Cualquier persona o servidor público que tenga conocimiento de la presunta comisión de alguna irregularidad en la actuación de las y los servidores públicos del Tribunal Electoral, deberán interponer, por escrito, la denuncia o queja correspondiente ante la Contraloría Interna, expresando los hechos constitutivos de la infracción, así como las pruebas en que apoyen su dicho para establecer la existencia de la infracción y presumir la responsabilidad administrativa.
El escrito deberá estar firmado de manera autógrafa y entregarse en las oficinas de la Contraloría Interna sita en la calle de Virginia 68, colonia Parque San Andrés, delegación Coyoacán, código postal 04040, en la ciudad de México, en un horario de lunes a viernes de las 9:00 a las 19:00. Las denuncias anónimas se tramitarán sólo cuando estén acompañadas de pruebas documentales fehacientes.
La Comisión de Administración, en términos de lo previsto en los artículos 209, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y 31, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral, es la única instancia facultada para ordenar el inicio de las investigaciones y de los procedimientos de responsabilidad administrativa.
Serán causas de responsabilidad administrativa las señaladas en los artículos 131, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como las del artículo 8, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.