En días pasados, la Sala Superior resolvió diversos asuntos en los que atendió la problemática referente a si era correcto que el Consejo General del INE declarara inelegibles candidaturas de personas juzgadoras por no alcanzar el promedio de 9 en asignaturas afines a su especialidad, aun cuando esa valoración ya la habían realizado los Comités de Evaluación.
La Sala Superior estimó que no existía posibilidad jurídica de revisar nuevamente esa calificación, porque lo razonable es respetar la metodología previamente utilizada por los respectivos comités postulantes.