Distribución de tiempos

Regla de la Reforma

La Constitución y la ley regularán el acceso a la radio y televisión

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Artículos: 41 fracción III.
Proceso Legislativo
Iniciativa del PAN
INE como autoridad única para administración de tiempos de estado, dentro y fuera de los procesos electorales
Distribución de tiempos
Iniciativa del PRD
INE como autoridad única para administración de tiempos de estado dentro y fuera de los procesos electorales
Distribución de tiempos
Dictamen de las Comisiones Unidas del Senado
INE como autoridad única para administración de tiempos de estado dentro y fuera de los procesos electorales
Distribución de tiempos
Minuta de la Cámara de Diputados
INE como autoridad única para administración de tiempos de estado dentro y fuera de los procesos electorales
Distribución de tiempos
Minuta del Senado
INE como autoridad única para administración de tiempos de estado dentro y fuera de los procesos electorales
Distribución de tiempos
Dictamen Final
Ley Vigente
Las señales radiodifundidas que se transmitan en los servicios de televisión restringida, incluyendo las derivadas de la multiprogramación, deberán incorporar, sin alteración alguna, los mensajes de los partidos políticos y las autoridades electorales. Respecto de la propaganda electoral que se difunda, se deberá realizar el monitoreo tanto en radiodifusión como en televisión restringida
Con motivo de las campañas electorales locales en las entidades federativas el INE asignará como prerrogativa para los partidos políticos, a través de los Organismos Públicos Locales, cuarenta y un minutos diarios en cada estación de radio y canal de televisión de cobertura en la entidad de que se trate
En caso de coaliciones parciales o flexibles, cada partido coaligado accederá a su respectiva prerrogativa en radio y televisión ejerciendo sus derechos por separado.
A la coalición total le será otorgada la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión en el treinta por ciento que corresponda distribuir en forma igualitaria, como si se tratara de un solo partido.
El INE aprobará, a más tardar el 20 de agosto del año anterior al de la elección, los lineamientos generales que, sin afectar la libertad de expresión y la libre manifestación de las ideas ni pretender regular dichas libertades, se recomienden a los noticieros respecto de la información y difusión de las actividades de precampaña y campaña de los partidos políticos y de los candidatos independientes.
Los CI tendrán derecho de acceso a las prerrogativas de radio y televisión para las campañas electorales
Sentencias Relevantes del TEPJF
En la etapa de intercampaña, en la cual los candidatos deben guardar silencio y los partidos políticos deben emitir mensajes genéricos, la distribución de los tiempos en radio y televisión debe realizarse en un esquema de distribución igualitaria para la difusión de sus mensajes.
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