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Ordena Sala Guadalajara la inscripción de precandidatos a la presidencia municipal de El Salto y Tlaquepaque, Jalisco

10/marzo /2009 / Sala Regional Guadalajara 7/2009

Guadalajara

En la sesión de hoy, la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, revocó el acuerdo de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI) que declaró improcedente el registro del aspirante Gabriel Pérez Pérez como precandidato a la presidencia municipal de El Salto, Jalisco.

Lo anterior es así, debido a que del estudio del caso los magistrados determinaron que Pérez Pérez cumplió con los requisitos necesarios para contender como precandidato. Por lo que ordenaron a la citada comisión registrarlo dentro del término de seis horas contados a partir de que reciban la notificación de sentencia.
Respecto al juicio presentado por Hugo Fernando Rodríguez Martínez, en contra de la resolución del Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI), que le negó su inscripción como precandidato a presidente municipal en el municipio de Tlaquepaque, Jalisco. Los magistrados José de Jesús Covarrubias Dueñas, en calidad de Presidente, Noé Corzo Corral y Jacinto Silva Rodríguez, resolvieron revocar dicha resolución, ya que a pesar de que no presentó los apoyos de los militantes en los formatos oficiales del partido, no era motivo para que no se inscribiera como precandidato, pues ello correspondía a una cuestión de fines prácticos que no ponía en riesgo su elegibilidad.

Por otro lado, el pleno de la Sala, ordenó a la delegación del Instituto Federal Electoral en Jalisco, otorgar la credencial para votar con fotografía al ciudadano Manuel Valencia Frías, toda vez que él intento realizar el trámite correspondiente para que se corrigieran sus datos; sin embargo, le fue negada su solicitud argumentando que el plazo para realizar el trámite fue el 15 de enero pasado.
Del estudio del juicio se pudo determinar que Valencia Frías actúo dentro de los plazos establecidos por la ley, por lo su petición debe ser cumplida por el IFE.
En la sesión de este día la Sala Guadalajara resolvió ocho Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano y un Recurso de Apelación.

EL TRIBUNAL ELECTORAL DEFIENDE LOS DERECHOS DE PETICIÓN DE LOS MILITANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

18/febrero /2009 / Sala Superior 9/2009

México, Distrito Federal

• La Sala Superior tiene competencia para conocer respecto de las omisiones de los órganos de dirección partidista de dar respuesta a las solicitudes de los militantes de los partidos.
• El Tribunal Electoral protege la facultad de los afiliados de velar por el cumplimiento de las reglas internas de los partidos.


La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Acción Nacional (PAN)  y a la Comisión Electoral Estatal del mismo partido en Nuevo León, responder en un corto plazo a las solicitudes de información presentadas por el ciudadano Gustavo Adolfo Valdés Madero.

El militante de dicho partido presentó en diciembre y enero pasados dos diferentes escritos; en el primero solicitó que se declarara la inexistencia de condiciones favorables para la selección del candidato a gobernador en esa entidad por dicho partido; en el segundo, denunció presuntas irregularidades en la designación de funcionarios de la Comisión Electoral Estatal, sin que hasta la fecha haya recibido respuesta alguna a sus peticiones.

Los magistrados consideraron que dichas omisiones violentan los derechos político-electorales del ciudadano, por lo que ordenaron a las instancias partidistas responder a sus solicitudes e informar a la Sala Superior dentro de las 24 horas siguientes a su cumplimiento.

En otro juicio, se confirmó la negativa de registro de Jesús Castellanos Hernández como pre-candidato del PAN para el proceso interno de selección de aspirantes a una diputación federal por Oaxaca, tras observarse que no cumplió con los requisitos establecidos por los estatutos de ese partido.

En otro caso, se confirmó la no ratificación –por parte del Congreso de Quintana Roo- de Graciela Saldaña Fraire como consejera del Instituto Electoral de la entidad, luego de observarse que presentó su impugnación antes de haber sido notificada de la resolución tomada por el legislativo de ese Estado.

Al analizar otro juicio, la Sala Superior confirmó el fallo de la Sala Permanente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Jalisco, que a su vez validó la resolución del Instituto Electoral estatal en el sentido de declarar improcedente la solicitud de referéndum sobre tarifas de transporte público colectivo, presentado por César Antonio Barba Delgadillo.

En su sesión pública de este día, la Sala Superior resolvió cinco juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un recurso de apelación, que hacen un total de seis medios de impugnación; además, fueron aprobadas cuatro tesis presentadas por distintos magistrados.





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