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Expediente: 5/98

Jurisprudencias:
    Estado: Sinaloa
    Actor: Partido nacional
    Tipo de Ley: Ley local
    Sentido: Infundada
    Ministro ponente: Juan N. Silva Meza
    Votos particulares: No
    Opinión de la Sala Superior: No se solicitó SUP-AES-5/98   
    Rubro(s) de la Jurisprudencia:

    Expediente: 34/2006

    Jurisprudencias:
    • P./J. 11/2007
    • P./J. 97/2009
    Estado: Sinaloa
    Actor: Partido nacional
    Tipo de Ley: Ley local
    Sentido: Parcialmente fundada
    Ministro ponente: José Ramón Cossío Díaz
    Votos particulares: No
    Opinión de la Sala Superior: Concordante SUP-AES-55/2006   
    Rubro(s) de la Jurisprudencia:

    REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL. LOS ARTÍCULOS DE LA LEY ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA QUE PREVÉN EL REQUISITO DE UN MÍNIMO DEL 2.5% DE LA VOTACIÓN ESTATAL PARA PARTICIPAR EN LA ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS CONFORME A ESE PRINCIPIO, SON CONSTITUCIONALES.

    ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. CUANDO SE IMPUGNAN NORMAS GENERALES EN MATERIA ELECTORAL LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DEBE SUPLIR LOS CONCEPTOS DE INVALIDEZ, PERO NO PUEDE FUNDAR LA DECLARATORIA DE INCONSTITUCIONALIDAD EN LA VIOLACIÓN A CUALQUIER PRECEPTO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 71 DE LA LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 105 CONSTITUCIONAL).

    Expediente: 71/2009, 72/2009, 73/2009, 75/2009, 76/2009 y 78/2009 acums.

    Jurisprudencias:
      Estado: Sinaloa
      Actor: Partido nacional
      Tipo de Ley: Ley local
      Sentido: Parcialmente fundada
      Ministro ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos
      Votos particulares: No
      Opinión de la Sala Superior: Concordante SUP-OP-19/2009, SUP-OP-20/2009, SUP-OP-23/2009   
      Rubro(s) de la Jurisprudencia:

      Expediente: 64/2015, 65/2015, 66/2015, 68/2015 y 70/2015 acumuladas

      Jurisprudencias:
        Estado: Sinaloa
        Actor: Partido nacional
        Tipo de Ley: Ley local
        Sentido: - Seleccione -
        Ministro ponente: José Ramón Cossío Díaz
        Votos particulares: SI
        Opinión de la Sala Superior:  SUP-OP-16/2015   
        Rubro(s) de la Jurisprudencia:
        CCJE
        Centro de Capacitación Judicial Electoral.
        Avena #513, 3er. piso, Col. Granjas México, C.P. 08400.
        Delegación Iztacalco, México, D.F.
        Tel: 01(55) 5722-4000
        Correo: ccje@te.gob.mx