Abstract:
El problema actual de nuestro sistema de elección sigue siendo de una democracia deficiente, ya que no se están manifestando las preferencias de los representados. Existe una brecha entre ciudadanos y representantes que cada vez se ensancha a dimensiones mayores.
Es la intención de este trabajo proponer mecanismos que nos lleven a cerrar la brecha entre representantes y representados desde los gobiernos locales, partiendo de los planteamientos hechos por Pérez (2008). Se considera posible llevarlas a cabo en Baja California por ser un estado relativamente homogéneo, urbano, concentrado y con el menor número de municipios en todo el país (cinco), aunque su adaptabilidad se extiende a cualquier estado de la república. La propuesta radica en un rediseño de la boleta electoral, con la posibilidad de elegir de manera directa distintos cargos de los ayuntamientos, y la conformación del Congreso Local, tomando como referencia la boleta alemana.
La intención es resaltar el cambio potencial en la apropiación del espacio público y el interés por la cultura política democrática y, con ello, los procesos electorales, al realizar una nueva propuesta que otorga el control a los ciudadanos de la selección de las personas que ocuparán puestos de elección popular, acción que actualmente definen los partidos políticos sin posibilidad alguna de modificación por parte de los votantes. Se argumenta que se puede generar una nueva dinámica de sufragio recuperando el interés de la participación en comicios locales, consolidando a las instituciones públicas (partidos políticos, institutos públicos electorales locales, congreso local, cabildos de los ayuntamientos principalmente) y acercando al ciudadano con sus representantes.
Palabras clave: Procesos electorales, boleta electoral, participación ciudadana, legitimidad, gobiernos locales.
Elecciones de gobiernos locales en Baja California: rediseño de la boleta electoral para la participación ciudadana
Los procesos electorales en Baja California se han consolidado, gracias a que el Instituto Estatal Electoral del Estado ha demostrado ser capaz de realizarlas. No obstante, la participación de los ciudadanos sigue siendo deficitaria en las urnas. Ello no es un problema de legalidad, como pasaba en décadas anteriores, sino una expresión de la crisis que padecen los sistemas de representación en el mundo y, sobre todo, de lo que la ciudadanía define como legitimidad.[1] Es común en las ciencias sociales reconocer que existe una delgada línea que separa a la legalidad de la legitimidad (Bobbio,1996: 117-120; Antaki: 2000: 66-67). Se tiende a confundir la primera con la segunda al grado de afirmar que un proceso legal es un proceso legítimo, cuando la legitimidad descansa precisamente en que se vean plasmadas las preferencias ciudadanas por medio de sus representantes y a la vez sean los representantes capaces de llevarlas a cabo (Ziccardi, 1998:156).
Ante el panorama que se plantea es de esperarse que se lleven a cabo reformas políticas, en especial en el diseño del sistema electoral. Las reformas electorales en México sí han llevado a que el juego político en la sucesión de cargos sea menos inequitativo entre los partidos, pero, a su vez, están dejando fuera de las decisiones a los ciudadanos. Son necesarios rediseños institucionales y legales, como en las democracias consolidadas con nuevas formas de representación y participación social que parten desde lo local y toman como base al ciudadano (Ziccardi, 1998:157) Es, precisamente, bajo este contexto que se propone como reforma electoral el rediseño de la boleta electoral. A continuación, se expone la propuesta.
El cambio en el diseño de la boleta electoral en Baja California
El solo diseño de la boleta electoral nos lleva a dos cuestiones enunciadas por Pérez (2008). Esto es, de acuerdo al diseño establecido se condiciona la configuración del poder y posteriormente se afecta el ejercicio del poder. Pueden existir tres tipos de boletas electorales; a saber: 1). Cerrada bloqueada; 2). Cerrada y no bloqueada y 3). Listas abiertas.
La primera, implica que los ciudadanos no tienen ninguna posibilidad de intervenir en las candidaturas, todo va definido vía partidos políticos. La segunda forma le regresa al ciudadano el control al poder acomodar en el orden de su preferencia a los candidatos, aunque éstos siguen siendo definidos por los partidos. Finalmente, la tercera opción le da el control total al ciudadano de la definición de quienes llegan a la representación popular.
La Ley Estatal Electoral de Baja California (LEEBC) establece en el artículo 136 que los registros para los cargos para diputados y munícipes se hacen de la siguiente forma:
“I. La de diputados, se hará por fórmulas integradas por propietario y suplente;
Como se deduce, la forma de aspirar al cargo de Diputado Local en Baja California es por medio de candidaturas uninominales. En el caso de las alcaldías es por medio de una lista cerrada y bloqueada, en las que se anotan el candidato a presidente municipal, el síndico procurador y el número de regidores de acuerdo al municipio en cuestión.[2]
El sistema de representación que se utiliza en Baja California es mixto, dando un peso a la representación de acuerdo a la proporción del voto. Para el caso de las diputaciones se tiene una doble asignación de la proporción. Por una parte, cada partido presenta una lista cerrada y bloqueada de 4 candidatos con sus respectivos suplentes. Por otra parte, aquellos candidatos a diputados que hayan sido derrotados en las urnas y que tengan un porcentaje mayor de entre sus demás compañeros de partido y/o coalición, la LEEBC le permite a cada partido político determinar cuándo se les asigne un escaño por proporción; si prefieren que se le asigne al candidato en el orden de la lista que ellos mismos designaron o, en su defecto, al candidato perdedor con la mayor cantidad de votación proporcional en su demarcación.
En el caso de las alcaldías, la representaciónproporcional se da de acuerdo al municipio en cuestión, permitiéndoles a los partidos políticos y candidatos independientes tener representación en el cabildo[3]. La asignación se hace a través de una fórmula que premia a aquellos partidos que obtienen una proporción de votos mayor. De esta manera, se busca dar origen a lo que Merino define como gobiernos en los municipios formados por los ayuntamientos o asambleas públicas donde impera un régimen parlamentario; es decir, es un grupo colegiado dentro del cual la figura de presidente municipal es el encargado de llevar la batuta (Merino, 2007:9).
En este orden de ideas, debe favorecerse la pluralidad en los cabildos e incentivar a la ciudadanía a participar mediante un nuevo diseño de boleta electoral y planillas de elección de manera separada. Ello fortalece el interés común y colaboración entre representante y representado, generando que los políticos electos popularmente se interesen, efectivamente, a rendirle cuentas, primeramente, a quienes los eligieron y, en un segundo momento, a los partidos políticos que los postularon. La votación de manera separada para presidente municipal, síndico procurador y regidores posibilita la conformación de cabildos con integraciones plurales que privilegien la deliberación colegiada y gobiernos responsables.
El modelo de planillas contenido en la LEEBC ocasiona que el diseño de boleta electoral sea mediante listas cerradas y bloqueadas, lo que evidentemente beneficia a los partidos políticos y da lugar a una partidocracia. Partiendo de ´preceptos de teoría racional, si un político desea hacer carrera debe guardar su lealtad y manifestar las preferencias al partido que lo postuló a un cargo de elección popular. Es decir, la rendición de cuentas del servidor público electo por el voto de los ciudadanos no va hacia éstos, sino hacia quienes lo nominaron.
La votación por listas cerradas y bloqueadas implica que el ciudadano no tenga opción sino de votar por el bloque completo. Pueden darse casos en los que el ciudadano quiera manifestar preferencias diferenciadas en las figuras que componen los gobiernos locales, lo que puede llevar a composiciones muy interesantes en la configuración del poder, así como a condicionar el ejercicio del mismo. Si se rediseña la boleta electoral en los términos aquí planteados, las decisiones de gasto y recaudación, nombramientos de puestos y reglamentación, se harían bajo un sistema en el que las minorías no están cooptadas y tienen un poder real de decisión. El ejercicio del poder llevaría a manifestar las preferencias del electorado. Si lo que se busca es privilegiar la participación de los ciudadanos, la elaboración de la boleta electoral debería de tomar en cuenta el diseño de un voto por cada figura que va a ser elegida, ampliando el interés y significado del proceso electoral. En este tenor, debe eliminarse la votación en planilla y la elección de presidente municipal debe de ir en una boleta, otra boleta distinta para votar al síndico procurador y, finalmente, otra para los regidores (Pérez 2008:397).
Propuesta de boleta electoral. Diputados y munícipes.
A la luz de lo expuesto, a continuación, se presenta el modelo de rediseño de la boleta electoral aludida. La propuesta contempla un modelo balanceado que permite a los partidos políticos tener control sobre la votación de representación proporcional y a los ciudadanos el de representación de mayoría relativa. La propuesta incluye, antes, un diseño similar para la elección de los diputados locales, con las variantes correspondientes.
En Baja California la Legislatura se integra por 17 diputados electos de manera directa en distritos uninominales, y 8 diputados designados por representación proporcional. Éstos se definen por una lista cerrada y bloqueada que mandan los partidos, alternándose con los mejores perdedores. Es decir, el sistema de representación proporcional es mixto. El cambio de boleta electoral que se propone es el siguiente:
1- Un diseño de boleta electoral tipo alemana donde el ciudadano pueda emitir dos votos en una misma boleta electoral. Del lado izquierdo de la boleta electoral, el ciudadano manifiesta al candidato que quiere votar; es decir, se vota por la persona. De esa manera se elegirían a los 17 representantes locales (uno por distrito). Del lado derecho de la boleta el ciudadano vota por el partido político de su preferencia. De esa manera se logra el apoyo que cada partido político tiene y se puede determinar la proporción designando la cantidad de diputados que les corresponda.
2- Los representantes de proporción saldrían de una lista cerrada y bloqueada propuesta por los partidos políticos, en la que, si así lo desean, se pueden incluir alguno (o algunos) de los candidatos ya propuestos en algún distrito, u otros que no están participando directamente en la contienda. De esa manera se genera un balance entre el control por parte de los ciudadanos, por un lado, y de los partidos políticos, por el otro, obligando a los primeros a reflexionar su voto en cuanto a candidato y a partido político, y a los segundos a postular perfiles de candidatos que el electorado perciba como adecuados.
La figura 1 ejemplifica la propuesta:
Fuente: Tomada de aceproject.org y adaptada al ejemplo de Baja California.
En el caso de los ayuntamientos, la propuesta va encaminada a que se generen verdaderos cuerpos colegiados con sistemas de pesos y contrapesos. Para ello, es necesario separar en tres boletas las figuras que integran el cabildo;
1- Una boleta para la elección de presidente municipal;
2- Una boleta para el síndico procurador;
3- Una boleta para la figura de regidores, similar a la boleta propuesta para la elección de diputados (con dos elecciones dentro de la boleta; una para candidato, otra para el partido).
Dado lo anterior, el ciudadano estaría eligiendo a tres representantes, cada uno de ellos designado por el que obtuviera la mayoría simple de votación en la demarcación que corresponda. La diferencia conforme a listas cerradas y bloqueadas es que al dar la posibilidad a los ciudadanos de elegir a cada representante de manera separada, obliga a que la elección no gire solamente en torno a la figura de presidente municipal, sino que le da un rol protagónico a la figura de síndico procurador y regidor, quienes al pedir el voto de los ciudadanos buscarían una relación más cercana con ellos, sus electores, sobre todo teniendo en mente la posibilidad de la reelección.
Las regidurías se tendrían que definir conforme al número de ciudadanos en el listado nominal que compone cada municipio y el número de regidores a elegir en la demarcación territorial (las secciones que comprende el municipio). Por otra parte, siguiendo la lógica de la boleta alemana expuesta en la Figura 1, y respetando la representación proporcional que cada cabildo tiene, los representantes de proporción serían designados mediante los votos obtenidos por cada fuerza política. Los representantes de proporción saldrían de una lista cerrada y bloqueada, propuesta por los partidos políticos por demarcación. Si así lo desean los partidos políticos, se puede incluir a alguno (o algunos) de los candidatos ya propuestos en alguna demarcación u otros que no están participando directamente en la contienda.
De manera ilustrativa, para robustecer la argumentación, véase el Cuadro 1 dondese muestra el histórico de participación en elecciones federales en Alemania de 1990 al 2013. Si bien se reconoce que la cultura cívica es distinta en ambos países, sobre todo por los procesos históricos que han vivido, se considera que el diseño de boleta permite al ciudadano involucrarse e interesarse más por los puestos de elección popular, debido al balance que ocurre entre los ciudadanos y los partidos políticos en el control de quienes ocuparían los cargos de los gobiernos entrantes.
En el presente trabajo se puso de manifiesto que la participación ciudadana puede aumentar y la brecha entre representantes y representados, con tan solo realizar cambios en el diseño de boleta electoral, ayudando a una mayor participación y representatividad, logrando una redistribución del poder tanto en el congreso local como en los cabildos, y así formar cuerpos colegiados con pesos y contrapesos que lleven a decisiones de mayor inclusión de las preferencias de los ciudadanos.
En Baja California recientes decisiones gubernamentales impopulares (incremento en el precio de la gasolina, reforma a la Ley del Agua que aumenta su precio y crea asociaciones público privadas para otorgar el servicio, renovación de placas para vehículos, principalmente), han generado la participación decidida de ciudadanos en movimientos espontáneos importantes de protesta y de resistencia civil, llegando, inclusive, a la utilización de instrumentos de participación ciudadana (Referéndum), cuya implementación fue suspendida por la abrogación departe de las autoridades de la citada Ley, así como la cancelación del replaqueo. La combinación de nuevas reglas que empoderen al ciudadano, como el rediseño de boleta electoral, sumadas a la capacitación sobre el uso de los instrumentos de plebiscito, referéndum, iniciativa ciudadana y consulta popular y demás actividades de difusión en materia de cultura cívica y política, permitirá una apropiación de la cosa pública, es decir, una participación ciudadana informada que incida en la vida pública del Estado.
Bibliografía:
1- Pérez Durán, Ixchel. “Efectos de diseño electoral municipal en la formación y en el ejercicio del poder en México”, Revista Gestión y política pública, Volumen XVII, Número 2, II semestre, 2008. pp. 381-423.
2- Bobbio, Norberto. Estado, gobierno y sociedad, Fondo de Cultura Económica, México, 1996. Pp. 117-127.
3- Antaki, Ikram. El manual del ciudadano contemporáneo, Ariel, 2000, Pp. 66-75.
4- Amparo Casar, María. Sistema político Mexicano, Oxford University press, 2010. pp. 285.
5- Ziccardi, Alicia, “Visión conceptual del gobierno local”, en Políticas públicas y gobierno local: ensayos, Fundación Ford-UNAM, 1998, pp. 151-170;
6- Nohlen, Dieter. “Sistemas electorales y gobernabilidad”, Universidad de Heilderberg, 1992.
7- Merino, Mauricio. Para entender el régimen municipal en los Estados Unidos Mexicanos, México, Nostra Ediciones, 2007. pp. 76.
Otras fuentes:
1- Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos. 2014.
2- Ley de Instituciones y procedimientos Electorales del Estado de Baja California.
3- Ley Estatal Electoral del Estado de Baja California. 2015.
[1] De acuerdo a Amparo Casar, la sola observancia de las reglas y decisiones de un régimen no es suficiente para calificarlo como legitimo (esto sería legalidad). “La legitimidad se refiere al reconocimiento o aceptación de la sociedad de que las decisiones pueden y deben ser aceptadas y obedecidas. En otras palabras, es la creencia de los ciudadanos de que sus gobernantes tienen el derecho de mandar”
[2]Las Regidurías de acuerdo a la legislación vigente: 8 para Mexicali y Tijuana, 7 para Ensenada y 5 para Tecate y Playas de Rosarito.
[3] [3]Las Regidurías de proporción conforme a la legislación vigente: 7 para Mexicali y Tijuana, 6 para Ensenada y 5 para Tecate y Playas de Rosarito.
Artículo publicado en la Revista e-lectores Núm. 2 | Julio 2017
http://www.te.gob.mx/srm/revistas/index.html