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Descripción generada automáticamenteSALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL ELECTORAL FEDERAL

 

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA Y GENERALES

EXPEDIENTES: SX-JDC-767/2025 Y ACUMULADOS

PARTE ACTORA: *******************************[1] Y OTRAS PERSONAS

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE VERACRUZ

TERCERÍAS INTERESADAS: ASTRID GUADALUPE CAMPOS HERRERA Y OTRA PERSONA

MAGISTRADA PONENTE:[2] ROSELIA BUSTILLO MARÍN

Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave; 11 de diciembre de 2025.

SENTENCIA que resuelve los juicios de la ciudadanía promovidos por *******************, José Elfego de Jesús Riveros Hernández y Claudia Guerrero Martínez, en el sentido de confirmar la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz que declaró existente la violencia política en razón de género contra la primera, atribuida a algunas de las personas denunciadas.

ÍNDICE

ANTECEDENTES

CONSIDERANDO

PRIMERO. Jurisdicción y competencia

SEGUNDO. Acumulación

TERCERO. Improcedencia del juicio SX-JDC-769/2025

CUARTO. Tercerías interesadas

QUINTO. Causales de improcedencia

SEXTO. Requisitos de procedencia

SÉPTIMO. Estudio de fondo

RESUELVE

GLOSARIO

Ayuntamiento

Ayuntamiento de ******, Veracruz

Constitución federal

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Instituto local u OPLEV

Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz

PES

Procedimiento Especial Sancionador

Parte actora, actora o actor

****************, José Elfego de Jesús Riveros Hernández y Claudia Guerrero Martínez

Sentencia impugnada

TEV-PES-214/2025

Tribunal local o TEV

Tribunal Electoral de Veracruz

VPG

Violencia Política en Razón de Género

PROBLEMA JURÍDICO

La actora del juicio SX-JDC-767/2025 argumenta que fue incorrecto que el TEV tuviera por acreditada la conducta únicamente respecto de algunas de las publicaciones, ya que no valoró debidamente las pruebas aportadas, ni la reincidencia y que debió imponer sanciones más severas.

El actor del juicio SX-JG-185/2025 argumenta que la sentencia controvertida acreditó incorrectamente la conducta porque las manifestaciones denunciadas se realizaron dentro del contexto de libertad de expresión y periodística, además, que el TEV omitió juzgar desde una perspectiva intercultural.

Por su parte, la actora del juicio SX-JG-196/2025 argumenta que fue indebido que el TEV tuviera por acreditada la VPG que se le atribuyó porque las manifestaciones controvertidas coinciden con la reciente reforma que prohíbe el nepotismo.

ANTECEDENTES

De las demandas y demás constancias de los expedientes, se advierten:

1.                 Denuncias. El 5, 14, 15, 16, 19, 20, 21, 24, 27, 29, 30, 31 de mayo y 13 de junio del 2025,[3] la actora presentó quejas contra periodistas, medios de comunicación, páginas de Facebook y sus titulares por presuntos hechos constitutivos de VPG.

2.                 Acumulación y medidas de protección. En su oportunidad, el Instituto local ordenó el desahogo de diversas diligencias a efecto de sustanciar los PES, asimismo, al advertir que existía conexidad acumuló las quejas y, en cada caso, se pronunció sobre la procedencia o no de las medidas de protección solicitadas por la actora.

3.                 Sentencia impugnada. El 21 de noviembre, el TEV resolvió los PES promovidos por la actora declarando la existencia de la VPG denunciada, únicamente respecto 19 de las publicaciones atribuidas a Claudia Guerrero Martínez y José Elfego de Jesús Riveros Hernández, así como los perfiles de Facebook “Rey Ocelot del Meme, “Morales May”, “Las Mejores Ventas de Coatepec”, “Colipa :D”, “Gehu Gamino”, “Mercado Colipa y sus alrededores”, “Ventas, trueques y mas… San Marcos de León Veracruz” y “Colipa Veracruz”.

4.                 Al no poder determinar a los responsables de las páginas de Facebook, únicamente sancionó a las dos personas señaladas en el párrafo anterior y les impuso medidas de reparación.

Trámite y sustanciación

5.                 Demandas federales. El 24, 25 de noviembre y 2 de diciembre las promoventes y el promovente presentaron juicios de la ciudadanía y general ante el TEV, a fin de controvertir la sentencia referida. Una de las demandas se recibió directamente en esta sala.

6.                 Recepción y turnos. El 26 y 27 de noviembre y 2 de diciembre, se recibieron las constancias respectivas y la magistrada presidenta acordó formar los expedientes SX-JDC-767/2025, SX-JDC-769/2025, SX-JG-185/2025 y SX-JG-196/2025 y turnarlos a su ponencia por estar relacionados.

7.                 Sustanciación. En su oportunidad, la magistrada instructora radicó los juicios en su ponencia, admitió a trámite las demandas conducentes y declaró cerrada la instrucción de los juicios.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Jurisdicción y competencia

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ejerce jurisdicción y esta Sala Regional correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral Federal es competente para conocer y resolver estos asuntos.

Por materia, ya que se relacionan con la sentencia que acreditó VPG contra una excandidata a edil de un ayuntamiento en Veracruz; y, por territorio, ya que forma parte de esta tercera circunscripción plurinominal electoral.[4]

SEGUNDO. Acumulación

De las demandas se advierte conexidad en la causa, al impugnarse la misma sentencia; por tanto, se decreta la acumulación de los juicios SX-JDC-769/2025, SX-JG-185/2025 y SX-JG-196/2025, al diverso SX-JDC-767/2025, por ser el primero que se recibió en la Sala Regional.[5]

Deberá agregarse copia certificada de los puntos resolutivos de esta sentencia a los expedientes de los juicios acumulados.

TERCERO. Improcedencia del juicio SX-JDC-769/2025

La demanda debe desecharse de plano, al actualizarse la figura jurídica de la preclusión, porque la actora ejerció su derecho de acción mediante la promoción del diverso SX-JDC-767/2025.

Conforme al criterio reiterado de la Sala Superior, por regla general, la presentación de un medio de impugnación cierra la posibilidad de promover nuevas demandas respecto del mismo acto, en ejercicio del derecho de acción, lo que necesariamente conduce al desechamiento de aquellas presentadas con posterioridad.

Como excepción, la Sala Superior ha establecido que no se actualiza la preclusión cuando en una segunda demanda oportuna contra el mismo acto, se plantean hechos y agravios distintos.

Sin embargo, en el caso se advierte que, el mismo día, la actora promovió 2 demandas idénticas ante el TEV contra el mismo acto, en consecuencia, la presentación del segundo escrito actualiza la figura jurídica de la preclusión, al no plantearse agravios distintos a los de la primera demanda.

Por tanto, se desecha la demanda del juicio SX-JDC-769/2025.

CUARTO. Tercerías interesadas

En los juicios SX-JDC-767/2025 y SX-JG-185/2025 se reconoce el carácter de terceras interesadas a Astrid Guadalupe Campos Herrera ********************, en virtud de que se satisfacen los requisitos siguientes:

Forma. Los escritos de comparecencia se presentaron ante la autoridad responsable, en ellos consta el nombre y la firma autógrafa de quienes pretenden que se les reconozca el carácter solicitado, expresando las razones en que fundan su interés incompatible con el de la parte actora.

Oportunidad. El plazo para comparecer como terceristas transcurrió en los términos siguientes:

Expediente

Publicitación

Presentación del escrito

SX-JDC-767/2025

De las 10 horas del 25 de noviembre a la misma hora del 28 siguiente.

A las 8:41 horas del 28 de noviembre.

SX-JG-185/2025

De las 10 horas del 26 de noviembre a la misma hora del 29 siguiente.

A las 19:27 horas del 26 de noviembre.

En consecuencia, al presentarse dentro del plazo correspondiente, son oportunos los escritos.

Interés incompatible. Se satisface, en virtud de que la pretensión de las comparecientes es contraria a los intereses de las respectivas partes actoras:

En el juicio SX-JDC-767/2025 la actora pretende que se revoque la sentencia y se acredite la VPG por la totalidad de publicaciones denunciadas y la compareciente pretende que subsista la sentencia controvertida.

Por otra parte, en el juicio SX-JG-185/2025 la pretensión del actor es que se revoque la sentencia y se declare la inexistencia de la conducta que se le atribuyó y la compareciente considera que debe subsistir la conducta acreditada atribuida al actor.

QUINTO. Causales de improcedencia

La tercera interesada en el juicio SX-JG-185/2025 hace valer las causales de improcedencia siguientes:

         Frivolidad y cosa juzgada

Considera que el juicio es frívolo porque el actor pretende reabrir un debate jurídico que ya se resolvió, que es firme y definitivo, en atención a lo resuelto en la sentencia SRE-PSC-8/2025.

Es infundada la causal porque las publicaciones analizadas en la sentencia que se estudia son distintas a las que se analizaron en el juicio SRE-PSC-8/2025, por ello, no podría actualizarse la cosa juzgada porque se trata de sentencias distintas que tuvieron como materia de estudio publicaciones diversas.

Aunado a ello, tampoco se advierte frivolidad en la demanda porque para que un medio de impugnación sea considerado como frívolo es necesario que resulte notorio el propósito de la parte actora de promoverlo sin existir motivo o fundamento para ello. Esto es, que el medio de defensa sea totalmente intrascendente o se reduzca a cuestiones sin importancia.

En el caso, en la demanda se identifica con claridad la pretensión de la parte actora, así como los argumentos tendentes a alcanzarla; por tanto, con independencia de que le asista o no la razón en sus pretensiones, lo cierto es que ello tendría que dilucidarse en el análisis de fondo de la controversia.

         Falta de interés

La compareciente considera que el actor carece de interés porque no existe un derecho que lo faculte para ejercer violencia por lo que no podría ser absuelto.

Es infundada la causal porque el actor cuenta con derecho para controvertir la sentencia al ostentar el carácter de denunciado en la instancia local, en donde se tuvo por acreditada la conducta que se le atribuyó y el TEV determinó, entre otras cuestiones, imponerle una multa.

En ese sentido, cuenta con interés jurídico para controvertir la sentencia, aunado a que el análisis sobre si se vulneró algún derecho o no del promovente corresponde al estudio de fondo de la presente sentencia.

SEXTO. Requisitos de procedencia

En los juicios SX-JDC-767/2025, SX-JG-185/2025 y SX-JG-196/2025 se satisfacen conforme a lo siguiente:[6]

Forma. Las demandas se presentaron por escrito y se hace constar el nombre de la parte actora, firma autógrafa, el acto impugnado, los hechos y agravios.

Oportunidad. Las demandas de los juicios SX-JDC-767/2025 y SX-JG-185/2025 se presentaron dentro del plazo de 4 días previsto en la normativa porque la sentencia controvertida se emitió el 21 de noviembre por lo que si las demandas fueron presentadas el 25 y 26 de noviembre resulta evidente su oportunidad.

En el caso del juicio SX-JG-196/2025 la demanda también resulta oportuna porque la sentencia se le notificó a la actora el 29 de noviembre,[7] por lo que el plazo para controvertirla transcurrió del 30 al 3 de diciembre y la demanda se presentó el 2 de diciembre.

Legitimación e interés jurídico. Se cumplen porque los juicios son promovidos por 2 ciudadanas y un ciudadano, quienes fueron parte actora y parte demandada en la instancia local respectivamente, y consideran que la sentencia controvertida les genera una afectación en su esfera de derechos.[8]

Definitividad. El acto es definitivo, debido a que no hay medio impugnativo que agotar previamente.

SÉPTIMO. Estudio de fondo

        Pretensiones y temas de agravio

La pretensión de la actora del juicio de la ciudadanía SX-JDC-767/2025 es que esta Sala Regional determine la existencia de VPG respecto de todas las publicaciones denunciadas, considerando a todas como parte de una campaña sistemática; las recalifique con una gravedad mayor y, en consecuencia, aumente las medidas de reparación integral.

Por su parte, el actor y la actora de los respectivos juicios generales pretenden que se revoque la declaración de existencia de VPG que les fue atribuida y las consecuentes sanciones y medidas de reparación derivadas.

Para alcanzar su pretensión la actora del juicio de la ciudadanía hace valer agravios que pueden agruparse en los siguientes temas:

a.     Indebido análisis fragmentado de las publicaciones que obvió el contexto sistemático de violencia;

b.     Omisión de aplicar la eficacia refleja de la cosa juzgada derivada de la sentencia SRE-PSC-8/2025;

c.     Incorrecta individualización de la sanción porque resulta irrisoria y no garantiza la no repetición de las conductas;

d.     Incongruencia entre las sentencias TEV-PES-214/2025 y TEV-JDC-248/2025 sobre el mismo contexto fáctico, a pesar de que son hechos notorios para el TEV.

Por su parte, el actor del juicio SX-JG-185/2025 expone los siguientes temas de agravio:

a.     Indebido análisis sobre la VPG denunciada porque sus expresiones, en su contexto, no contenían estereotipos de género;

 

b.     Omisión de juzgar con perspectiva intercultural.

Finalmente, la actora del juicio SX-JG-196/2025 plantea un único tema de agravio:

a.     Indebida fundamentación y motivación porque no se consideró la reforma constitucional en materia de nepotismo, además de que 2 frases no debían considerarse como VPG.

Método de estudio

Los argumentos de los juicios generales se analizarán en primer lugar, ya que, de resultar fundados, ello sería suficiente para revocar la sentencia controvertida; pero en caso de resultar infundados, se estudiarán los temas del juicio de la ciudadanía, con la precisión de que los incisos a y b se analizarán conjuntamente, así como los incisos c y d, ya que tienen aspectos en común.

Agravios del expediente SX-JG-185/2025

a.     Indebido análisis sobre la VPG denunciada porque sus expresiones, en su contexto, no contenían estereotipos de género;

El actor refiere que las expresiones denunciadas se encontraban amparadas por su derecho a la libertad de expresión, por el ejercicio de su labor periodística y no contenían estereotipos de género o violencia simbólica.

Considera que las manifestaciones “para promocionar a la hija”, “porque traía de fondo querer promocionar a la hija” y “quiere poner a la hija”, formaron parte de una entrevista que debió ser analizada de manera integral, la cual se relacionaba con temas de interés público y en la que se abordaron de manera general los hechos denunciados por la actora, lo cual, de forma alguna la denigraba o afectaba su dignidad.

Argumenta que la entrevista la realizó en su calidad de periodista comunitario e indígena, en defensa de la libertad de expresión, la cual, estuvo dirigida a cuestionar la resolución del Tribunal Electoral y no propiamente a la candidata y menos por su género.

En ese sentido, considera incorrecto que el TEV no analizara el contexto de las manifestaciones denunciadas, además, sostiene que fue incorrecto que acreditara la conducta por el simple hecho de que hiciera referencia a la relación de la excandidata con una figura masculina concluyendo que las manifestaciones constituían estereotipos de género, porque la Sala Regional Especializada tuvo por acreditada la conducta con base en manifestaciones similares.

Al respecto, considera que la determinación del TEV es incorrecta porque el análisis de los casos de VPG debe ser casuístico, en atención a que es determinante el contexto en que fue emitido el mensaje denunciado para advertir su finalidad y no con un listado de frases que actualicen VPG automáticamente como lo hizo la responsable.

Argumenta que el TEV acreditó el tercer elemento de la conducta, equiparando las manifestaciones con las analizadas en el diverso SRE-PSC-8/2025, sin embargo, desde su perspectiva, las manifestaciones analizadas en este caso no contenían estereotipos de genero porque no trató de supeditar la imagen de la denunciante a una figura masculina con poder, sino informar sobre los vínculos políticos de la quejosa.

Señala que las manifestaciones no tenían como finalidad anular o menoscabar algún derecho político-electoral de la actora pues el solo hecho de mencionar una información conocida como es el vínculo familiar de la excandidata, no podía considerarse que se hiciera por el hecho de ser mujer, porque dicha critica también pudo realizarse a un hombre.

El agravio es infundado.

Contrario a lo afirmado, el Tribunal local sí tomó en consideración el contexto de la controversia al analizar las manifestaciones del hoy actor a lo largo de la entrevista de radio.

De la sentencia controvertida se advierte que en el estudio de los elementos del test de la VPG denunciada, el TEV estableció que era posible advertir elementos constitutivos de violencia simbólica en atención a la emisión de manifestaciones con estereotipos de género consistentes en referirse a ella en función de una relación de dependencia de una figura masculina.

Señaló que en la entrevista controvertida el hoy actor había manifestado diversas frases relativas a: "para promocionar a la hija", "porque traía de fondo querer promocionar a la hija" y "quiere poner a la hija".

Especificó que las manifestaciones del hoy actor se realizaron en el marco de la emisión de la sentencia SRE-PSC-8/2025 en la que se había acreditado la conducta al supeditar la imagen de la quejosa a una figura masculina con poder político y determinó que en el caso particular se volvía a reproducir dicho estereotipo de género.

Asimismo, señaló que en el debate político es posible tratar temas de nepotismo o nexos políticos, sin embargo, el hecho de colocarla en una posición supeditada a una figura masculina era lo que acreditaba la conducta, pues, se llega a inferir que una mujer existe políticamente por su padre, esposo, hermano, hijos, o cualquier figura masculina, sin que se mencione su trayectoria profesional, de sus capacidades para gobernar o ejercer el cargo, reproduce dicho estereotipo.

Ahora bien, contrario a lo argumentado por el actor, el TEV sí tomó en consideración la entrevista en su integridad y su contexto y, aunque es cierto que el eje principal de la entrevista fue el cuestionamiento de la decisión de la Sala Regional especializada, también es cierto que ese espacio lo utilizó el actor para emitir nuevamente expresiones estereotipadas, al supeditar el desarrollo de la quejosa en la vida política a su relación consanguínea con una figura masculina; sin que de la entrevista, en su contexto, se advierta alguna imposibilidad para evitarlas.

Así, esta Sala coincide en que el actor incurrió en VPG en la entrevista denunciada,[9] porque si bien el tema central versó sobre el cuestionamiento de la determinación de la Sala Regional Especializada en el juicio SRE-PSC-8/2025, también es posible advertir que, como parte de su narrativa respecto a hechos sucedidos en 2018, durante la presidencia municipal de una figura política relacionada con la quejosa, mencionó que éste quería poner o posicionar a su hija.

Dichas manifestaciones corresponden a estereotipos de género que tuvieron como consecuencia el menoscabo de los derechos político-electorales de la quejosa al desacreditar su carrera política y méritos propios, al insinuar que quien impulsa su carrera es su papá, reforzando la idea de que las mujeres no pueden acceder a cargos públicos si no es por medio de padrinazgos de figuras políticas masculinas relevantes.

En consecuencia, se comparte la conclusión a la que arribó el TEV al acreditar la VPG denunciada pues las manifestaciones del denunciado excedieron el margen de la crítica a la sentencia federal y se refirió injustificadamente a la entonces candidata supeditándola a una figura masculina con poder político, invisibilizando completamente su trayectoria política.

b.     Omisión de juzgar con perspectiva intercultural

Por otra parte, el actor señala que el TEV omitió analizar el contexto sociocultural en el que se desempeña como comunicador comunitario, además, de no juzgar desde una perspectiva intercultural, a pesar de que el caso involucró el ejercicio de la comunicación comunitaria en un territorio cuya vida pública está estrechamente vinculada a prácticas, instituciones y sistemas normativos indígenas, ya que su municipio se encuentra clasificado con presencia indígena conforme al INEGI.

Por ello, considera que el TEV no debió analizar las expresiones con los parámetros aplicables a un medio de comunicación comercial sino desde un estándar intercultural.

Es ineficaz el agravio.

Lo anterior, porque la controversia no se encuentra relacionada con la afectación de derechos de algún pueblo o comunidad indígena,[10] además, el hecho de que en el municipio al que pertenece el actor exista presencia de personas indígenas resulta insuficiente para establecer que el TEV debía juzgar desde una perspectiva intercultural.

En efecto, ante la instancia local se denunciaron diversos hechos que a juicio de la quejosa constituían VPG en su contra, en el marco del proceso electoral en curso para la renovación de ediles del municipio de ****** el cual se rige por sistema de partidos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que la perspectiva intercultural implica que en los casos en que participen personas, pueblos o comunidades indígenas, deben considerarse el contexto y las particularidades culturales al momento de interpretar o definir el contenido de sus derechos en clave de diálogo intercultural, a fin de que las personas y comunidades indígenas puedan ejercer sus derechos en condiciones de igualdad.[11]

Así, no sería comprensible que los mensajes estereotipados en contra de la quejosa estuvieren justificados en un contexto cultural indígena, con independencia de que el derecho a la libre determinación de las comunidades indígenas previsto en el artículo 2º constitucional se encuentra limitado por el respeto a los derechos humanos.

        Agravios del expediente SX-JG-196/2025

a.     Indebida fundamentación y motivación porque no se consideró la reforma constitucional en materia de nepotismo, además de que 2 frases no debían considerarse como VPG

La actora considera que el TEV debió tomar en consideración la reforma constitucional que prohibió el nepotismo, por lo que, desde su perspectiva, fue incorrecto que se le sancionara por expresar sus ideas sobre un tema que el Congreso federal prohibió.

Argumenta que las manifestaciones denunciadas se realizaron en una línea discursiva y de interés público asumida por las personas legisladoras, por lo que no se realizaron con el ánimo de discriminar a persona alguna.

Aduce que, si bien la candidatura de la quejosa se registró previamente a la publicación de la reforma, el TEV debió aplicar la retroactividad de la ley en su beneficio, por lo que considera incorrecto que se le impusiera una multa por referirse a una conducta que ahora se considera ilegal.

Por otra parte, la actora manifiesta que la expresión “La estrategia es hacerse la víctima” no resulta suficiente como para estimar que se le ha discriminado o violentado de manera sustancial a la candidata denunciante ni tampoco la expresión de “Como una moda en Veracruz, varias candidatas del Partido Verde Ecologista de México utilizan el delito de violencia política y de género”.

Los agravios son ineficaces.

El 1 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, entre otros artículos, el 115 de la Constitución federal, el cual quedó de la manera siguiente:[12]

Artículo 115. ...

Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad. En ningún caso, podrá participar en la elección para la presidencia municipal, las regidurías y las sindicaturas, la persona que tenga o haya tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que esté ejerciendo la titularidad del cargo para el que se postula. (…)

Al respecto, conviene precisar que, si bien se determinó modificar el artículo de la Constitución federal referido, con la finalidad de erradicar el nepotismo electoral, lo cierto es que en el transitorio segundo del decreto de reforma, se estableció entre otras cuestiones, que la modificación al artículo 115, fracción I, párrafo primero, será aplicable a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2030.

Por lo expuesto, la actora se apoya en la premisa incorrecta de que tal disposición se encuentra en vigor y, por tanto, el TEV debió aplicar la retroactividad de la ley, ya que, como se explicó, esta disposición constitucional será aplicable hasta el 2030, con independencia de que ello no significa que esta Sala tenga por acreditado que las frases por las que fue sancionada se refieran netamente a este tema.

Por otra parte, con relación a las frases denunciadas por las que se acreditó la VPG cometida por la hoy actora que refiere en su demanda consistentes en “La estrategia es hacerse la víctima” y “Como una moda en Veracruz, varias candidatas del Partido Verde Ecologista de México utilizan el delito de violencia política y de género”, también son ineficaces porque no controvierte los razonamientos del TEV, ya que únicamente indica que no son suficientes para estimar que se le violentó o discriminó a la candidata denunciante.

Al respecto, el TEV en la resolución impugnada, precisó que dichas manifestaciones sugerían que la quejosa utiliza como “estrategia” el “hacerse la víctima” cuando existe una sentencia que acreditó la VPG y con la que se le reconoce la calidad de la víctima y, por tanto, constituía una estigmatización, culpabilización y revictimización, debido a que con dicha afirmación se invalida su experiencia y se manipula la idea para deslegitimar a las mujeres que denuncian haber sufrido violencia.

Que esas expresiones se dirigían a invalidar la experiencia vivida por la quejosa y que fue acreditada como VPG por la Sala Regional Especializada.

Ahora bien, como se indicó, la ineficacia del planteamiento recae en que la actora no combate las consideraciones del tribunal local y tampoco indica el por qué considera que con las frases denunciadas no se acredita la VPG.

Finalmente, no pasa inadvertido para esta Sala Regional que la actora señala que ella es una mujer periodista y sin el poder político y económico que tiene la candidata denunciante, por lo que el TEV tenía que ponderar dicha circunstancia y realizar una valoración con perspectiva de género a su favor.

Sin embargo, la perspectiva de género es un método de análisis que debe ser utilizado por las personas operadoras de justicia en todos aquellos casos en los que el género puede ocasionar un impacto diferenciado y, en el caso, fue precisamente después de que se implementó dicho método que se determinó que las publicaciones realizadas por la hoy actora constituían VPG, lo cual, no es controvertido frontalmente por ésta.

        Agravios del expediente SX-JDC-767/2025

a.     Indebido análisis fragmentado de las publicaciones que obvió el contexto sistemático de violencia, y

 

b.     Omisión de aplicar la eficacia refleja de la cosa juzgada derivada de la sentencia SRE-PSC-8/2025.

La actora señala que el TEV, al absolver a unas personas denunciadas y condenar a otras, romp con la unidad de la causa, a pesar de que todas formaban parte de la misma estrategia sincronizada para destruirla políticamente; por el contrario, analizó las publicaciones declaradas “inexistentes” de forma aislada entre sí y de las demás publicaciones que sí fueron sancionadas; por tanto, ignoró que todas las publicaciones eran parte de la misma estrategia sistemática que buscaba desgastarla emocionalmente y destruirla políticamente.

Además, ignoró la conexidad entre los medios de comunicación y que en la sentencia del SRE-PSC-8/2025 se estableció el “modus operandi” de este grupo en Teocelo.

En este sentido, el TEV debió sumar las publicaciones absueltas con las publicaciones graves, a fin de que se considerara como una conducta gravísima y sistemática.

Por otro lado, señala que el TEV absolvió diversas publicaciones porque no encontró insultos soeces, aunque tales publicaciones cuestionaban su autonomía y minimizaban sus logros.

Refiere que el TEV analizó los hechos denunciados como si fueran eventos primarios, ignorando que ya existía una verdad jurídica firme en el expediente SRE-PSC-8/2025 que calificaba a los mismos actores como violentadores de género bajo el mismo modus operandi.

A decir de la actora, dicha sentencia ya había determinado que el discurso de Radio Teocelo, Claudia Guerrero y sus aliados constituía VPG por estereotipos de subordinación, con lo cual, los emisores y la temática son las mismas, pero el TEV analizó las conductas desde “cero” y determinó que era libertad de expresión, con lo cual contradijo la verdad jurídica de la citada sentencia federal.

Asimismo, omitió considerar que varios de los denunciados ya habían sido sancionados en el citado expediente federal, para establecer la reincidencia, lo cual, le hubiera llevado a imponer penas más severas, como la pérdida del modo honesto de vivir o multas máximas.

Además, debió considerar que los denunciados actuaron con dolo intenso, es decir, con la intención de burlar a la autoridad y revictimizarla como una forma de vengarse de la sentencia federal anterior.

Finalmente, refiere que la omisión de aplicar la eficacia refleja impidió que se analizara como contexto que ya se había probado que la actora era víctima de una maquinaria mediática de odio.

Los argumentos de la actora son infundados.

En la sentencia controvertida se determinó que diversas publicaciones[13] se realizaron al amparo de la libertad de expresión para difundir contenidos de interés público o que no contenían algún estereotipo de género.

Lo anterior porque las publicaciones de “La Voz Xico”, de la “Asociación Veracruzana de Comunicadores Populares A.C.” consistían en una crítica a la determinación adoptada por la entonces Sala Regional Especializada en la sentencia SRE-PSC-8/2025, y que las publicaciones de "Democracia Cultural Xalapa", "Boca de Polen", "Derecho Y Soluciones del Sureste AC", "Sede Regional Xalapa de la Universidad Veracruzana intercultural", "Ojo de Agua Comunicación" y "Canto de Cenzontles" contenían muestras de solidaridad y defensa de Radio Teocelo, lo cual se corrobora con el desahogo de las publicaciones realizado durante la sustanciación del PES de origen[14] y con la reproducción de las expresiones contenidas en la propia sentencia.[15]

Asimismo, las publicaciones hechas por “EDUOAXACA.ORG” y “Radio Teocelo Oficial” difundieron una entrevista a José Elfego de Jesús Rivera en apoyo a la radio comunitaria y aquél en su calidad de fundador.

Además, las publicaciones de "sinembargo.mx", "Opciones de Oriente S.A. de C,V." o "alcalorpolitico.com" y "AvcNoticias", a "Celia Del Palacio Montiel", "CPJ.ORG" o "Committee to Protect Journalists" o "Comité para la Protección de Periodistas", "Héctor de Mauleón" ,y "Campaña GIobal por Ia Libertad de Expresión A19" o "ARTICLE I9' se trataba de notas periodísticas que daban cuenta de las reacciones de los diversos medios de comunicación, periodistas y colectivos ante la inconformidad del gremio periodístico por la sentencia de la citada Sala Regional y, aunque su contenido contenía juicios de opinión sobre nepotismo e intereses políticos y evidenciaban una relación existente familiar entre la entonces quejosa y una figura masculina, no contenían alguna manifestación que reprodujera un estereotipo de género.

Únicamente hablaban de un parentesco que motivó un debate mediático, pero sin utilizar frases o mensajes que la colocaran en un estado supeditado o dependiente a dicha figura masculina; tampoco cuestionaban las capacidades de la denunciada como funcionaria municipal, ni como candidata postulada en los distintos procesos electorales que abarca el contexto del asunto, sino más bien, referían a la posible tensión entre el poder político, la comunicación comunitaria y la libertad de expresión; por tanto, estaban amparadas bajo el ejercicio, precisamente, de la libertad de expresión.

Como se observa, el hecho de no considerar a tales publicaciones como constitutivas de VPG no se debe a que no tuvieran palabras soeces, como lo indica la promovente.

Al margen de esto, las razones del TEV no son controvertidas por la actora, sino que se centra en señalar que las mismas formaban parte de una estrategia con el propósito de afectarla políticamente; no obstante, con independencia de que por el simple contenido de las publicaciones no evidencia ese propósito, se coincide con el TEV respecto a que, más bien, se trata de posicionamientos públicos en defensa de Radio Teocelo, en su carácter de radio comunitaria que, a su juicio constituye un referente en ese ámbito, así como en favor de los demás periodistas y medios de comunicación sancionados en la citada sentencia SRE-PSC-8/2025, que propició un debate público en torno a los límites a la libertad de expresión.

En este sentido, el TEV carecía de elementos para considerar que tales publicaciones tenían el propósito de afectar a la actora en sus aspiraciones políticas, ni mucho menos, que hubieran sido producto de un acuerdo entre los citados medios de comunicación para dichos propósitos.

No pasa inadvertido que en el PES se determinó, conforme a sus respectivas comparecencias que las asociaciones Redes por la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad A.C.; Ojo de Agua Comunicación; AVC NOTICIAS; La Coperacha; Fomento Cultural y Educativo A.C. (La Voz Campesina 105.5 FM); Canto de Cenzontles y, Campaña Global por la Libertad de Expresión Al9 (ARTICLE 19), se unieron con la finalidad de formar una red de apoyo a medios de comunicación comunitarios en el marco de una reforma materia de telecomunicaciones y radiodifusión y su preocupación e inconformidad ante una determinacn judicial adoptada por el TEPJF, por el hecho de considerarla contraria a derecho y expresar que no comparten el sentido de la misma, si se analiza a la luz de otros criterios sostenidos por la propia Sala Superior del TEPJF, en relación a la libertad de expresión en contextos electorales y los elementos que se necesitan para tener por actualizada la existencia de actos constitutivos de VPG.

Sin embargo, ello no significa que ese vínculo entre las asociaciones y radiodifusoras para apoyar a Radio Teocelo estuviera motivado o tuviera algún propósito de cuestionar a la actora, sino los criterios sostenidos por la Sala Regional Especializada de este Tribunal.

En este contexto, la actora no señala –ni de los autos del expediente primigenio se advierten– los elementos que sustentan su conclusión de que tanto las publicaciones que no fueron sancionadas y las que sí lo fueron formaban parte de una sola estrategia sistemática en contra suya; por tanto, a juicio de esta Sala Regional, no hay razones para “sumar” las publicaciones que no actualizaron alguna infracción.

Adicionalmente, en la sentencia dictada por la Sala Regional SRE-PSC-8/2025, salvo Radio Teocelo, José Elfego de Jesús Rivera y Al Calor Político, no son los mismos denunciados en el PES que ahora se revisa;[16] es decir, los denunciados en el procedimiento federal no son los mismos que en el procedimiento local; por tanto, no existen bases para sostener que se trata de un mismo grupo unido por el propósito de afectar a la actora y, menos aún, que las conductas denunciadas en el PES-214/2025 obedecieron a una venganza por la sentencia federal.

Aquí, también cabe precisar que en el expediente SRE-PSC-8/2025, en ninguna forma se analizaron publicaciones atribuidas a Claudia Guerrero Martínez, ni se le menciona como denunciada o participe de VPG; por tanto, carecen de bases las afirmaciones de la parte actora de que dicha periodista incurrió en estereotipos de subordinación en dicho procedimiento y, por ello, se debió incrementar la sanción.

Finalmente, respecto de la única persona cuyas publicaciones se consideraron como infractoras por VPG, José Elfego Jesús Rivera, tanto en el citado expediente federal, como en el PES local, no se determinó que tuviera un patrón reiterativo en su comportamiento, es decir, que tuviera ese “modus operandi”, como lo refiere la actora, aunque si se tomó en cuenta este antecedente para considerarlo como reincidente, como se verá más adelante.

c.     Incorrecta individualización de la sanción porque resulta irrisoria y no garantiza la no repetición de las conductas;

d.     Incongruencia entre las sentencias TEV-PES-214/2025 y TEV-JDC-248/2025 sobre el mismo contexto fáctico a pesar de que son hechos notorios para el TEV.

La promovente señala que fue incorrecto que el TEV haya calificado las faltas como levísimas u ordinarias y con ello impuso sanciones económicas mínimas y simbólicas que no corresponden a la gravedad de la conducta, a la sistematicidad, ni a la reincidencia de los infractores.

No obstante, el TEV calificó la gravedad con el argumento de que no hubo reincidencia o su impacto fue limitado. Debió considerar que el bien jurídico consiste en el derecho de las mujeres a la participación política libre de violencia; que el propio TEV en el expediente JDC-248/2025 reconoció que la violencia menoscabó su imagen; por tanto, fue incorrecto que la falta se haya calificado como “leve”, siendo que debió calificarse como grave ordinaria o especial; además se omitió aplicar la agravante de reincidencia porque los sujetos ya habían sido sancionados previamente en el expediente SRE-PSC-8/2025, otorgándoles un beneficio indebido.

Además, el TEV debió ordenar que las disculpas públicas se difundieran mediante el pago de una pauta publicitaria o mediante el uso de tiempos del Estado para garantizar que la misma audiencia que vio el insulto viera la rectificación.

Refiere la actora que en el expediente TEV-JDC-248/2025, que es un hecho notorio para el TEV, se determinó que existió la violencia, fue grave y causó efectos; por tanto, la calificación de “levísima” es incongruente, ya que no podía calificarla así, si en el otro juicio consideró que esos mismos hechos vulneraron su esfera político-electoral.

Precisa que en el párrafo 568 de la sentencia del JDC el TEV reconoció un daño grave y efectivo a su esfera jurídica, pero en el PES calificó las faltas como levísimas u ordinarias, e incluso declaró la inexistencia de la infracción de varias publicaciones ignorando el daño establecido en el primero de los juicios.

En este sentido, señala que, si el TEV ya había reconocido el daño sustancial en el JDC, debió vincular ambos fallos, calificar las faltas del PES como graves e imponer un sanción ejemplar y severa.

Los argumentos de la promovente son ineficaces.

Tal calificativa obedece a que las premisas en que se sustenta la actora para considerar que debió aplicarse una sanción mayor son inexactas.

En efecto, contrario a lo que señala la actora, las faltas no se calificaron como leves o levísimas, sino como graves ordinarias; además sí se consideró la reincidencia de las 2 personas infractoras y, como ya quedó determinado previamente, no es posible determinar alguna sistematicidad entre las publicaciones denunciadas.

En efecto, tal como se observa en la sentencia controvertida, al calificar las faltas de José Elfego de Jesús Riveros Hernández y de Claudia Guerrero Martínez el TEV consideró:

El bien jurídico tutelado; el derecho a acceder a una vida libre de violencia por razón de género en el ejercicio de su derecho político-electoral de ser votada.

Circunstancias de modo: publicaciones en la página claudiaguerrero.mx y expresiones en una entrevista en la página del medio informativo "La Jornada Veracruz" con mensajes estereotipados al reproducir la idea de que las mujeres se encuentran supeditadas a figuras masculinas con poder político;

Circunstancias de tiempo: las publicaciones permanecieron, al menos desde 6, y 25 de mayo hasta el 4 de julio y otras del 24 y 30 de julio que no habían sido retiradas.

Lugar: en páginas electrónicas y perfiles de Facebook

Beneficio o lucro: no se acreditó algún beneficio económico;

Atenuantes o agravantes: no se consideraron circunstancias en uno u otro sentido;

Reincidencia: sí se tuvo por actualizada respecto a José Elfego de Jesús Riveros Hernández porque en la sentencia emitida por la Sala Regional Especializada en el expediente SRE-PSC-8/2025 había sido sancionado por la emisión de un spot donde se supeditó a la quejosa con relación a una figura masculina con poder político; asimismo, se tuvo por acreditada la reincidencia respecto a Claudia Guerrero Martínez, inclusive, ésta se tuvo por actualizada, no por haber cometido VPG en perjuicio de la hoy actora, sino en contra de otra persona, en el diverso expediente TEV-PES-2/2025, en el que ya se le había conminado para que incorporara la perspectiva de género, evitara un uso sexista del lenguaje, así como la reproducción de estereotipos o violencia de género, y aun así quedó acreditado que realizó publicaciones que menoscabaron la imagen pública de la denunciante.

Adicionalmente, el TEV tomó en consideración la calidad de periodistas o personas dedicadas a medios informativos y el hecho de haber sido reconocidas las publicaciones por los infractores para calificar la infracción. 

Con base en todo lo anterior, el TEV calificó la infracción como grave ordinaria y no como leve o levísima como señala la actora, aunado a que sí se consideró la reincidencia.

De igual forma, no le asiste razón respecto a que en la sentencia del TEV-JDC-248/2025 se determinó que existió la violencia, fue grave y causó efectos en su esfera político-electoral, porque, en primer lugar, el análisis en ese juicio no se refiere exclusivamente a las publicaciones de José Elfego de Jesús Riveros Hernández y Claudia Guerrero Martínez, sino a diversas publicaciones en su conjunto; además ese análisis se realizó con relación a su trascendencia en el proceso electoral y no para determinar la existencia o no de VPG y calificar la gravedad de la infracción, puesto que esto fue determinado con los elementos antes descritos en el propio PES. 

Finalmente, se considera adecuado que la publicación de las disculpas se realice en las mismas páginas electrónicas que las publicaciones constitutivas de VPG, respecto a Claudia Guerrero, y en el programa de radio “Luna llena” en el caso de José Elfego de Jesús Riveros Hernández, considerando, que estas serían las idóneas para llegar al mismo auditorio al que llegaron las publicaciones constitutivas de VPG.

Lo anterior es congruente con los precedentes de este Tribunal en los que se ha considerado que, algunos elementos para llevar a cabo una disculpa pública son: [17]

a)     Ofrecerse en propia voz de quien cometió el agravio.

b)     Hacerlo en el mismo medio en el que se cometió.

c)     En casos particulares, se debe realizar de forma genérica, es decir, sin hacer referencia de manera particular a nombres, con la finalidad de evitar revictimización.

d)     No hacer pronunciamiento, referencias, réplica o manifestaciones ajenas a lo estrictamente concerniente a la disculpa pública.

Con ello, se ha pretendido que la persona que cometió VPG tenga consciencia sobre la gravedad de la violencia que sus expresiones ejercieron contra las personas afectadas, siendo además relevante evitar la revictimización, así como que quienes hayan sido afectados reciban un reconocimiento que les restituya en el ejercicio de sus derechos político-electorales.

Como conclusión de todo lo anterior, no tienen sustento las manifestaciones de la actora respecto a que el TEV minimiza su sufrimiento y manda el mensaje de que exageró en su denuncia; valida el discurso de sus agresores y los empodera para que la sigan atacando y, con ello, el TEV incurre en violencia institucional y anula su triunfo en la sentencia SRE-PSC-8/2025 y la protección que ya había ganado.

Lo anterior, porque el hecho de que el TEV resolviera que las publicaciones en comento no configuraban VPG, de forma alguna implica una violencia institucional, en la medida que tal determinación se encuentra debidamente motivada en un análisis bajo una perspectiva de género, tanto en su contenido como en el contexto de su difusión, máxime que la sentencia local no produce ningún efecto respecto a la citada sentencia federal.

Finalmente, no pasa inadvertido que la actora aduce una indebida dilación en la sustanciación y en la resolución del JDC local, lo que, desde su perspectiva, generó una denegación de justicia.

Se desestima el argumento, porque respecto de las publicaciones motivo de estudio en la sentencia reclamada en su oportunidad se emitieron los pronunciamientos correspondientes sobre medidas cautelares, las cuales tienen la finalidad de realizar un análisis preliminar sobre la materia de controversia y, de ser procedente, evitar una afectación eminente de la presunta víctima; además, el TEV ordenó las medidas de reparación, satisfacción y de no repetición conducentes respecto a las publicaciones que si se consideraron como VPG.

        Conclusión

Al haber resultado infundados e ineficaces los agravios formulados, lo procedente es confirmar la sentencia controvertida.

Por lo expuesto y fundado, se

RESUELVE

PRIMERO. Se acumulan los juicios SX-JDC-769/2025, SX-JG-185/2025 y SX-JG-196/2025, al diverso SX-JDC-767/2025, por ser este el más antiguo. En consecuencia, agréguese copia certificada de los puntos resolutivos de la sentencia a los expedientes de los juicios acumulados

SEGUNDO. Se desecha de plano la demanda del juicio de la ciudadanía SX-JDC-769/2025.

TERCERO. Se confirma la sentencia controvertida.

NOTIFÍQUESE, como en derecho corresponda.

En su oportunidad, archívese este expediente como asunto total y definitivamente concluido y, en su caso, devuélvase las constancias originales.

Así lo resolvieron, por unanimidad las magistraturas integrantes de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral Federal ante la secretaria general de acuerdos, quien autoriza y da fe.

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con el numeral segundo del Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación 3/2020, por el que se implementa la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO ÚNICO

I.  (LINKS DESAHOGADOS POR ACTAS)[18]

 

II.  CG/SE/PES/MYCV/343/2025

III.  AC-OPLEV-OE-374-2025

 

IV.  Link 1: https://www.facebook.com/photo?fbid=1153668290134793&set=a.501886031979692 

 

 

Inserto el enlace electrónico marcado con el arábigo uno en el buscador de “Google”, “https://www.facebook.com/photo?fbid=1153668290134793&set=a.501886031979692”. El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, al centro una imagen con texto que en la parte superior tiene diversos logos cuyas características y texto que los conforman no son legibles, salvo el texto de dos al centro “Cholollan” y “107.1 FM”, debajo, un encabezado que señala “MIENTRAS SE DISCUTE UNA NUEVA LEY DE TELECOMUNICACIONES, EL COLECTIVO RADIO TEOCELO, CON MAS DE 60 AÑOS DE TRABAJO RADIOFÓNICO INDÍGENISTA, ES CRIMINALIZADO POR EJERCER UN PERIODISMO DEL PUEBLO.” Seguido del texto: “A LA DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO” “PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” “A LA LIC. ROSA ICELA RODRÍGUEZ” “TITULAR DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN” “A LOS PUEBLOS ORIGINARIOS” “AL PUEBLO DE MÉXICO” “A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN” “PRESENTE” “POR MEDIO DEL PRESENTE COMUNICADO, LAS Y LOS INTEGRANTES DE COLECTIVOS COMUNITARIOS INDÍGENAS Y AFROMEXICANOS EN TODO EL PAÍS MANIFESTAMOS LO SIGUIENTES:“EL PERIODISMO COMUNITARIO RESPONDE A CONTEXTOS Y REALIDADES SOCIALES ESPECÍFICAS, SU EXISTENCIA Y EJERCICIO CONSTITUYEN NO SOLO UNA FORMA DE COMUNICACIÓN LOCAL Y CULTURALMENTE SITUADA, SINO TAMBIÉN UNA MANIFESTACIÓN DIRECTA DEL DERECHO HUMANO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y AL ACCESO A LA INFORMACIÓN CONSAGRADOS EN LOS ARTÍCULOS 6° Y 7° DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ASÍ COMO EN DIVERSOS TRATADOS INTERNACIONALES FIRMADOS POR EL ESTADO MEXICANO” “NUESTRA LABOR PERIODISTICA SE SUSTENTA EN PRINCIPIOS DEMOCRATICOS, ÉTICOS Y EN COMPROMISO PERMANENTE CON NUESTRAS AUDIENCIAS, EN TODO MOMENTO HEMOS PRIVILEGIADO EL EJERCICIO RESPONSABLE DE LA LIBERTAD DE EXPRECION.” “DENUNCIAMOS PÚBLICAMENTE:” “QUE EL COMPAÑERO JOSÉ ELFEGO DE JESÚS RIVEROS HERNÁNDEZ, PERIODISTA, INTEGRANTE Y MIEMBRO FUNDADOR DE LA ESTACIÓN XEYTM 1490 AM, RADIO TEOCELO, ESTÁ SIENDO OBJETO DE PERSECUCIÓN JUDICIAL POR PARTE DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO (PVEM), BAJO EL ARGUMENTO DE UNA SUPUESTA VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO.” “MANIFESTAMOS NUESTRA PREOCUPACIÓN POR EL HECHO DE QUE LUGAS LEGÍTIMAS, COMO LAS IMPULSADAS POR COMPAÑERAS FEMINISTAS, ESTÉN SIENDO INSTRUMENTALIZADAS CON FINES POLÍTICOS PARA CRIMINALIZAR EL EJERCICIO DEL PERIODISMO COMUNITARIO. ESTO REPRESENTA UNA GRAVE AMENAZA A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES A LA LIBERTAD DE PRENSA, LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EL DERECHO A INFORMAR Y SER INFORMADO.” “ASIMISMO, DENUNCIAMOS CON PROFUNDA PREOCUPACIÓN QUE LA SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, QUE EN ENERO DE 2025 RESOLVIÓ A FAVOR DE LOS INTEGRANTES DE RADIO TEOCELO EN EL EXPEDIENTE SER-PSC-8/2025, HA REVOCADO INEXPLICABLEMENTE DICHA RESOLUCIÓN, OTORGANDO AHORA LA RAZÓN A LA PARTE DENUNCIANTE, MILITANTE DEL PVEM. ESTA DECISIÓN, CONTRADICTORIA E INJUSTIFICADA, EVIDENCIA UNA PREOCUPANTE FALTA DE IMPARCIALIDAD Y APUNTA A UNA POSIBLE CONCLUSIÓN ENTRE EL TRIBUNAL ELECTORAL Y ACTORES DEL PVEM. TALES ACTOS DEBILITAN GRAVEMENTE LA SEGURIDAD JURÍDICA, EROSIONAN LA CONFIANZA CIUDADANA EN LAS INSTITUCIONES ENCARGADAS DE IMPARTIR JUSTICIA Y REPRESENTAN UNA AMENAZA DIRECTA AL EJERCICIO LIBRE E INDEPENDIENTE DEL PERIODISMO COMUNITARIO.” “EN ESTE PAÍS NO SE PUEDE TOLERAR LOS CACICAZGOS, Y MUCHO MENOS QUE ESTÉN SIENDO PROTEGIDOS POR EL SISTEMA DE PARTIDOS. LA PROTECCIÓN DE INTERESES PARTICULARES POR ENCIMA DE LOS DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS Y DE QUIENES EJERCEN EL PERIODISMO DESDE Y PARA SUS COMUNIDADES ES INACEPTABLE EN UN ESTADO DEMOCRÁTICO Y DE DERECHO.” “POR LO ANTERIOR, Y CON FUNDAMENTO EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS PO EL ESTADO MEXICANO, DEMANDAMOS: “PRIMERO. QUE EL ESTADO MEXICANO GARANTICE EL PLENO EJERCICIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN PARA TODOS LOS MEDIOS COMUNITARIOS Y SUS INTEGRANTES, EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 6° CONSTITUCIONAL.” “SEGUNDO. QUE SE DICTEN MEDIDAS CAUTELARES DE PROTECCIÓN A FAVOR DE LAS Y LOS INTEGRANTES DE RADIO TEOCELO, QUIENES ENFRENTAN HOSTIGAMIENTO POLÍTICO Y JUDICIAL COMO CONSECUENCIA DEL EJERCICIO LEGÍTIMO DE SU LABOR PERIODÍSTICA.” “TERCERO. QUE LA SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CUMPLA DE MANERA ÍNTEGRA Y SIN DILACIONES SU PROPIA RESOLUCIÓN EMITIDA EN EL EXPEDIENTE SER-PSC-8/2025, GARANTIZANDO EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA Y EL RESPETO A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS Y LOS COMUNICADORES COMUNITARIOS.” “CIUDAD DE MÉXICO A 02 DE MAYO DEL 2025” “UN PUEBLO COMUNICADO ES UN PUEBLO ORGANIZADO” “¡POR LA DEFENSA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN!” Ahora bien, del lado derecho observo una imagen dentro de un círculo con colores como amarillo, verde y magenta, seguido del texto “REDES A.C.”, debajo la fecha “2 de mayo a las 6:24 p.m.” seguido de un ícono en color gris. A su vez, advierto que en la descripción se inserta la leyenda “Ver más”, por lo que conforme a lo ordenado, procedo a darle clic y se despliega el texto siguiente: “Mientras se discute una nueva ley de #telecomunicaciones y #radiodifusión, Radio Teocelo Oficial, con más de 60 años de ejercer #periodismocomunitario, enfrenta hostigamiento político y judicial. Desde radios indígenas, comunitarias y organizaciones hacemos un llamado a las autoridades correspondientes, en especial de la Sala Regional Especializada del TEPJF, a garantizar el principio de seguridad jurídica y respetar los derechos fundamentales de las y los comunicadores comunitarios.” “Radio Nanhdiá P_ de lo posible Cholollan Radio Boca de Polen Ojo de Agua Comunicación Canto de Cenzontles Estéreo Lluvia Desinformémonos Avispa Midia La Coperacha Coyotl Itinerantl”, “Ver menos” Debajo emoticonos que al pasar el cursor me muestran la leyenda “me gusta”, “me encanta” y “me enoja”, seguido del número “130”, a su derecha se advierte el número “18”, junto a un ícono en forma de globo de texto, el número “399” y una flecha que apunta de izquierda a derecha, debajo otros íconos, uno que simula una mano en puño con un dedo pulgar arriba, un globo de texto y una flecha que señala a la izquierda. Lo anterior se corrobora en las imágenes 01 a la 02 del ANEXO A.

 

 

 

Link 2: https://www.facebook.com/photo/?fbid=1261580079302862&set=a.356929876434558

 

Continuando con la diligencia procedo a insertar en el navegador la liga electrónica “https://www.facebook.com/photo/?fbid=1261580079302862&set=a.356929876434558”, que me remite a una página de internet, en la que observo una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, al centro una imagen con texto que a los extremos de la parte superior tiene dos logos, el situado en la parte superior izquierda tiene un contorno con diseño, al centro un objeto en color negro, que simula una montaña y debajo el texto “AVERCOP A.C.”, mientras que el otro es un rectángulo en fondo naranja con un dibujo de un animal en color negro, motas y líneas en color blanco, de perfil y parado en dos patas, con una tercera levantada al frente, en la parte superior la leyenda “Radio Teocelo”. En el centro el encabezado: “ASOCIACIÓN VERACRUZANA DE COMUNICADORES POPULARES, A.C.”, “Comunicación para el desarrollo”. Debajo el texto siguiente: “A NUESTRAS AUDIENCIAS” “A LA OPINIÓN PÚBLICA” “A LA COMUNIDAD DE TEOCELO” “En julio de 2024 la Presidenta de AVERCOP, Alejandra Pozos, la Directora de Radio Teocelo, Mariana Riveros y el conductor del Programa Luna Llena, Elfego Riveros, fueron notificados de la denuncia que interpuso en su contra ***** ***** ****, por supuesta violencia política en razón de género.” “Durante los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE analizó las pruebas y alegatos que presentaron ambas partes, hasta que el 14 de enero de este 2025 la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emitió la SENTENCIA correspondiente, determinando la INEXISTENCIA de la violencia política contra las mujeres en razón de género.” “Sin embargo, el pasado martes 29 de abril la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación CDMX revocó la sentencia y ordenó multas y castigos para Elfego Riveros y para Radio Teocelo.” “Aun cuando ya se está presentando un recurso de revisión, ante las instancias correspondientes, el Colectivo de Radio Teocelo y AVERCOP manifestamos lo siguiente:” “1.- Son totalmente falsas las imputaciones que hace ***** ***** **** en contra de Radio Teocelo y en especial contra Elfego Riveros, como quedó asentado en las 70 páginas de la sentencia del 14 de enero. La única prueba o argumento que esgrimió para basar su acusación, consistió en un spot de un minuto que se transmitió en el programa Luna Llena en mayo de 2024, en el que a manera de caricatura política se cuestionaban las malas prácticas de los malos políticos; como la corrupción, el nepotismo y las candidaturas plurinominales, pero sin mencionar nombres, apellidos, familias, partidos o lugares.” “2.- Si bien la denuncia contra Radio Teocelo y contra Elfego Riveros no tiene sustento legal, a pesar de la revocación de la sentencia, lo que se pretende con ello es censurar, callar, silenciar a una radio comunitaria que les estorba para sus negros intereses y malas prácticas de gobierno, como ya ocurrió en el periodo 2018-2021, cuando Mario A Chama Díaz fue alcalde de Teocelo.” “3.- Mas allá de una multa o un castigo para Radio Teocelo y Elfego Riveros, la pretensión de la denuncia de esta familia es también, como en el pasado, cortar lenguas a quienes se atrevan a ser libres e independientes en el ejercicio responsable de un periodismo crítico y con plena Libertad de Expresión, que construya comunidad libre y autónoma.” “4.- El acoso de esa misma familia llegó incluso a publicar difamaciones en contra de Elfego Riveros y Radio Teocelo, mediante columnas pagadas de medios y periodistas a modo, en las que como ahora, se trataba de confundir a las audiencias de la radio y al colectivo de la XEYT, afirmando dolosamente que la radio era un negocio personal y familiar, que desde luego sin aportar pruebas y mucho menos reconociendo que cada año AVERCOP hace público su Informe Anual de Ingresos y Egresos y que por nuestra situación fiscal ante el SAT y SHCP se nos sigue reconociendo como una DONATARIA autorizada para expedir recibos deducibles de impuestos.” “5.- Agradecemos todas las muestras de apoyo y solidaridad que se han recibido en estos días, respaldando la larga trayectoria de Radio Teocelo, así como la honestidad y el profesionalismo con que siempre se conduce el compañero Elfego Riveros, y exigimos a las autoridades de los tres niveles de gobierno las garantías plenas para seguir prestando un servicio de radiodifusión con calidad y calidez, que asegure a nuestras audiencias el Derecho a la Información y a nuestras colaboradoras y colaboradores la plena Libertad de Expresión. ¡No a la violencia política desde el poder contra nuestra radio comunitaria!” “Teocelo, Veracruz, México, a 3 de Mayo de 2025” “Día Mundial de la Libertad de Prensa” En el costado derecho observo un círculo con contorno azul que al centro muestra un logo en fondo naranja con la representación animada de un animal que se encuentra de perfil, observando a la izquierda y con una pata levantada, debajo la fecha “3 de mayo a las 1:13 p.m.” seguido de un ícono en color gris, debajo el texto: “��COMUNICADO de Radio Teocelo, en el marco del Día Mundial de la Libertad de Prensa:” "*¡NO a la violencia política desde el poder contra nuestra radio comunitaria! " "@seguidores" "@fans destacados" Continuando hacia abajo, se observan dos emoticonos que al pasar el puntero me muestran la denominación "Me gusta" y "Me encanta", seguidos del número "281", posteriormente el número "31" junto a un ícono de globo de texto y "241" junto a una flecha que apunta de izquierda a derecha, debajo otros íconos, uno que simula una mano en puño con un dedo pulgar arriba, un globo de texto y una flecha que señala a la izquierda. Asimismo, se observan los comentarios "Más relevantes" Lo anterior, se encuentra visible en las imágenes 04 y 05 del ANEXO A.

 

 

V.  Link 3: https://www.facebook.com/share/p/1G7BRmowzH/

 

Acto seguido, procedo a insertar en el navegador en enlace electrónico marcado con el número tres "https://www.facebook.com/share/p/1G7BRmowzH/”, que me remite a una página de internet, con una pestaña marcada con a letra "f' y el texto "Radio Teocelo Oficial | Faceboo", debajo observo un círculo gris con una "X" al centro, seguido de un círculo en color azul y al interior una letra "f' en su interior, y en el costado derecho se advierten íconos que al pasar el puntero muestran el texto "Menứ", "Messenger", "Notificaciones" y "Cuenta", al centro de la pantalla resalta un cuadro en color blanco con el encabezado "Publicación de Radio Teocelo Oficial, debajo un círculo con contorno azul que al centro muestra un logo en fondo naranja con la representación animada de un animal que se encuentra de perfil, observando a la izquierda y con una pata levantada, debajo la fecha "3 de mayo a las 7:18 p.m." seguido de un icono gris, debajo otro círculo en fondo rojo con una representación de una mano formada en puño con el dedo índice levantado, seguido del texto "Sin Embargo MX" con un circulo azul y un símbolo de verificación al centro en color blanco, debajo la fecha "3 de mayo a las 7:00 p.m. " seguido de un ícono gris. Debajo, se observa el texto "Criminalizan a colectivo” "Esta decisión, contradictoria e injustificada, evidencia una preocupante falta de imparcialidad y apunta a una posible colusión entre el Tribunal Electoral y actores del PVEM", apuntó el colectivo." Debajo la imagen de un inmueble con un logo que muestra la ilustración de un Tucán en color gris, sobre una hoja que descansa sobre una "V' y debajo el texto "VERDE". En la parte inferior un cintillo en color gris con el texto "SINEMBARGO. MX", "Radio Teocelo acusa persecución judicial por parte del PVEM; pide apoyo a Presidenta", debajo emoticonos que al pasar el puntero muestran la leyenda "Me gusta", "Me encanta", y "Me asombra", junto al número "93" continuando con el texto "7 comentarios 35 veces compartido", debajo unos íconos, uno que simula una mano en puño con un dedo pulgar arriba, un globo de texto y una flecha que señala a la izquierda. Seguido de un comentario señalado como "Más relevantes" Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 06 y 07 del ANEXO A.

 

 

Link 4: https://www.sinembargo.mx/4648002/radio-teocelo-acusa-persecucion-judicial-por-parte-del-pvem-pide-apoyo-a-presidenta/ 

 

Con la finalidad de continuar con la diligencia, procedo a insertar en el navegador "Google Chrome" el enlace marcado con el número cuatro: 4. "https://www.sinembargo.mx/4648002/radio-teocelo-acusa-persecucion-judicial-por-parte-del-pvem-pide-apoyo-a-presidenta/' El cual me remite a una página de internet en la que advierto una pestaña con la leyenda "Radio Teocelo acusa persecuc", debajo se advierte la representación gráfica de una mano con el dedo índice levantado, debajo el texto "sinembargo.mx" en el lado derecho la leyenda" ¡Disfrutamos la libertad!" y debajo de esta íconos en color gris, de Facebook, X, Telegram, Instagram, TikTok y YouTube, debajo el texto "CANALES DE VIDEO", seguido de una imagen de cuyo encabezado señala "Lo que dice el Reportero", en la parte central de la página se advierte el encabezado y texto siguiente: "Criminalizan a colectivo" Radio Teocelo acuse persecución judicial por parte del PVEM; pide apoyo a presidenta” Se repite la imagen representativa de una mano previamente descrita, en color blanco sobre un círculo con fondo rojo. Seguido del texto "Por Redacción/SinEmbargo" Debajo la imagen de un inmueble con un logo que muestra la ilustración de un Tucán en color gris, sobre una hoja que descansa sobre una " V" y debajo el texto "VERDE". Posteriormente un recuadro gris con "Artículos relacionados" Posteriormente, se advierte la leyenda siguiente: "El colectivo Radio Teocelo denunció ser víctima de una persecución judicial por parte del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), por lo que solicitó apoyo del Gobierno de México." "Ciudad de México, 3 de mayo (SinEmbargo). - Ante la discusión en torno a la nueva Ley de Telecomunicaciones que se lleva actualmente en el Legislativo, el colectivo radiofónico indigenista, Radio Teocelo, denunció ser víctima de persecución judicial, presuntamente impulsada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM)." "En un comunicado, la organización acusó que su colaborador José Elfego de Jesús Riveros Hernández, periodista y fundador de la estación XEYTM 1490 AM, es blanco de una persecución orquestada por el PVEM, a raíz de un supuesto acto de violencia política en razón de género que el comunicador habría ejercido en contra de una integrante del partido político." "El colectivo indicó en su mensaje que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya había resuelto en enero de este 2025 a favor de los integrantes de Radio Teocelo por el caso en cuestión; sin embargo, el Tribunal decidió revocar dicha resolución, para fallar ahora en favor del Verde Ecologista." – "Esta decisión, contradictoria e injustificada, evidencia una preocupante falta de imparcialidad y apunta a una posible colusión entre el Tribunal Electoral y actores del PVEM", apuntó el colectivo." "A raíz de ello, exigió al Gobierno de México garantizar la protección de los colectivos independientes y el respeto irrestricto a los derechos de quienes integran su proyecto de comunicación ciudadana para fortalecer el marco legal que ampara su ejercicio, cumpliendo el Artículo 6 Constitucional. "Seguido la imagen descrita en el enlace número uno, con el encabezado "MIENTRAS SE DISCUTE UNA NUEVA LEY DE TELECOMUNICACIONES, EL COLECTIVO RADIO TEOCELO, CON MAS DE 60 AÑOS DE TRABAJO RADIOFÓNICO INDÍGENISTA, ES CRIMINALIZADO POR EJERCER UN PERIODISMO DEL PUEBLO."; continuando con el desahogo del enlace en comento, se advierte el texto siguiente: «"Manifestamos nuestra preocupación por el hecho de que luchas legítimas, como las impulsadas por compañeras feministas. Estén siendo instrumentadas con fines políticos para criminalizar el ejercicio del periodismo comunitario. Esto presenta una grave amenaza a los derechos fundamentales de la libertad de prensa.", declaró Radio Teocelo en su mensaje difundido a través de redes sociales.» "Asimismo, hizo un llamado a la Administración de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo pata dictar medidas cautelares de protección a favor de las y los colaboradores de Radio Teocelo, quienes enfrentan hostigamientos políticos y judiciales durante su labor periodística." "En tanto, la radio colectiva pidió que la Sala Regional Especializada del Tribunal del Poder Judicial de la Federación cumpla de manera integra y sin diluciones su propia relación emitida en el expediente SER-PSC-8/2025, luego de provocarla de forma inexplicable." --"La organización señaló que estas acciones garantizarán el principio de seguridad jurídica y el respeto de los derechos fundamentales de las y los comunicadores comunitarios." --«"En este país no se puede tolerar los cacicazgos, y mucho menos que esté siendo por el sistema de partidos. La protección de intereses particulares por encima de los derechos colectivos de los pueblos y de quienes ejercen el Periodismo desde y para sus comunicadores es inaceptable en un estado democrático y de derecho", concluyó» Conviene precisar que dentro de la presente página se advierten diversas imágenes y publicidad. En la parte inferior de la página se repite la representación gráfica de una mano levantando el dedo índice, debajo el texto "sinembargo.mx" con los íconos de diversas redes sociales, así como diversos apartados con los encabezados "Secciones", "Somos", "Nosotros" y "Publicidad" Lo anterior se corrobora en las imágenes 08 a la 23 del ANEXO A.

 

 

Link 5: https://www.te.gob.mx/EE/SRE/2025/PSC/8/SRE 2025 PSC 8-1606482.pdf

Acto seguido seguido, procedo a insertar en el navegador el enlace marcado con el número cinco “https://www.te.gob.mx/EE/SRE/2025/PSC/8/SRE 2025 PSC 8-1606482.pdf” el cual me remite en a una página de internet cuya pestaña dice "SRE_2025_PSC_8-1606482.pdl', desplegando un documento cuyo encabezado dice "CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS" el cual consta de cuatro páginas y procedo a imprimir. Lo anterior tal y como consta en las imágenes 24, 25 y 26 y en el documento que imprimí incluirlo como ANEXO B de la presente acta.

 

VI.  CG/SE/PES/MC/346/2025

AC-OPLEV-OE-375-2025

 

Link 1: https://www.te.gob.mx/EE/SRE/2025/PSC/8/SRE_2025_PSC_8-1606482.pdf

 

Que siendo las veintitrés horas con veinte minutos inserto en el buscador de Google el segundo enlace electrónico cuya certificación me fue instruida: “https://www.te.gob.mx/EE/SRE/2025/PSC/8/SRE_2025_PSC_8-1606482.pdf”. Lo anterior tal y como consta en la IMÁGEN 13 que se agrega en el ANEXO A de la presente acta. Dicho enlace me remite a una página electrónica, en la cual advierto un archivo en PDF, que dice: “CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS” el cual consiste en ocho páginas, en la parte superior izquierda noto el texto “SER_2025_PSC_8- 1606482.pdf”, y sobre la misma línea “7/4 – 100% +”, y cuatro figuras en color blanco, seguido de tres puntos en vertical, por lo que, al tratarse de un documento, procedo a imprimirlo e integrarlo como ANEXO B de la presente acta. Lo anterior tal y como consta en la IMAGEN 14 que se agrega al ANEXO A de la presente acta. Una vez verificado lo indicado habiéndose asentado tales descripciones en el presente instrumento, como hechos que forman parte de la solicitud de Ejercicio de la Función de la Oficialía Electoral, siendo las veintitrés horas con cincuenta y cinco minutos del día seis de mayo de dos mil veinticinco, doy por terminada mi intervención.  YO, GERMÁN GERARDO LÓPEZ MORENO EN EJERCICIO DE LA FUNCIÓN DE OFICIALÍA ELECTORAL CONFORME AL OFICIO DELEGATORIO NÚMERO OPLEV/SE/2082/2025, DOY FE Y CERTIFICO: I. Que lo transcrito e inserto concuerda fiel y exactamente con lo observado en la presente diligencia, dejando constancia de ello en las 14 (catorce) imágenes que se agregan en el ANEXO A de la presente acta. II. Que el presente instrumento consta de 12 (doce) fojas útiles por el anverso, agregándose al mismo el ANEXO A constante de 7 (siete) fojas útiles por el anverso, que contienen un total de 14 (catorce) imágenes, ANEXO B consistente en un documento constante de 04 (cuatro) fojas útiles por el anverso relacionadas con el contenido descrito en la presente acta. III. Que la presente acta se emite a las catorce horas con treinta minutos del día siete de mayo de dos mil veinticinco, la cual autorizo con mi firma y el sello de oficialía electoral del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz.

 

VII.  CG/SE/PES/MYCV/453/2025

VIII.  AC-OPLEV-OE-457-2025

 

IX.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/1Bpvw7zLk8/

 

Que siendo las diez horas con diez minutos inserto en el buscador de Google el enlace electrónico cuya certificación me fue instruida: “https://www.facebook.com/share/p/1Bpvw7zLk8/”. Lo anterior tal y como consta en la IMÁGEN 01 que se agrega en el ANEXO A de la presente acta. Dicho enlace me remite a una página electrónica, que describiré de izquierda a derecha y de manera descendente lo que advierto y certifico: visualizo en la parte superior izquierda un círculo en color gris con una “X” dentro, seguido de un círculo en color azul dentro la letra “f” en color blanco, del lado superior derecho “Menú, Messenger, Notificaciones y Cuenta”. Al centro emerge una ventana de color blanco que dice en la parte superior central en letras en color negro “Publicación de la voz de Xico” Seguido de un círculo en color gris con una letra “X” en el margen izquierdo advierto un círculo con unas siluetas que no logro distinguir junto dice: “La voz de Xico” y debajo “11 de mayo a las 9:28 p.m”. Seguido de un icono de un mundo. Debajo un texto que dice: “•! TENSIÓN ELECTORAL EN TEOCELO: DENUNCIAS, MEDIOS Y POLITICA FAMILIAR EN LA ANTESALA DEL PODER (iconos)” ----------"Por Redacción La Voz de Xico" “En Teocelo, municipio con una larga tradición de participación ciudadana y comunicación comunitaria, se ha desatado una tormenta política que involucra directamente a una aspirante a la presidencia municipal, medios de comunicación locales y un conflicto legal sin precedentes. “La historia comienza en 2024, cuando Radio Teocelo, una de las emisoras comunitarias más antiguas del país, difundió un spot radiofónico en formato de Garicatura política. En el audio, de un minuto de duración, se criticaban prácticas como el nepotismo, el clientelismo y las candidaturas heredadas. Aunque el mensaje no mencionaba nombres, partidos ni localidades, no tardó en generar reacciones entre actores políticos locales."- "Poco después, ***** ***** ****, aspirante a la presidencia municipal de Teocelo por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Morena, presentó una denuncia formal por violencia política de género ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Según la denuncia, el spot y diversas publicaciones digitales constituían una campaña dirigida a desprestigiarla, menoscabando su participación en el proceso electoral por su condición de mujer." "El caso no tardó en volverse mediático. La relación familiar entre ***** ***** y su padre, Mario Antonio Chama Díaz, exalcalde del mismo municipio, reforzó las críticas sobre una posible intención de perpetuar el poder político en la familia. La narrativa creció y con ella, las acusaciones. '''La denuncia de Chama Villa apuntó directamente a: “José Elfego Riveros Hernández, conductor del programa "Luna Llena" de Radio Teocelo. ----- “Mariana Riveros Pozos, directora de la emisora. “Alejandra Pozos Vásquez, presidenta de la Asociación Veracruzana de "Comunicadores Populares (AVERCOP)."-----------Mariana Riveros Pozos, Directora de la emisora. “Alejandra Pozos Vásquez, presidenta de la Asociación Veracruzana “Comunicadores populares” (AVERCOP).” Rommel Caín Chacan Pale, director jurídico del Ayuntamiento.” “Isaac Alberto Anell Reyes, presidente municipal de Teocelo”. “Y periodistas de otros medios como Alfredo Quezada Hernández, Arturo Ángel Arellano Camarillo, María Isabel Ortega Osorio y el finado Eliseo Ignacio Tejada Olmos. "En una primera resolución emitida en enero de 2025, la Sala Regional Especializada del TEPJF concluyó que no existían elementos que acreditaran violencia política de género. Argumentó que el contenido del spot y de los textos periodísticos formaban parte del ejercicio del derecho a la libertad de expresión y al periodismo crítico." "Sin embargo, el giro vino en abril. La Sala Superior del TEPJF revocó la resolución, argumentando que sí se configuraban actos de violencia política de género. Ordenó aplicar sanciones, entre ellas multas y la emisión de disculpas públicas por parte de algunos de los señalados. ----"Radio Teocelo, respaldada por organizaciones de comunicación comunitaria y libertad de prensa, denunció que esta resolución representa una amenaza grave al periodismo independiente. "Lo que está en juego no es sólo la libertad de expresión, sino el derecho del pueblo a estar informado y a cuestionar a quienes aspiran a gobernar", declaró Mariana Riveros, directora de la emisora, en un reciente pronunciamiento. -------Este caso ha desatado un profundo debate ¿dónde termina la crítica legitima y donde comienza la violencia de género en contexto político? ¿Se está utilizando la legislación de protección n a las mujeres como herramienta para silenciar voces críticas? ------“Mientras el proceso continúa, la ciudadanía observa con atención este enfrentamiento que, más allá de nombres y colores, revela las tensiones entre poder político, comunicación comunitaria y derechos fundamentales. “Desde La Voz de Xico extendemos nuestra solidaridad con Radio Teocelo Oficial, su equipo y los periodistas involucrados. Reconocemos su trayectoria histórica como ejemplo de comunicación libre, comunitaria y al servicio del pueblo. En tiempos donde la democracia se construye desde el debate y la crítica, toda acción que busque silenciar a los medios debe ser vigilada con firmeza. La libertad de expresión no se negocia." Debajo una imagen con un fondo en color naranja el cual veo tiene en la parte superior la figura de una montaña y junto un micrófono con ondas en color rojo, seguido de un recuadro en con un delineado en color negro y naranja dentro en el cual leo: "Radio Teocelo, XEYTM" veo la figura de una pantera en color negro, la cual tiene líneas en color blanco y dice "1490 AM". En color rojo "LA VOZ DE XICO REAFIRMA SU SOLIDARIDAD CON RADIO TEOCELO", seguido veo unas ondas de color rojo, y al centro un texto donde dice "EN DEFENSA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN". ------Debajo leo del lado izquierdo: "La voz de Xico" y del lado derecho: "Enviar". Debajo advierto los emoji de "me gusta, me encanta", seguido del número "32", seguido del número "1 comentarios" y "59 veces compartido", y debajo "más pertinentes" seguido de la caja de comentarios. Lo anterior tal y como consta en la IMÁGEN de la 02 a la 04 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta. -------------------------------------------------------

CG/SE/PES/MYCV/454/2025

X.  AC-OPLEV-OE-458-2025

XI.   

XII.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/1CZXtZKHfP

 

A efecto de atender lo solicitado, inserto en el buscador de Google el enlace electrónico señalado en el acuerdo referido con el número 1, siguiente: https://www.facebook.com/share/p/1CZXtZKHfP/------ Lo anterior tal y como consta en la IMAGEN 1 que se agrega en el ANEXO A de la presente acta. ------Dicho enlace me remite a una página electrónica, en la cual observo en la parte superior izquierda un círculo de color gris y dentro de este en color blanco “X”, junto veo un círculo de color azul que en su interior contiene la letra “f” en color blanco. Al costado derecho visualizo los íconos referentes a: “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. ------ En la parte central percibo un recuadro emergente de color blanco que contiene en el extremo superior “Publicación de Democracia Cultural Xalapa”, seguido de un círculo de color gris y en su interior “X”.------ Asimismo, noto un círculo en colores blanco y negro, junto a este círculo observo en color negro “Democracia Cultural Xalapa”, debajo en color gris veo “5 de mayo a las 8:24”, seguido de un punto, del ícono de público y tres puntos de color negro. Debajo percibo en colores azul y negro el siguiente texto: “#RadioTeocelo”.------ “Radio Teocelo: voz comunitaria frente al poder político”.------ “Radio Teocelo, fundada en 1965, fue la primera emisora comunitaria de México. Durante décadas, ha trabajado con autonomía, sostenida por donaciones, promoviendo la cultura, el desarrollo sustentable y la participación ciudadana en la región cafetalera de Veracruz. Ha recibido reconocimientos nacionales e internacionales por su labor.”.------ “Hoy, Radio Teocelo enfrenta una persecución judicial que pone en riesgo no solo su existencia, sino también los principios democráticos que dice defender el Estado mexicano.”.------ “La denuncia de la emisora señala una posible colusión entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), luego de que el tribunal revocara una resolución favorable a Radio Teocelo, fallando ahora en beneficio del partido.”.------ “Esto evidencia un uso político de la justicia para acallar una voz crítica.”.------ “Lo que está en juego no es únicamente una frecuencia de radio. Está en juego el derecho de las comunidades a informarse, a generar conocimiento propio y a ejercer la crítica de forma libre. Silenciar a un medio comunitario es silenciar a una comunidad entera. Es debilitar la posibilidad de una ciudadanía activa y consciente. Por eso, visibilizar el caso de Radio Teocelo es urgente, especialmente ahora que se abre a nivel federal la discusión sobre una reforma a los medios de comunicación. Esta reforma no puede hacerse sin considerar a los medios comunitarios.”. “No puede repetir la lógica de concentración, ni permitir que actores políticos como el PVEM interfieran en espacios que deben ser independientes y autónomos.”.------ “Si se pretende garantizar el derecho a la información, deben incluirse, protegerse y fortalecerse estas voces que construyen democracia desde abajo.”.------ “Defender a Radio Teocelo hoy es defender el derecho colectivo a comunicar, a disentir y a construir un país verdaderamente plural.” “#DemocraciaCulturalXalapa”.------ Continuando observo un recuadro que contiene una imagen en la cual veo un fondo en color amarillo y sobre esta diversas figuras, al centro veo en color café la letra “S”, junto una figura en colores negro y naranja, seguido de “IDARIDAD CON RADIO”, así como “TEOCELO.”, continuando con “DEFENDAMOS LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EL DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN”.------ Debajo veo las reacciones de me gusta, me encanta y me importa, junto el número “94”, a la derecha “8 comentarios 466 veces compartido”. Asimismo, las opciones de “Me gusta”, “Comentar” y “Compartir”, seguido de una caja de comentarios.------ Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 2 y 3 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

 

 

 

Link 2: https://www.facebook.com/share/p/16QYZkYwBi/

 

A efecto de atender lo solicitado, inserto en el buscador de Google el enlace electrónico señalado en el acuerdo referido con el número 2, siguiente: https://www.facebook.com/share/p/16QYZkYwBi/------ Lo anterior tal y como consta en la IMAGEN 4 que se agrega en el ANEXO A de la presente acta. Dicho enlace me remite a una página electrónica, en la cual observo en la parte superior izquierda un círculo de color gris y dentro de este en color blanco “X”, junto veo un círculo de color azul que en su interior contiene la letra “f” en color blanco. Al costado derecho visualizo los íconos referentes a: “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. ------ En la parte central percibo un recuadro emergente de color blanco que contiene en el extremo superior “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, seguido de un círculo de color gris y en su interior “X”.------ Asimismo, noto un círculo de color naranja y dentro de este una figura de color negro, junto a este círculo observo en color negro “Radio Teocelo Oficial”, debajo en color gris veo “5 de mayo a las 3:44”, seguido de un punto, del ícono de público y tres puntos de color negro. Debajo percibo un recuadro que contiene una imagen, en donde veo un fondo en color amarillo y sobre estas diversas figuras, al centro veo en color café la letra “S”, junto una figura en colores negro y naranja, seguido de “IDARIDAD CON RADIO”, así como “TEOCELO.”, continuando con “DEFENDAMOS LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EL DERECHO AL ACCESO A LA INFORMACIÓN”.------ Asimismo, noto un círculo en colores blanco y negro, junto a este círculo observo en color negro “Democracia Cultural Xalapa”, debajo en color gris veo “5 de mayo a las 8:24”, seguido de un punto, del ícono de público y tres puntos de color negro. Debajo percibo en colores azul y negro el siguiente texto: “#RadioTeocelo”. “Radio Teocelo: voz comunitaria frente al poder político”.------ “Radio Teocelo, fundada en 1965, fue la primera emisora comunitaria de México. Durante décadas, ha trabajado con autonomía, sostenida por donaciones, promoviendo la cultura, el desarrollo sustentable y la participación ciudadana en la región cafetalera de Veracruz. Ha recibido reconocimientos nacionales e internacionales por su labor.” “Hoy, Radio Teocelo enfrenta una persecución judicial que pone en riesgo no solo su existencia, sino también los principios democráticos que dice defender el Estado mexicano.” “La denuncia de la emisora señala una posible colusión entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), luego de que el tribunal revocara una resolución favorable a Radio Teocelo, fallando ahora en beneficio del partido.” “Esto evidencia un uso político de la justicia para acallar una voz crítica.”.------ “Lo que está en juego no es únicamente una frecuencia de radio. Está en juego el derecho de las comunidades a informarse, a generar conocimiento propio y a ejercer la crítica de forma libre. Silenciar a un medio comunitario es silenciar a una comunidad entera. Es debilitar la posibilidad de una ciudadanía activa y consciente. Por eso, visibilizar el caso de Radio Teocelo es urgente, especialmente ahora que se abre a nivel federal la discusión sobre una reforma a los medios de comunicación. Esta reforma no puede hacerse sin considerar a los medios comunitarios.” “No puede repetir la lógica de concentración, ni permitir que actores políticos como el PVEM interfieran en espacios que deben ser independientes y autónomos.” “Si se pretende garantizar el derecho a la información, deben incluirse, protegerse y fortalecerse estas voces que construyen democracia desde abajo.”. “Defender a Radio Teocelo hoy es defender el derecho colectivo a comunicar, a disentir y a construir un país verdaderamente plural.” “#DemocraciaCulturalXalapa”.------ Continuando con las reacciones de me gusta y me encanta, el número “200”, a la derecha “6 comentarios 58 veces compartido”.------ Asimismo, veo las opciones de “Me gusta”, “Comentar” y “Compartir”, inferior noto una caja de comentarios.------ Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 5 y 6 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

 

XIII.  Link 3: https://www.facebook.com/radioteocelo/posts/pfbid02W2hvAtG8yDZQJoqvga3VK99NHx0A6mjyg2s5evFpa2W5pxAbopS2CyczcicYMZP51?rdid=CYxGPMn4n6E

 

A efecto de atender lo solicitado, inserto en el buscador de Google el enlace electrónico señalado en el acuerdo referido con el número 4, siguiente:------https://www.facebook.com/radioteocelo/posts/pfbid02W2hvAtG8yDZQJoqvga3VK99NHx0A6mjyg2s5evFpa2W5pxAbopS2CyczcicYMZP51?rdid=CYxGPMn4n6E------ Lo anterior tal y como consta en la IMAGEN 10 que se agrega en el ANEXO A de la presente acta. ------Dicho enlace me remite a una página electrónica, en la cual observo en la parte superior izquierda un círculo de color gris y dentro de este en color blanco “X”, junto veo un círculo de color azul que en su interior contiene la letra “f” en color blanco. Al costado derecho visualizo los íconos referentes a: “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. ------ En la parte central percibo un recuadro emergente de color blanco que contiene en el extremo superior “Publicación”, seguido de un círculo de color gris y en su interior “X”.------ Debajo veo una figura en color gris, inferior a esta noto el siguiente texto: “Esta página no está disponible en este momento”, “Puede deberse a un error técnico que estamos intentando solucionar. Vuelve a cargar la página.”. Así como, un recuadro de color azul que contiene en color blanco “Ir a la sección de noticias”, seguido de “Volver” y “IR al servicio de ayuda”.------ Lo anterior tal y como consta en la IMAGEN 11 que se agrega en el ANEXO A de la presente acta.

 

XIV.  CG/SE/PES/MYCV/474/2025

XV.  AC-OPLEV-OE-480-2025

XVI.  Link 1: https://www.facebook.com/photo?fbid=1153668290134793&set=a.501886031979692

 

Inserto el enlace electrónico marcado con el arábigo uno en el buscador de “Google” “https://www.facebook.com/photo?fbid=1153668290134793&set=a.501886031979692. el cual me remite en a una página de internet cuya pestaña dice “SRE_PSC_0008-2025”, desplegando un documento cuyo encabezado dice “PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR” con el número de expediente “SER-PSC-8/2025”, en formato “pdf”, mismo que advierto consta de sesenta y siete páginas. Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 01 a la 03 del ANEXO A, por otra parte, se agrega el documento completo como ANEXO B a la presente acta.             

 

XVII.  Link 2: https://www.facebook.com/share/p/1Nm8Lzmky4/

 

Con la finalidad de continuar con la diligencia, procedo a insertar en el navegador “Google Chrome” el enlace marcado con el número cuatro: 2 “https://www.facebook.com/share/p/1Nm8Lzmky4/”.              El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”.              En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un circulo con un fondo naranja y una figura negra al frente, seguido de “Radio Teocelo Oficial” debajo de eso dice “13 de mayo a las 9:58 a.m.” y junto el icono de “publico”,              Seguido del siguiente texto: “🔊2do COMUNICADO de Radio Teocelo.🗣 ¡NO a la violencia política desde el poder contra nuestra radio comunitaria! @seguidores @fans destacados”              . Y que con dos imágenes en las que solo logro visualizar el titulo “ASOCIACION VERACRUZANA DE COMUNICADORES POPULARES, A.C.”, a los extremos de la parte superior tiene dos logos, el situado en la parte superior izquierda tiene un contorno con diseño, al centro un objeto en color negro, que simula una montaña y debajo el texto “AVERCOP A.C.”, mientras que el otro es un rectángulo en fondo naranja con un dibujo de un animal en color negro, motas y líneas en color blanco, de perfil y parado en dos patas, con una tercera levantada al frente, en la parte superior la leyenda “Radio Teocelo”, la demás parte del texto de la imagen no logro visualizarla.              En la parte de abajo sale un cintillo que dice “Radio Teocelo Oficial, Una de las radios comunitarias pioneras en México. Nace en 1965 para ejercer…” y el icono de “WhatsApp”.              Seguido de el icono de “Me gusta”, “Me encanta” y “Me importa” junto al número “206” y al otro extremo “21 comentarios” y “90 veces compartidos”.              Debajo un cintillo con las opciones de “Me gusta”, “Comentar” y “Compartir”, siguiente la opción de “Mas relevantes” y la opción de “Escribe un comentario…”. Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 04 y 05 del ANEXO A.             

 

XVIII.   

XIX.  Link 3: https://www.facebook.com/share/p/1Nm8Lzmky4/

 

Acto seguido, procedo a insertar en el navegador en enlace electrónico marcado con el número tres “https://www.facebook.com/share/p/1Nm8Lzmky4/”.              El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”. Y lo que sale es lo mismo que ya describí en el enlace anteriormente certificado. Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 06 y 07 del ANEXO A.             

 

 

XX.  Link 4: https://www.facebook.com/share/p/15E6ndNg3i/

 

Acto seguido, procedo a insertar en el navegador en enlace electrónico marcado con el número cuatro “https://www.facebook.com/share/p/15E6ndNg3i/”. El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”.              En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un círculo con un fondo naranja y una figura negra al frente, seguido de “Radio Teocelo Oficial” debajo de eso dice “13 de mayo a las 3:53 p.m.” y junto el icono de “publico”, seguido de un texto que dice La sentencia de la Sala Especializada del TEPJF sigue causando reacciones; medios y periodistas se pronuncian.”.              Debajo otro recuadro y en la esquina superior izquierda un circulo con un fondo blanco y las letras “acp” junto “Al Calor Político” y debajo “13 de mayo a las 11:44 a.m.” junto al icono de “Público”.              Seguido de #ElPoderDeLaVerdad 🔥| Tribunal Electoral federal comete censura contra periodista Ángel Camarillo.-------------------------------------------------------------             

- Activista y periodistas se pronunciaron ante polémico fallo del TEPJF.------------------

- Según Tribunal, se cometió “violencia de género” pero “no se emitieron juicios de valor ni expresiones despectivas”, advierten.------------------------------------------------- Fallo incurre en tres errores: confunde nota informativa con columna de opinión; no distingue entre hechos y juicios editoriales.----------------------------------------------------#ChécaloEnAlCalor---------------------------------------------------------------------------Y debajo una imagen que dice “ANTE LA CENSURA DEL TEPJF, EL PERIODISMO VERACRUZANO ALZA LA VOZ los poderes de Estado, los organismos de protección de derechos humanos, las instituciones electorales, la comisión Estatal de Atención y Protección de Periodistas, las organizaciones de periodistas de Veracruz y de México, a la sociedad veracruzana:”Debajo un cintillo que dice “alcalorpolitico.com. Tribunal Electoral federal comete censura contra periodista Ángel Camarillo” Y después la opción de “Escribe un comentario…”, siguiendo con el icono de “Me gusta” y “Me encanta” junto al número “37”, “2 comentarios”, “9 veces compartido” siguiendo de las opciones de “Me gusta”, “comentar” y “Compartir” y por último los comentarios “Más relevantes”. Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 08 a la 10 del ANEXO A.------

 

XXI.  Link 5: https://www.alcalorpolitico.com/informacion/tribunal-electoral-federal-comete-censura-contra-periodista-angel-camarillo-425061.html

 

 

Acto seguido, procedo a insertar en el navegador en enlace electrónico marcado con el número cinco “https://www.alcalorpolitico.com/informacion/tribunal-electoral-federal-comete-censura-contra-periodista-angel-camarillo-425061.html. El cual me remite a una página de internet en la que advierto una pestaña con la leyenda “Tribunal Electoral federal” luego en la parte superior en medio sale en grande “alcalorpolitico.com” y “AL PODER DE LA VERDAD” después de eso de muestra un texto que dice “Escríbenos: correo@alcalorpolitico.comy los iconos de “Twitter”, “Facebook” y RSS”.----------------------------------------------------------------------Después, dos cintillos más con información de la página y publicidad. ------------------Después de ve el encabezado que dice “Tribunal Electoral federal comete censura contra periodista Ángel Camarillo”. ----------------------------------------------------------------Siguiendo con “- Activistas y periodistas se pronunciaron ante polémico fallo del TEPJF. -Según tribunal, se cometió “violencia de género" pero “no se emitieron juicios de valor ni expresiones despectivas" advierten. - Fallo incurre en tres errores: confunde nota informativa con columna de opinión; no distingue entre hechos y juicios editoriales. José Topete XALAPA, VER. 13/05/2025 ANTE LA CENSURA DEL TEPJF, EL PERIODISMO VERACRUZANO ALZA LA VOZ. A los poderes del Estado, A los organismos de protección de derechos humanos, A las instituciones electorales, A la Comisión Estatal de Atención y Protección de Periodistas A las organizaciones de periodistas de Veracruz y de México, Y a la sociedad veracruzana: Click para ver fotos “Periodistas y colectivos de Veracruz señalaron censura por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), luego de que la Sala Regional Especializada sancionó al reportero Ángel Camarillo por una nota informativa publicada tras los comicios de 2021, en la que señala el parentesco de una política con su padre. "La nota firmada por Ángel Camarillo se enmarca en un análisis informativo posterior a la jornada electoral, en el que se señalan hechos verificables como el parentesco de una candidata con un presidente municipal en funciones y el porcentaje de votación obtenido. No se emitieron juicios de valor ni expresiones despectivas que lo hagan merecedor de una sanción", expusieron. El resolutivo SRE-PSC-8/2025 reconoce que la publicación describe resultados de la elección local 2020-2021 y que menciona a familiares -hombres y mujeres- de funcionarios públicos derrotados en las urnas, sin aludir a estereotipos de género. Aun así, la Sala impuso al reportero una sanción por violencia política en razón de género, incluyendo al comunicador en el Registro Nacional de Personas Sancionadas y aplicándole una multa. Los firmantes acusaron que el fallo incurre en 3 errores: confunde una nota informativa con una columna de opinión; omite distinguir entre hechos y juicios editoriales; y atribuye erróneamente la autoría del texto a otro periodista. "Esto evidencia que no hubo un análisis riguroso del contenido y genera dudas sobre la seriedad del fallo" Por esta razón, exigieron que la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas (CEAPP) y las autoridades electorales no sólo capaciten a comunicadores en violencia política de género, sino que también se formen en derechos de libertad de expresión y en las características del trabajo informativo, pues sanciones como la impuesta en este caso evidencian desconocimiento del quehacer periodístico y generan un precedente que vulnera el debate democrático. Recordaron que el propio TEPJF, en el precedente SUP-REP-736/2022, establece que debe analizarse el contexto del discurso antes de sancionar expresiones vinculadas al debate democrático. Refirieron que la Universidad Veracruzana Intercultural (UVI) exigió a los 3 niveles de Gobierno garantizar la libertad de expresión y el derecho a la información de la comunidad" en respaldo al comunicador Elfego Riveros, incluido en el mismo procedimiento especial sancionador junto a Ángel Camarillo. La institución también rechazó "cualquier forma de violencia política y censura que busque silenciar a quienes ejercen su derecho a la crítica y la reflexión". Los firmantes señalaron que el fallo sanciona una publicación realizada 3 años antes del proceso electoral vigente, lo que calificaron como "una regla de cumplimiento imposible" que viola el principio de seguridad jurídica. Advirtieron que el caso puede leerse como una SLAPP (Strategic Lawsuit Against Public Participation), estrategia judicial para inhibir la participación pública a través de litigios. "Imponer sanciones sin comprender las dinámicas del trabajo informativo y sin considerar la desigualdad estructural entre quienes ostentan el poder y quienes informan, constituye un acto desproporcionado", afirmaron. Finalmente, llamaron a los poderes del Estado y organismos de derechos humanos a garantizar condiciones para un periodismo libre. "Reiteramos: sin prensa libre, no hay democracia". Debajo de ese texto sale una imagen con el siguiente texto “ANTE LA CENSURA DEL TEPJF, EL PERIODISMO VERACRUZANO ALZA LA VOZ A los poderes del Estado, A los organismos de protección de derechos humanos, A las instituciones electorales, A la Comisión Estatal de Atención y Protección de Periodistas, A las organizaciones de periodistas de Veracruz y de México, Y a la sociedad veracruzana: Integrantes del gremio periodístico en Veracruz nos pronunciamos en contra de la reciente resolución emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que sancionó por supuesta violencia política de género al periodista Ángel Camarillo debido a la publicación de una nota informativa basada en datos verificables, sin expresiones ofensivas ni estereotipos de género, y divulgada después de la jornada electoral de 2021. Advertimos sobre la gravedad de asentar este tipo de precedentes basados en resoluciones que vulneran el derecho a la libertad de expresión y la labor periodística, pues eliminan los contrapesos fundamentales en una democracia y colocan una mordaza sobre quienes ejercemos esta profesión. La sanción impuesta representa una amenaza directa al ejercicio del periodismo crítico y al debate público en contextos democráticos.------

Rechazamos categóricamente cualquier intento de sancionar el cumplimiento de la función periodística: informar con hechos, verificar el poder y contribuir al análisis de los procesos políticos. Una democracia sin prensa libre no es democracia.------

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sostenido que las personas que participan en asuntos de interés público, incluyendo candidaturas a cargos de elección popular, están sujetas a un mayor escrutinio social. Así lo establece expresamente en el caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica, donde se precisa que “aquellas personas que influyen en cuestiones de interés público se han expuesto voluntariamente a un escrutinio público más exigente […] ya que sus actividades salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público”.------

La nota firmada por Ángel Camarillo se enmarca en ese contexto: un análisis informativo posterior a la jornada electoral, en el que se señalan hechos verificables como el parentesco de una candidata con un presidente municipal en funciones y el porcentaje de votación obtenido. No se emitieron juicios de valor ni expresiones despectivas que lo hagan merecedor de una sanción por parte de dicho Tribunal. Destacamos que el propio resolutivo de la Sala Regional Especializada (SRE-PSC-8/2025) admite que el texto en cuestión hace referencia a los resultados de la elección local en 2020-2021, donde fueron derrotados distintos familiares (hombres y mujeres) de personas servidoras públicas, sin hacer referencia a algún estereotipo de género.------

El interés público de los contenidos publicados es incuestionable. La Corte IDH ha determinado que los medios de comunicación ejercen una función social legítima al difundir información sobre asuntos de interés colectivo, como lo son los resultados de una elección local y la postulación de familiares de funcionarios públicos. ------

En el caso Fontevecchia y D’Amico vs. Argentina, la Corte concluyó que la prensa cumple su función cuando informa sobre hechos en los que la sociedad tiene un legítimo interés de mantenerse informada, de ahí que las publicaciones sobre asuntos de interés público constituyen “un ejercicio legítimo del derecho a la libre expresión” reconocido en el artículo 13 de la Convención Americana.------

Lamentamos que la Sala haya confundido los géneros periodísticos al tratar una nota informativa como si fuera una columna de opinión, contraviniendo el estándar jurisprudencial que obliga a distinguir entre contenido factual y juicio editorial. ------

La nota firmada por Camarillo se apegó a hechos verificables a partir de la información difundida en páginas oficiales por los órganos electorales de Veracruz, sin comentarios subjetivos ni valorativos. Además, en el resolutivo de la Sala Especializada se le atribuye erróneamente la autoría a otro periodista, lo que revela la ausencia de un análisis riguroso y plantea dudas fundadas sobre la seriedad, e incluso la buena fe, con la que se impuso la sanción.------

Alzamos la voz porque las sanciones impuestas por el TEPJF no superan el test de proporcionalidad exigido por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. ------

En el caso Álvarez Ramos vs. Venezuela, la Corte determinó que “la respuesta punitiva del Estado mediante el derecho penal no es convencionalmente procedente para proteger el honor del funcionario cuando existe un interés público involucrado”. Aunque este caso no derivó en responsabilidad penal, los efectos inhibitorios de sancionar expresiones legítimas son comparables.------

El señalamiento sobre vínculos familiares entre candidatos y funcionarios no constituye, por sí mismo, violencia política en razón de género. La Sala Especializada omitió considerar que la crítica se dirigía a una práctica política (el llamado “nepotismo electoral”), no a la condición de género de la persona referida. La publicación de Camarillo también hacía alusión a otros casos —de hombres y mujeres— en situaciones similares, sin distinción discriminatoria alguna.------

Reiteramos nuestra inquietud debido a que esta resolución contribuye a un efecto amedrentador y desproporcionado sobre quienes ejercen el periodismo en Veracruz. La aplicación retroactiva de sanciones, basadas en publicaciones realizadas tres años antes del proceso electoral en curso, representa una regla de cumplimiento imposible y vulnera el principio de seguridad jurídica de los periodistas.------

En este mismo contexto, señalamos que la Universidad Veracruzana Intercultural, a través de su Sede Regional Xalapa, expresó su respaldo al periodista Elfego Riveros, conductor de Radio Teocelo, tras ser sancionado en la misma resolución que afectó a Ángel Camarillo. ------

En su pronunciamiento, la UVI exigió a las autoridades de los tres niveles de gobierno “garantizar la libertad de expresión y el derecho a la información de la comunidad”, y rechazó “cualquier forma de violencia política y censura que busque silenciar a quienes ejercen su derecho a la crítica y la reflexión”. La universidad defendió además el papel de la radiodifusión comunitaria como espacio para la construcción de ciudadanía, la democracia y la libre expresión.------

La sanción impuesta a Ángel Camarillo, así como a otros periodistas incluidos en esta resolución, puede ser interpretada como un caso de SLAPP (Strategic Litigation Against Public Participation), es decir, como una forma de utilizar herramientas judiciales para inhibir la participación crítica en asuntos de interés público. ------

El precedente SUP-REP-736/2022 del propio TEPJF establece que debe considerarse el contexto y la naturaleza del discurso antes de sancionar expresiones que forman parte del debate democrático.------

Consideramos que la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas (CEAPP) y las autoridades electorales estatales han centrado parte de sus esfuerzos en capacitar a periodistas sobre violencia política en razón de género. Sin embargo, frente a fallos como el presente, resulta evidente la urgencia de que estas instancias también exhorten a las autoridades electorales, tanto en Veracruz como en el resto del país, a capacitarse en torno al ejercicio periodístico y al valor que tiene el buen nombre en esta labor. ------

*_Imponer sanciones sin comprender las dinámicas del trabajo informativo y sin considerar la desigualdad estructural entre quienes ostentan el poder público y quienes informan desde contextos con recursos e influencias limitados, constituye un acto desproporcionado y contrario al principio de equidad en sociedades democráticas_*.------

Por todo lo anterior, hacemos un llamado a los poderes del Estado, a los organismos de derechos humanos, a los tribunales electorales y a la sociedad en su conjunto para que se garanticen las condiciones necesarias para el ejercicio libre, responsable y protegido del periodismo. Reiteramos: sin prensa libre, no hay democracia.------

Veracruz, México. Mayo de 2025------------------------------------------

Firmantes: periodistas, medios de comunicación, colectivos y ciudadanos en defensa de la libertad de expresión.------

Maryjose Huerta González-----------------------------------------------

Inés Tabal Gonzalez---------------------------------------------------

Ángel Cortés Romero--------------------------------------------------

Wilber Vázquez Alegria-------------------------------------------------

Julio Abraham Hernández-----------------------------------------------

Noemi Valdez--------------------------------------------------------

Lourdes López-------------------------------------------------------

Itzel Molina----------------------------------------------------------

Sarah Landa---------------------------------------------------------

Miguel León---------------------------------------------------------

Jair Garcia----------------------------------------------------------

Alba Valdez---------------------------------------------------------

Sandy Hernández-----------------------------------------------------

Ricardo Martinez González----------------------------------------------

Flavia Morales-------------------------------------------------------

Perla Sandoval-------------------------------------------------------

Noé Zavaleta--------------------------------------------------------

Carlos Arturo Nava Alarcón----------------------------------------------

Enrique Pompeyo-----------------------------------------------------

Nora Hernández------------------------------------------------------

Jesús Ruiz----------------------------------------------------------

Yerania García-------------------------------------------------------

Ignacio Carvajal------------------------------------------------------

Francisco de Luna Gaona-----------------------------------------------

Elías Durán García----------------------------------------------------

Ariadna García-------------------------------------------------------

Mitzi Cordero--------------------------------------------------------

Concepción Sánchez---------------------------------------------------

Saúl Ramirez--------------------------------------------------------

Karla Méndez--------------------------------------------------------

Irving Mávil----------------------------------------------------------

Karla Cancino--------------------------------------------------------

Raymundo Hernández Velasco-------------------------------------------

Luis Sigüenza--------------------------------------------------------

Celia Díaz-----------------------------------------------------------

Manuel Hernández Ortiz------------------------------------------------

Susana García Parra---------------------------------------------------

Édgar Alberto Pucheta Villegas-------------------------------------------

Gisselly Vera--------------------------------------------------------

Luis Ferrer----------------------------------------------------------

Hipólito Moreno Tapia--------------------------------------------------

Osiris Yazmin Muñoz Hernández------------------------------------------

Héctor Amador Leal---------------------------------------------------

Eladio López Hemández------------------------------------------------

Ángeles González Ceballos----------------------------------------------

Arantxa Arcos--------------------------------------------------------

Julio Ortiz-----------------------------------------------------------

Héctor Quintanar------------------------------------------------------

Yhadira Paredes------------------------------------------------------

Emilio Rodriguez Almazán-----------------------------------------------

La Asamblea Veracruzana de Iniciativas en Defensa Ambiental (LAVIDA)------------

Teresa Carbajal------------------------------------------------------

Barzón de Resistencia Civil----------------------------------------------

Fabiola Pensado Barrera------------------------------------------------

Familiares en Búsqueda Xalapa-------------------------------------------

Célula integral e independiente de Acompañantes de Búsqueda ClIAB---------------

Red Unidos por los Derechos Humanos (RUDH)-------------------------------

Oscar Espino Vásquez-------------------------------------------------

Rosa Elena Ladrón de Guevara Alafita--------------------------------------

Amairany Mora Vásquez”------------------------------------------------

En la parte inferior de la página se visualiza un apartado con el nombre de “Galerías de fotos más recientes”, así como diversos apartados con mas encabezados de noticias y publicidad.------

Lo anterior, se puede corroborar en las IMÁGENES 11 a la 42 del ANEXO A.-------

 

 

XXII.  Link 6: https://www.facebook.com/share/p/19rSW49axe/

 

Con la finalidad de continuar con la diligencia, procedo a insertar en el navegador “Google Chrome” el enlace marcado con el número seis: https://www.facebook.com/share/p/19rSW49axe/”.              El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”.              En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un círculo con un fondo naranja y una figura negra al frente, seguido de “Radio Teocelo Oficial” debajo de eso dice “13 de mayo a las 8:54 p.m.” y junto el icono de “publico”,              Acto seguido sale un recuadro se ve un circulo con un fondo gris y la letra “A” en color blanco seguido de “Avc Noticias” y debajo “13 de mayo a las 6:00 p.m.”, seguido de📢 “Sin prensa libre, no hay democracia”.              Periodistas de Veracruz alzaron la voz contra la resolución del TEPJF que sancionó al reportero Ángel Camarillo por presunta violencia política de género.              ✍️ Acusan censura, falta de rigor y uso del poder judicial para inhibir el periodismo. 📄 También se solidarizaron con Elfego Riveros, de Radio Teocelo, quien enfrenta una resolución similar.              #LibertadDeExpresión #PeriodismoLibre #Veracruz #TEPJF #Censura”               Aparece una imagen en donde se aprecia al fondo una escultura con forma de un águila con una serpiente en el pico, del lado izquierdo está en texto “RIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN” y del otro lado SALA REGIONAL XALAPA”; después tres sillas y al frente una mesa redonda con dos sillas y micrófonos.              Seguido de un cintillo que dice “AVCNOTICIAS.COM.MX              Periodistas de Veracruz acusan censura del TEPJF por sanción contra reportero – AVC Noticias.”             

Debajo el icono de “Me gusta” y el numero “34” y del otro lado “12 veces compartido” y debajo la opción de “Escribe un comentario…”              Lo anterior, se puede corroborar en las IMÁGENES 43 y 44 del ANEXO A.             

 

XXIII.  Link 7: https://www.avcnoticias.com.mx/noticias-veracruz/general/366258/periodistas-de-veracruz-acusan-censura-del-tepjf-por-sanci-in-contra-reportero.html

 

Acto seguido, procedo a insertar en el navegador en enlace electrónico marcado con el número siete “https://www.avcnoticias.com.mx/noticias-veracruz/general/366258/periodistas-de-veracruz-acusan-censura-del-tepjf-por-sanci-in-contra-reportero.html”. El cual me remite a una página de internet con el titulo de “Avc Noticias” y debajo www.avcnoticias.com.mx.------ Seguido de un cintillo con las opciones de “Inicio”, “Secciones”, “Galería”, “Columnas”, “Video” y “Contacto”.------ Seguido del encabezado “Periodistas de Veracruz acusa censura del TEPJF por sanción contra reportero”.------ Aparece una imagen en donde se aprecia al fondo una escultura con forma de un águila con una serpiente en el pico, del lado izquierdo está en texto “TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN” y del otro lado SALA REGIONAL XALAPA”; después tres sillas y al frente una mesa redonda con dos sillas y micrófonos. Seguido del siguiente texto “2025-05-13.- Periodistas y medios en Veracruz califican de censura la sanción del TEPJF al reportero Ángel Camarillo por presunta violencia política de género. Denuncian que la resolución vulnera la libertad de expresión y criminaliza el ejercicio periodístico.------ Xalapa, Ver. (AVC/Perla Sandoval) Integrantes del gremio periodístico en Veracruz se pronunciaron este martes contra la resolución de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que sancionó al reportero Ángel Camarillo por presunta violencia política en razón de género derivada de una nota informativa publicada tras la jornada electoral de 2021.------ En un comunicado conjunto, periodistas, medios de comunicación, colectivos y ciudadanos calificaron la medida como un acto de censura que vulnera la libertad de expresión y sienta un precedente preocupante contra el ejercicio periodístico.------ La nota sancionada, explicaron, no contenía expresiones ofensivas ni estereotipos de género, y se basaba en hechos verificables sobre el desempeño electoral de candidaturas relacionadas familiarmente con funcionarios públicos.------ Subrayaron que el enfoque del texto fue informativo, no editorial.------ "El señalamiento sobre vínculos familiares entre candidatos y funcionarios no constituye, por sí mismo, violencia política en razón de género", expresaron los firmantes.------ Agregaron que la resolución del TEPJF descontextualizó el género periodístico, al interpretar como agresión una cobertura que corresponde al ejercicio informativo, y, además, señalaron que la Sala atribuyó erróneamente la autoría del texto a otro periodista, lo que evidencia una falta de rigor en el fallo.------ El gremio también advirtió que esta sanción puede ser entendida como un caso de SLAPP (litigio estratégico contra la participación pública), es decir, el uso del aparato judicial para inhibir la crítica y la cobertura de asuntos de interés público.------ La resolución también implicó al periodista Elfego Riveros, de Radio Teocelo, quien enfrenta un proceso similar. En ese caso, la Universidad Veracruzana Intercultural (UVI).------ manifestó públicamente su respaldo al comunicador y exigió que se respete el derecho a la libertad de expresión, en particular de los medios comunitarios.------ "Imponer sanciones sin comprender las dinámicas del trabajo informativo, y sin considerar la desigualdad estructural entre quienes informan y quienes ostentan el poder, constituye un acto desproporcionado", advierten.------ Finalmente, hicieron un llamado a los poderes del Estado, tribunales electorales, organismos de derechos humanos y a la sociedad en general para garantizar condiciones libres, seguras y responsables para el ejercicio periodístico en Veracruz y en México.------ "Sin prensa libre, no hay democracia", concluye el pronunciamiento. ”------Seguido del apartado de “Comentarios” y “0 comentarios” y algunos apartados de publicidad.------

 

 

 

XXIV.  TOMO II

XXV.  CG/SE/PES/MYCV/478/2025

XXVI.  AC-OPLEV-OE-493-2025

 

XXVII.  Link 1: https://www.facebook.com/radioteocelo

 

Que, inserto la siguiente dirección electrónica en el buscador de “google”, “1. https://www.facebook.com/radioteocelo” Me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”. Cintillo en el que está el sitio al que fui enviado. Ahora bien, procedo a certificar la existencia y contenido de la publicación, tal y como lo refiere el acuerdo de mérito:

Círculo azul con la letra “f”, una barra con una lupa y el texto “Buscar en Facebook”, al centro hay cuatro íconos que corresponden a “Inicio”, “Amigos”, “Video”, y “Juegos”; al otro extremo hay cuatro íconos que corresponden a “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Debajo, una imagen que describiré de izquierda a derecha, veo un fondo de color azul, con figuras de estrellas y nubes, en los extremos de la parte superior veo unos recuadros con fondo de color blanco, el de la izquierda con el texto “AVERCOP AC” y el segundo con el texto “RADIO TEOCELO”. Al centro de la imagen veo el texto “RADIO TEOCELO”, debajo un círculo amarillo, y un medio círculo de color amarillo, sobre él, la figura de dos nubes, la de la izquierda con el texto “XEYTM-AM 1490 KHZ” y “XHSCMK-FM 106.5 MHZ”. Debajo observo las siluetas de una antena en color negro, y de unas montañas en color verde. Veo el texto “TEOCELO, VERACRUZ, MÉXICO, 1965-2025” Debajo veo un círculo, con una imagen de fondo de color naranja, un cuadro al centro con una silueta en color negro, debajo del texto “Radio Teocelo” Seguido veo el texto “Radio Teocelo Oficial”, debajo “25 mil seguidores” “85 seguidos”. Veo las opciones de “Llamar” “Mensaje” “Seguir” Veo un cintillo con el menú “Publicaciones”, “Información”, “Menciones”, “Opiniones”; “Reels” “Fotos” “Más”. Debajo dos recuadros, el de lado izquierdo tiene de encabezado “Detalles” y el de la derecha “Publicaciones” Lo anterior se corrobora en las imágenes 01 a la 02 del ANEXO A.

 

XXVIII.  CG/SE/PES/MYCV/498/2025

XXIX.  AC-OPLEV-OE-494-2025

 

XXX.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/

 

Que, inserto en el buscador de Google el enlace electrónico identificado con el número 1, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/ Dicho enlace, me remite a una página electrónica en la cual observo en la parte superior izquierda un circulo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, sobre la misma línea observo las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”, En la parte central observo en color negro el título de la publicación: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”. Debajo de lado izquierdo veo una foto de perfil en forma circular de color naranja, en el centro se aprecia una figura de animal en color negro, a la derecha el nombre del perfil, fecha y hora: “Radio Teocelo Oficial”, “14 de mayo a las 9:30 a.m.” seguido del icono de “Público”. Acto seguido observo una imagen con un texto que dicta a continuación: “POSICIONAMIENTO CASO RADIO TEOCELO, TEOCELO VERACRUZ, Desde la red de comunicadoras y comunicadores Boca de Polen: Rechazamos las falsas imputaciones que de manera dolosa pretenden censurar el trabajo radiofónico de más de 60 años de Radio Teocelo, que ha demostrado realizar un ejercicio responsable del periodismo critico en beneficio de su comunidad. Exigimos que se respete la libre expresión que se busca ejercer desde los medios de comunicación comunitaria, indígena y afrodescendiente y se proteja la seguridad e integridad tanto de su fundador Élfego Riveros, como la de todas y todos sus integrantes. Boca de Polen se suma a medios y organizaciones que estaremos atentas a que se asegure el bienestar de nuestra radio hermana Radio Teocelo.” Dentro de la misma imagen y debajo del texto también refiere dos figuras la primera con el texto “boca de polen” y en la segunda imagen con un micrófono dibujado y el texto “polen al aire”. ------------------ En la parte de abajo hay un circulo con borde rojo y junto el nombre de perfil que dicta “Boca de polen” y 14 de mayo a las 8:04 a.m. seguido del ícono de público, así como un texto en letras de color negro y azul que dice: “¡Aquí nuestro posicionamiento ante el caso de Radio Teocelo Oficial y el hostigamiento en contra del compañero Élfego Riveros! Consulta, descarga y comparte: https://medios.bocadepolen.org/comunicado-en-solidaridad.../”-------------Debajo del de lado izquierdo veo los símbolos de reacciones “Me gusta”, “Me encanta”, “me importa” y el número “75”, al otro extremo leo “2 comentarios 23 veces compartido”. Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”, y una caja de cometarios “más relevantes”. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 01, a la 03 que se agregan al ANEXO A de la presente acta.

 

XXXI.  Link 2: https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/

 

El enlace electrónico identificado con el número 2, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/ Me remite a una página electrónica en la cual observo en la parte superior izquierda un circulo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, sobre la misma línea observo las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. En la parte central observo en color negro el título de la publicación: “Publicación de boca de polen”. Debajo de lado izquierdo veo una foto de perfil en forma circular con su contorno de beige y contorno rojo, en el centro se aprecia unas figuras no tan visibles, a la derecha el nombre del perfil, fecha y hora: “boca de polen”, “14 de mayo a las 8:04 a.m.” seguido del icono de “Público”. En la parte de abajo veo un texto en letras de color negro y azul que dice: “¡Aquí nuestro posicionamiento ante el caso de Radio Teocelo Oficial y el hostigamiento en contra del compañero Élfego Riveros! Consulta, descarga y comparte: https://medios.bocadepolen.org/comunicado-en-solidaridad.../ Acto seguido observo una imagen con un texto que dicta a continuación: “POSICIONAMIENTO CASO RADIO TEOCELO, TEOCELO VERACRUZ, Desde la red de comunicadoras y comunicadores Boca de Polen: Rechazamos las falsas imputaciones que de manera dolosa pretenden censurar el trabajo radiofónico de más de 60 años de Radio Teocelo, que ha demostrado realizar un ejercicio responsable del periodismo critico en beneficio de su comunidad. Exigimos que se respete la libre expresión que se busca ejercer desde los medios de comunicación comunitaria, indígena y afrodescendiente y se proteja la seguridad e integridad tanto de su fundador Élfego Riveros, como la de todas y todos sus integrantes. Boca de Polen se suma a medios y organizaciones que estaremos atentas a que se asegure el bienestar de nuestra radio hermana Radio Teocelo.” Dentro de la misma imagen y debajo del texto también refiere dos figuras la primera con el texto “boca de polen” y en la segunda imagen con un micrófono dibujado y el texto “polen al aire “. ------------------Debajo del apartado de imágenes de lado izquierdo veo los símbolos de reacciones “Me gusta”, “Me encanta”, “me importa” el número “15”, al otro extremo leo “47 veces compartido”. Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 04 a la 06 que se agregan al ANEXO A de la presente acta.

 

XXXII.  Link 3: https://drive.google.com/file/d/1O_V5Y5KW5ktMG1WtoUQro7agQUg-QBhQ/view?usp=drive_link

 

El enlace electrónico identificado con el número 3, en el acuerdo anteriormente referido: https://drive.google.com/file/d/1O_V5Y5KW5ktMG1WtoUQro7agQUg-QBhQ/view?usp=drive_link Me redirige a una pantalla que describiré de manera descendente y de izquierda a derecha comenzando con una pestaña con el numero 250513_testimonio-Elfego.mp3, el interior de la pantalla es negro y en el margen superior izquierdo el icono de unos auriculares dentro de un recuadro rojo, seguido del texto: “250513_testimonio-Elfego.mp3,del otro lado el icono de “descargar”, “menú” y “acceder”. Al centro de la pantalla la imagen de unos auriculares en color gris y debajo una barra de reproducción. Dando continuidad a los solicitado procedo a reproducir el audio que tiene una duración de 2:26 (dos minutos con veintiséis segundos) y escribir lo que se escucha: Voz masculina: “Hola, ¿qué tal? Muy buenos días, les saluda Elfego Riveros a nombre del colectivo de Radio Teocelo. Me encuentro en esta mañana saliendo a la ciudad capital, Jalapa, para conversar con algunos colegas, algunos medios que junto con Radio Teocelo hemos sido denunciados por supuesta violencia política en razón de género. No hay tal, por el caso de nosotras y nosotros en esta emisora comunitaria, y sí la intención de silenciar a un medio que ha sido crítico, insumiso y que ha tratado de quitar vendas de los ojos para que la gente pueda expresarse con toda libertad y emitir los votos correspondientes en el caso de las elecciones. Está en ese contexto esta denuncia. Llevamos un año con esta situación. El propósito de quienes nos denuncian es colocarnos en un banquillo de los acusados (1:02) con orejas de burro, simbolizando que esta radio pues no es nada en relación al poder, a la riqueza, a las influencias, al amiguismo, al compadrazgo, a la

simulación, a la corrupción y eso es lo que pretenden preservar. Es una familia a la que ya conocemos porque ya gobernó Teocelo y en eso estamos con la comunidad y con las audiencias defendiendo a capa y espada la libertad de expresión, el derecho a comunicar y para que en el futuro no haya la facilidad del poder para silenciar y para castigar. Esperamos todavía que este recurso de revisión que hemos interpuesto, allá en la sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sea escuchado. Estamos solicitando audiencia para que nos escuchen y podamos desarrollar una serie de argumentos que no fueron tomados en cuenta cuando se revocó una sentencia que nos era favorable. Por lo pronto es lo que puedo decir y muchas gracias por escucharnos. Hasta la próxima y la radio comunitaria siempre insumisa”. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 07 y 08 que se agregan al ANEXO A de la presente acta.

 

XXXIII.  Link 4: https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/

 

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 4, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/ Una vez que visualizo su contenido, cerciorándome de los detalles que le acompañan, certifico que se trata de la misma publicación que, referí en las imágenes 01, 02 y 03 del ANEXO A y que corresponden al enlace electrónico https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/, el cual se encuentra identificado con el numeral 01 en el acuerdo que nos ocupa, así referido en la presente acta. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 09 a la 11 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta. Continuo con lo solicitado e inserto en el buscador de Google el enlace electrónico identificado con el número 5, en el acuerdo anteriormente referido: https://share.mayfirst.org/s/p6eMEbKm6iTi4HF. Dicho enlace, me remite a una página electrónica en la cual observo en la parte superior izquierda tres círculos de color blanco unidos por los extremos, y junto le texto que dicta: “20250513_comunicado-apoyo-Radio-teocelo_BP”, el icono “descargar” junto con la palabra” descargar” seguido de tres puntos, debajo se encuentra toda la página en color blanco, la cual describir de manera descendente de izquierda a derecha, en la parte superior izquierda el texto: “public chare”, debajo el dibujo de una “pagina”, el dibujo de un “calendario” con el texto “modificado”, luego el dibujo de una “persona” y la palabra “people”, para continuar con un listado de documentos clasificados por “nombre”, “tamaño” y “modificado”, En la parte inferior comenzando con la primera línea hay un cuadro en color azul, seguido del dibujo de una “pagina” de color azul y el texto que refiere “250513_testimonio-elfego.wav”, “tres puntos”, “13,3 MB”, “hace 5 días”, la línea inferior comienza también con un cuadro en color azul seguido de la imagen de un “documento en miniatura” con el texto “Apoyo Radio Teocelo.dox”, “tres puntos”, “28 KB”, “hace 5 días”, en la línea inferior un recuadro en color azul seguido de la imagen de un “documento en miniatura” seguido del texto “Posicionamiento_caso_Teocelo.jpg”, “tres puntos”, “903 KB”, “hace 5 días” para finalizar la página con “3 files”, “14,2 MB”. Ahora en cuanto al pie de página puedo ver el texto “Nextcloud – un lugar seguro para todos tus datos Consigue tu propia cuenta gratuita”. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 12 y 13 que se agregan al ANEXO A de la presente acta.

 

XXXIV.  Link 5: https://share.mayfirst.org/s/p6eMEbKm6iTi4HF

 

Continuo con lo solicitado e inserto en el buscador de Google el enlace electrónico identificado con el número 5, en el acuerdo anteriormente referido: https://share.mayfirst.org/s/p6eMEbKm6iTi4HF . Dicho enlace, me remite a una página electrónica en la cual observo en la parte superior izquierda tres círculos de color blanco unidos por los extremos, y junto le texto que dicta: “20250513_comunicado-apoyo-Radio-teocelo_BP”, el icono “descargar” junto con la palabra” descargar” seguido de tres puntos, debajo se encuentra toda la página en color blanco, la cual describir de manera descendente de izquierda a derecha, en la parte superior izquierda el texto: “public chare”, debajo el dibujo de una “pagina”, el dibujo de un “calendario” con el texto “modificado”, luego el dibujo de una “persona” y la palabra “people”, para continuar con un listado de documentos clasificados por “nombre”, “tamaño” y “modificado”, En la parte inferior comenzando con la primera línea hay un cuadro en color azul, seguido del dibujo de una “pagina” de color azul y el texto que refiere “250513_testimonio-elfego.wav”, “tres puntos”, “13,3 MB”, “hace 5 días”, la línea inferior comienza también con un cuadro en color azul seguido de la imagen de un “documento en miniatura” con el texto “Apoyo Radio Teocelo.dox”, “tres puntos”, “28 KB”, “hace 5 días”, en la línea inferior un recuadro en color azul seguido de la imagen de un “documento en miniatura” seguido del texto “Posicionamiento_caso_Teocelo.jpg”, “tres puntos”, “903 KB”, “hace 5 días” para finalizar la página con “3 files”, “14,2 MB”. Ahora en cuanto al pie de página puedo ver el texto “Nextcloud – un lugar seguro para todos tus datos Consigue tu propia cuenta gratuita”. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 12 y 13 que se agregan al ANEXO A de la presente acta.

 

XXXV.  Link 6: https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/

 

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 6, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/. Una vez que visualizo su contenido, cerciorándome de los detalles que le acompañan, certifico que se trata de la misma publicación que, referí en las imágenes 04, 05 y 06 del ANEXO A y que corresponden al enlace electrónico https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/, el cual se encuentra identificado con el numeral 02 en el acuerdo que nos ocupa, así referido en la presente acta. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 14 a la 16 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

 

XXXVI.  Link 7: https://share.mayfirst.org/s/p6eMEbKm6iTi4HF

 

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 7, en el acuerdo anteriormente referido: https://share.mayfirst.org/s/p6eMEbKm6iTi4HF , una vez que visualizo su contenido, cerciorándome de los detalles que le acompañan, certifico que se trata de la misma publicación que, referí en la imágenes 09 y 10 del ANEXO A y que corresponden al enlace electrónico https://share.mayfirst.org/s/p6eMEbKm6iTi4HF, el cual se encuentra identificado con el numeral 05 en el acuerdo que nos ocupa, así referido en la presente acta. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 17 y 18 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

 

XXXVII.  Link 8: https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/

 

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 8, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/  Una vez que visualizo su contenido, cerciorándome de los detalles que le acompañan, certifico que se trata de la misma publicación que, certifique y referí en la imágenes 01, 02 y 03 del ANEXO A y que corresponden al enlace electrónico https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/, el cual se encuentra identificado con el numeral 01 en el acuerdo que nos ocupa, así referido en la presente acta. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 19 a la 21 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

 

XXXVIII.  Link 9: https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/

 

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 9, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/. Una vez que visualizo su contenido, cerciorándome de los detalles que le acompañan, certifico que se trata de la misma publicación que, referí en las imágenes 04,05 y 06 del ANEXO A y que corresponden al enlace electrónico https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/, el cual se encuentra identificado con el numeral 02 en el acuerdo que nos ocupa, así referido en la presente acta. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 22, 23 Y 24 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

 

XXXIX.  Link 10: https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/especializada/SRE-PSC-0008-2025.pdf

 

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 10, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/especializada/SRE-PSC-0008-2025.pdf  Una vez que visualizo su contenido me percato que la ventana muestra un documento en PDF que describiré de manera descendente de izquierda a derecha, muestra una barra de “menú” seguido del texto “SER-PSC-0008-2025” “1/67 , -100% +” sobre la misma línea advierto un icono de “descarga”, icono de “impresión” y tres puntos posterior a ello observo un documento contante de sesenta y siete fojas el cual tiene el escudo nacional y el texto “TRIBUNAL ELECTORAL del Poder Judicial de la Federación SALA REGIONAL ESPECIALIZADA” el encabezado “PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR”, “EXPEDIENTE: SER-PSC-8/2025”, entre otros datos de identificación, el cual adjunto a la presente acta como “ANEXO B”.

 

Link 11: https://drive.google.com/file/d/1O_V5Y5KW5ktMG1WtoUQro7agQUg-QBhQ/view?usp=drive_link

 

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 11, en el acuerdo anteriormente referido: https://drive.google.com/file/d/1O_V5Y5KW5ktMG1WtoUQro7agQUg-QBhQ/view?usp=drive_link Una vez que visualizo su contenido, cerciorándome de los detalles que le acompañan, certifico que se trata de la misma publicación que referí en las imágenes 07 y 08 del ANEXO A y que corresponden al enlace electrónico https://drive.google.com/file/d/1O_V5Y5KW5ktMG1WtoUQro7agQUg-QBhQ/view?usp=drive_link, el cual se encuentra identificado con el numeral 03 en el acuerdo que nos ocupa, así referido en la presente acta. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 27 y 28 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

 

XL.  Link 12: https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/

 

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 12 en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/ . Una vez que visualizo su contenido, , cerciorándome de los detalles que le acompañan, certifico que se trata de la misma publicación que, referí en las imágenes 01, 02 y 03 del ANEXO A y que corresponden al enlace electrónico https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/, el cual se encuentra identificado con el numeral 01 en el acuerdo que nos ocupa, así referido en la presente acta. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 29 a la 31 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

XLI.   

XLII.  Link 13: https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/

 

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 13, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/ Una vez que visualizo su contenido, cerciorándome de los detalles que le acompañan, certifico que se trata de la misma publicación que, referí en las imágenes 04 ,05 y 06 del ANEXO A y que corresponden al enlace electrónico https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/, el cual se encuentra identificado con el numeral 02 en el acuerdo que nos ocupa, así referido en la presente acta. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 32, 33 Y 34 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

 

XLIII.  Link 14: https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/

 

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 14 en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/ Una vez que visualizo su contenido cerciorándome de los detalles que le acompañan, certifico que se trata de la misma publicación que, referí en las imágenes 01, 02 Y 03 del ANEXO A y que corresponden al enlace electrónico https://www.facebook.com/share/p/1587qsPiay/, el cual se encuentra identificado con el numeral 01 en el acuerdo que nos ocupa, así referido en la presente acta. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 35,36 Y 37 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

XLIV.   

XLV.  Link 15: https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/

XLVI.   

Inserto en el buscador de google el enlace electrónico identificado con el número 15, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/ Una vez que visualizo su contenido, cerciorándome de los detalles que le acompañan, certifico que se trata de la misma publicación que, referí en las imágenes 04, 05 y 06 del ANEXO A y que corresponden al enlace electrónico https://www.facebook.com/share/p/16iZ1GTFAY/, el cual se encuentra identificado con el numeral 02 en el acuerdo que nos ocupa, así referido en la presente acta. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 32 a la 34 que se agregan en el ANEXO A de la presente acta.

 

XLVII.  CG/SE/PES/MYCV/499/2025

XLVIII.  AC-OPLEV-OE-497-2025

 

XLIX.  Link 1:  https://www.facebook.com/share/p/1BbMVAZZkq/

 

Que, inserto la siguiente dirección electrónica en el buscador de “google”, 1. https://www.facebook.com/share/p/1BbMVAZZkq/ Me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Radio Teocelo Oficial | Facebo” Ahora bien, procedo a certificar la existencia y contenido de la publicación, tal y como lo refiere el acuerdo de mérito: Círculo gris con una “X”, y otro azul con la letra “f”; al otro extremo hay cuatro íconos que corresponden a “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Veo un recuadro emergente, con el encabezado “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo un círculo con fondo de color naranja, con una silueta en color negro, seguido el texto “Radio Teocelo Oficial”, la fecha “14 de mayo a las 6:45 p.m.”, y el ícono de público. De manera continua, veo un grupo de tres imágenes, las cuales procedo a describir en el orden de las manecillas del reloj, en la primera, veo un fondo blanco y el texto: “Derecho Y Soluciones Del Sureste A.C Departamento Legal. Ciudad de México, a 14 de mayo de 2025 Avenida: Reforma Número 99 Interior 788 Piso 5, CDMX C.P 06600 Alcaldía Benito Juarez. C. Presidente Carretera Picacho-Ajusco 170, Col. Ampliación Fuentes del Pedregal Tlalpan, C.P. 14110, Ciudad de México Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación” “Asunto: Carta de solidaridad con Radio Teocelo (XEYTM 1490 AM) y exigencia de cumplimiento de resolución. Por medio de la presente, Derecho Y Soluciones Del Sureste AC, a través de su Departamento Legal, expresa su más profunda solidaridad con Radio Teocelo (XEYTM 1490 AM), emisora comunitaria con 60 años de servicio en Teocelo, Veracruz, frente a la persecución judicial que enfrenta. En este contexto, solicitamos respetuosamente. al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el cumplimiento inmediato de la resolución otorgada en la Ciudad de México en el mes de enero de 2025, en favor de la emisora y de su fundador, el Lic. José Elfego de Jesús Riveros Hernández. De acuerdo con la información pública, la resolución emitida en el mes de enero, determinó la INEXISTENCIA de la violencia de género, promovida por la candidata plurinominal por el PVEM ***** ***** ****. La revocación posterior de dicha resolución por parte del TEPJF ha generado una grave afectación a los derechos. fundamentales de la emisora, incluyendo la libertad de expresión y el derecho a la información, garantizados por los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.” En la segunda, veo un fondo blanco con un texto, el cual no alcanzo a distinguir de manera clara su contenido. En la tercera, veo un fondo blanco con un texto, el cual no alcanzo a distinguir su contenido, y unas rayas. Debajo, observo un circulo con una imagen, en ella veo un punto oscuro, seguido el texto “Derecho Y Soluciones del Sureste A.C”, debajo “14 de mayo a la 1:13 p.m”, y el ícono de público. Debajo el texto: “Nuestro total apoyo y reconocimiento a Radio Teocelo Oficial Exigimos a las autoridades estatales y federales la protección y no criminalización hacia trabajadores de Radio Teocelo que durante 60 años han trabajado de manera justa y veraz por el acceso y el derecho a la información.” “#LibertadDeExpresion” “#AbusoDeAutoridad” “#RadiosComunitarias” Cintillo con los íconos de “Me gusta”, “Me encanta”, “Me importa” y el número “47”, “1 comentario” y “11 veces compartido”; también la caja de comentarios con diversos. Lo anterior se corrobora en las imágenes 01 a la 03 del ANEXO A.

L.   

LI.  Link 2: https://www.facebook.com/share/p/1BxpwWfiU4/

 

inserto la siguiente dirección electrónica en el buscador de “google”, 2. https://www.facebook.com/share/p/1BxpwWfiU4/ Me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Nuestro total apoyo y… - Dere” Ahora bien, procedo a certificar la existencia y contenido de la publicación, tal y como lo refiere el acuerdo de mérito: Círculo gris con una “X”, y otro azul con la letra “f”; al otro extremo hay cuatro íconos que corresponden a “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Veo un recuadro emergente, con el encabezado “Publicación de Derecho Y Soluciones Del Sureste A.C”, debajo observo un circulo con una imagen, en ella veo un punto oscuro, seguido el texto “Derecho Y Soluciones del Sureste A.C”, debajo “14 de mayo a la 1:13 p.m”, y el ícono de público. El texto: “Nuestro total apoyo y reconocimiento a Radio Teocelo Oficial Exigimos a las autoridades estatales y federales la protección y no criminalización hacia trabajadores de Radio Teocelo que durante 60 años han trabajado de manera justa y veraz por el acceso y el derecho a la información.” “#LibertadDeExpresion” “#AbusoDeAutoridad” “#RadiosComunitarias” De manera continua, veo un grupo de tres imágenes, las cuales procedo a describir en el orden de las manecillas del reloj, en la primera, veo un fondo blanco y el texto: “Derecho Y Soluciones Del Sureste A.C Departamento Legal. Ciudad de México, a 14 de mayo de 2025 Avenida: Reforma Número 99 Interior 788 Piso 5, CDMX C.P 06600 Alcaldía Benito Juárez. C. Presidente Carretera Picacho-Ajusco 170, Col. Ampliación Fuentes del Pedregal Tlalpan, C.P. 14110, Ciudad de México Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación” “Asunto: Carta de solidaridad con Radio Teocelo (XEYTM 1490 AM) y exigencia de cumplimiento de resolución Por medio de la presente, Derecho Y Soluciones Del Sureste AC, a través de su Departamento Legal, expresa su más profunda solidaridad con Radio Teocelo (XEYTM 1490 AM), emisora comunitaria con 60 años de servicio en Teocelo, Veracruz, frente a la persecución judicial que enfrenta. En este contexto, solicitamos respetuosamente. al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el cumplimiento inmediato de la resolución otorgada en la Ciudad de México en el mes de enero de 2025, en favor de la emisora y de su fundador, el Lic. José Elfego de Jesús Riveros Hernández. De acuerdo con la información pública, la resolución emitida en el mes de enero, determinó la INEXISTENCIA de la violencia de género, promovida por la candidata plurinominal por el PVEM ***** ***** ****. La revocación posterior de dicha resolución por parte del TEPJF ha generado una grave afectación a los derechos. fundamentales de la emisora, incluyendo la libertad de expresión y el derecho a la información, garantizados por los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.” En la segunda, veo un fondo blanco con un texto, el cual no alcanzo a distinguir de manera clara su contenido. En la tercera, veo un fondo blanco con un texto, el cual no alcanzo a distinguir si contenido, y unas rayas. Cintillo con los íconos de “Me gusta”, “Me encanta”, “Me divierte” y el número “7”, y “28 veces compartido”; también la caja de comentarios con diversos. Lo anterior se corrobora en las imágenes 04 a la 06 del ANEXO A.

 

Link 3: https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/especializada/SRE-PSC-0008-2025.pdf

 

Inserto la siguiente dirección electrónica en el buscador de “google”, “3. https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/especializada/SRE-PSC-0008-2025.pdf”. Dicho enlace me remite a una página electrónica, en la cual advierto un archivo en PDF, que consiste en una página, en la parte superior izquierda noto el texto “SER-PSC-0008-2025”, y sobre la misma línea “1/67 – 67% +”, y cuatro figuras en color blanco, seguido de tres puntos en vertical, en dicho documento en la esquina superior izquierda un símbolo, debajo el texto “TRIBUNAL ELECTORAL”, y al centro como encabezado, veo el texto “PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR”, y procedo a descargar el archivo a fin de guardarlo en un disco compacto, ANEXO B de la presente acta y consta en las imágenes 07 a la 09 que se agrega al ANEXO A de la presente acta.

 

LII.  CG/SE/PES/MYCV/501/2025

LIII.  AC-OPLEV-OE-496-2025

LIV.   

LV.  Link 1: https://www.facebook.com/UVinterculturaXalapa

 

Inserto el enlace electrónico marcado con el arábigo uno en el buscador de “Google”, “https://www.facebook.com/UVinterculturaXalapa” este me remite al sitio de internet donde visualizo en la esquina superior izquierda un icono azul con un “F” color blanco y a su lado un icono de búsqueda, en la parte de en medio están los iconos de “Inicio”, “Amigos”, “Video” y “Marketplace”, luego en la esquinasuperior derecha se ven los iconos de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta” Debajo al centro de la página se visualiza un icono de un candado y una hoja color azul con la esquina doblada, seguido de “Este contenido no está disponible en este momento. Por lo general, esto sucede porque el propietario solo compartió el contenido con un grupo reducido de personas, cambió quién puede verlo o este se eliminó.” Seguido de las opciones de “Ir a la sección de noticias”, “Volver” e “Ir al servicio de ayuda” Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 01 y 02 del ANEXO A.

 

LVI.  Link 2: https://www.facebook.com/ojodeaguatv/

 

Con la finalidad de continuar con la diligencia, procedo a insertar en el navegador “Google Chrome” el enlace marcado con el número dos: “https://www.facebook.com/ojodeaguatv/”. El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, en la parte de en medio están los iconos de “Inicio”, “Amigos”, “Video” y “Marketplace”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”. Después en la sección central superior encontramos una Imagen colorida que anuncia un evento: “El lugar que habitamos, Festival de Radio y Cine Comunitario Del 14 al 22 Nov. 2024”, • Fondo con cielo estrellado, una luna, un camino, papeles picados, una cámara con ondas sonoras, y a la derecha una ilustración de una niña sentada con trenzas, auriculares y micrófono, sobre un fondo anaranjado. Por la parte de abajo se visualiza: un logotipo circular con el texto “Ojo de Agua Comunicación”. Con un fondo color azul y café, seguido del texto “Ojo de Agua Comunicación”, debajo se indica: “11 mil Me gusta · 13 mil seguidores”. y seguido los botones: “Mensaje”, “Me gusta”, “Buscar”. Seguido las pestañas visibles son “Publicaciones”, “Información”, “Menciones”, “Opiniones”, “Reels”, “Fotos”, “Más”. Seguido del lado izquierdo un recuadro con el título “Detalles” y “Comunicación comunitaria”, debajo se ve “Página · Medio de comunicación/noticias”, “Río Atoyac 420, Col Los Ríos, Oaxaca de Juárez, Mexico.” y “Teléfono: +1 951-515-3264.” “Contacto@ojodeaguacomunicacion.org”, “ojodeaguacomununicación.org”, “Recomendado por el 100% (5 opiniones)”. Del lado derecho se observa el apartado de “Publicaciones”. Debajo el apartado de fotos. Y del lado derecho se observó el apartado de “Publicaciones”. Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 03 a la 05 del ANEXO A.

LVII.   

LVIII.  Link 3: https://www.facebook.com/radioteocelo

 

Acto seguido, procedo a insertar en el navegador en enlace electrónico marcado con el número tres “https://www.facebook.com/radioteocelo”. El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, en la parte de en medio están los iconos de “Inicio”, “Amigos”, “Video” y “Marketplace”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”. Y lo que sale es lo mismo que ya describí en el enlace anteriormente certificado. Después en la sección central superior encontramos una imagen con fondo azul degradado con ilustración de un paisaje natural: montañas verdes, nubes, aves volando y el sol saliendo detrás de una colina. Texto principal al centro: “RADIO TEOCELLO” (en letras grandes y verdes, simulando tiza). dos nubes con información de las frecuencias: izquierda: “XEYTM-AM 1490 KHZ” Derecha: “XHSCMK-FM 106.5 MHZ” Abajo: “TEOCELO, VERACRUZ, MÉXICO. 1965 –2025” Esquinas superiores: Izquierda: logotipo blanco y negro Derecha: logotipo blanco y negro con un perro negro (símbolo de la emisora). En la parte de abajo del lado izquierdo se aprecia un círculo con: fondo naranja con la silueta de un perro negro y texto: “Radio Teocelo XEYTM” a su lado aparece un texto que dice “Radio Teocelo Oficial”, abajo: “25 mil seguidores · 85 seguidos”. Y del lado derecho los botones visibles son “Llamar”, “Mensaje” y “Seguir”. Después encontramos el cintillo de menú de navegación de la página en donde encontramos las opciones de “Publicaciones”, “Información”, “Menciones”, “Opiniones”, “Reels”, “Fotos” y “Más”. Seguido en la parte izquierda se visualiza la parte de un recuadro, que es la sección de “Detalles” que tiene un texto que dice: “Una de las radios comunitarias pioneras en México. Nace en 1965 para ejercer el derecho a comunicar”, debajo “Página · Medio de comunicación/noticias” y debajo “Bernarda Soto Mercado #2, Teocelo, México”, seguido de “228 821 0047”, debajo “WhatsApp: +52 1 228 124 6179”, seguido de “radioteocelo1589”, seguido de “radioteocelo.mx”, seguido de “Abierto ahora” y al finalizar ese apartado “Recomendado por el 94% (65 opiniones)” debajo del apartado de “Detalles” sigue el aparado de “Fotos” y del lado derecho se encuentra el apartado de “Publicaciones”. Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 06 a la 08 del ANEXO A.

 

LIX.  Link 4: https://www.facebook.com/share/p/1HFrJPcDck/

 

Acto seguido, procedo a insertar en el navegador en enlace electrónico marcado con el número cuatro https://www.facebook.com/share/p/1HFrJPcDck/ El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”. En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un círculo con un fondo naranja y una figura negra al frente, seguido de “Radio Teocelo Oficial” debajo de eso dice “11 de mayo a las 8:37 p.m.” y junto el icono de “Publico”. Seguido de una imagen que en la esquina superior derecha dice “Universidad Veracruzana” y en la parte central contiene el siguiente texto: “Comunicado Sede Regional Xalapa Universidad Veracruzana Intercultural A la opinión pública y a la comunidad de Teocelo La Sede Regional Xalapa de la Universidad Veracruzana Intercultural expresa su solidaridad y apoyo a Radio Teocelo y a su conductor, Elfego Riveros, ante la situación que están enfrentando debido a la denuncia interpuesta por ***** ***** **** por supuesta violencia política en razón de género. La UV- Intercultural Sede Xalapa defiende y promueve los principios de libertad de expresión, pluralismo y diversidad en la comunicación. Consideramos que la radiodifusión comunitaria es un espacio fundamental para la construcción de ciudadanía, la promoción de la democracia y la expresión de saberes e iniciativas agroecológicas y de diversa índole. Se reconoce el valor de Radio Teocelo como un aliado importante para nuestra Sede Regional y para la Licenciatura en Agroecología y Soberanía Alimentaria. La radio ha sido un espacio para la difusión de conocimientos y experiencias en torno a la agroecología, bioculturalidad y ha contribuido a la construcción de una comunidad más informada y comprometida con el desarrollo rural sustentable. La Sede Xalapa de la UV-Intercultural exige a las autoridades de los tres niveles de gobierno que garanticen la libertad de expresión y el derecho a la información de la comunidad. Asimismo, solicitamos que se respete la autonomía y la independencia de la radiodifusión comunitaria. En este sentido, rechazamos cualquier forma de violencia política y censura que busque silenciar a quienes ejercen su derecho a la crítica y la reflexión. “Lis de Veracruz: Arte, Ciencia, Luz” Xalapa, Veracruz, México, a II de mayo de 2025.” Seguido de un cintillo que en la esquina izquierda sale un círculo con un fondo blanco y un logo verde con azul, que a su lado dice “UV-Intercultural Sede Regional Xalapa esta con Radio Teocelo Oficial” y debajo “11 de mayo a las 5:30 p.m.” y junto el icono de público, así mismo debajo un texto que dice “Comunicado”. Debajo de eso se visualizan los iconos de “Me gusta”, “Me encanta” y “Me importa” junto al número “107” y del lado derecho “1 comentario – 15 veces compartido”. Debajo un cintillo con las opciones de “Me gusta”, “Comentar” y “Compartir”, seguido de los comentarios “Mas relevantes” y la opción de “Escribe un comentario…”. Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 09 a la 11 del ANEXO A.

 

LX.  Link 5: https://www.facebook.com/share/p/1AWnBKSPUR/

 

Acto seguido, procedo a insertar en el navegador en enlace electrónico marcado con el número cinco https://www.facebook.com/share/p/1AWnBKSPUR/ El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”. En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de “Publicación de UV-Intercultural Sede Regional Xalapa”, acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un círculo con un fondo blanco y un logo verde con azul al frente, seguido de “UV-Intercultural Sede Regional Xalapa está con Radio Teocelo Oficial” debajo de eso dice “11 de mayo a las 5:30 p.m.” y junto el icono de “Publico”. Después dice “Comunicado” Seguido de una imagen que en la esquina superior derecha dice “Universidad Veracruzana” y en la parte central contiene el siguiente texto: “Comunicado Sede Regional Xalapa Universidad Veracruzana Intercultural A la opinión pública y a la comunidad de Teocelo La Sede Regional Xalapa de la Universidad Veracruzana Intercultural expresa su solidaridad y apoyo a Radio Teocelo y a su conductor, Elfego Riveros, ante la situación que están enfrentando debido a la denuncia interpuesta por ***** ***** **** por supuesta violencia política en razón de género. La UV- Intercultural Sede Xalapa defiende y promueve los principios de libertad de expresión, pluralismo y diversidad en la comunicación. Consideramos que la radiodifusión comunitaria es un espacio fundamental para la construcción de ciudadanía, la promoción de la democracia y la expresión de saberes e iniciativas agroecológicas y de diversa índole. Se reconoce el valor de Radio Teocelo como un aliado importante para nuestra Sede Regional y para la Licenciatura en Agroecología y Soberanía Alimentaria. La radio ha sido un espacio para la difusión de conocimientos y experiencias en torno a la agroecología, bioculturalidad y ha contribuido a la construcción de una comunidad más informada y comprometida con el desarrollo rural sustentable. La Sede Xalapa de la UV- Intercultural exige a las autoridades de los tres niveles de gobierno que garanticen la libertad de expresión y el derecho a la información de la comunidad. Asimismo, solicitamos que se respete la autonomía y la independencia de la radiodifusión comunitaria. En este sentido, rechazamos cualquier forma de violencia política y censura que busque silenciar a quienes ejercen su derecho a la crítica y la reflexión.  “Lis de Veracruz: Arte, Ciencia, Luz”; Xalapa, Veracruz, México, a II de mayo de 2025.” Debajo de eso se visualizan los iconos de “Me gusta”, “Me encanta” y “Me importa” junto al número “132” y del lado derecho “4 comentario – 134 veces compartido”. Y debajo un cintillo con las opciones de “Me gusta”, “Comentar” y “Compartir”, seguido de los comentarios “Mas relevantes” y la opción de “Escribe un comentario…”. Lo anterior, se puede corroborar en las IMÁGENES 12 a la 14 del ANEXO A.

 

LXI.  Link 6: https://www.facebook.com/share/p/18od2U1Cth/

 

Acto seguido, procedo a insertar en el navegador en enlace electrónico marcado con el número seis “ https://www.facebook.com/share/p/18od2U1Cth/ ” ---------------El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”. En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un círculo con un fondo naranja y una figura color negra, seguido de “Radio Teocelo Oficial” debajo de eso dice “11 de mayo a las 8:38 p.m.” y junto el icono de “Publico”. Debajo lleva una descripción que dice: ......@seguidores @fans destacados Seguido de una imagen con fondo blanco y el siguiente texto “Expresamos indignación y preocupación ante los abusos que enfrentan integrantes de nuestras organizaciones hermanas AVERCOP y Radio Teocelo, en el municipio de Teocelo, Veracruz. De manera completamente injusta se les imputan cargos de violencia política por razón de género.” Debajo del texto aparece otro texto en letras grandes que dice “OJO DE AGUA, COMUNICACIÓN” y junto una figura verde. Debajo veo un pequeño recuadro en el que en la esquina izquierda sale un círculo con el fondo azul y un círculo blanco, después sale “Ojo de Agua Comunicación está con Radio Teocelo Oficial” y debajo “11 de mayo a la 1:18 p.m.” junto al icono de público. Seguido del texto: “Expresamos indignación y preocupación ante los abusos que enfrentan integrantes de nuestras organizaciones hermanas AVERCOP y Radio Teocelo, en el municipio de Teocelo, Veracruz. De manera completamente injusta se les imputan cargos de violencia política por razón de género. Comunicado completo. http//acortar.link/cgCIAm OJO DE AGUA COMUNICACIÓN” Seguido de los iconos de “Me gusta”, “Me encanta” y “Me importa” junto al número “128” y del otro lado “21 comentarios -21 veces compartido” Debajo un cintillo con las opciones de "Me gusta", "Comentar" y "Compartir”, seguido de la parte de los comentarios "Más relevantes" y al final la opción de "Escribe un comentario...” Lo anterior, se puede corroborar en las IMAGENES 15 a la 17 del ANEXO A.-

 

LXII.  Link 7: https://www.facebook.com/share/p/1Ai4F8bMUs/

 

Con la finalidad de continuar con la diligencia, procedo a insertar en el navegador "Google Chrome" el enlace marcado con el número siete: "https://www.facebook.com/share/p/1Ai4F8bMUs/". El cual me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra "f” y el texto “Facebook", debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra "P', y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones "Menú", "Messenger", “Notificaciones”, y “Cuenta” En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de "Publicación de Ojo de Agua Comunicación", acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un círculo con el fondo azul y un círculo blanco, después sale "Ojo de Agua Comunicación está con Radio Teocelo Oficial" y debajo "11 de mayo a la 1:18 p.m." junto al icono de público.-. Seguido del texto "Expresamos indignación y preocupación ante los abusos que enfrentan integrantes de nuestras organizaciones hermanas AVERCOP y Radio Teocelo, en el municipio de Teocelo, Veracruz. De manera completamente injusta se les imputan cargos de violencia política por razón de género. Comunicado completo https://acortar.link/cqCIAm-OJO DE AGUA COMUNICACIÓN" - Seguido de una imagen con fondo blanco y el siguiente texto: "Expresamos indignación y preocupación ante los abusos que enfrentan integrantes de nuestras organizaciones hermanas AVERCOP y Radio Teocelo, en el municipio de Teocelo, Veracruz. De manera completamente injusta se les imputan cargos de violencia política por razón de género." Debajo del texto aparece otro texto en letras grandes que dice "OJO DE AGUA, COMUNICACIÓN" y junto una figura verde. En la siguiente imagen sale la continuación de ello que es un pequeño recuadro -- En la cual se ven los iconos de "Me gusta", "Me encanta" y "Me importa". Junto al 0008 número "32" y del otro lado "1 comentario - 47 veces compartido"- Debajo un cintillo con las opciones de "Me gusta", "Comentar" y "Compartir", seguido de la parte de los comentarios "Más relevantes" y al final la opción de "Escribe un comentario…” --Lo anterior, se puede corroborar en las IMÁGENES 18 a la 20 del ANEXO A.….

 

LXIII.  Link 8: https://www.te.gob.mx/EE/SRE/2025/PSC/8/SRE_2025_PSC_8-1606482.pdf

 

Acto seguido, procedo a insertar en el navegador en enlace electrónico marcado con el número ocho "https://www.te.gob.mx/EE/SRE/2025/PSC/8/SRE_2025_PSC_8-1606482.pdf - el cual me remite en a una página de internet cuya pestaña dice "SRE_2025_PSC-8-1606482.pdf”, desplegando un documento cuyo encabezado dice "CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS seguido de "PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR'" con el número de expediente "SRE-PSC-8/2025", en formato "pf", mismo que advierto consta de cuatro páginas. Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 21 a la 24 del ANEXO A, por otra parte, se agrega el documento completo como ANEXO B a la presente acta.

 

LXIV.  CG/SE/PES/MYCV/505/2025

LXV.  AC-OPLEV-OE-498-2025

 

LXVI.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/1AXwGWre78/

 

Acto seguido procedo atender lo solicitado, inserto en el buscador de Google el enlace electrónico identificado con el numeral 1, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/1AXwGWre78/” Dicho enlace, me remite a una página electrónica en la cual observo en la parte superior izquierda una cruz, un circulo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco y en la esquina superior derecha se encuentran las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Abajo hay un recuadro blanco con letras negras en la parte superior que dicen: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”. En seguida, veo la foto de perfil en la que aparece la figura de un animal de color negro dentro de un recuadro, que a su vez se encuentra en el interior de un círculo naranja. Luego, observo “14 de mayo a la 1:14 p.m.” junto al ícono de “Público”. A continuación, veo una imagen que contiene lo siguiente de izquierda a derecha en orden descendente: Primero, veo un recuadro de color morado con un círculo negro en el cual observo la cabeza de un ave de perfil en color fucsia, con la leyenda “CANTO DE CENZONTLES”, una barra negra y en color rojo “14/05/2025”. En el interior del recuadro morado leo la expresión “canto de cenzontles” y abajo veo una serie de íconos. A continuación, observo un texto el cual transcribo: Pronunciamiento de solidaridad con Radio Teocelo Desde Canto de Cenzontles enviamos toda nuestra solidaridad y cariño al equipo de Radio Teocelo y al compañero Élfego Riveros por la situación de hostigamiento que están atravesando, debido al abuso de poder en el Estado de Veracruz. Radio Teocelo es un referente en el quehacer de la comunicación comunitaria respaldada por 60 años de trabajo en el municipio de Teocelo, Veracruz, y muchas otras comunidades cercanas. Es por ello que hoy nos pronunciamos, pues nos parece indignante e injusto que se les haya imputado cargos de violencia política por razón de género cuando el trasfondo es un ataque político. Uno más de los que, a lo largo de su historia, han padecido dada su independencia política y fines apartidistas que tanto incomodan. Por tanto, exigimos a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ejerza con responsabilidad su función y respete su propia sentencia emitida el 14 de enero de 2025, donde exentaba de cualquier cargo a los compañeros de Radio Teocelo, frente a la denuncia interpuesta por la entonces candidata plurinominal del Partido Verde:***** ***** ***** ****. Desde las radios y organizaciones que nos dedicamos a la comunicación comunitaria, indígena y afrodescendiente que integramos la colectiva Canto de Cenzontles, exigimos poder ejercer nuestra labor con libertad y seguridad. Invitamos a medios de comunicación y a la sociedad en general a expresar su inconformidad y seguir con atención este hecho de claro abuso de poder y hostigamiento. ¡Nuestra admiración y apoyo siempre a la hermana Radio Teocelo! Canto de Cenzontles Whatsapp/Telegram (+52) 221-712-7818 contacto@cantodecenzontles.org www.cantodecenzontles.org A continuación, en un siguiente recuadro advierto: Un círculo con la imagen de la cabeza de un ave, junto el texto “Canto de Cenzontles” y la fecha “14 de mayo a las 12:46 p.m.” y el ícono de público. “☝️Desde Canto de Cenzontles toda nuestra solidaridad y cariño al equipo de Radio Teocelo Oficial. Exigimos cese el hostigamiento político y judicial en su contra, y que la Sala Regional Especializada del TEPJF realice sus funciones con responsabilidad. �� Invitamos a medios de comunicación y sociedad en general a seguir de cerca este hecho. Los medios comunitarios realizamos una labor social y necesitamos libertad y seguridad para poder llevarla a cabo. REDES A.C. Boca de Polen Radio Tsinaka 104.9 FM Ojo de Agua Comunicación Radio Cuenca de la Independencia Mayaaw Radio Yoltlajtoli Radio La Voz Campesina 105.5 FM SURCO AC Cesder-Prodes A.C. La Coperacha Coyotl Itinerantl Radio Nanhdiá” Luego veo el recuadro que dice “Canto de Cenzontles”, “Medio de comunicación”. “Enviar mensaje”. Debajo de la imagen veo las reacciones “Me gusta”, “Me encanta” y “55”, a la derecha “1 comentario” y “16 veces compartido”. Más abajo “Más relevantes” y una flecha que apunta hacia abajo. Lo anterior, tal y como consta en las IMÁGENES 01 a 03 del ANEXO A de la presente acta.

LXVII.   

LXVIII.  Link 2: https://www.facebook.com/share/p/1BRwLbUSFp/

 

Inserto en el buscador de Google el enlace electrónico identificado con el numeral 2, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/1BRwLbUSFp/ Dicho enlace, me remite a una página electrónica en la cual observo en la parte superior izquierda una cruz, un circulo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco y en la esquina superior derecha se encuentran las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Abajo hay un recuadro blanco con letras negras en la parte superior que dicen: “Publicación de Canto de Cenzontles”. En seguida, veo en la foto de perfil la cabeza de un ave de color fucsia con un fondo negro, que a su vez se encuentra en el interior de un círculo naranja. Luego observo “14 de mayo a las 12:46 p.m.”, un punto y el ícono de “Público”. A continuación, leo en colores negro y azul “Desde Canto de Cenzontles toda nuestra solidaridad y cariño al equipo de Radio Teocelo Oficial. Exigimos cese el hostigamiento político y judicial en su contra, y que la Sala Regional Especializada del TEPJF realice sus funciones con responsabilidad👁Invitamos a medios de comunicación y sociedad en general a seguir de cerca este hecho. Los medios comunitarios realizamos una labor social y necesitamos libertad y seguridad para poder llevarla a cabo. REDES A.C. Boca de Polen Radio Tsinaka 104.9 FM Ojo de Agua Comunicación Radio Cuenca de la Independencia Mayaaw Radio Yoltlajtoli Radio La Voz Campesina 105.5 FM SURCO AC Cesder-Prodes A.C. La Coperacha Coyotl Itinerantl Radio Nanhdiá. En seguida, veo una imagen que contiene lo siguiente de izquierda a derecha en orden descendente:               Primero, veo un recuadro de color morado con un círculo negro en el cual observo la cabeza de un ave de perfil en color fucsia, con la leyenda “CANTO DE CENZONTLES”, una barra negra y en color rojo “14/05/2025”. En el interior del recuadro morado leo la expresión “canto de cenzontles” y abajo veo una serie de figuras: la letra “f” de color morado sobre un cuadro blanco, una circunferencia blanca sobre un cuadrado blanco, un círculo con tres rayas horizontales en su interior, un rectángulo con un triángulo dentro y un círculo con la silueta de un anzuelo. A continuación, observo un texto el cual transcribo: Pronunciamiento de solidaridad con Radio Teocelo Desde Canto de Cenzontles enviamos toda nuestra solidaridad y cariño al equipo de Radio Teocelo y al compañero Elfego Riveros por la situación de hostigamiento que están atravesando, debido al abuso de poder en el Estado de Veracruz. Radio Teocelo es un referente en el quehacer de la comunicación comunitaria respaldada por 60 años de trabajo en el municipio de Teocelo, Veracruz, y muchas otras comunidades cercanas. Es por ello que hoy nos pronunciamos, pues nos parece indignante e injusto que se les haya imputado cargos de violencia política por razón de género cuando el trasfondo es un ataque político. Uno más de los que, a lo largo de su historia, han padecido dada su independencia política y fines apartidistas que tanto incomodan. Por tanto, exigimos a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ejerza con responsabilidad su función y respete su propia sentencia emitida el 14 de enero de 2025, donde exentaba de cualquier cargo a los compañeros de Radio Teocelo, frente a la denuncia interpuesta por la entonces candidata plurinominal del Partido Verde:***** ***** ***** ****.              Desde las radios y organizaciones que nos dedicamos a la comunicación comunitaria, indígena y afrodescendiente que integramos la colectiva Canto de Cenzontles, exigimos poder ejercer nuestra labor con libertad y seguridad. Invitamos a medios de comunicación y a la sociedad en general a expresar su inconformidad y seguir con atención este hecho de claro abuso de poder y hostigamiento.              ¡Nuestra admiración y apoyo siempre a la hermana Radio Teocelo! Canto de Cenzontles              Whatsapp/Telegram (+52) 221-712-7818 contacto@cantodecenzontles.org www.cantodecenzontles.org Luego veo el recuadro que dice “Canto de Cenzontles”, “Medio de comunicación”. “Enviar mensaje”. Debajo de la imagen veo las reacciones “Me gusta”, “Me encanta” y “Me importa”, “26” a la derecha “1 comentario” y “43 veces compartido”. Más abajo “Más relevantes” y una flecha que apunta hacia abajo. Lo anterior, tal y como consta en las IMÁGENES 04 a 06 del ANEXO A de la presente acta.              

 

LXIX.  Link 3: https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/especializada/SRE-PSC-0008-2025.pdf

 

 

Inserto en el buscador de Google el enlace electrónico identificado con el numeral 3, en el acuerdo anteriormente referido:----------------

https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/especializada/SRE-PSC-0008-2025.pdf ------ El citado enlace me remite en a una página de internet cuya pestaña dice “SRE_PSC_0008-2025”, desplegando un documento cuyo encabezado tiene el escudo nacional y el texto “TRIBUNAL ELECTORAL del Poder Judicial de la Federación SALA REGIONAL ESPECIALIZADA”, y el rubro “PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR” con el número de expediente “SER-PSC-8/2025”, entre otros datos de identificación, en formato “pdf”, mismo que advierto consta de sesenta y siete páginas. Lo anterior, se puede corroborar en las imágenes 07 a la 09 del ANEXO A. Por otra parte, se agrega el documento completo referido anteriormente, como ANEXO B a la presente acta.             

 

 

LXX.  CG/SE/PES/MYCV/542/2025

LXXI.  AC-OPLEV-OE-525-2025

 

LXXII.  Link 1: https://www.facebook.com/radioteocelo

 

Que, inserto la siguiente dirección electrónica en el buscador de “google”, “1. https://www.facebook.com/radioteocelo” Me dirige a una página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”. Cintillo en el que está el sitio al que fui enviado. Ahora bien, procedo a certificar la existencia y contenido de la publicación, tal y como lo refiere el acuerdo de mérito: Círculo azul con la letra “f”, una barra con una lupa y el texto “Buscar en Facebook”, al centro hay cuatro íconos que corresponden a “Inicio”, “Amigos”, “Video”, y “Juegos”; al otro extremo hay cuatro íconos que corresponden a “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Debajo, una imagen que describiré de izquierda a derecha, veo un fondo de color azul, con figuras de estrellas y nubes, en los extremos de la parte superior veo unos recuadros con fondo de color blanco, el de la izquierda con el texto “AVERCOP AC” y el segundo con el texto “RADIO TEOCELO”. Al centro de la imagen veo el texto “RADIO TEOCELO”, debajo un círculo amarillo, y un medio círculo de color amarillo, sobre él, la figura de dos nubes, la de la izquierda con el texto “XEYTM-AM 1490 KHZ” y “XHSCMK-FM 106.5 MHZ”. Debajo observo las siluetas de una antena en color negro, y de unas montañas en color verde. Veo el texto “TEOCELO, VERACRUZ, MÉXICO, 1965-2025” Debajo veo un círculo, con una imagen de fondo de color naranja, un cuadro al centro con una silueta en color negro, debajo del texto “Radio Teocelo” Seguido veo el texto “Radio Teocelo Oficial”, debajo “25 mil seguidores” “86 seguidos”. Veo las opciones de “Llamar” “Mensaje” “Seguir” Veo un cintillo con el menú “Publicaciones”, “Información”, “Menciones”, “Opiniones”; “Reels” “Fotos” “Más”. Debajo dos recuadros, el de lado izquierdo tiene de encabezado “Detalles”, debajo “Una de las radios comunitarias pioneras en México, Nace en 1965 para ejercer el derecho a comunicar”. Las viñetas: “Página · Medio de comunicación/noticias”, “Bernarda Soto Mercado #2, Teocelo, Mexico”, “228 821 0047”, “+52 1 228 124 6179”. Y el de la derecha tiene como encabezado “Publicaciones” Lo anterior se corrobora en las imágenes 01 a la 02 del ANEXO A.

LXXIII.   

LXXIV.  Link 2: https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/especializada/SRE-PSC-0008-2025.pdf

 

Que, inserto la siguiente dirección electrónica en el buscador de “google”, “6. https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/especializada/SRE-PSC-0008-2025.pdf.” Me dirige a una página de internet, hay una pestaña el texto “te.gob.mx/media/SentenciasN”. Cintillo en el que está el sitio al que fui enviado. Ahora bien, procedo a certificar la existencia y contenido de la publicación, tal y como lo refiere el acuerdo de mérito: Observo un fondo de color blanco, y el texto en la parte superior izquierda “Pagina no encontrada – 404”

LXXV.   

LXXVI.  AC-OPLEV-OE-542-2025

 

LXXVII.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/193X5oHWv8/

 

Inserto en el buscador de Google el enlace “3” electrónico identificado, en el acuerdo anteriormente referido: https://www.facebook.com/share/p/193X5oHWv8/ Ahora bien, procedo a certificar la existencia y contenido de la publicación,tal y como lo refiere el acuerdo de mérito: Sin embardo de lo instruido del acuerdo el cual menciona en caso de repetirse se certifique una vez desde este momento advierto que la liga 3, 5 y 8 se tratan de la misma por lo que respeto a esta liga la certificación que ente momento realizare corresponderá a las tres referidas por Dicho enlace, me remite a una página electrónica en la cual observo en la parte superior izquierda un círculo que contiene una “X” y un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido de cuatro opciones de navegación que ofrece la red social. Debajo un cuadro emergente con el título “Publicación de Radio Teocelo Oficial” el icono de “cerrar”. Continúo hay un círculo que tiene fondo naranja y una figura de color negro con el texto: “Radio Teocelo Oficial” “17 de mayo a las 4:17”, el icono de “Publico, “@fans destacados” y seguido de tres puntos. Seguido procedo a darle clic al video contenido y me percato que coincide plenamente con el mismo que anteriormente describí en el enlace identificado con el número dos. Debajo del video hay un circulo una figura de color rojo y el texto: “La Jornada Veracruz” “16 de mayo a las 1:43”, icono de “publico”. Cuatro opciones que ofrece la red social para la navegación de esta. Seguido del texto: “La radio comunitaria Radio Teocelo Oficial enfrenta una denuncia por supuesta violencia política de género, interpuesta por una candidata. Elfego Riveros denuncia un intento de silenciar la crítica y criminalizar el periodismo independiente. Preocupa que una herramienta legítima para defender a las mujeres sea usada con fines políticos para callar voces incómodas. #RadioTeocelo #LibertadDeExpresión #NoALaCensura #PeriodismoIndependiente #Veracruz #PorqueAlguienTieneQueDecirlo Debajo las reacciones “me gusta”, “me encanta”, “82”, “3 compartidos”, “40 veces compartido”. Cintilla de tres opciones que ofrece la red social para la navegación de esta y la caja de comentarios, con “mas relevantes”. Lo anterior tal y como consta en las IMÁGENES 04 a la 06, de la 10 a la 12 y de la 16 a la 18 que se agregan al ANEXO A de la presente acta.

LXXVIII.   

LXXIX.  CG/SE/PES/MYCV/582/2025

LXXX.  ACTA: AC-OPLEV-OE-556-2025

 

LXXXI.  Link 1: https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/especializada/SRE-PSC-0008-2025.pdf

 

El citado enlace me remite en a una página de internet cuya pestaña dice “SRE_PSC_0008-2025”, desplegando un documento cuyo encabezado tiene el escudo nacional y el texto “TRIBUNAL ELECTORAL del Poder Judicial de la Federación SALA REGIONAL ESPECIALIZADA”, y el rubro “PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR” con el número de expediente “SRE-PSC-8/2025”, entre otros datos de identificación, en formato “pdf”, mismo que advierto consta de sesenta y siete páginas.

 

LXXXII.  Link 2: https://www.facebook.com/share/p/1HAcdpKAPS/ 

 

Este enlace, me remite a una página electrónica en la cual observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco; a la derecha, las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Abajo aparece un recuadro blanco con la leyenda en negro “Publicación de Radio Teocelo Oficial”.  Debajo, veo una foto de perfil en la que aparece una figura en color negro con un fondo naranja. Luego “Radio Teocelo Oficial”, abajo, dice “19 de mayo a las 7:18 p.m.”, un punto y el ícono de “Público”. Inmediatamente, veo una imagen en blanco y negro compuesta por varios elementos: la fachada de una casa con dos ventanas y una puerta en el centro, la silueta de la mitad de una persona del lado izquierdo, un tripié que sostiene na cámara de video, una persona con ropa oscura sentada al frente de la vivienda y abajo la leyenda “TCG+00:00:00;18”, seguida de una “i” en un círculo blanco. Más abajo, en un recuadro gris, leo “EDUCAOAXACA.ORG  Caciques veracruzanos buscan silenciar a Radio Teocelo, referente en comunicación comunitaria – EDUCA”  Abajo, las reacciones “Me gusta”, “Me encanta” y “Me enoja”, el número “38” y “21 veces compartido.”. Más abajo, las opciones “Me gusta”, “Comentar” y “Compartir”, con sus respectivos íconos.

 

LXXXIII.  Link 3: https://www.facebook.com/share/p/19Rv9rNN23/  

 

Observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco; a la derecha, las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”.  Abajo aparece un recuadro blanco con la leyenda en negro “Publicación de Radio Teocelo Oficial”.  Debajo, veo una foto de perfil en la que aparece una figura en color negro con un fondo naranja. Luego “Radio Teocelo Oficial”, abajo, dice “18 de mayo a las 10:48 a .m.”, un punto y el ícono de “Público”.  Inmediatamente, veo la imagen de la portada del periódico “La Jornada Veracruz” fecha “18 de mayo de 2025” en “Xalapa”, cuya “directora general” es “Carmel Lira” y “director” “Tulio Moreno Reyes”. En la citada portada, resalta el encabezado “Asedian caciques y partidos políticos a Radio Teocelo: ERH”. Arriba del mismo leo, “Por criticar nepotismo, candidata de PVEM-Morena va contra medio”, mientras que las líneas abajo del titular dicen “Magistrados revocan denuncia desechada por supuesta violencia política de género. Condena Article 19 sanción del TEPJF a periodista; usa legislación para censurar. TULIO MORENO REYES Y AGENCIAS. 4 y 5”.  Otras expresiones que destacan expresan lo siguiente: “Abre SEV su convocatoria de promoción horizontal. Confirma gobernadora refuerzo a la seguridad con mil agentes de la FGR. DE LA REDACCIÓN. 4”, la cual se encuentra debajo de la fotografía de una persona que viste camisa clara, corbata roja y pantalón verde, con fondo rojo.  Luego dice “Error en envío de papeletas no compromete el proceso: OPLE. AGENCIAS. 3”.  Más abajo, “Por la falta de agua, cierran Ruiz Cortínes en Xalapa. Llevan 15 días sin abasto en colonias Tamborrel y Ferrer Guardia, aseguran. AGENCIAS. 2”. Esto último, seguido de un código QR  Al centro de la portada, hay una fotografía en la que aparecen tres personas de cabello largo de espalda con playeras color naranja sentadas sobre sillas negras con cajas blancas sobre una mesa al frente de ellas. A un costado de la imagen, hay otra persona de cabello largo con camisa blanca y al fondo veo las cabezas de otras cuatro personas y una persona más vestida de camisa azul manga larga y pantalón azul. En la parte superior de la foto dice: “POR PRIMERA VEZ, VOTO ANTICIPADO EN PRISIONES” Más abajo, veo una foto de perfil con una figura roja, junto a “La Jornada Veracruz”. Debajo dice “18 de mayo a las 08:20 a.m.”, un punto y el ícono de pública”. Luego leo el texto: “#BuenosDias  Te compartimos nuestra #portada de hoy  Asedian caciques y partidos políticos a Radio Teocelo: ERH  Abre SEV su convocatoria  de promoción horizontal  Por primera vez, voto anticipado en prisiones  Visita https://f.mtr.cool/sqhlvndnxs  Debajo, veo las reacciones “Me gusta”, “Me encanta”, “Me importa”, el número “80” y a la derecha “15 comentarios”, “25 veces compartido”.

 

LXXXIV.  Link 4: https://www.educaoaxaca.org/caciques-veracruzanos-buscan-silenciar-a-radio-teocelo-referente-en-comunicacion-comunitaria/?sfnsn=scwspwa&fbclid=lwY2xjawKYw3hleHRuA2FlbQlxN

 

Lo primero que veo es una imagen compuesta por un arco color verde, dos puntos en cada punta, el número “3”, y trazos diversos en colores azul, café y verde. Debajo de lo anterior, dice “ANIVERSARIO” y a la derecha “EDUCA Servicios para una Educación Alternativa AC”.  Más a la derecha leo “Inicio”, “Quienes somos”, “About us”, “Contacto”, una palomita gris, la letra “f” en gris”, un triángulo blanco dentro de un rectángulo gris, un cuadrado gris con un círculo blanco dentro, un círculo gris con rayas blancas, un círculo gris con un triángulo blanco y la silueta de una lupa.  Destaco una imagen en blanco y negro compuesta por varios elementos: la fachada de una casa con dos ventanas y una puerta en el centro, la silueta de la mitad de una persona del lado izquierdo, un tripié que sostiene na cámara de video, una persona con ropa oscura sentada al frente de la vivienda y abajo la leyenda “TCG+00:00:00;18”.  En seguida, transcribo el texto que veo: “La minuta  Caciques veracruzanos buscan silenciar a Radio Teocelo, referente en comunicación comunitaria.  19 mayo, 2025 Etiquetas: Derecho a la Información, Libertad de Expresión, Medios independientes, Radios Comunitarias.  Por más de seis décadas, Radio Teocelo ha significado una alternativa de comunicación ciudadana e indígena, la cual, sin embargo, ahora enfrenta lo que podría considerarse como un intento de acallar su vocación de poner el periodismo crítico al servicio de la comunidad. Mediante argucias legales –pues el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya había desechado la denuncia de violencia política de género que interpuso en contra de la radio comunitaria la candidata de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y Verde Ecologista de México (PVEM) a la alcaldía de Teocelo, ***** ***** ****–, magistrados que llevan el expediente decidieron dar marcha atrás y condenaron al periodista Elfego Riveros Hernández y a la propia Radio por esta demanda.  Es evidente el interés por revivir expedientes desde el 2021 y poder configurar un caso que no se sostiene por sí mismo, pero que responde a intereses políticos caciquiles y de partidos, sostiene Elfego Riveros Hernández en entrevista con La Jornada Veracruz. “Pero si existiera ese hecho objetivo –la violencia política de género–, ¿cómo se explica que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) nos haya refrendado la concesión por otros 15 años y además autorizado la frecuencia 106.5 en FM?”.  Estos son pinceladas de la historia de Radio Teocelo que relata Elfego, en la que menudea los intentos de soborno por cuenta del exalcalde Mario Chama, padre de la candidata actual, el acoso de poderoso empresario cafetalero y político cuando en 1988 dieron por ganador en la región a Cuauhtémoc Cárdenas y el apoyo de la ciudadanía, gracias a una trayectoria de honestidad y compromiso de la radio comunitaria y sus periodistas. La versión videograbada completa puede ser consultada en la página web de La Jornada Veracruz.  “Llevamos un año lidiando con esta denuncia interpuesta por una candidata a una diputación federal plurinominal en 2024, y pues en ese contexto estuvimos compareciendo a través de escritos, presentando pruebas y alegatos durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y hasta diciembre. En tres ocasiones fuimos requeridos, respondimos a las preguntas, a los requerimientos, y pues el 14 de enero hubo una sentencia que determinaba la inexistencia de la violencia política de género que nos achaca la denunciante. Pero el 17 de enero sus abogados impugnaron esa sentencia y el 26 de marzo se revocó, así que fuimos requeridos nuevamente en razón de que se consideraría que no se hizo debidamente una sentencia”, señala Elfego Riveros Hernández fundador de Radio Teocelo  “Llevo 41 años de forma ininterrumpida en este medio comunitario, pues ha sido una labor de conjunto y de colectivo. La persona que nos denuncia dice que con Radio Teocelo no hay ningún problema, como diciendo ‘pues el problema es este señor, este güey’, y pues quieren a este señor y a este güey sentado en el banquillo de los acusados con orejas de burro, así me quieren desprestigiar”, afirma el también periodista.  Entrevista Con argucias legales, intenta acallar a Radio Teocelo candidata del PVEM – La Jornada Veracruz | Imagen del Golfo UV defiende a Elfego Riveros, sancionado por supuesta violencia de género | Video Elfego Riveros | Antecedentes La Minuta Partido Verde criminaliza a Radio Teocelo y persigue judicialmente a su fundador Elfego Riveros – EDUCA | Imagen Captura de Pantalla  147 vistas totales, 10 vistas hoy  Derecho a la Información Libertad de Expresión Medios independientes Radios Comunitarias  A la derecha del texto, hay una columna de opciones que dicen “La Minuta”, “Multimedia”, “El Topil”, “Publicaciones”, “English” y “Archivo”.  Abajo, dice “Redes sociales”, seguido de un recuadro negro con una imagen compuesta por un arco color verde, dos puntos en cada punta, el número “3”, y trazos diversos en colores azul, café y verde. Debajo de lo anterior “EDUCA Oaxaca”, “/educaoaxaca”.  En seguida, “dice Campañas” y más abajo aparecen carteles con imágenes de colores diversas con las expresiones “Germinando esperanza y alternativas comunitarias”, “La Justicia Ambiental No Puede Esperar CAMPAÑA CAMBIO CLIMÁTICO”, “Alas y Raíces de los Movimientos Sociales en Oaxaca”, “OAXACA DENUNCIA PLATAFORMA ELECTRÓNICA”, “JUSTICIA PARA PASO DE LA REYNA”, “Mujeres que Cantan con el Agua ESPACIO DE ENCUENTRO”, “REDECOM – EDUCA A.C. EL BUEN VIVIR ESTAR BIEN AUTONOMIA VIVIR BIEN FORMA DE VIDA COMUNITARIA RESPETO A NUESTRA VIDA VOLVER A LO NUESTRO VIVIR CONTENT@ IDENTIDAD CULTURAL”.  Más abajo leo “ALIANZAS”, “Consejo de Pueblos Unidos por la Defensa del Río Verde”, “COPUDEVER”, “Red Alforia Red Mesoamericana de Educación Popular” y “ceaal consejo de educación de adultos de américa latina”.

 

LXXXV.  Link 5: https://www.facebook.com/share/p/1BQPiV1fNR/

 

Observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco; a la derecha, las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”.  Abajo aparece un recuadro blanco con la leyenda en negro “Publicación de La Jornada Veracruz”.  Debajo, veo una foto de perfil en la que aparece una figura circular en color rojo. Luego “La Jornada Veracruz”, abajo, dice “18 de mayo a las 8:20 a.m.”, un punto y el ícono de “Público”.  Inmediatamente, el texto #BuenosDias Te compartimos nuestra #portada de hoy  Asedian caciques y partidos políticos a Radio Teocelo: ERH  Abre SEV su convocatoria  de promoción horizontal  Por primera vez, voto anticipado en prisiones  Visita https://f.mtr.cool/sqhlvndnxs  Luego, veo la imagen de la portada del periódico “La Jornada Veracruz” fecha “18 de mayo de 2025” en “Xalapa”, cuya “directora general” es “Carmel Lira” y “director Tulio Moreno Reyes”. En la citada portada, resalta el encabezado “Asedian caciques y partidos políticos a Radio Teocelo: ERH”. Arriba del mismo leo, “Por criticar nepotismo, candidata de PVEM-Morena va contra medio”, mientras que las líneas abajo del titular dicen “Magistrados revocan denuncia desechada por supuesta violencia política de género. Condena Article 19 sanción del TEPJF a periodista; usa legislación para censurar. TULIO MORENO REYES Y AGENCIAS. 4 y 5”.  Otras expresiones que destacan expresan lo siguiente: “Abre SEV su convocatoria de promoción horizontal. Confirma gobernadora refuerzo a la seguridad con mil agentes de la FGR. DE LA REDACCIÓN. 4”, la cual se encuentra debajo de la fotografía de una persona que viste camisa clara, corbata roja y pantalón verde, con fondo rojo.  Luego dice “Error en envío de papeletas no compromete el proceso: OPLE. AGENCIAS. 3”.  Más abajo, “Por la falta de agua, cierran Ruiz Cortínes en Xalapa. Llevan 15 días sin abasto en colonias Tamborrel y Ferrer Guardia, aseguran. AGENCIAS. 2”. Esto último, seguido de un código QR  Al centro de la portada, hay una fotografía en la que aparecen tres personas de cabello largo de espalda con playeras color naranja sentadas sobre sillas negras con cajas blancas sobre una mesa al frente de ellas. A un costado de la imagen, hay otra persona de cabello largo con camisa blanca y al fondo veo las cabezas de otras cuatro personas y una persona más vestida de camisa azul manga larga y pantalón azul. En la parte superior de la foto dice: “POR PRIMERA VEZ, VOTO ANTICIPADO EN PRISIONES” Debajo, veo las reacciones “Me gusta” y “Me enoja”, el número “24” y a la derecha “2 comentarios”, “60 veces compartido”.

 

LXXXVI.  CG/SE/PES/MYCV/584/2025

LXXXVII.  AC-OPLEV-OE-569-2025

 

LXXXVIII.  Link 1: https://www.facebook.com/UVinterculturalXalapa

 

Advierto sobre el margen superior izquierdo un círculo de color azul, con la letra “f” al centro en color blanco, seguido de una barra con la figura de una lupa al centro y el texto “Buscar en Facebook”, sobre la misma línea advierto las siguientes opciones “Inicio”, “Amigos”, “Vídeo”, “Marketplace”, “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”, debajo, veo un recuadro que contiene tres imágenes seccionadas, la primera de lado izquierdo veo a un grupo de personas las cuales portan vestimenta diversa, tienen los dedos encima de un objeto de color beige, en la segunda imagen ubicada al centro noto a un grupo de personas alrededor de una mesa, la cual encima tiene varios artículos, en los costados advierto paredes en color gris, en la tercera imagen veo a un grupo de personas de pie, portan vestimenta diversa, al frente veo mesas con varios objetos encima, debajo observo un círculo con fondo en color blanco, al interior veo una figura de color azul y una “V” en color verde, seguido del texto: “UV-Intercultural Sede Regional Xalapa”, “22 Me gusta”, “60 seguidores”, “Mensaje”, “Me gusta”, “Buscar”, debajo en orden lineal veo lo siguiente “Publicaciones”, “Información”, “Menciones”, “Opiniones”, “Seguidores”, “Fotos”, “Más” y “…”, debajo veo dos columnas, la primera con el texto “Detalles”, y en orden descendente “Sede Regional de la UV-Intercultural en la Zona Centro del estado de Veracruz – Licenciatura en Agroecología y Soberanía Alimentaria (LASA)”, “Página Escuela Universidad”, “Sebastián Camacho no. 5 col. Centro, Xalapa, México”, “228 147 73 91”, “uv.mx/uvi/sede-xalapa”, “Abierto ahora”, seguido de “Publicaciones”.

 

LXXXIX.  Link 2: https://www.educaoaxaca.org/caciques-veracruzanos-buscan-silenciar-a-radio-teocelo-referente-en-comunicacion-comunitaria/?sfnsn=scwspwa&fbclid= 

 

Advierto sobre el margen superior izquierda una imagen de color verde, café, amarillo y rosa, debajo el texto “ANIVERSARIO”, junto “EDUCA”, “Servicios para una Educaciones Alternativa A.C”,  sobre la misma línea “Inicio”, “Quienes somos”, “About us”, “Contacto”, seguido de siete iconos, debajo observo un recuadro de color negro con el texto “La Minuta”, y el titulo “Caciques veracruzanos buscan silenciar a Radio Teocelo, referente en comunicación comunitaria”, debajo “19 mayo, 2025”, “Etiquetas: Derecho a la Información, Libertad de Expresión, Medios independientes, Radios Comunitarias”, debajo sobre el lado izquierdo veo una imagen en color blanco y negro, en donde advierto un inmueble, un dispositivo de color negro y una persona sentada en una silla ,debajo los números “TCG +00:00:00;18”. Seguido del siguiente texto: “Por más de seis décadas, Radio Teocelo ha significado una alternativa de comunicación ciudadana e indígena, la cual, sin embargo, ahora enfrenta lo que podría considerarse como un intento de acallar su vocación de poner el periodismo crítico al servicio de la comunidad. Mediante argucias legales –pues el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya había desechado la denuncia de violencia política de género que interpuso en contra de la radio comunitaria la candidata de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y Verde Ecologista de México (PVEM) a la alcaldía de Teocelo, ***** ***** ****–, magistrados que llevan el expediente decidieron dar marcha atrás y condenaron al periodista Elfego Riveros Hernández y a la propia Radio por esta demanda. Es evidente el interés por revivir expedientes desde el 2021 y poder configurar un caso que no se sostiene por sí mismo, pero que responde a intereses políticos caciquiles y de partidos, sostiene Elfego Riveros Hernández en entrevista con La Jornada Veracruz. “Pero si existiera ese hecho objetivo –la violencia política de género–, ¿cómo se explica que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) nos haya refrendado la concesión por otros 15 años y además autorizado la frecuencia 106.5 en FM?”. Estos son pinceladas de la historia de Radio Teocelo que relata Elfego, en la que menudea los intentos de soborno por cuenta del exalcalde Mario Chama, padre de la candidata actual, el acoso de poderoso empresario cafetalero y político cuando en 1988 dieron por ganador en la región a Cuauhtémoc Cárdenas y el apoyo de la ciudadanía, gracias a una trayectoria de honestidad y compromiso de la radio comunitaria y sus periodistas. La versión videograbada completa puede ser consultada en la página web de La Jornada Veracruz. “Llevamos un año lidiando con esta denuncia interpuesta por una candidata a una diputación federal plurinominal en 2024, y pues en ese contexto estuvimos compareciendo a través de escritos, presentando pruebas y alegatos durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y hasta diciembre. En tres ocasiones fuimos requeridos, respondimos a las preguntas, a los requerimientos, y pues el 14 de enero hubo una sentencia que determinaba la inexistencia de la violencia política de género que nos achaca la denunciante. Pero el 17 de enero sus abogados impugnaron esa sentencia y el 26 de marzo se revocó, así que fuimos requeridos nuevamente en razón de que se consideraría que no se hizo debidamente una sentencia”, señala Elfego Riveros Hernández fundador de Radio Teocelo “Llevo 41 años de forma ininterrumpida en este medio comunitario, pues ha sido una labor de conjunto y de colectivo. La persona que nos denuncia dice que con Radio Teocelo no hay ningún problema, como diciendo ‘pues el problema es este señor, este güey’, y pues quieren a este señor y a este güey sentado en el banquillo de los acusados con orejas de burro, así me quieren desprestigiar”, afirma el también periodista. Entrevista Con argucias legales, intenta acallar a Radio Teocelo candidata del PVEM – La Jornada Veracruz | Imagen del Golfo UV defiende a Elfego Riveros, sancionado por supuesta violencia de género | Video Elfego Riveros | Antecedentes La Minuta Partido Verde criminaliza a Radio Teocelo y persigue judicialmente a su fundador Elfego Riveros – EDUCA | Imagen Captura de Pantalla 155 vistas totales , 8 vistas hoy Derecho a la InformaciónLibertad de ExpresiónMedios independientesRadios Comunitarias” Debajo noto una serie de notas, las cuales no son objeto de la presente diligencia.

 

XC.  Link 3: https://facebook.com/share/p/1Cw29qikeM/ 

 

Advierto sobre el margen superior izquierdo veo un círculo gris difuminado, con la letra “X” un círculo de color azul, con la letra “f” al centro en color blanco, sobre la misma línea advierto las siguientes opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”, debajo, veo una ventana emergente la cual en la parte superior leo “Publicación de UV-Intercultural Sede Regional Xalapa”, seguido de un círculo con la letra “X” al centro, debajo noto un círculo con fondo en color blanco y una figura en color azul y verde y debajo letras que no logro distinguir, seguido del texto “UV-Intercultural Sede Regional Xalapa está con Radio Teocelo Oficial.”, “11 de mayo a las 5:30 p.m” seguido del ícono de público, debajo el texto “Comunicado”, debajo veo en un fondo en color blanco lo siguiente: “Comunicado”, “Sede Regional Xalapa”. “Universidad Veracruzana Intercultural”, “A la opinión pública y a la comunidad de Teocelo”. “La Sede Regional Xalapa de la Universidad Veracruzana Intercultural expresa su solidaridad y apoyo a Radio Teocelo y a su conductor, Ellego Riveros, ante la situación que están enfrentando debido a la denuncia Interpuesta por ***** ***** **** por supuesta violencia política en razón de género La UV Intercultural Sede Xalapa defiende y promueve los principios de libertad de expresión pluralismo y diversidad en la comunicación. Consideramos que la radiodifusión comunitaria es un espacio fundamental para la construcción de ciudadanía, la promoción de la democracia y la expresión de saberes e iniciativas agroecológicas y de diversa índole, Se reconoce el valor de Radio Teocelo como un aliado importante para nuestra Sala Regional y para la Licenciatura en Agroecología y Soberanía, Alimentaria, La radio ha sido un espacio para la difusión de conocimientos y experiencias en tomo a la agroecología bioculturalidad y ha contribuido a la construcción de una comunidad más informada y comprometida con el desarrollo rural sustentable. La Sede Xalapa de la UV. Intercultural exige a las autoridades de los tres niveles de gobierno que garanticen la libertad de expresión y el derecho a la información de la comunidad, Asimismo sollozamos que se respete la autonomía y la independencia de la radiodifusión comunitaria. En este sentido, rechazamos cualquier forma de violencia política y censura que busque silenciar a quienes ejercen su derecho a la crítica y la reflexión.”. “Lis de Veracruz: Arte, Ciencia, Luz” “Xalapa, Veracruz, México, a II de mayo de 2025”. Continuando, debajo de lo antes referido, veo las reacciones de me encanta, me gusta, me importa, seguido de “133”, “4 comentarios”, “135 veces compartido” y debajo las opciones pertenecientes a “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir” y una caja de comentarios.

 

XCI.  Link 4: https://facebook.com/share/p/15uu5Tj93a/

 

Advierto sobre el margen superior izquierdo veo un círculo gris difuminado, con la letra “X” un círculo de color azul, con la letra “f” al centro en color blanco, sobre la misma línea advierto las siguientes opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”, debajo, veo una ventana emergente la cual en la parte superior leo “Publicación de Ojo de Agua Comunicación”, seguido de un círculo con la letra “X” al centro, debajo noto un círculo con fondo en color blanco y verde y debajo letras que no logro distinguir, seguido del texto “Ojo de Agua Comunicación está con Radio Teocelo Oficial.”, “11 de mayo a la 1:18 p.m” seguido del ícono de público, debajo el texto:              “Expresamos indignación y preocupación ante los abusos que enfrentan integrantes de nuestras organizaciones hermanas AVERCOP y Radio Teocelo, en el municipio de Teocelo, Veracruz. De manera completamente injusta se les imputan cargos de violencia política por razón de género. Comunicado completo https://acortar.link/cgCIAm OJO DE AGUA COMUNICACIÓN” Debajo de lo anteriormente referido, veo sobre un fondo en color blanco, el siguiente texto “Expresamos indignación y preocupación ante los abusos que enfrentan integrantes de nuestras organizaciones hermanas AVERCOP y Radio Teocelo, en el municipio de Teocelo, Veracruz. De manera completamente injusta se les imputan cargos de violencia política por razón de género”. “OJODEAGUA”, “COMUNICACIÓN”, seguido de una figura en color verde. Debajo advierto las reacciones de me gusta, me encanta y me importa, seguido de “32”, “1 comentario”, “47 veces compartido”, seguido de las opciones pertenecientes a “Me gusta, “Comentar”, “Compartir” y una caja de comentarios.

 

XCII.  Link 5: https://drive.google.com/file/d/1O_V5Y5KW5ktMG1WtoUQro7agQUg-QBhQ/view 

 

Advierto en la parte superior izquierda el texto “250513_Testimonio-Elfego.mp3”, seguido de “Abrir con” y cinco opciones, debajo noto un audio con una duración de “2:26”, seguido observo una figura en color blanco, y abajo una barra de reproducción.             

Ahora procedo a dar clic en reproducir y transcribir lo que escucho durante la reproducción del mismo.             

Voz masculina: “Hola, que tal muy buenos días, les saluda Elfego Riveros a nombre del colectivo de Radio Teocelo Me encuentro, en esta mañana saliendo a la Ciudad capital Xalapa, para conversar con algunos colegas, algunos medios, que, junto con Radio Teocelo ha sido denunciado por supuesta violencia política en razón de género, no hay tal por el caso de nosotras y nosotros en esta esfera comunitaria y si la intención de silenciar a un medio que ha sido crítico y sumiso y que ha tratado de quitar vendas de los ojos para que la gente pueda expresarse con toda libertad y emitir los votos correspondientes en el caso de las elecciones, esta en ese contexto esta denuncia, llevamos un año con esta situación, el propósito de quienes nos denuncian pues es colocarnos en un banquillo de los acusados con orejas de burro simbolizando, simbolizando que esta radio pues no es nada, en relación al poder, a la riqueza, a las influencias, al amiguismo, al compadrazgo, a la simulación, a la corrupción y pues eso es lo que pretenden preservar, es una familia, a la que ya conocemos porque ya gobernó Teocelo y en eso estamos con la comunidad y con las audiencias, defendiendo a capa y espada la libertad de expresión, el derecho a comunicar y para que pues en el futuro no haya la facilidad del poder para silenciar y para castigar, esperamos todavía que este recurso de revisión que hemos interpuesto allá en la sala especializada del Poder Judicial, el poder eh, Tribunal Electoral, del Poder Judicial de la Federación sea escuchado, estaba solicitando audiencia para que nos escuchen y podamos desarrollar pues una seria de argumentos que no fueron tomados en cuenta cuando se revocó una sentencia que nos era favorable, por lo pronto es lo que puedo decir y muchas gracias por escucharnos, hasta la próxima y la radio comunitaria siempre insumisa.

 

XCIII.  Link 6: https://www.te.gob.mx/EE/SER/2025/PSC/8/SRE_2025_PSC_8-1610019.pdf

 

Advierto un documento en PDF, constante de “78” fojas el cual en la parte superior izquierda leo “SER_2025_PSC_8_1610019-pdf”, “1/78”, “-100%+”, seguido de cinco iconos.

 

XCIV.  Link 7: https://www.oplever.org.mx/wp-conten7/uploads/gacetaselectorales/acuerdos2025/OPLEV_CG153_2025.pdf

 

NOTA: Mediante acuerdo de fecha veintidós de mayo, menciona las ligas objeto de análisis y al mismo tiempo precisa que dicha liga hace se refiere al acuerdo OPLEV/CG153/2025 de fecha quince de abril, y determina que es innecesaria su certificación al ser un hecho público y notorio.

 

XCV.  Link 8: https://facebook.com/share/p/16V4jRCP12/

 

Advierto sobre el margen superior izquierdo veo un círculo gris difuminado, con la letra “X” un círculo de color azul, con la letra “f” al centro en color blanco, sobre la misma línea advierto las siguientes opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”, debajo, veo una ventana emergente la cual en la parte superior leo “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, seguido de un círculo con la letra “X” al centro, debajo noto un círculo con fondo en color naranja y una figura de color negro, seguido del texto “Radio Teocelo Oficial”, “03 de mayo a las 7:18 p.m” seguido del ícono de público, debajo veo un círculo de color rojo con la figura de una mano al interior en color blanco, seguido “Sin Embargo MX”, seguido de una viñeta en color azul y una palomita en color blanco al interior, debajo el texto “3 de mayo a las 7:00 p.m.”, seguido del ícono de público y debajo el texto:             

“Criminalizan a colectivo ¬ "Esta decisión, contradictoria e injustificada, evidencia una preocupante falta de imparcialidad y apunta a una posible colusión entre el Tribunal Electoral y actores del PVEM", apuntó el colectivo.”             

Continuando, debajo de lo antes referido, veo una imagen, en la que observo un inmueble de color gris y verde, al centro noto un cuadrado de color blanco y al interior la figura de un ave y debajo la letra “V” y “VERDE”, en la parte inferior leo “SIN EMBARGO.MX” y “Radio Teocelo acusa persecución judicial por parte del PVEM; pide apoyo a Presidenta”, debajo noto las reacciones de me gusta, me encanta, me asombra, seguido de “96”, “7 comentarios”, “34 veces compartido”, continuando con las opciones pertenecientes a “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir” y debajo una caja de comentarios.

 

XCVI.  Link 9: https://facebook.com/share/p/17zx3vNUjS/ 

 

Advierto sobre el margen superior izquierdo veo un círculo gris difuminado, con la letra “X” un círculo de color azul, con la letra “f” al centro en color blanco, sobre la misma línea advierto las siguientes opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”, debajo, veo una ventana emergente la cual en la parte superior leo “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, seguido de un círculo con la letra “X” al centro, debajo noto un círculo con fondo en color naranja y una figura en color negro, seguido del texto “Radio Teocelo Oficial.”, “11 de mayo a las 8:37 p.m” seguido del ícono de público, debajo, en la parte superior derecha leo “Universidad Veracruzana”, debajo veo en un fondo en color blanco lo siguiente: “Comunicado”, “Sede Regional Xalapa”. “Universidad Veracruzana Intercultural”.             

“A la opinión pública y a la comunidad de Teocelo”. 

“La Sede Regional Xalapa de la Universidad Veracruzana Intercultural expresa su solidaridad y apoyo a Radio Teocelo y a su conductor, Ellego Riveros, ante la situación que están enfrentando debido a la denuncia Interpuesta por ***** ***** **** por supuesta violencia política en razón de género La UV Intercultural Sede Xalapa defiende y promueve los principios de libertad de expresión pluralismo y diversidad en la comunicación.             

Consideramos que la radiodifusión comunitaria es un espacio fundamental para la construcción de ciudadanía, la promoción de la democracia y la expresión de saberes e iniciativas agroecológicas y de diversa índole, Se reconoce el valor de Radio Teocelo como un aliado importante para nuestra Sala Regional y para la Licenciatura en Agroecología y Soberanía, Alimentaria, La radio ha sido un espacio para la difusión de conocimientos y experiencias en tomo a la agroecología bioculturalidad y ha contribuido a la construcción de una comunidad más informada y comprometida con el desarrollo rural sustentable. La Sede Xalapa de la UV.             

Intercultural exige a las autoridades de los tres niveles de gobierno que garanticen la libertad de expresión y el derecho a la información de la comunidad, Asimismo sollozamos que se respete la autonomía y la independencia de la radiodifusión comunitaria. En este sentido, rechazamos cualquier forma de violencia política y censura que busque silenciar a quienes ejercen su derecho a la crítica y la reflexión.”.             

“Lis de Veracruz: Arte, Ciencia, Luz” 

“Xalapa, Veracruz, México, a II de mayo de 2025”. 

Continuando, debajo de lo antes referido, veo las reacciones, me gusta, me encanta, me importa, seguido de “107”, “1 comentario”, “15 veces compartido” y debajo las opciones pertenecientes a “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir” y una caja de comentarios.

 

XCVII.  Link 10: https://facebook.com/share/p/1FoWsudc79/

 

Advierto sobre el margen superior izquierdo veo un círculo gris difuminado, con la letra “X” un círculo de color azul, con la letra “f” al centro en color blanco, sobre la misma línea advierto las siguientes opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”, debajo, veo una ventana emergente la cual en la parte superior leo “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, seguido de un círculo con la letra “X” al centro, debajo noto un círculo con fondo en color naranja y una figura en color negro, seguido del texto “Radio Teocelo Oficial.”, “11 de mayo a la 8:38 p.m” seguido del ícono de público, debajo el texto:             

“@seguidores” 

“@fans destacados” 

Debajo noto el siguiente texto: 

“Expresamos indignación y preocupación ante los abusos que enfrentan integrantes de nuestras organizaciones hermanas AVERCOP y Radio Teocelo, en el municipio de Teocelo, Veracruz. De manera completamente injusta se les imputan cargos de violencia política por razón de género.”.             

“OJO DE AGUA”, “COMUNICACIÓN”, junto una figura de color verde y blanco. Debajo observo un círculo de color blanco y verde, seguido de “Ojo de Agua Comunicación está con Radio Teocelo Oficial”, “11 de mayo a la 1:18 p.m.”, seguido del ícono de público, debajo de lo anteriormente referido, veo, el siguiente texto “Expresamos indignación y preocupación ante los abusos que enfrentan integrantes de nuestras organizaciones hermanas AVERCOP y Radio              Teocelo, en el municipio de Teocelo, Veracruz. De manera completamente injusta se les imputan cargos de violencia política por razón de género”.             

“Comunicado completo” seguido de tres emoticones en color amarillo. 

“https://acortar.link/cgCIAm” 

“OJO DE AGUA COMUNICACIÓN” 

Debajo advierto las reacciones de me gusta, me encanta y me importa, seguido de “128”, “21 comentarios”, “21 veces compartido”, seguido de las opciones pertenecientes a “Me gusta, “Comentar”, “Compartir” y una caja de comentarios.

 

 

XCVIII.  Link 11: https://facebook.com/share/p/1AtBqme154/

 

Veo un círculo gris difuminado, con la letra “X” un círculo de color azul, con la letra “f” al centro en color blanco, sobre la misma línea advierto las siguientes opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”, debajo, veo una ventana emergente la cual en la parte superior leo “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, seguido de un círculo con la letra “X” al centro, debajo noto un círculo con fondo en color naranja y una figura en color negro, seguido del texto “Radio Teocelo Oficial.”, “18 de mayo a las 10:48 p.m” seguido del ícono de público, debajo el texto:             

“LaJornada Veracruz” 

Debajo un texto que no logro distinguir, continuando con el texto: “Por criticar nepotismo, candidata de PVEM-Morena va contra medio”, “Asedian caciques y partidos políticos a Radio Teocelo: ERH”, debajo un texto que no logro apreciar y en negritas “POR PRIMERA VEZ, VOTO ANTICIPADO EN PRISIONES” y debajo una imagen en donde observo a un grupo de personas, tres de ellas se encuentran sentadas en sillas, de espaldas, portan playeras de color naranja, al frente veo objetos cuadrados de color blanco, con letras al centro, junto, de lado derecho veo una columna, la cual contiene notas que no son objeto de la presente certificación.             

En la parte inferior veo un círculo con fondo de color blanco y una figura en color guinda. Seguido del texto “La Jornada Veracruz”, “18 de mayo a las 8:20 a.m.” seguido del ícono de público, debajo advierto el siguiente texto:             

“#BuenosDias 

Te compartimos nuestra #portada de hoy 

Asedian caciques y partidos políticos a Radio Teocelo: ERH 

Abre SEV su convocatoria  

de promoción horizontal 

Por primera vez, voto anticipado en prisiones 

Visita https://f.mtr.cool/sqhlvndnxs” 

Continuando, debajo veo las reacciones de me gusta, me encanta y me importa, seguido de “80”, “15 comentarios”, “25 veces compartido”, seguido las opciones pertenecientes a “Me gustas”, “Comentar”, “Compartir”, así como una caja de comentarios.

 

 

XCIX.  CG/SE/PES/MYCV/710/2025

C.  AC-OPLEV-OE-660-2025

 

CI.  Link 1: https://dai.ly/x9k6mcq

 

Hay una pestaña con el texto “Acoso Judicial y libertad de exp “debajo de esto, en la esquina superior izquierda observo el texto “DAILYMOTION” y en el puesto inferior observo un recuadro donde se reproduce un video; con degradado vino de fondo, y del lado izquierdo un recuadro donde aparece una persona con cabello color rojo, lentes, viste una blusa color azul con un collar color morado grande y de fondo un estante con libros, debajo de esto un recuadro con fondo degradado color vino y en blanco el texto: “Celia del Palacio”, seguido de un recuadro donde veo un video de manera repetida de hojas con texto, .debajo de esto el texto “HABLAMOS DE: ACOSO JUDICIAL Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN”, ahora, me posiciono en el minuto “2:01” en atención al lapso de tiempo marcado en el acuerdo que nos ocupa, advirtiendo que se trata de la misma toma antes descrita, misma que sigue igual hasta el minuto “4:18”.             

Debajo del video descrito, observo los iconos de “Me gusta”, “Añadir Marcador” y por ultimo “Compartir” y debajo de esto el texto “Acoso Judicial y libertad de expresión Cella Del Palacio”. Seguido de un recuadro con el texto “CANAL44” seguido de “UDGTV44”, seguido de un recuadro con degradado color rosa de fondo y la palabra “Seguir” y abajo el texto “hace 4 días” seguido de “#mexico #judicial #senalinformativa, #México #Judicial”; y “En su colaboración en #SeñalInformativa emisión matutina, Celia Del Palacio nos habla sobre acoso Judicial y libertad de expresión”             

A partir del minuto 2:10 y hasta el minuto “4:18” observo en el recuadro de videos con diferentes tomas donde veo documentos con texto y manos manipulándolos, son tomas cortas que se repiten hasta que termina el video.              

Lo anterior, se puede corroborar en las IMÁGENES 01 y 02 del ANEXO A. 

A continuación, trascribo el audio reproducido durante la duración del video: Del segundo 2:01 30 al minuto 4:00 con 18 segundos             

Fue el de los periodistas veracruzanos, Marisabel Ortega, Alfredo Quesada, Ángel Camarillo, Eliseo Tejeda y Elfego Riveros, la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial determinó que ellos habían cometido violencia política en razón de género contra la candidata a la presidencia municipal de Teocelo, ***** ***** ****, en dos mil veintiuno. Ángel Camarillo en la nota original publicada en Al calor Político señalaba los vínculos familiares de varios candidatos y candidatas a las presidencias municipales en diversos lugares de Veracruz. En el caso de ***** ***** , su padre, Mario Chama, era el presidente municipal cuando ella presentó su candidatura.             

Elfego Riveros, director de una prestigiosa estación de radio comunitaria Radio Teocelo, reprodujo la información al aire. Se condenó a los periodistas a pagar una multa, a pedir una disculpa pública, a retirar la información de sus medios y a quedar inscritos en una lista de aquellos que cometen violencia política por razón de género. En ninguno de estos casos hubo lenguaje ofensivo, malicia afectiva, es decir, no hubo la clara intención de ofender o insultar.             

Se presentaron hechos basándose en datos verificables sin estereotipos de género. artículo diecinueve en su último informe previene del crecimiento del acoso judicial como método de censura. En dos mil veinticuatro se documentaron veintiuncasos contra periodistas por sus investigaciones o publicaciones y el 28.57% de esos casos usaron las normas de violencia política de género para desvirtuar las labores de los periodistas.             

Claramente puede notarse el abuso de estas normativas con lo cual se desvirtúa el propósito original de proteger a las mujeres, asimismo se percibe una intenacionalidad de censurar la información incomoda que es de interés público, vulnerar la libertad de expresión y el derecho a la información a las audiencias. No podemos permitirlo. Muchas gracias.

CII.  CG/SE/PES/MYCV/714/2025

CIII.  AC-OPLEV-OE-665-2025

 

CIV.  Link 1: https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/Superior/SUP-REP-0116-2025.pdf

 

Observo en la parte posterior izquierda el texto “Pagina no encontrada-404”.

 

CV.  Link 2: https://www.facebook.com/share/p/1C3Y98ab4h/

 

Hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”.             

En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un círculo con un fondo naranja con la silueta de lo que parece un animal, seguido de “Radio Teocelo Oficial” debajo de eso dice “Ayer a las 1:38 p.m.” y junto el icono de “público”,             

Seguido del siguiente texto: 

#LibertadDeExpresión

“@seguidores” 

“@fans destacados .

Debajo de lo ya descrito, observo una imagen en blanco y negro con diversos aparatos de los cuales distingo dos micrófonos.             

Seguido del texto “ AVCNOTICIAS.COM.MX” y debajo “Sentencia contra periodistas en Veracruz es acoso judicial: CPJ y ARTICLE 19-AVC Noticias”             

En esa misma tesitura observo un icono de “Me gusta”, “Me divierte seguido del número “36” y del lado derecho “30 veces compartido.             

De inmediato observo un cintillo con la opción de “Me gusta”, “Comentar”, “Enviar”, “Compartir” y por ultimo un recuadro blanco con el texto “Escribe un comentario”.

 

CVI.  Link 3: https://www.avcnoticias.com.mx/noticias-veracruz/general/366773/sentencia-contra-periodistas-en-veracruz-es-acoso-judicial-cpj-y-article-19.html

 

Observo un cintillo color negro con el texto “AvcNoticias” como encabezado y debajo observo una imagen en blanco y negro con diversos aparatos de los cuales distingo dos micrófonos.              .

Asimismo, en la parte de abajo está el texto: “Sentencia contra periodistas en Veracruz es acoso judicial: CPJ y ARTICLE 19             

Por: AVC/Noticias 

Fotografía: AVC/Noticias” 

Seguido de los iconos de “Facebook”, “X”, correo electrónico, “Whatssap” y “Telegram”.

Y debajo de lo descrito el texto: “2025-05-31” 

“CPJ y ARTICLE 19 denuncian que la sanción contra el periodista Ángel Camarillo por reportar sobre nepotismo en Veracruz es un caso de acoso judicial.             

Xalapa, Ver.- (AVC) La sentencia contra los periodistas Ángel Camarillo, Isabel Ortega y Radio Teocelo por el presunto delito de violencia política de género, constituye un caso de acoso judicial, advirtieron el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ) y ARTICLE 19.              

Ambas organizaciones denunciaron que la resolución emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)utiliza indebidamente una legislación diseñada para proteger a las mujeres, con el objetivo de censurar el periodismo crítico.             

La sanción se originó por una publicación de 2021, donde Camarillo documentó prácticas de nepotismo en la política local de Veracruz, destacando vínculos familiares entre candidatas y funcionarios en funciones en más de 10 municipios. Uno de los casos refería a una aspirante a la alcaldía de Teocelo, hija del alcalde en funciones.             

La publicación también fue realizada por periodistas de Radio Teocelo y la reportera Isabel Ortega.

“Las sentencias son claros ejemplos de acoso judicial, con políticos que abusan de la ley para silenciar el periodismo crítico”, declaró Jan-Albert Hootsen, .representante del CPJ en México.

La sentencia obliga a Camarillo y otros periodistas a pagar una multa, retirar la publicación, emitir una disculpa pública e inscribirse en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Politica contra las mujeres, lo que CPJ y ARTICLE 19 consideran desproporcionado e injustificado.

ARTICLE 19: uso desviado de una ley legítima

ARTICLE 19 reprobó la sentencia y advirtió que desnaturaliza el espíritu de la ley de violencia política de género, la cual busca proteger a las mujeres en contextos de riesgo, no silenciar la crítica a figuras públicas que ejercen o buscan cargos.

“Hemos documentado un abuso creciente de estas normativas como mecanismos para frenar investigaciones periodísticas de interés público”, alertó la organización.

En su informe Barreras informativas 2024, ARTICLE 19documentó 21 casos de acoso judicial contra periodistas y más del 28% involucraron acusaciones de violencia política de género usadas para inhibir el ejercicio informativo.

El abogado Jorge Ruiz del Ángel apuntó que en el caso de Camarillo no se acreditó un componente de género ni un daño real derivado del reportaje. “Parece más bien un castigo por tocar intereses políticos locales”, dijo.

 

CVII.  Link 4: https://www.facebook.com/share/p/16A3n5CF6d/

 

Sale un recuadro de una publicación con el título de “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un círculo con un fondo naranja con la silueta de lo que parece un animal, seguido de “Radio Teocelo Oficial” debajo de eso dice “Ayer a la 1:28 p.m.” y junto el icono de “público”.             

Seguido del siguiente texto: 

“#LibertadDeExpresión” 

“@seguidores” 

“@fans destacados .

Debajo de lo ya descrito, observo una imagen en la parte central con poco cabello, camisa blanca y chaleco color azul y de fondo veo estantes con libros.             

Seguido del texto: “CPJ.ORG 

Mujeres políticas usan demandas infundadas para censurar a periodistas en México, denuncia abogado - Committee to Protect Journalists”             

En esa misma tesitura observo un icono de “Me gusta”, “Me encanta” seguido del número “26” y del lado derecho “13 veces compartido.             

De inmediato observo un cintillo con la opción de “Me gusta”, “Comentar”, “Enviar”, “Compartir” y por ultimo un recuadro blanco con el texto “Escribe un comentario”.

 

CVIII.  Link 5: https://cpj.org/es/2025/05/mujeres-politicas-usan-demandas-infundadas-para-censurar-a-periodistas-en-mexico-denuncia-abogado/

 

Cintillo color negro y el texto “CPJ” seguido de “News”, “Data”, “Safety Resources”, “Get Involved”, “About Us”, “Donate”, “Get Help”

Seguido de una imagen y, observo una imagen en la parte central con poco cabello, camisa blanca y chaleco color azul y de fondo veo estantes con libros y de lado derecho el texto: “El periodista de investigación Héctor de Mauleón recibió el 15 de mayo de 2025 la orden de retirar una columna en la que mencionaba acusaciones de corrupción contra una candidata judicial. (Captura de pantalla: YouTube/Latinus)”

Le sigue el encabezado con el texto: “Mujeres políticas usan demandas infundadas para censurar a periodistas en México, denuncia abogado”             

“May 29, 2025 5:18 PM EDT”  

“Ciudad de México, 29 de mayo de 2025 — El periodista mexicano Héctor de Mauleón seguirá con interés las históricas elecciones judiciales de este domingo —no sólo porque el 1 de junio marca la primera vez que los mexicanos votarán por sus jueces, sino también porque una de las candidatas le ha prohibido reportar de forma crítica sobre ella.             

El 15 de mayo, el Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) ordenó a De Mauleón —uno de los periodistas de investigación más reconocidos de México— retirar su columna del 1 de mayo, en la que mencionaba presuntas acusaciones de corrupción contra una familiar de la candidata Tania Contreras, en el norte del país, y abstenerse de publicar artículos que la vinculen con personas o actos delictivos. Ese mismo día, la candidata demandó a De Mauleón y al periódico El Universal por calumnias y violencia política en razón de género. De Mauleón fue declarado culpable, aunque no se hicieron públicas ni la fecha del fallo ni la de su sentencia.

Este tipo de demandas frívolas se ha convertido en una herramienta cada vez más común entre políticos mexicanos para censurar el periodismo crítico. El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ) ha documentado su uso desde 2016, cuando un tribunal en Ciudad de México eliminó el tope máximo de compensación que los demandantes podían exigir en demandas por daño moral. En los últimos cinco años, al menos 158 periodistas han enfrentado demandas por difamación, según la oficina en México de Artículo 19, una organización con sede en Londres y socia del CPJ.

Se trata de una tendencia global. En Europa y Estados Unidos, las llamadas demandas estratégicas contra la participación pública (SLAPPs, por sus siglas en inglés) se utilizan ampliamente como medidas de represalia para intimidar a periodistas y suprimir reportajes de interés público.             

Violencia política por razón de género 

El delito de violencia política en razón de género fue introducido en 2020 para proteger a las candidatas en un país donde la violencia de género —también contra mujeres que buscan o ejercen cargos públicos— es de las más altas del mundo, según múltiples estudios.             

El reportero Arturo Ángel Arrellano Camarillo, del medio Al Calor Político, fue declarado culpable del mismo delito en el estado de Veracruz. En enero de este año fue condenado a pagar una multa no especificada y a reparar el daño a ***** ***** , una mujer a quien mencionó en un artículo de 2021 sobre familiares de políticos que buscaban cargos públicos, según la sentencia revisada por el CPJ.

El nombre de Arrellano también será incluido en el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres, administrado por el Instituto Nacional Electoral (INE), que organiza las elecciones federales en México.             

“Las sentencias contra los periodistas Héctor de Mauleón y Arturo Arrellano son claros ejemplos de acoso judicial, con políticos que abusan de la ley para silenciar el periodismo crítico —un fenómeno cada vez más común en México,” dijo Jan-Albert Hootsen, representante del CPJ en México. “Hacemos un llamado a las y los políticos mexicanos para que dejen de presentar demandas infundadas con el fin de evitar la publicación de información de interés público.”             

En ambos casos, los jueces de primera instancia rechazaron los cargos, pero sus fallos fueron revocados.             

Las acusaciones contra los dos periodistas parecen carecer de fundamento, ya que no existe evidencia de violencia política ni de que los periodistas hayan señalado a las mujeres por su género, explicó al CPJ el abogado de derechos humanos Jorge Ruiz del Ángel. “Estos casos parecen tener muy poco sustento”, dijo. “En ninguno está claro el daño que habrían causado los artículos, ni el componente específico de género”.             

En riesgo 

De Mauleón no retiró el artículo, a pesar del riesgo de arresto. Dijo al CPJ que retractarse sentaría un precedente peligroso de autocensura para el periodismo en México.             

Está acostumbrado al acoso por su trabajo. Durante la última década, ha recibido múltiples amenazas por reportajes sobre crimen organizado, extorsión, narcotráfico y redes corruptas que involucran a políticos y celebridades.             

Pero este caso le preocupó especialmente porque la orden judicial fue entregada directamente en su domicilio en Ciudad de México.             

“Me dijeron que mi información personal fue entregada al IETAM, lo cual considero que me pone en riesgo,” dijo de Mauleón al CPJ.             

México es el país más letal de América para el ejercicio del periodismo, según investigaciones del CPJ. Desde 2020, 40 periodistas y trabajadores de medios han sido asesinados en circunstancias confirmadas o posiblemente relacionadas con su labor informativa. México ocupa el octavo lugar en el Índice Global de Impunidad 2024 del CPJ.

El CPJ intentó en varias ocasiones comunicarse con Tania Contreras a través de llamadas a su oficina de campaña en Tamaulipas, y con ***** ***** a través del gobierno municipal de Teocelo, en Veracruz, pero no obtuvo respuesta.”

 

CIX.  Link 6: https://drive.google.com/file/d/1A33G2VmNkPE3lvArhENpmMbA-VPGFes8/view?usp=drive_link

 

Página de internet con el fondo negro y solo un icono de audífonos en la parte central, seguido de una barra de tiempo.             

A continuación, trascribo el audio reproducido durante la duración del video: Del segundo 0:00 al minuto 6:00 con 51 segundos             

 VOZ MASCULINA: Sobre la mesa un tema muy sensible que es la libertad de expresión y pues estamos todavía por saber qué más se puede hacer… en esta decisión. Así que, bueno pues cumpliendo la sentencia, pero bajo protesta vamos a recordar cuáles son las sanciones que se imponen a este medio y a otros medios y a otros colegas desde el año pasado que fuimos señalados, fuimos denunciados por un supuesto caso de violencia política en razón de género. Primera cosa es una multa de diez mil ochocientos cincuenta y siete pesos que pagaremos en próximos días para estar siempre cumpliendo el tiempo y forma como lo mandata el tribunal. Dos, hemos ya ofrecido la disculpa pública como la escucharon ustedes el día de ayer.             

Tres, se nos pide publicar un extracto de la sentencia visible durante al menos treinta días naturales continuos, cosa que haremos a partir del próximo lunes, toda vez que ya estamos en fin de semana y pues es importante también que la ciudadanía se entere qué contiene este extracto de la sentencia. Cuatro, pues se nos obliga, se nos pide, se nos exige, primero pues documentarnos sobre el tema de la desigualdad estructural entre hombres y mujeres y como consiguiente se nos ordena realizar un curso en materia de violencia política de género, cuyo costo estará a cargo de la asociación, la cual deberá pues orientarse a la promoción y protección de los derechos de las mujeres. Como sabe toda la gente que escucha esta emisora, pues hay una constante, efectivamente, de defender los derechos de las mujeres durante cuarenta, cuarenta y cinco años, algunas personas recordarán aquellos programas de la mujer y ya empezaban a tocar este tema con la violencia en los hogares y ahora ya más recientemente por cosas extremas como hacer los feminicidios.             

Así que, pues no es nada complicado cumplir con estas medidas de reparación y lo siguiente que es agraviante, pues es la inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de violencia política de género del INE, el Instituto Nacional Electoral, en donde se radicó en principio hace un año esta queja. Por último, también se nos pide inscribirse en el catálogo de sujetos sancionados en los procedimientos especiales sancionadores. Bueno, pues esta es lo que contiene la sentencia, es a lo que se nos obliga, pero, pues como hemos dicho con protesta, pues esta hemos relatado también otras situaciones que no fueron consideradas por parte de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.             

La segunda cosa, Reina, amigas y amigos, es agradecer a todas y a todos esos ofrecimientos de gente que conoce Radio Teocelo hace muchos años y que nos dicen que podrían aportar una cierta cantidad para pagar esa multa, pues les queremos agradecer esas muestras de cariño, de respaldo, sin embargo, pues como directiva de Radio Teocelo y de Abelco, se ha decidido pagar esa multa con recursos propios de la institución, ya que la denuncia fue desde el principio contra la radio y contra la Abelco, como se puede ver en las primeras páginas de ese grueso expediente que, por cierto, aquí lo tenemos a la vista, y estos documentos en su página número dos dice lo siguiente, es un documento que dio la unidad técnica de lo contencioso electoral, (inaudible) no siendo tan específico en muchas de las cosas que se dicen en esa primera notificación, se dice, del escrito que originó el presente procedimiento, se aprecia en la quejosa denuncia a Radio Teocelo, XCEM 1490 Kilohertz AM, Alejandra Pozos Bastes, presidenta de Abelco, Asociación Civil, Mariana Riveros Pozos, directora de Radio Teocelo, Isaac Alberto Anel Reyes, presidente municipal de Teocelo, Rommel Cain Chacán Pale, director jurídico del Ayuntamiento de Teocelo, Rosa Olivia Pozos Vázquez, empleada de Servicios Médicos del DIF de Teocelo Veracruz, Élfigo Riveros Hernández, consejero y conductor del programa de Radio Luna llena en Radio Teocelo, XCEM 1490 Kilohertz AM, y quien resulte responsable por la presunta comisión de actos constitutivos de violencia política por razón de género en su juicio. Pues hay más cosas que se podrían agregar, por esta ocasión lo vamos a dejar hasta ahí, pero sí aparece desde el principio ese deseo de denunciar a Radio Teocelo, a Abelco, su directiva, y a personas que nada tienen que ver con este medio y que, pues, aquí en la comunidad de Teocelo, pues, mucha gente conoce a la doctora Rosa Olivia Pozos, efectivamente ha estado colaborando en el área médica, la llamaron a colaborar, cuando no hubo personal médico, estuvo un tiempo, pero, pues, se vinieron dando las cosas de modo que ella misma sintió que había acoso, había persecución y dejó ese trabajo, muchas de las personas que atendía aquí en el DIF, pues, le preguntaron a qué se debía y guardó silencio, porque, pues, en un asunto de esta naturaleza, pues, no sabemos de dónde vienen las cosas y, pues, se tuvo que salir del DIF. Ahora está colaborando en el programa Salud Casa por Casa, pero, pues, todas estas cosas se mezclan de ese modo para, pues, hacer sentir que hay, quien no desea que estas personas estén cerca del servicio público.             

Bueno, pues, quisiera agregar y agradecer también los ofrecimientos de personas de Teocelo y la región, que, pues, además nos dicen, pues…

 

CX.  CG/SE/PES/MYCV/738/2025

CXI.  AC-OPLEV-OE-672-2025

 

CXII.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/1C3Y98ab4h/

 

Página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”.             

En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un círculo con un fondo naranja con la silueta de lo que parece un animal, seguido de “Radio Teocelo Oficial” debajo de eso dice “30 de mayo a la 1:38 p.m.” y junto el icono de “público”,             

Seguido del siguiente texto: 

#LibertadDeExpresión

“@seguidores” 

“@fans destacados .

Debajo de lo ya descrito, observo una imagen en blanco y negro con diversos aparatos de los cuales distingo dos micrófonos.             

Seguido del texto “ AVCNOTICIAS.COM.MX” y debajo “Sentencia contra periodistas en Veracruz es acoso judicial: CPJ y ARTICLE 19-AVC Noticias”             

En esa misma tesitura observo un icono de “Me gusta”, “Me asombra” seguido del número “38” y del lado derecho “33 veces compartido.             

De inmediato observo un cintillo con la opción de “Me gusta”, “Comentar”, “Enviar”, “Compartir” y por ultimo un recuadro blanco con el texto “Escribe un comentario”.             

 

CXIII.  Link 2: https://www.avcnoticias.com.mx/noticias-veracruz/general/366773/sentencia-contra-periodistas-en-veracruz-es-acoso-judicial-cpj-y-article-19.html

 

 Página en donde observo un cintillo color negro con el texto “AvcNoticias” como encabezado y debajo observo una imagen en blanco y negro con diversos aparatos de los cuales distingo dos micrófonos.             

Asimismo, en la parte de abajo está el texto: “Sentencia contra periodistas en Veracruz es acoso judicial: CPJ y ARTICLE 19             

Por: AVC/Noticias 

Fotografía: AVC/Noticias” 

Seguido de los iconos de “Facebook”, “X”, correo electrónico, “Whatssap” y “Telegram”

Y debajo de lo descrito el texto: “2025-05-31” 

“CPJ y ARTICLE 19 denuncian que la sanción contra el periodista Ángel Camarillo por reportar sobre nepotismo en Veracruz es un caso de acoso judicial.             

Xalapa, Ver.- (AVC) La sentencia contra los periodistas Ángel Camarillo, Isabel Ortega y Radio Teocelo por el presunto delito de violencia política de género, constituye un caso de acoso judicial, advirtieron el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ) y ARTICLE 19.              

Ambas organizaciones denunciaron que la resolución emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)utiliza indebidamente una legislación diseñada para proteger a las mujeres, con el objetivo de censurar el periodismo crítico.             

La sanción se originó por una publicación de 2021, donde Camarillo documentó prácticas de nepotismo en la política local de Veracruz, destacando vínculos familiares entre candidatas y funcionarios en funciones en más de 10 municipios. Uno de los casos refería a una aspirante a la alcaldía de Teocelo, hija del alcalde en funciones. La publicación también fue realizada por periodistas de Radio Teocelo y la reportera Isabel Ortega.             

“Las sentencias son claros ejemplos de acoso judicial, con políticos que abusan de la ley para silenciar el periodismo crítico”, declaró Jan-Albert Hootsen,. representante del CPJ en México.             

La sentencia obliga a Camarillo y otros periodistas a pagar una multa, retirar la publicación, emitir una disculpa pública e inscribirse en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Politica contra las mujeres, lo que CPJ y ARTICLE 19 consideran desproporcionado e injustificado.             

ARTICLE 19: uso desviado de una ley legítima  

ARTICLE 19 reprobó la sentencia y advirtió que desnaturaliza el espíritu de la ley de violencia política de género, la cual busca proteger a las mujeres en contextos de riesgo, no silenciar la crítica a figuras públicas que ejercen o buscan cargos.

“Hemos documentado un abuso creciente de estas normativas como mecanismos para frenar investigaciones periodísticas de interés público”, alertó la organización.

En su informe Barreras informativas 2024, ARTICLE 19documentó 21 casos de acoso judicial contra periodistas y más del 28% involucraron acusaciones de violencia política de género usadas para inhibir el ejercicio informativo.             

El abogado Jorge Ruiz del Ángel apuntó que en el caso de Camarillo no se acreditó un componente de género ni un daño real derivado del reportaje. “Parece más bien un castigo por tocar intereses políticos locales”, dijo.

 

CXIV.  Link 3: https://www.facebook.com/share/p/16A3n5CF6d/

 

Página en donde observo un cintillo color negro con el texto “AvcNoticias” como encabezado y debajo observo una imagen en blanco y negro con diversos aparatos de los cuales distingo dos micrófonos.              .

Asimismo, en la parte de abajo está el texto: “Sentencia contra periodistas en Veracruz es acoso judicial: CPJ y ARTICLE 19             

Por: AVC/Noticias 

Fotografía: AVC/Noticias” 

Seguido de los iconos de “Facebook”, “X”, correo electrónico, “Whatssap” y “Telegram”.

Y debajo de lo descrito el texto: “2025-05-31” 

“CPJ y ARTICLE 19 denuncian que la sanción contra el periodista Ángel Camarillo por reportar sobre nepotismo en Veracruz es un caso de acoso judicial.             

Xalapa, Ver.- (AVC) La sentencia contra los periodistas Ángel Camarillo, Isabel Ortega y Radio Teocelo por el presunto delito de violencia política de género, constituye un caso de acoso judicial, advirtieron el Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ) y ARTICLE 19.              

Ambas organizaciones denunciaron que la resolución emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)utiliza indebidamente una legislación diseñada para proteger a las mujeres, con el objetivo de censurar el periodismo crítico.             

La sanción se originó por una publicación de 2021, donde Camarillo documentó prácticas de nepotismo en la política local de Veracruz, destacando vínculos familiares entre candidatas y funcionarios en funciones en más de 10 municipios. Uno de los casos refería a una aspirante a la alcaldía de Teocelo, hija del alcalde en funciones.             

La publicación también fue realizada por periodistas de Radio Teocelo y la reportera Isabel Ortega.             

“Las sentencias son claros ejemplos de acoso judicial, con políticos que abusan de la ley para silenciar el periodismo crítico”, declaró Jan-Albert Hootsen, .representante del CPJ en México.             

La sentencia obliga a Camarillo y otros periodistas a pagar una multa, retirar la publicación, emitir una disculpa pública e inscribirse en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Politica contra las mujeres, lo que CPJ y ARTICLE 19 consideran desproporcionado e injustificado.             

ARTICLE 19: uso desviado de una ley legítima  

ARTICLE 19 reprobó la sentencia y advirtió que desnaturaliza el espíritu de la ley de violencia política de género, la cual busca proteger a las mujeres en contextos de riesgo, no silenciar la crítica a figuras públicas que ejercen o buscan cargos.

“Hemos documentado un abuso creciente de estas normativas como mecanismos para frenar investigaciones periodísticas de interés público”, alertó la organización.

En su informe Barreras informativas 2024, ARTICLE 19documentó 21 casos de acoso judicial contra periodistas y más del 28% involucraron acusaciones de violencia política de género usadas para inhibir el ejercicio informativo.             

El abogado Jorge Ruiz del Ángel apuntó que en el caso de Camarillo no se acreditó un componente de género ni un daño real derivado del reportaje. “Parece más bien un castigo por tocar intereses políticos locales”, dijo.

 

CXV.  Link 4: https://cpj.org/es/2025/05/mujeres-politicas-usan-demandas-infundadas-para-censurar-a-periodistas-en-mexico-denuncia-abogado/

 

Pestaña con un cintillo color negro y el texto “CPJ” seguido de “News”, “Data”, “Safety Resources”, “Get Involved”, “About Us”, “Donate”, “Get Help”

Seguido de una imagen y, observo una imagen en la parte central con poco cabello, camisa blanca y chaleco color azul y de fondo veo estantes con libros y de lado derecho el texto: “El periodista de investigación Héctor de Mauleón recibió el 15 de mayo de 2025 la orden de retirar una columna en la que mencionaba acusaciones de corrupción contra una candidata judicial. (Captura de pantalla: YouTube/Latinus)”

Le sigue el encabezado con el texto: “Mujeres políticas usan demandas infundadas para censurar a periodistas en México, denuncia abogado”             

“May 29, 2025 5:18 PM EDT”  

“Ciudad de México, 29 de mayo de 2025 — El periodista mexicano Héctor de Mauleón seguirá con interés las históricas elecciones judiciales de este domingo —no sólo porque el 1 de junio marca la primera vez que los mexicanos votarán por sus jueces, sino también porque una de las candidatas le ha prohibido reportar de forma crítica sobre ella.             

El 15 de mayo, el Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) ordenó a De Mauleón —uno de los periodistas de investigación más reconocidos de México— retirar su columna del 1 de mayo, en la que mencionaba presuntas acusaciones de corrupción contra una familiar de la candidata Tania Contreras, en el norte del país, y abstenerse de publicar artículos que la vinculen con personas o actos delictivos. Ese mismo día, la candidata demandó a De Mauleón y al periódico El Universal por calumnias y violencia política en razón de género. De Mauleón fue declarado culpable, aunque no se hicieron públicas ni la fecha del fallo ni la de su sentencia.

Este tipo de demandas frívolas se ha convertido en una herramienta cada vez más común entre políticos mexicanos para censurar el periodismo crítico. El Comité para la Protección de los Periodistas (CPJ) ha documentado su uso desde 2016, cuando un tribunal en Ciudad de México eliminó el tope máximo de compensación que los demandantes podían exigir en demandas por daño moral. En los últimos cinco años, al menos 158 periodistas han enfrentado demandas por difamación, según la oficina en México de Artículo 19, una organización con sede en Londres y socia del CPJ.

Se trata de una tendencia global. En Europa y Estados Unidos, las llamadas demandas estratégicas contra la participación pública (SLAPPs, por sus siglas en inglés) se utilizan ampliamente como medidas de represalia para intimidar a periodistas y suprimir reportajes de interés público.             

Violencia política por razón de género 

El delito de violencia política en razón de género fue introducido en 2020 para proteger a las candidatas en un país donde la violencia de género —también contra mujeres que buscan o ejercen cargos públicos— es de las más altas del mundo, según múltiples estudios.             

El reportero Arturo Ángel Arrellano Camarillo, del medio Al Calor Político, fue declarado culpable del mismo delito en el estado de Veracruz. En enero de este año fue condenado a pagar una multa no especificada y a reparar el daño a ***** ***** , una mujer a quien mencionó en un artículo de 2021 sobre familiares de políticos que buscaban cargos públicos, según la sentencia revisada por el CPJ.

El nombre de Arrellano también será incluido en el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres, administrado por el Instituto Nacional Electoral (INE), que organiza las elecciones federales en México.             

“Las sentencias contra los periodistas Héctor de Mauleón y Arturo Arrellano son claros ejemplos de acoso judicial, con políticos que abusan de la ley para silenciar el periodismo crítico —un fenómeno cada vez más común en México,” dijo Jan-Albert Hootsen, representante del CPJ en México. “Hacemos un llamado a las y los políticos mexicanos para que dejen de presentar demandas infundadas con el fin de evitar la publicación de información de interés público.”             

En ambos casos, los jueces de primera instancia rechazaron los cargos, pero sus fallos fueron revocados.             

Las acusaciones contra los dos periodistas parecen carecer de fundamento, ya que no existe evidencia de violencia política ni de que los periodistas hayan señalado a las mujeres por su género, explicó al CPJ el abogado de derechos humanos Jorge Ruiz del Ángel. “Estos casos parecen tener muy poco sustento”, dijo. “En ninguno está claro el daño que habrían causado los artículos, ni el componente específico de género”.             

En riesgo 

De Mauleón no retiró el artículo, a pesar del riesgo de arresto. Dijo al CPJ que retractarse sentaría un precedente peligroso de autocensura para el periodismo en México.             

Está acostumbrado al acoso por su trabajo. Durante la última década, ha recibido múltiples amenazas por reportajes sobre crimen organizado, extorsión, narcotráfico y redes corruptas que involucran a políticos y celebridades.             

Pero este caso le preocupó especialmente porque la orden judicial fue entregada directamente en su domicilio en Ciudad de México.             

“Me dijeron que mi información personal fue entregada al IETAM, lo cual considero que me pone en riesgo,” dijo de Mauleón al CPJ.             

México es el país más letal de América para el ejercicio del periodismo, según investigaciones del CPJ. Desde 2020, 40 periodistas y trabajadores de medios han sido asesinados en circunstancias confirmadas o posiblemente relacionadas con su labor informativa. México ocupa el octavo lugar en el Índice Global de Impunidad 2024 del CPJ.

El CPJ intentó en varias ocasiones comunicarse con Tania Contreras a través de llamadas a su oficina de campaña en Tamaulipas, y con ***** ***** a través del gobierno municipal de Teocelo, en Veracruz, pero no obtuvo respuesta.”

 

CXVI.  Link 5: https://drive.google.com/file/d/1xszhMZFzKeD6Ch_CpKQce9RaC7JSXeLS/view?usp=drive_link

 

Visualizo en la parte superior izquierda el texto “AUD-20250531-WA0006.m4a, mientras que en el margen superior derecho observo los íconos de “Añadir acceso directo a Drive”, “Descargar”, “Más acciones” y el botón de “Compartir”, seguido de la foto de perfil de mi cuenta.             

Ahora bien, procedo a certificar la existencia y contenido de la publicación, tal y como lo refiere el acuerdo de mérito:              

Veo un fondo de color negro, un ícono al centro con el dibujo de unos audífonos, y debajo un reproductor de audio, con los botones “Reproducir” y “Volumen”.             

Debido a que el contenido no se reproduce automáticamente, procedo a darle clic al botón de reproducción. Inmediatamente, procedo a transcribir, lo que escucho.

“Voz 1: Pues saludándonos nuevamente en este espacio de música variada del día de hoy, pero como el día de ayer ya se dio a conocer ayer por la tarde noche y desde el pasado jueves veintinueve de mayo, la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en torno a una denuncia presentada contra Radio Teocelo y contra nuestro compañero Elfego Riveros de acatar esta resolución como ya se dio a conocer el pasado jueves, hemos estado informando a la población qué es lo que sigue, eh alguna información que nos están solicitando, estamos recibiendo mensajes, hoy damos a conocer nuestro tercer comunicado, y agradeciendo a todos ustedes el que nos acompañen, el que nos pregunten, el que estén muy al pendiente de todo lo que está aconteciendo en estos últimos días. Está por aquí nuestro compañero Elfego Riveros, está Mariana Riveros también como directora de Radio Teocelo, y pues personas que nos acompañan en esta mañana también aquí en el estudio. Gracias a Eva ahí en los controles técnicos que nos está apoyando, pues Elfego, bienvenido, buenos días.              

Voz 2: ¿Qué tal Reina? Muy buenos días, gracias amigos, muy buenos días, gracias por escuchar este mensaje que viene a continuación aquí en el estudio, nos da mucho gusto tener la presencia de compañeras y compañeros, gracias aquí a Dulce, a Valencio que viene de Xico, Laura, Alejandra, Marco, pues estamos compartiendo con ustedes muy brevemente muchas llamadas de personas que en Teocelo y la región sienten una preocupación y a la vez un cariño por Radio Teocelo, y preguntándonos pues qué es lo que está pasando, a qué se debe esta situación, hay comentarios, hay preguntas, y este comunicado que se va a leer en unos instantes da cuenta de qué es lo que ocurre, como hemos dicho desde hace un año a la fecha, y sobre todo porque ya el jueves, como decía Reina, que es la representante legal de la asociación, y en un momento Mariana como directora, nos darán a saber cuál es la postura sobre la sentencia que ha emitido el jueves pasado la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y hemos dicho desde el jueves la acatamos pero bajo protesta, ya hicimos una disculpa pública como lo requiere este órgano superior, y la segunda cosa, amigas y amigos, es que también hay mensajes de fuera de Teocelo y de la región, de Veracruz, hay expresiones de personas que también conocen de la trayectoria, y están preocupadas, preocupados por saber cómo es que están las cosas, y colectivos que hay en muchas partes de la República, en lugares tan apartados como Chiapas, Oaxaca, Puebla, en el norte, en el sur, en occidente, pues están a la expectativa porque se han enterado a través de las redes sociales de que hay un problema con Radio Teocelo y las preguntas de estas compañeras y compañeros es, ¿cómo van las cosas? Cuéntenos porque queremos saber cómo ayudar. Supimos de la resolución de este Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y queremos saber en qué apoyamos, pero no solamente eso, amigas y amigos, sino dicen, queremos ir a Teocelo. Así que están preparándose para venir a Teocelo colectivos de medios indígenas, comunitarias, y afromexicanas, a mediados de julio estarán aquí tres días, y van a compartir seguramente los micrófonos de esta emisora, los espacios de la galera, y estarán tres días reflexionando sobre lo que significan pues estos intentos de acallar pequeñas radios comunitarias, que hemos dicho, son pequeñas, pocas y pobres, y aun así las quieren apalear.              

Bueno, pues dicen, vamos a ir a Teocelo, y ya nos estamos preparando para recibirles, nos daría mucho gusto que las personas que oyen Radio Teocelo conocieran a todos esos colectivos, porque nos dicen tres cosas importantes, Radio Teocelo ha sido una escuela de todas las radios comunitarias, por eso les reconocemos que sean el referente nacional de la radio comunitaria en México, y no podemos dejar sola a Radio Teocelo en este momento, nuestro apoyo incondicional. Y lo último que nos han dicho en estas horas del jueves para acá es, ¿y cuándo va a salir ese comunicado número tres? Conocemos el uno y el dos, en una circunstancia que seguramente no es fácil, porque está en medio de un proceso electoral, pero también nosotros respetando esos momentos, pues simplemente les agradecemos que nos escuchen, y pues entonces pasar, Reina, pues al siguiente punto de nuestra reunión el día de hoy.              

Voz 1: Así es, para el auditorio y como ya lo están compartiendo, bueno, pues vamos a conocer en voz de Mariana Riveros, que es la directora de Radio Teocelo, este tercer comunicado en relación pues a esta sentencia, o más bien ratificar la sentencia que ya se había dado a conocer en el mes de abril. Adelante, Mariana.              

Voz 3: Gracias, buenos días a toda la audiencia que nos está sintonizando. Sí, a continuación, voy a dar lectura a este tercer comunicado, que dice así.              

Nunca nos van a callar. Comunicado de Radio Teocelo y Abercop, Asociación Civil. A nuestras audiencias, a los colectivos de medios indígenas, comunitarios y afromexicanos, a la opinión pública y a la comunidad.              

En Radio Teocelo hemos recibido notificación de la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que injustamente confirma la sentencia que nos obliga a varias acciones, entre otras, a ofrecer disculpas por un spot que se consideró como violencia de género. No lo es, y la sentencia es una resolución defectuosa que no valoró debidamente ni nuestras pruebas, ni nuestros argumentos. Pero es un mandato judicial que acatamos con como respetuosos de la ley, aunque no compartimos sus consideraciones.              

Esa sentencia es un ejemplo más de por qué urge que existan los tribunales de disciplina judicial que llamen a cuentas a los juzgadores que emitan resoluciones negligentes, no exhaustivas y parciales, en las cuales no se respete la neutralidad y se subestimen los argumentos y las pruebas de una de las partes. Tampoco es que nos extrañe, pues no somos ajenos a una realidad que aún existe en México. Los cacicazgos tienen tentáculos largos.              

Sirva este vergonzoso episodio de la justicia electoral para motivarnos a seguir informando y, por supuesto, asumir los riesgos que implica una prensa libre, independiente y democrática. Nadie dijo que fuera fácil combatir los poderes fácticos ni que confiáramos en exceso en los órganos integrados en otros regímenes donde los arreglos políticos y de intereses de grupo y de poderes fácticos tomaban las decisiones sobre la integración de los órganos del Estado mexicano. Repetimos nuevamente, nunca nos van a callar.              

Atentamente, el colectivo de Radio Teocelo y la directiva de la Asociación Veracruzana de Comunicadores Populares, Asociación Civil Teocelo-Veracruz-México a 31 de mayo de 2025.              

Voz 1: Pues ahí está este comunicado y agradeciendo también los comunicados que están llegando por parte de diferentes organizaciones y pues decíamos que aquí en el estudio además de estar Elfego, de Mariana que acaba de dar este comunicado pues hay compañeras, compañeros o quienes han estado muy de cerca del trabajo de Radio Teocelo. Pues si alguien quiere compartir algo, algún mensaje pues adelante.              

Si alguien se anima a decir algo, pues decir que mientras como ya lo daban a conocer, pues estamos en espera de que próximamente tengamos por aquí a radios comunitarias indígenas del país, de diferentes estados de la república pues que han estado muy al pendiente de estos acontecimientos en las cuales pues se ve señalada y por otra parte pues querer acallar la libertad de expresión de un medio de comunicación que sesenta años pues ha tenido ya en esta trayectoria en este 2025 que se cumplen ya. Pues no sé si alguien de los compañeros o compañeras quiera compartir algo más. No por el día de hoy.              Bueno pues entonces decir que nosotros seguimos trabajando, laborando este domingo tenemos una cobertura con motivo del proceso electoral donde pues vamos a conocer durante doce horas porque iniciamos desde las ocho poco después de las ocho de la mañana posiblemente hasta las ocho o nueve de la noche dando a conocer el pues el desarrollo de este proceso importante también en los municipios de nuestra región seguimos pues abriendo micrófonos para la expresión ciudadana para la libertad de expresión de las y los ciudadanos y como medio de comunicación pues seguimos fomentando pues esta parte de la libertad de expresión, así que muy pendientes estaremos trabajando también este domingo en estas doce horas de esta cobertura que tenemos especial de este proceso y pues nosotros seguiremos trabajando en la siguiente semana después de transcurrir lo que es estas elecciones pues seguiremos informándole a la población de qué sigue, decir que hay personas que se han comunicado para decirnos bueno y si recogemos firmas, si hacemos alguna manifestación pues por ahorita lo dejamos pendiente en los siguientes días pues ya les estaremos compartiendo con ustedes que sigue. Pues si no hay más por el día de hoy, muchas gracias, este Eva, ¿alguna llamada al aire?              

Voz 4: Sí, estoy tomando nota o no se le pregunto es Josefa Patlax que está aquí en la línea no sé si quiera pasar al aire. ¿Si? Adelante, adelante, adelante doña Jose, buenos días a ver adelante doña Jose.              

Voz 5: Sí, buenos días Reina o buenas tardes, no sé bien a qué hora me encuentro pero mira yo me daba mucha tristeza de ese día que dio don Elfe que ya había tenido la resolución y que le está pidiendo disculpas a la señorita esta, eh pues nos daba mucha tristeza porque decíamos pues entonces tan fácil nos van a callar la boca, ya no podemos hablar con la verdad y ahorita que estamos escuchando este otro comunicado nos da alegría porque sabemos que mucha gente está de parte del radio y adelante nos da mucho gusto felicidades y que no para que también nosotros tengamos valor de anunciar y denunciar gracias Reina.              

Voz 1: Gracias doña Jose, hasta luego. Pues agradeciendo a doña Josefa Patlax vecina de esta ciudad de Teocelo que se ha comunicado muchas gracias doña Jose y claro que seguimos adelante pues esto no termina aquí y como decíamos seguiremos fomentando esta parte de la libertad de expresión. ¿Mensajes Mariana que nos llegan?              

Voz 3:  Gracias Reina efectivamente los apoyos están llegando de muchas maneras a través de redes sociales también la gente compartiendo nuestros comunicados solidarizándose con lo que estamos viviendo actualmente en Radio Teocelo pues siempre nos apoyan, ¿no? de alguna manera corriendo la voz haciendo saber lo que está pasando en este momento, por acá nos dejan un mensajito también a través de redes sociales una amiga que nos está sintonizando, buenos días considero que fue una injusticia y ojalá esto sirva para que la gente piense bien en su decisión en estas elecciones, como ella pues muchos más nos están dejando algunos mensajes que pues con gusto vamos a estar compartiendo yo creo que en el transcurso de de la semana y de las siguientes horas.              

Voz 1: Así es bueno pues seguimos con otros mensajes más que Elfego tiene.  

Voz 2: Pues en este momento está llegando es desde la Ciudad de México y es de un amigo que, estudiamos juntos la carrera de la carrera de periodismo y comunicación en Ciudad de México, él se llama Carlos Padilla él es el director de la revista Zócalo y la revista Zócalo está publicando este caso precisamente presuntos delitos electorales contra periodistas podrían vulnerar la libertad de expresión, pues vamos a compartir lo que dice la revista Zócalo en nuestra red social Radio Teocelo Oficial y pues vean ustedes de todas partes quieren saber y apoyar a este medio comunitario.              

Voz 1: Así es, agradeciendo el día de ayer vamos a conocer este comunicado de la Asamblea Veracruzana de Iniciativa y Defensa Ambiental a la vida que también se comunicó, un comunicado que ya compartimos también en redes sociales pues si no tenemos nada por este momento cerramos hasta aquí este espacio que anunciamos desde el día de ayer y pues nos seguiremos manteniendo informados la siguiente semana gracias a doña José y a todos quienes nos están sintonizando esta mañana vamos a cabina”.

 

CXVII.  Link 6: https://www.facebook.com/share/p/14yx9G8wvA/ 

 

Página de internet, hay una pestaña con la letra “f” y el texto “Facebook”, debajo observo un círculo en color azul y al interior una letra “f”, y en la esquina superior derecha los iconos de las opciones “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones”, y “Cuenta”.             

En la parte de en medio sale un recuadro de una publicación con el título de “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, acto seguido en la esquina superior izquierda de dicho recuadro se ve un círculo con un fondo naranja con la silueta de lo que parece un animal, seguido de “Radio Teocelo Oficial” debajo de eso dice “31 de mayo a la 12:04 p.m.” y junto el icono de “público”,             

Debajo observo el texto:  

“3er COMUNICADO de Radio Teocelo. 

¡Nunca nos van a callar!  

@seguidores 

Fans Destacados” 

Seguido veo un recuadro blanco con texto, en su encabezado “ASOCIACIÓN VERACRUZANA DE COMUNICAIONES POPULARES, A.C., y abajo “Comunicación para el desarrollo”, asimismo del lado izquierdo obersvo una silueta con el texto “AVERCOP A.C.” y del lado derecho un recuadro color naranja con una silueta de animal y debajo el texto ¡Nunca nos van a callar”

A NUESTRAS AUDIENCIAS 

A LOS COLECTIVOS DE MEDIOS INDÍGENAS, COMUNITARIOS Y AFROMEXICANOS

A LA OPINION PÚBLICA 

A LA COMUNIDAD 

En Radio Teocelo hemos recibido NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA de la Sala Superior del Tribunal             

Electoral del Poder Judicial de la Federación que injustamente confirma la sentencia que nos obliga a varias acciones, entre otras, a ofrecer disculpas por un spot que se consideró como violencia de género.             

No lo es, y la sentencia es una resolución defectuosa que no valoró debidamente ni nuestras pruebas ni nuestros argumentos. Pero es un mandato judicial que acatamos como respetuosos de la ley, aunque no compartimos sus consideraciones.             

Esa sentencia es un ejemplo más de por qué urge que existan los tribunales de disciplina judicial que llamen a cuentas a los juzgadores que emitan resoluciones negligentes, no exhaustivas y parciales en las cuales no se respete la neutralidad y se subestimen los argumentos y pruebas de una de las partes.             

Tampoco es que nos extrañe, pues no somos ajenos a una realidad que aún existe en México: Los cacicazgos tienen tentáculos largos.             

Sirva este vergonzoso episodio de la justicia electoral para motivarnos a seguir informando y, por supuesto, asumir los riesgos que implica una prensa libre, independiente y democrática.             

Nadie dijo que fuera fácil combatir a los poderes fácticos ni que confiáramos en exceso en los órganos integrados en otros regímenes donde los arreglos políticos y de intereses de grupo y poderes fácticos

tomaban las decisiones sobre la integración de los órganos del Estado Mexicano.

Nunca nos van a callar 

Atentamente 

El colectivo de Radio Teocelo y la Directiva de la Asociacion Veracruz de Comunicadores Populares, A. C.             

Teocelo, Veracruz, México, a 31 de Mayo de2025 

En esa misma tesitura observo un icono de “Me gusta”, “Me encanta”, “Me importa” seguido del número “382” y del lado derecho “59 comentarios y “262 veces compartido.             

De inmediato observo un cintillo con la opción de “Me gusta”, “Comentar”, “Enviar”, “Compartir”, seguido de la opción “Más relevantes” y por ultimo un recuadro blanco con el texto “Escribe un comentario”.

 

CXVIII.  Link 7: https://drive.google.com/file/d/1xud_Zu4GF7rxQdfTYA9591C8r9x4wv95/view?usp=drive_link

 

Página de internet con el fondo negro y solo un icono de audífonos en la parte central, seguido de una barra de tiempo.             

A continuación, trascribo el audio reproducido durante la duración del video: Del segundo 0:00 al minuto 02:00 con 36 segundos             

VOZ INFANTIL: “Yo no entiendo, ¿de qué se trata todo esto?  

VOZ ADULTO: Punto número uno, responsabilidad. Es la obligación de cumplir con compromisos. Eso quiere decir que, si le dices a tu mamá que harás la tarea a las tres de la tarde, a esa hora debes hacerla.             

VOZ ADULTO: Punto número dos, honestidad. Que implica rectitud y sinceridad, tanto en palabras como en acciones.             

VOZ INFANTIL: ¿Quiere decir que no puedo tomar cosas que no son mías? VOZ ADULTO: ¡Correcto! Y en medida que vayas creciendo, conocerás cosas más complejas al respecto.

VOZ ADULTO: Punto número tres, cercanía y empatía con la comunidad. Tener conocimiento de las problemáticas y estar en relación constante con las personas a las cuales vas a representar. No aparecer de la nada a querer ser amigo de todos.

VOZ INFANTIL: Sí, porque es muy bonito llevarse con todas las personas y que me saluden por todos lados.             

VOZ ADULTO: ¡Correcto! Y por último, pero no menos importante, no claudicar. Eso significa no ceder ante alguna presión o deseo. Lo que debe llevarte a conseguir la presidencia es la convicción y vocación de servir a los demás, más no los deseos personales de prestigio o intereses del poder.

VOZ INFANTIL: Gracias abuelito, deseo y ten en cuenta todo eso que me enseñaste para ser un buen niño. Y luego veré si soy o no presidente municipal.

VOZ ADULTO: Recuerden todos que el pueblo debe elegir quién será su gobernante y no una persona decidir qué pueblo gobernar”              

Radio Teocelo, 60 años y más joven que nunca.”

 

CXIX.  CG/SE/PES/MYCV/845/2025

CXX.  AC-OPLEV-OE-782-2025

 

CXXI.  Link 1: https://www.educaoaxaca.org/caciques-veracruzanos-buscan-silenciar-a-radio-teocelo-referente-en-comunicacion-comunitaria/

 

NOTA: Se advierte la duplicidad de esta liga en las quejas radicadas bajo el número CG/SE/PES/MYCV/582/2025 liga 4 del escrito de denuncia, foja 1162 y CG/SE/PES/MYCV/584/2025 liga 11 del escrito de denuncia, foja 1227 del tomo III, actas número AC-OPLEV-OE-556-2025, foja 1187 y AC-OPLEV-OE-569-2025, foja 1298; del mismo modo, se duplica el contenido en las actas referidas con la de mérito.

CXXII.  Link 2: https://www.educaoaxaca.org/caciques-veracruzanos-buscan-silenciar-a-radio-teocelo...

CXXIII.   

NOTA: Se advierte la duplicidad de esta liga en las quejas radicadas bajo el número CG/SE/PES/MYCV/582/2025 liga 4 del escrito de denuncia, foja 1162 y CG/SE/PES/MYCV/584/2025 liga 11 del escrito de denuncia, foja 1227 del tomo III, actas número AC-OPLEV-OE-556-2025, foja 1187 y AC-OPLEV-OE-569-2025, foja 1298; del mismo modo, se duplica el contenido en las actas referidas con la de mérito.

CXXIV.  Link 3: https://www.avcnoticias.com.mx/noticias-veracruz/general/366773/ 

CXXV.   

NOTA: Se advierte la duplicidad de esta liga en las quejas radicadas bajo el número CG/SE/PES/MYCV/714/2025 liga 3 del escrito de denuncia, foja 1442 y CG/SE/PES/MYCV/738/2025 liga 4 del escrito de denuncia, foja 1507 del tomo III, actas número AC-OPLEV-OE-665-2025, foja 1476 y AC-OPLEV-OE-672-2025, foja 1552;

 

Cabe destacar que, si bien, la liga es la misma, el contenido dentro del acta de mérito indica lo siguiente:

 

Página de internet, hay una pestaña con el texto “avcnoticias.com.mx/noticias-ve”, ahora bien, procedo a certificar la existencia y contenido de la publicación, tal y como lo refiere la petición:              

Ahora bien, procedo a certificar la existencia y contenido de la publicación, de izquierda a derecha de manera descendente:              

En la esquina superior izquierda veo el texto “Error 404”, seguido de “Pagina no encontrada” y le sigue “Click aquí para ir a página principal”

 

NOTA: Por otra parte, mediante acuerdo de fecha veintisiete de junio, se hace constar con la certificación de fecha veintiséis de junio el incumplimiento de la denunciante a la prevención formulada mediante acuerdo de veintitrés de junio y se determina la continuidad del procedimiento con las constancias que obren en el expediente sin realizar la investigación de esta liga.

CXXVI.  Link 4: https://cpj.org/es/2025/05/mujeres-politicas-usan-demandas-infundadas...

 

NOTA: Se advierte la duplicidad de esta liga en las quejas radicadas bajo el número CG/SE/PES/MYCV/714/2025 liga 5 del escrito de denuncia, foja 1443 y CG/SE/PES/MYCV/738/2025 liga 6 del escrito de denuncia, foja 1507 del tomo III, actas número AC-OPLEV-OE-665-2025, foja 1476 y AC-OPLEV-OE-672-2025, foja 1552; del mismo modo, se duplica el contenido en las actas referidas con la de mérito.

 

CXXVII.  CG/SE/PES/MYCV/343/2025 Y ACUMULADOS

CXXVIII.  AC-OPLEV-OE-888-2025 (FOJA 3087)

 

CXXIX.  Link: 1 https://laclaveonline.com/2025/05/17/sala-especializada-del-tribunal-electoral-federal-tambien-criminalizo-a-radio-teocelo-por-denuncias-de-candidata-de-morena-pvem-mara-chama/

 

https://laclaveonline.com/2025/05/17/sala-especializada-del-tribunal-electoral-federal-tambien-criminalizo-a-radio-teocelo-por-denuncias-de-candidata-de-morena-pvem-mara-chama/ ”. Dicho enlace me remite a una página electrónica, en la cual observo en la parte superior una barra en color negro que al costado derecho contiene los íconos de las redes sociales “Facebook”, Twitter” y “YouTube”, debajo, advierto una franja en color blanco que contiene la letra “C” y en medio, la figura de una mano apuntando al lado izquierdo, a continuación, veo en color morado degradado “La Clave”, lo anterior seguido de una línea en color fucsia y debajo una barra en color negro que contiene las siguientes opciones en color blanco “PORTADA”, “COLUMNAS”, “CULTURA”, “DEPORTES”, “PERSPECTIVA DE GENERO” y “CONTACTO”, al final observo la figura de una lupa. Continuando, observo un collage conformado por dos imágenes, en la primera advierto a una persona de tez clara, cabello negro, que viste una playera en color guinda, en la que veo de lado derecho un estampado con el texto “MARA”, y al costado izquierdo veo “na”, seguido de un recuadro pequeño de fondo verde, dicha persona realiza una seña con su mano, levantando dos dedos de la misma; en la siguiente imagen veo a un grupo de personas que se encuentran en un espacio cerrado, algunos se encuentran sentados y otros de pie, asimismo, advierto que la vestimenta que porta la mayoría se trata de una playera en color café, otros visten la misma playera, pero en colores naranja, gris y azul, debajo de las imágenes veo dos recuadros color fucsia con el texto “NOTAS” y “SIN CATEGORÍA” respectivamente. A continuación, veo el encabezado “Sala Especializada del Tribunal Electoral federal también criminalizó a Radio Teocelo por denuncias de candidata de Morena-2025”, seguido de “SHARE” y diversos botones de redes sociales. Lo anterior seguido del texto: “A principios de este mes, magistrados del Pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación también sentenciaron al medio de comunicación comunitario Radio Teocelo por supuesta violencia política de género contra la candidata a la alcaldía de Teocelo de la coalición Morena-PVEM, ***** ***** ****. En mayo de 2024, Radio Teocelo transmitió un spot de un minuto, en formato de caricatura política, que cuestionaba malas prácticas como corrupción, nepotismo y candidaturas plurinominales, sin mencionar nombres, partidos, familias, ni lugares. Luego de ello, ***** ***** **** denunció por violencia política en razón de género a la directora de Radio Teocelo, Mariana Riveros; a Alejandra Pozos, presidenta de la Asociación Veracruzana de Comunicadores Populares (Avercop) y al periodista Elfego Riveros. El 14 de enero, un tribunal especializado determinó inexistencia de dicha violencia política; sin embargo el 29 de abril, la Sala Regional Especializada del TEPJF con sede en la Ciudad de México revocó la sentencia y ordenó multas y castigos para el periodista comunitario y para Radio Teocelo. Radio Teocelo interpuso un recurso de revisión contra la resolución dictada por los magistrados de la Sala Regional Especializada. Una decena de organizaciones y radios comunitarias denunciaron que el comunicador comunitario Elfego Riveros está siendo objeto de persecución judicial de parte del Partido Verde bajo el argumento de una supuesta violencia política en razón de género. Las emisoras comunitarias expresaron su preocupación de que se instrumentalicen luchas legítimas del feminismo para criminalizar el periodismo comunitario y con ello amenazar la libertad de expresión y los derechos a informar y ser informados de las comunidades. Asimismo, exigieron al Estado mexicano se garantice el ejercicio pleno de la libertad de expresión y el derecho a la información, así como implementar medidas cautelares en favor de Radio Teocelo. “Esta situación vulnera el Derecho a la Libertad de Expresión y se daña la credibilidad, el honor y la trayectoria de nuestro compañero Elfego Riveros”, aseveró en un posicionamiento Radio Huayacocotla. Por su parte, la Sede Regional Xalapa de la Universidad Veracruzana Intercultural (UVI) también manifestó su solidaridad con Radio Teocelo y con su conductor Elfego Riveros, ante la denuncia interpuesta por ***** ***** ****. En un comunicado dirigido a la opinión pública y a la comunidad de Teocelo, la UVI reafirmó su compromiso con la libertad de expresión, el pluralismo y la diversidad en la comunicación, y destacó la importancia de la radio comunitaria como un espacio clave para el fortalecimiento de la ciudadanía, la democracia y la difusión de saberes agroecológicos y de otras expresiones culturales. La UVI reconoció a Radio Teocelo como un aliado fundamental al señalar que el medio ha sido un canal importante para compartir experiencias y conocimientos sobre agroecología y biculturalidad, así como para contribuir al desarrollo de comunidades más informadas y sostenibles. Finalmente, la UV Intercultural exigió a las autoridades estatales y federales que garanticen el derecho a la libertad de expresión, así como la autonomía e independencia de los medios comunitarios. “Rechazamos cualquier forma de violencia política y censura que busque silenciar a quienes ejercen su derecho a la crítica y la reflexión”, enfatizó en su pronunciamiento. Radio Teocelo, con una trayectoria de 60 años, exigió frenar la criminalización en su contra y en particular contra el comunicador Elfego Riveros, de parte de ***** ***** ****, candidata del Partido Verde y Morena a la alcaldía de Teocelo, Veracruz. Al costado derecho de la página, veo diversos encabezados y publicidad y al final de la página, advierto diversos encabezados de notas. Dejo constancia de lo anterior en las IMÁGENES 1 a la 4 que se agregan al ANEXO A de la presente acta.

 

CXXX.  CG/SE/PES/MYCV/893/2025

CXXXI.  AC-OPLEV-OE-904-2025

 

CXXXII.  Link 1: https://www.facebook.com/watch/?v=1430799798104751

 

Inserto en el buscador de Google el enlace solicitado en el acuerdo: “2. https://www.facebook.com/watch/?v=1430799798104751;Me dirige a una página de internet, hay una pestaña con un círculo azul con la letra “f” y el texto “Video | Facebook”. Visualizo en la parte superior izquierda un círculo en color azul dentro la letra “f” en color blanco, seguido de la imagen de una lupa, continuando con los apartados de “Inicio”, “Amigos” y “Grupos”, en el margen superior derecho observo los íconos de “Buscar amigos”, Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Seguido un cintillo con las palabras: “Video”, “Inicio”, “En vivo”, “Reels”, “Explorar”, “Videos guardados” y “Seguidos”, así como un icono de una lupa que dice: “Buscar videos”.  Al centro de la pantalla, veo un recuadro que contiene un video, que posteriormente procederé a describir. Del lado derecho, veo un círculo con el fondo blanco y una ilustración de color rojo, que corresponde a la foto de perfil, seguido del texto “La Jornada Veracruz”, “31 de mayo” y a un lado el icono de público. Seguida la opción “Seguir” y el icono de “más opciones”. Debajo “Resumen” “Comentarios”. Veo el texto “La reciente resolución del Tribunal Electoral que sanciona a periodistas y a Radio Teocelo por “violencia política de género” contra la candidata ***** ***** sienta un grave precedente: permite que las leyes diseñadas para proteger derechos sean utili… Ver más.” Procedo a darle clic en el botón de “Ver más”, el cual me despliega el siguiente texto: “La reciente resolución del Tribunal Electoral que sanciona a periodistas y a Radio Teocelo por “violencia política de género” contra la candidata ***** ***** sienta un grave precedente: permite que las leyes diseñadas para proteger derechos sean utilizadas para silenciar críticas legítimas. ¿Se está torciendo el marco legal para blindar a figuras con poder? Este fallo podría abrir la puerta para que cualquier político invoque argumentos de género para evadir el escrutinio público, debilitando la libertad de expresión y el ejercicio periodístico. En este análisis desde La Jornada Veracruz, discutimos los riesgos que representa esta interpretación expansiva de la ley. #LibertadDeExpresión #ViolenciaPolítica #RadioTeocelo #PeriodismoLibre Ver menos. “ Debajo de este observo la sección de comentarios. Con el fin de cumplir con lo ordenado en el acuerdo de mérito, procedo a reproducir el vídeo, a partir del minuto 00:20al 06:45, para describir primero lo que observo y después transcribir lo que escucho. En la toma,00:20/08:43”, observo una persona que se encuentra sentada, tiene el cabello corto y oscuro, vello facial, porta una camisa de manga larga, a cuadros de color blanco con negro, tiene colocado un objeto en su oreja izquierda, frente a ella tiene una mesa y un objeto rectangular de color gris. En el fondo veo un letrero con el texto “La Jornada”, “Veracruz”, “en línea”, “que decirlo”. Hay un cambio de toma, “00:36/08:43”, veo una imagen con fondo blanco, en la esquina superior izquierda observo una imagen de un ave sosteniendo algo con su pico, alrededor de esta veo el texto “Estados Unidos Mexicanos”, y debajo “TRIBUNAL ELECTORAL del Poder Judicial de la Federación”. En la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañado del texto “Veracruz”. Debajo observo el texto EXPEDIENTES: SUP-REP-116/2025 Y ACUMULADOS. MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA Ciudad de México, a veintiocho de mayo de dos mil veinticinco. Sentencia que desecha dos demandas por preclusión; y confirma la resolución de la Sala Regional Especializada que, entre otras cuestiones, declaró la existencia de violencia política en razón de género atribuida a los recurrentes, y, en consecuencia, les impuso multas y diversas medidas de reparación. Hay un cambio de toma, “01:16/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”, al centro observo un recuadro con el texto Publicación 5 (Spot en radio) Medio: Radio Teocelo  Fechas: 29 y 30 de mayo de 2024.  Programa: Luna Llena. Voz de género masculino: ¿Dónde están los Chama? ¿Están haciendo pintas para la presidencia municipal el próximo año, ¿ya están adelantando la campaña? No, no creo. Bueno, vamos a tener en este espacio los siguientes segmentos, esperando que nos sigan de aquí hasta las once. El contacto sur está listo. A las ocho quince, después los avisos en la media y antes de las nueve y a de Alfredo con su reflexión, probablemente de la importancia de votar el próximo domingo. ¿No es así, padre? Último programa para la escuela primaria San José o Don José. Dicen que ya tiene lista la credencia. ¿No es así, estimado Alejandro? En este espacio, que es una calle muy—. Papá dialoga con sus hijos. Voz de género femenino: Papi, papi, quiero ser diputada. Voz de género masculino: ¿Dipu—qué? Ah, sí, diputada. ¿Oye y cómo para qué? Voz de género femenino: Pues nomás, a ver qué se siente ¿no? ¿Oye, y como cuánto me van a pagar? Voz de género masculino: No sé, hija, pero seguramente más que al presidente. Déjame ver si te podemos colar en la lista verde. Eso, tú serás mi niña verde, sale? Voz de género femenino: Sí. Gracias, papi. Mua.  Voz de género femenino: Ay, papá, cómo eres. ¿Y por qué a mí no me compras también una candidatura para ser pluri? Ándale, sí, quiero ser más famosa. Ya yendo experiencia en la tele. Dime que sí, papucho precioso. Voz de género masculino: Ay, hijas, voy a tener que vender hotel, ranchos, escuelas y todos mis negocios para cumplirles sus caprichos. Perdón, quise decir, para cumplirles sus deseos. Déjenme hablarles a mis amigos de (tararea) Tú podrás ser mi niña naranja. Sian lindo ¿no? Voz de género femenino: Yes sir, very good. An the Orange girl. Voz de género masculino: Oigan, no se vale. ¿Qué les pasa? Soy el más guapo y” Hay un cambio de toma, “01:21/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”, debajo veo un recuadro con el texto “muévete papá, usa tus palancas, porque también quiero ganar una diputación sin tener que hacer campaña. Odio a la chusma pedinche. Voz de género masculino: Oh, ya sé, ya sé, ya sé. Le llamaré a nuestros amigos los yunques para que te metan de relleno en alguna lista roja, azul o amarilla. ¿Qué te parece? Voz de género masculino: Mta, pues ya perdí.  Voz de género femenino: En estas elecciones. No más recomendados de Paty, no más reelección de diputados, no más pluris, no más exfuncionarios de cola larga buscado fuero para evitar la cárcel. Emite un voto razonado. Infórmate por radio Teocelo.” Hay un cambio de toma, “01:25/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo “Publicación 3 Fecha: 7 de junio de 2021. Autor: Ángel Camarillo.“ Alcalorpolitico  EL PODER DE LA VERDAD No hubo “minimonarquías”: las familias que perdieron las elecciones en Veracruz” Tras las elecciones de este domingo, habrían terminado por ser derrotados los actuales alcaldes o alcaldesas que pretendían heredar el cargo a sus familiares. En municipios como Tuxpan, Córdoba, Zongolica, Xico, Teocelo, Ángel R. Cabada y San Andrés Tlalnelhuayocan, al final, pese a distintas acusaciones a lo largo de la campaña que algunos ediles intervenían para mantener el poder” Hay un cambio de toma, “02:05/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: Publicación 1 Medio: "La Silla Rota, Veracruz"  Título: "Cacicazgos se quedan sin el poder en Veracruz" Fecha: 9 de junio de 2021. Autora: María Isabel Ortega. LA SILLA ROTA VERACRUZ Cacicazgos se quedan sin el poder en Veracruz La Silla Rota Veracruz enlistó algunos casos donde familiares no fueron rentables para los partidos políticos en Veracruz.” Hay un cambio de toma, “02:09/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: “Publicación 2 Medio: "Gobernantes.com" Título: "Mario Chama hereda la alcaldía"  Fecha: 17 de marzo de 2021 Columna de opinión: Barra Libre Autor: Alfredo Quezada Hernández GOBERNANTES.COM De Veracruz al mundo BARRA LIBRE ALFREDO QUEZADA HERNÁNDEZ MARIO CHAMA – HEREDA LA ALCALDÍA” Hay un cambio de toma, “02:15/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo el texto: Publicación 4 Blog: "La Caja de Cristal" Título: "***** ***** ¡otra vez quiere engañar a Teocelo!" La Caja de Cristal De política y políticos Julio Sexto Segundo Teocelo, Ver.- Y como en muchos casos, las lobas con piel de oveja regresan en campaña para engañar a los ingenuos con una supuesta humildad que no conocer más que en fotografía. Así, la derrotada ***** ***** (MALA) a la que su papa Mario Chama Díaz le quiso heredar la presidencial municipal de Teocelo, elección que perdió precisamente ante el partido que hoy dice apoyar indirectamente: Morena. En Teocelo, pueblo que ha vuelto en campaña MALA conocer las obras de mala calidad hechas por Mario Chama y como muestra basta un botón como el "libramiento" para evitar el paso por el centro de Teocelo que ya está lleno de baches, por la desidia del actual presidente morenista, Isaac Anel Reyes. Mal ven los teocelanos las prácticas manipuladoras de MALA Chama como el usar a niños a los que regálandoles minimochilas del Partido Verde para que se tomen foto con ella, pretenden influir en los padres y madres de familia para que voten por su partido, que es rechazado tanto como el de Moreno y de ese modo llegar a ocupar una diputación local.” Hay un cambio de toma, “02:20/08:43”, veo una imagen con fondo blanco, en la esquina superior izquierda observo una imagen de un ave sosteniendo algo con su pico, alrededor de esta veo el texto “Estados Unidos Mexicanos”, y debajo “TRIBUNAL ELECTORAL del Poder Judicial de la Federación”. En la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañado del texto “Veracruz”. Debajo observo el texto “EXPEDIENTES: SUP-REP-116/2025 Y ACUMULADOS MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA Ciudad de México, a veintiocho de mayo de dos mil veinticinco. Sentencia que desecha dos demandas por preclusión; y confirma la resolución de la Sala Regional Especializada que, entre otras cuestiones, declaró la existencia de violencia política en razón de género atribuida a los ahora recurrentes, y, en consecuencia, les impuso multas y diversas medidas de reparación.” Hay un cambio de toma, “02:25/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”, al centro observo un recuadro con el texto Publicación 5 (Spot en radio) Medio: Radio Teocelo Fechas: 29 y 30 de mayo de 2024. Programa: Luna Llena. Voz de género masculino: ¿Dónde están los Chama? ¿Están haciendo pintas para la presidencia municipal el próximo año, ¿ya están adelantando la campaña? No, no creo. Bueno, vamos a tener en este espacio los siguientes segmentos, esperando que nos sigan de aquí hasta las once. El contacto sur está listo. A las ocho quince, después los avisos en la media y antes de las nueve  y a de Alfredo con su reflexión, probablemente de la importancia de votar el próximo domingo. ¿No es así, padre? Último programa para la escuela primaria San José o Don José. Dicen que ya tiene lista la credencia. ¿No es así, estimado Alejandro? En este espacio, que es una calle muy—. Papá dialoga con sus hijos. Voz de género femenino: Papi, papi, quiero ser diputada.  Voz de género femenino: Pues nomás, a ver qué se siente ¿no? ¿Oye, y como cuánto me van a pagar?  Voz de género masculino: No sé, hija, pero seguramente más que al presidente. Déjame ver si te podemos colar en la lista verde. Eso, tú serás mi niña verde, sale?. Voz de género femenino: Sí. Gracias, papi. Mua. Voz de género femenino: Ay, papá, cómo eres. ¿Y por qué a mí no me compras también una candidatura para ser pluri? Ándale, sí, quiero ser más famosa. Ya yendo experiencia en la tele. Dime que sí, papucho precioso.  Voz de género masculino: Ay, hijas, voy a tener que vender hotel, ranchos, escuelas y todos mis negocios para cumplirles sus caprichos. Perdón, quise decir, para cumplirles sus deseos. Déjenme hablarles a mis amigos de (tararea) Tú podrás ser mi niña naranja. Sian lindo ¿no? Voz de género femenino: Yes sir, very good. An the Orange girl.  Voz de género masculino: Oigan, no se vale. ¿Qué les pasa? Soy el más guapo y”  Hay un cambio de toma, “02:31/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”, debajo veo un recuadro con el texto “muévete papá, usa tis palancas, porque también quiero ganar una diputación sin tener que hacer campaña. Odio a la chusma pedinche. Voz de género masculino: Oh, ya sé, ya sé, ya sé. Le llamaré a nuestros amigos los yunques para que te metan de relleno en alguna lista roja, azul o amarilla. ¿Qué te parece?  Voz de género masculino: Mta, pues ya perdí. Voz de género femenino: En estas elecciones. No más recomendados de Paty, no más reelección de diputados, no más pluris, no más exfuncionarios de cola larga buscado fuero para evitar la cárcel. Emite un voto razonado. Infórmate por radio Teocelo.” Hay un cambio de toma, “02:35/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo “Publicación 3 Medio: "Al Calor Político" Título: “No hubo minimonarquías: las familias que perdieron las elecciones en Veracruz”  Fecha: 7 de junio de 2021. Autor: Ángel Camarillo.“Alcalorpolitico EL PODER DE LA VERDAD   No hubo “minimonarquías”: las familias que perdieron las elecciones en Veracruz”     Tras las elecciones de este domingo, habrían terminado por ser derrotados los actuales alcaldes o alcaldesas que pretendían heredar el cargo a sus familiares. En municipios como Tuxpan, Córdoba, Zongolica, Xico, Teocelo, Ángel R. Cabada y San Andrés Tlalnelhuayocan, al final, pese a distintas acusaciones a lo largo de la campaña que algunos ediles intervenían para mantener el poder” Hay un cambio de toma, “02:40/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: Publicación 1 Medio: "La Silla Rota, Veracruz" Título: "Cacicazgos se quedan sin el poder en Veracruz" Fecha: 9 de junio de 2021.  Autora: María Isabel Ortega. LA SILLA ROTA VERACRUZ Cacicazgos se quedan sin el poder en Veracruz La Silla Rota Veracruz enlistó algunos casos donde familiares no fueron rentables para los partidos políticos en Veracruz.” Hay un cambio de toma, “02:45/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: “Publicación 2 Medio: "Gobernantes.com" Título: "Mario Chama hereda la alcaldía" Fecha: 17 de marzo de 2021 Columna de opinión: Barra Libre Autor: Alfredo Quezada Hernández GOBERNANTES.COM De Veracruz al mundo BARRA LIBRE ALFREDO QUEZADA HERNÁNDEZ MARIO CHAMA – HEREDA LA ALCALDÍA” Hay un cambio de toma, “02:50/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo el texto: Publicación 4 Blog: "La Caja de Cristal" Título: "***** ***** ¡otra vez quiere engañar a Teocelo!" La Caja de Cristal De política y políticos Julio Sexto Segundo Teocelo, Ver.- Y como en muchos casos, las lobas con piel de oveja regresan en campaña para engañar a los ingenuos con una supuesta humildad que no conocer más que en fotografía. Así, la derrotada ***** ***** (MALA) a la que su papa Mario Chama Díaz le quiso heredar la presidencial municipal de Teocelo, elección que perdió precisamente ante el partido que hoy dice apoyar indirectamente: Morena. En Teocelo, pueblo que ha vuelto en campaña MALA conocer las obras de mala calidad hechas por Mario Chama y como muestra basta un botón como el "libramiento" para evitar el paso por el centro de Teocelo que ya está lleno de baches, por la desidia del actual presidente morenista, Isaac Anel Reyes.  Mal ven los teocelanos las prácticas manipuladoras de MALA Chama como el usar a niños a los que regálandoles minimochilas del Partido Verde para que se tomen foto con ella, pretenden influir en los padres y madres de familia para que voten por su partido, que es rechazado tanto como el de Moreno y de ese modo llegar a ocupar una diputación local.” Hay un cambio de toma, “02:55/08:43”, veo una imagen con fondo blanco, en la esquina superior izquierda observo una imagen de un ave sosteniendo algo con su pico, alrededor de esta veo el texto “Estados Unidos Mexicanos”, y debajo “TRIBUNAL ELECTORAL del Poder Judicial de la Federación”. En la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañado del texto “Veracruz”. Debajo observo el texto “EXPEDIENTES: SUP-REP-116/2025 Y ACUMULADOS MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA Ciudad de México, a veintiocho de mayo de dos mil veinticinco. Sentencia que desecha dos demandas por preclusión; y confirma la resolución de la Sala Regional Especializada que, entre otras cuestiones, declaró la existencia de violencia política en razón de género atribuida a los ahora recurrentes, y, en consecuencia, les impuso multas y diversas medidas de reparación.” Hay un cambio de toma, “03:00/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”, al centro observo un recuadro con el texto Publicación 5 (Spot en radio) Medio: Radio Teocelo Fechas: 29 y 30 de mayo de 2024.  Programa: Luna Llena. Voz de género masculino: ¿Dónde están los Chama? ¿Están haciendo pintas para la presidencia municipal el próximo año, ¿ya están adelantando la campaña? No, no creo. Bueno, vamos a tener en este espacio los siguientes segmentos, esperando que nos sigan de aquí hasta las once. El contacto sur está listo. A las ocho quince, después los avisos en la media y antes de las nueve  y a de Alfredo con su reflexión, probablemente de la importancia de votar el próximo domingo. ¿No es así, padre? Último programa para la escuela primaria San José o Don José. Dicen que ya tiene lista la credencia. ¿No es así, estimado Alejandro? En este espacio, que es una calle muy—. Papá dialoga con sus hijos. Voz de género femenino: Papi, papi, quiero ser diputada.  Voz de género masculino: ¿Dipu—qué? Ah, sí, diputada. ¿Oye y cómo para qué? Voz de género femenino: Pues nomás, a ver qué se siente ¿no? ¿Oye, y como cuánto me van a pagar?  Voz de género masculino: No sé, hija, pero seguramente más que al presidente. Déjame ver si te podemos colar en la lista verde. Eso, tú serás mi niña verde, sale?. Voz de género femenino: Sí. Gracias, papi. Mua. Voz de género femenino: Ay, papá, cómo eres. ¿Y por qué a mí no me compras también una candidatura para ser pluri? Ándale, sí, quiero ser más famosa. Ya yendo experiencia en la tele. Dime que sí, papucho precioso. Voz de género masculino: Ay, hijas, voy a tener que vender hotel, ranchos, escuelas y todos mis negocios para cumplirles sus caprichos. Perdón, quise decir, para cumplirles sus deseos. Déjenme hablarles a mis amigos de (tararea) Tú podrás ser mi niña naranja. Sian lindo ¿no? Voz de género femenino: Yes sir, very good. An the Orange girl.  Voz de género masculino: Oigan, no se vale. ¿Qué les pasa? Soy el más guapo y” Hay un cambio de toma, “03:05/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”, debajo veo un recuadro con el texto “muévete papá, usa tis palancas, porque también quiero ganar una diputación sin tener que hacer campaña. Odio a la chusma pedinche. Voz de género masculino: Oh, ya sé, ya sé, ya sé. Le llamaré a nuestros amigos los yunques para que te metan de relleno en alguna lista roja, azul o amarilla. ¿Qué te parece?  Voz de género masculino: Mta, pues ya perdí. Voz de género femenino: En estas elecciones. No más recomendados de Paty, no más reelección de diputados, no más pluris, no más exfuncionarios de cola larga buscado fuero para evitar la cárcel. Emite un voto razonado. Infórmate por radio Teocelo.” Hay un cambio de toma, “03:10/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo “Publicación 3 Medio: "Al Calor Político" Título: “No hubo minimonarquías: las familias que perdieron las elecciones en Veracruz”  Fecha: 7 de junio de 2021.  Autor: Ángel Camarillo.“  Alcalorpolitico  EL PODER DE LA VERDAD No hubo “minimonarquías”: las familias que perdieron las elecciones en Veracruz” Tras las elecciones de este domingo, habrían terminado por ser derrotados los actuales alcaldes o alcaldesas que pretendían heredar el cargo a sus familiares. En municipios como Tuxpan, Córdoba, Zongolica, Xico, Teocelo, Ángel R. Cabada y San Andrés Tlalnelhuayocan, al final, pese a distintas acusaciones a lo largo de la campaña que algunos ediles intervenían para mantener el poder” Hay un cambio de toma, “02:40/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: Publicación 1 Medio: "La Silla Rota, Veracruz"  Título: "Cacicazgos se quedan sin el poder en Veracruz"  Fecha: 9 de junio de 2021. Autora: María Isabel Ortega.  LA SILLA ROTA VERACRUZ Cacicazgos se quedan sin el poder en Veracruz La Silla Rota Veracruz enlistó algunos casos donde familiares no fueron rentables para los partidos políticos en Veracruz.” Hay un cambio de toma, “03:15/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: “Publicación 2  Medio: "Gobernantes.com" Título: "Mario Chama hereda la alcaldía"  Fecha: 17 de marzo de 2021  Columna de opinión:  BARRA LIBRE ALFREDO QUEZADA HERNÁNDEZ MARIO CHAMA – HEREDA LA ALCALDÍA” Hay un cambio de toma, “03:20/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: “Publicación 2 Medio: "Gobernantes.com" Título: "Mario Chama hereda la alcaldía" Fecha: 17 de marzo de 2021 Columna de opinión: Barra Libre Autor: Alfredo Quezada Hernández GOBERNANTES.COM  De Veracruz al mundo  BARRA LIBRE ALFREDO QUEZADA HERNÁNDEZ  MARIO CHAMA – HEREDA LA ALCALDÍA” Hay un cambio de toma, “03:26/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: “INE¡Candidatas y Candidatos, Conóceles! Ficha candidatura” Debajo observo una imagen circular, donde únicamente distingo a una persona con cabello largo y oscuro, debajo de ella veo un cuadro de color verde. Hay un cambio de toma, “03:20/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: Trayectoria política y/o participación social Presidenta del Sistema Municipal DIF del municipio Teocelo, Veracruz. Gestión de recursos y en especie ante las instituciones públicas y de iniciativa privada en apoyo a los grupos vulnerables, personas con discapacidad, adultos mayores y madres solteras. 2018 a la fecha, gestión de recursos y en especie para apoyo de albergues de mascotas en calidad de abandono. 2018 a la fecha Gestión de la Clínica Integral de Rehabilitación de Teocelo, Veracruz mediante el Sistema DIF Nacional. 2020, participación social como integrante honorífico de la Fundación Genes Latinoamérica. 2018 a la fecha, Delegada del activismo político regional del Partido Verde Ecologista de México. 2021 Candidata a la Presidencia Municipal del H. Ayuntamiento de Teocelo, Veracruz. 2021, Asesor de Presidencia y Sistema DIF del H. Ayuntamiento Constitucional de Cosautlán de Carvajal, Veracruz. Asesor y enlace institucional de Presidencia del H. Ayuntamiento Constitucional de Totutla, Veracruz. Historia profesional y/o laboral Contadora General de las instituciones privadas escolares de nivel básica. Superior, Carlos A. Carrillo, Xalapa, Veracruz. 2018 a la fecha. Presidenta Honorífica del Sistema Municipal DIF de Tecocelo, Veracruz. Asesor de Presidencia y Sistema DIF, del H. Ayuntamiento Constitucional de Cosautlán de Carvajal, Veracruz. Asesor y enlace institucional de Presidencia del H. Ayuntamiento Constitucional de Totutla, Veracruz. Hay un cambio de toma, “04:05/08:43”, veo una imagen con fondo blanco, en la esquina superior izquierda observo una imagen de un ave sosteniendo algo con su pico, alrededor de esta veo el texto “Estados Unidos Mexicanos”, y debajo “TRIBUNAL ELECTORAL del Poder Judicial de la Federación”. En la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañado del texto “Veracruz”. Debajo observo el texto “EXPEDIENTES: SUP-REP-116/2025 Y ACUMULADOS MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA Ciudad de México, a veintiocho de mayo de dos mil veinticinco. Sentencia que desecha dos demandas por preclusión; y confirma la resolución de la Sala Regional Especializada que, entre otras cuestiones, declaró la existencia de violencia política en razón de género atribuida a los ahora recurrentes, y, en consecuencia, les impuso multas y diversas medidas de reparación.” Hay un cambio de toma, “04:11/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”, al centro observo un recuadro con el texto Publicación 5 (Spot en radio) Medio: Radio Teocelo  Fechas: 29 y 30 de mayo de 2024.  Programa: Luna Llena. Voz de género masculino: ¿Dónde están los Chama? ¿Están haciendo pintas para la presidencia municipal el próximo año, ¿ya están adelantando la campaña? No, no creo. Bueno, vamos a tener en este espacio los siguientes segmentos, esperando que nos sigan de aquí hasta las once. El contacto sur está listo. A las ocho quince, después los avisos en la media y antes de las nueve  y a de Alfredo con su reflexión, probablemente de la importancia de votar el próximo domingo. ¿No es así, padre? Último programa para la escuela primaria San José o Don José. Dicen que ya tiene lista la credencia. ¿No es así, estimado Alejandro? En este espacio, que es una calle muy—. Papá dialoga con sus hijos. Voz de género femenino: Papi, papi, quiero ser diputada. Voz de género masculino: ¿Dipu—qué? Ah, sí, diputada. ¿Oye y cómo para qué? Voz de género femenino: Pues nomás, a ver qué se siente ¿no? ¿Oye, y como cuánto me van a pagar? Voz de género masculino: No sé, hija, pero seguramente más que al presidente. Déjame ver si te podemos colar en la lista verde. Eso, tú serás mi niña verde, sale?.Voz de género femenino: Sí. Gracias, papi. Mua. Voz de género femenino: Ay, papá, cómo eres. ¿Y por qué a mí no me compras también una candidatura para ser pluri? Ándale, sí, quiero ser más famosa. Ya yendo experiencia en la tele. Dime que sí, papucho precioso. Voz de género masculino: Ay, hijas, voy a tener que vender hotel, ranchos, escuelas y todos mis negocios para cumplirles sus caprichos. Perdón, quise decir, para cumplirles sus deseos. Déjenme hablarles a mis amigos de (tararea) Tú podrás ser mi niña naranja. Sian lindo ¿no? Voz de género femenino: Yes sir, very good. An the Orange girl.  Voz de género masculino: Oigan, no se vale. ¿Qué les pasa? Soy el más guapo y” Hay un cambio de toma, “05:26/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”, debajo veo un recuadro con el texto “muévete papá, usa tis palancas, porque también quiero ganar una diputación sin tener que hacer campaña. Odio a la chusma pedinche. Voz de género masculino: Oh, ya sé, ya sé, ya sé. Le llamaré a nuestros amigos los yunques para que te metan de relleno en alguna lista roja, azul o amarilla. ¿Qué te parece? Voz de género masculino: Mta, pues ya perdí. Voz de género femenino: En estas elecciones. No más recomendados de Paty, no más reelección de diputados, no más pluris, no más exfuncionarios de cola larga buscado fuero para evitar la cárcel. Emite un voto razonado. Infórmate por radio Teocelo.” Hay un cambio de toma, “05:30/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo “Publicación 3 Medio: "Al Calor Político" Título: “No hubo minimonarquías: las familias que perdieron las elecciones en Veracruz”  Fecha: 7 de junio de 2021.  Autor: Ángel Camarillo.“, Alcalorpolitico EL PODER DE LA VERDAD No hubo “minimonarquías”: las familias que perdieron las elecciones en Veracruz”  Tras las elecciones de este domingo, habrían terminado por ser derrotados los actuales alcaldes o alcaldesas que pretendían heredar el cargo a sus familiares. En municipios como Tuxpan, Córdoba, Zongolica, Xico, Teocelo, Ángel R. Cabada y San Andrés Tlalnelhuayocan, al final, pese a distintas acusaciones a lo largo de la campaña que algunos ediles intervenían para mantener el poder” Hay un cambio de toma, “05:50/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: Publicación 1 Medio: "La Silla Rota, Veracruz" Título: "Cacicazgos se quedan sin el poder en Veracruz" Fecha: 9 de junio de 2021.  Autora: María Isabel Ortega. LA SILLA ROTA VERACRUZ Cacicazgos se quedan sin el poder en Veracruz La Silla Rota Veracruz enlistó algunos casos donde familiares no fueron rentables para los partidos políticos en Veracruz.” Hay un cambio de toma, “06:06/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo parcialmente el contenido, que a continuación refiero conforme al orden en el que lo percibo: “Publicación 2 Medio: "Gobernantes.com" Título: "Mario Chama hereda la alcaldía" Fecha: 17 de marzo de 2021 Columna de opinión: Barra Libre Autor: Alfredo Quezada Hernández GOBERNANTES.COM De Veracruz al mundo BARRA LIBRE ALFREDO QUEZADA HERNÁNDEZ MARIO CHAMA – HEREDA LA ALCALDÍA” Hay un cambio de toma, “06:19/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”. En el centro veo un recuadro donde observo el texto: Publicación 4 Blog: "La Caja de Cristal" Título: "***** ***** ¡otra vez quiere engañar a Teocelo!" La Caja de Cristal De política y políticos Julio Sexto Segundo Teocelo, Ver.- Y como en muchos casos, las lobas con piel de oveja regresan en campaña para engañar a los ingenuos con una supuesta humildad que no conocer más que en fotografía. Así, la derrotada ***** ***** (MALA) a la que su papa Mario Chama Díaz le quiso heredar la presidencial municipal de Teocelo, elección que perdió precisamente ante el partido que hoy dice apoyar indirectamente: Morena.  En Teocelo, pueblo que ha vuelto en campaña MALA conocer las obras de mala calidad hechas por Mario Chama y como muestra basta un botón como el "libramiento" para evitar el paso por el centro de Teocelo que ya está lleno de baches, por la desidia del actual presidente morenista, Isaac Anel Reyes.  Mal ven los teocelanos las prácticas manipuladoras de MALA Chama como el usar a niños a los que regálandoles minimochilas del Partido Verde para que se tomen foto con ella, pretenden influir en los padres y madres de familia para que voten por su partido, que es rechazado tanto como el de Moreno y de ese modo llegar a ocupar una diputación local.” Hay un cambio de toma, “06:39/08:43”, veo una imagen con fondo blanco, en la esquina superior izquierda observo una imagen de un ave sosteniendo algo con su pico, alrededor de esta veo el texto “Estados Unidos Mexicanos”, y debajo “TRIBUNAL ELECTORAL del Poder Judicial de la Federación”. En la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañado del texto “Veracruz”. Debajo observo el texto “EXPEDIENTES: SUP-REP-116/2025 Y ACUMULADOS MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA Ciudad de México, a veintiocho de mayo de dos mil veinticinco. Sentencia que desecha dos demandas por preclusión; y confirma la resolución de la Sala Regional Especializada que, entre otras cuestiones, declaró la existencia de violencia política en razón de género atribuida a los ahora recurrentes, y, en consecuencia, les impuso multas y diversas medidas de reparación.” Hay un cambio de toma, “06:44/08:43”, en la esquina superior derecha veo una ilustración de color rojo, acompañada del texto “Veracruz”, al centro observo un recuadro con el texto Publicación 5 (Spot en radio) Medio: Radio Teocelo Fechas: 29 y 30 de mayo de 2024. Programa: Luna Llena. Voz de género masculino: ¿Dónde están los Chama? ¿Están haciendo pintas para la presidencia municipal el próximo año, ¿ya están adelantando la campaña? No, no creo. Bueno, vamos a tener en este espacio los siguientes segmentos, esperando que nos sigan de aquí hasta las once. El contacto sur está listo. A las ocho quince, después los avisos en la media y antes de las nueve  y a de Alfredo con su reflexión, probablemente de la importancia de votar el próximo domingo. ¿No es así, padre? Último programa para la escuela primaria San José o Don José. Dicen que ya tiene lista la credencia. ¿No es así, estimado Alejandro? En este espacio, que es una calle muy—. Papá dialoga con sus hijos Voz de género femenino: Papi, papi, quiero ser diputada. Voz de género masculino: ¿Dipu—qué? Ah, sí, diputada. ¿Oye y cómo para qué? Voz de género femenino: Pues nomás, a ver qué se siente ¿no? ¿Oye, y como cuánto me van a pagar? Voz de género masculino: No sé, hija, pero seguramente más que al presidente. Déjame ver si te podemos colar en la lista verde. Eso, tú serás mi niña verde, sale?. Voz de género femenino: Sí. Gracias, papi. Mua. Voz de género femenino: Ay, papá, cómo eres. ¿Y por qué a mí no me compras también una candidatura para ser pluri? Ándale, sí, quiero ser más famosa. Ya yendo experiencia en la tele. Dime que sí, papucho precioso. Voz de género masculino: Ay, hijas, voy a tener que vender hotel, ranchos, escuelas y todos mis negocios para cumplirles sus caprichos. Perdón, quise decir, para cumplirles sus deseos. Déjenme hablarles a mis amigos de (tararea) Tú podrás ser mi niña naranja. Sian lindo ¿no? Voz de género femenino: Yes sir, very good. An the Orange girl. Voz de género masculino: Oigan, no se vale. ¿Qué les pasa? Soy el más guapo y” Ahora, procedo a transcribir, lo que escucho en el video:…personas poderosas, puesto que la sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó que existió violencia política de género en contra de***** ***** Chamavilla, entonces candidata a diputada federal del Partido Verde a través de unas publicaciones y un spot de radio difundidos durante el proceso electoral de dos mil veinticuatro. La resolución fue ratificada tras un largo litigio impulsado por la propia denunciante, quien es actual candidata del Partido Verde y Morena a presidenta municipal de Teocelo. Los periodistas Alfredo Quezada, Eliseo Tejeda, Ángel Camarillo, María Isabel Ortega y Élfego Riveros, director de Radio Teocelo, junto con funcionarios del Ayuntamiento Teocelano, fueron señalados en el procedimiento especial sancionador como violentadores. Chamavilla denunció el treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro que las publicaciones y materiales en cuestión empleaban estereotipos de género, aludiendo a su parentesco con una figura masculina con poder, su padre, como base para deslegitimar su candidatura sin hacer un análisis objetivo de su trayectoria política. El Instituto Nacional Electoral desechó inicialmente la queja al no encontrar elementos constitutivos de violencia política, pero la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó dicha decisión y ordenó una revisión integral al caso, aunque en una primera instancia la Sala Especializada resolvió en enero de dos mil veinticinco que no existían infracciones, esta resolución fue nuevamente revocada por la Sala Superior, o sea, insistió dos veces en que se revisara el caso, lo cual pues llama la atención tanto interés en este particular. Finalmente, el veintinueve de abril de este año se determinó que sí hubo violencia política de género al identificar que las expresiones contenidas en las publicaciones no solo minimizaron la figura pública de Chama, sino que atentaron contra su derecho a participar en condiciones de igualdad en el proceso electoral las sanciones impuestas a los comunicadores y servidores públicos incluyen una multa individual equivalente a cien UMAS, es decir, diez mil ochocientos cincuenta y siete pesos, la inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de violencia política  en razón de género por un periodo de seis meses, la obligación de ofrecer una disculpa pública, la acreditación de un curso de sensibilización en perspectiva de género, la publicación de un extracto de la sentencia en sus respectivos medios de comunicación y el retiro definitivo de las publicaciones denunciadas. Esto quiere decir que los recursos de revisión que interpusieron fueron finalmente descartados del todo, dado que uno de los reclamos que hace es que no se hizo un análisis objetivo de la trayectoria política que afirma la candidata ***** ***** , que fue desestimada por aquellos a quienes logró que responsabilizaran como violentadores de género. Vamos a ver cuál es, pues aquí en esta pantalla, cuál es su perfil. Ahí pues se presenta, como presenta el DIF de Teocelo, gestión de recursos en especie, varios casos de organizaciones de caridad, pues relaciones con el DIF. Ahí se puede ver cuál es la trayectoria objetiva, que no es pues un activismo, una lucha social, una causa que abandere a nivel regional y popular. Y ahora echamos un vistazo a las publicaciones de los medios que, según el tribunal, constituyeron pruebas firmes de violencia política de género. Estas publicaciones que, aquí está el de Radio Teocelo, donde no se menciona, a ver, vamos a verlo dice. ¿Dónde están los Chamas? ¿Están haciendo pintas para la presidencia municipal el próximo año? ¿Ya están adelantando la campaña? No, no creo. Bueno, vamos a tener en este espacio los siguientes segmentos. Esperándonos, sigan de aquí hasta las once. Aquí está lo que está comentando durante el programa Luna Llena. Inicia el spot. Voz de género femenino. Papi, papi, quiero ser diputada. ¿Dipu qué? Ah, sí, diputada. Oye, ¿y como para qué? Sigue la otra voz. Pues nomás, a ver qué se siente, ¿no? Oye, ¿y cómo cuánto me van a pagar? No sé, hija, pero seguramente más que al presidente. Déjame ver si te podemos colar en la lista verde. Eso, tú serás mi niña verde. Sale. Sí, gracias, papi. Muah. Ay, papá, ¿cómo eres? Sí, ¿por qué a mí no me compras también una candidatura para ser pluri? Ándale. Sí, quiero ser más famosa. Ya yendo experiencia, ya ven una experiencia en la tele. Dime que sí, papucho precioso. Bueno, este lenguaje se supone que se consideró violento. También en las otras publicaciones se hace esta referencia, pues, a el impulso familiar que hay detrás de lo que podemos, pues, ver en estas candidaturas reiteradas. Aquí ya está otro medio. No hubo mini monarquías. Hicieron un recuento de las familias que no lograron, pues, la sucesión en un nepotismo dentro de los municipios. Y, pues, ahora que se está analizando ampliar los alcances de la ley que protege, pues, a las mujeres contra la violencia política de género en el legislativo estatal, deben tener muy presente esto, ya que con la mejor de las intenciones se está configurando un arma política con la capacidad de acallar, mancillar, y amedrentar a medios respetables como Radio Teocelo, así como a cualquiera que cuestione, en este caso, a una política bajo el blindaje de su sexo. Esto inhibe que haya una crítica política dura pero legítima que, como en este caso, señala el nepotismo, tráfico de influencias o el uso de estructuras familiares de poder al calificarlas de ataques basados en estereotipos de género sin una mayor profundización en la dimensión del caso particular. Y los magistrados del Tribunal Electoral Federal se paran el cuello y se sienten progresistas con esta sentencia cuando lo que hacen es favorecer un casicazgo familiar que desde Xalapa…” Atendiendo con lo que indica el acuerdo de mérito, ahora procedo a reproducir el video desde el minuto “07:00al minuto 08:43”, para describir primero lo que observo y después transcribir lo que escucho. En la toma “07:00/08:43”, veo a dos personas, una viste una camisa a cuadros y chaleco de color azul, del lado derecho veo a una persona de tez morena que viste una camisa de color verde, tiene cabello y barba obscuros y se muestra sonriente, en la esquina superior derecha de la imagen observo un círculo de colores rojo y blanco que debajo tiene el texto “VERACRUZ”. Hay un cambio de toma, “06:39/08:43”, observo a tres personas de las cuales la que se encuentra al centro, veo que es la misma persona que aparece en la imagen anterior, ahora viste una camisa de color verde claro con chaleco de color azul y veo que sostiene un documento que tiene texto en color verde que dice “VERACRUZ” VERDE” del lado izquierdo y del lado derecho demás texto que no logro distinguir, observo que las dos personas a los costados, la del lado izquierdo, viste una playera de color blanco y una sobre camisa de color verde, mientras que la del lado derecho, veo que viste una camisa de color blanco, tiene cabello obscuro y barba igualmente obscura, en la esquina superior derecha de la imagen observo un círculo de colores rojo y blanco que debajo tiene el texto “VERACRUZ”. Hay un cambio de toma, “06:39/08:43”, observo un fondo de color blanco con letras en color verde, veo que al frente hay dos personas, una de cabello corto y grisáceo, la cual porta una camisa a cuadros y un chaleco en color azul, a su lado se encuentra otra persona de cabello oscuro y corto, tiene barba y bigote, porta una camisa de color verde. En frente veo un recuadro de color blanco que tiene texto en color verde que dice “PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO” y veo que en el lado izquierdo tiene un recuadro de color verde que tiene la imagen de un ave, sobre una letra “v” y debajo el texto “VERDE” en color blanco Hay un cambio de toma, “07:13/08:43”, observo un fondo de color verde, del lado izquierdo veo a una persona que viste chaleco y playera de color verde con blanco, tiene cabello corto cano, y realiza un gesto con una de sus manos y dos dedos al frente, del lado derecho veo texto en color verde que dice “MARIO CHAMA” que al centro tiene la imagen de un ave de color negro con amarillo y pico de colores, debajo veo en color blanco los textos “CANDIDATO A PRESIDENTE MUNICIPAL” “1 DE JUNIO” y debajo veo en color verde con borde de color negro “VOTA VERDE” y del lado derecho veo una “x” de color negro que por detrás tiene una letra “v” de color blanco, por encima la imagen de un ave de color negro con amarillo y debajo el texto “VERDE” Hay un cambio de toma, “07:13/08:43”, veo a dos personas, una viste una camisa a cuadros y chaleco de color azul, del lado derecho veo a una persona de tez morena que viste una camisa de color verde, tiene cabelloy barba obscuros y se muestra sonriente, en la esquina superior derecha de la imagen observo un círculo de colores rojo y blanco que debajo tiene el texto “VERACRUZ”. Hay un cambio de toma, “07:24/08:43”, advierto que aparece una persona de tez clara, cabello largo obscuro que viste una camisa de color blanco; veo que del lado izquierdo, se encuentra texto de colores verde, naranja, negro, rojo y guinda que dice “VOTA MORENA” “1 DE junio” ***** ***** ” “PRESIDENTA MUNICIPAL TEOCELO ES UNA MARAVILLA” “SIGAMOS HACIENDO HISTORIA EN TEOCELO” “MORENA LA ESPERANZA DE MÉXICO” y un recuadro de color verde con la imagen de un ave de color negro por arriba de una letra “v”. Hay un cambio de toma, “07:29/08:43”, veo una persona vistiendo una playera de color blanco con texto en color negreo y guinda que dice “1 DE JUNIO” “VOTA MORENA”, veo que la persona sostiene un folleto de color blanco con que tiene texto en color guinda que dice “MARA” y una imagen que no logro distinguir, a los costados de la persona veo a otras dos personas de las cuales la que se encuentra del lado izquierdo ve que viste una playera de color blanco y un chaleco de color verde con negro y la que se encuentra del lado derecho, veo que viste un chaleco de color guinda que en la parte superior a nivel del pecho tiene en color blanco la palabra “morena” y una camisa de colores a cuadros, así como veo que porta un sombrero de color claro Hay un cambio de toma, “07:33/08:43”, veo a la persona anteriormente referida, ahora vistiendo una blusa de color verde y portando un listón de color blanco al cuello, así como veo que realiza una seña con dos dedos al frente, a su lado veo a otra persona que viste una camisa de color verde obscuro que tiene a nivel del pecho texto en color blanco que dice “EDGAR” HERRERA” y veo que igualmente realiza un gesto con dos dedos al frente y por detrás veo de fondo a varias personas.  Hay un cambio de toma, “07:38/08:43”, veo a la persona antes referida, de cabello largo oscuro que viste una blusa de color verde y tiene al cuello un listón de color blanco, del lado izquierdo, veo a dos personas más, que una de ellas es de tez clara, cabello corto claro, viste una camisa de color claro y tiene un listón de color blanco al cuello, y la otra persona es de tez morena clara, cabello corto obscuro, barba obscura, que viste una camisa de color verde que al nivel del pecho tiene texto que dice “JAVIER” en color blanco y realiza un gesto con una de sus manos y dos dedos; en la parte de atrás veo a varias personas Hay un cambio de toma, “07:44/08:43”, veo a la persona de cabello largo oscuro, que porta una vestimenta de color café con detalles en negro, la cual se encuentra de pie y al frente tiene un atril transparente con micrófonos colocados en él.  Hay un cambio de toma, “07:48/08:43”, veo a la misma persona de cabello largo oscuro, con vestimenta de color café, y se encuentra de pie detrás de un atril transparente con micrófonos colocados en él, veo que el atril tiene texto en color guinda que dice “MARA” y en el fondo una imagen de un escudo de colores, con distintas figuras, en la parte inferior veo la imagen de un cintillo de color rojo con texto color blanco que dice “TEOCELO”.  Hay un cambio de toma, “07:53/08:43”, veo nuevamente la persona referida, que viste un en color negro con decoraciones de flores, veo que junto a ella se encuentra una persona que viste un suéter de color azul a rayas y veo que ambas sostienen una caja que tiene una hoja de color blanco con texto en color negro que dice “U.B.R.” “TEOCELO” Hay un cambio de toma, “07:58/08:43”, veo que la misma persona de cabello largo oscuro se encuentra al centro de dos personas, las cuales tienen sus rostros parcialmente cubiertos, la persona que se encuentra del lado izquierdo tiene el cabello de color claro largo, porta vestimenta de color negro y chaleco en color rosa, observo que sostiene un documento, del cual desconozco el contenido, mientras que la persona del lado derecho veo que porta un traje de color negro y usa corbata de color rosa, igualmente sostiene un documento, al fondo veo el texto en color guinda que dicen “3 ER INFORME DE ACTIVIDADES” “MAR” “CHAMA” “Presidenta del Sistema Municipal”  Hay un cambio de toma, “08:03/08:43”, veo a la persona anteriormente referida de cabello largo y oscuro, que viste en color rosa y que de frente tiene colocado un micrófono de color negroHay un cambio de toma, “08:08/08:43”, advierto que aparece una persona de tez clara, cabello largo obscuro que viste una camisa de color blanco; veo que del lado izquierdo, se encuentra texto de colores verde, naranja, negro, rojo y guinda que dice “VOTA MORENA” “1 DE junio” ***** ***** ” “PRESIDENTA MUNICIPAL TEOCELO ES UNA MARAVILLA” “SIGAMOS HACIENDO HISTORIA EN TEOCELO” “MORENA LA ESPERANZA DE MÉXICO” y un recuadro de color verde con la imagen de un ave de color negro por arriba de una letra “v”.  Hay un cambio de toma, “08:12/08:43”, regresa a la toma en donde veo a la persona referida en un inicio que viste camisa a cuadros y se mantiene dicha imagen hasta el término del video Acto seguido, procedo a describir lo que escucho en el video: “…partido verde y que, pues, tras pasar ahora por varios colores partidistas queda abrigado también por Morena con la candidatura de ***** ***** para Teocelo por esta alianza. Parte importante en la resolución del colegiado es que señala que atentaron contra su derecho a participar en condiciones de igualdad en el proceso electoral, si es por sus condiciones de ventaja que estuvieron haciendo alguna crítica, relaciones, dinero, cargos, es decir, poder. Si no se corrige el esencialismo que subyace en esta ley, es decir, que supone que, por ejemplo, en este caso una mujer es inherentemente impoluta nada más por el hecho de serlo, podremos ver que crezca, como en otros países, la animosidad ante discursos reivindicadores como el femenino por parte de sectores reaccionarios, lo que al cabo, pues, demerita la lucha social verdadera y deja en segundo plano los problemas reales que afectan a las mujeres de nuestro país y nuestros estados y municipios en su vida cotidiana, evitar que la figura de la violencia política de género sea instrumentalizada, no debe implicar reducir su alcance, sino perfeccionar su diseño. Comparta usted su opinión sobre esto con nosotros, es un tema, pues, que realmente no se quiere abordar de manera pública porque, pues, automáticamente puede implicar ser funado, uno de estos conceptos que, pues, es una especie de linchamiento porque, pues, no se somete a cuestionamiento estas disposiciones que son justas y, bueno, ahí usted tiene esta situación” Debajo del cuadro de vídeo veo el texto: “Resolución contra Radio Teocelo por violencia política de género: ¿mor…”, las opciones de “Me gusta” “Comentar” “Compartir”, seguido veo las reacciones “me gusta”, “me encanta”, seguido del número “15”, de manera lineal a esto, veo “2,2 mil visualizaciones”. Lo anterior se corrobora en las imágenes 05 a la 55 del ANEXO A.

 

CXXXIII.  CG/SE/PES/MYCV/894/2025

CXXXIV.  AC-OPLEV-OE-912-2025

 

CXXXV.  Link 1: https://www.avcnoticias.com.mx/noticias-veracruz/xalapa/366243/radio-teocelo-impugna-resoluci-in-del-tepif-acusa-intento-de-censura-y-violaci-in-a-la-libertad-de-expresi-in.html

 

Inserto en el buscador de Google el enlace solicitado en el acuerdo: “23. “https://www.avcnoticias.com.mx/noticias-veracruz/xalapa/366243/radio-teocelo-impugna-resoluci-in-del-tepif-acusa-intento-de-censura-y-violaci-in-a-la-libertad-de-expresi-in.html”; Me dirige a una página de internet, hay una pestaña con el texto “Radio Teocelo impugna resoluc”.Cintillo en el que está el sitio al que fui enviado. Ahora bien, procedo a certificar la existencia y contenido de la publicación, de izquierda a derecha, de manera descendente: En la parte superior central observo el texto “AVC Noticias”, “www.avcnoticias.com.mx”, y en la parte inferior izquierda “jueves 31 de julio de 2025”, y en el otro extremo “Siguenos” y el botón de “Me gusta”. Debajo observo un cintillo con los apartados “Inicio”, “Secciones”, “Galería”, “Columnas”, “Video” y “Contacto”.Después veo el encabezado de un artículo “Radio Teocelo impugna resolución del TEPJF; acusa intento de censura y violación a la libertad de expresión”. Advierto que hay anuncios de manera estática alrededor de la página. Debajo veo una imagen, al centro veo el texto “ASOCIACIÓN VERACRUZANA DE COMUNICADORES POPULARES, A.C.”, “Comunicación para el desarrollo”, en la esquina derecha observo la silueta de un animal de color negro sobre un fondo naranja.  Leo el texto “A LA COMUNIDAD DE TEOCELO A LAS AUDIENCIAS DE TODA LA REGIÓN CENTRO DE VERACRUZ A COLEGAS, REDES, COLECTIVOS E INSTITUCIONES SOLIDARIAS CON RADIO TEOCELO Comunicado de Radio Teocelo y AVERCOP, A.C. La semana pasada interpusimos RECURSO DE REVISIÓN contra la resolución dictada por Magistrados del Pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que pretende imponernos multa, censura y castigos, a raíz de la denuncia que interpuso el año pasado en nuestra contra***** ***** ***** ****. Por considerar que se vulnera nuestro Derecho a la Libertad de Expresión y se daña inmerecidamente la credibilidad, el honor y trayectoria de nuestro compañero Elfego Riveros, hemos expuesto a quienes imparten justicia sólidos argumentos para que se REVOQUE la resolución emitida el pasado 29 de abril por el Pleno de la Sala Especializada de la CDMX. Si bien la violencia política en razón de género debe castigarse, no es nuestro caso. No se pueden imputar conductas por analogía o similitud, de forma apresurada, sin motivación alguna y menos por consigna política o razones de otra naturaleza. De no revocarse la sentencia se condenará a Teocelo a un estado de censura y arbitrarios límites a la Libertad de Expresión, que impondrían poderes fácticos (esos sí familiares), con el respaldo de los impartidores de justicia. Agradecemos todas las muestras de respalda que se han emitido en favor de Radio Teocelo y del compañero Elfego Riveros, dentro y fuera de Veracruz, y llamamos a la comunidad a mantenerse informada a través de nuestra” Debajo leo el texto “Radio Teocelo impugna resolución del TEPJF; acusa intento de censura y violación a la libertad de expresión Foto: AVC / Noticias 2025-05-14.- Radio Teocelo interpuso un recurso de revisión ante el TEPJF contra la resolución que pretende sancionar a su equipo por una denuncia de violencia política. Asegura que se vulnera su libertad de expresión. Teocelo, Ver.- (AVC) Radio Teocelo interpuso un recurso de revisión contra la resolución de magistrados del Pleno de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que pretende imponer "multa, censura y castigos", a raíz de la denuncia que interpuso en su contra***** ***** ***** ****. Mediante un comunicado emitido este lunes, la radio comunitaria señala que se vulnera su derecho a la libertad de expresión y "se daña la credibilidad, el honor y la trayectoria" del integrante de su equipo, Elfego Riveros, razón por la cual han expuesto a quienes imparten justicia sólidos argumentos para que se revoque la resolución emitida el pasado 29 de abril por el pleno de la Sala Especializada de la Ciudad de México. "Si bien la violencia política en razón de género debe castigarse, no es nuestro caso. No se pueden imputar conductas por analogía o similitud, de forma apresurada, sin motivación alguna y menos por consigna política o razones de otra naturaleza". Señalan que de no revocarse la sentencia se condenará a Teocelo a un estado de censura y arbitrarios límites a la libertad de expresión, "que impondrían poderes fácticos (esos si familiares), con el respaldo de los impartidores de justicia" Por último agradecen las muestras de respaldo que se han emitido en favor de Radio Teocelo y del compañero Elfego Riveros, dentro y fuera de Veracruz.”Por último, veo la sección de comentarios. Advierto que hay varios anuncios alrededor de la página. Lo anterior se corrobora en las imágenes 47 a la 50 del ANEXO A.

 

CXXXVI.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CXXXVII.  AC-OPLEV-OE-924-2025

 

CXXXVIII.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/1Ea3Ha7CBn/

 

Observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial”, “3 de mayo”, seguido del icono de público. Seguido veo una imagen, en la cual observo de lado izquierdo una persona inclinada hacia el frente de cabello cano, viste de blusa color verde, con su mano derecha sostiene un objeto que no se llega a distinguir, a un costado una persona sentada, que porta un sombrero color beige, en su cuello porta un paliacate de color rojo, viste de camisa manga larga color blanca, pantalón azul, sobre el suelo se aprecia vegetación, detrás una malla, seguido una camioneta de color blanca, que tiene aún costado unos estampados de color rojo, azul y negro, que dice lo siguiente: “radio.avercop@gma”, “www.radioteocelo.or”, “RADIO TEOCELO”, “490 Khz A:M”, “Bernardo Soto N”, “Teocel, Ver. CP. 9”, “TELEFONO”, “821 00”, “821 06 46”. Debajo de la imagen observo el siguiente texto: “LACOPERACHA.ORG.MX”, “Criminalizan a Radio Teocelo y a periodista comunitario Talacha informativa”, “La Radio Comunitaria Teocelo, con una trayectoria de 60 años, exigió frenar la criminalización en …” Seguido las reacciones “Me gusta”, “Me asombra”, “Me entristece”, “76”, a la derecha “15 comentarios”, “37 veces compartido”, debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CXXXIX.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CXL.  AC-OPLEV-OE-924-2025

 

CXLI.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/16QYZkYwBi/

CXLII.   

observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial actualizó su estado.”, “5 de mayo •”, seguido del icono de público. Debajo veo un recuadro en su interior se aprecia lo siguiente: una figura de un candado de color negro, seguido del texto: “El contenido no está disponible en este momento”, “Por lo general, esto sucede porque el propietario solo compartió el contenido con un grupo reducido de personas, cambió quién puede verlo o este se eliminó”. Seguido de las reacciones “Me gusta”, “Me encanta”, “199”, “6 comentarios”, “57 veces compartido”. Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CXLIII.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CXLIV.  AC-OPLEV-OE-924-2025

CXLV.   

CXLVI.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/1WCCVQJPWp/

 

observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”.Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial”, “4 de mayo”, seguido del icono de público. Seguido observo una imagen con un fondo blanco con el texto siguiente: “Solidaridad con Radio Teocelo”, “Enviamos un abrazo a todas las personas que hacen posible la Radio Teocelo. En especial a José Elfego de Jesús Hernández. Reconocemos y admiramos su contribución histórica para la justicia social y ambiental de nuestra entidad. “ “Exigimos que la Sala Regional Especializada del TEPJF, garantice el principio de seguridad jurídica y respete los derechos fundamentales de las y los comunicadores comunitario.” “¡Alto al hostigamiento político y judicial!”, “Xalapa, Veracruz a 4 de mayo de 2025”. Debajo observo dos figuras circulares, una de tono mas oscuro y la otra con figuras de color blancas y negras. Seguido en letras negras “LAVIDA”, “Asamblea Veracruzana de Iniciativas y Defensa Ambiental”. Seguido del apartado de la imagen debajo observo una foto de perfil en forma circular, en su interior figuras de colores blancas y negras con fondo negro, guinda y anaranjado, a la derecha el nombre del perfil y la fecha: “Asamblea Veracruzana de Iniciativas y Defensa Ambiental”, “4 de mayo”, seguido del icono de público” Debajo observo el siguiente texto: “#Pronunciamiento“ “Solidaridad con Radio Teocelo”  “Enviamos un abrazo solidario a todas las personas que hacen posible la Radio Teocelo Oficial. En especial a José Elfego de Jesús Riveros Hernández. Reconocemos y admiramos su contribución histórica para la justicia social y ambiental de nuestra entidad.” “Exigimos que la Sala Regional Especializada del TEPJF, garantice el principio de seguridad jurídica y respete los derechos fundamentales de las y los comunicadores comunitarios.”  “¡Alto al hostigamiento político y judicial!” “Xalapa, Veracruz a 4 de mayo de 2025” “La Asamblea Veracruzana de Iniciativas y Defensa Ambiental” Seguido de las reacciones “Me gusta”, “Me encanta”, “216”, “11 comentarios”, “39 veces compartido”. Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CXLVII.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CXLVIII.  AC-OPLEV-OE-924-2025

 

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observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial”, “5 de mayo”, seguido del icono de público. Debajo veo una imagen de fondo blanco, que contiene en el centro una figura de color blanca con anaranjado, seguido de la palabra “matraca”, de color anaranjado y en color negro “con ellos por la vida”.  Seguido el siguiente texto: “Movimiento de Apoyo a Niños Trabajadores y de la Calle A.C.” “Comunicado de solidaridad con Radio Teocelo y Elfego Riveros” “MATRACA expresa su total solidaridad con Radio Teocelo y con su integrante de la asamblea, Elfego Riveros, reconocido por su compromiso con la defensa de las radios comunitarias y la libertad de expresión, pilares fundamentales de una sociedad democrática.” “Frente al contexto actual de hostigamiento a medios independientes, exigimos a las autoridades municipales, estatales y federales que garanticen de manera inmediata y efectiva la integridad fisica y la seguridad personal del equipo, así como la protección de las instalaciones de Radio Teocelo. Cualquier atentado contra este medio representa un retroceso inaceptable en los derechos a la comunicación libre y a la participación ciudadana.” “Atentamente” “Mtra. Erika Antonio Blanco” “Directora de Matraca A.C.”  “Xalapa, Veracruz a 05 de mayo del 2025” Debajo veo un recuadro de color gris en su interior observo en color negro lo siguiente: “Matraca A.C.”, “Organización no gubernamental (ONG)”, seguido de un recuadro en su interior “Enviar mensaje”. Seguido otro recuadro de color blanco en su interior una foto en forma circular con el fondo blanco una figura blanca, a la derecha en color negro lo siguiente: “Matraca A.C. esta con Radio Teocelo Oficial.”. “5 de mayo”, seguido del icono de público. “#ComunicadoMatraca”. Las reacciones “me gusta”, “Me encanta”, “Me importa”, “99”, “2 comentarios”, “14 veces compartido”. Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CL.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLI.  AC-OPLEV-OE-924-2025

 

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observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial”, “5 de mayo”, seguido del icono de público.  Seguido veo una imagen en la cual de lado izquierdo se aprecia una persona de cabello cano, sobre su cabeza porta un objeto negro, viste de camisa color gris, pantalón azul, la cual se encuentra sentada, seguido veo a tres menores de edad a lo que procederé a cubrir sus rostros para salvaguardar su identidad. Advierto que las personas referidas tienen cubiertas sus bocas con un marcador verde, debajo en un fondo café veo el siguiente texto “Hay muchas formas de colocar mordazas a la libre expresión.”, “No dejemos Que los partidos políticos condicionen los medios de comunicación comunitaria, ni acallen nuestra conciencia.”, “APOYEMOS A RADIO TEOCELO”. A la derecha en un fondo blanco, en la parte superior un circulo de color morado en su interior en color morado “Muvieri”, debajo se lee el siguiente texto: “Desde el colectivo Red MUVIERI, nos pronunciamos contra la manipulación política y la judicialización de los medios comunitarios de comunicación. ¡Exigimos el respeto a la libre expresión y los derechos de las audiencias!” Debajo del apartado de la imagen veo una imagen en forma circular con fondo morado y una figura de color blanca que no se distingue su contenido, a la derecha en color negro “Red Muvieri”, “5 de mayo”, seguido del icono de público. Seguido el siguiente texto: “La Red de familia cuidadoras, Red Muvieri, nos unimos en total apoyo y solidaridad con Radio Teocelo Oficial en la defensa y lucha a la libre comunicación y los derechos de las audiencias al acceso a la información libre.” “¡Que los privilegios y el poder no sean más grandes que nuestra libertad!” “#RadioTeocelo #redmuvieri #pronunciamiento #endefensadelalibreexpresion #RadiosComunitarias”  Debajo las reacciones “Me gusta”, “Me encanta”, “45, “2 comentarios”, “13 veces compartido”. Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CLIII.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

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observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial”, “6 de mayo •”, seguido del icono de público.  Seguido veo una imagen en la cual a los costados se aprecian figuras de colores, en el centro observo el siguiente texto: “Desde el equipo de la Radio Comunitaria Radio Pochota de Amatlán de los Reyes, Veracruz, nos solidarizamos con nuestras hermanas y hermanos de Radio Teocelo, quienes desde hace 60 años han ejercido la comunicación con y para el pueblo. Condenamos la criminalización que pretenden hacer del compañero José Elfego de Jesús Riveros Hernández, quien durante estos años ha contribuido por el derecho a la libertad de expresión el acceso a la información y a ser informado desde el periodismo comunitario.” “Nos unimos a las demandas en favor de salvaguardar la integridad de todo el equipo de la Radio Teocelo, así como a ejercer el derecho a la información y a la libertad de expresión.” ¡POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DE LOS PUEBLOS Y LOS COMUNICADORES COMUNITARIOS!” “RADIO POCHOTA”, “107.1 FM”, “LA VOZ DEL PUEBLO”. “03 de mayo de 2025”.  Debajo del apartado de la imagen de lado izquierdo veo una imagen en forma circular, con fondo blanco el cual no se distingue si contenido, a la derecha el nombre de perfil, y la fecha: “Radiopochota Amatlan está con Radio Teocelo Oficial.”, “3 de mayo”, seguido del icono de público. Seguido leo el siguiente texto:  “Nos solidarizamos con el equipo de Radio Teocelo y su comunidad ante los recientes acontecimientos de criminalización de esta radio comunitario con 60 años de experiencia y trabajo para y con la comunidad. Desde Radio Pochota nos unimos a las demandas en favor de salvaguardar la integridad nuestra radio hermana. ¡POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DE LOS PUEBLOS Y L@S COMUNICADORES COMUNITARI@S!” Las reacciones “Me gusta”, “Me encanta”, “60”. Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CLVI.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLVII.  AC-OPLEV-OE-924-2025

 

CLVIII.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/1FY4UM3Pg8/

 

observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”.Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial”, “12 de mayo •”, seguido del icono de público. Debajo veo una imagen con fondo blanco y una figura de colores, sobre de ella el siguiente texto:  “COMUNICADO” “EL EQUIPO DE RADIO HUAYACOCOTLA QUEREMOS EXPRESAR NUESTRO TOTAL APOYO Y SOLIDARIDAD A:” “RADIO TEOCELO” “Y EXIGIMOS UN ALTO AL HOSTIGAMIENTO POLÍTCO DEL QUE ESTÁN SIENDO OBJETO Y DE IGUAL MANERA PEDIMOS A LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES SE GARANTICE, LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD FÍSICA DE LOS INTEGRANTES QUE LA CONFORMAN, ASÍ COMO EL PRONTO ESCLARECIMIENTO A LOS CARGOS QUE SE LE IMPUTAN.” “RADIO HUAYACOCOTLA HUAYACOCOTLA VERACRUZ, MEXICO MAYO 2025”. Debajo del texto se aprecia lo siguiente:   “LA VOZ CAMPESINA”, “Radio Huaya a donde vaya”, “60 Años cultivando la palabra”. Seguido del apartado de la imagen veo una imagen circular, con fondo blanco con figuras de color verde, a la derecha el nombre de perfil y fecha: “La voz Campesina 105.5 FM”, “12 de mayo”, seguido del icono de público. Debajo el texto: “Nuestro total apoyo y reconocimiento a Radio Teocelo Oficial.” “Exigimos a las autoridades estatales la protección y no criminalización hacia nuestros compañeros y compañeras que durante 60 años han trabajado de manera justa y veraz por el acceso y el derecho a la información.”  Seguido las reacciones “Me gusta”, “Me encanta”, “Me importa”, “101”, “1 comentarios”, “18 veces compartido”.  Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CLIX.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLX.  AC-OPLEV-OE-924-2025

 

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Observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”.Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial”, “12 de mayo •”, seguido del icono de público. Debajo veo una imagen con fondo blanco y una figura de colores, sobre de ella el siguiente texto:  “COMUNICADO” “EL EQUIPO DE RADIO HUAYACOCOTLA QUEREMOS EXPRESAR NUESTRO TOTAL APOYO Y SOLIDARIDAD A:” “RADIO TEOCELO” “Y EXIGIMOS UN ALTO AL HOSTIGAMIENTO POLÍTCO DEL QUE ESTÁN SIENDO OBJETO Y DE IGUAL MANERA PEDIMOS A LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES SE GARANTICE, LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD FÍSICA DE LOS INTEGRANTES QUE LA CONFORMAN, ASÍ COMO EL PRONTO ESCLARECIMIENTO A LOS CARGOS QUE SE LE IMPUTAN.” “RADIO HUAYACOCOTLA HUAYACOCOTLA VERACRUZ, MEXICO MAYO 2025”. Debajo del texto se aprecia lo siguiente:   “LA VOZ CAMPESINA”, “Radio Huaya a donde vaya”, “60 Años cultivando la palabra”. Seguido del apartado de la imagen veo una imagen circular, con fondo blanco con figuras de color verde, a la derecha el nombre de perfil y fecha: “La voz Campesina 105.5 FM”, “12 de mayo”, seguido del icono de público. Debajo el texto: “Nuestro total apoyo y reconocimiento a Radio Teocelo Oficial.” “Exigimos a las autoridades estatales la protección y no criminalización hacia nuestros compañeros y compañeras que durante 60 años han trabajado de manera justa y veraz por el acceso y el derecho a la información.”  Seguido las reacciones “Me gusta”, “Me encanta”, “Me importa”, “101”, “1 comentarios”, “18 veces compartido”.  Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CLXII.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLXIII.  AC-OPLEV-OE-924-2025

 

CLXIV.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/1DytnTK8VZ/

 

observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial”, “12 de mayo •”, seguido del icono de público. Debajo veo un fondo blanco, seguido de un recuadro de color gris, con el siguiente texto: “ARTICULO 19.ORG” Sentencia de la Sala Regional Especializada del TEPJF vulnera el ejercicio periodístico” “Ciudad de México, a 17 de mayo de 2025.- ARTICLE 19 - Oficina para México y centroamérica rep...” Seguido de la reacción “Me gusta”, “10”, a la derecha “1 Vez compartido”. Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CLXV.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLXVI.  AC-OPLEV-OE-924-2025

 

CLXVII.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/171uhoSsvG/

 

observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial”, “27 de mayo •”, seguido del icono de público. Debajo el texto: “Otro caso de censura a medios y periodistas, cuando la clase política se siente intocable.” “#LibertadDeExpresion” Seguido veo una imagen con fondo negro con unas “X”, de lado derecho veo un fondo negro y sobre de él, en letras color blancas y rojas el siguiente texto: “VIDEO COLUMNA” “ALVARO DELGADO GÓMEZ” "HASTA AQUÍ LLEGASTE" “FOTO:X@Z_MOSRI” Junto una foto en forma circular en la cual se aprecia el rostro de una persona de cabello negro, porta anteojos. A la derecha un recuadro de color negro, en su interior veo una foto circular con fondo morado, y la imagen de una persona la cual no se distingue, a la derecha el nombre de perfil “Zulema mosri”, seguido del icono de cuenta verificada.  Debajo el siguiente texto en color blanco: “No me sorprende que no puedas reconocer un acto de violencia tan evidente. Te lo explico; atribuirle a una mujer los pecados de sus hombres, que además son mentira, es una forma de violencia política en razón de género y es un delito. Reconozco tu trayectoria como periodista militante en la izquierda, y desde esa posición quizá hayas ayudado en algo al movimiento, pero tu visión patriarcal será tu propio techo. En un país gobernado por mujeres, hasta aquí llegaste @alvaro_delgado#YoNoMeDejo”  “3:52 p.m. 24 may 2025, 35 mil”.Debajo del apartado de la imagen un recuadro de color gris en su interior el texto: “YOUTUBE.COM” "Hasta aquí llegaste". Por Álvaro Delgado”  “Informar con la verdad no es violencia ni delito, pero censurar y amenazar sí, más aún si estas con...” Debajo las reacciones “Me gusta”, “Me asombra”, “Me entristece”, “14”, “2 comentarios”, “8 veces compartido”. Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLXVIII.  AC-OPLEV-OE-924-2025

 

CLXIX.  Link 1: https://www.facebook.com/share/p/1FTpvWETGP/

 

Observo en la parte superior izquierda un círculo de color azul y al centro la letra “f”, en color blanco, seguido las opciones de “Menú”, “Messenger”, “Notificaciones” y “Cuenta”. Debajo veo un recuadro blanco, en su interior observo lo siguiente: “Publicación de Radio Teocelo Oficial”, debajo a la izquierda la foto de perfil en forma circular, con un fondo de color anaranjado, con una figura de color negro, a la derecha el nombre de perfil y la fecha “Radio Teocelo Oficial”, “30 de mayo •”, seguido del icono de público. Debajo veo una imagen con fondo blanco con el siguiente texto:  “POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN” “Todo nuestro reconocimiento para Ángel Camarillo, Isabel Ortega y Radio Teocelo. Su labor periodística resulta esencial para la justicia social y ambiental de nuestra entidad.” “Reprobamos la resolución emitida por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, este hecho se convierte en un lamentablemente precedente de hostigamiento político y judicial en contra de la libertad de expresión.” “Un abrazo fraterno a todo el gremio periodístico que continúa navegando a contracorriente por un periodismo libre e independiente.” “Xalapa, Veracruz a 30 de mayo de 2025” Debajo observo dos figuras circulares, una de tono más oscuro y la otra con figuras de color blancas y negras. Seguido en letras negras “LAVIDA”, “Asamblea Veracruzana de Iniciativas y Defensa Ambiental”.  Seguido del apartado de la imagen debajo observo una foto de perfil en forma circular, en su interior figuras de colores blancas y negras con fondo negro, guinda y anaranjado, a la derecha el nombre del perfil y la fecha: “Asamblea Veracruzana de Iniciativas y Defensa Ambiental”, “30 de mayo”, seguido del icono de público” Debajo observo el siguiente texto: “#Pronunciamiento”   “POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN” “Todo nuestro reconocimiento para Ángel Camarillo, Isabel Ortega y Radio Teocelo Oficial . Su labor periodística resulta esencial para la justicia social y ambiental de nuestra entidad.” “Reprobamos la resolución emitida por la Sala Regional Especializada del TEPJF, este hecho se convierte en un lamentablemente precedente de hostigamiento político y judicial en contra de la libertad de expresión”. “Un abrazo fraterno a todo el gremio periodístico que continúa navegando a contracorriente por un periodismo libre e independiente.” “Xalapa, Veracruz a 30 de mayo de 2025” Seguido de las reacciones “Me gusta”, “Me encanta”, “75”, “20 veces compartido”. Debajo las opciones “Me gusta”, “Comentar”, “Compartir”.

 

CLXX.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLXXI.  AC-OPLEV-OE-924-2025

 

CLXXII.  Link 1: https://lacoperacha.org.mx/criminalizan-radio-teocelo-periodista-comunitario-2025/

 

advierto una página que alrededor es de color verde, por lo tanto, hay un cintillo del mismo color en la parte superior izquierda, leo en letras color blanco: “sábado, agosto 16, 2025”, “Quiénes Somos” “Contacto” del lado superior derecho veo los iconos de una lupa, una “f” un cuadro, una antena, un circulo, una “X” y un recuadro con una flecha. Debajo un cintillo en color naranja del que leo: “La Coperacha” “información cooperativa fresca y solidaria” en letras color blanco “NOS VIDEAMOS TALACHA INFORMATIVA, RADIO COOPERACHA, PIXEL VELADO, G-50”. Al centro un fondo de color blanco en el que leo: “inicio”, “Talacha Informativa”, “Noticias “Criminzalizan a radio Teocelo y a periodista comunitario”. En cintillos en color negro: “Talacha informativa” “Noticias”. Debajo el texto “Criminalizan a Radio Teocelo y a periodista comunitario”, “Por Redacción La Coperacha – Ciudad de México” – 3 mayo, 2025” vistas “836” comentarios “0”. Debajo los iconos de “Facebook”, “X”, “WhatsApp”. Con una imagen en medio en la que veo un fondo de un vehículo de color blanco que dice: “RADIO TEOCELO” 490 Khz A.M”, al frente dos personas, una de cabello cano con blusa verde y la otra persona de sombrero, camisa blanca con un cintillo rojo sobre el cuello. Al pie de la imagen leo: “La emisora comunitaria Radio Teocelo transmite en localidades de Veracruz desde hace 60 años // Foto: Radio Teocelo”. Debajo el siguiente texto: “Emisora pide frenar violencia política de la candidata de Morena y Partido Verde. La Radio Comunitaria Teocelo, con una trayectoria de 60 años, exigió frenar la criminalización en su contra y en particular con tra el comunicador Elfego Riveros, de parte de ***** ***** ****, candidata del Partido Verde y Morena a la alcaldía de Teocelo, Veracruz.” “Además, una decena de organizaciones y radios comunitarias denunciaron que el comunicador comunitario Elfego Riveros, está siendo objeto de persecución judicial de parte del Partido Verde bajo el argumento de una supuesta violencia política en razón de género.” “En mayo de 2024 Radio Teocelo transmitió un spot de un minuto, en formato de caricatura política que cuestionaba malas prácticas como corrupción, nepotismo y candidaturas plurinominales, sin mencionar nombres, partidos, familias, ni lugares.” Luego de ello, ***** ***** **** denunció por violencia política en razón de género a la directora de Radio Teocelo, Mariana Riveros; Alejandra Pozos, presidenta de la Asociación Veracruzana de Comunicadores Populares (Avercop) y contra Elfego Riveros.” “El 14 de enero un tribunal especializado determinó inexistencia de dicha violencia política; sin embargo el 29 de abril otro tribunal con sede en la CDMX revocó la sentencia y ordenó multas y castigos para el periodista comunitario y para Radio Teocelo.” “Las emisoras comunitarias expresaron su preocupación de que se instrumentalice luchas legítimas del feminismo para criminalizar el periodismo comunitario y con ello amenazar la libertad de expresión y los derechos a informar y ser informados de las comunidades.” “Exigieron al Estado Mexicano se garantice el ejercicio pleno de la libertad de expresión y el derecho a la información, así como implementar medidas cautelares en favor de Radio Teocelo.”  “Notas relacionadas:” “Exigen frenar criminalización de personas indígenas en el Istmo” “Organizaciones convocan a foro contra criminalización de la defensa del territorio” debajo de esto diversas notas periodísticas.

 

CLXXIII.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLXXIV.  AC-OPLEV-OE-925-2025

 

CLXXV.  Link 1: https://lacoperacha.org.mx/criminalizan-radio-teocelo-periodista-comunitario-2025/?fbclid=lwY2xjawMEm-RIeHRuA2FIbQIxMQABHsTNAr8_S-48gxbb-rLDJrYqDkeNzkabwbx_vrioUuSlmrcEACnG4cJZ7lwH_aem_PQXc-uer7cSLUv2mYP7mtQ 

 

advierto una página que alrededor es de color verde, por lo tanto, hay un cintillo del mismo color en la parte superior izquierda, leo en letras color blanco: “sábado, agosto 16, 2025”, “Quienes Somos” “Contacto” del lado superior derecho veo los iconos de una lupa, una “f” un cuadro, una antena, un circulo, una “X” y un recuadro con una flecha. Debajo un cintillo en color naranja del que leo: “La Coperacha” “Información cooperativa fresca y solidaria” en letras color blanco “NOS VIDEAMOS TALACHA INFORMATIVA, RADIO COOPERACHA, PIXEL VELADO, G-50”. Al centro un fondo de color blanco en el que leo: “Inicio”, “Talacha Informativa”, “Noticias “Criminalizan a radio Teocelo y a periodista comunitario”. En cintillos en color negro: “Talacha informativa” “Noticias”. Debajo el texto “Criminalizan a radio Teocelo y a periodista comunitario” “por Redacción La Coperacha – Ciudad de México” – 3 mayo, 2025” vistas “836” comentarios “0”. Debajo los iconos de “Facebook”, “X” , “WhatsApp”. Con una imagen en medio en la que veo un fondo de un vehículo de color blanco que dice: “RADIO TEOCELO” 490 Khz A.M”, al frente dos personas, una de cabello cano con blusa verde y la otra persona de sombrero, camisa blanca con un cintillo rojo sobre el cuello. Al pie de la imagen leo: “La emisora comunitaria Radio Teocelo transmite en localidades de Veracruz desde hace 60 años // Foto: Radio Teocelo”. Debajo el siguiente texto: “Emisora pide frenar violencia política de la candidata de Morena y Partido Verde. La Radio Comunitaria Teocelo, con una trayectoria de 60 años, exigió frenar la criminalización en su contra y en particular contra el comunicador Elfego Riveros, de parte de ***** ***** ****, candidata del Partido Verde y Morena a la alcaldía de Teocelo, Veracruz.” “Además, una decena de organizaciones y radios comunitarias denunciaron que el comunicador comunitario Elfego Riveros, está siendo objeto de persecución judicial de parte del Partido Verde bajo el argumento de una supuesta violencia política en razón de género.” “En mayo de 2024 Radio Teocelo transmitió un spot de un minuto, en formato de caricatura política que cuestionaba malas prácticas como corrupción, nepotismo y candidaturas plurinominales, sin mencionar nombres, partidos, familias, ni lugares.” Luego de ello, ***** ***** **** denunció por violencia política en razón de género a la directora de Radio Teocelo, Mariana Riveros; Alejandra Pozos, presidenta de la Asociación Veracruzana de Comunicadores Populares (Avercop) y contra Elfego Riveros.” “El 14 de enero un tribunal especializado determinó inexistencia de dicha violencia política; sin embargo el 29 de abril otro tribunal con sede en la CDMX revocó la sentencia y ordenó multas y castigos para el periodista comunitario y para Radio Teocelo.” “Las emisoras comunitarias expresaron su preocupación de que se instrumentalice luchas legítimas del feminismo para criminalizar el periodismo comunitario y con ello amenazar la libertad de expresión y los derechos a informar y ser informados de las comunidades.” “Exigieron al Estado Mexicano se garantice el ejercicio pleno de la libertad de expresión y el derecho a la información, así como implementar medidas cautelares en favor de Radio Teocelo.” “Notas relacionadas:” “Exigen frenar criminalización de personas indígenas en el Istmo” “Organizaciones convocan a foro contra criminalización de la defensa del territorio” debajo de esto diversas notas periodísticas.

 

CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLXXVI.  AC-OPLEV-OE-925-2025

 

CLXXVII.  Link 1: https://articulo19.org/sentencia-de-la-sala-regional-especializada-del-tepjf-vulnera-el-ejercicio-periodistico/

 

del lado superior izquierdo advierto un cintillo de color rojo en el que leo: “ARTICLE19”, seguido de letras en forma de cintillo: “Sobre ARTICLE 19 MX-CA” “Programas de trabajo, Publicaciones, Periodistas, Eventos” del lado derecho un cintillo rojo donde leo: “Dona a A19”, continuo y debajo leo: “COMUNICADOS” “Sentencia de la Sala Regional Especializada del TEPJF vulnera el ejercicio periodístico”. Seguido de una imagen en la que veo una persona que solo se ve el rostro, y sostiene con las manos un cartel que dice: “PRENSA LIBRE”. Seguido de un texto: “Ciudad de México, a 17 de mayo de 2025.- ARTICLE 19 – Oficina para México y centroamérica reprueba la decisión de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (SER TEPJF) por violencia política de género (VPG) contra el periodista Ángel Camarillo, reportero del medio Al calor político, en el estado de Veracruz. El periodista fue condenado por motivo de una publicación del 2021, posterior a las elecciones electorales de ese año, en la que dio cuenta de una serie prácticas de nepotismo y de vínculos familiares en la política local de Veracruz. Uno de los casos resaltados, fue el de una candidata que en ese entonces contendía por la alcaldía de Teocelo, quien lo demandó, y de quien el periodista dio cuenta de la relación con su padre, el cual ocupaba en ese momento la misma alcaldía.” “En la publicación Camarillo hizo referencia a más de diez casos de vínculos familiares entre las personas que aspiraban a un cargo público y quienes ocupaban dicho cargo.  La nota resalta nexos familiares entre padres, madres y sus hijos e hijas, entre hermanos y hermanas, primos y primas o entre cónyuges de más de 10 municipios del estado de Veracruz. En este sentido, el texto hace una revisión completa y contextual de un tema de interés público, como son los actos de nepotismo en las administraciones públicas locales y en los procesos de candidatura al interno de los partidos políticos.” “La sentencia de este año emitida por la SER TEPJF condena a Ángel Camarillo a pagar una multa, retirar su publicación, una disculpa pública e inscripción en el registro de personas sancionadas.” “Sobre violencia política de género y libertad de expresión” “ARTICLE 19 reconoce la importancia de legislaciones que protejan la vida libre de violencia de las mujeres. La violencia de género en México sigue siendo una grave problemática, y en el caso de Veracruz feministas y diversas colectivas de género han reiterado la urgencia que se vive en la entidad. En nuestra realidad cotidiana, es sumamente importante la protección de todas las formas de violencia, incluída la violencia política de género.” “No obstante, esta organización ha documentado un abuso de estas normativas en las cuáles se desvirtúa el propósito y objetivo de estas normativas de proteger a las mujeres, y por el contrario se utilizan como una herramienta para limitar la información de relevancia pública. De acuerdo con el reciente informe 2024 ‘Barreras informativas’, ARTICLE alertó sobre el crecimiento del acoso judicial como método de censura. Con 21 casos documentados en ese año, en promedio cada tres semanas se comenzó un proceso contra periodistas por sus investigaciones o publicaciones. El 28.57% de estas denuncias utilizaron las normas sobre violencia política de género para silenciar a la prensa.” “En el caso de Camarillo, se presenta un análisis claro de prácticas de nepotismo vinculando tanto a hombres como mujeres quienes han sido beneficiados para acceder a puestos públicos por contactos familiares o conyugales. El debate sobre nepotismo en México es de tal relevancia pública que inclusive la Presidencia de la República ha señalado la importancia de coartar estas prácticas.” “De igual forma, tanto la Comisión y Corte Interamericanas, como la Suprema Corte de Justicia de la Nación, han establecido respecto al “sistema dual de protección” que “los límites de crítica son más amplios cuando ésta se refiere a personas que, por dedicarse a actividades públicas o por el rol que desempeñan en una sociedad democrática, están expuestas a un control más riguroso de sus actividades y manifestaciones que aquellos particulares sin proyección pública alguna, pues en un sistema inspirado en los valores democráticos, la sujeción a esa crítica es inseparable de todo cargo de relevancia pública”. “La organización recuerda que las autoridades deben observar las condiciones específicas derivadas del artículo 13.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Acorde a estos estándares, es necesario como mínimo observar un “test Tripartito” para determinar si las restricciones que se plantean imponer a la libertad de expresión son aceptables bajo los parámetros de la Convención Americana. “Las personas funcionarias públicas cuando eligen voluntariamente ocupar o buscar ocupar un cargo público están expuestas a un mayor escrutinio y deben tener un mayor umbral de tolerancia ante la crítica. A este respecto, la SCJN ha señalado que “el debate en temas de interés público debe ser desinhibido, robusto y abierto, pudiendo incluir ataques vehementes, cáusticos y desagradablemente mordaces sobre personajes públicos o, en general, ideas que puedan ser recibidas desfavorablemente por sus destinatarios y la opinión pública, de modo que no sólo se encuentran protegidas las ideas que son recibidas favorablemente o las que son vistas como inofensivas o indiferentes. Estas son las demandas de una sociedad plural, tolerante y abierta, sin la cual no existe una verdadera democracia”. “Es preciso señalar que para analizar y determinar la existencia de VPG hay ciertos criterios, tales como algún tipo de violencia simbólica, verbal, patrimonial, económica, física, sexual y/o psicológica; tener por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, y basarse en elementos de género, es decir: i. se dirige a una mujer por ser mujer, ii. tiene un impacto diferenciado en las mujeres; iii. afecta desproporcionadamente a las mujeres. Además, es importante analizar el contexto y totalidad de la nota o publicación, sin limitarse a estudiarla de manera parcial o en una parte aislada.” “A raíz de estos hechos, ARTICLE 19:”  “Exhorta a todas las autoridades electorales que conozcan asuntos sobre VPG a analizar de manera responsable, exhaustiva y cuidadosa sus determinaciones, para no afectar de manera ilegítima y desproporcionada el ejercicio de la libertad de expresión y periodismo.” “Llama urgentemente a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a resolver el recurso interpuesto por el periodista, revocando esa sentencia, ateniéndose a los más altos estándares de protección a la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información, y a salvaguardar la labor periodística.” Debajo de esto diversas notas periodísticas.

 

CLXXVIII.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLXXIX.  AC-OPLEV-OE-925-2025

CLXXX.   

CLXXXI.  Link 1: https://www.educaoaxaca.org/partido-verde-criminaliza-a-radio-teocelo-y-persigue-judicialmente-a-su-fundador-elfego-riveros/

 

del lado superior izquierdo veo una figura en forma de manos simulando un “30” debajo dice; “ANIVERSARIO”, “EDUCA Servicios para una Educación Alternativa A.C.” en forma de cintillo leo: “Inicio”, “Quienes somos”, “About us” Contacto”. Del lado derecho veo los iconos de “Twitter Facebook, Youtube, Instagram, Telegram” y buscar. Al centro dice: “La Minuta” debajo “Partido Verde criminaliza a Radio Teocelo y persigue judicialmente a su fundador Elfego Riveros” “5 mayo, 2025 Etiquetas: Comunicación, Partidos Políticos, Radios Comunitarias” debajo una imagen en la que veo un espacio abierto con un inmueble con un mural de colores y una cochera en la que al fondo hay un vehículo. Seguido el siguiente texto: “Ante la discusión en torno a la nueva Ley de Telecomunicaciones que se lleva actualmente en el Legislativo, el colectivo radiofónico indigenista y con 60 años de historia, Radio Teocelo, situado en el estado de Veracruz, denunció ser víctima de persecución judicial, impulsada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).” “En un comunicado, la organización acusó que su colaborador José Elfego de Jesús Riveros Hernández, periodista y fundador de la estación XEYTM 1490 AM, es blanco de una persecución orquestada por el PVEM, a raíz de un supuesto acto de violencia política en razón de género que el comunicador habría ejercido en contra de una integrante del partido político.” “El colectivo indicó en su mensaje que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya había resuelto en enero de este 2025 a favor de los integrantes de Radio Teocelo por el caso en cuestión; sin embargo, el Tribunal decidió revocar dicha resolución, para fallar ahora en favor del Verde Ecologista.” “A raíz de ello, exigió al Gobierno de México garantizar la protección de los colectivos independientes y el respeto irrestricto a los derechos de quienes integran su proyecto de comunicación ciudadana para fortalecer el marco legal que ampara su ejercicio, cumpliendo el Artículo 6 Constitucional.”  “Asimismo, hizo un llamado a la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo para dictar medidas cautelares de protección a favor de las y los colaboradores de Radio Teocelo, quienes enfrentan hostigamientos políticos y judiciales durante su labor periodística.” “En tanto, la radio colectiva pidió que la Sala Regional Especializada del Tribunal del Poder Judicial de la Federación cumpla de manera íntegra y sin dilaciones su propia resolución emitida en el expediente SER-PSC-8/2025, luego de revocarla de forma inexplicable.” “La organización señaló que estas acciones garantizarán el principio de seguridad jurídica y el respeto de los derechos fundamentales de las y los comunicadores comunitarios.” “En este país no se puede tolerar los cacicazgos, y mucho menos que esté siendo por el sistema de partidos. La protección de intereses particulares por encima de los derechos colectivos de los pueblos y de quienes ejercen el periodismo desde y para sus comunicadores es inaceptable en un estado democrático y de derecho”, concluyeron. “Sin Embargo Radio Teocelo acusa persecución judicial por parte del PVEM | Redacción La Coperacha Criminalizan a Radio Teocelo y a periodista comunitario · Talacha informativa | Comunicado Organizaciones respaldan a Radio Teocelo  | Fábrica de Periodismo Radios comunitarias exigen participar en foros de Ley Telecom | Notas relacionadas La Minuta Allanan oficinas de Ojo de Agua Comunicación en Oaxaca; se confirma la fragilidad en la protección de defensores – EDUCA | Iniciativa en Telecomunicaciones abre la puerta a la censura, señalan organizaciones; Senado aplaza discusión – EDUCA | Fotografía Radio Teocelo”. Debajo diversas notas y anuncios.

 

CLXXXII.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLXXXIII.  AC-OPLEV-OE-926-2025

 

CLXXXIV.  Link 1: https://www.notiver.com/primera/radio-teocelo-vs-pvem-ya-se-armo/

 

Dicho enlace me remite a una página electrónica, en la cual observo en la parte superior una sección de color rojo con el texto “SÁBADO, 16 AGOSTO 2025”, al centro “NOTIVER LA NOTIFICA EN EL MOMENTO QUE SUCEDE”, “VERACRUZ 33 ° C”. Cintillo en negro con las opciones de navegación “PORTADA PRIMERA EL DEPORTE SUCESOS NACIONALES SOCIALES LAS COLUMNAS Y LOS ANUNCIOS” El encabezado: “PRIMERA ¡RADIO TEOCELO VS. PVEM! - YA SE ARMÓ Ante la discusión de la nueva Ley de Telecomunicaciones en el Congreso, el colectivo indigenista Radio Teocelo denunció ser víctima de una persecución judicial, presuntamente impulsada por el Partido Verde Ecologista de México... 5 mayo 2025” Continuo, observo la imagen de un grupo de personas las cuales portan diferente tipo y color de vestimenta, algunas portan camisas café y naranja, se encuentran detrás de un escritorio el cual tiene un micrófono encima. Ahora veo el texto: “Denuncia persecución judicial AVC/Valeria Ramos” “Xalapa, Ver. Ante la discusión de la nueva Ley de Telecomunicaciones en el Congreso, el colectivo indigenista Radio Teocelo denunció ser víctima de una persecución judicial, presuntamente impulsada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).” “En un comunicado, el colectivo señaló que su colaborador José Elfego de Jesús Riveros Hernández, periodista y fundador de la emisora XEYTM 1490 AM, enfrenta un proceso legal derivado de una acusación por presunta violencia política en razón de género en contra de una integrante del PVEM.” “Radio Teocelo recordó que, en enero de 2025, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió inicialmente a su favor. Sin embargo, recientemente esta resolución fue revocada y ahora se falló en beneficio del partido político.” ““Esta decisión, contradictoria e injustificada, evidencia una preocupante falta de imparcialidad y apunta a una posible colusión entre el Tribunal Electoral y actores del PVEM”, acusó la organización.” “El colectivo hizo un llamado al Gobierno de México para que garantice la protección de los medios de comunicación comunitarios e independientes, así como el respeto irrestricto a los derechos de quienes integran sus proyectos, en apego al Artículo 6º Constitucional.” “Radio Teocelo expresó también su preocupación por el uso de causas legítimas, como las luchas feministas, con fines políticos para criminalizar el ejercicio del periodismo comunitario.” ““Esto representa una amenaza grave para los derechos fundamentales, incluida la libertad de prensa”, advirtió.” “Además, solicitó a la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo que se dicten medidas cautelares de protección para su equipo, debido a los actos de hostigamiento político y judicial que han enfrentado en el desarrollo de su labor informativa.” “Radio Teocelo exigió que la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación cumpla de manera íntegra y sin dilaciones su propia resolución dentro del expediente SER-PSC-8/2025, la cual —afirmaron— fue revocada de forma injustificada.” “Finalmente, el colectivo advirtió que en un Estado democrático de derecho no se deben tolerar cacicazgos ni permitir que el sistema de partidos anteponga intereses particulares sobre los derechos colectivos y sobre quienes ejercen el periodismo desde y para sus comunidades.” Al centro, en el costado derecho, y en la parte inferior de dicha página electrónica observo diverso contenido que no es materia de esta certificación.

 

CLXXXV.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLXXXVI.  AC-OPLEV-OE-926-2025

 

CLXXXVII.  Link 1: https://www.avcnoticias.com.mx/noticias-veracruz/general/366197/uv-intercultural-respalda-a-radio-teocelo-y-exige-respeto-a-la-libertad-de-expresi-in.html

 

Dicho enlace me remite a una página electrónica, en la cual observo en la parte superior una sección en blanco con el texto “AVCNoticias www.avcnoticias.com.mx”, “sábado 16 de agosto de 2025”. Cintillo con las opciones “Inicio Secciones Galería Columnas Video Contacto” El encabezado: “UV Intercultural respalda a Radio Teocelo y exige respeto a la libertad de expresión” Ahora veo el texto: “2025-05-12.- La Universidad Veracruzana Intercultural expresó su apoyo a Radio Teocelo y exigió respeto a la libertad de expresión tras la denuncia contra su conductor por presunta violencia política de género.” “Xalapa, Ver. (AVC).- La Sede Regional Xalapa de la Universidad Veracruzana Intercultural (UVI) manifestó su solidaridad con Radio Teocelo y con su conductor Elfego Riveros, ante la denuncia interpuesta por María Chama Villa por presunta violencia política en razón de género.” “En un comunicado dirigido a la opinión pública y a la comunidad de Teocelo, la UVI reafirmó su compromiso con la libertad de expresión, el pluralismo y la diversidad en la comunicación, y destacó la importancia de la radio comunitaria como un espacio clave para el fortalecimiento de la ciudadanía, la democracia y la difusión de saberes agroecológicos y de otras expresiones culturales.” “La universidad reconoció a Radio Teocelo como un aliado fundamental en la promoción de la Licenciatura en Agroecología y Soberanía Alimentaria, al señalar que el medio ha sido un canal importante para compartir experiencias y conocimientos sobre agroecología y bioculturalidad, así como para contribuir al desarrollo de comunidades más informadas y sostenibles.” “Finalmente, la UV Intercultural exigió a las autoridades estatales y federales que garanticen el derecho a la libertad de expresión, así como la autonomía e independencia de los medios comunitarios. “Rechazamos cualquier forma de violencia política y censura que busque silenciar a quienes ejercen su derecho a la crítica y la reflexión”, subraya el pronunciamiento.” Al centro, en el costado derecho, y en la parte inferior de dicha página electrónica observo diverso contenido que no es materia de esta certificación.

 

CLXXXVIII.  CG/SE/PES/MYCV/899/2025

CLXXXIX.  AC-OPLEV-OE-926-2025

 

CXC.  Link 1:  http://www.te.gob.mx/EE/SRE/2025/PSC/8/SRE_2025_PSC_8-1610019.pdf

 

Dicho enlace me remite a una página electrónica, en la cual advierto un archivo en PDF, que consiste en una página, en la parte superior izquierda noto el texto “SRE_2025_PSC_8-1610019.pdf”, y sobre la misma línea “1/78 – 100% +”, y cuatro figuras en color blanco, seguido de tres puntos en vertical, en dicho documento veo en la parte superior izquierda el texto “CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS”,

 

 


[1] Datos suprimidos, de conformidad con los artículos 1, 8, 10, fracción I y 14, del Acuerdo General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como 25, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

[2] Secretario coordinador: Víctor Ruiz Villegas; secretario de estudio y cuenta: Armando Coronel Miranda; colaboración: Freyra Badillo Herrera y Edda Carmona Arrez.

[3] En adelante todas las fechas corresponderán al 2025 salvo mención en contrario.

[4] De conformidad, con lo establecido en los artículos 41, párrafo tercero, base VI; 94, párrafo primero, y 99, párrafos primero, segundo y cuarto, fracciones V y X, de la Constitución federal; 251, 252, 253, fracciones IV, inciso c), y XII; 260, párrafo primero, y 263, fracciones IV y XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; así como 3, apartado 2, inciso c), 4, apartado 1, 79, 80, apartado 1, incisos f) y h), y 83, apartado 1, inciso b), de la Ley de Medios y los Lineamientos Generales para la Identificación e Integración de Expedientes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

[5] Con fundamento en los artículos 31 de la Ley General de Medios y 79 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en relación con el artículo 267, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

[6] De acuerdo con lo establecido en los artículos 7, párrafo 1; 8, 9, 12, apartado 1, inciso a),13, apartado 1, inciso b), 79 y 80, de la Ley de Medios.

[7] Conforme a las constancias de notificación que aportó a la actora visibles a fojas12 y 13 del expediente principal SX-JG-196/2025.

[8] Lo anterior, encuentra sustento en la jurisprudencia 7/2002 de rubro: "INTERÉS JURÍDICO DIRECTO PARA PROMOVER MEDIOS DE IMPUGNACIÓN. REQUISITOS PARA SU SURTIMIENTO”, consultable en Justicia Electoral. Revista del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Suplemento 6, Año 2003, página 39. Así como la página de internet de este Tribunal Electoral: https://www.te.gob.mx/IUSEapp/

[9] Visible a foja 7013 del cuaderno accesorio 10.

[10] Resulta aplicable la razón esencial de la jurisprudencia 19/2018 de rubro “JUZGAR CON PERSPECTIVA INTERCULTURAL. ELEMENTOS MÍNIMOS PARA SU APLICACIÓN EN MATERIA ELECTORAL”, consultable en Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 11, Número 22, 2018, páginas 18 y 19.

[11] SCJN. Protocolo para juzgar con perspectiva intercultural, página 51.

[12] El decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y está disponible para su consulta en el siguiente vínculo electrónico: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5753798&fecha=01/04/2025#gsc.tab=0

[13] Contenidas en el anexo 1 de la sentencia (fojas 7055 a 7097 del cuaderno accesorio 10), el cual se retoma y se inserta también en esta sentencia.

[14] Idem.

[15] Párrafo 423.

[16] María Alejandra Pozos, presidenta de AVERCOP A.C.; Mariana Riveros, directora de Radio Teocelo; Isaac Reyes, presidente municipal de Teocelo, Veracruz.; Rommel Caín Chacan, director jurídico del Ayuntamiento de Teocelo, Veracruz; Elfego Riveros, conductor del programa de radio “Luna Llena” en Radio Teocelo; Eliseo Tejeda, ciudadano probable creador y/administrador del perfil “Julio Sexto Segundo” en la red social Facebook, así como del blog “La Caja de Cristal; Ángel Camarillo, periodista en el medio de comunicación “Al Calor Político”; Alfredo Quezada Hernández, periodista en el medio de comunicación “Gobernantes”; María Isabel Ortega, periodista del medio de comunicación “La Silla Rota” en Veracruz.

[17] ST-JDC-655/2024 y ST-JDC-287/2025.

[18] Tomado del Anexo de la sentencia dictada en el TEV-PES-214/2025