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ORDENA SALA MONTERREY EMITIR CONVOCATORIA PARA RENOVAR EL CONSEJO ESTATAL DEL PAN EN ZACATECAS

4 /marzo /2013 / Sala Regional Monterrey 2/2013

Monterrey, Nuevo León

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución de la Sala Uniinstancial del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas referente a la omisión del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) de formular la convocatoria para la renovación del Consejo Estatal de dicho partido.

Los magistrados, determinaron por mayoría de votos, que les asiste la razón a los quejosos puesto que la autoridad responsable vulneró su derecho de afiliación en su vertiente de votar y ser votados para acceder a los cargos de dirección de un partido político, ya que sí existía una fecha cierta para que el Comité Directivo Estatal dictará la convocatoria en comento, por lo que con dicha inactividad se vulnera la democracia al interior del partido político cuestionado, situación que no debió soslayar la Sala Uniiinstancial responsable al momento de pronunciarse sobre la omisión aducida.

Por lo cual, esta Sala ordenó al Comité Directivo Estatal del PAN en Zacatecas que dentro de un plazo de tres días, contados a partir de la notificación del presente fallo, emita la convocatoria para la renovación del Consejo Estatal de dicho instituto político, tomando en consideración el proceso electoral que actualmente se desarrolla en aquella entidad federativa.

En otro asunto, al resolver el juicio ciudadano promovido por Rogelio Alexander Dávila Dávila la Sala revocó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Coahuila de Zaragoza contra la omisión de la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional, de emitir la convocatoria al proceso interno de selección de candidatos a los cargos de Presidente Municipal, Síndico y Regidores al Ayuntamiento de Ramos Arizpe, en la mencionada entidad federativa.

El pleno encontró que la autoridad responsable cuenta con la obligación de emitir dicha convocatoria en razón de que tiene el deber constitucional de postular candidato a cargo de elección popular, por lo que se le ordenó llevar a cabo los actos correspondientes para cumplir con tal decreto en un plazo de cinco días a partir de la notificación del fallo.

En la sesión pública de este lunes, la Sala Regional Monterrey resolvió tres juicios de revisión constitucional electoral y 30 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

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