>>>CÓMPUTO DEL PLAZO. SEPARACIÓN DEL CARGO DE NOVENTA DÍAS ANTES DE LA JORNADA ELECTORAL, DEBE ENTENDERSE COMO DÍAS COMPLETOS.

Versión para impresiónSend by emailPDF versionDOC version

_________________

Actor: 
Partido de la Revolución Democrática y Partido Movimiento Ciudadano.
Autoridad Responsable: 
Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana
Rubro: 
CÓMPUTO DEL PLAZO. SEPARACIÓN DEL CARGO DE NOVENTA DÍAS ANTES DE LA JORNADA ELECTORAL, DEBE ENTENDERSE COMO DÍAS COMPLETOS.
Texto: 
De una interpretación sistemática y funcional con los artículos 26, fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 7, numeral 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; 163, fracción III, y 325, párrafo primero, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos, durante los procesos electorales todas las horas y días serán hábiles, entendiéndose que un día, es el lapso de tiempo de veinticuatro horas, que inicia a las cero horas con cero minutos (00:00 hrs.), para principiar el día hasta veinticuatro horas después (24:00 hrs.); por lo tanto, tratándose de la separación del cargo de noventa días antes de la jornada electoral, de aquellos funcionarios públicos, que pretendan contender en la misma, debe tomarse en consideración para su cómputo, los días completos que abarcan las veinticuatro horas, sin contemplar cualquier fracción de día, como un requisito de elegibilidad que persigue básicamente velar por la equidad en la contienda, el interés público y el uso de los recursos públicos.
Precedente: 
Recurso de Apelación. TEE/RAP/159/2015-3 y su acumulado TEE/RAP/161/2015-3.- Recurrentes: Partido de la Revolución Democrática y Partido Movimiento Ciudadano. Responsable: Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana. 15 de mayo de 2015. Mayoría de votos. Ponente: Francisco Hurtado Delgado. Voto particular. Hertino Avilés Albavera. Secretaria. Irma Denisse Fernández Aguilar.