La Sala Toluca solicita que esta Sala Superior ejerza la facultad de atracción del ST-JDC-403/2012, integrado con motivo de la demanda presentada por el actor, a fin de impugnar el acuerdo A011/MEX/CD18/29-03-12 emitido por el 18 Consejo Distrital del IFE, que declaró improcedente la solicitud del ahora actor como candidato independiente a diputado federal por el principio de mayoría relativa en el distrito 18 en el estado de México.
Acuerdo A09/SIN/CD/05/29-03-12 emitido por el 05 Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral en Sinaloa, que declaró improcedente la solicitud de registro del ahora actor como candidato independiente a diputado federal suplente por ese distrito con cabecera en Culiacán.
Escrito por medio del cual se controvierte el oficio DEPPP/DPPF/0871/2012 signado por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del IFE por el que se dio respuesta a la solicitud presentada por Salvador Vargas Trejo relativa a su registro como candidato independiente a la Presidencia de la República.
Escrito por el cual solicita que la Sala Superior ordene su registro como candidato independiente a la Presidencia de la República para el proceso federal electoral 2011-2012.
Diversos actos relacionados con la solicitud de Alfonso Raúl de Jesús Ferriz Salinas de ser registrado como candidato independiente a la Presidencia de la República para el proceso electoral federal de 2012.
Contenido del oficio de 5 de abril de 2006, mediante el cual se da respuesta a las consultas formuladas por el promovente, relacionadas, con la posibilidad de ser registrado como candidato independiente a la Presidencia de la República.
Negativa de la Dirección Ejecutiva de Prerrogarivas y Partidos Politicos del IFE de Registrar al Actor como Candidato Presidente de la República por el Partido Católico.
Negativa de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del IFE de registrar al actor como candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, postulado por el Partido Católico.
Oficio de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del IFE, que determina entre otras cosas, que el voto emitido en el espacio en blanco para candidatos no registrados no es válido y que es improcedente que los candidatos no registrados contraten publicidad orientada a la obtención del voto.
Negativa de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del IFE, de registrar al actor como candidato independiente a la presidencia de la República.