reclamar el pago de esas vacaciones son el 2 febrero y 2 de agosto de 2023. ]
Lo anterior, al demostrarse que el vínculo jurídico entre la actora y el Instituto demandado es de naturaleza laboral, sin que el INE haya demostrado el disfrute de las vacaciones por parte de la inconforme, por tanto, le ...
generó el 1 agosto del presente año y tiene hasta el 1 de febrero de 2023, para disfrutar de ellas.
Lo anterior, porque de las constancias que obran en autos, no se advierte que la actora haya solicitado el pago de esas vacaciones, ni que las hubiera disfrutado.
Respecto del segundo periodo ...