La omisión de la responsable de responder a sus solicitudes de registro como candidatos independientes al cargo de diputados por el principio de mayoría relativa en el distrito 10.
La omisión del Instituto Electoral del Estado de Puebla, de registrar a las actoras como candidatas independientes a diputadas locales, en el 15 distrito electoral local, dentro del proceso electoral 2012-2013.
La omisión de la responsable de responder a sus solicitudes de registro como candidatos independientes al cargo de diputados por el principio de mayoría relativa.
Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Baja California, en los expedientes RI-040/2013 y acumulados, que entre otras cuestiones, confirmó los acuerdos del respectivo Consejo General y diversos Consejos Distritales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de ese estado, para resolver las solicitudes de registro de candidatos independientes a diputados por mayoría relativa, gobernador y munícipes por Baja California.
Notifican acuerdo dictado por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el expediente varios 237/2013 por el que remite el escrito signado por Guillermina Arias León, quien solicita al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ejerza la facultad de atracción respecto del expediente SUP-SFA-4/2013.
La sentencia de quince de mayo de dos mil trece, dictada por el Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Baja California, que confirmó la negativa del registro del actor como candidato independiente a Gobernador en esa entidad federativa, decretada por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Baja California.
Omisión del Instituto Electoral del Estado de Puebla de registrar a los ahora actores, como candidatos independientes a diputados locales, en el 14 distrito electoral, en Tehuacán, dentro del proceso electoral local.
Resolución RCG-IEEZ-032/IV/2013, emitida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, que declaró improcedente el registro de las listas de candidaturas independientes por el principio de representación proporcional, entre otras, la postulada por Rogelio Cárdenas Hernández, para el Ayuntamiento de Zacatecas, en el actual proceso electoral local.
La omisión del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, de modificar o actualizar el acuerdo IEQROO/CG/A-028-13, por el cual se aprobó los topes de gastos a que estarán sujetos los aspirantes a candidatos de los partidos políticos y coaliciones durante las precampañas electorales, así como los aspirantes a candidatos independientes durante la etapa de respaldo ciudadano, en el proceso electoral local ordinario dos mil trece.
La omisión del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, de modificar o actualizar el acuerdo IEQROO/CG/A-028-13, por el cual se aprobó los topes de gastos a que estarán sujetos los aspirantes a candidatos de los partidos políticos y coaliciones durante las precampañas electorales, así como los aspirantes a candidatos independientes durante la etapa de respaldo ciudadano, en el proceso electoral local ordinario dos mil trece.