El acuerdo A20/INE/VER/CD10/04-04-15, dictado el cuatro de abril de dos mil quince, por el 10 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el estado de Veracruz, en el que se determinó tener por no registrada la fórmula integrada por el actor y Antonio Barat Pérez, como candidatos independientes, propietario y suplente, respectivamente, para el cargo mencionado.
La negativa de registro como candidato independiente para la diputación federal por el principio de mayoría relativa, en el distrito federal electoral 10 en Veracruz, emitida por el 10 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Veracruz mediante acuerdo A18/INE/VER/CD10/04-04-15 de cuatro de abril del presente año.
El acuerdo A21/INE/VER/CD10/04-04-15, emitido por el 10 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Veracruz, el pasado cuatro de abril, que determinó tener por no presentada la fórmula integrada por Pascual Pozos Ramírez y Jesús Antonio Salazar, como candidatos independientes, propietario y suplente, respectivamente, para el cargo de Diputado Federal por el principio de mayoría relativa.
El acuerdo A16/INE/TAM/CD02/04-04-15, mediante el cual negó el registro de la candidatura independiente del promovente, debido a que no contaba con el porcentaje de apoyo ciudadano equivalente al dos por ciento de la lista nominal de electores del distrito electoral federal correspondiente.
Resolución de treinta y uno de marzo del año en curso, emitida por el Tribunal Electoral del Distrito Federal, que confirmó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que se aprueban los Dictámenes presentados por la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas respecto de la verificación realizada al porcentaje de firmas de apoyo requerido para obtener el registro de candidaturas independientes a los cargos de Jefes Delegacionales y Diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal por el principio de mayoría relativa, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2014-2015.
El acuerdo identificado con la clave A17/INE/ZAC/CD01/04-04-2015, de cuatro de abril de dos mil quince, emitido por el 01 Consejo Distrital Electoral del Instituto Nacional Electoral en Zacatecas, que tuvo por no registrada la fórmula de candidatos independientes para contender al cargo de diputado federal por mayoría relativa.
La resolución de veinticuatro de marzo de dos mil quince dictada por el Consejo Distrital 01 del Instituto Electoral del Estado de Querétaro, mediante la cual determinó que era improcedente el registro de la candidatura independiente de Jorge Luis Palacios de la Vega y de Agustín de la Torre Dionisio a la diputación local del distrito 01 en el estado de Querétaro.
La resolución de veintitrés de marzo de dos mil quince dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, mediante la cual desechó por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por Apolinar Ramírez Vega.
La resolución dictada por el Tribunal Electoral del Distrito Federal en el expediente TEDF-JLDC-055/2015 relacionada con la obtención del firmas de apoyo ciudadano.
Sentencia emitida por la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, en los expedientes TEE/SSI/AG/041/2015 y TEE/SSI/JEC/005/2015 acumulado, que desechó los juicios presentados contra la omisión atribuida a la Presidenta del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de la aludida entidad federativa, de intervenir en la formalización del convenio con la Comisión Nacional Bancaria o la banca de gobierno para cumplir con el requisito de apertura de cuenta, situación que originó que no le otorgaran el registro como candidato independiente a Presidente Municipal del Ayuntamiento de Acapulco de Juárez.