Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

Obtención del apoyo ciudadano

SDF-JDC-81/2015

La sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Distrito Federal el doce de febrero de dos mil quince, en el juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos TEDF-JLDC-018/2015 relacionada con una ampliación del plazo otorgado para recabar las firmas de apoyo a su candidatura independiente.

SM-JDC-262/2015

La Setencia TEEQ-RAP/JLD-8/2015 de 6 de marzo de 2015 mediante la cual se confirmó la Convocatoria para la postulación de candidatas y candidatos independientes y sus Lineamientos.

SUP-RAP-203/2014 Y ACUMULADOS SUP-RAP-213/2014 Y SUP-JDC-2782/2014

El acuerdo INE/CG273/2014, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, de veinte de noviembre del año en curso, que entre otras cuestiones, aprobó los criterios aplicables, el modelo único de estatutos y la convocatoria para el registro de candidatas y candidatos independientes a diputadas y diputados por el principio de mayoría relativa para el Proceso Electoral Federal 2014-2015.

SUP-JDC-151/2015

El acuerdo suscrito por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, número INE/CG273/2014, por el que se emiten los criterios aplicables, el modelo único de estatutos y la convocatoria para el registro de candidatas y candidatos independientes a diputadas y diputados por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral federal 2014-2015, de diecinueve de noviembre de dos mil catorce.

SUP-JDC-566/2015

La sentencia dictada el siete de febrero de dos mil quince, por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, en el recurso de revisión TESLP/RR/03/2015 relacionada a una petición del actor para recabar el apoyo ciudadano. 

Obtención del apoyo ciudadano

A partir del día siguiente en que obtengan la calidad de aspirantes, se podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo ciudadano requerido por medios diversos a la radio y la televisión, siempre que los mismos no constituyan actos anticipados de campaña. 

Los plazos con los que cuentan los aspirantes son: