Medidas tendientes a garantizar la operación de las casillas especiales

ACUERDO

Primero.- Se instruye a las Juntas Distritales Ejecutivas a brindar la asistencia técnica para la utilización del equipo informático que señala el Acuerdo INE/CG113/2015 por el que se aprueba modificar el punto Quinto del Acuerdo INE/CG229/2014.

Segundo.- Los Consejos Distritales en la sesión ordinaria del 28 de mayo llevarán a cabo el proceso de validación del SICCE, la colocación de las medidas de seguridad en el equipo de cómputo e informará sobre la recepción de las contraseñas de acceso de cada Casilla Especial.

Tercero.- Las Juntas Distritales Ejecutivas pondrán a consideración de los Consejos Distritales, una lista que contenga los nombres y cargos de dos operadores técnicos del sistema: un responsable y un auxiliar, descripción del equipo de cómputo y lectores de código de barras de cada una de las casillas especiales, para su aprobación en sesión ordinaria que celebren dichos órganos, el 28 de mayo de 2015. La designación de dos operadores responde a la necesidad de agilizar el servicio de consulta durante la Jornada Electoral y a facilitar a los operadores actividades como la comida o de tipo sanitario que, en ocasiones anteriores, repercutían en la suspensión del servicio, entorpeciendo la votación de la Casilla Especial; de esta forma, si el operador responsable se ausenta (ya sea de manera temporal o permanente por causas de fuerza mayor), el operador auxiliar tomará su lugar y atribuciones durante el periodo de ausencia o hasta el cierre de la casilla. El operador designado como responsable será el que ejecute las actividades de resguardo del equipo y de cierre.

En esa misma sesión, propondrán para su aprobación, una lista con los nombres y cargos del personal del área del Registro Federal de Electores que pudiesen cubrir eventuales ausencias de los operadores designados originalmente. En tal caso, el Presidente del Consejo Distrital, inmediatamente al presentarse la contingencia (enfermedad, accidente o causas de fuerza mayor), designará al operador sustituto de entre aquellos que se encuentren en la lista a la que se ha hecho referencia en este párrafo, tomando en cuenta que si el faltante es el operador responsable, el auxiliar tomará su lugar y el suplente se incorporará como el auxiliar en las actividades de la casilla.

Cuarto.- Tanto los operadores del equipo en las casillas especiales, como el personal para cubrir eventuales ausencias, deberán ser capacitados para operar el Sistema de Consulta en Casillas Especiales (SICCE). Dicha capacitación será impartida por la Unidad de Servicios de Informática.

Quinto.- Se instruye a las Juntas Distritales Ejecutivas para que habiliten los lugares aprobados por los

Consejos Distritales, donde se instalarán las casillas especiales, con los elementos adicionales de equipamiento, necesarios para la ubicación y conexión del equipo de cómputo, como son: una mesa para colocar la computadora, dos sillas para los operadores (responsable y auxiliar), extensión, fuente de poder y demás implementos eléctricos y electrónicos requeridos para su correcto funcionamiento, asumiendo que los dos operadores, la computadora y el lector de código de barras deberán instalarse al lado de la mesa directiva de casilla y que el monitor se coloque de tal forma que sea visible tanto para el Presidente de casilla como para los electores en tránsito.

También se dotará a los presidentes de casilla, de una cantidad suficiente de discos compactos, en los que se integrará el acta federal de electores en tránsito y que se entregarán: uno por cada partido político y candidato independiente, con representante ante la casilla o general, uno más que se integrará al paquete electoral de la elección federal, y uno adicional como repuesto.

En el caso de las entidades con elecciones concurrentes, el OPLE deberá prever lo necesario a fin de que se incorpore en su material electoral una cantidad suficiente de discos compactos, en los que se integrará el acta estatal de electores en tránsito y que se entregarán: uno por cada partido político y candidato independiente, con representante ante la casilla o general, uno más que se integrará al paquete electoral de la elección estatal, y uno adicional como repuesto.

Sexto.- El Presidente del Consejo Distrital emitirá, una vez aprobado por el Consejo, el nombramiento del personal que participará como operador responsable y auxiliar del equipo de cómputo en las casillas especiales el día de la Jornada Electoral, así como el gafete, lo que permitirá a los operadores identificarse con el Presidente de la Casilla Especial correspondiente.

Igualmente, se instruye a los Consejos Distritales integrar en la documentación y materiales que se entregarán a los presidentes de las casillas especiales, una notificación que contenga los nombres de los dos operadores (responsable y auxiliar) aprobados por el Consejo Distrital y una copia del nombramiento de los operadores, a fin de que el Presidente de casilla pueda identificarlos, les permita el acceso y permanencia en la casilla durante el desarrollo de la Jornada Electoral.

En el caso de elecciones concurrentes, el Presidente del Consejo Distrital, deberá entregar esta información al Presidente del Consejo Local, para que a su vez la haga llegar al Presidente del Consejo General del OPLE que corresponda.

Séptimo.- Para la correcta y óptima operación de las casillas especiales a instalarse el día de la Jornada Electoral del 7 de junio de 2015, se aprueba que los electores en tránsito emitan su sufragio de conformidad con el procedimiento siguiente:

1. Al llegar a la Casilla Especial, los electores en tránsito entregarán al Presidente de la misma su Credencial para Votar con Fotografía, a efecto de que éste proceda a la identificación del elector y la verificación de que no ha votado.

2. Una vez que el Presidente de casilla haya comprobado que la Credencial para Votar con Fotografía corresponde a la persona que la porta, verificará al reverso de la credencial que no exista marca en el espacio determinado para señalar que se ha votado y con el mismo fin, lo requerirá a que le muestre el pulgar derecho; luego de lo cual se instruirá al operador responsable del Sistema de Consulta en Casillas Especiales para que realice una consulta mediante el lector de código de barras o, en su caso, capture, con el apoyo del operador auxiliar, la clave de elector y el OCR (optical character recognition) del ciudadano, para obtener los datos que se requieren para el llenado del Acta de Electores en Tránsito, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 269, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

3. El operador responsable mostrará al Presidente de casilla y al elector de que se trate:

a)    Si se encuentra o no en los supuestos que le impidan votar, de conformidad con el Anexo uno de este Acuerdo. De ser el caso, el Presidente de la mesa directiva le indicará, de conformidad con el cartel informativo que se colocará dentro de la casilla, la causa por la que no se le permitirá emitir su sufragio.

b)    De no encontrarse en los supuestos antes referidos, le indicará el tipo de elección o elecciones por las que tiene derecho a sufragar, según sea el caso, para la elección federal y/o para la elección local; conforme los cargos en contienda y atendiendo lo dispuesto en las fracciones III y IV del Punto Primero del acuerdo INE/CG113/2015 aprobado el 25 de marzo de 2015

4. El Presidente de casilla, entregará al elector la o las boletas, según corresponda, elección federal o local, de conformidad con el procedimiento respectivo, descritos en el Acuerdo del Consejo General INE/CG113/2015 del 25 de marzo de 2015.

5. Los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes acreditados ante la casilla, tanto para las elecciones federales como locales, podrán ejercer su derecho al voto en los términos de la Sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emitida para el recurso de Apelación SUP-RAP-119/2015, atendiendo lo establecido en el considerando 49 del presente Acuerdo.

6. El elector pasará a la mampara o elemento modular a fin de ejercer su derecho al voto, doblará la o las boletas y procederá a depositar o depositarlas en la urna de la elección federal y/o en la(s) correspondiente a la local.

7. El Secretario de Casilla Especial (Secretario 2 en elección concurrente) marcará la credencial en el espacio correspondiente, impregnará el pulgar derecho del elector, con líquido indeleble y le devolverá la credencial para votar.

Octavo.- Conforme el modelo de Acta de Electores en Tránsito aprobada por el Consejo General que se ingresó en el equipo de cómputo, será respaldada por los operadores de dicho equipo, en tantos discos compactos como sean necesarios, de conformidad con lo señalado en el Punto Cuarto del presente Acuerdo; salvo en aquellos casos, en que el suministro de energía eléctrica o el funcionamiento del equipo no lo permita; en este supuesto, se utilizará el formato impreso que previamente les será entregado a los presidentes de mesas directivas de casilla.

No se podrá entregar disco compacto alguno hasta que se hayan generado todos. Los discos que no fueran utilizados deberán reintegrarse a los Consejos Distritales. El encargado de tal acto será el operador responsable del equipo tecnológico con el apoyo del operador auxiliar. Al final de la generación de los discos compactos, el Presidente y el Secretario o Secretarios en el caso de casilla única, firmarán en el anverso de cada uno de ellos, según corresponda; el representante del partido político y, en su caso, candidato independiente, a quien se le entregue el disco, deberá firmar de recibido en el disco o los discos que serán integrados, según correspondan, en los paquetes de la Elección Federal y, en su caso, en el de la Elección Local.

Noveno.- Se instruye a los presidentes de los Consejos Distritales del Instituto Nacional Electoral y, en su caso, a los Organismos Públicos Locales, para que entreguen a los presidentes de la mesa directiva de cada Casilla Especial, según corresponda la competencia: 750 boletas para la elección de Diputados Federales, y otro tanto igual para cada una de las elecciones locales a celebrarse en la entidad respectiva; así como las necesarias para que los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes acreditados puedan ejercer su voto, las cuales sólo podrán utilizarse por ellos.

Décimo.- Los operadores del SICCE darán aviso al Presidente de la casilla, del número de ciudadanos que ya han votado, lo que permitirá con toda anticipación informar en qué momento se terminarán las boletas y anunciar al resto de los ciudadanos formados para sufragar que están por agotarse las boletas autorizadas por el Consejo General.

Décimo primero.- En caso de no poder utilizar el equipo de cómputo por alguna razón durante el desarrollo de la Jornada Electoral, los funcionarios de la mesa directiva de casilla procederán de la siguiente forma:

1.       Al llegar a la Casilla Especial, los electores en tránsito entregarán al Presidente de la misma su Credencial para Votar con Fotografía y mostrarán el dedo pulgar derecho, a efecto de que éste proceda a la identificación del elector y a la verificación de que no ha votado.

2.       El Presidente de la casilla tendrá que verificar que la credencial presentada no se encuentra en las relaciones de registros robados al Instituto Nacional Electoral, detectados como duplicados o de ciudadanos que fueron suspendidos en sus derechos políticos por resolución judicial o inscritos en el Listado Nominal de Electores Residentes en el Extranjero, en el supuesto de los estados en que así aplique.

3.       Derivado del resultado de la verificación de los datos del elector señalada en el punto anterior, el Presidente de la mesa directiva de casilla procederá como sigue:

a)    Si se encuentra en alguna de las relaciones señaladas en el párrafo 2 de este Punto de Acuerdo, deberá indicarle al elector la causa por la que no podrá emitir su voto.

b)    Si no se encuentra en los supuestos antes mencionados, revisará el tipo de elección por la que podrá votar y solicitará al Secretario de la casilla que registre manualmente en el Acta de Electores en Tránsito (impresa), los datos del elector, respetando el orden consecutivo de los registros.

       En el caso de elecciones concurrentes, una vez que el Presidente verifique los tipos de elección por los que podrá votar, tanto federal como estatal; procederá a dictar en voz alta los datos del elector, para que simultáneamente ambos Secretarios de casilla lo registren en las Actas de Electores en Tránsito (impresas) según corresponda a la elección federal y/o estatal, en todo caso deberá respetarse el orden consecutivo de los registros.

4.       El Presidente de la casilla entregará al elector la o las boletas, de conformidad con el procedimiento descrito en el Punto Primero fracciones III y IV del Acuerdo del Consejo General INE/CG113/2015 del 25 de marzo de 2015, para las casillas especiales, que señala el número de boletas y los procedimientos específicos para este tipo de casillas; en tanto que para las entidades con elecciones concurrentes, además deberá atenderse lo dispuesto en el procedimiento general establecido en el Acuerdo INE/CG229/2014 y en el modelo de casilla única para las elecciones concurrentes que se celebrarán en el año de 2015.

5.       El elector pasará a la mampara o elemento modular a fin de ejercer su derecho al voto, doblará la o las boletas y procederá a depositar o depositarlas en la urna de la elección federal y/o en la(s) correspondiente estatal.

6.       El Secretario de Casilla Especial (Secretario 2 en elección concurrente) marcará la credencial en el espacio correspondiente, impregnará el pulgar derecho del elector con líquido indeleble y le devolverá la credencial para votar.

Décimo Segundo.- En caso de resolverse la falla del equipo de cómputo, se registrará en el SICCE la cantidad de ciudadanos que votaron durante la interrupción en el suministro de la energía eléctrica o la falla en el equipo de cómputo. Posteriormente se continuará con el registro de los ciudadanos a través del Sistema mediante la captura de los datos requeridos; el número consecutivo que asigne el Sistema corresponderá al siguiente del Acta de Electores en Tránsito que se hubiese llenado de forma manual. El presidente de la mesa directiva de casilla deberá entregar copia de ambas actas a los representantes de los partidos políticos y candidatos registrados ante las mesas directivas de casillas o generales.

En elecciones concurrentes y una vez resuelta la falla del equipo de cómputo, se registrará en el SICCE dependiendo de la elección, la cantidad de ciudadanos que votaron durante la interrupción en el suministro de la energía eléctrica o la falla en el equipo de cómputo, conforme las actas manuales levantadas por ambos secretarios. Posteriormente se continuará con el registro de los ciudadanos a través del Sistema mediante la captura de los datos requeridos; el número consecutivo que asigne el Sistema será el que corresponda al siguiente, conforme el registro del acta de electores en tránsito, según el tipo de elección Federal o Estatal, que se hubiese llenado de forma manual por los dos secretarios de la casilla. El presidente de la mesa directiva de casilla deberá entregar copia de ambas actas, por tipo de elección (federal y estatal), a los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes registrados ante las mesas directivas de casillas o generales.

Décimo Tercero.- La Comisión Nacional del Vigilancia a través de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, podrá obtener, después de concluida la Jornada Electoral del 7 de junio de 2015, la información de los datos contenidos en el equipo de cómputo con fines de análisis estadístico. Para tal efecto la USB, que fue proporcionada por la DERFE, con la información de la llave de cifrado proporcionada por UNICOM, con la información de la Casilla Especial, se deberá entregar al Vocal del Registro Federal de Electoral en la Junta Distrital.

Décimo Cuarto.- Se instruye a las Direcciones Ejecutivas de Organización Electoral, de Capacitación Electoral y Educación Cívica, y del Registro Federal de Electores, así como a la Unidad de Servicios de Informática y a la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales, a efecto de que en el ámbito de su competencia, procedan a tomar las medidas pertinentes para la correcta observancia y aplicación del presente Acuerdo, debiendo incorporar los contenidos del mismo para el establecimiento del procedimiento de instalación y distribución del Sistema de Consulta en Casillas Especiales (SICCE) a utilizar en el equipo de cómputo, en los programas y materiales correspondientes para la adecuada capacitación de los funcionarios de mesas directivas de Casilla Especial, la elaboración de los carteles explicativos de las causas por las que no se permitirá emitir su sufragio a un elector en tránsito, así como la explicación del proceso de votación.

Décimo Quinto.- Se aprueba que los Consejos Distritales verifiquen, con el propósito de dar certeza, la ejecución adecuada del procedimiento de instalación del Sistema de Consulta en Casillas Especiales (SICCE) en el equipo de cómputo a utilizarse en las casillas, de conformidad con los Lineamientos que forman parte del presente Acuerdo como Anexo dos.

Décimo Sexto.- Se instruye al Secretario Ejecutivo para que realice las acciones que sean necesarias para dar a conocer el contenido del presente Acuerdo a los Presidentes de los Consejos Locales y Distritales, para que a su vez lo hagan del conocimiento a los integrantes de sus respectivos consejos.

Décimo Séptimo.- Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales para que dé a conocer, en su caso, el contenido del presente Acuerdo a los Presidentes de los Organismos Públicos Locales de las entidades federativas con jornada concurrente.

Décimo Octavo.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, en la Gaceta del Instituto Nacional Electoral en el periódico oficial de las entidades en las que se celebrarán elecciones concurrentes en el año de 2015, así como en las páginas públicas de Internet de los Organismos Públicos Locales.

 

TRANSITORIO

Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación por el Consejo General de este Instituto.

Segundo. El presente Acuerdo es de observancia general para los procesos electorales federal y locales con elecciones concurrentes el 7 de junio de 2015; se dejan sin efecto aquellos acuerdos y resoluciones que

hayan aprobado los Organismos Públicos Locales que contravengan su contenido.

El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 13 de mayo de dos mil quince, por votación unánime de los Consejeros Electorales, Licenciado Enrique Andrade González, Maestro Marco Antonio Baños Martínez, Maestra Adriana Margarita Favela Herrera, Maestra Beatriz Eugenia Galindo Centeno, Doctor Ciro Murayama Rendón, Doctor Benito Nacif Hernández, Licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, Maestro Arturo Sánchez Gutiérrez, Licenciado Javier Santiago Castillo y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, no estando presente durante la votación el Consejero Electoral, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña.

El Consejero Presidente del Consejo General, Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.

 

ANEXO UNO

Causas por las que un elector en tránsito no puede votar

Clave

Mensaje del sistema

Explicación

1

Solicitaste una nueva credencial que se encuentra en resguardo y podrás recogerla después de la elección.

El nombre del ciudadano no está registrado en la Lista Nominal ya que solicitó una nueva credencial y no fue por ella.

2

La credencial que presentas fue reportada al INE como robada o extraviada.

La credencial que presenta fue objeto de un reporte de robo al INE.

3

Por estar suspendido en tus derechos políticos

El elector fue dado de baja como resultado de una resolución de la autoridad judicial que estableció la suspensión de sus derechos políticos por haber cometido alguna infracción.

4

La credencial que se presenta corresponde a un registro que se dio de Baja por estar duplicado en la lista nominal.

La credencial corresponde a un registro que se repetía en la Lista Nominal y fue dado de baja.

5

No estás en lista nominal porque solicitaste una nueva credencial que se encuentra en resguardo

El ciudadano solicitó una nueva credencial y no fue por ella en el plazo establecido por lo que su registro fue dado de baja.

6

No estás presentando la credencial correspondiente a tu último trámite.

El ciudadano cuneta con un credencial nuevo producto de un trámite ante el INE (corrección de datos o cambio de domicilio)

7

Tu domicilio está en la misma sección de esta Casilla Especial. Ve a la casilla que te corresponde.

El domicilio del ciudadano se encuentra en la misma sección que la Casilla Especial por lo que debe votar en la casilla básica, contigua o extraordinaria instala específicamente para atender a los ciudadanos de su sección.

8

No se encuentra el elector en la Lista Nominal llama a INETEL

La credencial no fue localizada en la base de datos de esta Casilla Especial. Para cualquier aclaración puede acudir a las oficinas del INE o llamar a INETEL al 01800-433-2000.

9

La credencial que presentas corresponde a un ciudadano fallecido

La Credencial corresponde a un registro que fue dado de baja debido a que se reportó al INE que el ciudadano murió.

10

Tu nombre no está en la lista nominal porque tu credencial tiene como último recuadro 03, 09 o 12

Ciudadanos cuya credencial con terminación "03" "09" o "12" perdió vigencia.

11

Solicitaste tu inscripción en la Lista Nominal de electores residentes en el extranjero.

El ciudadano fue dado de baja temporalmente de la Lista Nominal correspondiente a la sección del domicilio asentado en su credencial para votar, derivado de su inscripción en la Lista Nominal de electores residentes en el extranjero.

 

ANEXO DOS

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CONSULTA EN CASILLAS ESPECIALES
(SICCE)

INTRODUCCIÓN

En sesión ordinaria de 29 de octubre de 2014, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral estableció en el Acuerdo INE/CG229/2014, los criterios y plazos que debían observarse para las actividades tendientes a la ubicación y funcionamiento de las casillas electorales a instalarse en la Jornada Electoral del 7 de junio de 2014. Derivado del mandato contenido en dicho Acuerdo, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores diseñó un programa de consulta denominado Sistema de Consulta de Casilla Especiales (SICCE) que permitirá a los funcionarios de las mesas directivas de casillas especiales, obtener información confiable sobre la situación de los ciudadanos que se presentarán a ejercer su voto y las elecciones por las que podrán votar.

De conformidad con lo establecido en el artículo 269, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y en el Acuerdo del Consejo General del Instituto nacional Electoral INE/CG113/2015, aprobado el pasado 25 de marzo de 2015, en el Punto Primero, numeral VI señala que a cada Casilla Especial se le dotará de una computadora portátil. Este contendrá información sobre los ciudadanos que no puedan votar por encontrarse en los supuestos que establece el artículo 154 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y que se refiere a mantener actualizado el Padrón Electoral; una relación de las secciones que conforman cada Distrito electoral; la indicación de la sección en la que está ubicada la Casilla Especial de que se trate, así como una relación de las entidades que conforman la Circunscripción Plurinominal correspondiente.

La aplicación de los procedimientos técnicos derivados de los Acuerdos en comento, son base del documento del que forma parte el presente anexo. Por lo que en cumplimiento a lo establecido en los Acuerdos del Consejo General de referencia, las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica, de Organización Electoral y del Registro Federal de Electores, así como la Unidad de Servicios de Informática, presentan a continuación las tareas que deberán desarrollar las juntas ejecutivas locales y distritales y sus respectivos Consejos para la operación eficiente del SICCE.

1. OPERACIÓN DEL SISTEMA DE CONSULTA EN CASILLAS ESPECIALES (SICCE)

El SICCE permitirá dar mayor certeza y agilidad al procedimiento de votación de las casillas especiales aprobadas por los Consejos Distritales. El diseño del Sistema les permitirá a los funcionarios de las mesas directivas de casillas especiales revisar la situación que guarda cada ciudadano sobre sus derechos políticos electorales y, en su caso, las elecciones por las que podrá votar, a través de la consulta en las bases de datos contenidas en el equipo de cómputo.

La Unidad de Servicios de Informática (UNICOM) ha elaborado una Guía de uso del SICCE, que deberán revisar cuidadosamente los Vocales Ejecutivos, de organización electoral, de capacitación electoral y educación cívica y del registro federal de electores de las juntas ejecutivas locales y distritales, a fin de comprender su funcionamiento y estar en condiciones de brindar las explicaciones necesarias a los integrantes de sus respectivos consejos.

Según se señaló anteriormente, para el funcionamiento de las casillas especiales, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores ha dispuesto un equipo de cómputo y un lector de código de barras para cada casilla, que contiene el SICCE y las bases de datos para identificar la condición de los ciudadanos.

En este sentido, en el Manual de Procedimientos para la Ubicación de Casillas Electorales, se recomienda a las Juntas Distritales Ejecutivas que, para el óptimo funcionamiento de este tipo de casillas, se seleccionen lugares en los que adicionalmente de cumplir con los requisitos de ley, el local fuera adecuado; es decir, garantizar en la medida de lo posible un local cerrado, bajo techo, con seguridad y que pueda suministrar energía eléctrica durante el desarrollo de la Jornada Electoral y durante el escrutinio y cómputo de la casilla. En este contexto, se les solicita que el equipamiento de la casilla incluya, además de la mesa destinada a los funcionarios de casilla, una mesa adicional o un espacio adicional y dos sillas, una para el operador

responsable del equipo de cómputo y otra para el operador auxiliar.

Las Juntas Distritales Ejecutivas deben asegurar el equipamiento de las casillas especiales, para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas distritales deben realizar negociaciones adicionales necesarias con los propietarios o responsables de inmuebles, con las autoridades municipales o equivalentes para asegurar que se proporcione el uso de la corriente eléctrica y otros servicios para la casilla. En caso de que se requiera adquirir elementos adicionales de equipamiento para la Casilla Especial, las propias Juntas Distritales Ejecutivas cuentan con los recursos financieros para hacerlo con la radicación de la partida de equipamiento de casillas. De manera particular se deberá adquirir diez discos compactos y un plumón de tinta permanente para cada una de las casillas que servirá para firmar los discos compactos que se generen al concluir los trabajos en casillas especiales.

El Punto Quinto del Acuerdo base de este documento, ordena que las Juntas Distritales Ejecutivas deberán ubicar, dentro del local en el que se instalará la Casilla Especial el día de la Jornada Electoral, una disposición de los elementos de equipamiento, de tal forma que el operador del equipo de cómputo quede a un lado del Presidente de la mesa directiva de casilla, y la pantalla del equipo pueda ser observada por éste, por el propio operador del equipo de cómputo y el elector que acudió a votar. Con ello se asegura que el Presidente de la mesa directiva de casilla informe claramente al elector en tránsito, sobre los resultados de la consulta. Por su parte, el operador podrá realizar y verificar la captura de todos los datos de la credencial para votar con fotografía.

Para la colocación de los elementos de equipamiento en la casilla, se podrá instruir a los capacitadores asistentes electorales (CAE) o bien directamente a los funcionarios de la mesa directiva, para que la disposición de los elementos se organice considerando la toma de corriente eléctrica para conectar el equipo. En caso de requerir la utilización de una extensión eléctrica para conectar el equipo, deberá cuidarse que ésta no se convierta en un obstáculo o peligro para los electores y/o para los funcionarios de la mesa directiva de casilla. Adicionalmente, deberá recomendarse evitar la desconexión por accidente, en virtud de que se provocaría la suspensión del Sistema. En este mismo sentido, se informará a los funcionarios de las mesas directivas de casillas especiales no colocar envases conteniendo líquidos, porque podrían derramarse en la computadora y con ello dañar su funcionamiento.

Es importante destacar que el domicilio y la identificación de las casillas especiales que fue proporcionado a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, deberá ser incorporado en el SICCE de acuerdo con el procedimiento para la captura de los datos particulares de la Casilla Especial contenido en la Guía de uso del SICCE y que se realizará en una sola ocasión y previa a la carga de las bases de datos de cada casilla, con el propósito de integrar automáticamente la información en el Acta de Electores en Tránsito, también generada automáticamente en el equipo de cómputo, como resultado del registro de los electores en tránsito con derecho a votar.

El Vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica deberá coordinarse con el Vocal del Registro Federal de Electores, bajo la supervisión del Vocal Ejecutivo, para la organización de los simulacros con funcionarios de casillas especiales y los operadores del Sistema. Para este propósito se contará con el SICCE instalado en el equipo de cómputo con una casilla virtual y un lector de código de barras, siempre que se realicen antes del 26 de mayo.

En la sesión ordinaria que celebren los Consejos Distritales el 28 de mayo, se hará una demostración sobre el SICCE. Para ello, se utilizará una computadora portátil similar a las que se utilizarán en las casillas especiales y un lector de código de barras. En ésta se hará la demostración con una casilla virtual, creada únicamente para ese ejercicio.

La demostración del SICCE permitirá a los integrantes del Consejo Distrital conocer la operación de la Casilla Especial y la importancia del apoyo técnico especializado que se brindará a los presidentes de las mesas directivas, a través de los operadores del equipo de cómputo, que es personal adscrito a la vocalía del registro y está designado para atender dichas tareas.

Se podrá observar el procedimiento completo, desde el inicio del SICCE y hasta la generación de las copias del Acta de Electores en Tránsito para los representantes de los partidos políticos y de candidatos independientes. Evidentemente, se mostrará la lectura y, en su caso, la captura de los datos de la credencial para votar, los resultados de la consulta con los supuestos de derecho de votación, de acuerdo con la ubicación geoelectoral del ciudadano y los supuestos de los ciudadanos que no podrán votar.

Con el propósito de que los integrantes de los Consejos Distritales presencien la inicialización definitiva del sistema, se reunirán para tal efecto el día 28 de mayo, en dicha reunión el Vocal del Registro Federal de Electores le entregará a cada uno de los operadores designados por las Consejos Distritales, la Guía de inicialización del SICCE. Deberá indicarse en la invitación, que la reunión tiene como único fin observar la configuración del sistema en las computadoras y que su presencia contribuirá a brindar transparencia al procedimiento.

La inicialización del SICCE en cada equipo consume de cuatro a cinco horas, dependiendo de la cantidad de información procesada.

El día 28 de mayo, en sesión ordinaria de los Consejos Distritales se llevará a cabo la validación del SICCE y la colocación de medidas de protección en el equipo de cómputo. Se recomienda ejecutar el procedimiento en la sala de sesiones del Consejo. En la mesa se colocarán todos los equipos de cómputo que serán validados.

Lo anterior tiene como propósito tener listos los equipos para la Jornada Electoral del 7 de junio.

2. SELECCIÓN DE LOS OPERADORES

Las Juntas Distritales Ejecutivas deberán brindar a los funcionarios de las mesas directivas de casilla, la asistencia técnica para la utilización del equipo de cómputo, como lo establecen el Acuerdo del Consejo General INE/CG113/2015, y el presente.

Para ello, en el mes de abril, las Juntas Distritales Ejecutivas procedieron a seleccionar, dentro del personal de las vocalías del Registro Federal de Electores, a dos operadores del equipo de cómputo por cada Casilla Especial: un operador responsable y un operador auxiliar, así como una lista adicional de operadores de reserva, para cubrir una eventual ausencia. La capacitación de los operadores de las computadoras portátiles estará a cargo de la UNICOM. La lista de reserva, sólo se utilizará por causas supervenientes.

En la sesión que celebren los Consejos Distritales el 28 de mayo de 2015, se presentará a consideración del pleno el "Proyecto de acuerdo por el cual se designa a los operadores del equipo de cómputo para cada una de las casillas especiales que se instalarán en este Distrito electoral el día 7 de junio del año 2015, así como la lista de reserva para sustituir eventuales ausencias".

Es importante que se indique a los integrantes de los Consejos Distritales, que los operadores propuestos por la Junta Distrital, será personal que fue capacitado por la UNICOM, que son funcionarios del Instituto y que su única y exclusiva función es apoyar en el manejo del equipo de cómputo al Presidente de la mesa directiva de casilla. Esta capacitación podrá ser supervisada por los Consejeros Electorales de los Consejos Locales y Distritales. También serán responsables de resguardar el equipo de cómputo durante su traslado de la sede de la Junta Distrital a la casilla, durante el desarrollo de la votación y hasta su retorno a la Junta Distrital, después de la clausura de la casilla.

Una vez designados los operadores del equipo de cómputo, el Presidente del Consejo extenderá un gafete (Anexo A) que los identifique, mismo que deberán portar en un lugar visible todo el tiempo durante el desarrollo de la Jornada Electoral. De igual manera, expedirá un nombramiento de operador (responsable/auxiliar) designado por el Consejo Distrital para la Casilla Especial de la sección que se indica. Una copia de estos nombramientos debe integrarse con la documentación y materiales que se entregarán al Presidente de la mesa directiva de casilla. (Anexo B).

Los operadores del equipo de cómputo presentarán ante el Presidente de la mesa directiva de Casilla Especial, el nombramiento suscrito por el Presidente del Consejo Distrital.

Cabe aclarar que los operadores del equipo de cómputo no suplirán ni sustituirán a ningún funcionario de la mesa directiva de casilla, ni tampoco establecerán comunicación con los electores en tránsito que se presenten a votar en la casilla. El responsable de informar sobre los resultados del SICCE a los electores en tránsito es el Presidente de la mesa directiva de casilla. Si el Presidente de la casilla le solicita explicación sobre los resultados de la consulta, deberán brindársela exclusivamente a él, por ser la máxima autoridad. Para facilitar el contacto y explicación con los electores, el Presidente del Consejo Distrital proporcionará a los operadores del equipo de cómputo copia del Acuerdo y de los presentes Lineamientos.

3. CAPACITACIÓN Y SIMULACROS

Con el propósito de que los Vocales de Capacitación Electoral y Educación Cívica conozcan puntualmente la operación del SICCE y puedan capacitar a los funcionarios de las mesas directivas de casillas especiales, deberán participar en los cursos dirigidos a los operadores de los equipos de cómputo que la UNICOM, imparta a través del Campus Virtual.

Para la organización de los simulacros con los funcionarios de las mesas directivas de Casilla Especiales, el Vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica deberá coordinarse con el Vocal del Registro Federal de Electores para contar con la participación de los operadores del equipo de cómputo, quienes deberán integrarse en el desarrollo de los simulacros de la Jornada Electoral, con el SICCE instalado en el equipo de cómputo, a fin de que estos ejercicios vivenciales sean apegados a la realidad.

4. LLAVE DE CIFRADO

Por motivos de seguridad, los archivos de datos que se cargarán a los equipos portátiles se encuentran cifrados. Para que el SICCE pueda interpretarlos y consultarlos, se requiere descifrarlos, y cifrarlos antes de almacenarlos en la base de datos. Cabe mencionar que en todo momento los datos contenidos en el SICCE permanecen cifrados, por tanto se requiere de la llave de cifrado correspondiente.

Por tal motivo, la UNICOM enviará una llave de cifrado a la cuenta de correo electrónico de los presidentes de los Consejos Distritales.

La llave de cifrado deberá ser resguardada por el Presidente del Consejo Distrital y entregada al Vocal del Registro Federal de Electores, quien deberá almacenarla en un dispositivo tipo memoria USB, que será proporcionada por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, por cada equipo portátil donde se instalará y operará el SICCE. El empleo de esta llave se detalla en la Guía de inicialización del SICCE, elaborará la UNICOM. El Presidente del Consejo Distrital deberá informar al propio Consejo sobre la realización de estas actividades.

5. CONTRASEÑAS DE ACCESO

Las contraseñas de acceso al SICCE fueron diseñadas cuidadosamente como códigos alfanuméricos con un alto grado de confiabilidad, integradas por 10 caracteres. Sin ellas no se podrá operar el SICCE.

La Unidad de Servicios de Informática hará llegar a las Juntas Distritales Ejecutivas, a través de la DEOE, las contraseñas para la operación del SICCE. Adicionalmente, se enviarán vía correo y en formato PDF, las contraseñas de prueba para cuando se trate de una casilla virtual.

Se remitirán tres tipos de contraseñas en sobres cerrados con etiquetas de identificación para cada Casilla Especial. Una contraseña será para los operadores del equipo de cómputo de la Casilla Especial y, otra, para el presidente de la mesa directiva de esa casilla. Adicionalmente, se remitirá una tercera al presidente del consejo, para utilizarla en caso de contingencia.

El detalle de las contraseñas se puede observar en la siguiente tabla:

Tabla 1. Tipo de contraseñas de acceso al SICCE

Nombre

Descripción

Contraseña de
funcionario

Esta clave será proporcionada al Presidente de la mesa directiva de la Casilla Especial.

Contraseña de
operador

Esta clave de acceso será proporcionada al personal de la Junta Distrital que haya sido aprobado para operar el SICCE en la Casilla Especial el día de la Jornada Electoral.

Sitio

Esta clave será empleada en caso de contingencia, cuando por alguna razón el Presidente de la mesa directiva de casilla o el operador del SICCE no se presenten en la Casilla Especial el día de la Jornada Electoral.

Esta clave permite ingresar al Sistema sustituyendo la contraseña de funcionario o de operador, pero NO ambas

 

Las contraseñas de los presidentes de las mesas directivas de casillas especiales, se entregarán junto con las boletas para la elección y demás documentación y material electoral para esa casilla. El Presidente del Consejo Distrital a través del CAE deberá notificar al Presidente de la mesa directiva de casilla, que la contraseña está contenida en el paquete electoral y le instruirá extraerlo del mismo hasta el día de la Jornada Electoral, en el lugar donde se instalará la casilla.

La contraseña de los operadores de los equipos de cómputo la entregará el Presidente del Consejo Distrital, el día 5 de junio, al personal designado como operador responsable por el Consejo. Esta deberá ser entregada en sobre cerrado, en el que se indicará en el frente del mismo, los datos de la sección y de la casilla que le corresponda atender al operador del equipo de cómputo y su auxiliar.

Durante la sesión del Consejo Distrital, programada para el 28 de mayo, el Presidente informará al abordar el procedimiento de validación, que recibió una copia de las contraseñas de cada Casilla Especial (de operador de equipo, de Presidente de mesa directiva de casilla y de Sitio); éstas quedarán bajo su responsabilidad y resguardo. Los sobres los depositará en una caja que deberá sellarse y firmarse por los Consejeros Electorales y representantes de partidos políticos y de candidatos independientes presentes. La caja se resguardará en el lugar que para el efecto se le asigne dentro de la bodega o dentro de la oficina del Consejero Presidente.

La contraseña de Sitio se utilizará en caso de contingencia, ante el extravío u olvido de algún Presidente de mesa directiva de Casilla Especial o ante la ausencia del operador responsable.

Es importante reiterar que para la capacitación en el uso del SICCE y simulacros, se utilizarán contraseñas ficticias de funcionario y operador.

6.     ACTA DE ELECTORES EN TRÁNSITO Y DISCOS COMPACTOS

6.1 FUNCIONAMIENTO DEL SICCE EN CONDICIONES NORMALES

El Acta de Electores en Tránsito, como lo establece el Punto Séptimo del Acuerdo del presente documento, se generará en un disco compacto con la información que ingrese el operador al equipo de cómputo, de los ciudadanos con derecho a votar y que votaron.

El Acta de Electores en Tránsito es presentada como un archivo PDF, en la que se integrará consecutivamente a los ciudadanos que ejercieron su voto en la casilla y el tipo de elección, mayoría relativa o representación proporcional.

Una vez instalada la casilla y previo al inicio de la votación, deberá realizarse el registro de los funcionarios

de la mesa directiva de casilla. Para que el SICCE opere es indispensable que, por lo menos, se registren el Presidente y el Secretario de la casilla, para lo cual es necesario que cuenten con su credencial para votar.

Se iniciará la integración del Acta de Electores en Tránsito con los registros de los funcionarios de la mesa directiva de casilla, le seguirán los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes presentes. Después de haberse registrado y votado éstos, se continuará con los ciudadanos de la fila. Es importante conservar este orden para integrar la información en el Acta de Electores en Tránsito. Para los representantes de los partidos políticos y de candidatos independientes que se integren posteriormente a la casilla, podrá realizarse el procedimiento en el momento que se presenten y votarán de conformidad a lo establecido.

Entre la documentación que se entrega al Presidente de la mesa directiva de Casilla Especial, se encuentran formatos del Acta de Electores en Tránsito. Esta se utilizará sólo en aquellos casos en que sea interrumpido el funcionamiento del equipo y no permita ingresar los datos de electores; en este supuesto, la casilla operará en situación de contingencia. Sólo en este caso el Presidente de la mesa directiva ordenará la utilización del formato impreso.

Como ya se indicó, el Presidente del Consejo Distrital proporcionará a los presidentes de casillas especiales, veinticinco discos compactos, mismos que el Presidente de la casilla entregará al operador responsable, una vez que haya concluido la votación en la Casilla Especial y así estar en condiciones de generar las copias del Acta de Electores en Tránsito para los representantes de partidos políticos y de candidatos independientes presentes así como la copia que se integrará al paquete electoral.

Los discos se entregarán a los representantes de los partidos políticos y de candidatos independientes hasta que se hayan generado todas las copias. Como indica el Punto Octavo del presente Acuerdo, al final de la generación de los discos compactos, el Presidente y el Secretario de casilla firmarán cada uno de ellos, con un marcador de tinta permanente, en la cara que no dañe la información. El disco que se integrará al paquete electoral deberá ser firmado, como acuse de recibo, por los representantes de partido político y de candidatos independientes que reciban dicho medio óptico de almacenamiento de información. Para la firma sólo se deberá utilizar el plumón de tinta permanente que se encuentra dentro del paquete electoral.

Los discos que no se utilicen deberán reintegrarse a las Juntas Distritales Ejecutivas. El Presidente de la mesa directiva de casilla entregará al operador de la computadora los discos. Este a su vez los entregará al Presidente del Consejo Distrital junto con el equipo de cómputo y la memoria USB, para que sean reintegrados a la Vocalía del Registro Federal de Electores correspondiente.

6.2   EN SITUACIÓN DE CONTINGENCIA

En situación de contingencia por falla del equipo de cómputo, se deberá proceder de acuerdo con los supuestos siguientes:

Primer supuesto. Operación normal de equipo de cómputo y eventual falla del mismo, con restablecimiento posterior del Sistema.

Si inició el funcionamiento de la casilla con el equipo de cómputo registrando a los electores y se presenta una falla, la casilla pasará a una operación manual. Se revisarán las diferentes relaciones que se le entregaron al Presidente de la mesa directiva de casilla, para asegurar que los datos del ciudadano no se encuentran en alguna hipótesis que le impida ejercer su derecho al sufragio.

Si el elector no puede votar, el Presidente de la mesa directiva de casilla, le indicará al elector que lo localizó en las relaciones proporcionadas por el Instituto, por lo que no podrá hacerlo y lo anotará en la relación que corresponda.

Si el elector tiene derecho a sufragar, le indicará las elecciones por las que podrá votar, de acuerdo con la referencia geoelectoral de la credencial para votar con fotografía.

En este caso, se iniciará con un registro de los electores de forma manual, asignando al primero el número uno y continuando así sucesivamente, en el Acta de Electores en Tránsito que les fue entregada de manera impresa.

En cuanto se restablezca la operación del equipo de cómputo, el Presidente de la mesa directiva de casilla ordenará al operador responsable de la computadora reiniciar el SICCE, y capturar en el propio Sistema el número de ciudadanos registrados en el Acta de Electores en Tránsito que se anotó de forma manual. Con esto quedará registrado la existencia de la contingencia en el Acta de Electores en Tránsito, generada automáticamente en el SICCE, y proseguirá el registro de los ciudadanos a partir del número siguiente contenido en las actas electrónica y manual.

A los representantes de los partidos políticos y de candidatos independientes se les deberá entregar copia del Acta de Electores en Tránsito generada por el SICCE (en disco compacto) y copia del Acta de Electores en Tránsito generada de forma manual.

Segundo supuesto. Operación normal de equipo de cómputo y eventual falla del mismo, sin restablecimiento del Sistema.

Si inició el funcionamiento de la casilla con el equipo de cómputo registrando a los electores, y se presenta

una falla en el mismo, la casilla pasará a una operación manual, y desarrollarán las actividades enunciadas en el supuesto primero.

De no resolverse la falla en el equipo de cómputo, el Presidente de la mesa directiva de casilla continuará con el procedimiento manual hasta la conclusión de la votación y el cierre de la casilla.

A los representantes de los partidos políticos y de candidatos independientes se les deberá entregar copia del Acta de Electores en Tránsito generada de forma manual.

Si la falla no permitiera grabar las copias del Acta de Electores en Tránsito, el Presidente de la mesa directiva de la casilla y el operador responsable de la computadora deberán trasladarse a la sede del Consejo Distrital, junto con el paquete electoral una vez clausurada la casilla, llevando consigo la memoria extraíble (USB). El Presidente de la mesa directiva indicará a los representantes de los partidos políticos y de candidatos independientes presentes en la casilla, que la copia del Acta de Electores en Tránsito se les proporcionará en la sede del Consejo Distrital, debido a la falla en el equipo de cómputo.

En la sede del Consejo, el operador responsable de la computadora notificará al Presidente del Consejo Distrital sobre la falla del equipo de cómputo y la imposibilidad de reproducir el Acta de Electores en Tránsito para los representantes de los partidos políticos y la que debe integrarse al paquete electoral.

El Presidente del Consejo Distrital ordenará al Vocal del Registro Federal de Electores reproducir de la memoria extraíble (USB), en los discos compactos destinados para ello, las copias del Acta de Electores en Tránsito. Generadas las copias se deberá entregar una a cada representante de partido político y, en su caso, candidato independiente ante la casilla presente; éstos deberán firmar el disco que se integra al paquete electoral como acuse de recibido.

El disco compacto con la copia del Acta de Electores en Tránsito, destinado al paquete electoral, quedará bajo el resguardo del Presidente del Consejo Distrital, en virtud de que el paquete electoral no debe ser abierto, sino hasta el día de los cómputos distritales.

Tercer supuesto. Falla del Sistema al inicio de las actividades, sin restablecimiento de la operación.

Si inició el funcionamiento de la casilla en una operación manual porque el equipo de cómputo falló, el Presidente de la mesa directiva de casilla deberá revisar manualmente las diferentes relaciones que se le entregaron, para asegurar que los datos de los ciudadanos no se encuentran en algún supuesto que le impida ejercer su derecho al sufragio.

Si el elector no puede votar, el Presidente de la mesa directiva de casilla le indicará al elector la causa por la que no podrá hacerlo.

Si el elector tiene derecho a sufragar, le indicará las elecciones por las que podrá votar, de acuerdo con la referencia geoelectoral de la credencial para votar con fotografía y lo anotará en el Acta de Electores en Tránsito que les fue entregada de manera impresa.

A los representantes de los partidos políticos y de candidatos independientes se les deberá entregar copia del Acta de Electores en Tránsito elaborada por el Secretario de la casilla.

7. DEMOSTRACIÓN DE OPERACIÓN DEL SICCE

Para llevar a cabo la demostración de operación del SICCE en la sesión de Consejo Distrital programada para el 28 de mayo, deberá tenerse listo un equipo de cómputo. En este sentido, se atenderán las indicaciones técnicas de la Guía de uso del SICCE. Corresponderá al Vocal del Registro Federal de Electores brindar la explicación sobre el procedimiento de operación y solicitará autorización para que los operadores designados apoyen la actividad en el equipo de cómputo. De tal forma, que a la par de la explicación sobre el uso del SICCE, el operador vaya ejecutando el procedimiento de ingreso al Sistema a la vista de los integrantes del Consejo Distrital.

El procedimiento será el siguiente:

a)    El operador del SICCE procederá a colocar en la mesa del Consejo, el equipo de cómputo portátil de la Casilla Especial asignada.

b)    Procederá a encender el equipo y esperará la carga del sistema operativo.

c)     Como indica la Guía de uso, el primer paso para ingresar al Sistema consiste en ejecutar el navegador Internet Explorer y escribir la dirección http://localhost:8080/sicce2015/

d)    Una vez que aparezca la pantalla de ingreso de contraseñas de acceso, el operador capturará la que le fue asignada en el campo destinado para tal efecto.

e)    El Vocal de Registro utilizará la clave de Sitio para sustituir la contraseña de funcionario de casilla.

f)     Se observará la pantalla inicial del SICCE, mostrando en el encabezado los datos que identifican la Casilla Especial: circunscripción, entidad, municipio, Distrito electoral federal, circunscripción local, Distrito electoral local, sección, número de Casilla Especial y ubicación. También se mostrarán los campos para capturar la Clave de elector y OCR de la credencial para votar del Presidente de casilla. De lo contrario, se deberá revisar el ingreso de las contraseñas de acceso.

g)    El operador deberá registrar el voto del Presidente y Secretario de la casilla, los datos de algún

representante de partido político y al menos cinco ciudadanos que asistan a la casilla.

h)    Mostrar el acta de electores en tránsito.

i)     Concluido el procedimiento, los operadores deberán apagar el equipo.

8. INICIALIZACIÓN FINAL Y VALIDACIÓN DEL SICCE

8.1 INICIALIZACIÓN FINAL

El proceso de inicialización final del SICCE se desarrollará en la reunión de trabajo programada para el día 28 de mayo, en presencia de los integrantes del Consejo Distrital.

La inicialización final del SICCE es un proceso para descifrar los archivos de datos, registrar los datos de identificación de la casilla, almacenar la Lista Nominal y las listas que contienen el Padrón Electoral sin los registros en Lista Nominal, credenciales 09 y 12, las bajas por duplicado, defunción, por suspensión de derechos electorales, por pérdida vigencia, por pérdida de la nacionalidad, por ser menores de edad, por documentación apócrifa, por domicilio irregular y por datos personales irregulares; información de los ciudadanos que no recogieron su credencial de elector; así como la generación de índices.

La inicialización final del SICCE contempla los siguientes procedimientos ordenados de forma secuencial, para cada uno de los equipos de cómputo que se utilizarán en las casillas especiales el 7 de junio.

1. Captura de los datos particulares que identifican a la Casilla Especial (Entidad, Distrito, Municipio/Delegación, Sección, No. de casilla, Ubicación y Nombre del operador del Sistema).

2. Descifrado de la información de los archivos de datos.

3. Almacenamiento y cifrado de los datos.

El proceso de inicialización final configura el SICCE para su uso, por lo que es esencial llevar a cabo los pasos que se describen en la Guía correspondiente, en estricto orden de ejecución.

8.2 VALIDACIÓN

El proceso de validación del sistema se desarrollará en la sesión ordinaria que lleven a cabo los Consejos Distritales el día 28 de mayo.

Una vez realizado el procedimiento de almacenamiento y descifrado de los datos, se debe validar que los archivos hayan sido correctamente cargados a la base de datos del SICCE.

La validación del SICCE contempla lo siguiente:

1.       Los operadores del SICCE procederán a colocar en la mesa del Consejo, los equipos de cómputo de las casillas especiales asignadas.

2.       Encienden los equipos y esperan la carga del sistema operativo.

3.       Como indica la Guía de uso, el primer paso para ingresar al Sistema consiste en ejecutar el navegador Internet Explorer y escribir la dirección:

         http://localhost:8080/sicce2015/

4.       Se deberá colocar la llave de cifrado almacenada en el dispositivo USB.

5.       Una vez que aparezca la pantalla de validación de instalación, el operador responsable deberá oprimir "aceptar", para dar inicio al proceso.

6.       Durante este proceso se visualizará la pantalla que indica el avance de la validación de las bases de datos por entidad de la circunscripción.

7.       Una vez validada la información se deberá ejecutar el proceso de generación de índices en la base de datos del Sistema para agilizar las consultas.

8.       Por ultimo aparecerá en la pantalla el mensaje "El sistema ha almacenado y validado las listas. El equipo está preparado para operar exclusivamente en:" junto con la identificación de la casilla. El operador responsable dará "aceptar" para finalizar el procedimiento.

Finalizado el procedimiento de validación al SICCE y apagado el equipo de cómputo, se informará al Consejo Distrital que se procederá a sellar y resguardarlo hasta su entrega al operador responsable, el día el 6 de junio.

9.     MEDIDAS DE PROTECCIÓN DEL EQUIPO

Para garantizar que el equipo se usará hasta el día de la Jornada Electoral, se procederá a colocar una etiqueta que fungirá como fajilla de papel que cruce el aparato cerrado, sin dañar ningún puerto.

Deberá identificarse claramente a qué casilla corresponde el equipo de cómputo. Las etiquetas serán remitidas por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores. Estas etiquetas tienen los datos de identificación de las casillas especiales aprobadas por los Consejos Distritales. Los datos de identificación que tiene rotulados de origen son los siguientes:

Circunscripción:

Entidad:

Distrito Electoral:

Casilla Especial:

Municipio / Delegación

Los integrantes del Consejo (Presidente del Consejo, Consejeros Electorales, Representantes de Partidos Políticos y de candidatos independientes) y el Secretario procederán a firmar y sellar las fajillas de papel que cubren los equipos.

La fajilla se romperá hasta el momento de la instalación de la Casilla Especial el 7 de junio, ante la presencia de los funcionarios de la mesa directiva de casilla y los representantes de los partidos políticos presentes.

Posteriormente, se depositará y resguardará el equipo en el lugar que para el efecto se le asigne dentro de la bodega electoral.

El Presidente del Consejo Distrital quedará como responsable del equipo a partir del 28 de mayo y hasta el momento en el que se entregue al operador responsable, el día 6 de junio.

A partir de la entrega del equipo del Presidente del Consejo al operador responsable, éste será el encargado de su seguridad y garantizará el retorno del equipo con la información resguardada, una vez clausurada la casilla.

10.   MEDIDAS DE CONTROL PARA EL OPERADOR Y EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE CASILLA.

El Presidente del Consejo Distrital entregará el día 6 de junio, el equipo de cómputo y el sobre que contiene la contraseña, al operador designado como responsable para la Casilla Especial, en presencia de los integrantes del consejo que decidan asistir. A partir de ese momento el encargado de la integridad del equipo será el operador responsable de las computadoras.

El Consejero Presidente podrá adoptar las medidas que considere pertinentes, para asegurar que el traslado del operador responsable hacia su domicilio particular y de éste a la casilla, sea seguro y le permita tener a buen resguardo el equipo.

Los operadores del equipo se presentarán ante el Presidente de la mesa directiva de casilla el 7 de junio de 2015, a las 7:30 de la mañana, y le mostrarán el nombramiento mediante el cual se les designó como personal de apoyo técnico para operar el equipo de cómputo (responsable y auxiliar).

El Presidente de la casilla cotejará los nombramientos firmados por el Consejero Presidente del Consejo Distrital y el gafete de identificación que deberá portar cada uno en lugar visible.

El operador responsable mostrará el equipo de cómputo, con el sello y firmas de los integrantes del Consejo Distrital, a los funcionarios de la mesa directiva de casilla y a los representantes de partidos políticos presentes, y demostrará que el sello que cubre el equipo se mantiene intacto.

Le solicitará al Presidente de la mesa directiva de casilla que rompa el sello para proceder a encender el equipo a la vista de todos los presentes. Posteriormente, seguirá las indicaciones de la Guía de uso del SICCE.

Una vez instalada la casilla, el operador responsable deberá solicitar al Presidente de mesa directiva de casilla, que ingrese su contraseña, posteriormente el registrará la suya para poder iniciar. Además, los operadores del equipo deberán permanecer en la casilla hasta la clausura de la misma, sin importar que se hubiera interrumpido el uso del SICCE por algún tipo de falla.

A la clausura de la Casilla Especial, el operador responsable deberá recoger el equipo de cómputo, el USB que se utilizó para el respaldo de la información del SICCE, conforme se indica en la Guía del uso, así como los discos compactos sobrantes. Se trasladará directamente a la sede del Consejo Distrital y entregará al Vocal del Registro Federal de Electores todos los elementos recogidos en la casilla.

En cumplimiento al Punto Décimo Tercero del Acuerdo base de este documento, el Vocal del Registro Federal de Electores de la Junta Distrital, deberá remitir el contenido de las memorias USB a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, conforme al procedimiento que se establezca para este efecto.

11. ELEMENTOS ADICIONALES PARA EL ADECUADO FUNCIONAMIENTO DE LAS CASILLAS ESPECIALES

Los materiales adicionales para la Casilla Especial se señalan a continuación.

Al Presidente de la mesa directiva de casilla se le entregarán, en un sobre que lleva la identificación de la casilla, junto con la documentación y materiales electorales, los siguientes:

1) Sobre con la contraseña del Presidente de la mesa directiva.

2) Marcador de tinta permanente, con el que se firmará el disco compacto, que contiene el Acta de Electores en Tránsito.

3) Veinticinco discos compactos para generar las copias del Acta de Electores en Tránsito, para los representantes de los partidos políticos y, en su caso candidatos independientes y el que se integrará al paquete.

 

4) Cartel con la información sobre las causas por la que no puede votar un elector en tránsito.

Al operador responsable del equipo de cómputo se le entregará:

1) Sobre con la contraseña del operador.

2) Unidad de respaldo USB.

Para cualquier duda sobre la operación del SICCE o sobre la operación de la Casilla Especial, deberá comunicarse al Centro de Atención a Usuarios (CAU), al número telefónico 01800 433 4357 (lada sin costo) y 54 83 81 10 (D. F. y área metropolitana).

12. RECOMENDACIONES GENERALES PARA LA OPERACIÓN DE LA CASILLA ESPECIAL

Se les informará a los integrantes del Consejo Distrital del Acuerdo por el que se aprueban las medidas tendientes a garantizar la operación de las casillas especiales a instalarse el día de la Jornada Electoral del 7 de junio de 2015.

La información exhaustiva podrá brindarse en la sesión del 28 de mayo, en el marco de la demostración del SICCE. Referirá que el número de boletas aprobadas por el Consejo General fue de 750 boletas, más las adicionales para que los representantes de los partidos políticos y de candidatos independientes acreditados ante la mesa directiva de la Casilla Especial, ejerzan su voto. Es importante, indicarle a los funcionarios de las mesas directivas de casillas que las boletas adicionales no podrán ser utilizadas para electores en tránsito.

Por otra parte, se indicará que de conformidad con lo establecido por el Punto Primero numeral IX del Acuerdo del Consejo General INE/CG113/2015, ningún ciudadano podrá sufragar en las casillas especiales cuando se encuentre dentro de la sección electoral que corresponda a su domicilio, con excepción de los integrantes de las mesas directivas de casilla y los representantes de los partidos políticos y de candidatos independientes acreditados.

 

 

 

ANEXO B

INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

Nombre: __________________________________

Puesto: __________________________________

Adscripción: ______________________________

El________ Consejo Distrital con cabecera en ______________________________________ del Estado de __________________________ de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), y en cumplimiento al Acuerdo del Consejo General INE/CG___/2015 del Consejo General y CD__/2015 del ___ Consejo Distrital del estado de _____________, le notifica que ha sido designado Operador Responsable/Auxiliar del equipo de cómputo de la casilla especial __ que se instalará en la sección __________ubicada en __________________________________________________________

________________________________________________________________________________________

del municipio o delegación _____________________________ a las 7:30 horas del domingo 7 de junio de 2015, para apoyar al Presidente de la Mesa Directiva de Casilla en la operación del equipo de cómputo.

Atentamente

                                                                    _____________________________________              _____________________________________

CONSEJERO PRESIDENTE

Nombre completo y firma

 

SECRETARIO

Nombre completo y firma

 

Al recibir este nombramiento que me acredita como Operador del equipo de cómputo responsable/auxiliar de la casilla especial de la sección ________, en términos de lo señalado en el artículo 88 de la LGIPE, rindo la protesta de ley de guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, cumplir con las normas contenidas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y desempeñar leal y patrióticamente la función que se me ha encomendado.

                                                                                                           __________________________________________

Protesto como Operador responsable/auxiliar del equipo de cómputo de la casilla especial

 

_______________________

 

1     Tesis Aislada integrada por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito con registro 179233. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXI, Febrero de 2005, página 1744.

2     Tesis Aislada integrada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Octavo Circuito, con registro 2000630. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro VII, Abril de 2012, Tomo 2.

 

El Acuerdo INE/CG262/2015 completo puede ser consultado aquí: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5395483&fecha=05/06/2015

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