Recurso contencioso electoral. solicitud de reconocimiento como partido político.

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“Primero: Acoger en todas sus partes el presente recurso contra la Resolución No.08/2012 de fecha 23 de febrero del año 2012, por la que se rechaza el recurso de revisión interpuesto por el Movimiento Patria Para Tod@S (MPT), por haber sido hecho de conformidad con la ley. Segundo: En cuanto al fondo revocar la Resolución 08/2012 de fecha 23 de febrero del año 2012, y en consecuencia ordenar a la Junta Central Electoral reconocer al Movimiento Patria Para Tod@S (MPT), por haber sido realizado su solicitud dentro del plazo de ley cumplimiento con los requisitos que establece la Constitución de la cheap viagra 100mgRepública, la Ley Electoral y los Reglamentos que existían al momento del depósito de la solicitud del reconocimiento y por haber cumplido fielmente con todas las supervisiones por los inspectores según consta en el informe presentado por la Dirección de Partidos Políticos.
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Jueves, Octubre 1, 2015
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