Los remanentes de campaña son los recursos del financiamiento público entregados a los partidos políticos para la obtención del voto, respecto de los cuales existe la obligación de devolución al erario, al no haber sido devengados o debido a que los partidos omitieron comprobar que, efectivamente, se destinaron a la campaña. (1)
Ello se debe a que, como lo establece la normativa electoral, los partidos políticos únicamente pueden utilizar el financiamiento público asignado a gastos de campaña para ese único fin y a ningún otro. (2)