VIOLACIÓN A PRINCIPIOS CONSITUCIONALES, SUFICIENTE PARA
DECLARAR LA NULIDAD DE UNA ELECCIÓN: CARRASCO DAZA
19/enero /2013 / Sala Superior 6/2013
México, Distrito Federal
- Presenta TEPJF el libro “Teoría y práctica de las nulidades electorales”, escrito por la magistrada Adriana M. Favela Herrera
Para el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la violación a los principios constitucionales de legalidad, certeza y equidad son causales suficientes para decretar la nulidad de una elección, siempre y cuando las irregularidades en que se sustentan estén debidamente acreditadas, manifestó el magistrado Constancio Carrasco Daza.
Al participar en la presentación del libro Teoría y práctica de las nulidades electorales, escrito por la magistrada de la Sala Regional Toluca, Adriana M. Favela Herrera, Carrasco Daza precisó que la interpretación construida “a través del cincel de la Jurisprudencia” por los Magistrados integrantes de la Sala Superior, se suma a las disposiciones constitucionales que establecen que la nulidad de una elección sólo puede ser declarada por las causales que expresamente se establezcan en las leyes.
En el evento, que se llevó a cabo en el auditorio “José Luis de la Peza”, ubicado en la sede de la sede de la Sala Superior, participaron como comentaristas, además del magistrado Carrasco Daza, el Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Jorge Mario Pardo Rebolledo.
La seguridad jurídica es el valor supremo del orden democrático: Pardo Rebolledo
Por su parte, el ministro de la SCJN, Jorge Mario Pardo Rebolledo dijo que la obra escrita por la magistrada Favela Herrera tiene un valor agregado, que es el enfoque práctico con el que aborda esta problemática ya que explica, desde el punto de vista doctrinal, cuáles son las nulidades y cuáles son los principios que deben regirlas. Agregó que el texto contribuye a dotar de la seguridad jurídica a los ciudadanos, concepto que constituye valor supremo del orden constitucional democrático.
Pardo Rebolledo detalló que el texto, del alrededor de 600 páginas, se divide en cinco unidades, en la primera se explica el concepto de las nulidades en materia electoral; en la segunda se ofrece un análisis práctico sobre los principios que rigen el concepto de las nulidades en el país y su clasificación; en la tercera se presentan ejemplos prácticos de los supuestos de nulidad de la votación recibida en casilla; en la cuarta se expone la celebración y calificación de las elecciones en nuestro país, enfatizando la nulidad derivada de violación a principios constitucionales y, finalmente, en la quinta se distingue el sentido y alcance de la elegibilidad, como condición inherente a la persona para ocupar un cargo de elección popular.
Partidos recurren a invocar nulidad sin acreditar irregularidades
En su oportunidad, la magistrada Adriana M. Favela Herrera comentó que el objetivo de su obra es el de transmitir la experiencia adquirida durante casi 20 años en organismos electorales, tanto en materia administrativa como jurisdiccional. Agregó que el contenido del libro está dirigido a toda clase de público, pues fue escrito con un lenguaje claro, pensando en que el lector asimile fácilmente los conceptos que se manejan, por lo que el material se ha enriquecido con ejemplos y ejercicios para evaluar la comprensión.
La magistrada de la Sala Regional Toluca del TEPJF dijo que su trabajo, en el que invirtió cinco años, consistió en recopilar información como tesis, jurisprudencias y criterios, y sistematizarla con el fin de que a través del texto se brinden elementos que permitan a los ciudadanos tener certeza sobre el sentido de las resoluciones que emiten los órganos jurisdiccionales en materia electoral.
Dijo que el tema de las nulidades es uno de los más importantes dentro de la materia electoral, pues es la manera que tienen los actores políticos para cuestionar los resultados de los comicios; sin embargo, advirtió que los partidos políticos recurren con frecuencia a esta figura, y no en todos los casos acreditan con pruebas suficientes las presuntas irregularidades por las que debería anularse una elección.
-0-
SALA MONTERREY ADECUA LISTA DE CANDIDATOS A REGIDORES DEL PAN EN JALPA Y VETAGRANDE, ZACATECAS
6 /julio /2013 / Sala Regional Monterrey 23/2013
Monterrey, Nuevo León
- Sala Monterrey finaliza con asuntos referentes a la jornada electoral del próximo 7 de julio.
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución emitida por el Tribunal de Justicia Electoral de Zacatecas, en la cual decretó la extemporaneidad del medio de impugnación presentado por Isaura Yazmín Guzmán Rodríguez y Lola Eva Guerrero Valenzuela, referente al registro del primer lugar de las candidaturas de regidores por el principio de representación proporcional por el Partido Acción Nacional (PAN) para los ayuntamientos de Jalpa y Vetagrande, en la entidad federativa en mención.
El Pleno determinó que de manera errónea el Tribunal responsable no estudio el fondo del asunto, pues lo considero extemporáneo, al tener como acto controvertido el registro de candidaturas de regidores en cuestión, cuando de la lectura de la demanda se advierte que la verdadera petición de las enjuiciantes es la omisión del Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en Zacatecas de cumplir con una determinación del Comité Ejecutivo Nacional, en el sentido de inscribirlas en el primer lugar de la lista respectiva al cargo antes citado.
En consecuencia de la revocación y debido a la proximidad de la jornada electoral, los Magistrados estimaron conocer del asunto y resolvieron que debe tenerse por cierta la petición de Guzmán Rodríguez y Guerrero Valenzuela de ser registradas en primer lugar para el cargo en pugna, pues de las documentales aportadas se demuestra la voluntad del órgano máximo de dirección del PAN, en el sentido de modificar el orden de prelación de las listas de candidatos a regidores presentadas inicialmente, dado que se incurrió en un error en el acuerdo inicial.
Por lo cual, se ordenó al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas que, en cualquier momento previo al inicio de la jornada electoral, proceda a realizar la modificación para que Isaura Yazmín Guzmán Rodríguez y Lola Eva Guerrero Valenzuela, queden en el primer lugar de las listas de candidatas a regidores de los municipios de Jalpa y Vetagrande, respectivamente.
Al finalizar la sesión se puntualizó que con la resolución de estos asuntos, la Sala Regional correspondiente a la Segunda Circunscripción Electoral Plurinominal, ha concluido con todos los medios de impugnación que ha recibido hasta este momento, que tienen alguna incidencia directa con la jornada electoral que tendrá verificativo el día de mañana, en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Tamaulipas y Zacatecas, refrendando así su compromiso a resolver en tiempo y forma las impugnaciones que le sean presentadas.
En la sesión pública de este sábado, la Sala Monterrey resolvió tres juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
-O-