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ORDENA TEPJF A MOVIMIENTO CIUDADANO MODIFICAR LISTA DE CANDIDATOS A DIPUTADOS PLURINOMINALES EN LA QUINTA CIRCUNSCRIPCIÓN

30/marzo /2012 / Sala Superior 48/2012

México, D.F., a

  • Desecha Sala Superior impugnación del PRI contra la aplicación de cuota de género en candidaturas al Congreso
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó a la Comisión Nacional de Elecciones del partido Movimiento Ciudadano modificar la lista de candidatos plurinominales a la Cámara de Diputados en la V Circunscripción, al resolver dejar sin efectos el registro de la fórmula encabezada por Adán Pérez Utrera, debido a que el aspirante no acreditó el requisito de residencia exigida.

Al resolver un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por Paulino Gerardo Tapia Lastinere, en el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Constancio Carrasco Daza, y aprobado por unanimidad, se determinó sobreseer la impugnación de la convocatoria y desestimar los agravios en contra de la asamblea en la cual se aprobó la lista de candidaturas del aludido cargo de elección popular.

Sin embargo, el Pleno declaró fundados los agravios orientados a evidenciar que Adán Pérez Utrera, quien se ubica en el número tres de la lista mencionada, no cumplió con el requisito de residencia que marca la ley, por lo que su registro quedó sin efectos.

En otro asunto, el Pleno confirmó, por unanimidad, la resolución del Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) que avaló la resolución de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI), relacionada con la negativa del registro como precandidata a Jefa de Gobierno del Distrito Federal, de la Marcela Dávalos Aldape, por la inoperancia de los agravios esgrimidos por la actora.

Por último, la Sala Superior resolvió tener por no presentada la impugnación promovida por el PRI en contra del acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE), por el cual se le otorgó un plazo de 48 horas para subsanar sus solicitudes de registro de candidaturas correspondientes a la cuota de género. La decisión, tomada a partir del proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Manuel González Oropeza, aprobado pr mayoría de seis votos a uno, se aplicó a partir del desistimiento del partido.

La Sala Superior resolvió en total 3 medios de impugnación, de los cuales 2 fueron juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 1 recurso de apelación.