Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 67/2012 Y SUS ACUMULADAS 68/2012 Y 69/2012.

PROMOVENTE: 
Partido Acción Nacional y otros.
FECHA DE RESOLUCIÓN: 
Jueves, Marzo 14, 2013
NORMATIVIDAD CONTROVERTIDA: 
Diversos decretos por los que se reforman normatividad en Quintana Roo.
SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN: 

PRIMERO. Son procedentes y parcialmente fundadas la acción de inconstitucionalidad 67/2012 y sus acumuladas 68/2012 y 69/2012 a que esta resolución se refiere. SEGUNDO. Se desestiman las presentes acciones de inconstitucionalidad respecto del artículo 134, fracciones II, III, en la parte que señala: "de por lo menos el dos por ciento" y IV, en la parte que prevé: "el dos por ciento al que se refiere la fracción anterior deberá estar distribuido en ese mismo o mayor porcentaje", de la Ley Electoral del Estado de Quintana Roo. TERCERO. Se declara la invalidez en su totalidad del Decreto 170, por el que se reformó la Constitución del Estado de Quintana Roo, publicado en el Periódico Oficial de la entidad, el veintidós de noviembre de dos mil doce, por lo que se refiere al procedimiento legislativo respectivo, en los términos del considerando quinto del presente fallo, la cual surtirá efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo. CUARTO. Se reconoce la validez de los artículos 32, 87, fracción II, 116, 118 al 123, 124, fracciones VI y VII; 125 al 133, 135 al 138, 140, 143, fracción IV; 160, 254, fracción III, 272, 276, 295, inciso e) y 319, de la Ley Electoral, así como del diverso 51, fracción IX, de la Ley Orgánica del Instituto Electoral, ambos ordenamientos del Estado de Quintana Roo. QUINTO. Publíquese esta resolución en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo.