Sentencias relevantes del TEPJF

En este apartado podrás observar las sentencias que han emitido los tribunales locales y las Salas Regionales, respecto a la paridad de género.

Tema que ha sido analizado para su aplicación efectiva durante el proceso electoral en varias entidades federativas. 

 

TEMA

CLAVE

SINOPSIS

Paridad en la conformación del Congreso local.

 

Caso Coahuila

SM-JRC-14/2014, SM-JDC-239/2014, SM-JDC-240/2014 y SM-JDC-241/2014 acumulados

 

Se modificó el acuerdo de asignación de diputados de representación proporcional de Coahuila para impulsar la paridad de género.

La Sala Regional Monterrey consideró que la postulación paritaria de candidatos para la integración del Congreso debía traducirse en un mecanismo que permitiera a las mujeres acceder de forma efectiva a los cargos públicos, a pesar del orden que establecieran los partidos políticos en sus listas de representación proporcional. Interpretó que la medida afirmativa, aun cuando operara para la postulación de contendientes, favorecía las condiciones para dar vigencia al derecho de las mujeres a ocupar cargos de elección popular dentro de los cuerpos legislativos.

El citado órgano jurisdiccional realizó la asignación de curules de representación proporcional comenzando por una fórmula integrada por mujeres y alternando con aquéllas integradas por hombres, en orden decreciente según la votación obtenida por cada partido político; asegurándose con ello, una mayor participación de la mujer en la integración del congreso del estado de Coahuila.

Paridad en la conformación del Congreso local.

 

Caso Coahuila

SUP-REC-936/2014 y acumulados

 

La Sala Superior consideró válido definir la integración del Congreso local aplicando la perspectiva de género utilizada por la Sala Regional como herramienta para alcanzar el principio de igualdad sustantiva en el acceso a los cargos de elección popular.

Concluyó que la Sala Regional Monterrey se extralimitó al momento de aplicar la paridad, porque al determinar el género que correspondía a cada candidatura de RP, omitió armonizar de manera correcta el derecho de auto organización de los partidos políticos.

Por ello, al modificar la sentencia, propuso una solución normativa que pudiera armonizar ambos derechos: Igualdad de género y autorganización de los partidos políticos y que protegiera en términos más amplios los derechos humanos.

yohoho unblocked
yohoho io
yohoho unblocked
agario agario agario agario slither.io paper.io yohoho pirate io yohoho yohoho unblocked yohoho.io agar.io agar.io agar.io unblocked yohoho.io unblocked yohoho 3