Herramientas de Género

Análisis de casos (SRE)

Sentencia relevante: Revictimización contra diputada trans

  

Expediente: SRE-PSC-61/2022

Fecha: 2022-11-05
Sintesis: Por unanimidad, la SRE concluyó que la diputada Salma Luévano sufrió VPMG por parte del diputado Gabriel Quadri, quien publicó tuits que tendieron a rechazar su identidad de género de mujer trans, como forma de ataque u ofensa para minimizarla como persona. Asimismo, se determinó que estas publicaciones revictimizaron a la legisladora y formaron parte de la campaña discriminatoria contra la comunidad trans que el legislador hizo desde diciembre de 2021. Para sancionar al infractor se le inscribió en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de VPMG del INE por tres años. El magistrado presidente, Rubén Jesús Lara Patrón, hizo un voto razonado en cuanto a la opinión de niñez. La magistrada Gabriela Villafuerte Coello emitió un voto concurrente al considerar que al decirle “señor Luévano” Quadri le negó su identidad de género y no se amparaba bajo la protección parlamentaria del artículo 61 constitucional. Asimismo, señaló que los tuits reflejaron una relación asimétrica de poder y un discurso de odio. El magistrado Luis Espíndola Morales también hizo un voto concurrente para apartarse del estudio de los elementos de la jurisprudencia 21/2018 y por el formato de disculpa pública.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la SRE el 5 de mayo de 2022.

Medio de impugnación: Si

Determinación: Confirma

Enlace al medio de impugnación: URL

Sentencia relevante: Linchamiento digital contra legisladora

  

Expediente: SRE-PSC-154/2022

Fecha: 2022-08-11
Sintesis: Por mayoría, la SRE determinó la responsabilidad de la diputada federal Alejandra Chávez Treviño por la publicación de tuits que desencadenaron un linchamiento digital contra otra legisladora. Esto provocó también en la víctima el Síndrome de procusto, el de la impostora y violencia simbólica para deslegitimarla y hacerla sentir falta de capacidades para desempeñar su cargo. Al igual se concluyó que otras 15 personas que respondieron al tuit también cometieron VPMG. Por las infracciones, se dio vista a la Mesa Directiva y a la Contraloría Interna de la Cámara de diputaciones para que defina la sanción correspondiente a Chávez Treviño. En cuanto a las otras 15 personas, se les impuso una multa simbólica. Asimismo, a todas se les ordenó publicar un extracto de la sentencia en su cuenta de Twitter, disculparse públicamente, tomar un curso sobre VPMG, y se les inscribirá por tres años en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contras las Mujeres en Razón de Género. En caso de que incumplan la sentencia, se les advirtió, podrá pronunciarse la pérdida del modo honesto de vivir. En un voto razonado, el magistrado presidente, Rubén Jesús Lara Patrón, señaló que las frases analizadas ridiculizaron a las mujeres que ostentan un cargo público y pudieron provocar una exposición en redes sociales que facilite a otras personas usuarias de estos medios digitales sentirse con la “autorización” de generar comentarios violentos. Estimó necesario generar la conciencia social sobre las frases o comentarios que pueden causar violencia. En un voto particular, el magistrado Luis Espíndola Morales consideró que los tuits publicados están amparados por la libertad de expresión y que se trataron de una crítica desvinculada del género, sino que se dieron en el debate político.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador resuelto el 11 de agosto de 2022

Medio de impugnación: Si

Determinación: Revoca

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Sentencia relevante: Medios de comunicación deben evitar la revictimización

  

Expediente: SRE-PSC-141/2022

Fecha: 2022-07-20
Sintesis: Por mayoría de votos, la SRE determinó que la senadora Antares Guadalupe Vázquez Alatorre cometió VPMG al referirse en su Twitter a diputadas del PAN como “muñequitas de sololoy” (expresión estereotipada). También se concluyó que Vázquez Alatorre, Ernesto Alejandro Prieto Gallardo (diputado local en Guanajuato) e Irene Amaranta Sotelo (afiliada a MORENA) calumniaron a las legisladoras con la expresión “traición a la patria”. Por las infracciones, a la senadora se le ordenó disculparse públicamente y publicar un extracto de la sentencia en su cuenta de Twitter, tomar un curso sobre VPMG y se le envió bibliografía en la materia. Además, junto con el diputado, se les advirtió que, si incumplían la sentencia, podrá pronunciarse la pérdida del modo honesto de vivir. A Sotelo se le impuso una multa. En un voto concurrente, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello consideró que, además de otros responsables, había más formas de violencia, como la simbólica, vicaria y patrimonial. El magistrado Luis Espíndola Morales emitió un voto particular porque consideró que no se acreditó la VPMG ni la calumnia.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador resuelto el 20 de julio de 2022

Medio de impugnación: Si

Determinación: Revoca

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Sentencia relevante: VPMG contra candidata por medios de comunicación digitales

  

Expediente: SRE-PSC-94/2022

Fecha: 2022-06-09
Sintesis: Por unanimidad, la SRE determinó que Arlene Moreno Maciel, entonces candidata a diputada federal del PT por Baja California Sur, sufrió VPMG por parte de diversas personas trabajadoras de los medios de comunicación digitales MetropoliMX y BCS Noticias, así como de Buró de Comunicación Multimedia, quienes intervinieron en la realización y difusión de imágenes y videos en las páginas de Facebook de dichos medios que la violentaron sexual, simbólica y psicológicamente, a través de estereotipos que le negaron habilidades en la política y la cosificación, y que influyeron para que renunciara a su candidatura. Para sancionarlas, se les impusieron distintas multas, se les inscribió en el en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de VPMG y se les advirtió que, si incumplían la sentencia, podrá pronunciarse la pérdida del modo honesto de vivir. Asimismo, como medidas de reparación, se ordenó que las personas infractoras se disculpen públicamente, tomen dos cursos de VPMG y se les envió bibliografía sobre el tema. Los medios de comunicación responsables deberán publicar una agenda de género y contenidos relacionados con violencia de género. Se comunicó la sentencia a la FISEL, al Centro de Justicia para Mujeres de Baja California Sur y a la UTCE del INE para que considere iniciar un procedimiento sancionador por posible VPMG en perjuicio de la madre de la denunciante. El magistrado presidente, Rubén Jesús Lara Patrón, hizo un voto concurrente por la vista a la FISEL y el Centro de Justicia para las Mujeres, partidos políticos y el modo honesto de vivir.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la SRE el 9 de junio de 2022.

Medio de impugnación: No


Sentencia relevante:

  

Expediente: SRE-PSC-91/2022

Fecha: 2022-06-01
Sintesis: Por unanimidad, la SRE determinó dar por terminado el asunto respecto a VPMG y calumnia contra el entonces candidato a la Gubernatura, José Luis Pech Várguez, luego que su contendiente Mara Lezama, el PVEM, PT y MORENA denunciaran estas presuntas infracciones en el spot “PECH ARRANQUE Q Roo”, que se difundió en radio y televisión. Asimismo, el Pleno concluyó que el partido Movimiento Ciudadano, que postuló a Pech, no cometió calumnia contra la denunciante. El magistrado presidente, Rubén Jesús Lara Patrón, hizo un voto concurrente por el lenguaje incluyente y la teoría de Francisca Pou. La magistrada Gabriela Villafuerte Coello emitió un voto concurrente en el que coincidió en la inexistencia de calumnia, pero para ella sí hubo VPMG en perjuicio de la candidata, porque en el spot se le subordinaba a una figura masculina. En este sentido sería existente el uso indebido de la pauta que se atribuyó a Movimiento Ciudadano. En un voto concurrente, el magistrado Luis Espíndola Morales, consideró que no operaba el sobreseimiento por calumnia y VPMG para el candidato.
Descripción:

Procedimiento especial sancionador de órgano central resuelto por la SRE el 1 de junio de 2022.

Medio de impugnación: Si

Determinación: Confirma

Enlace al medio de impugnación: URL