Sentencias relevantes

A continuación se presentan las sentencias relevantes en las que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha emitido, durante el proceso electoral 2014-2015, criterios relativos a los temas de financiamiento y fiscalización:

 

SUP-RAP-5/2013 y acumulados

Se consideró conforme a la ley que durante el proceso electoral 2012 el PRI, a través de un intermediario, contrató el servicio de dispersión de recursos a través de 7 mil 851 tarjetas, en las que depositó y distribuyó 66 millones 326 mil 300 pesos, utilizados para el pago de sus estructuras de naturaleza operativa. Entre estos gastos quedan incluidas las actividades relacionadas con la campaña, que no tienen como finalidad concreta y directa la obtención del voto, sino que forman parte del dispendio de recursos que de manera alterna se erogan en el contexto de una campaña política. Al mismo tiempo, se estimó que el INE determinó asignar erróneamente, como gastos ordinarios a nivel federal, la cantidad dispuesta de los monederos electrónicos con posterioridad a la etapa de campaña electoral, sin considerar los gastos que el señalado ente PRI político erogó para las campañas electorales de esas entidades federativas, por lo que se le ordena investigar y señalar el tipo de gasto a que corresponde la diferencia existente entre el monto al que ascendió el gasto para la campaña electoral federal y la cantidad total dispuesta de las tarjetas de prepago (6 millones 809 mil 718 pesos).

 

SUP-RAP-21/2015

Se ordena modificar el Acuerdo General INE/CG13/2015, ya que no incluía entre el tipo de gastos que serán estimados como de precampaña todos los supuestos previstos por la LEGIPE.

 

SM-JDC-407/2014

El financiamiento que se otorga a las agrupaciones políticas ingresa anualmente a su esfera de derechos adquiridos, ya que éstas presentaron un plan de acciones en la que establecieron la forma y plazos en que ejercerían la totalidad de los recursos que el órgano electoral local les aprobó para 2014. Por lo tanto, las modificaciones derivadas de la reforma electoral 2014 no pueden modificar los montos del financiamiento aprobado para las AP.

 

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