Herramientas de Género

Análisis de casos (SRE)

Incumplimiento al protocolo para atender la violencia política contra las mujeres

  

Expediente: SRE-PSC-75/2016

Fecha: 2016-06-15
Sintesis: • Promocional "Contraste Radio", "Contraste Radio 2" y "Contraste TV 2". Frase "Así es Blanca, no tan blanca". • La Sala Especializada: -Estableció que el PRI está facultado para deducir acciones tuitivas de intereses difusos en contra de la discriminación por cuestiones de género. -Como un actor de seguridad, debe considerar el contexto de violencia política del país (Puebla en el lugar 28o de participación política de la mujer). -La frase se relaciona con una supuesta falta de transparencia en su 3 de 3, no es peyorativa o denigrante de su condición de mujer.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la Sala Especializada el 15 de junio de 2016.

Medio de impugnación: Si

Determinación: Revoca

Enlace al medio de impugnación: URL

Incumplimiento al protocolo para atender la violencia política contra las mujeres

  

Expediente: SRE-PSC-62/2016

Fecha: 2016-06-04
Sintesis: 'La supuesta difusión de los promocionales denominados “Infraestructura v3”, “Infraestructura v4” y “Contraste”, identificados con los folios RV00914-16, RA01066-16 y RA01086-16, respectivamente, los cuales a dicho del Partido Revolucionario Institucional: a) Presentan contenido “calumnioso”, al relacionar al partido político promovente y a su candidata a la gubernatura del mencionado estado, Blanca Alcalá Ruiz, con la realización de hechos falsos; b) Uso indebido de la pauta al utilizar de manera indebida la imagen de la citada candidata; y c) Vulnera el protocolo para atender la violencia política contra las mujeres, ya que “…viola el derecho de igualdad, al negar la existencia de la candidata, de sus acciones y de su capacidad para gobernar, por el simple hecho de ser mujer”.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la Sala Especializada el 04 de junio de 2016.

Medio de impugnación: Si

Determinación: Revoca

Enlace al medio de impugnación: URL

Incumplimiento al protocolo para atender la violencia política contra las mujeres.

  

Expediente: SRE-PSC-67/2016

Fecha: 2016-06-04
Sintesis: • Los promocionales "Contraste 3" en radio y televisión denunciados afectan el derecho de igualdad en materia política, al negar sus acciones y su capacidad para gobernar, por el hecho de ser mujer. • La Sala Especializada estableció que el PRI está facultado para deducir acciones tuitivas de intereses difusos en contra de la discriminación por cuestiones de género. La Sala como un actor de seguridad, debe considerar el contexto de violencia política del país (Puebla en el lugar 27o de participación política de la mujer); abordó los conceptos de violencia simbólica, categorías sospechosas y estereotipos de género. • La frase “Blanca Alcalá como presidente municipal no hizo nada”, no es una expresión formal ni coloquial que denigre a Blanca María del Socorro Alcalá Ruíz como funcionaria, candidata, ciudadana, o como perteneciente al género femenino.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la Sala Especializada el 04 de junio de 2016.

Medio de impugnación: No


Sentencias relevantes: Incumplimiento al protocolo para atender la violencia política contra las mujeres

  

Expediente: SRE-PSC-43/2016

Fecha: 2016-05-25
Sintesis: • Promocional "Nota". Frase: "Blanca se fue en Blanco". • La Sala Especializada: Como un actor de seguridad, debe considerar el contexto de violencia política del país (Puebla en el lugar 28o de participación política de la mujer) Abordó los conceptos de categorías sospechosas y estereotipos de género, no explicitarlos podría configurar una conducta de tolerancia. El spot refuerza creencias socialmente inculcadas en la ciudadanía, apoyándose en expectativas colectivas como el que las mujeres no contribuyen o no son aptas para desempeñar cargos públicos, lo que constituye una forma de violencia simbólica.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la Sala Especializada el 25 de junio de 2016.

Medio de impugnación: Si

Determinación: Revoca

Enlace al medio de impugnación: URL