EXPEDIENTE: SUP-REP-1129/2024
MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA[1]
Ciudad de México, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro.
Sentencia que, con motivo del medio de impugnación presentado por el PAN, confirma la resolución emitida por la Sala Especializada en el procedimiento sancionador SRE-PSC-547/2024, que determinó la inexistencia de la adquisición indebida de tiempo en radio, con motivo de la participación de Ricardo Monreal las emisiones del programa “José Cárdenas Informa”, trasmitido en la estación de radio 103.3 FM.
ÍNDICE
1. ¿Cuál es el contexto de la controversia?
2. ¿Qué resolvió la Sala Especializada?
3. ¿Qué plantea el recurrente?
4. ¿Cuál es la metodología de análisis?
5. ¿Qué decide la Sala Superior?
A. Inexistencia de la adquisición indebida de tiempos en radio.
Actor/Denunciante/ PAN/Recurrente | Partido Acción Nacional, a través de su representante propietario ante el Consejo General del INE. |
Autoridad responsable/Sala Especializada: | Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
CDMX: | Ciudad de México. |
Comisión de Quejas: | Comisión de Quejas y Denuncias del INE. |
Constitución: | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Denunciado/ Ricardo Monreal: | Ricardo Monreal Ávila, en su calidad de candidato a diputado por el principio de representación proporcional y senador de la República. |
DEPPP: | Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE. |
INE: | Instituto Nacional Electoral. |
Informula: | Informula, S.A. de C.V. |
José Cárdenas: | José Armando Cárdenas Vizcaíno. |
JUCOPO: | Junta de Coordinación Política del Senado. |
Ley Electoral: | Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. |
Ley de Medios: | Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. |
Ley Orgánica: | Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. |
Morena: | Partido político Morena |
Procedimiento Especial Sancionador. | |
PT: | Partido del Trabajo |
PVEM: | Partido Verde Ecologista de México. |
Radio Fórmula: | Concesionario Transmisora Regional Radio Fórmula, S.A. de C.V. |
REP: | Recurso de revisión del procedimiento especial sancionador. |
Sala Superior: | Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
Tribunal Electoral: | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
UTCE: | Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral. |
1. Denuncia. El veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro[2] el PAN denunció a Ricardo Monreal[3] por la indebida compra y/o adquisición de tiempos en radio y televisión, además de la vulneración al principio de equidad; así como la falta al deber de cuidado de Morena.
Lo anterior, derivado de la participación del denunciado como colaborador en el programa “José Cárdenas Informa”, transmitido en la estación de radio 103.3 FM de Radio Fórmula.
2. Medidas cautelares. Posterior a su admisión, la Comisión de Quejas negó la medida cautelar[4] por hechos consumados de manera irreparable.
3. Juicio Electoral. En su momento la Sala Especializada determinó[5] regresar el expediente a la UTCE para la práctica mayores diligencias.
4. Nuevo emplazamiento. El veintiséis de agosto la UTCE ordenó emplazar a las partes a la audiencia de ley, incluyendo al PT, PVEM y Morena, por el posible beneficio indebido derivado de las expresiones emitidas por el denunciado; la cual se llevó a cabo el dos de septiembre.
5. Sentencia impugnada.[6] El tres de octubre la responsable declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas.
6. Demanda. El diez de octubre el recurrente interpuso REP en contra de dicha sentencia.
7. Turno a ponencia. En su oportunidad, la Presidencia de este órgano jurisdiccional ordenó integrar el expediente SUP-REP-1129/2024 y turnarlo a la ponencia del magistrado Felipe de la Mata Pizaña.
8. Radicación, admisión y cierre de instrucción. En su momento, el magistrado instructor radicó y admitió la demanda. Agotada la instrucción, la declaró cerrada y el asunto quedó en estado de resolución.
La Sala Superior es competente para conocer y resolver el medio de impugnación porque se trata de un REP interpuesto en contra de una sentencia emitida por la Sala Especializada, cuyo conocimiento es exclusivo de este órgano jurisdiccional.[7]
El medio de impugnación cumple con los requisitos de procedencia.[8]
1. Forma. La demanda se presentó por escrito, y constan: a) el nombre y firma del representante del recurrente; b) el domicilio para oír y recibir notificaciones, así como las personas autorizadas para tal efecto; c) el acto impugnado; d) los hechos base de la impugnación, así como e) los agravios y la normativa presuntamente vulnerada.
2. Oportunidad. El REP se presentó en tiempo, dentro del plazo legal de tres días,[9] pues la sentencia se notificó al actor el siete de octubre[10] y la demanda se interpuso el diez siguiente.
3. Legitimación y personería. Se reconoce la legitimación del recurrente al ser la parte denunciante en el PES; asimismo, se reconoce su personería, ya que promueve a través de su representante propietario ante el Consejo General del INE.
4. Interés jurídico. Se actualiza, pues el recurrente alega que la sentencia impugnada es contraria a Derecho y afecta sus intereses, por lo que solicita se revoque.
5. Definitividad. Se colma, porque no hay otro medio de impugnación que deba agotarse antes de acudir a esta instancia.
1. ¿Cuál es el contexto de la controversia?
La controversia se originó con la denuncia presentada por el PAN en contra de Ricardo Monreal, al considerar se actualizaba la indebida compra y/o adquisición de tiempos en radio y televisión, vulneración al principio de equidad; así como la falta al deber de cuidado de Morena.
Ello, con motivo de la participación del senador como colaborador en el programa “José Cárdenas Informa”, transmitido en la estación de radio 103.3 FM de Radio Fórmula; cuya parte del contenido se pueden visualizar en el ANEXO ÚNICO de la presente sentencia.
2. ¿Qué resolvió la Sala Especializada?
La responsable declaró la inexistencia de la adquisición porque:
- Se acredita el elemento subjetivo ya que Ricardo Monreal al momento de los hechos, era coordinador del grupo parlamentario de Morena en el Senado, presidente de la JUCOPO del mismo y candidato a diputado federal.
- Conforme a los testigos de grabación entregados por la DEPPP se tiene la certeza que Ricardo Monreal participó en ocho programas, de los cuales consideró analizar 6 programas, durante el periodo de campaña.
- Estimó que las temáticas de las participaciones del denunciado se referían a: el inicio de las campañas presidenciales, eventos sociales y políticos relacionados las protestas de ocho de marzo; una invitación a ejercer el derecho al voto, las propuestas de Claudia Sheinbaum en torno a la Guardia Nacional y reformas en materia de seguridad; eventos de campaña de Claudia Sheinbaum y Clara Brugada en la Ciudad de México; explica los intentos de la oposición por la victoria en la Ciudad de México e invitó al “Plan C”; así como un análisis al tercer debate presidencial y la victoria de Claudia Sheinbaum en el mismo.
- Las expresiones emitidas son opiniones sobre asuntos de la vida pública del país, el cual Ricardo Monreal compartió como colaborador del programa.
- Respecto del elemento objetivo, estimó que las expresiones del denunciado no encuadran dentro de expresiones tales como “vota por, apoya a, elije a”. Tampoco representan llamados por medio de equivalencias funcionales.
- El denunciado llamó a aplicar el Plan C en la Ciudad de México el cual, conforme a diversos criterios sostenidos por el Tribunal Electoral, implica por sí mismo, un llamado expreso a no votar por otra fuerza política ajena a Morena y dar continuidad con el proceso de transformación; Sin que se pueda perder de vista la calidad de legislador que ostentaba el denunciado, por lo que tales expresiones estaban amparados por el ejercicio de la libertad de expresión por tratarse e opiniones en el desarrollo de las campañas electorales y el desempeño de las candidaturas en el tercer debate.
- Se efectuó en ejercicio de contraste para resaltar aspectos positivos de Claudia Sheinbaum para colocarla como la mejor opción a la Presidencia.
- Las expresiones “Claudia seguramente será nuestra próxima presidenta y el dos de junio ahí estaremos puntuales a la cita con la historia”, destacan la trayectoria, al ser un ejercicio de contraste para resaltar aspectos positivos de Claudia Sheinbaum para colocarla como la mejor opción a la Presidencia.
- Dado que las expresiones no representan un abuso del ejercicio de la libertad de expresión, no existe conducta que pueda reprocharse a la radiodifusora.
3. ¿Qué plantea el recurrente?
El PAN pretende se revoque la sentencia, al considerar que la autoridad vulneró los principios de congruencia y exhaustividad en el análisis de las expresiones, por lo que debió tener por acreditada la adquisición de tiempos en radio, conforme a lo siguiente:
Falta de congruencia. Existe una contradicción en el análisis de la infracción porque, por una parte, la Sala sostuvo que existió un llamado al voto al referirse a la aplicación del plan C y la continuidad de la transformación; y, posteriormente, determinó la inexistencia de la infracción de adquisición, señalando que tales expresiones estaban amparadas en la libertad de expresión.
La Sala Especializada debió tomar en cuenta lo resuelto en los precedentes SRE-PSC-83/2023, confirmada en el REP-64/2023; REP-114/2023 y REP-813/2024, en los que se sostuvo que el llamar a la aplicación del Plan C y la continuidad de la cuarta transformación implica un llamado a votar en contra de otras fuerzas políticas de Morena, por lo que debe tenerse por actualizada la adquisición indebida de tiempos en radio.
Fue incorrecto que se determinara la inexistencia de la infracción al valorar la calidad de legislador (senador, Coordinador del Grupo parlamentario de MORENA y Presidente de la JUCOPO) y el derecho a la libertad de expresión, pues indebidamente Ricardo Monreal aprovechó sus atribuciones para incidir en el electorado.
Indebida de motivación. Incorrectamente sostuvo que el denunciado participaba en el programa desde 2022, lo que le atribuía la calidad de colaborador, sin prueba que lo soporte.
4. ¿Cuál es la metodología de análisis?
Esta Sala Superior analizará de manera conjunta los agravios planteados, relacionados con la vulneración a los principios de exhaustividad y congruencia de la resolución impugnada.[11]
En tanto que la controversia se centra en analizar las consideraciones de la Sala Especializada en relación con la calificación de las expresiones relacionadas con la aplicación del plan C y la continuidad de la transformación, en tanto que el recurrente considera que es un llamado expreso a desalentar el voto respecto de fuerzas políticas distintas a Morena, conforme lo resuelto en los precedentes que indica; y por ello se actualiza la adquisición indebida de tiempos en radio.
5. ¿Qué decide la Sala Superior?
Se confirma la resolución impugnada que determinó la inexistencia de la adquisición indebida de tiempos en radio y televisión, ante lo infundado e inoperante de los agravios relacionados con la falta de exhaustividad en el análisis de los elementos para acreditar las infracciones.
A. Inexistencia de la adquisición indebida de tiempos en radio.
Como se señaló, el recurrente plantea la falta de exhaustividad en el análisis de los elementos que actualizan la adquisición indebida de tiempos en radio, al estimar que la referencia a la continuidad del Plan C actualiza el elemento objetivo, en tanto que constituye un llamado para desincentivar el voto en contra de las fuerzas políticas contrarias a Morena, conforme a los precedentes que invoca el recurrente[12].
En principio, se destaca que el recurrente controvierte la valoración respecto de las expresiones en las que Ricardo Monreal se refirió al Plan C, durante el programa de trece de mayo. Por tanto, debe quedar firme el estudio efectuado por la Sala Especializada respecto de las demás participaciones, al no haberse controvertido por el recurrente.
Como se anticipó, los planteamientos de falta de exhaustividad en el análisis son infundados, y por tanto debe confirmarse la sentencia que determinó la inexistencia de las infracciones denunciadas.
Criterios sobre la adquisición indebida de tiempos en radio y televisión.
Respecto la adquisición indebida de tiempos en radio y televisión, esta Sala Superior ha considerado que se debe verificar si en el contenido de los mensajes hay elementos explícitos para advertir un beneficio electoral, o bien, equivalentes funcionales que permitan concluir que se actualizó el beneficio y, por ende, la infracción. Tales elementos radican en la promoción del nombre e ideas de una candidatura.
En este sentido, la prohibición de adquirir tiempos se acredita cuando un partido político (coalición), candidatura o precandidatura resulta beneficiada con motivo de la transmisión, sin importar la existencia de un contrato o no.[13]
Con base en la jurisprudencia 17/2015, se actualiza la adquisición indebida de tiempos en radio y televisión cuando se acredita:
Elemento subjetivo: Se debe identificar si el emisor es una persona especialmente obligada por la ley (partido político, precandidatura o candidatura). Pues de conformidad con la normativa electoral, sólo esas personas pueden adquirir –sin necesariamente contratar– tiempos en radio y televisión.
Elemento objetivo: Se debe analizar el mensaje difundido y que éste haya sido transmitido en radio y televisión, a partir del cual se genera un beneficio para el partido, la candidatura o precandidatura.
Además, la Sala Superior ha determinado que es “necesario analizar el contenido de los mensajes e imágenes en radio y televisión, así como el contexto espacial y temporal en el que se emiten y sus modalidades de difusión, a efecto de determinar si constituyen propaganda política o electoral (ya que la norma no distingue el tipo de propaganda) y si se vio beneficiado un partido político o candidatura con los contenidos difundidos en radio y televisión fuera de los tiempos administrados por el INE”.[14]
Cabe tener como referencia que en el artículo 41, Base III, Apartado A, párrafos dos y tres de la Constitución General se establece la prohibición de los partidos políticos y candidaturas, así como de terceros, de adquirir tiempos en radio y televisión con la finalidad de incidir en los procesos electorales mediante la difusión de mensajes a favor o en contra de algún partido político o candidato; prohibición diseñada para impedir que el poder económico influyera en las preferencias electorales a través de la compra de propaganda en radio y televisión.
Es decir, en modo alguno se buscó afectar la libertad de expresión de las personas, o la libertad de prensa e información de los comunicadores de la radio y televisión, así como de la ciudadanía en general.
Así, esta Sala Superior advierte que para actualizar la infracción de adquisición indebida se debe demostrar la existencia de un vínculo o nexo entre los mensajes emitidos y el beneficio obtenido por las candidaturas o partidos.
Es decir, se debe demostrar un vínculo directo e inmediato entre los mensajes (propaganda) y el beneficio generado a la candidatura; y esa demostración, por regla general, se realiza a través de un análisis del contenido del mensaje.
Además, se ha considerado que el criterio de manifestaciones explícitas establecido en la jurisprudencia 4/2018,[15] sí es aplicable, en principio, para analizar los mensajes transmitidos, a efecto de determinar si una candidatura, partido político, coalición o persona obligada se ha beneficiado y, por tanto, ha adquirido indebidamente tiempos en esos medios en contravención de la Constitución.
Para ello, es necesario un estudio del contexto integral de los mensajes y de las demás características en su difusión, incluida las calidades con las que cuenta el denunciado, a efecto de determinar si constituyen un llamado expreso, o bien un significado equivalente de apoyo o rechazo hacia una opción electoral de forma inequívoca.
Es decir, para determinar si un mensaje posiciona o beneficia electoralmente a una persona obligada, los tribunales deben determinar si la difusión del mensaje puede ser interpretada de manera objetiva como una influencia positiva o negativa para una campaña, es decir, si el mensaje es funcionalmente equivalente a un llamamiento al voto. Ello para evitar, conductas fraudulentas cuyo objetivo sea generar propaganda electoral prohibida.
A fin de que de forma objetiva, manifiesta, abierta y sin ambigüedad, se acredite que las expresiones significan o denotan algún propósito a favor o en contra de una candidatura o partido político; se publicite una plataforma electoral o posición de alguien con el fin de obtener una candidatura, o bien cuando contengan expresiones que tengan un “significado equivalente de apoyo o rechazo hacia una opción electoral de una forma inequívoca”.
Todo lo cual permite contar con criterios objetivos e identificables que permitan limitar solo aquellas expresiones que tengan la intención de posicionar de forma positiva o negativa a una opción política, y reducir la posibilidad de incidir de forma innecesaria en el debate público.
La restricción se basa en la idea de que las candidaturas a puestos de elección popular se vinculan directa o indirectamente con los problemas de interés público, ya sea mediante propuestas legislativas o acciones gubernamentales. Por lo tanto, restringir expresiones sin elementos expresos o equivalentes funcionales, constituiría una restricción indebida a la libertad de expresión.
Lo cual, genera una distinción objetiva y razonable entre los mensajes con elementos que llaman de manera expresa al voto a favor o en contra de una fuerza política, y aquellos que promueven temas propios de una sociedad democrática y deliberativa, los cuales no están incluidos en la prohibición de contratación o adquisición de tiempos.
A fin de privilegiar mensajes que intenten generar interés por un asunto legislativo o de otra índole, siempre que expongan una postura ideológica respecto de alguna cuestión política, social o económica, y no involucren un posicionamiento en favor o en contra de un candidato o partido, su carácter o cualidades para un cargo.
Criterios respecto la bidimensionalidad de las funciones de los legisladores.
Respecto de la calidad de senador que ostenta la parte denunciada, este órgano jurisdiccional ha sostenido[16] la bidimensionalidad de las funciones de las personas legisladoras, distinguiéndolas de las actividades de las personas titulares del Ejecutivo, en atención a las facultades; capacidad de decisión; nivel de mando; personal a su cargo; y la posibilidad de disponer de recursos económicos, políticas y programas sociales, de la que disponen cada uno de los poderes.
Así, se ha considerado que la función de las personas legisladoras tiene una doble naturaleza, en cuanto a miembros de un partido político y las actividades propias que realizan como parte integrante del órgano legislativo al que pertenecen; lo cual les permite una mayor interacción con la sociedad y participación en actividades políticas.
Se ha sostenido que es válido que las personas legisladoras, como representantes populares, tengan una mayor interacción con la ciudadanía sobre la viabilidad en la continuación de políticas públicas bajo la ideología del partido político por el que fueron electos.
Además, se sostuvo que era fundamental que los legisladores participaran en actividades políticas constantes, fuera del recinto legislativo, durante los recesos de su labor parlamentaria, o bien, en aquellos días en los que no se lleven a cabo las sesiones del Pleno o de las Comisiones de las que formen parte.
Pues estas actividades fomentan la participación e interacción con la sociedad y con los institutos políticos, como parte fundamental de la labor política que realizan.
Es a partir de tales consideraciones respecto la función legislativa que debe realizarse un análisis en cada caso, para verificar si las personas legisladoras a quien se les impute la infracción actúan dentro de los márgenes legales y constitucionales que rigen su actuación.
En este sentido, si se trata de acciones o manifestaciones políticas, se debe analizar si se trata de actos en ejercicio legítimo de la libertad de expresión o se trata de casos de simulación o abuso en el ejercicio de este derecho, que pudieran implican un posicionamiento indebido.
Análisis del caso.
A partir de los parámetros desarrollados, se estima correcto el análisis que realizó la Sala Especializada en el estudio de las particularidades del caso, sin que se estimen aplicables al caso los precedentes indicados, en tanto que se refieren a infracciones distintas (vulneración al principio de neutralidad) y respecto se servidores públicos con funciones diferentes (integrantes del Poder Ejecutivo).
Por lo que se advierte que la responsable analizó de manera pormenorizada las participaciones, el carácter del denunciado como candidato, legislador y colaborador habitual, además destacó la relevancia de la posición que ocupa Ricardo Monreal como coordinador del Grupo parlamentario de MORENA y presidente de la JUCOPO en el Senado de la República.
Así, la responsable analizó de manera pormenorizada cada una de las participaciones en los programas, cuyas manifestaciones se emitieron en ejercicio de la libertad de expresión y del periodismo.
Ello, porque a partir del estudio contextual integral y particular de las intervenciones del candidato denunciado en la totalidad de los programas no obtuvo un beneficio o posicionamiento indebido de su candidatura, por lo que no se cumple el elemento objetivo de la infracción de la adquisición indebida.
Como lo refirió la Sala Especializada las participaciones ocurrieron durante la campaña electoral del proceso electoral federal, periodo en el que el denunciado ostentaba la calidad de candidato, senador y colaborador del programa de noticias.
Destacó que las temáticas abordadas estaban relacionadas con la concentración de esfuerzos de la oposición para obtener la victoria en la Ciudad de México; invitó a la continuidad del “plan C” y puntualizó: “Claudia Presidenta, Clara Jefa de Gobierno, Catalina Alcaldesa de la Cuauhtémoc” [13 de mayo]; sin que tales expresiones puedan calificarse como propaganda electoral.
Razonó que tales expresiones no contienen llamados explícitos al voto o a través de equivalentes funcionales, que alienten o desalentaran el apoyo hacia un partido político o candidatura en particular, a través de la presentación de propuestas o posicionamientos.
Pues con su participación emitió su opinión en un ejercicio de contraste entre dos opciones electorales y destacó la importancia de mantener la victoria en la Ciudad de México; lo cual realizó como parte de la discusión que se encontraba en el debate público del país; y que la referencia al Plan C estaba amparada en la libertad de expresión que tiene como legislador y colaborador del programa.
En ese sentido se coincide con la Sala Especializada en que las expresiones respecto a la continuidad del Plan C, se refieren a aspectos de índole político en un solo programa, derivado de su participación en el programa en vivo de corte noticioso y político.
Destacando que era un invitado habitual al programa y senador de la República; a lo largo de las distintas participaciones fue consultado sobre su punto de vista en temas de interés general relacionados con el proceso electoral; el inicio de las campañas; la actuación de las candidaturas; la presentación de iniciativas constitucionales y legales (electoral, judicial, salarios mínimos, jóvenes construyendo el futuro y pensiones); el debate presidencial; la situación en Zacatecas y la actuación de su hermano como gobernador; el supuesto desacuerdo entre las candidata presidencial y de la jefatura de gobierno de la CDMX postuladas por Morena; así como la posición de Morena en el proceso electoral (al referir …bienvenido como siempre con tus comentarios, pues todo queda aquí en familia).
Es decir, las expresiones derivaron de la transmisión en vivo, en un programa de corte noticioso; con motivo de la interacción con el conductor, que le cuestionó respecto de diversos tópicos; por lo que válidamente puede concluirse que se trató de una actuación espontánea.
Sin que su participación pueda considerarse como la planeación de una estrategia de propaganda, pues acude habitualmente para abordar temas de interés general en el debate público.
Por tanto, no se considera que las expresiones hayan generado un beneficio para el denunciado o para el partido que lo postuló, ya que no existen elementos explícitos e inequívocos, o bien, de equivalentes funcionales donde se advierta que se llamó al voto.
Así, esta Sala Superior considera que no se acreditó el elemento objetivo de la infracción, sobre buscar llamar al voto, o posicionar una candidatura mediante equivalentes funcionales, sino que el denunciado participó en los programas en un genuino ejercicio de su libertad de expresión, y del ejercicio periodístico refiriéndose a temas de interés general.
En ese sentido, debe considerarse que las expresiones en principio gozan de una presunción de licitud que admite prueba en contrario, para evidenciar que fue contraria a la libertad de información y de expresión. Caso en el cual actualizarían la infracción de adquisición indebida.
Sin embargo, de los elementos que obran en el expediente, así como el contexto de las participaciones denunciadas no se advierten elementos que pongan en entredicho de manera objetiva la licitud de las participaciones. Por lo que, se debe privilegiar el intercambio de ideas y la libertad de expresión, evitando una restricción excesiva que impida la participación y debate en temas de interés para la sociedad.
En ese sentido, se insiste que en el caso no se acredita los llamados expresos o equivalentes funcionales de un posicionamiento o beneficio indebido en el contexto de su candidatura.
Por lo que no existe elemento alguno que desvirtúe el genuino ejercicio periodístico y, en ese contexto, tampoco que las participaciones fueran contrarias a la restricción constitucional.
Similar criterio se sostuvo en el SUP-REP-923/2024 y acumulados; SUP-REP-983/2024 y SUP-REP-997/2024 y acumulados.
En cuanto al planteamiento en el que se aduce que la Sala Especializada debió aplicar los precedentes SUP-REP-64/2023; SUP-REP-114/2023 y SUP-REP-813/2024; tampoco le asiste razón al recurrente pues se considera que no son aplicables al caso concreto, conforme a las diferencias que se precisan a continuación:
| SUP-REP-64/2023 | SUP-REP-114/2023 | SUP-REP-813/2024 | SUP-REP-1129/2024 |
Acto impugnado | Procedencia de la medida cautelar | Improcedencia de la medida cautelar | Sentencia que determinó la existencia de las infracciones. | Sentencia que determinó la inexistencia de las infracciones. |
Denunciado | Titular del Poder Ejecutivo | Titular del Poder Ejecutivo | Titular del Poder Ejecutivo | Legislador (senador), candidato y colaborador del programa de radio. |
Infracciones denunciadas | Uso indebido de recursos públicos y vulneración al principio de neutralidad y equidad. | Uso indebido de recursos públicos, promoción personalizada y vulneración al principio de neutralidad y equidad. | Uso indebido de recursos públicos y vulneración al principio de neutralidad y equidad. | Adquisición indebida de tiempos en radio y televisión |
Medio de difusión | Conferencias mañaneras | Conferencias mañaneras | Conferencias mañaneras | Programas noticioso de corte político. |
Así, en el SUP-REP-64/2023 y SUP-REP-114/2023 se analizaron asuntos relacionados con medidas cautelares, al respecto, esta Sala Superior ha considerado que el estudio efectuado respecto de medidas cautelares no condiciona lo que se llegue a resolver en el fondo de la controversia, pues tales determinaciones tienen finalidades distintas.
En el caso de las medidas cautelares se debe atender a elementos como la apariencia del buen derecho y el peligro en la demora, lo que implica que la autoridad efectúe un análisis preliminar de la conducta, sin que cuente con todos los elementos para realizar un análisis integral de los hechos y emitir una determinación de fondo, que pudiera variar respecto de la medida cautelar.
Además, dadas las características particulares de los asuntos que se señalan tampoco se estiman aplicables, en tanto que en aquellos la controversia estaba relacionada con expresiones realizadas por el entonces titular del Ejecutivo en las conferencias matutinas, y las infracciones denunciadas fueron la vulneración al principio de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda, así como uso indebido de recursos públicos.
Mientras que el presente caso se trata de la participación, en vivo, de un senador de la República y colaborado de un programa de corte político, en los que emite opiniones con motivo de la interacción que realiza con el conductor, y la infracción denunciada fue la adquisición indebida de tiempos en radio.
Así, como se destaca, en aquellos asuntos las infracciones denunciadas son distintas a la analizada en el presente caso; la calidad del sujeto denunciado es diferente (atendiendo a la bidimensionalidad en las funciones de los legisladores y una mayor interacción con la sociedad, respecto del poder de mando y decisión del titular del Ejecutivo); el contexto de la emisión es diverso (en las conferencias organizadas por el titular del Ejecutivo), los elementos a analizar para actualizar las infracciones son igualmente diferentes. Razones por las cuales tales precedentes no son aplicables al asunto bajo análisis.
De igual forma es infundado el planteamiento en el que se sostiene que fue indebido que la Sala Especializada atribuyera la calidad de senador al denunciado.
Dicha calificativa obedece a que, como se ha referido anteriormente, es necesario que, al analizar la conducta se efectúe un estudio contextual e individual de las expresiones, además que se deben valorar las distintas calidades que ostenta el denunciado, a fin de que, de un examen exhaustivo de la totalidad de las circunstancias del caso, se determine si se actualizan o no los elementos definidos en la jurisprudencia para acreditar la adquisición indebida de tiempos en radio y televisión.
En ese sentido, fue correcta la determinación de la Sala responsable en la que estableció que Ricardo Monreal contaba con distintas calidades, entre ellas la de colaborador del programa e integrante del Poder Legislativo, y en este último caso, senador de la República, presidente de la JUCOPU y coordinador del grupo parlamentario de Morena.
En cuanto al planteamiento relacionado con la indebida valoración de la calidad de colaborador en programa desde dos mil veintidós, el mismo se estima inoperante, porque la razón fundamental en la que la Sala sustentó la inexistencia de la infracción no consistió en el hecho de que el denunciado tuviera la calidad de colaborador desde ese año.
Sino como se ha desarrollado a lo largo de esta sentencia, la determinación de la inexistencia se realizó a partir de un análisis contextual de las expresiones, de la temporalidad en que se emitieron y de las diversas calidades que concurrían en el denunciado al momento de la realización de los hechos, para concluir que estas se emitieron en ejercicio de su libertad de expresión.
Incluso se destaca que, el propio conductor (José Cárdenas) en las intervenciones realizadas en los diversos programas denunciados le reconoció la calidad de colaborador habitual en dicho espacio noticioso.
Al haber resultado infundados e inoperantes los agravios, se confirma la sentencia impugnada que declaró la inexistencia de la adquisición indebida de tiempos en radio.
Por lo expuesto y fundado, se
ÚNICO. Se confirma la sentencia impugnada.
Notifíquese como en Derecho corresponda.
En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto concluido y, en su caso, devuélvase la documentación exhibida.
Así, por mayoría de votos lo resolvieron las Magistradas y los Magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; con el voto en contra de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, quien emite un voto particular. El secretario general de acuerdos autoriza y da fe que se firma de manera electrónica.
ANEXO ÚNICO
Programas denunciados en los cuales colaboró Ricardo Monreal:
06 de febrero de 2024 |
José Cárdenas: ¿Qué piensa Ricardo Monreal? ÉI es el líder del Senado de la República por parte de Morena, Presidente de la Junta de Coordinación Política, el reencarnado Ricardo Monreal regresó otra vez justamente al Senado para negociar todo esto con los partidos de oposición. Vamos a ver si Ricardo Monreal es hábil o al mismo tiempo se convierte en el santo niño de Atocha y convierte en milagrosa negociación todo y absolutamente todo lo que Ilega desde la presidencia.
Tiene razón el Presidente, ¿eh? Nadie mejor que Ricardo para negociar todo esto. ¿Qué tal Ricardo? Te saludamos con mucho gusto. ¿Cómo te va? Buenas tardes.
Ricardo Monreal: ¿Qué tal Pepe? Buenas tardes a ti y a todo tu auditorio. Vaya estruendo, vaya impacto el que causó la presentación de veinte iniciativas, dieciocho en materia de reforma constitucional y dos en materia de leyes secundarias.
Todas estas modificaciones que propone el Presidente de la república al poder legislativo son de gran calado, son profundas, no son nada superficiales y modifican sistemas en distintas materias. Se pensaba solo cinco, la electoral, la judicial, la de salarios mínimos, la de jóvenes construyendo el futuro y la de pensiones. Y fue 20 las reformas que se están planteando.
Ahora será que en la Cámara de Diputados donde se inicie la discusión y el proceso legislativo de modificación constitucional. Las dieciocho reformas Pepe constitucionales, recordemos, requieren de mayoría calificada. Dos terceras partes de los integrantes asistentes en las Cámaras de Diputados y Senadores y la mitad más uno de las entidades federativas en el país.
Esto es lo que llamamos el constituyente permanente. Las otras dos reformas son a leyes secundarias que basta la mayoría simple, me pareció un impacto muy fuerte y propuestas de trascendencia las que está planteando el Presidente de México.
El Senado de la República actuará como cámara revisora, es decir, una vez que concluya su trabajo la Cámara de Diputados, nosotros procederemos a revisar como establece la Constitución el trabajo realizado en Cámara de Diputados. Haremos lo mejor posible para que el México actual tenga más justicia social. De entrada, les puedo decir, Pepe, que el grupo de Morena que coordino, por mayoría o por unanimidad, ha decidido acompañar y respaldar las reformas propuestas por el presidente de la República.
Vamos a leerlas todas, vamos a discutir su contenido y vamos a aprobar lo que sea necesario para el bienestar y el beneficio de nuestra patria. Buenas tardes, Pepe. Un saludo a todos.
José Cárdenas: Gracias, gracias, Ricardo Monreal, un saludo a ti también, por supuesto, gracias por tu colaboración semanal. |
26 de febrero de 2024 |
José Cárdenas: Vamos a escuchar también lo que opina Ricardo Monreal. Ricardo Monreal, en voz alta, dice que en este momento hay tres factores que están, digamos, incidiendo en la narrativa previa a las elecciones, incidiendo en el tema electoral. La esperanza, el miedo y el odio. Saludos, Ricardo Monreal, bienvenido.
Ricardo Monreal: ¿Qué tal, Pepe? De nueva cuenta contigo esta semana para hablar ahora sobre las campañas, tres sentimientos mueven a las personas para ir a una casilla, a formarse en la fila y votar por alguien o por algo. Se trata de la esperanza, el miedo y el odio. Ahora está en curso una campaña de odio, una campaña de rencor, no vista en los últimos noventa años, Pepe, desde la sucesión del general Lázaro Cárdenas. En todo el mundo, los especialistas en diseñar, promover y sembrar campañas de odio que los hay son la derecha, los conservadores, los reaccionarios que quieren que regrese el status quo.
El prototipo de campañas de odio es una campaña que se inspira para aplicarla en cada elección por participar. Por ejemplo, Hitler, Benito Mussolini la usaron en Alemania y en Italia en la primera mitad del siglo XX. Todas las campañas de odio tienen tres características.
Primero, resaltan y contrastan las diferencias entre la persona por razón de sexo, religión o clase social, es decir, son absolutamente discriminatorias y personalistas. Segundo, crean el mito de la superioridad de un grupo social y sobre el resto de los demás, por ejemplo, la supuesta superioridad de los blancos sobre los morenos, la presunta superioridad de los ricos sobre los pobres o la de los que se tienen siempre el privilegio de tener trabajo sobre los que no lo tienen. Tercero, convierten el prejuicio y la mentira en juicio y verdad. Tras repetirlo y martillarlo una y otra vez, Joseph Goebbels, el propagandista nazi, se le atribuye la frase, una mentira repetida mil veces se convierte en verdad. Hoy los alumnos de Goebbels reproducen más de trescientos millones de veces un hashtag para calumniar, difamar y mentir cuando se refieren al Presidente como narcopresidente, dicen ellos, no tengo pruebas, pero tampoco tengo dudas, llegamos al punto máximo de lo que se conoce como la posverdad, es decir, la distorsión deliberada de la realidad o la mentira fascista en la era de la comunicación digital, de eso se trata y de eso se tratará en los próximos cien días esta campaña de odio, de ira, de furia, de fanatismo y eso es preocupante porque puede llegar a la agresión física y seria muy lamentable. Pepe, lo que queremos es una campaña alegre, una campaña emotiva, una campaña de compromisos, una campaña de respeto al adversario. Saludos Pepe y espero la próxima semana si estar contigo en el estudio para conversar sobre los temas de la semana.
José Cárdenas: Sinduda, sin duda, Ricardo será siempre bien recibido en este también tu espacio. |
04 de marzo de 2024 |
José Cárdenas: En fin, tiene voz, tiene voto Ricardo Monreal también en este espacio porque es colaborador. Ricardo, un saludo muy cordial. Bienvenido, como siempre, con tu comentario. ¿Cómo arrancaron las campañas para ti?
Ricardo Monreal: ¿Qué tal Pepe? Buenas noches a ti y a todo tu auditorio, en el inicio de las campañas presidenciales, destacan tres tendencias políticas. Cuestionamiento al presidente, para los opositores y sus aliados, cuestionar la honestidad del presidente y su familia es la principal estrategia porque a partir de ahí supone que se podría reducir la alta preferencia asociada con Morena y con la doctora Claudia, la campaña de negativos contra el Presidente es su prioridad. Jugar con el marcador.
Morena y sus aliados cuidan la ventaja inicial de arranque, poniendo énfasis en la ventaja de dos dígitos que marca la mayoría de las encuestas, desplegando una campaña de perfil moderado y evitando cometer errores. La oposición, por su parte, busca desarrollar una campaña disruptiva, insistiendo en que la elección no está definida y posicionando el tema que, según su diagnóstico, son el punto débil de la 4T, la seguridad, la salud, la educación, el campo y el agua. ¿Cómo se comportaron en el arranque los actores electorales formales y los principales actores políticas que tenemos? Primero, la coalición Sigamos Haciendo Historia, el evento de arranque en el Zócalo mostró fuerza y contundencia, músculo y organización estuvo bien arropado en términos mediáticos por una batería de encuestas que destacan la ventaja de la candidata Claudia y de la coalición. Un carrusel de entrevistas de la doctora Claudia con comunicadores críticos del Presidente López Obrador y de la 4T mostró a una candidata bien entrenada para comunicar sus propuestas centrales.
La coalición Fuerza y Corazón por México tuvo un inicio temático y escénico. El tema a posicionar fue la inseguridad y las desapariciones en el país y la estrategia claramente es explotar la percepción del miedo ciudadano a la violencia criminal. AI día siguiente se pinchó un dedo para afirmar con su sangre y huella dactilar que no desaparecerán los programas de Andrés Manuel López Obrador.
Movimiento Ciudadano, su candidato presidencial Jorge Álvarez Máynez tuvo un inicio de campaña testimonial. Arrancó en el estado de Jalisco gobernado por MC en uno de los municipios con mayor índice de violencia fijando claramente su estrategia electoral posicionándose entre el elector joven. Buenas noches.
José Cárdenas: Gracias, gracias, Ricardo Monreal. Muy buenas noches. Gracias por tu comentario.
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11 de marzo de 2024 |
José Cárdenas: Mucho gusto recibir al Senador Ricardo Monreal, conoce usted de sobra, además es colaborador en este espacio desde hace ya prácticamente un año. ¿Cómo estás? Bienvenido.
Ricardo Monreal: ¿Qué tal Pepe?
José Cárdenas: ¿Cómo estás? ¿Bien?
Ricardo Monreal: Estoy bien, gracias a Dios. Estoy tranquilo.
José Cárdenas: ¿Tu hermano?
Ricardo Monreal: Trabajando. Pues normalmente el ejercicio de gobierno.
José Cárdenas: El gobernador de Zacatecas.
Ricardo Monreal: Si, porque son catorce hermanos, pero normalmente si te refieres a David, el gobernador de Zacatecas, yo Io que digo siempre es que el ejercicio de gobierno tiene sus momentos complicados, complejos, difíciles.
José Cárdenas: Pero danos tu punto de vista de lo que ocurrió. Tenemos los videos.
Ricardo Monreal: Sí lo vi.
José Cárdenas: Lo mostramos hace un momento.
Ricardo Monreal: Lo vi, mira.
José Cárdenas: Hay otro, ha llegado más videos.
Ricardo Monreal: Si.
José Cárdenas: Los tienes, Carlos, por favor.
Ricardo Monreal: A ver.
José Cárdenas: Si.
Ricardo Monreal: Si, está bien, vamos viéndolo.
Se muestra un video en el que se observa a varias personas de ambos géneros, algunos visten traje de policías y sostienen un escudo y se escucha lo siguiente:
Voz: ¡Son niñas!, ¡Déjalas! [Gritos] ¡Agarraron unas chavas! ¡Agarraron unas chavas! La policía nos está dando...
José Cárdenas: Ese es el primer video que ya transmitimos antes de ir al corte, hay un segundo video, Carlos, nuestro productor. Si quieres ponerlo. Ahí está, ¿es el segundo?
Persona de género femenino: Oye, no está haciendo nada. ¡Déjala!
Ricardo Monreal: Este es el mismo, ¿no?, es el mismo.
José Cárdenas: No, ese es el mismo, es el primero.
Persona de género femenino: ¡Déjala!
Se escuchan varias voces.
José Cárdenas: A ver si tenemos el tercero también. ¿Te mandaron uno? ¿Te acaban de mandar uno? Esa es la respuesta. ¿Hay un video con la respuesta del Secretario de Gobierno de Zacatecas?
Ricardo Monreal: Ese es, ese es.
José Cárdenas: A ver, si lo quieres poner, por favor.
Rodrigo Reyes, Secretario de Gobierno de Zacatecas: El día de hoy, con todo respeto, me dirijo al pueblo de Zacatecas.
Especialmente a las mujeres zacatecanas. Me dirijo también a la opinión pública y a los medios de comunicación. Este gobierno es un gobierno progresista y de avanzada.
Es un gobierno que en el centro tiene el respeto irrestricto a los derechos humanos. Que en el centro tiene como primera prioridad el proceso de pacificación de nuestro Estado. Un proceso en el cual hemos ido avanzando con paso firme, en compañía y con el apoyo de toda la sociedad, un proceso que necesita de todas y de todos, que necesita de la unión entre el gobierno y la sociedad, un proceso en el cual no vamos a desistir.
Y un proceso que no admite y no tiene cabida para la violencia. Por eso, lamentamos profundamente los hechos violentos registrados al finalizar la marcha del ocho de marzo en la que se conmemoró el Dia Internacional de la Mujer. Quiero informar que la Fiscalía General de Justicia del Estado ha recibido las denuncias correspondientes y ha iniciado las investigaciones competentes, nosotros, como gobierno, coadyuvaremos con toda transparencia para que estas investigaciones tengan un resultado y un desenlace idóneo. También esperaremos las resoluciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, las cuales revisaremos y acataremos. Quiero decir también que en congruencia con la comunión que tenemos con las causas de las mujeres...
José Cárdenas: Bueno, es lo que dice Rodrigo Reyes, el Secretario General de Gobierno.
Ricardo Monreal: Sí, si, este joven.
José Cárdenas: (Inentendible).
Ricardo Monreal: Rodrigo, es un muchacho brillante, es un muchacho, no es corrupto, es un joven que yo conozco, pero lo importante es que el propio gobernador ha dado la indicación de que se investigue lo que sucedió, que se deslinden responsabilidades. Yo lamento mucho que esto suceda en mi tierra. Siempre la violencia de quien sea generada es lamentable, Pepe. Y yo creo que se va a aclarar, se tiene que aclarar y se deben de deslindar responsabilidades.
José Cárdenas: Es que se, nos topamos con dos hechos donde la policía no actúa de acuerdo a los protocolos, digamos, de respeto a los derechos humanos.
Ricardo Monreal: Sí.
José Cárdenas: Es el caso de la agresión contra este joven estudiante de Ayotzinapa. Bueno, eran tres jóvenes, uno de los cuales fue baleado por la policía, fue agredido y fue muerto.
Ricardo Monreal: Sí, sí.
José Cárdenas: E inventó la Secretaria de Seguridad del gobierno del estado de Guerrero, inventó que los jóvenes fueron los agresores...que los policías les hicieron una parada, que ellos dispararon arma de fuego, que los someten, llevaban droga, muere un joven. Y ahora el Presidente de la República dice, no, no, no, la agresión fue de los policías. Los jóvenes no llevaban armas, ya se probó que los que están vivos no tienen huellas ni tampoco han muerto.
Ricardo Monreal: Sí.
José Cárdenas: Entonces nuevamente se cuestiona.
Ricardo Monreal: Yo creo que eso fue producto de la Fiscalía General de la República que indagó, investigó y llegó a esta determinación, finalmente lo que importa es que se aclare y se castigue, que no queden impunes ninguno de los hechos.
Yo creo que incluso Pepe, en el caso de Ayotzinapa, es una situación delicada. El propio presidente ha reaccionado positivamente en el sentido de afirmar y decir no va a haber impunidad. Quien sea responsable tendrá que pagar las consecuencias de una actitud o de una conducta que puede ser exceso en la defensa, exceso en el protocolo o violaciones en la aplicación del protocolo en este tipo de circunstancias.
José Cárdenas: Pero esto va más allá de los policías que cometieron el ilicito, el abuso de autoridad en contra de los jóvenes estudiantes de Ayotzinapa.
Ricardo Monreal: Normalmente sí.
José Cárdenas: Va contra el gobierno que el gobierno está diciendo, es que los jóvenes nos agredieron, se ponen ridículos bajo qué gobierno está siendo gobernado el guerrerense.
Ricardo Monreal: Y, yo creo que eso finalmente la Fiscalía General de la República determinará en los próximos días lo que realmente sucedió en ese retén en el que perdió la vida este joven. Y seguramente habrá consecuencias de carácter jurídico punitivo, de investigación y de acusación contra quienes resultaron responsables o contra quienes ordenaron ese tipo de conductas que riñen con el protocolo normal de aplicación en esos casos.
José Cárdenas: ¿Esto aplica también a Zacatecas?
Ricardo Monreal: En donde quiera.
José Cárdenas: En este caso específico del 8M.
Ricardo Monreal: Sí, yo creo que el gobernador de Zacatecas, David yo lo conozco, es un hombre sensible y él mismo ha ordenado que se haga la investigación. ÉI mismo ha dicho, quien sea responsable tiene que pagar las consecuencias, y en ese sentido me parece que la investigación que se dé por parte de la fiscalía tiene que hacerse pública y tiene que generarse una sanción para quienes resulten responsables. Lo importante es que no haya impunidad y que no se repitan ningún acto de violencia.
La parte ofendida tiene razón en estar indignada, las mujeres, yo estoy en contra de cualquier agresión contra las mujeres, y también escuché versiones y testimonios de las policías, de las policías que en ese momento enfrentaban el tema, porque incluso ya había terminado la marcha y regresa.
Creo que hay incluso videos donde ellos mismos lo plantean. No el testimonio del Secretario General de Gobierno, que el propio Secretario General de Gobierno se ha puesto a disposición, pero por fortuna, Pepe, en Zacatecas no hay hechos que lamentar de profundidad, pues, incluso se está viendo si hay lesionados, me imagino. No hay sino esta condena del trato, que nadie puede estar de acuerdo con ello, pero no hay más situaciones que pudiéramos lamentar, como pérdidas de vida, que eso si seria muy, muy lamentable.
José Cárdenas: ¿Fresnillo, Zacatecas?
Ricardo Monreal: Si
José Cárdenas: ¿En tu estado natal?
Ricardo Monreal: Sí.
José Cárdenas: ¿Tú gobernaste?
Ricardo Monreal: Sí.
José Cárdenas: Fresnillo, Zacatecas es el municipio más peligroso de toda la República Mexicana.
Ricardo Monreal: Sí.
José Cárdenas: Por lo menos en la percepción de la sociedad, donde hay más hechos y actos de violencia. Ahí va la candidata de oposición a Morena, Xóchitl Gálvez, de oposición a Claudia, y levanta a las dce de la noche, alguien escribió, a la hora del miedo, en medio del miedo, levanta su campaña y manda un mensaje muy fuerte.
Ricardo Monreal: Sí.
José Cárdenas: Y acusa que los Monreal en Fresnillo son una especie de mafia.
Ricardo Monreal: No, no lo había visto así, no vi que haya dicho eso, pero yo creo que se equivocó de lugar, si así fue, hubiera ido a Guanajuato, Guanajuato es una cosa impresionante, es la más, es la esfera más grave de inseguridad pública del país.
José Cárdenas: Ese mismo día más tarde estuvo en Irapuato, sí.
Ricardo Monreal: Sí, pero hubiera iniciado en Guanajuato, porque el problema fundamental de este país se llama Guanajuato en materia de inseguridad pública.
José Cárdenas:¿Más que Fresnillo?
Ricardo Monreal: Sí, mucho más, mucho más.
José Cárdenas: ¿Más que Zacatecas?
Ricardo Monreal: Mucho más, mucho más y se pueden verlas estadísticas. Lo que pasa es que el gobernador tiene dos años gobernando. Ese estado se descompuso en los últimos dos gobiernos del PRI, y se entregó, es decir, se dejó, y el gobernador ha batallado para recomponer la seguridad, pero está dando resultados, y los resultados están en el Secretariado de Seguridad Pública, donde está disminuyendo el delito en Zacatecas, pero el hecho de difundirlo tanto, de generar condiciones de mucha publicidad, nos ha afectado a los zacatecanos. Fresnillo es una tierra de gente trabajadora, que también por permisión de los gobiernos anteriores se asentaron bandas y cárteles de otros estados y pagamos las consecuencias.
José Cárdenas: ¿Por qué Morena, Ricardo Monreal, por qué Morena siempre le echa la culpa al pasado?
Ricardo Monreal: Porque es la verdad.
José Cárdenas: Y no asume su propia responsabilidad.
Ricardo Monreal: Porque yo fui gobernador en mil novecientos noventa y ocho.
José Cárdenas: Sí.
Ricardo Monreal: Y están las estadísticas, siendo gobernador llevamos al estado al primer lugar de seguridad pública, y al primer lugar de PIB, de crecimiento económico, fue el estado que creció más en los últimos años que yo goberné, tres punto nueve por ciento y dejamos al estado en un nivel de tranquilidad, de seguridad, de desarrollo, y yo fui responsable cuando fui gobernador, a pesar de que dejé el estado en condiciones óptimas, se descompuso.
Los dos últimos gobiernos que antecedieron al actual de Morena fueron del PRI, y no se puede pensar que en dos años se haya descompuesto. El gobernador David recibe el estado descompuesto, recibe el estado en quiebra, recibe el estado saqueado, recibe el estado en descomposición social y destrucción del tejido. Lo que ha hecho el gobernador David en dos años es impresionante.
Por esa razón, Pepe, te digo, es injusta la calificación contra Fresnillo y contra Zacatecas, sin analizar lo inmediato de dos sexenios que fueron doce años que dejaron al estado temblando. Esa es la verdad.
José Cárdenas: Como dices tú hoy en las redes sociales, ¿tú crees que la oposición está buscando sacar raja política de todo lo que ocurra?
Ricardo Monreal: Lo está haciendo, Pepe. Yo te diría que es proceso electoral, es obvio, un atractivo proceso de todo lo que suceda. Ve lo que es la infamia de acusar al Presidente de narco Presidente, ve lo que es acusar a nuestra candidata de narco candidata, ve cualquier circunstancia que se suscita, lo detonan y le generan una gran reacción en contra del movimiento que encabezamos, pero esto será los ochenta días, Pepe. Los ochenta días serán así, de una crispación, de una polarización, pero yo en lugar de buscar cómo, buscar cómo endilgarles noticias falsas o con Fake News o Deepfakes, yo les diría a quienes nos siguen, confíen, nosotros vamos a actuar con seriedad, con responsabilidad, ahí están los números económicos, la fortaleza del peso, el crecimiento económico, la inversión, el desarrollo del país.
Es decir, los mercados ya votaron y los mercados dicen México tiene una economía extraordinaria, el salario mínimo, las ayudas que el Presidente está enviando al Congreso, es decir, Pepe, yo veo más lo positivo que este tipo de circunstancias y coyunturas que lo lamentamos, pero que lo vamos a enfrentar con éxito.
José Cárdenas: ¿Hoy estuviste acompañando a Claudia Sheinbaum en la conferencia del Episcopado Mexicano?
Ricardo Monreal: Sí.
José Cárdenas: En estos acuerdos por la paz, no sé cómo se llaman, esta cónsul... sí, sí, acuerdos, convenios por la paz.
Ricardo Monreal: Si, sí es un, compromisos por la paz.
José Cárdenas: Más de cien, me decías, ¿no?
Ricardo Monreal: Ciento treinta y dos, me pidió acompañarla, me pareció muy bien, fueron los tres candidatos, el candidato y la otra candidata, y me pareció la posición muy digna de Claudia.
José Cárdenas: Pero firmo bajo condición
Ricardo Monreal: Ciento treinta dos propuestas son, en siete grandes apartados, es un documento bueno, es un documento bien hecho, en donde ya Claudia Sheinbaum en su discurso dijo, estoy de acuerdo, son más las coincidencias; sin embargo, al firmar ese documento, también quiero dejarles este anexo de diferencias y las sostuvo y las fue enunciando en el Episcopado Mexicano. A mí me pareció una posición conciliadora, republicana, digna, la que emitió hoy la doctora Claudia Sheinbaum porque apostaban los adversarios que no iría, incluso se detonó el que ella no iría al Episcopado Mexicano y si fue, ahí estaba toda la jerarquía de la iglesia Católica y la trataron bien, con respeto, la escucharon y para mí fue una buena reunión.
José Cárdenas:¿Por qué no quiso ir con la gente de City Banamex? ¿Y por qué no quiere ir a ver a los estudiantes de universidades privadas?
Ricardo Monreal: Es una buena pregunta.
José Cárdenas:¿Les tiene miedo?
Ricardo Monreal: No, yo te diría que en City Banamex ella informó que no podía ir porque tenía agenda, nunca se negó, incluso se está viendo la posibilidad de reagendar en un momento en que se pueda reunir con ellos, pero no fue una actitud de negarse a dialogar y con los jóvenes de la Ibero o de la UNAM o de otras universidades sí acudirá, simplemente es en razón de acomodar la agenda pero no dejará de ir a lugares donde le llaman siempre y cuando el tempo nos permita, porque ya nada más ochenta días, pero ella ha dicho que tiene toda la voluntad de ir a todas las universidades, sin ningún problema.
José Cárdenas: Ricardo te agradezco mucho como siempre.
Ricardo Monreal: Gracias Pepe.
José Cárdenas: Es un placer escucharte.
Ricardo Monreal: Y ánimo, hay que sacar adelante al país y no dejarse influenciar tanto por la guerra sucia que está, en su peor expresión, como nunca, está amasado.
José Cárdenas: Y lo que falta. Y lo que falta.
Ricardo Monreal: Y lo que falta,
José Cárdenas: Faltan ochenta y dos días.
Ricardo Monreal: Nunca, nunca, Pepe, había visto, yo tengo cuarenta y dos años en el servicio público, nunca vi un ataque.
José Cárdenas: Pero esto es producto de la irritación que tiene esa clase opositora.
Ricardo Monreal: De acuerdo, no lo que sea, pero nunca vi atacar al Presidente de la República como ahora lo hacen. Nunca, nunca vi una embestida tan brutal contra un Presidente o contra una candidata, pero…
José Cárdenas: ¿Y quién tiene la culpa?
Ricardo Monreal: No, lo que sea, pero digo aquí buscar culpables no resuelve el problema, el problema es que vamos a entrar a un proceso de mayor polarización, a un proceso en donde yo deseo que no haya golpes porque se está inyectando algo que no es bueno, pero nosotros como movimiento vamos a actuar con prudencia, vamos a actuar con tolerancia vamos a actuar con llamados a la alegría, al entusiasmo, a ir a votar y a mantenernos unidos porque la unidad es nuestra fortaleza y porque ahora estamos todos juntos con la doctora Claudia para enfrentar este reto tan formidable que es el dos mil veinticuatro.
José Cárdenas: Gracias Ricardo, que te vaya muy bien. Buenas noches.
Ricardo Monreal: Gracias a ti. |
03 de abril de 2024 |
José Cárdenas: Momento de escuchar en afán, claro, de equilibrio de ponderación como siempre a Ricardo Monreal, él es Senador de la República la historia de Ricardo usted la conoce y la conoce muy bien, hoy está un poco afónico, pero aun así al frente, al frente con su punto de vista justo sobre los hechos violentos que tanto, que tan lo conmueven. Te saludo con mucho gusto deseando tu pronta restablecimiento Senador Monreal, adelante Ricardo bienvenido a tu programa.
Ricardo Monreal: ¿Qué tal Pepe? un saludo a todo tu auditorio este linchamiento que se dio en Taxco con la niña Camila que no podemos permitir la justicia en propia mano ni los ‘Fuenteovejuna', pero ante la falta de justicia de prontitud y de eficacia de la autoridad las personas cobran venganza por propia mano y el tema del asesinato de Gisela, de Gisela que era candidata a la presidencia municipal de Celaya, candidata de Morena, nos lastima mucho cualquier tipo de violencia por eso yo creo que va a ser una elección pacífica debemos acudir sin miedo a ejercer nuestro derecho a votar y elegir a los que queremos, no nos detengamos por eso la doctora Claudia Sheinbaum ha planteado entres sus ejes rectores el de la seguridad y de qué manera en coordinación y fortaleciendo la Guardia Nacional las instituciones de procuración de justicia podríamos salir adelante, el tema es justicia Pepe, justicia, desde ministerios públicos, agentes investigadores, policías obviamente Jueces, Jueces Magistrados y Ministros y por eso plantea la doctora Claudia Sheinbaum una reforma de gran calado, todos tenemos que contribuir a lograr ese propósito y por eso es importante que todos caminemos con la misma sintonía, a todos nos preocupa la inseguridad y la violencia y todos podemos atacarla y resolverla, por eso uno de los temas primordiales de los ejes centrales de la propuesta de la doctora Claudia Sheinbaum es seguridad y justicia y por eso vamos a profundizar los esquemas de coordinación, de reacción al delito y de combate a la impunidad Pepe un saludo y buena semana de pascua.
José Cárdenas: Gracias, gracias, gracias, Ricardo Monreal con sus comentarios por supuesto.
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07 de mayo de 2024 |
José Cárdenas: ¿Tenemos la de Ricardo Monreal? Si, está la de Ricardo Monreal. El desmiente que haya una bronca, como se ha venido especulando en algunos medios de comunicación, que hay una bronca personal entre Clara Brugada. la candidata a jefatura de gobierno de la Ciudad de México por Morena y aliados, con la propia doctora Sheinbaum. Lo dijo de este modo. Bueno, lo dice de este modo. Ricardo a quien saludo con mucho gusto, como siempre. Ricardo, bienvenido.
Ricardo Monreal: ¿Qué tal. Pepe? En algunos sectores, fundamentalmente del denominado Círculo Rojo y algunos medios de comunicación, se alimenta esta aversión, incluso. en algunas de las personas simpatizantes de la 4T y dirigentes históricos nuestros, también muestran preocupación al respecto, se contagian de esa aversión; sin embargo. es una simple táctica electorera que se irá desgastando y con ello terminando de confirmar la delantera contundente de Clara Brugada, que aún con un porcentaje un poco menor que el de la doctora Claudia Sheinbaum, respecto a la elección presidencial, ambas son inalcanzables. El pasado fin de semana fui invitado por ambas para acompañarlas en cuatro alcaldías, Coyoacán, Venustiano Carranza, Cuauhtémoc y la Gustavo Amadeo, con honestidad y seriedad, Pepe, quiero dejar constancia de que percibí no solo capacidad de convocatoria del movimiento social al que pertenecemos, sino también observé entusiasmo y definición política de nuestro movimiento para con ellas. La presencia de Claudia Sheinbaum el fin de semana en nuestra capital otorga confianza, pero también crecimiento a la candidatura de Clara Brugada, así como a los hombres y mujeres que aspiran y participan en este proceso para distintos cargos de elección popular; sin embargo, también creo que no debemos caer en triunfalismo ni en el exceso de confianza, puedo asegurar que observo una categórica definición política en el que es el momento, creo yo, de cerrar filas en la Ciudad de México, concitara la unidad y hacer un llamado a los actores de esta gran metrópolis a que no perdamos la oportunidad de refrendar nuestro triunfo. Recordemos que esta gran urbe fue el epicentro de la definición política de la izquierda mexicana y el lugar en que con mayor rapidez en el país se aplicaron políticas progresistas. Por eso los convoco a refrendar nuestra vocación en la Ciudad de México. Lo que se debate en el fondo es un proyecto de nación. ¿Queremos que la oligarquía y los poderosos decidan el rumbo de la nación o que el Estado, la democracia sean los que definan la conducción del país? No es un tema sencillo ni tampoco simple, Pepe, se trata del proyecto del país, del proyecto de la Ciudad de México. Es para nosotros el punto de partida para continuar con la transformación y no incurrir en una regresión. Saludos, Pepe. |
13 de mayo de 2024 |
José Cárdenas: Un saludo muy cordial Ricardo, bienvenido como siempre con tus comentarios, pues todo queda aquí en familia.
Ricardo Monreal: ¿Qué tal Pepe? Buenas noches, un saludo para todo tu auditorio. Llegamos a la recta final del Proceso Electoral, cuyo nivel de participación podrá ser el más alto de la historia, por el número de puesto de elección popular en juego, desde el Presidente de la República, hasta un modesto Regidor de un Ayuntamiento constitucional, y observamos, Pepe por parte de Morena y sus aliados una posición difícil de alcanzar, imposible diría yo, veinticinco o treinta puntos que tiene la candidata puntera Claudia Sheinbaum, ahora el segundo se lo está disputando el PAN con Movimiento Ciudadano y creo que Movimiento Ciudadano como una fuerza emergente ha dado la sorpresa en el país y, está en franca disputa con el Partido Acción Nacional que la conforman tres partidos, es decir, que hipotéticamente Movimiento Ciudadano se puede convertir en el segundo partido más votado de la elección presidencial dos mil veinticuatro; sin embargo, también tiene que analizarse que ante la desesperación y los datos relevantes y definitivos que se observan por todas las encuestas salvo una, la propia actitud del PRIAN es muy notable en buscar escándalos, autoatentado, montajes lo normal en las elecciones no las han vivido, las creerán nueva o inéditas, no es así, eso te hace que actúes de cierta manera proceso de desesperación en el que están situados frente a la inminente derrota electoral. Yo veo en el libreto del priismo la segunda y última fase de la elección la judicialización la impugnación de la elección y presentar, promover y proponer la nulidad de la elección, ahí está enfocada gran parte de la oposición ya no les interesa ganar porque saben que no van a ganar, se van a concentrar en la Ciudad de México donde creen que ellos pueden sacar la posición de Jefe de Gobierno y Alcaldías por eso el escándalo y la guerra sucia se concentrarán en la Ciudad de México, pero no hay que confundirnos es simple estrategia electorera, farsas con un rosario de farsas que ya conocemos que no que no nos confundan, plan C en la ciudad de México, Claudia Presidenta, Clara Jefa de Gobierno, Catalina Alcaldesa de la Cuauhtémoc, vamos adelante Pepe, vamos a ganar con Morena, la gente se impondrá en una verdadera historia de continuar la transformación de México. Saludos, buenas noches.
José Cárdenas: Buenas noches, gracias, gracias, Ricardo Monreal.
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20 de mayo de 2024 |
José Cárdenas: Ricardo Monreal, obviamente en sentido opuesto y contrario, también es colaborador en este espacio de noticias y tiene, y tiene muy clara su opinión de lo que se vio ayer en el debate, lo que se vio ayer en la marea rosa y lo que se va a ver en los próximos días. Te saludamos con mucho gusto, Ricardo Monreal, bienvenido. Adelante, buenas tardes.
Ricardo Monreal: Pepe, buenas tardes. Vi cómo inició Claudia Sheinbaum, puntera, y vi cómo terminó puntera, la misma candidata de Morena. Tratando de ser Io más posible objetivos, aunque soy parte de un movimiento, te podría decir que ganó el debate Claudia Sheinbaum.
Su postura, su respuesta, su planteamiento y el no haberse, como decimos coloquialmente, no haberse enganchado con las provocaciones y con las preguntas de contraste que plantearan los candidatos distintos a Claudia, creo que se observó una mujer tolerante Claudia Sheinbaum, prudente Claudia Sheinbaum y propositiva Claudia Sheinbaum, porque es una mujer estructurada, aplicada, honesta, sensible, con mucha experiencia política y el ejercicio como Jefa de Gobierno le dio más experiencia o, como también decimos, más tablas para ejercer el gobierno, por eso me da confianza de que va a ser una buena presidenta.
Vi a la candidata del PRIAN nerviosa, enojada, por momentos agresiva, pero es su papel, frente al porcentaje de distancia que lleva Claudia Sheinbaum en la mayoría de las encuestas, es entendible su desesperación y vi a Máynez, un joven que se aplicó y que hizo su mejor trabajo en su desempeño.
A la política social no había que discutir mucho, este es el programa más profundo que en la historia se haya aplicado, el que implementó el presidente López Obrador y elevó a rango constitucional los apoyos a adultos mayores, la pensión de personas con discapacidad, las becas, los jóvenes construyendo el futuro o el campo sembrando vida, no hay plan ni programa en la historia del país que se haya aplicado y la seguridad también se demostró con cifras, que ha hecho el presidente el mejor de sus esfuerzos. Frente a una herencia maldita que le generaron los gobiernos anteriores, desde hace dos décadas inició la descomposición más fuerte, más profunda y esta destrucción del tejido presidente López Obrador, pero en términos generales, Pepe, buen debate y me gustó mucho la actitud, la prudencia, la coherencia de Claudia Sheinbaum. Claudia seguramente será nuestra próxima presidenta y el dos de junio ahí estaremos puntuales a la cita con la historia. Buenas noches.
José Cárdenas: Buenas noches, gracias, Ricardo Monreal, gracias por esta colaboración.
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Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.
VOTO PARTICULAR QUE EMITE LA MAGISTRADA JANINE M. OTÁLORA MALASSIS, RESPECTO DE LA SENTENCIA DEL RECURSO DE REVISIÓN DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR SUP-REP-1129/2024[17]
I. Introducción; II. Contexto de la controversia; III. Decisión de la mayoría del Pleno de la Sala Superior; y IV. Razones del disenso.
I. Introducción
Respetuosamente formulo el presente voto particular, debido a que no comparto la decisión de la mayoría del Pleno de esta Sala Superior de confirmar la sentencia que dictó la Sala Especializada en el procedimiento especial sancionador SRE-PSC-547/2024, en la que se determinó la inexistencia de la indebida adquisición de tiempo en radio, con motivo de la participación de Ricardo Monreal en diversas emisiones del programa “José Cárdenas Informa”, trasmitido en la estación 103.3 FM de Radio Fórmula.
Lo anterior, porque considero que, en el caso concreto, la Sala Responsable omitió analizar exhaustivamente el contexto de los hechos denunciados y, en consecuencia, no fue ajustada a Derecho la determinación de tener por inexistente la indebida adquisición de tiempo en radio.
II. Contexto de la controversia
El asunto tiene su origen en la denuncia presentada por el Partido Acción Nacional en contra de Ricardo Monreal, al considerar que se actualizó la indebida compra y/o adquisición de tiempos en radio y televisión, vulneración al principio de equidad, así como la falta al deber de cuidado de Morena, con motivo de la participación del entonces senador y candidato a diputado en varias emisiones del programa “José Cárdenas Informa”, transmitido en la estación de radio 103.3 FM de Radio Fórmula.
Una vez llevada a cabo la investigación de los hechos denunciados por parte de la autoridad administrativa electoral, la Sala Especializada resolvió el procedimiento especial sancionador SRE-PSC-547/2024, en el cual declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas, siendo relevante en su consideración que no se actualizaba el elemento objetivo de la infracción de indebida adquisición de tiempo en radio.
La sentencia de la Sala Especializada fue controvertida por el Partido Acción Nacional al promover el presente recurso de revisión. Ahora, conforme el criterio mayoritario, se ha confirmado la decisión impugnada.
III. Decisión de la mayoría del Pleno de la Sala Superior
La mayoría de este Pleno determinó que no le asiste la razón al recurrente, quien tuvo la calidad de denunciante en la queja primigenia, por considerar que fue correcto el análisis efectuado por la Sala Especializada, atendiendo a las particularidades del caso, sin que sean aplicables los precedentes que señala el recurrente, pues estos se refieren a infracciones distintas (vulneración al principio de neutralidad e imparcialidad, así como uso indebido de recursos públicos) y la calidad del servidor público son diferentes (integrantes del Poder Ejecutivo).
En su concepto, la responsable sí analizó de manera pormenorizada las participaciones del caso, las distintas calidades del denunciado como candidato, legislador y colaborador habitual del programa; además, destacó la relevancia de la posición que ocupa Ricardo Monreal como coordinador del Grupo parlamentario de Morena y presidente de la Junta de Coordinación Política en el Senado de la República.
Asimismo, el criterio mayoritario coincide con la Sala Especializada en que las expresiones respecto a la continuidad del Plan C se refieren a aspectos de índole político en una sola emisión, derivado de su participación recurrente en un programa en vivo de corte noticioso y político.
Se argumenta que no se no se acreditó el elemento objetivo de la infracción, sobre buscar llamar al voto o posicionar a una candidatura mediante equivalentes funcionales, sino que el denunciado participó en los programas en un genuino ejercicio de su libertad de expresión, y del ejercicio periodístico refiriéndose a temas de interés general.
De igual forma, en cuanto a la aplicación de diversos precedentes, SUP-REP-64/2023; SUP-REP-114/2023 y SUP-REP-813/2024, se considera que tampoco le asiste razón al recurrente pues estos no son aplicables al caso concreto.
También, se declara infundado el planteamiento en el que se sostiene que fue indebido que la Sala Especializada atribuyera la calidad de senador al denunciado, ya que al analizar la conducta es necesario que se efectúe un estudio contextual e individual de las expresiones, además que se deben valorar las distintas calidades que ostenta el denunciado, a fin de que, de un examen exhaustivo de la totalidad de las circunstancias del caso, se determine si se actualizan o no los elementos definidos en la jurisprudencia para acreditar la adquisición indebida de tiempos en radio y televisión
Lo anterior, porque en su consideración fue correcta la determinación de la Sala responsable en la que estableció que Ricardo Monreal contaba con distintas calidades, entre ellas la de colaborador del programa e integrante del Poder Legislativo, y en este último caso, senador de la República, presidente de la JUCOPO y coordinador del grupo parlamentario de Morena.
Asimismo, estimaron inoperante el planteamiento relacionado con la indebida valoración de la calidad de colaborador en el programa desde dos mil veintidós, porque la razón fundamental en la que la Sala responsable sustentó la inexistencia de la infracción no consistió en el hecho de que el denunciado tuviera la calidad de colaborador desde ese año, sino que se realizó a partir de un análisis contextual de las expresiones, de la temporalidad en que se emitieron y de las diversas calidades que concurrían en el denunciado al momento de la realización de los hechos, para concluir que estas se emitieron en ejercicio de su libertad de expresión.
Incluso se destaca que, el propio conductor (José Cárdenas) en las intervenciones realizadas en los diversos programas denunciados le reconoció la calidad de colaborador habitual en dicho espacio noticioso.
Bajo esa lógica, la mayoría del Pleno determinó confirmar la sentencia controvertida al concluir que no se acreditaba la existencia de la infracción denunciada.
IV. Razones del disenso
En mi concepto, contrario a lo determinado por la mayoría del pleno, la sentencia debió revocarse porque, desde mi perspectiva, deben declararse sustancialmente fundados los motivos de agravio expuestos por el Partido Acción Nacional sobre la falta de exhaustividad y congruencia de la sentencia controvertida, al aducir –entre otros aspectos– que la Sala Especializada pretende amparar en el ejercicio de la libertad de expresión lo manifestado por el denunciado en sus participaciones en las emisiones del programa radiofónico de los días once de marzo, tres de abril, así como siete y trece de mayo, sin sostener tal afirmación con un estudio pormenorizado, ni mucho menos concatenado.
Para el recurrente, se trata de expresiones que no fueron neutrales ni forman parte de un ejercicio periodístico genuino, porque impactan en detrimento del principio de equidad en la contienda electoral.
En este orden de ideas, conforme a las previsiones de la Constitución federal, se dispone un esquema en el que corresponde exclusivamente a la autoridad electoral nacional la disposición y distribución del tiempo del Estado en radio y televisión para fines electorales; la prohibición a partidos políticos y candidaturas de contratar por sí o terceras personas tiempo en cualquier modalidad en radio y televisión, así como para cualquier persona de contratar propaganda dirigida a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.
Si bien, acorde a la interpretación funcional de esa prohibición en armonía con el derecho humano de libertad de expresión, el objeto de la prohibición constitucional no comprende, en principio, el tiempo en radio y televisión que empleen los medios de comunicación para la difusión de las distintas manifestaciones periodísticas auténticas o genuinas, siempre que no se trate de una simulación para beneficiar a un partido político o candidatura.[18]
Es de advertir que, en el caso, no está controvertido que el denunciado participa como colaborador en el programa radiofónico desde hace cuatro años y que adquirió la calidad de candidato a diputado federal por el principio de representación proporcional postulado por Morena, a partir del uno de marzo.
Asimismo, en la sentencia de la Sala Especializada quedó acreditado –y no está controvertido– que se actualizó el elemento subjetivo de la infracción de indebida adquisición de tiempo en radio, precisamente porque Ricardo Monreal tenía la calidad de candidato a diputado federal.
Ahora bien, desde mi perspectiva –como lo sostiene el recurrente–, la sentencia no refleja un estudio exhaustivo y congruente porque la Sala Especializada no realizó un análisis pormenorizado de las expresiones del denunciado realizadas en el citado programa radiofónico.
De manera ejemplificativa es de señalar que respecto de las expresiones del programa del tres de abril, la Sala Especializada simplemente consideró que se trató de una reflexión en torno al homicidio de una niña en Taxco; asimismo, que el denunciado abordó las propuestas de Claudia Sheinbaum en materia de seguridad, indicando que “todos tenemos que contribuir a lograr ese propósito”, sin pronunciarse respecto de expresiones como: “debemos acudir sin miedo a ejercer nuestro derecho a votar y elegir a los que queremos, no nos detengamos por eso la doctora Claudia Sheinbaum ha planteado entres sus ejes rectores el de la seguridad y de qué manera en coordinación y fortaleciendo la Guardia Nacional las instituciones de procuración de justicia podríamos salir adelante, […] todos tenemos que contribuir a lograr ese propósito y por eso es importante que todos caminemos con la misma sintonía […]”.
De la emisión en el programa del siete de mayo, la Sala Especializada consideró que corresponden a la narración respecto a eventos de campaña de Claudia Sheinbaum, sin pronunciarse específicamente de las manifestaciones del denunciado sobre: la delantera contundente de Clara Brugada, que aún con un porcentaje un poco menor que el de la doctora Claudia Sheinbaum, respecto a la elección presidencial, ambas son inalcanzables. […], o bien: creo que no debemos caer en triunfalismo ni en el exceso de confianza, puedo asegurar que observo una categórica definición política en el que es el momento, creo yo, de cerrar filas en la Ciudad de México, concitara la unidad y hacer un llamado a los actores de esta gran metrópolis a que no perdamos la oportunidad de refrendar nuestro triunfo.
Asimismo, respecto del programa del trece de mayo, es de advertir las manifestaciones sin análisis pormenorizado en el sentido de que: Llegamos a la recta final del Proceso Electoral, cuyo nivel de participación podrá ser el más alto de la historia, por el número de puestos de elección popular en juego, desde el Presidente de la República, hasta un modesto Regidor de un Ayuntamiento constitucional, y observamos, Pepe por parte de Morena y sus aliados una posición difícil de alcanzar, imposible diría yo, veinticinco o treinta puntos que tiene la candidata puntera Claudia Sheinbaum, […] vamos adelante Pepe, vamos a ganar con Morena, la gente se impondrá en una verdadera historia de continuar la transformación de México.
Desde mi perspectiva, las manifestaciones del denunciado –respecto de las cuales no hubo un análisis pormenorizado por la Sala Especializada– no pueden calificarse como un genuino ejercicio periodístico o labor de información, sino como expresiones dirigidas a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía que —al haber sido difundidas en una estación de radio fuera del tiempo ordenado por el Instituto Nacional Electoral— implican la adquisición indebida de tiempo y generan una vulneración a la equidad en la contienda, a fin de beneficiar a determinados actores políticos.
Lo anterior, justamente considerando la calidad del denunciado –candidato a diputado federal postulado por Morena–, así como las manifestaciones hechas en el programa de radio, durante la etapa de campaña, a partir de su posición político-partidista.
Conforme a lo expuesto, desde mi perspectiva debió revocarse la sentencia controvertida, a fin de que la Sala Especializada emitiera una nueva resolución debidamente fundada y motivada, acorde a los principios de exhaustividad y congruencia.
Por las razones expuestas, emito el presente voto particular.
Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral
[1] Secretario Instructor: Fernando Ramírez Barrios Secretariado: Karem Rojo Garcia y Víctor Octavio Luna Romo.
[2] A partir de este momento, todas las fechas a las que se hagan referencia corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa.
[3] Registrada con el número de expediente UT/SCG/PE/PAN/CG/976/PEF/1367/2024.
[4] Mediante acuerdo ACQyD-INE-283/2024.
[5] En el expediente SRE-JE-207/2024.
[6] Expediente SRE-PSC-547/2024.
[7] Con fundamento en los artículos 41, párrafo tercero, base VI y 99, párrafo cuarto, fracción X de la Constitución; 164, 166, fracción X y 169, fracción XVIII de la Ley Orgánica; así como 3, párrafo 2, inciso f); 4, párrafo 1 y 109, párrafo 1, inciso a), así como párrafo 2 de la Ley de Medios.
[8] Artículos 7, párrafo 1; 9, párrafo 1; 13, párrafo 1, inciso b); 109, párrafo 1, inciso a), y párrafo 3, así como el 110, todos de la Ley de Medios.
[9] Conforme el artículo 109, párrafo 3 de la Ley de Medios.
[10] Lo cual consta en las páginas 303 y 305 del expediente electrónico principal SRE-PSC-547-2024.
[11] Jurisprudencia 4/2000 de rubro: AGRAVIOS, SU EXAMEN EN CONJUNTO O SEPARADO, NO CAUSA LESIÓN.
[12] SRE-PSC-83/2023, confirmada en el REP-64/2023; REP-114/2023 y REP-813/2024
[13] Véase el expediente SUP-REP-165/2017, así como la jurisprudencia 17/2015, de rubro: RADIO Y TELEVISIÓN. PARA ACREDITAR LA ADQUISICIÓN DE TIEMPO ES INNECESARIO DEMOSTRAR SU CONTRATACIÓN.
[14] Páginas 29 y 30 de la sentencia SUP-REP-165/2017 Y ACUMULADOS.
[15] De rubro: ACTOS ANTICIPADOS DE PRECAMPAÑA O CAMPAÑA. PARA ACREDITAR EL ELEMENTO SUBJETIVO SE REQUIERE QUE EL MENSAJE SEA EXPLÍCITO O INEQUÍVOCO RESPECTO A SU FINALIDAD ELECTORAL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Y SIMILARES).
[16] En el SUP-REP-162/2018 y SUP-REP-163/2018.
[17] Con fundamento en los artículos 167, último párrafo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 11 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
[18] Acorde al criterio contenido en la tesis de jurisprudencia 29/2010, de rubro: RADIO Y TELEVISIÓN. LA AUTÉNTICA LABOR DE INFORMACIÓN NO CONTRAVIENE LA PROHIBICIÓN DE ADQUIRIR O CONTRATAR TIEMPO.