada están, pero molestísimos. ¿Por qué salió esto del Animal Político?
Persona De Género Masculino: Por los periodistas.
Persona de género masculino: ¡Ah!, porque se, hay ese ambiente, ¿no?, de la violencia, el agravio a periodistas, a candidatos, o sea, buscando enrarecer, ¿no?, han las elecciones de Estado, si yo les contara, algún día les voy a contar, no, les voy a seguir contando; además, aquí hay, ¿eh?, mucho de eso, de lo que son las elecciones de Estado.
Voces (Inentendible)
Voz: ¿Cuántos candidatos tiene protección ya, presidente?
Persona de género masculino: Pues bastantes, todos los que solicitan, la protección se les da, pero no tengo el dato, pero sí, la instrucción…
Voz: ¿Mañana?
Persona de género masculino: Sí, mañana Rosa Icela les puede decir cuántos. Los candidatos a presidentes, las candidatas a presidenta, a presidentas, todos tienen.
Voz: ¿A gobernadores?
Persona de género masculino: También, y a los que han solicitado. Mañana Rosa Icela que nos explique.
Voz: Una última, presidente, es rápida.
Voces: Mañana.
|
CONFERENCIA DE PRENSA DEL CINCO DE MARZO
|
Enlace electrónico: https://www.youtube.com/watch?v=pu4o9ryDM6M&list=PLRnlRGar-296KTsVL0R6MEbpwJzD8ppA&index=3 |
Imagen representativa |
Descripción del vínculo electrónico |
Corresponde a la plataforma digital denominada “YouTube” en la que se aloja la publicación del usuario “Andrés Manuel López Obrador” la cual consiste en un video con duración de tres horas con treinta y siete segundos con el título: “Sentimientos de la Nación, de Morelos, guían a la Cuarta Transformación. Conferencia presidente AMLO”. |
Expresiones denunciadas |
Persona de género masculino: Buenos días. Ánimo, ánimo. ¿Ya tienen la anécdota de Pancho Villa, la de ánimo’? Ahí se las dejo de tarea porque aquí se no se puede decir, pero es eso, siempre ver todo con optimismo, se dice coloquialmente que, al mal tiempo, buena cara, no este, también se decía antes, en la juventud, ‘no agüitarse’, hay que estar siempre optimista y con esperanza y alegría, muy bien, vamos a informar hoy sobre seguridad, como lo hacemos cada quince días, vamos a informar y empezamos con cero impunidad.
Persona de género masculino: Con su permiso, señor presidente, muy buenos días, voy a presentar el avance de ‘Cero impunidad’ del veinte de enero al cuatro de marzo, tenemos cinco extradiciones por parte de la Fiscalía General de la República, este es un ciudadano estadounidense que fue extraditado a México, requerido por un juez en el estado de Chihuahua por el delito de feminicidio, el resto son cuatro mexicanos que fueron entregados a diferentes cortes de los Estados Unidos por homicidio dos, por asociación delictuosa contra la salud y portación de arma de fuego y por secuestro y abuso sexual adelante, tenemos como detenciones importantes a Nelly Jacqueline o Nelly Janel, que fue detenida por la Fiscalía del estado de Hidalgo con el apoyo de CONASE y de la Fiscalía del Estado de México tras cumplimentar una orden de aprehensión en su contra por el delito de desaparición forzada cometida por particulares en agravio de un bebé de tres días de nacido, esto en Pachuca, Hidalgo, el pasado veinticinco de enero, de acuerdo a las investigaciones, la señora Nelly Jacqueline, de oficio niñera, sustrajo a la menor tras drogar a sus padres en Valle de Chalco, adelante, Dulce María ‘N’ fue detenida el veintiuno de febrero de este año por la Fiscalía del Estado de México con apoyo de CONASE, tras cumplimentar una orden de aprehensión por el delito de secuestro en agravio de un hombre de identidad reservada en Tenango del Valle, la víctima fue privada de su libertad por varias personas cuando se encontraba fuera de su domicilio en San Miguel Balderas, a la familia de la víctima se le exigió una cantidad de dinero mismo que fue depositado a la cuenta bancaria de la hoy detenida y la víctima continúa sin aparecer (…)
(…) Persona de género masculino: Buenos días, presidente, Miguel Arzate, del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, Canal catorce (14), después de conocer este reporte, presidente, conocer el detalle, si de estas veintitrés (23) solicitudes son solicitudes que están en proceso o ya son solicitudes que están siendo… Bueno, se encuentran en operación, si ya tienen seguridad quien haya solicitado este operativo y presidente, recordará que incluso antes de las precampañas algunos comunicadores se aventuraron a decir, a manejar la idea de un posible magnicidio, que sería responsabilidad suya, hoy en campañas algunos de los mensajes de los candidatos, candidatas, tratan de colocar la palabra ‘miedo’, como tratando de colocar la idea de que en el pueblo hay miedo, presidente, ¿el pueblo de México tiene que tener miedo en este proceso electoral? ¿Cómo ve el escenario?
Persona de género masculino: Bueno, es un asunto de publicistas y por la temporada, como hay elecciones, hay participantes que quieren sacar raja con algún tema y buscan generar miedo, temor, magnifican los problemas, que desde luego existen, de inseguridad, todo esto es parte de la circunstancia, yo lo que puedo comentar es de que la gente está muy tranquila, muy segura y, diría, feliz, así lo demuestra la encuesta del INEGI, el pueblo de México es feliz, muy feliz y no hay este ambiente que quieren posicionar con propósitos político-electorales, la verdad, la verdad, están muy despistados los estrategas, porque esto no les ayuda en nada, esa es mi opinión, no es por ahí, ¿qué otra cosa están manejando? Pues esto de la violencia.
Voz masculina: Lo del agua.
Persona de género masculino: Ah, lo del agua, pero eso tiene que ver más que nada aquí en la ciudad. ¿Qué otra cosa?
Persona de género masculino: No, lo del narcotráfico, ‘narcopresidente’, ‘narcopresidente’, en eso no me meto, pero lo de ‘narcopresidente’ con mucho dinero, muchísimo dinero, millones de pesos nuestros adversarios echaron a andar una campaña, incluso utilizaron al New York Times para calumniar, y a otros medios, se descubrió que contrataron lo que llaman granjas de bots, sistemas automatizados para simular que son personas que están reafirmando la idea de que somos narcotraficantes, el mensaje este como no sé traducirlo y ya no lo voy a repetir, en realidad es un mensaje que etiquetan en las redes de millones de personas que supuestamente repiten: ‘AMLO, presidente narco’, y estamos hablando de cinto cuarenta millones (140’000,000) de veces o ciento cuarenta millones de personas (140’000,000) millones de personas que supuestamente aseguraron en las redes sociales este mensaje, cuando todo es artificial, como el mundo al revés, nada más que no pueden, porque creo que ya esas estrategias no funcionan en ningún lado, pero menos en México, menos aquí, porque si algo se ha logrado, entre todos, desde abajo, es tener muy claro el papel que juegan los medios de información, que en sentido estricto son medios de manipulación, en eso se ha avanzado muchísimo, entonces, la gente ya sabe leer un periódico perfectamente bien, escuchar la radio, ver la televisión, las redes sociales y ya no se deja manipular, porque nuestro pueblo está muy politizado, es muy consciente y eso los publicistas, o no lo saben o no tienen otro modo más que aplicar la vieja receta de Goebbels, de que una mentira, si se repite muchas veces, puede convertirse en verdad, eso ya no funciona, no se puede poner vino nuevo en botellas viejas; tan no funciona, que echan a andar esa campaña ¿quieren ver la encuesta de ayer de El Heraldo? ¿Lo puedo poner o no? No, ¿verdad? No, no, ya no puedo, no, o sea, no hacen nada, nada, nada; al contrario, la gente sigue teniéndonos confianza y yo le agradezco al pueblo de México, porque tenemos autoridad moral, si fuésemos corruptos, deshonestos, ya nos hubiesen hecho polvo, ya hubiesen hecho minilla de peje, pero no pueden, porque llevamos décadas luchando por nuestros principios, nuestros ideales, y lo que estimamos más importante en nuestra vida es la honestidad, entonces esa es nuestra protección, ese es nuestro escudo, es lo que nos blinda, y así hemos resistido, entonces, todo esto acerca de la violencia y demás, claro que estamos nosotros buscando ayudar, bueno, proteger a todos, es nuestra responsabilidad, pero ¿a quién le convendría que hubiese desgracias? entonces, hay que estar pendientes y decirles también: si tienen pensado manejar esas estrategias nefastas, dañinas, pues que no van a lograr nada, nada; que lo que hay que hacer es en campaña visitar todos los pueblos y presentar propuestas, convencer, persuadir, argumentar, no simular, no mentir; además, eso es pecado social
(…)
Persona de género masculino: No, no, no, es como si presentamos denuncias porque nos calumnia MVS o nos calumnia El Universal o Reforma, o cualquier medio, pues no terminaríamos nunca de estar presentando denuncias, no, no, no, cada quien es responsable de sus actos y como vivimos, lo repito, en una sociedad con un pueblo muy consciente, le dejamos a los ciudadanos que resuelvan de acuerdo a su criterio, es que ya la tutela, el ver al ciudadano como menor de edad, ya es algo de la prehistoria en México, ya no es así, por eso no han podido oponerse y avanzar en contra del proceso de transformación que está en marcha; no han podido ni podrán, entonces, somos libres, si estoy planteando que nos manden la Estatua de La Libertad, que se venga de Nueva York, porque allá ya se está poniendo más verde de como es, de coraje, y aquí estaría feliz, feliz, feliz, porque vivimos en un país muy libre y democrático, como nunca; porque lo que había antes no era democracia, era una oligarquía con fachada de democracia; esto, para los jóvenes, Aristóteles definió seis formas de gobierno, decía, tres buenas y tres malas, hablaba de la aristocracia, de la tiranía, de la oligarquía, de las que me acuerdo, y de la democracia y definía, y además está en los diccionarios, sobre política, hay un buen diccionario sobre política, que publicó el Siglo XXI, de Bobbio, lo recomiendo para los jóvenes, Norberto Bobbio y ahí se define, bueno, desde la época de los griegos, Aristóteles dice: ‘La oligarquía es el gobierno de los ricos o para los ricos, la democracia es el gobierno del pueblo, para el pueblo’ ¿Qué había en México? ¿Había democracia? ¿Había un gobierno del pueblo? No, era una oligarquía con fachada de democracia, entonces, cuando dicen, con todo respeto, que va a haber un retroceso democrático, pues no entiendo, porque apenas y estamos dando los primeros pasos hacia una democracia verdadera, auténtica, porque en el tiempo en que supuestamente había democracia se produjo una monstruosa desigualdad económica y social, y los que se beneficiaron fueron los potentados, entonces, ahora es distinto porque se beneficia fundamentalmente con prioridad al pueblo, ya hay preferencia por los pobres, no por los potentados, entonces, ¿qué es lo que quieren los conservadores? Quieren poder sin pueblo, quieren kratos sin demos, y eso pues ya no es posible.
Persona de género femenino: Sí, le planteé un comentario sobre este comunicado… Sobre todo, porque aquí lo retomo y llama la atención que el Episcopado Mexicano diga que nuestros problemas son muchos en materia de seguridad, desigualdad social, crecimiento económico, insuficiente empleo formal y digno, cobertura y calidad educativa y de salud, migración, polarización social y otras problemáticas aparte del retroceso.
Persona de género masculino: Tiene razón, pero tienen razón, es eso, porque no se puede después de siglos de opresión, de injusticias, de privilegios, después de siglos de corrupción, no se puede de la noche a la mañana cambiar esa realidad, estamos iniciando una etapa nueva en la vida pública de México, imagínese, la corrupción se da desde que llega Cortés y se apoderan del tesoro de Moctezuma y el mismo Bernal Díaz del Castillo, que acompañaba a Cortés, soldado en la Conquista y que escribe un libro básico, también para los jóvenes, La historia verdadera de la Nueva España; habla acerca de que cada vez era menos el tesoro porque lo iban saqueando, y ya cuando lo reparten dicen: ‘Le toca a cada soldado de la Conquista unas cuantas monedas’, porque ya se habían quedado con la mayor parte los jefes, Cortés y los jefes, eso no existía en el México prehispánico, no había esa codicia, hay una parte que es del libro, hablando de eso, por eso hablo del Humanismo Mexicano, porque la codicia no era algo común en el México antiguo, eso se trajo de Europa y por ejemplo, miren lo que digo aquí, acerca de cómo se buscaba el oro, o sea, primer fiebre del oro se da con la llegada de los invasores, fíjense lo que dice Galeano en su libro memorable Las venas abiertas de América Latina, sobre la codicia por el oro…(…) |
CONFERENCIA DE PRENSA DEL SEIS DE MARZO
|
Enlace electrónico: https://www.youtube.com/watch?v=CDnU5z2Qei0&list=PLRnlRGar-296KTsVL0R6MEbpwJzD8ppA&index=2 |
Imagen representativa |
Descripción del vínculo electrónico |
Plataforma digital denominada “YouTube” en la que se aloja la publicación del usuario “Andrés Manuel López Obrador” la cual consiste en un video con duración de dos horas con treinta y tres minutos y veintinueve segundos (02:33:29) con el título: “Lecciones del presidente Benito Juárez para servidores públicos. Conferencia presidente AMLO”. |
Expresiones denunciadas |
Persona de género masculino: Al cien, entero. Hoy miércoles, como lo hacemos cada semana, vamos a informar sobre quién es 'Quién es quién en las mentiras de la semana'. Son muchas, es un caudal de mentiras en los medios de manipulación, que no de información, con honrosas excepciones, honrosas excepciones porque hay periodistas, informadores, que actúan con profesionalismo, con objetividad, con apego a la verdad, cercanos al pueblo y distantes del poder político y del poder económico.
Por eso, estamos viviendo estos momentos en que hay todo un bombardeo de mentiras, de calumnias, son momentos muy vergonzosos en la historia del periodismo, no sólo en México; en el mundo. Es una decadencia que no corresponde nada más al periodismo, sino a todo lo que tiene que ver con la vida pública, es un proceso de degradación, degradación progresivo, es crisis en lo económico, es crisis de bienestar social, crisis política, crisis, de pérdida de valores.
Por eso, no se puede decir sólo la crisis del mundo o de los países del mundo, no, porque no atañe sólo a lo económico, a lo político, a lo social, sino lo comprende todo, y eso tiene más que ver con la decadencia, es un tiempo decadente que sólo se puede remediar, enfrentar, con una transformación tajante de la vida pública. Si no se lleva a cabo una transformación, no se supera una decadencia. Por eso, ahora se padece de esta crisis del periodismo y de los medios de información, de comunicación, en su mayoría de manipulación, pero hay que superarlo.
También, si no se da a conocer, no se va a resolver nunca. No se puede transformar una realidad que no se conoce o que se oculta es lo que pasaba en nuestro país, hasta hace poco de que predominaba el racismo y el clasismo, pero soterrado, silencioso, oculto, como estamos en un proceso de transformación en México, emerge y eso es bueno, es bueno que se quiten la máscara y que haya más transparencia, autenticidad.
También se pensaba, ¿no?: ‘Los racistas, los clasistas, pueden ser los pobres, los ignorantes son los pobres’, no, encontramos que hay racismo, hay clasismo, hasta en los seudointelectuales, los académicos, los que estudian en universidades del extranjero, que tienen posgrados, maestrías, doctorados. Aquí lo hemos visto cómo expresan su racismo. Eso antes no sucedía, por eso estamos viviendo tiempos interesantes, es un momento estelar en la vida pública del país.
Entonces, vamos con Elizabeth, a ver qué, qué, este, nos va a exponer, poquito porque es bendito.
Persona de género femenino: Sí, jajaja… Con su permiso, señor presidente. Buenos días a todas, a todos.
Esta es la sección 'Quién es quién en las mentiras de la semana', hoy es seis de marzo del año dos mil veinticuatro y vamos a ser breves, como dice el señor presidente, porque vamos a mostrarles una parte más de quién es quién en los bots sobre la guerra sucia contra el presidente López Obrador en redes.
Hemos visto que la campaña sucia, mediática y en redes, para intentar vincular al presidente Andrés Manuel López Obrador con el narcotráfico, y hemos comprobado una y otra vez que esto es falso. En semanas pasadas se han publicado diversos análisis que demuestran el uso de cuentas automatizadas y granjas de bots para impulsar tendencias en la red social Twitter, ahora X. La mayoría de las cuentas con mensajes sobre la etiqueta #NarcoPresidente son de Argentina, España, Colombia, Holanda, también.
Ya sabemos que los bots en Argentina se venden de tres tuits por un peso; ahora una revisión realizada en la plataforma (inaudible) se tiene conocimiento de que, del diecinueve de febrero de dos mil veinte cuatro al tres de marzo, noventa y seis por ciento de las cuentas que usaron la etiqueta ‘narcopresidente’ son bots que reproducen centenas de miles de mensajes para generar una tendencia en Twitter.
En la pantalla vamos a ver el comportamiento diario de esta estrategia, fue un análisis de aproximadamente quince días, de las acciones que se realizan como tuits, retuits, citas y likes, con esta etiqueta; noventa por ciento corresponden a robots, bots o cuentas automatizadas, es decir, solo el diez por ciento de esta conversación es real de personas que manejan sus cuentas.
Por ejemplo, vamos a ver el veinticinco de febrero existieron cuatrocientos setenta y un mil acciones sobre la etiqueta ‘narcopresidente’, pero sólo el cinco por ciento de estas cuentas que interactuaron con esta etiqueta fueron de usuarios reales. Además, durante todo este tiempo han colocado dieciséis hashtags en tendencia, lo cual nos comprueba una vez más que es una campaña negra, permanente.
Esto, ¿qué es?, ¿con qué fin?, pues de manchar la figura del presidente Andrés Manuel López Obrador, pero esto cuesta millones de pesos financiarla. Hay comunicadores también y personajes con cierta influencia dentro de las redes sociales que ahora rentan sus cuentas para impulsar estas tendencias.
Sobre esta campaña, el cuatro de marzo el diario Milenio publicó un estudio sobre redes sociales titulado ‘Más abrazos, menos balazos digitales, repudian guerra sucia en redes sociales’, en la que llama poderosamente la atención varios datos:
El sesenta por ciento de las personas rechaza que exista campañas de odio como la emprendida con la etiqueta ‘narcopresidente’, la gente no quiere ver esas campañas de odio en redes sociales.
El treinta por ciento mostró enojo por estas tendencias, mientras que el veinticinco por ciento disgustos y el cinco por ciento dijo sentir miedo. Así que para que la estrategia no les está funcionando según el estudio publicado por Milenio, hasta aquí quién es quién en los bots, pero queremos mostrar un lamentable segmento de un programa de Televisa. Como no les alcanzan los argumentos… Y hay que decir esto no viola el procedimiento, digamos, la veda electoral, porque nosotros, como funcionarios públicos, tenemos y debemos denunciar estas acciones antidemocráticas, y exigimos, pedimos que el INE intervenga. Vamos a ver esto.
Se presenta un video donde aparecen varias personas de ambos géneros haciendo el uso de la voz una de género masculino, tez clara, cabello entre cano, viste camisa blanca corbata roja y saco gris, quien dice lo siguiente:
Persona de género masculino 1: A parte que no hay, todavía no complementa eso, en mi opinión, pero a lo mejor no lo quieren hacer, no sé, es la guerra sucia, pero sucia en serio, contra Claudia, no es que yo recomiende que lo hagan, yo no tengo vela en el entierro, me da enteramente lo mismo lo que hagan o no, pero me parece lógico lo que... Persona de género masculino 2: (Inentendible) …el manual ahorita es ‘go negative’ con Claudia, Persona de género masculino 2: Sí. Persona de género masculino 1: …no con López Obrador; o también con López Obrador, pero ya con ella, con investigación de oposición, con chismes, con todo. No lo están haciendo.
[Finaliza el video]
Persona de género femenino: Este, señor, Jorge Castañeda, acompañado de Leo Zuckermann, quienes nos dicen nada ante esta declaración a todas luces antidemocrática, ‘go negative’ dice, ‘inventen chismes’, eso es lo dice. Jorge Castañera, el excanciller con el expresidente Vicente Fox, acompañado, decía yo, de Leo Zuckermann y Aguilar Camín, quien, señor presidente, usted recordará que le mienta la madre, eso manchando la figura presidencial, la investidura, a nuestro país, en estos actos tan antidemocráticos. Nosotros queremos pedirle a Televisa y también al Instituto Nacional Electoral que revise, y esto no con el ánimo de censura, es para que la gente se dé cuenta.
Miren, este es el nivel de quienes dicen defender la democracia. Si me lo permite, señor presidente, quisiera que lo viéramos de nuevo.
Nuevamente se advierte el video citado con antelación.
Persona de género masculino 1: A parte que no hay, todavía no complementa eso, en mi opinión, pero a lo mejor no lo quieren hacer, no sé, es la guerra sucia, pero sucia en serio, contra Claudia, no es que yo recomiende que lo hagan, yo no tengo vela en el entierro, me da enteramente lo mismo lo que hagan o no, pero me parece lógico lo que... Persona de género masculino 2: (Inentendible) …el manual ahorita es ‘go negative’ con Claudia, Persona de género masculino 2: Sí. Persona de género masculino 1: …no con López Obrador; o también con López Obrador, pero ya con ella, con investigación de oposición, con chismes, con todo. No lo están haciendo.
Persona de género femenino: Advertir, también, que esto es una guerra sucia y es la guerra sucia con base en chismes, en mentiras.
El Instituto Nacional Electoral ha sancionado a la mañanera, la ha censurado, la ha bajado, nos tienen hipervigilados, también eso es claramente contra la libertad de expresión y el derecho a dar la postura, nuestro derecho de réplica, y pedimos que el Instituto Nacional, ya que no interviene, nosotros solamente, a nosotros solamente nos censuran constantemente, pedimos que intervenga en este tipo de aseveraciones que se hacen en programas de Televisa, y también a Televisa que revise este tipo de contenidos con sus comentaristas. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.
Persona de género masculino: Va la lista, pero vamos con, sí… Todavía falta para las ocho, a las ocho vamos a hablar del presidente Juárez, el mejor presidente en la historia de México; y esto para los jóvenes, a las ocho horas, pero vamos ahora con Martha.
Persona de género femenino: Muchas gracias presidente, Marta Obeso, de Esfera Noticias. Señor presidente, hace unas semanas usted estuvo en Cuernavaca, Morelos, y usted constató cómo hubo abucheos en contra del gobernador del estado Cuauhtémoc Blanco, este, estos abucheos exigían y evidenciaban el malestar que existe de la población referente al problema de inseguridad que se vive en este estado y se responsabilizaba al gobernador de esta situación, este tema de la inseguridad, señor presidente, se ha convertido en una preocupación, sobre todo para la candidata de Morena Margarita González, ya que su adversaria Lucy Meza ha sabido capitalizar este malestar de la población y parece ser que este tema le ha ayudado a remontar en las encuestas, al grado de igualarla.
Lo que se vislumbra, señor presidente, con este tema de la inseguridad en todo el país es que precisamente los candidatos de oposición pueden lucrar con este tema tan sentido por la sociedad, y sobre todo porque ayer mismo aquí la secretaria de Seguridad presentaba su estrategia para defender a los candidatos, y parece ser insuficiente poder enfrentar esta situación.
Yo quisiera preguntarle, señor presidente, si en su posición como presidente de la República ¿podría usted reforzar esta estrategia lo que resta de su mandato?, precisamente para que los candidatos de oposición no estén lucrando con este tema de la inseguridad y se esté fomentando aún más el temor, y esto logre debilitar a los candidatos del partido que lo trajo a este gobierno. ¿Habrá manera de fortalecer la estrategia en materia de seguridad y dejarle claro a la sociedad que no deba de usarse esto como un botín político?
Persona de género masculino: Pues, no puedo hablar del tema porque cae en la esfera de lo electoral, pero es evidente que están utilizando lo de la violencia, magnificando, haciendo más grande lo que sucede, con propósitos políticos o politiqueros, por esta temporada, por la campaña, pero hay que tenerle confianza a la gente. El pueblo de México, lo he dicho una, mil veces, lo voy a seguir repitiendo, es mucha pieza, es un pueblo muy consciente, muy politizado, es de los pueblos más politizados del mundo. En México prácticamente no hay analfabetismo político. Así como en México prácticamente no hay desempleo, somos de los países en el mundo con menos desempleo, casi se puede hablar de empleo pleno, así también. Por eso la gente está feliz, está contenta, porque empleo pleno, buenos salarios, y sobre todo lucidez, inteligencia. Porque se tiene un pueblo, somos parte de un pueblo con mucha historia, con mucha cultura, un pueblo sabio. ¿Qué más podemos pedirle a la vida?
Claro, hay que seguir transformando. Imagínense cuántos años sólo de política neoliberal que no había democracia, que dominaba una minoría, que el gobierno estaba al servicio de unos cuantos, era un comité al servicio de los potentados y el pueblo no existía y ahora es distinto, pero fueron muchos años.
Siempre trato el tema —y ofrezco disculpa porque me repito y me voy a seguir repitiendo—, el porfiriato fueron treinta cuatro años, el neoliberalismo, neoporfirismo, que abarca de mil novecientos ochenta y tres al dos mil dieciocho, fueron treinta seis años años de una política de saqueo, de corrupción, de abandono al pueblo. Entonces, estamos iniciando una etapa nueva, es una transformación, y se ha avanzado mucho y se va a seguir avanzando. Y lo importante pues son los hechos. Yo no puedo dar a conocer cifras sobre violencia, índices de inseguridad, de violencia, porque a lo mejor a mí sí me ‘cepillan’, no como al Castañeda, pero, bueno, ya expresaste lo que está sucediendo en Morelos. Hay que dejarle a los morelenses, que ellos decidan; es un pueblo muy consciente, muy avispado y van a saber decidir.
Persona de género femenino: Pues sí, y más que esto que estamos viendo en Morelos, ya se empieza a replicar en otras partes de la república, lo estamos viendo aquí en la Ciudad de México también con Clara Brugada, los mismos habitantes de la Ciudad de México, al tema de la inseguridad le han agregado el tema de la escasez de agua. Y desde su posición, presidente, como presidente de México, estos temas que son tan sentidos y tan cruciales para la población, ¿no merecen una atención especial en esta época electoral? Persona de género masculino: Sí, estamos trabajando en garantizar la paz, la tranquilidad, en el abasto de agua, en atender las demandas del pueblo, pero es natural que, en épocas de elecciones, en esta temporada —además, ya empieza a haber calor— se encienden las pasiones, pero la gente sabe muy bien, mucho, mucho, el pueblo es sabio. Persona de género femenino: Muy bien. Persona de género masculino: Por ejemplo, esto que vimos, ¿no? dice: ‘Hay que hacer más guerra sucia, investigar’. Eso es espionaje, no inteligencia y chismes, son calumnias, son mentiras. Es Maquiavelo, el fin justifica los medios. Decía Maquiavelo: ‘Es licito matar, siempre y cuando sea para conservar el poder’. Es que en sentido estricto no son demócratas. Ya lo hemos dicho, que la palabra democracia se compone de dos partes: demos es pueblo, kratos es poder, es el poder del pueblo. Ellos quieren Kratos sin demos, quieren poder sin pueblo y eso ya no lo van a lograr en el país, ya pasó el tiempo en que decían que la política era asunto de los políticos, la política es asunto de todos. Ya no funcionan los aparatos de control, de manipulación, porque el pueblo está muy consciente. Es el agua —yo te puedo enumerar— violencia, agua, narcopresidente, dictadura, persecución a la prensa. ¿Qué más? ¿Qué más? ¿Qué más? Bueno, insultos. Persona de género femenino: Pero, pero, sí, pero usted lo vio ahora que estuvo ahí en Cuernavaca, cómo los mismos ciudadanos reclamaban sobre todo el tema de inseguridad. En este tema en específico la oposición ha encontrado muy bien cómo lucrar con este tema políticamente.
Persona de género masculino 1 No, no funciona, no les ha funcionado y no les va a funcionar. ¿Te imaginas —me estás metiendo en problemas, pero a lo mejor nos vamos a quedar en la rayita— Persona de género femenino 1: En la rayita. Persona de género masculino: …te imaginas lo que es una campaña de narcopresidente de millones de menciones? ¿Cómo cuántos millones?, Persona de género femenino 2: (inentendible). Persona de género masculino, como ciento veinte, ciento cuarenta, ¿o cuánto? Persona de género femenino: Las interacciones son miles de millones.
Persona de género masculino: Miles de millones. ¿Y qué han hecho? Me han hecho —y no es una balandronada, es un dicho, que ahora además voy a hablar de eso, es algo que tiene que ver con el presidente Juárez— nos hacen lo que el viento a Juárez. Y no es nada de insulto, es que en Guelatao —vamos a empezar— hay un lago bellísimo, en el pueblo de Guelatao, el distrito de Ixtlán, en la Sierra Norte de Oaxaca, que ahora se conoce también como la Sierra Juárez. Y niño, Juárez estaba a la orilla del lago y se desprendió un pedazo de tierra con el viento, que vino un viento muy fuerte, y se quedó en ese pequeño islote Juárez. Y se llevó al presidente Juárez, al niño Benito Pablo, hasta en medio de la laguna y lo que hizo fue que se acostó. Y pasó el viento y regresó ese pedazo de tierra a la orilla.
|
(29) Lo anterior, derivado de las publicaciones en redes sociales y las conferencias matutinas del 4 y 6 de marzo.
(30) En primer lugar, analizó la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido por las publicaciones realizadas en las redes sociales X y Facebook.
(31) Consideró que se configuraban los elementos personal y circunstancial (modo, tiempo y lugar) de la infracción, ya que los mensajes se difundieron en las cuentas del entonces presidente de la República el 3 de marzo, es decir, durante periodo de campaña del proceso electoral federal.
(32) Asimismo, consideró que el contenido y la finalidad de las expresiones realizadas en las publicaciones califican como propaganda gubernamental, ya que dan cuenta de acciones de gobierno, consistentes en trabajar para contar con “salas de hemodinamia y hemodiálisis”, así como de una visita efectuada por el entonces presidente de la Republica a Hospitales en dos entidades federativas. Además de que, de su análisis integral, se advierte que buscaron que la ciudadanía realizara una valoración positiva de la gestión del entonces presidente de la República, al dar a conocer a la población que está trabajando o realizando acciones para atender la problemática en materia de salud, la cual es de gran interés.
(33) En segundo lugar, la autoridad responsable analizó la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido por las manifestaciones realizadas en las conferencias de prensa denunciadas.
(34) Sostuvo que se configuraron los elementos personal y circunstancial (modo, tiempo y lugar) de la infracción, ya que las expresiones se efectuaron por parte del entonces titular del Ejecutivo Federal y porque los mensajes se realizaron en las conferencias de prensa matutinas del 4, 5 y 6 de marzo (durante periodo de campaña del proceso electoral federal).
(35) En cuanto al contenido, advirtió que se configuró la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido con respecto a las conferencias del 4 y 6 de marzo. En ellas, el entonces presidente de la República abordó temáticas como el bajo costo de energía eléctrica en México; el actual sistema de recaudación fiscal; el fortalecimiento de la hacienda pública; la ausencia de gasolinazos; el no aumento de la luz; la disminución de la corrupción; las cifras bajas de desempleo; el trabajo que se está realizando para atender las demandas del pueblo. Así, la autoridad responsable consideró que la finalidad de las expresiones denunciadas fue dar a conocer diversos logros, acciones, programas o líneas de gobierno para generar adhesión y aceptación.
(36) Por su parte, consideró que las manifestaciones realizadas en la conferencia de prensa del 5 de marzo no constituían propaganda gubernamental, sino que se trataron de expresiones vinculadas con el clima de violencia en el proceso electoral federal y el uso del #narcopresidente y las granjas de bots, así como un contraste entre la democracia actual frente a lo que él consideraba una oligarquía y un posicionamiento en relación con los problemas del país y un comunicado del Episcopado Mexicano.
(37) Acreditada la infracción por cuanto hace a las publicaciones en redes sociales, así como las conferencias del 4 y 6 de marzo, la Sala Regional Especializada determinó que eran responsables el entonces presidente de la República, así como i) el entonces titular de la Coordinación de Comunicación Social y Vocería (Jesús Ramírez Cuevas), al ser el encargado de la logística y desarrollo de las conferencias; ii) el director de la CEPROPIE (Sigfrido Barjau de la Rosa), encargado de la producción, y iii) el jefe de departamento (Pedro Daniel Ramírez Pérez) y la entonces directora general de Comunicación Digital (Martha Jessica Ramírez González), encargados de administrar las plataformas oficiales, en particular, la página web y las redes oficiales del Gobierno de México.
(38) De igual manera, estimó que se acreditaba la responsabilidad del Coordinador de Estrategia Digital Nacional del Gobierno de México (Carlos Emiliano Calderón Mercado) respecto de las expresiones realizadas en la conferencia de prensa del 6 de marzo, debido a que fueron difundidas en la página de lopezobrador.org.
(39) Por otra parte, la Sala Regional Especializada analizó la presunta vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, con motivo de las expresiones realizadas por el presidente de la República en las conferencias del 4, 5 y 6 de marzo.
Al respecto, consideró que el entonces presidente abordó y expresó su opinión sobre varios temas de interés general, respondiendo a cuestionamientos de la prensa, tales como los conflictos en la comunidad Hércules, las problemáticas fiscales y de seguridad, la campaña de #narcopresidente, lo que deberían hacer en las campañas electorales y la situación actual del país.
No obstante, determinó que, al abordar estos temas, hizo comparaciones constantes entre su gobierno y las administraciones pasadas; destacó los logros alcanzados y las acciones positivas; efectuó un contraste respecto del estado democrático de nuestro sistema, antes y ahora; exaltó cualidades de su gobierno tales como que tienen autoridad moral; expresó que vivimos en un país y libre y democrático -como nunca- porque lo que había antes no constituía una democracia, sino una oligarquía con fachada de democracia, pero que ahora se beneficia fundamentalmente con prioridad al pueblo.
(40) Además, la sala responsable consideró que el entonces presidente aprovechó los cuestionamientos de los medios de comunicación para realizar un contraste entre anteriores gobiernos y el suyo, destacando que se está iniciando una etapa de transformación y que se está avanzando; ello, en el marco de un proceso electoral federal.
(41) En este sentido, sostuvo que tales expresiones no son propias de un ejercicio de comunicación institucional y que, en efecto, exceden el ámbito de prudencia discursiva que corresponde a un servidor público de ese carácter. Además, no se encuentran amparadas por la libertad de expresión y el derecho a la información, debido a que se tratan de posicionamientos de carácter político-electoral, y tampoco se encuentran amparadas bajo la presunción de licitud del ejercicio periodístico, ya que dicha presunción no protege el actuar del entonces presidente de la República, quien debió atender al especial deber de cuidado respecto de las manifestaciones que efectúa, respetando el principio de imparcialidad.
(42) Por lo anterior, la Sala Regional Especializada consideró que el entonces titular del Ejecutivo Federal vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, en detrimento del proceso electoral federal 2023-2024, por las expresiones efectuadas el 4, 5 y 6 de marzo en las conferencias de prensa matutinas. Además, reconoció la responsabilidad del titular de la Coordinación de Comunicación Social y Vocería; el director de la CEPROPIE; el jefe de departamento y que la directora general de Comunicación Social, así como del Coordinador de Estrategia Digital Nacional del Gobierno de México, por la vulneración de los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de la contienda.
(43) Lo anterior, al considerar que las personas del servicio público tienen un deber de cuidado mayor y su libertad de expresión no tiene los mismos alcances que los que no ostentan cargos públicos, ya que todas aquellas personas que ejerzan funciones públicas están constreñidas a preservar la imparcialidad y neutralidad en los procesos electorales.
(44) Finalmente, la autoridad responsable resolvió que se configuró el uso indebido de recursos públicos por parte del entonces titular del Ejecutivo Federal y las personas funcionarias públicas encargadas de la organización, producción y difusión de las conferencias de prensa del 4, 5 y 6 de marzo al haberse acreditado que existió una violación a los principios de imparcialidad y neutralidad y equidad en la contienda.
(45) Lo anterior, debido a que, de los elementos de prueba que obran en autos, advirtió que para la organización de las conferencias de prensa se utilizaron recursos federales, consistentes en recursos humanos y materiales que tiene a su disposición del entonces titular del Ejecutivo Federal, pero que, en este caso, no se usaron atendiendo a su finalidad.
(46) En contra de la sentencia de la Sala Regional Especializada, las partes recurrentes interpusieron diversos recursos de revisión del procedimiento especial sancionador, alegando de manera semejante lo siguiente:
a. La sentencia vulnera los principios de exhaustividad y congruencia, así como el derecho a la debida defensa, porque, una vez turnado el asunto, el pleno de la Sala Regional Especializada resolvió en menos de 19 horas, por lo que no se puede considerar que se haya realizado un análisis contextual e integral de la publicación y de las conferencias denunciadas.
b. La sentencia vulnera los derechos a la información y la libertad de expresión, en contravención a los artículos 1º, 3º, fracción II, inciso a; 6º párrafos primero y segundo; 7º, 17 y 134 de la Constitución general y los tratados internacionales. Ello, porque los mensajes sancionados se realizaron dentro del marco de la libertad de expresión y ejercicio periodístico, pues únicamente atendieron a las preguntas sobre temas de interés general formuladas en las conferencias de prensa. No se difundió información alguna respecto de alguna persona candidata a un cargo de elección popular en el proceso electoral 2023-2024.
Se transgrede el principio de tipicidad, al tener por actualizada la infracción de vulneración al principio de neutralidad, pues la legislación electoral no prevé como infracción atribuible a los servidores públicos la vulneración al principio de neutralidad, por lo que la imputación de dicha falta carece de fundamentación y motivación. Además, se parte de una falsa premisa al señalar que el artículo 134, párrafo séptimo, de la Constitución general, establece que las y los servidores públicos tienen el deber de observar los principios de equidad, neutralidad y objetividad.
c. El artículo 457 de la LEGIPE es inconvencional, ya que no prevé una sanción determinada con antelación de los hechos, vulnerando los principios básicos del derecho administrativo sancionador.
La autoridad responsable vulnera los principios de legalidad y exacta aplicación de la Ley, en contravención a los artículos 14, 16, 17, 134, párrafo séptimo, de la Constitución general, en relación con el artículo 449, párrafo primero, inciso d, de la LEGIPE. Ello, puesto que tanto el entonces presidente de la República como las partes recurrentes, realizaron funciones inherentes al cargo que ostentan, en cumplimiento de las obligaciones que prevé la normativa aplicable. Por lo tanto, no se puede considerar como uso indebido de recursos públicos.
d. Hay indebida fundamentación y motivación respecto de la difusión de propaganda gubernamental, pues no se advierte una afectación al desarrollo del proceso electoral, ya que las manifestaciones realizadas se efectuaron en pleno ejercicio de las facultades conferidas al entonces titular del Ejecutivo Federal. Además, no se vulneran los artículos constitucionales, ya que no se contrataron tiempos en radio y televisión, no se trató de una campaña de comunicación social pagada con recursos públicos para difundir propaganda gubernamental.
e. Para localizar y visualizar las conferencias de prensa y sus publicaciones en la web se requiere de un acto volitivo. Por ello, es evidente que las manifestaciones denunciadas no tienen incidencia en algún proceso electoral o federal, pues no se promueve el voto en contra de alguna candidatura o partido.
f. Se inobserva el principio de obediencia jerárquica respecto de las personas servidoras públicas, ya que solo cumplieron con obligaciones inherentes al ejercicio del cargo que ostentan y, de no hacerlo, podrían incurrir en responsabilidad administrativa.
g. Hay una indebida inscripción al Catálogo de Sujetos Sancionados, lo que implica un acto discriminatorio y afecta los derechos de las partes recurrentes, pues pretende estigmatizarles ante la población.
(47) Esta Sala Superior considera que la sentencia impugnada debe confirmarse, en lo que fue materia de impugnación, ya que los agravios presentados por las partes recurrentes resultan infundados e inoperantes.
(48) De conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 16 de la Constitución general, todo acto de autoridad que incida en la esfera de derechos de las personas gobernadas, así como las decisiones judiciales, deben fundarse y motivarse.
(49) Es importante precisar que la fundamentación y motivación de las sentencias se da en su unidad y no por cada una de sus partes al tratarse de un acto jurídico completo, por lo que no es necesario que cada consideración esté fundada y motivada.[8]
(50) Además, el incumplimiento al deber de fundar y motivar se puede actualizar: i) por falta de fundamentación y motivación, así como ii) derivado de la incorrecta o indebida fundamentación y motivación.
(51) La falta de fundamentación y motivación consiste en la omisión en que incurre la autoridad responsable de citar el o los preceptos que considere aplicables, así como de expresar razonamientos lógicos-jurídicos, a fin de hacer evidente la aplicación de esas normas jurídicas.
(52) En cambio, la indebida fundamentación de un acto o resolución existe cuando la autoridad responsable invoca algún precepto legal; sin embargo, no es aplicable al caso concreto, porque las características particulares no actualizan su adecuación a la prescripción normativa.[9]
(53) Finalmente, hay indebida motivación cuando la autoridad responsable sí expresa las razones que tuvo en consideración para tomar determinada decisión, pero son discordantes con el contenido de la norma jurídica aplicable al caso.
(54) En ese orden de ideas, es válido concluir que la falta de fundamentación y motivación implica la ausencia de tales requisitos, mientras que una indebida fundamentación y motivación supone la existencia de esos requisitos, pero con una divergencia entre las normas invocadas y los razonamientos formulados por la autoridad responsable, respecto del caso concreto.
(55) Esta Sala Superior ha sostenido que la congruencia es un principio rector que debe regir toda determinación, el cual puede tener dos vertientes: la interna y la externa.
(56) La congruencia interna exige que en la sentencia no se contengan consideraciones contrarias entre sí o con los puntos resolutivos.
(57) La congruencia externa consiste en la plena coincidencia que debe existir entre lo resuelto, en un juicio o recurso, con la litis planteada por las partes, en la demanda respectiva y en el acto o resolución, objeto de impugnación, sin omitir o introducir aspectos ajenos a la controversia.
(58) De esta manera, para demostrar una afectación al principio de congruencia, debe acreditarse que lo decidido no coincide con lo planteado por las partes, que se introdujeron elementos ajenos a la controversia planteada o se resuelve más allá, si se deja de resolver sobre lo planteado o se decide algo distinto, si existe contradicción entre lo considerado y lo resuelto, o si se incurre en el vicio de incongruencia de la sentencia.[10]
(59) El artículo 134, párrafo séptimo, de la Constitución general, establece como obligación de las personas servidoras públicas aplicar con imparcialidad los recursos bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
(60) A partir de ello, la Sala Superior ha considerado lo siguiente:
a. La esencia de la prohibición radica en que no se utilicen recursos públicos para fines distintos a los permitidos y que las personas servidoras públicas no aprovechen la posición en la que se encuentran para que, de manera explícita o implícita, hagan promoción para sí, un tercero o partido político.
b. Una persona integrante del Poder Ejecutivo tiene presencia protagónica en el marco histórico social mexicano, al contar con poder de mando para la disposición de los recursos financieros, materiales y humanos de la administración pública. Así que debe tener especial cuidado en las conductas que, en el ejercicio de sus funciones, realice.
7.4.2. Consideraciones que sustentan la decisión de esta Sala Superior
A. La sentencia impugnada sí es exhaustiva y congruente
(61) Las partes recurrentes argumentan que la sentencia no analiza de manera contextual e integral las expresiones realizadas en las publicaciones y conferencias de prensa denunciadas. Esto ya que, de haberlo hecho, habría notado que su contenido se refería estrictamente a temas de interés general, con el propósito de informar a la ciudadanía.
(62) Este agravio es infundado, ya que la sentencia impugnada sí analizó la totalidad de las expresiones y tomó en consideración el contexto en el que se emitieron las expresiones denunciadas.
(63) Lo anterior, ya que, por un lado, al analizar las publicaciones en las redes sociales X y Facebook, se llegó a las siguientes conclusiones:
Se da cuenta de acciones de gobierno, consistentes en trabajar para contar con “salas de hemodinamia y hemodiálisis”, así como de una visita efectuada por el entonces presidente de la Republica a Hospitales en dos entidades federativas.
Se advierte que se buscó dar a conocer a la población que es consciente de una problemática específica en materia de salud y, en consecuencia, está trabajando o realizando acciones para atender esta problemática de gran interés.
Lo anterior fue publicado durante la etapa de campaña y en el marco del proceso electoral federal.
(64) Respecto a las conferencias de prensa matutinas del cuatro, cinco y seis de marzo, la autoridad responsable concluyó lo siguiente:
En las conferencias del cuatro y seis de marzo, el entonces presidente de la República abordó temáticas como el bajo costo de energía eléctrica en México; el actual sistema de recaudación fiscal; el fortalecimiento de la hacienda pública; la ausencia de gasolinazos; el no aumento de la luz; la disminución de la corrupción; las cifras bajas de desempleo; el trabajo que se está realizando para atender las demandas del pueblo.
(65) A partir de lo anterior, la responsable determinó que las expresiones denunciadas cumplen las características para ser consideradas propaganda gubernamental, ya que el contenido no es meramente informativo, puesto que buscó generar simpatía y adhesión de la población.
(66) Esta Sala Superior comparte esas conclusiones, pues basta analizar tales expresiones para advertir que su finalidad fue exaltar logros de gobierno, de modo que los temas exceden los límites de la libertad de expresión, ya que se trata de propaganda gubernamental en periodo prohibido, lo cual incide en el ánimo del electorado a partir de la posición especial de quien las emite.
(67) De lo anterior, se advierte que, contrario a lo sostenido por las partes recurrentes, la Sala Regional Especializada sí fundó y motivó adecuadamente la existencia de la infracción y explicó claramente las razones por las que consideró que las expresiones denunciadas implicaban una transgresión los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda. En ese sentido, no les asiste la razón a las personas recurrentes.
(68) Además, para esta Sala Superior, el agravio relacionado con la indebida fundamentación e incumplimiento del principio de exhaustividad, derivado de que la denuncia se resolvió en menos de diecinueve horas una vez turnado el asunto, es inoperante, pues únicamente refiere de manera genérica una circunstancia temporal, sin acreditar en qué forma o razón la celeridad en la resolución les generó perjuicio.
B. La autoridad responsable no vulneró la libertad de expresión de las personas servidoras públicas
(69) Las partes recurrentes afirman que, de conformidad con la Constitución general, toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, sin que ello implique una persecución judicial por la libre manifestación de sus ideas. Además, en el contexto político tiene un doble aspecto, pues permite que la ciudadanía reciba información relevante. Por ello, sostiene que sancionar al entonces presidente de la República por manifestar ideas y dar respuestas a cuestionamientos de la prensa y temas de interés general es contrario al marco legal.
(70) Estos agravios se consideran infundados, ya que parten de la premisa errónea de que toda manifestación está amparada por la libertad de expresión, libertad de prensa y acceso a la información. Lo cierto es que las personas servidoras públicas tienen un especial deber de cuidado respecto de las expresiones que hacen y, con mayor razón, cuando tienen a su cargo la administración de recursos públicos.
(71) En ese sentido, la prohibición constitucional radica en que las personas servidoras públicas no aprovechen la posición en la que se encuentran para que, de manera explícita o implícita, beneficien a alguna opción política, a través del uso, para fines distintos, de los recursos públicos que tienen a su cargo.
(72) Es decir, existe vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad cuando el contenido del mensaje de las personas servidoras públicas está relacionado con informes, logros de gobierno, avances o desarrollo económico, social, cultural o político, o beneficios y compromisos cumplidos, con el fin de generar adeptos o apoyar a una determinada opción política; pues existe una limitante constitucional con la finalidad de generar las condiciones necesarias para que la ciudadanía pueda decidir el sentido de su voto, en un entorno libre de toda influencia mediática derivada de la difusión de cualquier tipo de propaganda gubernamental, para evitar que las autoridades puedan incidir en la deliberación del voto del electorado.[11]
C. No se transgrede el principio de tipicidad y el artículo 457 de la LEGIPE es convencional
(73) Las partes recurrentes plantean que legislación electoral no prevé como infracción atribuible a los servidores públicos la vulneración al principio de neutralidad, así como la inconvencionalidad del artículo 457 de la LEGIPE, ya que no establece cuál es la conducta prohibida u ordenada, no precisa en qué consiste la infracción ni establece las sanciones a imponerse.
(74) Se debe destacar que la tipicidad es la exigencia de que la conducta, que es condición de la sanción, se contenga en una predeterminación que sea de fácil comprensión, sin importar la fuente jurídica de la que derive la obligación, la cual, debe ser individualizable de forma precisa, para permitir a las personas la previsibilidad de las conductas infractoras y evitar la arbitrariedad de la autoridad.[12]
(75) Al respecto, el principio de tipicidad, como lo ha sostenido esta Sala Superior en diversos precedentes, vinculado con la materia penal, consiste en la exigencia de considerar como delitos solamente a las conductas descritas como tales en la ley y aplicar solamente las penas previstas en la ley para cada conducta considerada ilícita, sin que quepa la imposición de penas por analogía o por mayoría de razón, respecto de conductas que no correspondan exactamente a la descripción contenida en la ley.
(76) En el caso, el tipo por el cual fueron declarados responsables las partes recurrentes es el incumplimiento a la obligación establecida en el artículo 134 de la Constitución general, consistente en que las personas servidoras públicas de la federación, entidades federativas, municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
(77) La consecuencia jurídica del incumplimiento a la obligación que impone el artículo 134 constitucional se encuentra reconocida en el artículo 457 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ya que se establece que se dará vista al superior jerárquico, de entre otras cuestiones, cuando las autoridades federales, estatales o municipales comentan alguna infracción prevista en dicha ley.
(78) Por otra parte, tampoco existe un tipo sancionador abierto, dado que, el referido numeral establece: i) una consecuencia jurídica, es decir, la vista al superior jerárquico por el incumplimiento de obligaciones del sistema electoral; ii) reconoce el ámbito de aplicación a las autoridades o servidores públicos, y iii) precisa el estatus de las autoridades federales, estatales o municipales cuando cometan alguna infracción prevista en la citada Ley.
(79) En este sentido, se llega a la conclusión de que no se vulnera el principio de tipicidad en tanto que el artículo 134 de la Constitución general contempla una obligación por parte de las personas servidoras públicas de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos. Además, el artículo 457 de la LEGIPE se apega a los parámetros constitucionales y convencionales, para dar vista al superior jerárquico de las autoridades a las que se les atribuyó responsabilidad por violaciones en materia electoral, por lo que no existe falta de tipicidad.
(80) Se sostuvo un criterio similar al resolver los expedientes SUP-REP-346/2022, SUP-REP-240/2023 y acumulados, SUP-REP-486/2023 y acumulados, SUP-REP-986/2024, entre otros.
D. La sentencia impugnada atiende a los principios de legalidad y exacta aplicación de la ley
(81) Las partes recurrentes afirman que realizaron funciones inherentes al cargo que ostentan, en cumplimiento a las obligaciones que prevé la normatividad aplicable, además de que no existe elemento de prueba de que se hayan utilizado recursos públicos para influir indebidamente en la contienda electoral.
(82) Esta Sala Superior considera que los agravios son infundados, porque parte de la premisa inexacta de que no existió prueba para demostrar el uso indebido de recursos públicos.
(83) Como lo refirió la Sala Regional Especializada a partir del análisis de las pruebas que integran el expediente, para la organización del evento sí se utilizaron recursos humanos y materiales que tienen a su disposición las partes recurrentes debido al cargo que ocupan.
(84) Así, al utilizar recursos públicos para la realización de publicaciones en redes sociales, así como para la realización de las conferencias de prensa matutinas en las cuales se emitieron expresiones que vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, así como la existencia de propaganda gubernamental, es que la Sala Superior coincide con la autoridad responsable sobre la acreditación del uso indebido de recursos públicos, dado que se tienen a su disposición recursos humanos y materiales.
(85) Por otra parte, el agravio es inoperante en lo referente a que la Sala Especializada “cosificó” al presidente de la República al considerarlo un recurso público, pues los recurrentes parten de una premisa falsa. El uso de recursos públicos se tuvo por acreditado a partir de que la realización de las conferencias implica recursos humanos, financieros y materiales, no así por la sola intervención del presidente de la República
E. La sentencia impugnada está debidamente fundada y motivada en relación con la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido
(86) Las partes recurrentes argumentan que la sentencia no fundamenta y motiva adecuadamente la actualización de la difusión de propaganda gubernamental, ya que las expresiones se realizaron en pleno ejercicio de las facultades del entonces titular del Ejecutivo Federal. Además de que los temas abordados por el presidente encuadran en las excepciones previstas en el artículo 41, base III, apartado C, de la Constitución general.
(87) Para esta Sala Superior, el agravio es en parte inoperante, ya que no combaten frontalmente las consideraciones de la Sala Regional Especializada, en particular, el análisis que realizó sobre cada una de las manifestaciones para concluir que tenían como finalidad exaltar logros de gobierno.
(88) Por otro lado, es ineficaz e infundada la afirmación relativa a que las manifestaciones encuadraban en la excepción constitucional por referirse a temas de salud. Esto, pues, primero, la referencia a los temas de salud, solo se dio en una de las múltiples expresiones denunciadas. Además, esta Sala Superior ya ha establecido que la excepción solo aplica cuando se trata de información indispensable para que la ciudadanía acceda a los servicios de salud,[13] lo cual no sucede en el caso, pues las manifestaciones buscan enfatizar la mejoría en la infraestructura de salud.
(89) Por otro lado, las partes recurrentes alegan que no se utilizaron tiempos en radio y televisión, además de que no se trató de una campaña de comunicación pagada, de modo que no se trata de propaganda gubernamental en los términos previstos en la Ley General de Comunicación Social.
(90) Al respecto, no les asiste la razón, ya que esta Sala superior ha reiterado en numerosas ocasiones que no se requiere la existencia de una campaña de comunicación social formal para acreditar la existencia de propaganda gubernamental, sino que ésta comprende toda comunicación difundida, publicada o suscrita por cualquier ente o servidor público que esté relacionada con logros de gobierno, avances o desarrollo económico, social, cultural o político, así como beneficios o compromisos cumplidos.[14] Elementos que la Sala Especializada tuvo por acreditados en el caso.
(91) Además, contrario a lo que alegan los recurrentes, el uso indebido de recursos públicos en el caso no deriva de la contratación de tiempos en radio y televisión, de una campaña de comunicación pagada, o bien, del pago a las personas periodistas que asistieron a las conferencias y cuestionaron al presidente, sino del uso de recursos humanos y materiales para la organización, celebración, difusión y transmisión de las conferencias en las cuales el entonces presidente de la República realizó las manifestaciones denunciadas.
F. Es infundado el agravio relativo a la facilidad de localización y visualización de las conferencias de prensa
(92) Las partes recurrentes refieren que la consulta de las conferencias de prensa requiere un acto volitivo, esto es una búsqueda detallada de quien tenga a su alcance un dispositivo electrónico con conexión a Internet y que tenga interés en consultarlas. Por lo que es evidente que las publicaciones y expresiones denunciadas no incidieron en el proceso electoral federal.
(93) El agravio es infundado, porque la manera en la que se accede a la información es irrelevante para la determinación de la existencia de la infracción controvertida.
(94) En efecto, se debe tener presente que los denunciados contaban con un especial deber de cuidado respecto de las expresiones, pues el escrutinio es distinto al disponer de distintos recursos, lo que genera mayor impacto en detrimento de la equidad en la contienda y amerita una prudencia discursiva acorde con su investidura.
(95) Conforme al marco legal se debe acreditar la existencia de expresiones y su difusión en las redes sociales que puedan generar una afectación al actual proceso electoral federal, sin que ello implique que el medio de difusión sea un elemento determinante para dilucidar el mayor o menor control que pueda ejercerse de manera objetiva para su sanción.
G. Ninguna actuación pública está exenta del cumplimiento de los límites constitucionales
(96) Las partes recurrentes consideran que se limitaron a cumplir con las obligaciones inherentes al cargo que ostentan y de no hacerlo podrían incurrir en responsabilidad administrativa.
(97) El agravio es infundado porque ninguna actuación pública está exenta del cumplimiento de los límites impuestos por la Constitución general, ya que, ni la supuesta obediencia jerárquica, ni el ejercicio de facultades legales, pueden estar por encima de la observancia de los principios constitucionales.
(98) Contrario a lo alegado por las partes recurrentes, la resolución reclamada no constituye ninguna habilitación para que se rompa con la jerarquía u obediencia administrativa, ya que la Sala Regional Especializada precisó que se incumplió con el deber de cuidado por no realizar acciones tendentes a evitar la vulneración de los principios constitucionales, lo que no redunda en un lineamiento o procedimiento fuera de las limitantes impuestas por el ordenamiento jurídico mexicano a los funcionarios públicos.
(99) Por el contrario, el actuar público debe tener lugar dentro del marco constitucional y legal de manera simultánea, sin que el cumplimiento de uno exente de la observancia del otro, en todos los casos.
H. La orden de inscripción de las partes recurrentes en el Catálogo de Sujetos Sancionados de la Sala Regional Especializada es conforme a Derecho
(100) Las partes recurrentes refieren que la responsable pasa por alto que la Sala Superior ha acotado sus facultades a tener por acreditada una sanción y dar vista a la autoridad competente, sin que ello implique realizar más diligencias, como lo es la propia inscripción en el Catálogo de Sujetos Sancionados de dicha Sala, pues ello implica un acto discriminatorio y afecta los derechos del actor, pues pretende estigmatizar a los recurrentes ante la población, como personas servidoras públicas infractoras.
(101) El agravio es infundado, ya que parten de la premisa incorrecta de que la inscripción en el Catálogo de Sujetos Sancionados es una sanción. Contrario a ello, la Sala Regional Especializada se limitó a ordenar el registro y publicación de la sentencia en el citado Catálogo, en atención a la acreditación de las infracciones existentes, con independencia de la sanción que se impugnara, del superior jerárquico, u órgano administrativo respectivo.
(102) Esto, como se menciona, no implica una sanción ni es una medida excesiva o injustificada, o que la autoridad responsable carezca de facultades para ordenar el registro, ya que el Catálogo constituye una herramienta de transparencia y publicidad de las resoluciones de la Sala. En el Catálogo, se incluyen los datos de identificación y extracto, así como la liga electrónica a la sentencia, lo cual es un instrumento de consulta para la propia Sala Regional Especializada para verificar la posible reincidencia de las personas sancionadas en los diversos procedimientos en las que fueron denunciadas, así como la difusión de resoluciones, y no como un mecanismo sancionador.
(103) Al respecto, se destaca que la totalidad de las sentencias dictadas por este órgano jurisdiccional, incluyendo las emitidas por la Sala Regional Especializada son públicas, por lo que el Catálogo únicamente sistematiza las determinaciones que ya son del conocimiento general, en las que se consideró actualizada la infracción, la responsabilidad de los sujetos infractores y, en su caso, la sanción impuesta.
(104) Por lo tanto, la publicación de la sentencia en el Catálogo de Sujetos Sancionados se hizo con fines de difusión e información, lo que no constituye una sanción.
(105) En conclusión, a partir de que los agravios expuestos por las partes recurrentes son infundados e inoperantes, esta Sala Superior confirma, en lo que fue materia de impugnación, la resolución controvertida.
PRIMERO. Se acumulan las demandas.
SEGUNDO. Se confirma la determinación impugnada.
NOTIFÍQUESE como en Derecho corresponda.
En su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido, y en su caso, hágase la devolución de la documentación pertinente.
Así, por unanimidad de votos lo resolvieron las magistradas y los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el secretario general de acuerdos, quien autoriza y da fe de que la presente sentencia se firma de manera electrónica.
Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.
[1] De este punto en adelante, todas las fechas corresponden al año 2024, salvo precisión en contrario.
[2] Bajo las claves UT/SCG/PE/PAN/CG/312/PEF/703/2024, UT/SCG/PE/PRD/CG/317/PEF/708/2024, UT/SCG/PE/PAN/CG/362/PEF/753/2024
[3] En cumplimiento a los artículos 180, fracción XI, de la Ley Orgánica; 31 de la Ley de Medios y 79 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral.
[4] Con fundamento en lo previsto en los artículos 41, párrafo tercero, base VI, y 99, párrafo cuarto, fracción IX, de la Constitución general; 166, fracción III, inciso h), y 169, fracción XVIII, de la Ley Orgánica; así como 3, párrafo segundo, inciso f), 4, párrafo primero, y 109, párrafo primero, inciso a) y párrafo segundo, de la Ley de Medios.
[5] Conforme a lo previsto en los artículos 7, párrafo primero, 8, párrafo primero, 9, párrafo primero, de la Ley de Medios.
[6] Artículo 109, párrafo 3, de la Ley de Medios.
[7] Consultable en las páginas 1063, 1067, 1075 y 1079 del archivo electrónico “SRE-PSC-536-2024 PRINCIPAL.pdf”.
[8] Jurisprudencia 5/2002, de rubro: “FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. SE CUMPLE SI EN CUALQUIER PARTE DE LA RESOLUCIÓN SE EXPRESAN LAS RAZONES Y FUNDAMENTOS QUE LA SUSTENTAN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES Y SIMILARES)”.
[9] Conforme a la Jurisprudencia I.6o.C. J/52 de rubro: “FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. SU DISTINCIÓN ENTRE SU FALTA Y CUANDO ES INDEBIDA”, consultable en: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, TCC, 9.ª época, tomo XXV, enero de 2007 (dos mil siete), página 2127.
[10] Jurisprudencia 28/2009, de rubro: “CONGRUENCIA EXTERNA E INTERNA. SE DEBE CUMPLIR EN TODA SENTENCIA”.
[11] En similares términos esta Sala Superior resolvió los asuntos SUP-REP-929/2024 y acumulados, SUP-REP-827/2024 y acumulados, y SUP-REP-986/2024 y acumulados, entre otros.
[12] Al respecto, resulta orientadora la tesis I.1º. A. E. 221 A (10ª.) de rubro: “DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS SANCIONADORAS. CONDICIONES PARA LA VALIDEZ CONSTITUCIONAL DE SU APLICACIÓN, EN RELACIÓN CON EL PRINCIPIO DE TIPICIDAD”, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro 50, enero de 2018, Tomo IV, página 2112.
[13] Véanse, de entre otros, el SUP-REP-185/2020 y el SUP-REP-139/2019.
[14] Véase lo sustentado entre otros, al resolver los expedientes SUP-JE-83/2023, SUP-REP-619/2022, SUP-REP-151/2022 y acumulados, SUP-REP-109/2019 y SUP-JE-
23/2020.