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Ordena Sala Regional Distrito Federal que resuelva los recursos de inconformidad mediante los cuales se impugnaron los dictámenes que declaran improcedentes los registros como precandidatos y precandidatas al cargo de Presidentes Municipales

10/mayo /2013 / Sala Regional Ciudad de México 16/2013

México D.F.

En la sesión pública del día de hoy, la Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordeno a la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional en el estado de Puebla, que resuelva los recursos de inconformidad mediante los cuales se impugnaron los dictámenes que declaran improcedentes los registros como precandidatos y precandidatas de diversos militantes.

En los proyectos presentados se considera procedente la acción per saltum, por la omisión alegada, porque de agotar el medio de impugnación partidista y, en su caso, el juicio o recurso ante la instancia jurisdiccional local, se generaría una amenaza para el derecho de los demandantes, debido a que en el estado de Puebla está transcurriendo el plazo para realizar campaña electoral.
Así mismo apercibió a las responsables que en caso de incumplimiento a lo señalado se aplicará alguno de los medios de apremio que establece el artículo 32 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.