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LA ÉTICA JUDICIAL, EL COMPROMISO DEL MAGISTRADO ELECTORAL EN EL SIGLO XXI: TEPJF

15/abril /2012 / Sala Superior 52/2012

México, D.F.,

  • Un proceso electoral obliga al juzgador a refrendar su compromiso con la certeza, la imparcialidad, la independencia, la objetividad y la legalidad
  • Encuentro Nacional de Magistrados Electorales en Boca del Río, Veracruz, 19 y 20 de abril
Para el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la ética judicial representa el compromiso del magistrado electoral en el Siglo XXI y la oportunidad para refrendar principios y valores necesarios en la aplicación de la justicia electoral y la emisión de sentencias.

Certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, objetividad y autonomía son valores éticos propios del magistrado electoral, por ello es indispensable fomentarlos e incentivar su fortalecimiento, a través del intercambio de experiencias y conocimientos en eventos como el Encuentro Nacional de Magistrados Electorales que se llevará a cabo el próximo 19 y 20 de abril, en Boca del Río, Veracruz.

El perfil del magistrado electoral en el Siglo XXI no sólo atiende al conocimiento y el desarrollo de habilidades jurídicas, sino también a diferentes consideraciones de carácter ético. Así, la ética judicial representa un conjunto de comportamientos indispensables para satisfacer los intereses comprometidos con el ejercicio de la actividad judicial.

Los códigos de ética impulsan la excelencia de los juzgadores y la elaboración de mejores sentencias. El argumento ético cobra vigencia con la reforma constitucional en materia de derechos humanos vigente y que el magistrado electoral hace suya en el análisis y resolución de las controversias electorales.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Sala Superior; el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz, y la Asociación de Tribunales y Salas Electorales de la República Mexicana, son los organizadores del evento en el que, 119 magistrados de todo el país, firmarán el “Compromiso de los magistrados electorales de la República Mexicana, ante los procesos electorales de 2012”.

La firma de este compromiso refrenda la responsabilidad de los magistrados ante los procesos electorales de este año, en los que el ejercicio jurisdiccional y la ética judicial representan las herramientas del ciudadano para la defensa de sus derechos, y el canal del juzgador electoral para hacerlos valer, a través del respeto al voto.
El Encuentro Nacional de Magistrados Electorales, será el escenario para reafirmar también la obligación de los magistrados electorales a defender el federalismo judicial electoral como sistema que da soporte al avance democrático y republicano de México.

Con el objetivo de reforzar todos los aspectos que contribuyen a la aplicación eficaz, pronta y expedita de la justicia electoral en México, los magistrados electorales del país han sostenido diversos encuentros, de manera constante, entre los que destacan, la Reunión Nacional de Juzgadores Electorales de la República Mexicana, el Congreso Nacional de Tribunales y Salas Electorales de la República Mexicana, y la Reunión Nacional de Magistrados Electorales, por mencionar algunos.

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CONFIRMA SALA MONTERREY ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE RAYONES, N.L.

9 /octubre /2012 / Sala Regional Monterrey 53/2012

Monterrey, N.L.

  • Confirma Sala Monterrey las elecciones de los municipios de Uriangato, Celaya y San Diego de la Unión en el Estado de Guanajuato

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEE-NL) referente a la nulidad de votación recibida en casillas para la elección de integrantes del ayuntamiento de Rayones en el Estado en mención.

En el juicio promovido por la coalición “Compromiso por Nuevo León”, los magistrados encontraron infundada la queja relativa a que Francisca Ramírez Valdés fungió como escrutadora de la casilla impugnada, puesto que cuenta con la calidad de adherente del Partido Acción Nacional (PAN), carácter que acorde con la normatividad vigente de ese instituto político es distinto al de los miembros activos, por lo cual no se actualiza lo prohibiciones previsto en la Ley Electoral Local, relativa a que los militantes de los partidos políticos no formen parte de las mesas directivas de casillas.

En otro asunto, el pleno confirmó el fallo emitido por el TEE-NL respecto a la elección de los integrantes del ayuntamiento de Anáhuac en la entidad en cita, al estimar infundado el agravio toral relativo a que la inhabilitación del candidato Desiderio Urteaga Ortegón para ocupar un cargo público resulte suficiente para impedir el ejercicio del derecho político-electoral de ser votado, en razón de que dicha inhabilitación se encuentra sub iudice en un diverso juicio de amparo, por lo que existe la posibilidad de que la referida sanción pudiera ser revocada o modificada.

De igual manera consideraron infundados o inoperantes los demás agravios vertidos por el Partido del Trabajo ya que no comprobó una afectación a sus derechos por parte de la autoridad responsable.

Al resolver diversos juicios de revisión constitucional electoral relativos a las elecciones de los ayuntamientos de Uriangato, Celaya y San Diego de la Unión en el Estado de Guanajuato, los magistrados señalaron que las violaciones presentadas por los actores resultaron infundadas o inoperantes por lo que se confirmaron las resoluciones del Tribunal Electoral de dicho Estado.

Al inicio de la sesión los magistrados acordaron el retiro del proyecto de sentencia relativo a los juicios de revisión constitucional electoral 112 y sus acumulados 113 y 114 todos de este año, referentes a la elección del ayuntamiento del municipio de Juárez, Nuevo León, pues el día de hoy se recibieron promociones que requieren de su análisis para estar en aptitud de resolverlos conforme a derecho.

En la sesión pública de este martes la Sala Monterrey resolvió siete juicios de revisión constitucional electoral.