PRESERVA TEPJF MEMORIA HISTÓRICA DE LA EVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA EN EL PAÍS
15/diciembre /2012 / Sala Superior 211/2012
México, D.F.
- Instala Cápsula del Tiempo con más de 80 objetos que reúnen momentos históricos en materia de jurisdicción electoral; se abrirá el 15 de septiembre de 2087
- Necesario promover la cultura democrática por todos los medios posibles: Luna Ramos
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) instaló, en el basamento de la estatua que representa un águila republicana, ubicada en la explanada de la Sala Superior, una Cápsula del Tiempo que contiene más de 80 piezas, con la cual busca recordar a las próximas generaciones la manera en que, en tan sólo cinco lustros, el organismo jurisdiccional se consolidó como garante de la democracia mexicana; además de poner al alcance de futuros investigadores documentos originales de la labor realizada.
Al encabezar el acto, el magistrado presidente del TEPJF, José Alejandro Luna Ramos, aseguró que la coyuntura por la que atraviesa la democracia en México merece ser estudiada y evaluada en el futuro, como una etapa fundamental para el fortalecimiento de los principios, valores y libertades constitucionales en la historia de la Nación.
“El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación asume de manera responsable su encomienda de garantizar la constitucionalidad de todos los actos y resoluciones electorales, pero también entiende que lograr dicho objetivo a cabalidad implica promover la cultura democrática por todos los medios posibles”, aseguró.
El evento contó con la presencia de los magistrados de la Sala Superior, así como del secretario general de Acuerdos, Marco Antonio Zavala, quien participó como fedatario, y del presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), José de Jesús Orozco Henríquez.
La Cápsula del Tiempo es una caja hermética de acero inoxidable de 40 centímetros de alto, 60 de frente y 40 de fondo, con interiores de neopreno que evitarán la entrada de agua, polvo y microorganismos, lo que garantiza la conservación, a largo plazo, de su contenido.
En el exterior del basamento de la estatua del águila republicana fue colocada una placa fundida de bronce, en la que se indica que la apertura de la cápsula deberá llevarse a cabo el 15 de septiembre de 2087, al cumplirse 100 años de la Justicia Electoral en México.
En su interior se colocaron 26 mensajes, 31 fotografías, 2 informes, 4 libros, 4 objetos, 9 normas, 4 periódicos y 4 documentos en sobre cerrado, que fueron aportados por personal del TEPJF. La cápsula se encuentra inscrita en la Sociedad Internacional de las Cápsulas del Tiempo, auspiciada por la Universidad de Oglethorpe y la Universidad de Atlanta, Georgia.
El Magistrado Presidente del TEPJF afirmó que la Cápsula del Tiempo pretende ser un instrumento para transmitir parte de la historia. “Extender en el tiempo nuestra voz y conciencias democráticas, haciendo vigente el derecho al conocimiento histórico, como parte del derecho de acceso a la información, además de que permitirá difundir los principios constitucionales, los ideales y sentimientos que determinan el trayecto y desempeño del TEPJF”, dijo.
A la ceremonia de instalación asistieron también magistrados de Salas Regionales del TEPJF y servidores públicos del organismo.
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SALA REGIONAL XALAPA REVOCA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE QUINTANA ROO QUE ORDENABA RETIRO DE PROPAGANDA ELECTORAL DEL PAN Y PRD
3 /julio /2013 / Sala Regional Xalapa 25/2013
Xalapa de Enríquez, Veracruz
En sesión pública de resolución de tres de julio del año en curso, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 137 de este año, promovido por los Partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), revocó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), que había ordenado el retiro de la propaganda colocada por los partidos políticos antes mencionados respecto a sus respectivos candidatos a diputados por los distritos del VIII al XV de Quintana Roo, así como de la candidata a la presidencia municipal de Benito Juárez, en la misma entidad, postulada por el PRD.
Lo anterior, toda vez que los magistrados federales determinaron la indebida fundamentación y motivación de la sentencia impugnada por cuanto a la orden de retiro de toda la propaganda fijada en las demarcaciones antes señaladas, tomando como base la propaganda fijada sólo en uno de los distritos indicados.
En tal sentido, y dado lo avanzado del proceso electoral, la Sala Regional en plenitud de jurisdicción analizó los planteamientos originales de la coalición Para que Tu Ganes Más y determinó negar la medida cautelar solicitada respecto de mil quinientos ochenta y ocho elementos propagandísticos relativos a los distritos VIII al XV, a excepción hecha de dieciocho elementos correspondientes al distrito XIV, pues al respecto, quedó acreditado que la propaganda sí podría vulnerar las normas electorales del estado, por la inclusión simultánea de los emblemas de los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, los cuales corresponden a la candidata a diputada postulada por el segundo de los nombrados para el distrito XIV de Quintana Roo; quedando por tanto, en libertad respecto del resto de los distritos y municipio, para que los interesados coloquen, de nueva cuenta, la propaganda que haya sido retirada en acatamiento al fallo revocado, siempre que se haga antes de que inicie el periodo de reflexión o veda electoral.
En la sesión pública de resolución de este miércoles, se analizaron y resolvieron 2 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 4 juicios de revisión constitucional electoral.
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