Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 65/2014, Y SU ACUMULADA, 81/2014

PROMOVENTE: 
Movimiento Ciudadano y Partido Acción Nacional
FECHA DE RESOLUCIÓN: 
Jueves, Septiembre 25, 2014
NORMATIVIDAD CONTROVERTIDA: 
Decreto de treinta de junio de dos mil catorce, mediante el cual se expide la Ley número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero.
SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN: 

PRIMERO. Son procedentes pero infundadas las acciones de inconstitucionalidad 65/2014 y 81/2014. SEGUNDO. Se desestima la presente acción de inconstitucionalidad en relación con el artículo 22, en la porción normativa que establece: “…los votos que hayan sido marcados a favor de dos o más partidos coaligados, contarán para los candidatos de la planilla y se distribuirán por el consejo distrital de forma igualitaria para el efecto de la asignación de regidores, en caso de existir fracción, los votos correspondientes se asignarán a los partidos de más alta votación…”, así como respecto del artículo 156 de la Ley Número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, publicada en el Periódico Oficial de la entidad, el treinta de junio de dos mil catorce. TERCERO. Se reconoce la validez de los artículos 13, 15, 17, 18, 39, 50, inciso c), fracción VII, numeral 2, 151, último párrafo, 165 y Octavo Transitorio de la legislación estatal combatida. CUARTO. Publíquese esta sentencia en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.