>>>RECURSO DE RECONSIDERACIÓN, ES EL IDÓNEO PARA COMBATIR RESOLUCIONES DE TRÁMITE.

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Actor: 
Partido Revolucionario y otro
Autoridad Responsable: 
-No se menciona-
Rubro: 
RECURSO DE RECONSIDERACIÓN, ES EL IDÓNEO PARA COMBATIR RESOLUCIONES DE TRÁMITE.
Texto: 
El artículo 4 de la Ley adjetiva electoral establece que el recurso de apelación, el juicio de inconformidad, el recurso de reconsideración, el juicio electoral ciudadano y el juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales, conforman el sistema de medios de impugnación. Entre los cinco medios de impugnación descritos en el contenido legal, el juicio de inconformidad y el recurso de reconsideración complementan la garantía procesal de dos instancias, así, cuando las partes en el juicio de inconformidad combaten una resolución de trámite (acuerdo) o definitiva (sentencia), el medio de impugnación idóneo es el recurso de reconsideración, competencia de esta Sala de Segunda Instancia.
Precedente: 
Recurso de Reconsideración.- TEE/SSI/REC/028/2015.- Actor: Partido Revolucionario Institucional y Partido Verde Ecologista de México.- 26 de julio de 2015.- Unanimidad de Votos.- Ponente: Magistrado: René Patrón Muñoz. Recurso de Reconsideración.- TEE/SSI/REC/046/2015.- Actor: Partido Movimiento Ciudadano.- 11 de agosto de 2015.- Unanimidad de Votos.- Ponente: Magistrado: Emiliano Lozano Cruz.